Sabemos como es la forma de examen? test o desarrollo? no esta la guia por ahi,no? es que se me rompio mi pc y tengo uno prestado y no tengo nada guardado :(
Se supone que las evaluaciones continuas ayudan a la nota. Tenían entendido que estas sirven como recompensa al trabajo que realizamos cada uno. ¿En esta asignatura no es así?MaQ91, creo que para que te sirva la evaluación continua solo debes sacar un cinco. Luego se pondera la nota con el examen, pero si has sacado el cinco, el aprobado ya lo tienes, y seguro que te sube la nota con la práctica.
¡Me estais asustando!
¿Como puede ser que para que te valoren la evaluacion continua debas de sacar un 5 sobre 7 y medio? Eso sería como sacar poco menos de un 7 sobre 10 en el examen.
Asi como lo pintais, si que es cierto que es una decisión más dificil de tomar de lo que yo pensaba en un principio (desde la ignorancia. como ya dije).
Sería bueno conocer más opiniones.
¡Saludos!
Me uno a los Constitucionales........a ver cómo nos va este cuatrimestre.
No tengo aún los libros, ¿podéis indicarme si son asequibles?.
Evaluación continua?...jejejejeje......me río por no llorar, porque cada guía dice una cosa y luego en los cursos virtuales dicen otra....la leche vamos!!
saludos
Hola, si no mal he leído son dos libros, el sistema de fuentes y el de la constitución española en la jurisprudencia, creo que de éste último solo cae una pregunta en el examen del las 5 posibles, no sé hasta qué punto es necesario por una pregunta comprarte ese libro.
Hay unos apuntes de Iota que parecen bastante buenos, pero ha cambiado el orden de los temas totalmente, y epigrafes de unos temas estan en otros temas.
A ver si me pongo a ordenarlos, con paciencia y ver si falta algun epigrafe, por que los apuntes tienen una pinta estupenda. Estan en la zona de descargas temporales.
Yo por lo que he visto, haber hecho Teoria del EStado constitucional ayuda algo, hay otra vez un tema de las constituciones españolas y tal. Pero vamos, que no creo que tengas mucho problema.Ojalá tengas razón, yo igual lo voy a intentar y si no, el próximo año cojo primero T. del estado Const. y santas pascuas ;)
http://foro.uned-derecho.com/index.php?topic=31531.0
Te pongo el enlace de donde estan para descargarlos.
Hola, he estado mirando los apuntes de Iota y los he comparado con los contenidos de la guía y coinciden perfectamente, ¿qué opináis los que lo habéis comparado?
Saludos
Pues la evaluacion continua se las trae.
Primera tutoría de Constitucional I
El tutor nos ha dicho 1000 veces que no merece la pena hacer la prueba de evaluación, que como mucho nos dará el equivalente a un 5 porque son resúmenes y no le va a poner más nota. (No quiere que le demos trabajo)
Que 90 minutos dan de sobra para 3 preguntas porque sólo te dejan escribir un folio.
La sentencia ya está en Alf para hacer el trabajo, son 38 páginas para un comentario general y las consecuencias jurídico-políticas de la decisión.
Lo cuento por si le sirve a alguien.
Raúl, estoy igual.Amigo, yo tengo el libro y haré la evaluación contínua...
En un dilema. Por un lado, me planteo, comprarme el libro, del que cae una pregunta y no hacer la evaluación continua, y por otro, no comprarme el libro y hacer la evaluación contínua.
Saludos.
Raúl, estoy igual.Amigo, yo tengo el libro y haré la evaluación contínua...
En un dilema. Por un lado, me planteo, comprarme el libro, del que cae una pregunta y no hacer la evaluación continua, y por otro, no comprarme el libro y hacer la evaluación contínua.
Saludos.
Saludos,
Polín ;)
Raúl, estoy igual.Amigo, yo tengo el libro y haré la evaluación contínua...
En un dilema. Por un lado, me planteo, comprarme el libro, del que cae una pregunta y no hacer la evaluación continua, y por otro, no comprarme el libro y hacer la evaluación contínua.
Saludos.
Saludos,
Polín ;)
Hola, pero que libro tienes el de los profesores Sanchez/Mellado o también el otro, del que cae una pregunta?
Un saludo.
gracias raul por tu respuesta !Es que Raúl es el mejOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOOr ;)
Ya estamos con el cachondeo!!!Para nada, amigo, simplemente decía la verdad, nada más que eso.
;D ;D
Estoy de acuerdo con Dangoro, la única ventaja de esta evaluación continua es poderte quitar dos preguntas en el examen.....ahora parecerá una tontería pero cuando estemos sentados frente a la hojita mágica.....es mucha tela!!
saludos
Gracias por la información Carbayona.
¿Os ha dado el tutor la relación de los temas que entran?, o directamente entran todos.
