Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: hectoriuris en 12 de Febrero de 2011, 18:35:09 pm

Título: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: hectoriuris en 12 de Febrero de 2011, 18:35:09 pm
Esta fue al  parecer una  pregunta del examen de administrativo II en la primera semana. Yo en el libro de Parada no veo donde está.

¿alguien lo sabe? El dia se acerca y todo me da vueltas.
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: RobertMAD en 12 de Febrero de 2011, 18:41:48 pm
Mi edición es de 2008, pero lo tienes en la página 107 (capítulo IV, del Tomo I de Derecho Administrativo, de Parada).

Saludos.
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: manuelk0 en 12 de Febrero de 2011, 19:00:16 pm
indeterminados por las normas reglamentarias y, en concreto, por las Ordenanzas municipales, no sólo es posible y constitucionalmente lícita, sino también habitual e inevitable, con el límite de que su concreción sea factible en virtud de criterios lógicos, técnicos o de la experiencia, según sentencia del TS, de 23 de noviembre de 2010.
los conceptos jurídicos indeterminados son aquellos que se usan para motivar los expedientes, y actuaciones en general, que de otra forma rozarían la arbitrariedad: al añadirse la motivación, el acto se convierte en discrecional y la actuación se legitima. pasemos a un ej: en el otorgamiento de una vivienda a una persona que no reune los requisitos de la norma, pero que se encuentra en una situacion de abandono.....
Tambien se suele utilizar en el ambito de la administracion local, como medida de aplicacion de la singularidad de una norma. Lo unico que se pide que esta no vaya ni contra el ordenamiento juridico propiamente dicho ni contra el interes general.
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: palangana en 12 de Febrero de 2011, 19:02:21 pm
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indeterminados por las normas reglamentarias y, en concreto, por las Ordenanzas municipales, no sólo es posible y constitucionalmente lícita, sino también habitual e inevitable, con el límite de que su concreción sea factible en virtud de criterios lógicos, técnicos o de la experiencia, según sentencia del TS, de 23 de noviembre de 2010.
los conceptos jurídicos indeterminados son aquellos que se usan para motivar los expedientes, y actuaciones en general, que de otra forma rozarían la arbitrariedad: al añadirse la motivación, el acto se convierte en discrecional y la actuación se legitima. pasemos a un ej: en el otorgamiento de una vivienda a una persona que no reune los requisitos de la norma, pero que se encuentra en una situacion de abandono.....

Se dice de desamparo.
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: hectoriuris en 12 de Febrero de 2011, 19:08:47 pm
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Mi edición es de 2008, pero lo tienes en la página 107 (capítulo IV, del Tomo I de Derecho Administrativo, de Parada).

Saludos.

Gracias...

Con la de veces que lo llevo leído......esto es una locura.
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: manuelk0 en 12 de Febrero de 2011, 19:10:28 pm
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indeterminados por las normas reglamentarias y, en concreto, por las Ordenanzas municipales, no sólo es posible y constitucionalmente lícita, sino también habitual e inevitable, con el límite de que su concreción sea factible en virtud de criterios lógicos, técnicos o de la experiencia, según sentencia del TS, de 23 de noviembre de 2010.
los conceptos jurídicos indeterminados son aquellos que se usan para motivar los expedientes, y actuaciones en general, que de otra forma rozarían la arbitrariedad: al añadirse la motivación, el acto se convierte en discrecional y la actuación se legitima. pasemos a un ej: en el otorgamiento de una vivienda a una persona que no reune los requisitos de la norma, pero que se encuentra en una situacion de abandono.....

Se dice de desamparo.
El desamparo es una cosa y el abandono es otra. de acuerdo con determinad interpretacion de la sala de la AP de canarias, el desamparo podria definirse como el resultado de la falta de obligacion de familiares o entidades publica en el ejercicio de la accion social.
El abandono es el resultante de que por circustancias extremas una persona se encuetra despojada de sus derecho mas fundamentales...

                                                 me gusta la noche pues cuando apagas la luz todo los gatos son pardos :D
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: manuelk0 en 12 de Febrero de 2011, 19:12:38 pm
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Mi edición es de 2008, pero lo tienes en la página 107 (capítulo IV, del Tomo I de Derecho Administrativo, de Parada).

Saludos.

Gracias...

