Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: jamgo en 08 de Febrero de 2011, 23:36:26 pm

Título: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: jamgo en 08 de Febrero de 2011, 23:36:26 pm
Perdón pero es que no tengo mucha información acerca de esta ley, creo haber leído o al menos entendido que se termina grado y posteriormente para que te puedas colegiar tienes bien que hacer un máster de especialidad o bien prácticas en una empresa durante año y medio, transcurrido este periodo UN EXAMEN. Bien,¿ mi caso valdría puesto que ya estoy haciendo prácticas en un despacho suponiendo que las siga haciendo hasta que termine por ej. dentro de 2 años ? o ¿ tendría que hacer nuevamente 2 años de prácticas para poder colegiarme una vez terminado el grado o licenciatura ? Aisssssssssss que lío ¿ alguien me puede orientar un poco respecto a este tema ? Muchas gracias
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: AdHoc en 08 de Febrero de 2011, 23:48:24 pm
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Perdón pero es que no tengo mucha información acerca de esta ley, creo haber leído o al menos entendido que se termina grado y posteriormente para que te puedas colegiar tienes bien que hacer un máster de especialidad o bien prácticas en una empresa durante año y medio, transcurrido este periodo UN EXAMEN. Bien,¿ mi caso valdría puesto que ya estoy haciendo prácticas en un despacho suponiendo que las siga haciendo hasta que termine por ej. dentro de 2 años ? o ¿ tendría que hacer nuevamente 2 años de prácticas para poder colegiarme una vez terminado el grado o licenciatura ? Aisssssssssss que lío ¿ alguien me puede orientar un poco respecto a este tema ? Muchas gracias

La licenciatura de Derecho son 305 créditos, el Grado son 240 créditos, para suplir esos 60 créditos de menos del Grado e igualarlo a la "antigua" licenciatura, los alumnos del Grado de Derecho tienen que cursar un Master (que será de 60 créditos) y, posteriormente, para acceder a la profesión de abogado o procurador, deberán además realizar un examen "tipo MIR", que una vez superado te dará derecho a ejercer las profesiones.

Necesitarás sólo el Grado + Master para poder opositar a la administración como grupo A1.  A modo de ejemplo te pongo un extracto del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 18 de enero de 2011, que sobre las pruebas de acceso a Judicaturas acuerda:
"A la vista de la posible evolución de la legislación sobre el Espacio Europeo de Educación Superior y de las leyes de acceso a las profesiones jurídicas, podrá ser necesario reformar la legislación vigente en el sentido de permitir la participación en las pruebas de acceso a la Escuela Judicial a quienes se hallen en posesión de un Grado y un Máster de contenidos esencialmente jurídicos, con intervención del Consejo General del Poder Judicial".

Espero haberte aclarado las dudas y ya sabes, de que acabes el Grado, a estudiar el  Master...  ;)
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: mariagonsi en 08 de Febrero de 2011, 23:58:29 pm
Y si estas en la Licenciatura, aunque termines después del 2011 ¿Tienes que hacer el master?
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: jamgo en 09 de Febrero de 2011, 08:13:33 am
Gracias ad hoc, mira me explico un poco mejor soy de licenciatura, me quedan 3 de primero ( que si las apruebo seguiré con licenciat. ) pero como me quedan 1 ó 2 años según mis cálculos y si todo sale bien, por eso preguntaba, ¿ entonces no tendría que hacer nada? suponiendo que no me pille grado ( por suspender alguna de 1º o cualquier motivo ); terminada licenciatura ¿ podría colegiarme directamente ?
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: elisabet en 09 de Febrero de 2011, 10:10:36 am
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Gracias ad hoc, mira me explico un poco mejor soy de licenciatura, me quedan 3 de primero ( que si las apruebo seguiré con licenciat. ) pero como me quedan 1 ó 2 años según mis cálculos y si todo sale bien, por eso preguntaba, ¿ entonces no tendría que hacer nada? suponiendo que no me pille grado ( por suspender alguna de 1º o cualquier motivo ); terminada licenciatura ¿ podría colegiarme directamente ?
La ley 34/2006 entre en vigor el 30 de octubre de este año. Todos los que no se hayan colegiado antes de esa fecha estan afectados por esta ley, por lo que tendran que hacer el master, o las horas en un despacho y el examen.
La lucha en contra de esta ley viene, entre otras cosas, porque los que estamos en licenciatura ( 304 creditos) sino nos colegiamos antes del 31 de octubre tambien tendremos que hacer el master, o las practicas y el examen.
Espero haberme explicado
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: jamgo en 09 de Febrero de 2011, 10:58:13 am
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Gracias ad hoc, mira me explico un poco mejor soy de licenciatura, me quedan 3 de primero ( que si las apruebo seguiré con licenciat. ) pero como me quedan 1 ó 2 años según mis cálculos y si todo sale bien, por eso preguntaba, ¿ entonces no tendría que hacer nada? suponiendo que no me pille grado ( por suspender alguna de 1º o cualquier motivo ); terminada licenciatura ¿ podría colegiarme directamente ?
La ley 34/2006 entre en vigor el 30 de octubre de este año. Todos los que no se hayan colegiado antes de esa fecha estan afectados por esta ley, por lo que tendran que hacer el master, o las horas en un despacho y el examen.
La lucha en contra de esta ley viene, entre otras cosas, porque los que estamos en licenciatura ( 304 creditos) sino nos colegiamos antes del 31 de octubre tambien tendremos que hacer el master, o las practicas y el examen.
Espero haberme explicado