Informanos por favor a los que no podemos asistir a las tutorias.
Un saludo
Haber si alguien me puede ayudar, no puede acceder a la sentencia para verla, me gustaria que me la pudierais mandar para poder leerla, por favor.., y asi me lo puedo pensar..
Hola Carvayona, la verdad tienes razon entu comentario, la sentencia es un follon y nunca te sacas todos los puntos por mas que te esmeres,,, yo tambien he revisado los apuntes que nos han ofrecido en este post los de ioto si no me equivoco, pues he leido al menos los primeros 6 temas revisandolos con la guia de la asignatura con sus correspondientes epigrafes y no se si yo estoy equivocada pero de los primeros 6 temas me hacen falta varios epigrafes y sub...
I tema: epigrafe 1 ( EL concepto de poder)
II tema epigrafe 1 ( La constitucion, el movimiento constitucional y el falceamiento de las constituciones.)
III tema: epigrafe 4 y 7
V tema solo concuerdan los epigrafes 1, 8 y 9. hasta el momento no he encontrado el contenido de estos epigrafes en estos apuntes, los dmas temas aun no los he leido.
Hola Carvayona, la verdad tienes razon entu comentario, la sentencia es un follon y nunca te sacas todos los puntos por mas que te esmeres,,, yo tambien he revisado los apuntes que nos han ofrecido en este post los de ioto si no me equivoco, pues he leido al menos los primeros 6 temas revisandolos con la guia de la asignatura con sus correspondientes epigrafes y no se si yo estoy equivocada pero de los primeros 6 temas me hacen falta varios epigrafes y sub...
I tema: epigrafe 1 ( EL concepto de poder)
II tema epigrafe 1 ( La constitucion, el movimiento constitucional y el falceamiento de las constituciones.)
III tema: epigrafe 4 y 7
V tema solo concuerdan los epigrafes 1, 8 y 9. hasta el momento no he encontrado el contenido de estos epigrafes en estos apuntes, los dmas temas aun no los he leido.
Siguiendo con los apuntes que dices: el tema 6 me parece que no concuerda algun epigrafe; en el tema 7 le faltarian los epigrafes 2 y 7; en el tema 10 CONSTITUCION Y AUTONOMIA falta casi todo... en el 12 tambien... en fin, creo que hay muchas variaciones por lo que me estoy planteando comprar el libro ya mismo...
Saludos.
No me fiaría yo demasiado de eso Gosse, mira en civil, faltaba la violencia como vicio del consentimiento y zasss, esa misma fueron a poner!!, pero es sólo una opinión
saludos
No me fiaría yo demasiado de eso Gosse, mira en civil, faltaba la violencia como vicio del consentimiento y zasss, esa misma fueron a poner!!, pero es sólo una opinión
saludos
Bueno compañer@s, todo es cuestión de opiniones y de posibilidades económicas, (ante todo), así que cada cual que tome el camino que le convenga no?.
saludos
Como llevais el estudio de esta asignatura?.Por el tema X, es sencillo el estudio.
Porque tema vais?.
Saludos.
uff pues según la media de raul y polinypoila estariamos por el tema 5 jeje.Yo tambien me deprimo, Damojusa, pero ese fue el calendario que nos puso el Tutor del Centro asociado, Y el martes tendremos que haber estudiado hasta ese tema. Mañana no pienso estudiar, me voy a comer a Los Llanos... ;)
Menos mal de raul, porque sino ,con polinypoila me deprimo.
Saludos.
Hoy acabé con una vuelta semi-rápida a los apuntes de IOTA, menudo "palo" de asignatura. A ver si ahora, que más o menos sé por donde va, acabo asimilándola un poquito mejor.
No creo que me divierta mucho con esta !!!
Saludos
Hola:
Yo también estoy con esta asignatura, y comentaros que los apuntes de Iota, aunque son estupendos, no están actualizados, y que los que han colgado como Adaptados a grado, aunque en un 80% son fidedignos, hay (como bien puso el autor de la recopilación) hay muchos epígrafes que o no están o no coinciden con el libro.
Aviso a navegantes nada más...
SaludosHoy acabé con una vuelta semi-rápida a los apuntes de IOTA, menudo "palo" de asignatura. A ver si ahora, que más o menos sé por donde va, acabo asimilándola un poquito mejor.
No creo que me divierta mucho con esta !!!
Saludos
Hola:
Yo también estoy con esta asignatura, y comentaros que los apuntes de Iota, aunque son estupendos, no están actualizados, y que los que han colgado como Adaptados a grado, aunque en un 80% son fidedignos, hay (como bien puso el autor de la recopilación) hay muchos epígrafes que o no están o no coinciden con el libro.
Aviso a navegantes nada más...
