Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: Esgrimidor en 03 de Febrero de 2011, 04:11:16 am

Título: Recurso de alzada
Publicado por: Esgrimidor en 03 de Febrero de 2011, 04:11:16 am
Recurso de alzada
He obtenido silencio administrativo de :
La Oficina de Atención al usuario de Telecomunicaciones de la Secretaría de Estado de las telecomunicaciones y para la sociedad de la información dependiente del ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Quiero dirigir un recurso de alzada, porque creo que tengo la razón, contra el organismo superior que oblige a que se explique el silencio. A que no quede todo en agua de borrajas. ¿ A quién me dirigo ? . No solamente organismo, sino persona. Es triste que nuestro país admita tratos impersonales donde el que responde es : Servicio de atención al cliente , o la mismísima oficina de atención al usuario, sin más indicación de autoría.

Estoy en contra de la robotización que no vaya orientada a la salvaguarda de las personas. Estoy en contra de la substitución de personas por automatismos improcedentes.

Resumiendo : A quién o quiénes puedo dirigir el recurso de Alzada.

Cuánto tiempo dispongo para ello. Ellos me dicen que un mes. Pero yo creo que si hay silencio dispongo de tres meses.

Gracias
Título: Re: Recurso de alzada
Publicado por: Drop en 03 de Febrero de 2011, 09:02:54 am
¿Has hecho una solicitud de algún tipo o tan sólo has presentado una petición de información o expuesto una queja?
Título: Re: Recurso de alzada
Publicado por: Esgrimidor en 03 de Febrero de 2011, 10:55:59 am
Una reclamación contra una operadora de teléfonos
Título: Re: Recurso de alzada
Publicado por: Esgrimidor en 03 de Febrero de 2011, 22:25:34 pm
Lo subo a ver si tengo suerte y me responden.
Gracias
Título: Re: Recurso de alzada
Publicado por: Esgrimidor en 06 de Febrero de 2011, 00:34:23 am
Nadie sabe de este asunto ?
Gracias
Título: Re: Recurso de alzada
Publicado por: Esgrimidor en 06 de Febrero de 2011, 19:49:50 pm
Esto se pone difícil. estoy por ver el organigrama de poder y mandar al estatus superior más próximo.
De verdad todo el mundo ignora lo que hay que hacer ?

Gracias
Título: Re: Recurso de alzada
Publicado por: Esgrimidor en 07 de Febrero de 2011, 00:45:56 am
Bueno me pongo a mirar el organigrama del Estado Español.
Título: Re: Recurso de alzada
Publicado por: Drop en 07 de Febrero de 2011, 00:57:22 am
El problema es que el hecho de que no hayan contestado a tu reclamación contra una operadora no es necesariamente un acto administrativo recurrible: ¿Qué pedías? ¿Cuál es la decisión que se recurre?

Revisa tu reclamación. Echa un vistazo a la normativa (esta oficina está prevista en el artículo 8.3 del Real Decreto 1554/2004, de 25 de junio, modificado por R.D. 1456/2005, de 2 de diciembre). Si la Oficina puede poner sanciones contra la compañía, entonces sí que hay un acto recurrible: su inacción).

Puedes dirigir tu recurso de alzada contra la desestimación presunta por silencio administrativo al Director General de de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.  Esa oficina depende de esa Dirección General.
Título: Re: Recurso de alzada
Publicado por: Esgrimidor en 07 de Febrero de 2011, 04:35:55 am
Ya envié el recurso de alzada al Ministerio de Industria , Turismo y Comercio. a la att. del Ministro. Espero que la vayan derivando según convenga, porque en alguna parte de los escrito ví que dependía del Ministerio.

Pedía una interrupción por interrupción del servicio por una avería que tuvo la operadora que no era de causa mayor.
Hubo silencio administrativo. No hubo resolución. Y esto viene tipificado en el RD 899/2009 artículo 15.

Y el recurso en la Ley 30/1992 . Y creo que es de tres meses cuando ha habido silencio administrativo, y que ahora el silencio sería estimativo si no contestan en tres meses tras revisar la solicitud de recurso de alzada.

Por el Real Decreto 899 las decisiones que tome la Oficina son vinculantes para el operador. Pero el RD dice que la Oficina debe dictar resolución en el plazo máximo de seis meses.