Vale, vale, vale voy cojiendo el hilo, este plazo hasta el 31 de octubre supongo que es por el tema de la vacatio legis de los 5 años, supongo, pero si yo terminara por licenciatura dentro de un par de años, no se podría considerar que tengo echas las susodichas prácticas que exigen para colegiarte pues realmente es que las estoy haciendo ???? Digo yo que por justicia o por tontería según lo miremos, sería del género tonto que yo llevara 3 años en un bufete de abogados trabajando, haciendo prácticas, llámese como quiera, y cuando llege el día de poner " soy licenciada " tener que volver a hacer 2 años más de prácticas cuando ya las tengo hechas, digo yo, no sé si me he explicado bien, en todo caso por justicia se daría por hecho que las prácticas ya las he realizado en todo caso tendría que hacer el famoso EXAMEN únicamente, no ? digo yo. Son mis conclusiones.
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: makelele en 09 de Febrero de 2011, 10:58:33 am
Lo que explica elisabet me queda claro, ahora bien, mi duda es: yo estoy trabajando en un despacho de abogados, llevo ya 1 año, me convalidarian esto con el master? y asi solo tener que hacer el examen?

Un saludo
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: jamgo en 09 de Febrero de 2011, 11:01:18 am
Pues supuestamente quien acredita que esas prácticas de año y medio están hechas son los socios del bufete donde trabajas no ?? o el contrato de prácticas que ahora mismo tengo. VALLA LIO.
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: jamgo en 09 de Febrero de 2011, 11:03:22 am
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Lo que explica elisabet me queda claro, ahora bien, mi duda es: yo estoy trabajando en un despacho de abogados, llevo ya 1 año, me convalidarian esto con el master? y asi solo tener que hacer el examen?

Un saludo

Justo a eso mismo yo voy, ahí quería yo ir a parar, estoy en tu misma situación makelele. Por la misma regla de tres siempre que sea acreditable que hemos trabajado ya el tiempo requerido en un despacho, iríamos directamente al EXAMEN no ???
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: criscimorra en 09 de Febrero de 2011, 11:06:48 am
pero bueno.. a ver que me esto liando...

la Ley dichosa no afecta a los que se licencien y colegien despues del 31 de octubre??

o se supone que los que nos estamos intentando licenciar en septiembre NO nos afecta el tema del master y el examen?

por favor que alguien lo resuelva este tema porque al final creo que se están liando las cosas y ya bastante tarumbas estamos todos en examenes !!! jejejjeje

Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: makelele en 09 de Febrero de 2011, 11:09:10 am
Jamgo entiendo que deberia ser asi, debido a que yo estoy en 3º, igual cuando acabe llevo trabajados 3 años aproximadamente o más si no la acabo en 5 años. Otro problema que me surge es, a ver, yo estoy en un buffete de abogados y el jefe resulta que es mi hermano, en este caso me serviria, o tendría que contratarme otro abogado para dar validez a las practicas?
Es algo que quiero averiguar, porque si es así, el curso que viene tendria que hablar con algun otro abogado para que me contratase no?

Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: magui en 09 de Febrero de 2011, 11:09:19 am
Mmm... yo creo que preguntas tan cocnretas no tienen respuesta aún, ya que precisamente hace falta AUN (5 años después) que se DESARROLLE EL REGLAMENTO por el que se desarrollará la ley, donde imagino que se contendrán aspectos tan concretos como ese (si sirve o no un período de prácticas ya hecho o si hará falta hacerlas tras algún trámite de "previa colegiación). Habrá que esperar yo creo para estas respuestas...

