Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: anima en 21 de Enero de 2011, 17:52:56 pm
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Hola , tengo una duda sobre mi nuevo contrato... se trata de una prejubilacion donde yo realizo el 75 por ciento de la jornada y el resto lo realiza el prejubilado
YO hago la jornada completa por lo que solo trabajo 9 meses al año y libro tres...estarian en esos tres meses incluidas mis vacaciones o tendria otro mes (21 dias laborales) mas de vacaciones?????
gracias
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No, tú tienes derecho a 30 días naturales de vacaciones al 75%; el hecho de trabajar a jornada completa para tener más dias de descanso, evidentemente porque así lo habeis acordado con la empresa, no tiene nada que ver. Es como el que trabaja media jornada, sus vaciones son 30 medias jornadas.
Claro,salvo mejor opinión, por alguién que esté más ducho en laboral
Saludos
Miguel Angel Romero
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Ante todo muchas gracias, yo me refiero a si el computo que he hecho es bueno.La cosa segun creo yo seria asi:
Trabajar 9 meses a jornada completa,descansar tres y un mes de vacaciones...es asi?? es correcto mi calculo???
Gracias....
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Creo que no, tu lo que tienes como dice el compañero es un 75% de las vacaciones que marque el convenio colectivo, es decir:
Si por ejemplo son 22 días laborales lo que dice tu convenio, tu tendrías que trabajar 9 meses, y dentro de ellos tendrías que disfrutar 16,5 dias hábiles de vacaciones, que las deberias disfrutar dentro de esos 9 meses de trabajo, o si te los pagan pues nada en la liquidación se incluyen y se cotizan.
Asi, tu compañero que realiza 3 meses de trabajo disfrutaria o cobraria 5,5 días hábiles de vacaciones.
De manera que efectivamente por un año de trabajo se disfrutan 22 dias habiles para 1 puesto de trabajo.
Un saludo.