SaludosHoy acabé con una vuelta semi-rápida a los apuntes de IOTA, menudo "palo" de asignatura. A ver si ahora, que más o menos sé por donde va, acabo asimilándola un poquito mejor.
No creo que me divierta mucho con esta !!!
Saludos
Pues los adaptados, los acabo de repasar con el programa y diría que estan al 99%, por no decir que estan todos los epígrafes...
Y en el orden del programa-
Muchas gracias 3 Olmos.
Un saludo
Hola Carvayona, la verdad tienes razon entu comentario, la sentencia es un follon y nunca te sacas todos los puntos por mas que te esmeres,,, yo tambien he revisado los apuntes que nos han ofrecido en este post los de ioto si no me equivoco, pues he leido al menos los primeros 6 temas revisandolos con la guia de la asignatura con sus correspondientes epigrafes y no se si yo estoy equivocada pero de los primeros 6 temas me hacen falta varios epigrafes y sub...
I tema: epigrafe 1 ( EL concepto de poder)
II tema epigrafe 1 ( La constitucion, el movimiento constitucional y el falceamiento de las constituciones.)
III tema: epigrafe 4 y 7
V tema solo concuerdan los epigrafes 1, 8 y 9. hasta el momento no he encontrado el contenido de estos epigrafes en estos apuntes, los dmas temas aun no los he leido.
___________________________________________________________ ______________________________
Visto el Tema III, según apuntes de IOTA adaptado a grado y revisado el mismo la semana pasada en nuestra tutoría del Centro Asociado de Villalba (Madrid), el profesor nos indicó que el punto 4 no entra, y sobre el punto 7 aquí teneis las definiciones que vienen en el libro:
7.OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DEL DE CONSTITUCIÓN.
A.Destrucción de la Constitución: se produce como consecuencia de un cambio total de la Constitución, con la consiguiente supresión del poder constituyente en el que se basaba.
B.Supresión de la Constitución: se produce como consecuencia de un cambio total de la Constitución, pero manteniendo el poder constituyente en el que se fundamentaba. Equivaldría a la reforma total de la Constitución.
C.Suspensión de la Contitución: estaremos en presencia de una suspensión de la Constitución cuando uno o varios "preceptos constitucionales son provisionalmente puestos fuera de vigor con observancia de las prescripciones legal-constitucionales previstas para tal suspensión "...Ejemplo en nuestra Constitución: artículos 55 y 116.
D.Quebramiento de la Constitución: supone la violación de un precepto constituconal a título excepcional. Esto significa que la norma afectada pierde, efectivamente, su validez y eficacia para un supuesto concreto, pero las conserva con carácter general.
Tema 4 Epígrafe 4
4. La propuesta de reforma de la Constitución de 1978
En abril del 2004, ZP en el debate de investidura señaló que uno de los objetivos de su gobierno sería afrontar una reforma concreta y limitada de la C, abordando la modificación de los siguientes puntos:
-La supresión de la preferencia del varón a la mujer en la sucesión al trono
-La recepción de la C del proceso de construcción europea
-La inclusión de la denominación de las Comunidades Autónomas
-La reforma del Senado.
Por Acuerdo del Consejo de Ministros en marzo del 2005, se solicitaba al Consejo de Estado que emitiera, antes de finalizar dicho año, un informe sobre la reforma constitucional, atendiendo a las cuestiones que expresamente se le formulaban en relación con las cuatro modificaciones que se pretendían hacer.
Después de ser reformada su Ley Orgánica, el Consejo de Estado emitió un Informe sobre Modificaciones de la Constitución Española, en febrero de 2006, considerando que “las Constituciones, también la nuestra, nacen siempre con vocación de continuidad y permanencia. El progreso de las sociedades requiere de la seguridad y confianza que sólo los paises institucionalmente estables son capaces de proyectar. Ninguna sociedad madura pone en duda la vigencia de sus valores fundamentales. Ninguna somete a cambios frecuentes o poco reflexivos el marco general en el que quiere desenvolverse, ni altera las reglas del juego para operar en el mismo.”
Los textos constitucionales no pueden pretender ser definitivos, ni aspirar a permanecer intangibles. Las generaciones posteriores a la constituyente tienen también el derecho de revisar sus formulaciones, en tanto que fundamento de la convivencia colectiva, las Constituciones no pueden ser indiferentes ni insensibles a los cambios relevantes que se producen en la comunidad.
A veces el mantenimiento del vigor normativo de la C, hace inevitable modificar el texto de la misma. Como enseña el Derecho Constitucional comparado, la adaptabilidad de las constituciones es un valor positivo para su pervivencia. Las más duraderas y estables son las que han sido capaces de introducir reformas parciales.