Saludos,
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: elisabet en 09 de Febrero de 2011, 11:12:19 am
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pero bueno.. a ver que me esto liando...

la Ley dichosa no afecta a los que se licencien y colegien despues del 31 de octubre??

o se supone que los que nos estamos intentando licenciar en septiembre NO nos afecta el tema del master y el examen?

por favor que alguien lo resuelva este tema porque al final creo que se están liando las cosas y ya bastante tarumbas estamos todos en examenes !!! jejejjeje


Efectivamente, afecta a los que NO se hayan colegiado antes de 31 de octubre, por tanto, si te licencias antes de esa fecha puedes colegiarte y  ejercer directamente
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: jamgo en 09 de Febrero de 2011, 11:13:39 am
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Jamgo entiendo que deberia ser asi, debido a que yo estoy en 3º, igual cuando acabe llevo trabajados 3 años aproximadamente o más si no la acabo en 5 años. Otro problema que me surge es, a ver, yo estoy en un buffete de abogados y el jefe resulta que es mi hermano, en este caso me serviria, o tendría que contratarme otro abogado para dar validez a las practicas?
Es algo que quiero averiguar, porque si es así, el curso que viene tendria que hablar con algun otro abogado para que me contratase no?



No hace falta ya te lo digo yo, por experiencia vamos que es la madre de la ciencia, siempre y cuando tú y tu hermano figuréis que estáis empadronados en domicilios diferentes, que la convivencia no es en el mismo domicilio, tu hermano te puede contratar LEGALEMTE POR CUENTA AJENA, como si de un trabajador más se tratara, y con los mismos derechos y obligaciones que cualquier otro trabajador que no sea famililar del socio. Saludos
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: makelele en 09 de Febrero de 2011, 11:40:44 am
Gracias jamgo, pero el vive en un poueblo y yo en otro, y me tiene contratado como empledao, es mas ayer firme el contrato, porque me hizo indefinido. Pero pidio una subvencion al principio de contratarme y por ser hermano se la denegaron, por eso queria saber si me causaria problema en este aspecto.

Un saludo
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: jamgo en 09 de Febrero de 2011, 12:03:16 pm
Es que Maquelele, si no me equivoco te puede contratar así es, pero entre familiares no puede haber ningún tipo de subención o contratos susceptibles de ventajas en cuanto a cotizaciones a la SS, como por ej, contrato en prácticas que una persona que no es familiar cotiza menos por ser de prácticas, o mayores de 45 años, o mujeres desempleadas, todo esto no es válido para la contratación de un familiar y más si es tan directo, que me corrigan si me equivoco pero creo que es así, te puede contratar pero sin contratos subencionables a la SS, yo estoy exactamnete igualita a tu situación. Pues quien dá este tipo de subenciones es la SS, otra entidad ladrona y abusiva, por no decir que de todas las instituciones que hay de trabajo la que más. Saludos y si te enteras ( para evitar hacer práctica ha posteriori de la licenciatura me lo dices ) SALUDOS.
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: makelele en 09 de Febrero de 2011, 12:34:22 pm
Gracias jamgo por las respuestas, y eso averiguare a ver si el trabajo que estoy haciendo en el despacho me sirve para convalidar las practicas, y si me entero de algo te mantendre informado.

Un saludo
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: carlosC en 09 de Febrero de 2011, 13:36:25 pm
Pues relacionado con el tema, me surge una duda, me habían comentado qeu los funcionarios estaban exentos del examen para poder colegiarse y acceder a la abogacía. Que hay de cierto en ello?
Un saludo
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: JoseMarbella27 en 09 de Febrero de 2011, 13:41:36 pm
Para responder a esta última pregunta del compañero Disposición adicional 3ª de la Ley 34/2006, te la pego por aquí:

DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Ejercicio profesional de los funcionarios públicos.

1. La actuación del personal al servicio del Estado, de los Órganos Constitucionales, de las Administraciones Públicas o entidades públicas ante Juzgados y Tribunales en el desempeño de las funciones propias del cargo se regirá por lo dispuesto en el artículo 551 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás legislación aplicable, sin que en ningún caso le sea exigible la obtención del título regulado en esta Ley.