Con la de veces que lo llevo leído......esto es una locura.
Quien mejor explica este concepto es el profesor Enterria, por lo tanto is estas cerca de un CA buscate una manual de este insignie profe y lo veras todo claro no como el amigo palangana que quiere buscar en el abandonado el desamparo, cuando en la praxi social los dos terminos son iguales de jodido :D
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: manuelk0 en 12 de Febrero de 2011, 19:15:23 pm
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indeterminados por las normas reglamentarias y, en concreto, por las Ordenanzas municipales, no sólo es posible y constitucionalmente lícita, sino también habitual e inevitable, con el límite de que su concreción sea factible en virtud de criterios lógicos, técnicos o de la experiencia, según sentencia del TS, de 23 de noviembre de 2010.
los conceptos jurídicos indeterminados son aquellos que se usan para motivar los expedientes, y actuaciones en general, que de otra forma rozarían la arbitrariedad: al añadirse la motivación, el acto se convierte en discrecional y la actuación se legitima. pasemos a un ej: en el otorgamiento de una vivienda a una persona que no reune los requisitos de la norma, pero que se encuentra en una situacion de abandono.....

Se dice de desamparo.
te recomiendo un blog muy instructivo en este campo http://www.administracionpublica.com/content/view/127/
aparte puedes subcribirte que es grati y recibes semanalmente todo lo referente a doctrina, teorias y sentencia en el ambito de la administracion. Ya he vivido para caminar y dejar muestra de que he4 vivido, por medio de las huellas del sendero....Alleden :D
Aparte no seas abusador tu eres licencado yo un sujeto que lo intenta
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: palangana en 12 de Febrero de 2011, 19:28:49 pm
jajajaja, SÓLO ERA UNA BROMA, qué más da abandono que desamparo si se entiende....lo que pasa es que desamparo tiene mayor conexión con la función social de la propiedad y nuestra CE (suena más formalista), y abandono me suena más a civil-familia, o al ámbito rosa...
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: manuelk0 en 12 de Febrero de 2011, 19:31:23 pm
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jajajaja, SÓLO ERA UNA BROMA, qué más da abandono que desamparo si se entiende....lo que pasa es que desamparo tiene mayor conexión con la función social de la propiedad y nuestra CE (suena más formalista), y abandono me suena más a civil-familia, o al ámbito rosa...
Un sueño que me haria feliz en encontrarnos ambos en un proceso, cuanto mas complejo mejor y que encima la sentencia me sea favorable...jejejej seria el hombre mas feliz de este mundo, despues de JESUS :D
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: Gem-Mas en 12 de Febrero de 2011, 19:33:11 pm
Si, y a mí no me gustaría perdérmelo,  ;)
Saludos a ambos dos.
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: palangana en 12 de Febrero de 2011, 19:35:57 pm
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jajajaja, SÓLO ERA UNA BROMA, qué más da abandono que desamparo si se entiende....lo que pasa es que desamparo tiene mayor conexión con la función social de la propiedad y nuestra CE (suena más formalista), y abandono me suena más a civil-familia, o al ámbito rosa...
Un sueño que me haria feliz en encontrarnos ambos en un proceso, cuanto mas complejo mejor y que encima la sentencia me sea favorable...jejejej seria el hombre mas feliz de este mundo, despues de JESUS :D

Si es en la Primera Instancia, no te relajes, intentaré vencerte en la Segunda (princpio pro actione, a los recursos, puesto que nuestro sistema judicial funciona la doble instancia  ;))

Descuida amiga Gem- Mas, te mandaré sin gastos el video de la vista en la que manuelkO ME VENCERÁ, y el de la segunda... :)


Un abrazo a ambos !!
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: Gem-Mas en 12 de Febrero de 2011, 19:39:06 pm
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jajajaja, SÓLO ERA UNA BROMA, qué más da abandono que desamparo si se entiende....lo que pasa es que desamparo tiene mayor conexión con la función social de la propiedad y nuestra CE (suena más formalista), y abandono me suena más a civil-familia, o al ámbito rosa...
Un sueño que me haria feliz en encontrarnos ambos en un proceso, cuanto mas complejo mejor y que encima la sentencia me sea favorable...jejejej seria el hombre mas feliz de este mundo, despues de JESUS :D

Si es en la Primera Instancia, no te relajes, intentaré vencerte en la Segunda (princpio pro actione, a los recursos, puesto que nuestro sistema judicial funciona la doble instancia  ;))

Descuida amiga Gem- Mas, te mandaré sin gastos el video de la vista en la que manuelkO ME VENCERÁ, y el de la segunda... :)


Un abrazo a ambos !!
;D ;D te tomo la palabra.
Saludos
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: hectoriuris en 12 de Febrero de 2011, 19:51:53 pm
Hola guapa, ¿nos vamos a canarias entonces cuando termimenos los examenes?
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: Gem-Mas en 12 de Febrero de 2011, 19:57:17 pm
 :o ¿Pero tú no eras el enamorado de Jamgo? Pues con el carácter que tiene, mejor que te andes con cuidado,  ;D ;D, que vas a acabar en Canarias, pero sin tomar el avión,  ;D
Saludos
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: hectoriuris en 12 de Febrero de 2011, 20:03:31 pm
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:o ¿Pero tú no eras el enamorado de Jamgo? Pues con el carácter que tiene, mejor que te andes con cuidado,  ;D ;D, que vas a acabar en Canarias, pero sin tomar el avión,  ;D
Saludos