Según el Informe del Consejo de Estado, el acierto en los procesos de revisión constitucional depende de la conjunción de varios factores, a saber:
a) Que los cambios a introducir respondan a demandas consistentes y que busquen resolver problemas o insuficiencias ampliamente reconocidas.
b) Que sean limitados y prudentes para no alterar el equilibrio en el que se sustenta el texto constitucional
c) Que las alternativas propuestas hayan sido suficientemente maduradas y sean consecuencia de un diálogo sostenido y sereno entre las fuerzas políticas y con la sociedad.
d) Que se genere en torno a las modificaciones un consenso asimilable al que concitó el texto que se quiere reformar.
Es condición imprescindible que las reformas se lleven a cabo respetando escrupulosamente los mecanismos establecidos en la C, pues el respeto a las reglas y a los procedimientos prefigurados forma parte de la esencia misma de la democracia. Porque nuestra realidad ha cambiado desde 1978 y resulta muy aconsejable que, para preservar la vitalidad normativa del texto, algunas de las disposiciones de nuestra C, se acomoden a ese cambio.
Es generalizada la idea de que los cambios deben ser restringidos, y han de limitarse a aquellos aspectos sobre cuya oportunidad y necesidad exista una muy amplia coincidencia. Hay que destacar que hasta la fecha no se ha producido ninguna reforma exceptuando la del artículo 13.2
Tema 4 Epígrafe 4.1
4.1 Una especial referencia a la reforma del artículo 57.1 de la Constitución
Por lo que se refiere a la supresión de la preferencia del varón a la mujer en la sucesión al trono (art 57.1 de la C), ZP señaló que dicha modificación se haría “sin alterar las previsiones que afectan al Príncipe de Asturias, con el fin de adaptar las normas que regulan el orden de sucesión en la Corona, al principio de no discriminación de la mujer que, con carácter general, consagra la propia Constitución”.
En abril 2004 con motivo de la Apertura de la VIII Legislatura, M Marín Presidente de las Cortes, subrayó “la necesidad de adecuar en el futuro nuestra C a la realidad de una sociedad donde las mujeres no tienen por qué aceptar limitación alguna a sus derechos. Las mujeres tienen derecho a serlo todo. También a ocupar si así fuere el caso, la Jefatura del Estado”.
Desde entonces y muy especialmente, desde el nacimiento de la Infanta Leonor en octubre 2005, nadie ha dejado pasar la oportunidad para considerar necesaria la reforma de nuestra C.
El Informe del Consejo de Estado, señala que la reforma de la regla que rige en el art 57.1 , puede llevarse a cabo modificando este precepto, sin la necesidad de recurrir además a incorporar una disposición transitoria que asegurara la posición actual del Príncipe de Asturias. La solución se apoya en razones de distinto orden; desde una perspectiva formal, la introducción de una disposición transitoria de este tenor fracciona en dos preceptos distintos el contenido de una decisión única y puede dar lugar a delicados problemas jurídicos en relación, por ejemplo, con cual sea el régimen jurídico aplicable en el caso de una eventual reforma de la disposición transitoria. Pero además, la norma que suprime la preferencia del varón sobre la mujer, aunque con naturaleza intertemporal, tiene efectos permanentes.
Así pues a juicio del Consejo de Estado, la fórmula más conveniente para preservar la condición de heredero de D. Felipe de Borbón sería hacerlo constar en el art 57.1 en los siguientes términos:
“La Corona de España es hereditaria de los sucesores de S.M Don Juan Carlos de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono corresponde a su hijo, el Príncipe heredero Don Felipe de Borbón, y después seguirá el orden regular de primogenitura y representación; siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; y en el mismo grado, la persona de más edad a la de menos”.
Se suprime por tanto, la frase, “en el mismo grado, el varón a la mujer” y se hace mención expresa al Príncipe heredero: Entiende el Consejo de Estado, que en esta nueva redacción del precepto, la referencia a Don Felipe debe hacerse como Príncipe heredero, y no como Príncipe de Asturias.
En cuanto a los ajustes gramaticales, el Consejo de Estado opta y para evitar sobrecargar el texto, por añadir un nuevo apartado del artículo 57, que podría decir: “Las menciones que hace la C al Rey y al Príncipe se entenderán referidas indistintamente al Rey o a la Reina, y al Príncipe o a la Princesa, según sea el caso”
Y en cuanto al procedimiento, el Consejo de Estado, “estima que la reforma del artículo 57.1 está a las reglas del art 168 por estar incluido aquél en su Título “” (De la Corona) sin que pueda articularse por otras vías”
El problema viene precisamente de la exigencia ineludible de convocar un referéndum para aprobar la reforma, ya que éste podría ser aprovechado por sectores políticos marginales para convertir el debate en una polémica sobre la existencia de la monarquía y la consulta sobre la supresión del principio de masculinidad en una consulta sobre la propia monarquía, si a ello se suma la abstención, es lícito preguntarse si no se corre el riesgo de deslegitimar en alguna medida la Institución.