2. Los funcionarios públicos que hayan accedido a un cuerpo o escala del grupo A en su condición de licenciados en Derecho estarán exceptuados de obtener el título de abogado o el título de procurador de los tribunales a los efectos descritos en el artículo 1 de esta Ley, siempre que desempeñen funciones de asistencia letrada o asesoramiento jurídico. También estarán exceptuados quienes hayan ingresado en el Cuerpo de Letrados de las Cortes Generales, en alguno de los cuerpos de letrados de las asambleas legislativas autonómicas, en la Carrera Judicial, en la Carrera Fiscal, en el Cuerpo de Secretarios Judiciales, o en alguno de los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas en su condición de licenciados en Derecho.
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: javitovlc en 09 de Febrero de 2011, 13:50:07 pm
Despues de leeros me queda una duda, ¿Si haces las practicas no es necesario que hagas el Master, y si haces el Master no hace falta que hagas practicas?....

Yo creia que había que hacer las dos cosas... :o
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: guzcoga en 09 de Febrero de 2011, 18:03:02 pm
Vamos a ver, los que se licencien antes de octubre de este año no necesariamente tienen que colegiarse, disponen de 2 años después de la licenciatura para colegiarse sin que les pille la famosa ley claro está...
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: elisabet en 09 de Febrero de 2011, 18:11:49 pm
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Vamos a ver, los que se licencien antes de octubre de este año no necesariamente tienen que colegiarse, disponen de 2 años después de la licenciatura para colegiarse sin que les pille la famosa ley claro está...
A mi me parece que no esta tan claro.....pero puedo estar equivocada, por supuesto. :-X
Tengo entendido que para que no te pille, ademas de estar licenciado debes estar colegiado, ya sea como ejerciente o como no ejerciente, pero colegiado, los que previsiblemente terminen en septiembre, para colegiarse deberan dirigirse al colegio de abodagos con las tasas del titulo pagadas ( ya que el titulo tarda bastante mas).
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: stmalkmus en 09 de Febrero de 2011, 18:18:50 pm
Entonces... Si el fin ultimo del master es compensar el déficit de créditos del grado con respecto a la licenciatura, ¿por que iban a obligar a hacerlo a los que terminen la licenciatura, aunque sea con fecha posterior a la entrada en vigor de la nueva ley de abogacía?.

Se contradice, ¿no creéis?.
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: elisabet en 09 de Febrero de 2011, 18:30:14 pm
Este fin último que comentas es uno de los fines pero lo que se pretende es capacitar a los licenciados en derecho para el acceso a las profesiones de abogado y procura, con mas motivos a los que terminen sus estudios con las enseñanzas de grado, para compensar el déficit de créditos. Es una ley desastrosa, se ha recurrido y ha sido admitida a tramite recientemente, os transcribo el texto:
"La Presidencia de la Camara, en ejercicio de la delegación conferida por la Mesa, en su
reunión del dia 30 de noviembre, ha adoptado el acuerdo que se indica respecto del asunto de
referencia:
Proposición de Ley de modificación de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, que regula el acceso a
las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales.
Admitir a trámite el escrito por el que se ejercita el trámite inicial de la iniciativa legislativa
popular, comunicando este acuerdo a la Comisión Promotora, a la Junta Electoral Central y al
Senado, publicandolo en el Boletin, conforme a los artfculos 5.3 y 7.1 de la Ley Organica 3/1984,
de 26 de marzo, Reguladora de la iniciativa legislativa popular.
Jose Bono Martinez
PRESIDENTE DEL"

Esperemos que sirva para algo.....
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: jamgo en 09 de Febrero de 2011, 19:34:00 pm
Pues ahora estoy más líada que cuando empezé a comentarlo,( la duda que tenía )
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: makelele en 09 de Febrero de 2011, 20:02:12 pm
jajajajaja, jamgo estamos igual, yo ya no se si tengo que hacer master o practicas, si me las convalidan con el trabajo o no, si es blanco o es negro, jajajaja, lo unico que se es que voy a rezar para que de aqui a que acabe la carrera, salga algun "iluminado" que derogue esta reforma, que vaya  con el lumbreras que se le ocurrio hacerla, como se nota que a el no le pilla.

