Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: hum230674 en 13 de Febrero de 2011, 18:30:17 pm
-
Hola, estoy muy liado en lo que se refiere a los rendimientos que están sujetos a ingreso a cuenta, me gustaría saber si alguien tiene alguna idea general que me pueda ayudar a a diferenciar cuando existe el deber del ingreso a cuenta. Gracias por vuestro tiempo y un saludo.
-
La idea muy general que yo saqué es que se tiene obligación de realizar ingreso a cuenta cuando los rendimientos sean percibidos EN ESPECIE, si fueran monetarios, procedería realizar retención. Arts. 99 y ss. Si te refieres al tipo concreto de rendimientos, echa un vistazo a estos artículos.
-
"En el caso de retribuciones en especie del trabajo, no existirá obligación de efectuar ingresos a cuenta respecto a las contribuciones satisfechas por los promotores de planes de pensiones, de planes de previsión empresarial y de mutualidades de previsión social que reduzcan la base imponible."
Yo creo que es el único caso.
-
Supongo que te refieres al Art. 83.2.1ª del Rgto. IRPF.
¿Es correcto?
Saludos.
-
El comentario que voy a realizar no viene a cuento con la cuestión, pero el caso es que yo hice el examen en la primera semana y con la tensión y el tiempo limitado para contestar y buscar en el código, no puedes pararte demasiado a profundizar en detalles. Visto el examen, considero que es mejor "ir al grano" y si algo no se sabe con seguridad, omitirlo, pues si te pones a buscar por arriba y por abajo se te pasa la mitad del tiempo.
-
Si, yo estoy de acuerdo, porque si se pretende contestar el examen con todos los detalles como los resueltos por los profesores, seguro que no te da tiempo. Me imagino que tampoco pedirán todo para el aprobado. Un saludo
-
Correcto, es que no da tiempo para más...al grano y las meticulosidades, para el que busque el 10, pero la verdad, poco tiempo hay.
-
por mi experiencia del curso pasado que aprobé el primer parcial y suspendí el segundo con lo cual voy otra vez a ella, no hay tiempara ni siquiera para terminar el examen en condiciones, supongo que los muy duchos en la materia, irán sobrados, pero los neófitos como yo , sólo nos da tiempo para leer y releer examenes y esperar que se te aparezca el subsconciente que te dicte que apartado de que articulito se están refiriendo.Suerte chicos que nos hará falta.
-
Correcto, es que no da tiempo para más...al grano y las meticulosidades, para el que busque el 10, pero la verdad, poco tiempo hay.
totalmente de acuerdo, el tiempo no sobra, al contrario no da para mucho.
Hay que ir a lo esencial y después si tienes tiempo buscar las meticulosidades (como dice urbiet),
Asi lo aprobé yo, no saqué grandes notas pero si dos 5,5.
Suerte a los de la 2 semana ;)
-
Estoy planteándome, olvidarme de no residentes y sucesiones, y estudiar solo IRPF y sociedades.
¿qué opináis?
-
No, no lo hagas.
No Residentes e ISD son bastante fáciles y con poca complicación.
Si alguna de IRPF e IS son difíciles, puedes olvidarte de alguna de ellas y elegir la de ISD y No residentes.
En la primera semana yo hice los dos de IRPF y el de IS porque el de ISD y no residentes me pareció un poco enrevesado, pero es que tan poco le di importancia debido a que los otros tres los tenía bastante claros...
Es un consejo, allá tú... ;)
-
Gracias por el consejo.
Esta asignatura la veo bastante complicada.
Un saludo.
-
Yo stoy haciendo ésto que dices,estudiar IRPF e impuesto de sociedades,es que me falta tiempo y he visto que quizá y digo solamente quizá,sean más fáciles los casos de IRPF que el rest y si te ponen dos casos,mejor que mejor.Saludos.
-
No, no lo hagas.
No Residentes e ISD son bastante fáciles y con poca complicación.
Si alguna de IRPF e IS son difíciles, puedes olvidarte de alguna de ellas y elegir la de ISD y No residentes.
En la primera semana yo hice los dos de IRPF y el de IS porque el de ISD y no residentes me pareció un poco enrevesado, pero es que tan poco le di importancia debido a que los otros tres los tenía bastante claros...
Es un consejo, allá tú... ;)
Yo estoy de acuerdo contigo. Si la pregunta del IRPf o del IS sale raro ( por ejemplo el tema de los consejeros de la primera semana) puedes con mucha más facilidad resolver alguna sobre NR o ISD.
Lo que tiene que ver con la recomendación anterior con la que estoy de acuerdo con todos:
no se puede exponer tantos detalles del IRPF o IS por que no hay tiempo porque aunque lo sepa
es difícil plasmarlo de forma clara en poco tiempo, es fácil enrevesarse y menos todavía ponerte a buscar entre los apartados de los artículos.
Suerte y ánimo para el viernes
-
No, no lo hagas.
No Residentes e ISD son bastante fáciles y con poca complicación.
Si alguna de IRPF e IS son difíciles, puedes olvidarte de alguna de ellas y elegir la de ISD y No residentes.
En la primera semana yo hice los dos de IRPF y el de IS porque el de ISD y no residentes me pareció un poco enrevesado, pero es que tan poco le di importancia debido a que los otros tres los tenía bastante claros...
Es un consejo, allá tú... ;)
Denoto cierta incongruencia entre que IRPFNR e ISD son fáciles y de poca complicación con el sentimiento que comentas acerca de las preguntas en el examen acerca del tema.... te[/i "pareció un poco enrevesado"
Pero claro contestates a las preguntas sobre IRPF e IS porque te las sabias.
¿Y para ese viaje estás alforjas?
Un saludo
-
Hola.
Creo que en la primera semana no han preguntado por IRPF de No Residentes.
La cuarta pregunta se contesta según el Art 7p de la LIRPF.
Un saludo.
-
¿Tenéis apuntes del 2º parcial?
Estoy en vilo, aún no han publicado las notas, me examiné la primera semana.
Suerte a todos.
Ana
anabelgara@hotmail.com