Precisamente en los paises donde se ha modificado el orden de sucesión, sus constituciones no exigen la celebración de referéndum.
Los hijos de los Príncipes de Asturias tendrán las dignidades que les corresponden pero ningún derecho a situarse en la primera línea de sucesión hasta que no reine su padre, el Príncipe heredero sólo tiene el derecho a ser llamado a la sucesión a la Corona, una vez que se desencadene el hecho sucesorio, y sólo en ese momento. incluso la condición de Príncipe o Princesa heredera puede sufrir cambios hasta el momento del fallecimiento o abdicación del Rey, en ese caso un Príncipe de Asturias pude dejar de serlo porque;
-nazca otra persona con mejor derecho, por ejemplo un varón en la regulación actual del art 57.1;
-porque se le declare incapaz
-porque se le excluya como consecuencia de un matrimonio expresamente prohibido por el Rey y las Cortes Generales
-porque fallezca.
Así pues en estos momentos, sólo en el caso de que naciese un varón y después de la asunción del trono por parte de Don Felipe, y la C no hubiera sido reformada, podría plantearse algún problema para el varón, circunstancial Príncipe de Asturias.
Por lo tanto, si no se dan las circunstancias favorables en esta Legislatura, como no se dieron en la anterior, para llevar a cabo la reforma del art 57.1, y aún en el caso hipotético de que naciera un varón en los próximos años, es preferible crearle un pequeño trastorno al Infante, al aplicarle con carácter retroactivo una norma constitucional revisada que haría de la Infanta Leonor, la Princesa de Asturias.
Sólo existe un caso en el que ese hipotético y futuro hijo varón de los Príncipes de Asturias sería llamado en primer lugar a suceder antes que su hermana mayor; el fallecimiento de su abuelo y de su padre antes de la reforma del art 57.1 de la C.
Muchísimas gracias 3olmos, ha sido todo un detalle
Buenos días compañeros
Una petición:
Puede pegar alguien aquí las preguntas de exámenes anteriores?
En civil Lo han hecho y me preguntaba sí alguno de aquí Lo tenía hecho ya y no le importa compartilo
Las tengo, pero no en word,....cuando las tenga las cuelgo, ok?? a ver si a lo largo de hoy tengo un ratillo... :)
Hola, me he leido la guía de la asignatura, y tengo una duda. La guía dice que al hacer la PEC se eligen 2 preguntas de 4. En el examen se ha de sacar un 5 y esto computa al 75% de la nota. El otro 25% es la nota de la PEC. La pregunta es si al sacar un 5 sobre 10 en el examen (un 3.75 de nota sobre el global) y un 0 en la PEC, estas suspendido o no. En la guía no lo aclara.
Después de debatir unos cuantos días en Alf sobre este asunto, mis conclusiones sobre las PEC son las siguientes:
1-. El examen presencial, se acoja el alumno o no a las PEC, se evalúa sobre 10, de tal forma que el aprobado está en el cinco.
2-. Si el alumno se acoje a la PEC, tendrá que contestar SÓLO a dos preguntas de las cuatro, las que él elija. La nota del examen se trunca a 7,5, pero no se pondera. Es decir, si se saca un 5, se tiene un 5, si se saca un 7 se tiene un 7, si se saca un 8 se tiene un 7,5, si se saca un 10 se tiene un 7,5. A esa nota se le suma SIEMPRE el 25% de la PEC, de tal forma que si tienes un cero patatero en la PEC, te quedas con la nota del examen, que será como máximo un 7,5, de tal forma que la PEC NUNCA baja la nota.
3-. Si el alumno no se acoje a la PEC, tendrá que contestar SÓLO a tres de las cuatro preguntas, las que él elija. La nota máxima será de 10.
Por otro lado, teniendo en cuenta que el espacio es tasado, es conveniente ensayar en un modelo de examen, con nuestra letra, la cantidad de materia que cabe en lo que resta del folio del examen. Y a continuación podemos hacer las siguientes reflexiones:
1-. Si te acoges a la PEC, tienes que responder suficientemente a dos preguntas, lo que implica que debes estudiártelas de tal forma que puedas rellenar todo el folio. Como consecuencia, los resúmenes que debes hacer de cada epígrafe deben ser más generosos y la materia total a memorizar mayor.
2-. Si no te acoges a la PEC, debes responder a tres preguntas, por lo que dispones de menos espacio para responder y puedes sintetizar más los resúmenes de los epígrafes. Como consecuencia, los resúmenes que debes hacer de cada epígrafe deben ser más escuetos, ir más al grano, por lo que la materia total a memorizar es considerablemente menor.