Saludos
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: Lili en 09 de Febrero de 2011, 20:11:38 pm
A ver si te puedo aclarar algo - en este hilo las respuestas no han sido del todo exactas.
Si entran en el hilo de temas destacadas, el primero de todas podrán saber todo sobre el tema:
http://foro.uned-derecho.com/index.php?topic=42073.592
 
Luego deben leer el borrador/ project del reglamento  la Ley que está a punto de entrar en vigor.
Por tanto, todo está casi listo para aplicarlo a partir de novimebre de este año.
http://www.expansion.com/2011/02/02/juridico/1296667738.html?a=3d15ce9d44fddb5ec53a99f8c4da35c0&t=1296674596

Está al final de la página:
Proyecto Real Decreto

Son 14 páginas, 18 artículos, verán que tienen que firmarse convenios entre universidades y colegios de abogados para llevar a cabo la formación además de convenios con instituciones, despachos y empresas para la formación externa. Tienen que ponerse de acuerdo sobre los contenidos y tienen que tener tutores con experiencia profesional mínima. Luego, deben acordarse las fechas y formas de las pruebas finales con las CCAA.

En resumen: el master comprende
- una formación académica mediante un curso en una escuela de Práctica Jurídica impartido por tutores/ docentes- abogados, ofrrecidos por los Colegios de abogados o por las universidades- duración 60 crédtios ETCs, un año mínimo a dedicación completa.
- una formación práctica externa mediante prácticas en instituciones, juzgados, administraciones o empresas despachos con Convenio- duración 30 créditos Etcs, mínimo  mdeio año dedicación completa.
- un examen estatal al final, convocatoria una vez al año
No lo quiero ponerlo negro - es lo que hay y llevamos protestando sin éxito bastante tiempo.
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: alfonsocdz en 09 de Febrero de 2011, 23:59:07 pm
Pregunta importante que lanzo, y a los que aprobamos la carrera en su totalidad en la convocatoria extraordinaria de diciembre que ocurre?

Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: NINJ en 10 de Febrero de 2011, 07:44:56 am
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Pregunta importante que lanzo, y a los que aprobamos la carrera en su totalidad en la convocatoria extraordinaria de diciembre que ocurre?



Me temo que si te refieres a la próxima de diciembre 2011, al obtener la licenciatura después de la entrada en vigor de la norma (noviembre 2011), serás licenciado, pero no podrás colegiarte como abogado/procurador a menos que realices y apruebes el "master" cuyo contenido-diseño exacto se sabrá cuando publiquen el desarrollo de la Ley de Abogacía.
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: jamgo en 10 de Febrero de 2011, 08:08:07 am
De todos modos opino que si se trata de hacer lo de la práctica jurídica ? no está  mal del todo imagino que será presencial no ??????'' pues sé que son clases lunes, miercoles y viernes por las tardes, y creo que cada clase es de 2 ó 3 horas aprox. A mí lo que verdaderamente me jodería es que despues de la licenciatura, las prácticas en la escuela jurídica, ¿ porqué pijo tenemos que hacer un examen ? si lo suspendo qué a repetir las prácticas, venga ya por favor.......... si  llego a saber todo esto me hubiera apuntado a un módulo de peluquería.
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: alfonsocdz en 10 de Febrero de 2011, 11:57:48 am
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Pregunta importante que lanzo, y a los que aprobamos la carrera en su totalidad en la convocatoria extraordinaria de diciembre que ocurre?



Me temo que si te refieres a la próxima de diciembre 2011, al obtener la licenciatura después de la entrada en vigor de la norma (noviembre 2011), serás licenciado, pero no podrás colegiarte como abogado/procurador a menos que realices y apruebes el "master" cuyo contenido-diseño exacto se sabrá cuando publiquen el desarrollo de la Ley de Abogacía.

Pues menuda incongruencia que ha tenido el legislador, yo creo que más que quejarnos en internet, deberiamos de combatirla en los tribunales, alguien del foro sabe si de ha hecho?
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: alfonsocdz en 10 de Febrero de 2011, 11:59:52 am
Porque una cosa es recoger firmas y otra cosa atacar la ley
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: guzcoga en 10 de Febrero de 2011, 12:09:13 pm
Vuelvo a reiterar la NO obligación de colegiarse. Disponemos hasta de 2 años para hacer la colegiación; pero esto no es lo importante, lo verdaderamente importante es licenciarse antes de octubre de este año. De no ser así, nos coje todo el tomate.
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: jamgo en 10 de Febrero de 2011, 12:31:27 pm
Una aportación primero y después me tiráis piedras a la cabeza vale ? no estoy de acuerdo ni con hacer un máster y menos un examen despues de haberte licenciado, pero sí totalmente de acuerdo con realizar las prácticas en la escuela jurídica que no sólo te supone asistir a clases, sino que además te obligan a asistir a X nº de juicios ( firmados por el propio juez para la acreditación de asistencia ), yo si a priori nada más colegiarme me llaman al día siguiente de la colegiación a defender a un asesino por turno de oficio me cago la pata abajo pues no sabría por donde meter mano, ni como tratar a su señoría, y tantas y tantas cosas ............ ahora el que en este supuesto que acabo de exponer tenga huevos pues palante como los de Alicante.

