Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: urbiet en 25 de Marzo de 2011, 12:11:53 pm
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Laura, fundamental, fundamental, la ley concursal. 2/3 de las preguntas las ponen de esa ley.
Si la controlas, ;) aprobado seguro.
La letra de cambio no es difícil si te sabes el truco :)
si no lo sabes, me lo dices y te digo algo ¿ok?
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cual es el truco Urbiet..??
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Esto lo saqué hace unos años de este foro y fue fundamental para aprobar el año pasado.
No fallé una sola pregunta de Letra de cambio.
Si lo controláis, al cielo ;)
En caso de letra aceptada y protestada responden todos (librador, librado, endosatarios, endosante y avalistas),excepto el banco.
En caso de letra aceptada no protestada, responde el librado y el avalista suyo.
En caso de letra NO aceptada: si está protestada responden todos EXCEPTO librado y su avalista.
En caso de letra NO aceptada y NO protestada: no hay acción cambiaria contra nadie.
Si el avalista no expresa a quien avala se entenderá que lo hace al aceptante y en su defecto al librador.
Letra protestada=banco hace constar el impago
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tomamos nota...!! Algún consejo mas...??
Muchas gracias, sabi@!!
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Laura, fundamental, fundamental, la ley concursal. 2/3 de las preguntas las ponen de esa ley.
Si la controlas, ;) aprobado seguro.
La letra de cambio no es difícil si te sabes el truco :)
si no lo sabes, me lo dices y te digo algo ¿ok?
Muchas gracias, tomo nota de tu consejo.
Un saludo
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Hola Compañeros, ¿sabeis si el Departamento ha reducido parte del temario para este segundo parcial?
Gracias.
José Antonio.
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Hola Compañeros, ¿sabeis si el Departamento ha reducido parte del temario para este segundo parcial?
Gracias.
José Antonio.
Creo que en la última página del Programa especifica qué es lo que no entra del manual.
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Gracias Pelham por tu indicación, efectivamente estaba al final del Programa, no me había percatado.
En relación con lo aportado por Urbiet, quería hacer el siguiente comentario:
Estas reglas que has incorporado son muy efectivas, las he aplicado a los casos prácticos y la verdad es que son muy efectivas.
A pesar de ello, sigo teniendo grandes problemas con la letra de cambio.
Existen más reglas como las anteriores a efectos de aplicar correctamente por ejemplo las acciones cambiarias de regreso, me hago un lio con ellas.
¿Alguien me puede ayudar por favor?
Muchas gracias de antemano y espero vuestros consejos.
José Antonio.