En resumen, un servidor no va a hacer las PEC. :D
Saludos
En el examen hay cuatro preguntas, 3 de teoría una sentencia. Hay que escoger 2 ó 3, en función de que se haga o no la PEC, de entre las 4, sin que una de ellas deba ser necesariamente la de la sentencia.Ahhhh, vale, ahora ya lo entiendo.
Saludos
No, superbiker. El hecho de enviar la PEC, con independencia de que te pongan un 1 o un 10, te permite y te obliga a contestar sólo a 2 preguntas.
Saludos
Buenos dias chic@s
Resulta que estoy elaborando mis propios apuntes pero hay apartados que no domino del todo, por ello me gustaria saber cuales de de los apuntes que hay colgados son los mas apropiados, quiero decir que por cuales os vais as decidir.
GRACIAS
Pero en el examen ¿no es un folio por pregunta? Cuando en civil comentaron sobre medio folio se suponia que era para cada pregunta...¿quien ha dicho que en esta asignatura dan un folio para todo el examen?
Creo que ya los subio arreglados 3 olmos en apuntes temporales. En cualquier caso, gracias.
Lo de Civil lo he estado intentando, pero esta complicado, por que el documento base esta protegido. Lo he desprotegido con un programilla y luego lo he pasado a word, pero queda como una castaña.
Dangoro, sigo siendo torpe.........veo la sección de apuntes, de hecho creo que, como todos, me la se de memoria casi.....pero "apunte temporales"?.....¿dónde está esoooo?
Creo que ya los subio arreglados 3 olmos en apuntes temporales. En cualquier caso, gracias.
Lo de Civil lo he estado intentando, pero esta complicado, por que el documento base esta protegido. Lo he desprotegido con un programilla y luego lo he pasado a word, pero queda como una castaña.
Los subió 3 olmos completos?? vaya, pues no los he visto. Me habría ahorrado la faena. teufel, si no los ha subido 3olmos, me lo dices y esta noche los subo yo a megaupload, que ahora no puedo. luego en casa veré si puedo subir los de civil de jbr en word para que alguien los complete si puede.
Bueno superbiker, el sistema está expuesto y es el que es, pero la elección corresponde a cada cual, porque cada uno de nosotros es un mundo. En líneas generales, a quienes suelen sacar notas altas en los exámenes presenciales les suelen perjudicar las PEC, máxime si la nota del examen pondera -que no es el caso de Constitucional-, pero a quienes les cuesta pasar del 5 en el examen, les viene muy bien hacer la PEC, y es en ellos fundamentalmente en quienes piensa, en mi opinión, el plan Bolonia. En definitiva, es una opción personal de cada cual. Lo importante es que exista transparencia, claridad y equidad en el sistema empleado para evaluarnos, aspectos que en este primer año de Grado brillan por su ausencia en la UNED.
Saludos
Yo he calculado el espacio tasado (Folio por las dos caras) y cabe aproximadamente poner unas 17 lineas por tema.
Saludos.
Algun alma caritativa me puede sacar de dudas?.
En la PEC pone entre otras cosas que hay que dejar doble espacio,pero en algun sitio pone que tipo de letra y numero de letra se ha se usar?.
Si es asi cual estais utilizando?.
Grácias.
una pregunta, ¿que podemos llevar al examen de constitucional I?
Lo mejor es que lo veáis en los exámenes de otros años de la licenciatura en los que se incluye la parte práctica desde el curso 2004/2005. Aquí os dejo los exámenes desde 2002 hasta 2010:
http://dl.dropbox.com/u/14383789/ExamMelladoConstitucional.pdf
Saludos
Hola, he intentado meterme el la direccion que has puesto y no me deja, te importaria colgarlos. gracias
Es la tercera vez que me pasa. Contesto a un compañero aportando alguna información -en este caso, a mroldan152-, y el moderador del foro lo mueve a otro. Sin avisar, sin dejar ningún comentario ni aquí ni allá donde lo mueve. Me refiero, por ejemplo, a este mensaje:
http://foro.uned-derecho.com/index.php?topic=58184.0
Si quisiera dejarlo en otro foro, ya lo haría yo. Me parece una enorme falta de respeto a quien aporta y a quien espera esa aportación en un determinado hilo, que es donde pregunta. En fin, que me gustaría que el moderador, o quien sea, deje de mover mis mensajes y los deje donde yo los escribo.
Saludos
Sé la causa, Raúl, y seguro que lo hacen de buena fe, pero no me parece bien que lo hagan como lo hacen. Cuelgan un mensaje completamente descontextualizado en otro foro y desaparece del foro en el que su autor lo escribe sin dar la más mínima explicación. Incluso algunos de los que me han movido llevaban ciertas aclaraciones en otros mensajes del hilo, indispensables para interpretar el contenido del enlace que se incluía, que no se incluyeron en el foro de destino, dejando en ambos foros, el de origen y el de destino, con la información a medias y, por tanto, completamente inútil o, lo que es peor, permitiendo que los destinatarios del nuevo foro usen una información en muchos casos sesgada.