Voy a echar un vistazo a los Decretos que citas.
Gracias por tu aporte. Y me gustaría me comentaras si estimas procedente el recurso de alzada en este caso por disconformidad con el silencio administrativo o decisión tomada a través de él.


Título: Re: Recurso de alzada
Publicado por: Esgrimidor en 07 de Febrero de 2011, 05:07:36 am
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Ya envié el recurso de alzada al Ministerio de Industria , Turismo y Comercio. a la att. del Ministro. Espero que la vayan derivando según convenga, porque en alguna parte de los escrito ví que dependía del Ministerio.

Pedía una interrupción por interrupción del servicio por una avería que tuvo la operadora que no era de causa mayor.
Hubo silencio administrativo. No hubo resolución. Y esto viene tipificado en el RD 899/2009 artículo 15.

Y el recurso en la Ley 30/1992 . Y creo que es de tres meses cuando ha habido silencio administrativo, y que ahora el silencio sería estimativo si no contestan en tres meses tras revisar la solicitud de recurso de alzada.

Por el Real Decreto 899 las decisiones que tome la Oficina son vinculantes para el operador. Pero el RD dice que la Oficina debe dictar resolución en el plazo máximo de seis meses.

Voy a echar un vistazo a los Decretos que citas.
Gracias por tu aporte. Y me gustaría me comentaras si estimas procedente el recurso de alzada en este caso por disconformidad con el silencio administrativo o decisión tomada a través de él.




perdón. Quise decir : Pedía una indemnización por interrupción del servicio.....

Título: Re: Recurso de alzada
Publicado por: Esgrimidor en 08 de Febrero de 2011, 14:56:30 pm
Bueno. A ver si hay suerte y alguien me responde.
La Secretaría dicta resoluciones vinculantes para el operador. Para sus resoluciones debe seguir las pautas marcadas en el RD 899/2009 y relacionados en el contexto legal. Incluida la Ley de Defensa del Consumidor.
Título: Re: Recurso de alzada
Publicado por: Esgrimidor en 08 de Febrero de 2011, 16:29:01 pm
Añado que les hice una consulta vía web que respondieron que disponía de un mes para hacer el recurso de alzada, aunque yo he entendido que dispongo de tres al haber silencio administrativo.

Gracias
Título: Re: Recurso de alzada
Publicado por: Esgrimidor en 08 de Febrero de 2011, 16:43:19 pm
Me surje también la duda de si he presentado bien el recurso de alzada dirigiéndolo al Ministro de Industria , Turismo y Comercio del correspondiente Ministerio. Ya que en una web leo :

ANTE QUIÉN SE INTERPONE EL RECURSO DE ALZADA Y DÓNDE SE PRESENTA?

El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el competente para resolverlo.
El recurso se podrá presentar en cualquiera de los registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales firmantes del Convenio de Ventanilla Única o por correo.

Lo que si tengo claro es que es superior jerárquico, si bien no el inmediato.

Agradezco comentarios al respecto.
Gracias
Título: Re: Recurso de alzada
Publicado por: manuelk0 en 08 de Febrero de 2011, 17:01:13 pm
el recurso de alzada no es mas que la constestacion a un asunto de la administracion y es el paso intermedio que le lleva a un al procedimiento del contensioso administrativo. hay una debate desde antaño de ¿a quien se le debe de emitir el recurso? para este hay autores multiple entre ello el estimado profesor Parada. Muchos dicen que se pone ante el organo que te comunica una accion administrativa otros plantean que es ante el organo superior del mismo organo. En realidad y espero disipar esa duda que yo tengo a mi modesto entender es ante el mismo organo que te remitio la notificacion....un saludo
Título: Re: Recurso de alzada
Publicado por: Esgrimidor en 08 de Febrero de 2011, 17:10:28 pm
He encontrado otro enlace donde pone que también ante el superior jerárquico. si existe ese superior jerárquico , claro.
En la práctica es posible que se produzca la remisión del recurso al órgano que lo emitió. Y parece más rápido. Yo creo que lo hice al superior jerárquico.

Gracias
Título: Re: Recurso de alzada
Publicado por: Esgrimidor en 09 de Febrero de 2011, 12:05:46 pm
Bueno. Supongo que existe una duda razonable. Me gustaría saber si he hecho las cosas bien.
Título: Re: Recurso de alzada
Publicado por: Esgrimidor en 10 de Febrero de 2011, 01:24:12 am
Me llamaran inseguro. No me importa.
¿ Alguien puede aportar o clarificar este asunto ?