PD y para postre que sea un asesino mafioso que sabe perfectamente que lo has defendido mal y te ha visto dubitar y sale condenado, ya lo que me faltaba que se me echara la mafia encima. Y ahora hablando un poco más en serio, es muchísima la responsabilidad pues dependiendo de tu defensa o acusación puedes meter a alguien en la cárcel, que podría haberse evitado si tienes experiencia, siempre teniendo en cuenta que la última palabra la tiene el Juez pero este siempre se basa en los alegatos de los letrados, la verdad es que hay que mirar los pros y los contras de cada cosa. UN ABOGADO GANARA DINERO PERO PRINCIPALEMNTE POR LA RESPONSABILIDAD, PUES EN ELLO LE VA SU CARRERA JUDICIAL, Y EL PRESTIGIO O DESPRESTIGIO DENTRO DEL COLEGIO EN EL QUE SE HALLE.
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: elisabet en 10 de Febrero de 2011, 12:36:10 pm
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Una aportación primero y después me tiráis piedras a la cabeza vale ? no estoy de acuerdo ni con hacer un máster y menos un examen despues de haberte licenciado, pero sí totalmente de acuerdo con realizar las prácticas en la escuela jurídica que no sólo te supone asistir a clases, sino que además te obligan a asistir a X nº de juicios ( firmados por el propio juez para la acreditación de asistencia ), yo si a priori nada más colegiarme me llaman al día siguiente de la colegiación a defender a un asesino por turno de oficio me cago la pata abajo pues no sabría por donde meter mano, ni como tratar a su señoría, y tantas y tantas cosas ............ ahora el que en este supuesto que acabo de exponer tenga huevos pues palante como los de Alicante.

PD y para postre que sea un asesino mafioso que sabe perfectamente que lo has defendido mal y te ha visto dubitar y sale condenado, ya lo que me faltaba que se me echara la mafia encima. Y ahora hablando un poco más en serio, es muchísima la responsabilidad pues dependiendo de tu defensa o acusación puedes meter a alguien en la cárcel, que podría haberse evitado si tienes experiencia, siempre teniendo en cuenta que la última palabra la tiene el Juez pero este siempre se basa en los alegatos de los letrados, la verdad es que hay que mirar los pros y los contras de cada cosa. UN ABOGADO GANARA DINERO PERO PRINCIPALEMNTE POR LA RESPONSABILIDAD, PUES EN ELLO LE VA SU CARRERA JUDICIAL, Y EL PRESTIGIO O DESPRESTIGIO DENTRO DEL COLEGIO EN EL QUE SE HALLE.
Yo no te hecho piedras, ni creo que nadie deba hacerlo por estar en desacuerdo con la opinión de algún compañero, dicho esto, estoy absolutamente de acuerdo con lo que expones y ya no en el caso extremo de un mafioso imputado por asesinato, en el seguramente te juegas más que el prestigio o desprestigio, sino a lo mejor en casos más fáciles pero en los que igualmente necesitas una mínima experiencia o rodaje...
Lo que no me parece en absoluto bien es el examen  >:(
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: valeri en 10 de Febrero de 2011, 18:29:20 pm
Y pensando, pensando...........si tenemos que utilizar la compensación? A que se aplica la ley exactamente a los que se licencien en el curso 2010/2011 o a los que están licenciados antes del 31 de octubre.


                                                                         Un saludo y suerte con lo que queda
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: elisabet en 10 de Febrero de 2011, 19:08:56 pm
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Y pensando, pensando...........si tenemos que utilizar la compensación? A que se aplica la ley exactamente a los que se licencien en el curso 2010/2011 o a los que están licenciados antes del 31 de octubre.


                                                                         Un saludo y suerte con lo que queda
Antes de 31 de octubre, sino fuera asi todavia pordríamos contar con la extraordinaria de diciembre y no..... >:(
Hay que apretar y como muy tarde licenciarnos en septiembre
Besos!!  :-*
Título: Re: UNA DUDA DE LA NUEVA LEY DE ABOGACÍA
Publicado por: valeri en 10 de Febrero de 2011, 21:19:20 pm
Pero la extraordinario de diciembre es ya el curso 2011/2012 y,¿ el tribunal de compensación en que curso te subirían la nota por compensación al expediente? :D Es retroactivo :-\