En fin, yo sólo soy un usuario del foro y no pongo las normas, pero no creo que esta forma de actuar del moderador sea adecuada, y por eso lo digo.
Saludos
Es la tercera vez que me pasa. Contesto a un compañero aportando alguna información -en este caso, a mroldan152-, y el moderador del foro lo mueve a otro. Sin avisar, sin dejar ningún comentario ni aquí ni allá donde lo mueve. Me refiero, por ejemplo, a este mensaje:
http://foro.uned-derecho.com/index.php?topic=58184.0
Si quisiera dejarlo en otro foro, ya lo haría yo. Me parece una enorme falta de respeto a quien aporta y a quien espera esa aportación en un determinado hilo, que es donde pregunta. En fin, que me gustaría que el moderador, o quien sea, deje de mover mis mensajes y los deje donde yo los escribo.
Saludos
Sé la causa, Raúl, y seguro que lo hacen de buena fe, pero no me parece bien que lo hagan como lo hacen. Cuelgan un mensaje completamente descontextualizado en otro foro y desaparece del foro en el que su autor lo escribe sin dar la más mínima explicación. Incluso algunos de los que me han movido llevaban ciertas aclaraciones en otros mensajes del hilo, indispensables para interpretar el contenido del enlace que se incluía, que no se incluyeron en el foro de destino, dejando en ambos foros, el de origen y el de destino, con la información a medias y, por tanto, completamente inútil o, lo que es peor, permitiendo que los destinatarios del nuevo foro usen una información en muchos casos sesgada.
En fin, yo sólo soy un usuario del foro y no pongo las normas, pero no creo que esta forma de actuar del moderador sea adecuada, y por eso lo digo.
Saludos
Tengo un poco la mosca detrás de la oreja con esta asignatura... ¿Serán crueles corrigiendo? ¿Será jodida la pregunta práctica? ¿Valdrán todas las preguntas lo mismo? ¿El mineralismo va a llegar? ¿Le ponéis tomate al bocadillo de jamón?yo por si acaso me voy a poner con el trabajo a ver si me lo quito en 4 días. No me fio de que el comentario sea fácil, y de las otras tres, una al menos será del libro de jurisprudencia del TC... yo optaré por PEC+libro "sistema de fuentes"...
Por fin estoy rematando la asignatura... Empecé con ganas, pero el final se me ha hecho muuuy pesado.
Una pregunta para los que ya le hayan echado un vistazo al temario completo: ¿cómo habéis planteado el estudio del tema 13, sobre todo en lo relativo a la formación de la UE y de la Constitución Europea?
Es que son dos puntos muy extensos, con multitud de datos sobre distintos tratados, nombres, ciudades, fechas, etc, y al ser espacio tasado, imagino que habrá que resumirlo mucho y quedarse con lo verdaderamente importante.
O pensáis que pueden preguntar algo sobre un determinado Tratado en concreto?
a ver yo creo que los apuntes que hay en la guia van bien para hacerse una idea, pero no para contestar una pregunta de exámen. En casos como ley orgnánica o decreto ley que solo leyendote los artículos de la constitucion referidos ya bastaría para entenderla, hay otros temas que deja bastante de lado. Yo de ti, me bajaría apuntes de aquí y los de la guia, y los de la guía me los leeria primero antes de hacer cada tema y así coges la idea y de los de la uned lo que les falte. Un poco lioso, pero a mi con cultura me ha servido!que iba igual de apurado!
Ok así haré, me he descargado los apuntes de faustus, que por cierto aprovecho para agradecerle de corazón el esfuerzo y el tiempo que ha empeñado en ello, a parte de su generosidad.
Por cierto a cultura también voy... Que el Señor nos pille confesados.
Gracias por responder, un saludo ;)
Hola,
¿Alguien se ha presentado a la primera semana de exámenes en esta asignatura?
¿Qué ha salido?
Suerte
Hola,
¿Alguien se ha presentado a la primera semana de exámenes en esta asignatura?
¿Qué ha salido?
Suerte
No ha estado mal:
- Clasificación ontológica de Loewenstein
- Materias vedadas al Decreto-Ley
- Las directivas
- Y un extracto de sentencia en la que preguntaban las materias de la ley órganica y el criterio de relación con la ley ordinaria
Por qué comentan que esta asignatura es de las asequibles, a mí me está resultando un tostón pero de los grandes... siempre se recomienda civil y constitucional como más fáciles pero la verdad que ni una ni la otra jejje
pues dicen que el examen de la segunda semana es mas duro que el de la primera raul, no te lo digo para desmoralizarte, mas bien para que lo sepas, pues lo se de buena fuente, además por experiencia del primer cuatrimestre, de todas formas son cuatro preguntas, y la de comentar la sentencia no es obligatoria. por lo demás recomendarte que memorices algún articulo, como el 2 y seguro que te toca citar la sección primera del capitulo segundo del titulo 1.... en fin, el resto es estudiar e ir a por todas no queda otra. animo que ya esta aqui el veranito
Os comento. No he hecho la PEC de esta asignatura, por lo que me toca responder a tres preguntas.
