Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: ciuitas en 16 de Marzo de 2011, 22:15:54 pm
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La dispensa de impedimentos.El crimen,alguien entiende esto de los apuntes de JBR para el 2º cuatrimestre,que alguien me lo aclare please..
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El Ministro de Justicia puede dispensar ese impedimento.
Sería que tú te quieres casar con una persona A, que está casada con B, matas a B, y así ya te podrías casar con A. En principio, esto sería un impedimento para casarte, pero el Ministro de Justicia te lo puede "permitir" mediante esa dispensa.
No sé si te ha quedado claro y era lo que preguntabas :)
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Muy bien contestado por nuestro moderador, es normal que haya esa dispensa en el momento actual , ques el que interesa, debido a la LEY DEL DIVORCIO. En mi opinión( poco ilustrada) es que el tema del crimen debe considerarse como una reliquia del pasado en el tema matrimonial, por que no "hace falta cepillarse al conyuge para desvincularse de él". Sencillamente aquí lo imprtante son los reapartos de bienes, deudas, visitas a hijos en resumen: CONVENIO REGULADOR
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Efectivamente. Ahora no tiene mucho sentido. Si no quieres seguir con esa persona, te divorcias y listo.
Por cierto, moderadora, si no te importa ;)
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Perdona moderadora, un saludo afectuoso