Jamgo me está decepcionando. Ultimamente está desaparecida. No parece feliz en la UNED. Parece que se le ha ido la energía y esa chispa que enciende los ánimos de las masas...; además no va a aprobar y tu sí, así que seremos más felices sin materia pendiente ni problemas a la vista. La vida empieza el viernes¡¡¡¡¡¡
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: Gem-Mas en 12 de Febrero de 2011, 20:22:38 pm
Veo que eres un hombre coherente y con criterio,  ;D
¡Si la semana pasada querías casarte con Jamgo, y tener niños pecosos! :D
¿Dónde quedó tu apasinado y profundo amor?  :(
¡Parecías un Romeo, y te has quedado en un vulgar Don Juan!
¡Qué decepción!  :'(

 ;D Saludos
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: palangana en 12 de Febrero de 2011, 20:25:05 pm
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Veo que eres un hombre coherente y con criterio,  ;D
¡Si la semana pasada querías casarte con Jamgo, y tener niños pecosos! :D
¿Dónde quedó tu apasinado y profundo amor?  :(
¡Parecías un Romeo, y te has quedado en un vulgar Don Juan!
¡Qué decepción!  :'(

 ;D Saludos

Es mucho mejor ser formalista y legalista, cuesta más cambiar de criterio así como así....
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: Gem-Mas en 12 de Febrero de 2011, 20:29:07 pm
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Veo que eres un hombre coherente y con criterio,  ;D
¡Si la semana pasada querías casarte con Jamgo, y tener niños pecosos! :D
¿Dónde quedó tu apasinado y profundo amor?  :(
¡Parecías un Romeo, y te has quedado en un vulgar Don Juan!
¡Qué decepción!  :'(

 ;D Saludos

Es mucho mejor ser formalista y legalista, cuesta más cambiar de criterio así como así....
;D ;D Tienes razón. Nuestro hectorius es un poco voluble,  ;D.
Saludos
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: hectoriuris en 12 de Febrero de 2011, 20:30:49 pm
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Veo que eres un hombre coherente y con criterio,  ;D
¡Si la semana pasada querías casarte con Jamgo, y tener niños pecosos! :D
¿Dónde quedó tu apasinado y profundo amor?  :(
¡Parecías un Romeo, y te has quedado en un vulgar Don Juan!
¡Qué decepción!  :'(

 ;D Saludos

Las cosas han cambiado mucho. El amor no ha superado la prueba del tiempo. Una semana juntos ha sido demasiado. Las diferencias irreconciliables han asomado. Menos mal que no nos dio tiempo de legalizar la situación. Todo ha sido ajeno el derecho. Deo Gratias. Espero encontrar el consuelo y los hijos que no pude tener (ni pecosos ni pelirrojos, como era mi deseo), contigo.
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: jamgo en 12 de Febrero de 2011, 20:41:51 pm
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:o ¿Pero tú no eras el enamorado de Jamgo? Pues con el carácter que tiene, mejor que te andes con cuidado,  ;D ;D, que vas a acabar en Canarias, pero sin tomar el avión,  ;D
Saludos

Jamgo me está decepcionando. Ultimamente está desaparecida. No parece feliz en la UNED. Parece que se le ha ido la energía y esa chispa que enciende los ánimos de las masas...; además no va a aprobar y tu sí, así que seremos más felices sin materia pendiente ni problemas a la vista. La vida empieza el viernes¡¡¡¡¡¡

¿ Quien dice que yo estoy desaparecida ? tú y yo no estábamos ya medio comprometidos pues no me pongas los cuernos anda,  y quien ha dicho que no voy a aprobar eso ya te lo diré yo a tí, pero en persona, y en la intimidad jejejje, que no me entere que me la pegas ehhhh hectorius que te tengo controlao. QUe te arreo una leche si me entero que me dejas. Un beso querido
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: Gem-Mas en 12 de Febrero de 2011, 20:50:19 pm
¡Ayy, que te han pillado! ::)
(Hectorius, ¿no crees que para tu problema sería más sencilla la adopción? porque parece que sólo quieres a una madre para tus hijos pelirrojos y pecosos,  ;D)
Saludos
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: hectoriuris en 12 de Febrero de 2011, 20:50:34 pm