Como no sé comentar las sentencias, he apostado por empaparme bien del temario, y responder a las tres preguntas teóricas. Ahora bien, y poniéndome en el lugar de que una pregunta me sonase a chino en el momento del examen, alguien podría indicarme, por encima, cómo se podría comentar la STC para, de alguna forma, salir del paso??
En otro post he visto que un compañero ha dado tres o cuatro indicaciones, pero no me ha quedado del todo claro, así que os agradecería eternamente una breve explicación...!
Un saludo!
Alguien que podría decirme si el tema 6 de constitucional es importante...es que sobre todo desde el concepto hasta la estructura no pillo ni moscas...
Bueno muchas gracias y un saludo.
Alguien que podría decirme si el tema 6 de constitucional es importante...es que sobre todo desde el concepto hasta la estructura no pillo ni moscas...
Bueno muchas gracias y un saludo.
No es de lo más importantes, yo descartaría estudio profundo de todo menos:
- Principios de Jerarquía y Competencia
- Bloque de Constitucionalidad.
Bueno para los adivinos del primer cuatrimestre... aquí dejo mi apuesta para mañana:
Clases de poder constituyente.
Concepto formal de L.O
Los Reglamentos.
Pd.-Raúl31 lo clavó en el primer cuatrimestre sino recuerdo mal.
Suerte
Bueno para los adivinos del primer cuatrimestre... aquí dejo mi apuesta para mañana:
Clases de poder constituyente.
Concepto formal de L.O
Los Reglamentos.
Pd.-Raúl31 lo clavó en el primer cuatrimestre sino recuerdo mal.
Suerte
Yo apuesto por lo mismo, cambiando clases de poder constituyente por algun punto de la reforma en la constitución española jeje
Puede salir lo que quiera, lo tenemos todo "mamado", eso si, yo ahora no me acuerdo de nada aunque esta tarde saldrá todo a la luz!!!.
Venga ya queda poco, a ver si cae algo de la reforma y los decretos y nos olvidamos de esta asignatura ya...
Buenas tardes !!, uffff, veo que lo que me ha pasado a mi le ha pasados a mucha gente, al leer las preguntas he respirado, pero luego cuando me he puesto a intentar escribir, no era capaz de enlazar las frases, he utilizado un folio de borrador para ir enlazando los párrafos. Pobre Senado..., le he dejado excluído totalmente del concepto formal de LO (ya podría haber entrado el material, me lo sabía mejor !!). En fin, a esperar notas !!
Saluditos !!.
la he liado pero bien con las leyes orgánicas jaja, yo he puesto que se aprobaban por mayoria de 2/3 del congreso y además he metido aparte el concepto normal (mal puesto)... además de 3 lineas del concepto formal, las tres lineas que tengo bien :D
bueno, uno menos por hacer.
Yo conteste la primera y la cuarta. La de la reforma creo que la he bordado y la de la sentencia bastante bien, aunque tuve un pequeño error, me olvide lo del Regimen electoral General.
En fin, creo que lo aprobé de sobras, pero me ha parecido mas complicado que el de la primera semana. Que peso me quito con esta asignatura, para mi la mas odiosa de primero, aunque al menos en los examenes no se pasan, todas las preguntas habian caido otros años.
hola yo tengo una duda que me corroe por dentro... como corrigen constitucional, que puntuación hay que tener para que te sumen la pecs...que puntuan del 0-10, de 0 a 7.5, si solo as hecho dos preguntas no seee si alguien sabe algo por favor comentarlo..
gracias.
Realmente es lo mismo... si valoran cada pregunta en 5 o en 3,7 por que la nota es sobre 10 la total, me explico, si valoran el examen sobre 10 luego haran una regla de 3 para ver que nota tienes sobre 7,5 que es la nota maxima y si lo varoran sobre 7,5 se ahorran la regla de tres... asi que da lo mismo :)
Pero hay que sacar un mínimo para que te sume la pec? yo aún no lo tengo muy claro...
Pero hay que sacar un mínimo para que te sume la pec? yo aún no lo tengo muy claro...
Dice literalmente la guía de la asignatura:
"La calificación máxima de esta prueba será de de 2,5 puntos. En todo caso la nota obtenida en la prueba de evaluación continua únicamente será tenida en cuenta cuando el alumno haya obtenido al menos un 5 en la prueba presencial escrita y obligatoria."
Saludos