Gracias
Título: Re: Recurso de alzada
Publicado por: Esgrimidor en 19 de Febrero de 2011, 12:05:57 pm
Estoy desolado.
Tras presentar el recurso de alzada al MITYC me llega al email una notificación electrónica sobre la reclamación presentada hace unos ocho meses. Creía que disponían de un plazo máximo de seis meses para dictar resolución.
Además en dicha resolución notificada electrónicamente consta que dispongo de un mes para mediante un escrito de reposición (entiendo que es equivalente al recurso de alzada) hacer las alegaciones que puedan corresponderme.
En la notificación se desestima la reclamación.
Así que quiero hacer el escrito de reposición que en la misma notificación citan se puede dirigir al Secretario de Estado.
Por otra parte el motivo por el cual se desestima mi reclamación es que el OPERADOR manifiesta que la interrupción del servicio fue debida al mal funcionamiento del Wifi.
No obstante, el único escrito del OPERADOR que recibí fue el adjuntado por el Jefe del Servicio de Reclamaciones de la División de Atención al Usuario de la Telecomunicaciones donde nada dice sobre ese particular.
El ordenador no se encuentra conectado via WIFI en ningún momento, sino via CABLE de red.

La notificación termina así :
"Lo que se notifica al reclamante y al operador, mediante fotocopia de la resolución original que obra en
el expediente de su razón, para su conocimiento y efectos procedentes, significándose que, en virtud de
lo dispuesto en el artículo 9.3 de la Orden ITC/1030/2007, de 12 de abril, por la que se regula el
procedimiento de resolución de las reclamaciones por controversias entre usuarios finales y operadores
de servicios de comunicaciones electrónicas y la atención al cliente por los operadores, la presente
resolución agota la vía administrativa, pudiéndose interponer potestativamente contra la misma,
conforme establecen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso de
reposición ante el Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información en
el plazo de un mes o, en su caso, según lo prevenido en los artículos 25, 46 y concordantes de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, recurso contenciosoadministrativo
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos
meses, ambos términos a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución."


¿ Puede el OPERADOR hacer manifestaciones adicionales a mis espaldas que no tenga la posibilidad de rebatir, máxime cuando adjunté posteriormente a la reclamación la declaración de un vecino testigo que el día de la avería también la tuvo ?

En los plazos que se citan más arriba para interponer el recurso de reposición o el contencioso administrativo, y teniendo en cuenta el funcionamiento real;  ¿paraliza el plazo para el segundo procedimiento interponer el recurso de reposición ?

Gracias

Título: Re: Recurso de alzada
Publicado por: zambri en 19 de Febrero de 2011, 13:31:04 pm
Efectivamente, la demanda contencioso administrativa no puede ser presentada hasta que sea desestimado el recurso potestativo bien de forma expresa o presunta.
Título: Re: Recurso de alzada
Publicado por: zambri en 19 de Febrero de 2011, 13:37:31 pm
El recurso potestaivo debe de resolverse en 1 mes. Despues tendrás 2 meses para interoponer la demanda si la resolución del recurso es expresa y 6 meses si es presunta.
Título: Re: Recurso de alzada
Publicado por: Esgrimidor en 19 de Febrero de 2011, 14:03:11 pm
gracias zambri. Que tristeza. En la resolución dictada mezclan dos asuntos. El más reciente tenía que ver con un incumplimiento de oferta que catalogo de publicidad engañosa y se inhiben. Pero el trasfondo es que lo que hubo fue incumplimiento de oferta, por lo cual me siento engañado, timado y estafado.
Voy a hacer dos recursos de reposición. El segundo tiene que ver con ese asunto de oferta no cumplida y me basaré en que no se me enviaron ninguna alegación del operador conforme a la Orden ITC/1030/2007 conforme dice el artículo 6 .

Inhibirse en un tema donde el usuario lo manda a bombo y platillo como voy a denunciar por publicidad engañosa, cuando en la relación de los hechos se presentan los pantallazos de la contratación donde se dice que tienes una oferta que no cumple el OPERADOR me parece más una mala interpretación del tramitador que inhibirse por la formulación. En fin les dejo o dejaré claro en el recurso que como consecuencia del incumplimiento de una oferta observo publicidad engañosa......



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