Hola jamgo cariño, es que unas horas se me han hecho larguisimas sin ti. Pero no digas esas cosas de arrear  leches, que ademas de que no queda fino en una señorita, creo que está penado en algún código de esos y no querría ver a la madre de mis gemelos con antecedentes penales......Sigue estudiando, que si no suspendes.
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: manuelk0 en 12 de Febrero de 2011, 20:59:29 pm
bueno quedando claro la indeterminacion juridica de una accion y aprovechndo la presencia del estimado palangana yo tengo una duda con el propio acto administrativo: Cuando se sentencia en favor de un cuidadano y la administracion recurre, el objeto material de la sentencia queda en el aire o hay que esperar a la segunda instancia?
Pues tengo una señora que mas o menos esta en esa aplicacion y me ha preguntado si la sentencia la administracion la hace efectiva o espera a la resolucion de la 2ª instancia, es que le ha tocado una abogada de oficio que al parecer la tiene mas desorientada y no sabe como va salir el asunto'
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: jamgo en 12 de Febrero de 2011, 21:00:48 pm
 ;D ;D ;D ;D Tú disimula disimula que te he pillado, yo no quiero ser madre con antecedentes , pero tampoco quiero un padre que en cuanto la madre se dá la vuelta el hectorius se dedica a poner cuernos, pobres criaturas las nuestras. Un beso querido >:( >:( >:( >:( >:( >:(
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: decarmen en 12 de Febrero de 2011, 23:16:02 pm
Gracias a ManuelKo y a Palangana nos hemos informado de interesantes conceptos en este vasto mundo del Derecho.
Y muy simpático en lo que ha derivado el tema.
El caso es que "conceptos jurídicos indeterminados"  lo asocio con la materia dolorosa de Teoría de Derecho. Todo me parece tan indeterminado...continuaré repasando más me vale.
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: palangana en 13 de Febrero de 2011, 10:14:24 am
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bueno quedando claro la indeterminacion juridica de una accion y aprovechndo la presencia del estimado palangana yo tengo una duda con el propio acto administrativo: Cuando se sentencia en favor de un cuidadano y la administracion recurre, el objeto material de la sentencia queda en el aire o hay que esperar a la segunda instancia?
Pues tengo una señora que mas o menos esta en esa aplicacion y me ha preguntado si la sentencia la administracion la hace efectiva o espera a la resolucion de la 2ª instancia, es que le ha tocado una abogada de oficio que al parecer la tiene mas desorientada y no sabe como va salir el asunto'


Estimado compañero ManuelKO, ¿de qué estamos hablando? (es que no he entnedido muy bien la pregunta, disculpas)

Si hablamos del acto acto admnistrativo como resolución de un procedimiento admnistrativo sancionador (esto depende de normas admnistrativas); o bien estamos hablando de una sentencia (esto depende de normas procesales), resolución de un órgano de la Admón de Justicia que pone fin al proceso judicial: que puede ser definitiva, pero firme o no firme. Si es firme, no cabe recurso por seguridad jurídica al ser cosa juzgada; y si es no firme, pues entonces cabe recurso. La norma general es no firme en la primera instancia, cabe apelación para la segunda instancia, pero si resulta que no se hace en plazo y forma pues se produce preclusión y te quedas sin el derecho de recurrir o te lo desestiman.

Un saludo, así es como creo que es como norma general.
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: palangana en 13 de Febrero de 2011, 10:23:38 am
Bueno, que se me ha pasado, ni que decir tiene que aunque interpongas apelación la sentencia de la primera instancia sigue desplegando todos sus efectos y cabe "ejecución provisional" hasta que resuelva la segunda instancia el recurso de apelación.


Un saludo.
Título: Re: conceptos jurídicos indeterminados
Publicado por: irnán en 13 de Febrero de 2011, 18:31:41 pm
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bueno quedando claro la indeterminacion juridica de una accion y aprovechndo la presencia del estimado palangana yo tengo una duda con el propio acto administrativo: Cuando se sentencia en favor de un cuidadano y la administracion recurre, el objeto material de la sentencia queda en el aire o hay que esperar a la segunda instancia?
Pues tengo una señora que mas o menos esta en esa aplicacion y me ha preguntado si la sentencia la administracion la hace efectiva o espera a la resolucion de la 2ª instancia, es que le ha tocado una abogada de oficio que al parecer la tiene mas desorientada y no sabe como va salir el asunto'

Bueno Manuel, creo que por lo general los recursos no paralizan el acto administrativo, por lo cual tendría que seguir su curso.
Pero la jurisprudencia en general no está de acuerdo con esto en general y se puede pedir una paralización del acto hasta que esto se resuelva.
Se puede solicitar cuando pudiera causar efectos de imposible o difícil reparación, o cuando la ejecución del acto fuera aún más injusta que la situación inicial. En general eso es así, pero puede ser mucho más extensa la respuesta.