Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: Franpri en 28 de Abril de 2011, 19:33:21 pm
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Hola a tod@s, tengo una cuestión que me gustaria exponer, es posible que sea legal una factura emitidad en pdf?.
Gracias a todos.
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¿Factura de qué, una factura comercial, una factura entre particulares, una factura entre un particular y una Admón Pública como la tributaria...?
Un saludo.
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A buen seguro te refieres a factura emitida de forma electrónica, yo creo. Pues entiendo que será legal pero deberá cumplir unos requisitos inexcusablemente que indique la normativa especifica al respecto. En todo caso, sea legal o no, siempre se puede impugnar en un juicio.
Un saludo.
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Siempre que cumpla los requisitos obligatorios que debe llevar una factura, la puedes hacer en PDF o en el formato que quieras, imprescindible:
- Nº de factura.
- Fecha factura
- Datos proveedor: Nombre ( si es de empresa, el de la empresa, si es profesional autónomo, su nombre y su NIF)
- CIF muy importante de la empresa.
- Domicilio o apartado de correos
- Población y Provincia y CP ( código postal )
LO MISMOS DATOS DEL CLIENTE : Nombre, DNI O CIF ( SI ES EMPRESA), domicilio, población, provincia y código postal.
PERO ESTO ES PARA TODO TIPO DE FACTURAS EMITIDAS O RECIBIDAS,
LUGO ESTAN LAS FACTURAS PROFORMA QUE ES OTRA HISTORIA.
JAMGO DISPUESTA A RECIBIR COSAS QUE ME FALTAN O ESTAN MAL, AL IGUAL QUE CON LA S.L. ( todo sea por aprender didácticamente hablando ) ja, ja UN SALUDO
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AINNSSSSSSSSSSSSSSS leñes, falta lo más importante el desglose de los trabajos o materiales vendidos ( así entiendo si se trata de una factura emitida ) BASE IMPONIBLE, IVA ( ahora normalmente el 18 % sobre la base imponible, dependiendo del tipo de mercancías existen otros porcentajes de IVA ) y el IMPORTE TOTAL FACTURA ( iva incluido ). SI fuera factura recibida los mismos datos. En algunas dependiendo de la forma de trabajar pues ya te ponen si se gira a 30, 60 ó 90 días, etc......
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Muy bien, muy bien jamgo, excelente información, yo creo !
He copiado ya tus post jaja
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Muy bien, muy bien jamgo, excelente información, yo creo !
He copiado ya tus post jaja
No me digas que esta vez no he metido la patazaaaaaa ? Sería la primera vez, ja,ja
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No, que va, a cada uno se le dan mejores ciertas materias, como ya hablamos...también yo y todos la metemos o podemos meter. Pero yo creo, al menos eso me parece a mí, que en estas cuestiones de empresa, fiscales, laborales etc se te ve bastante puesta y al día, esa percepción tengo, que tiene muy buena pinta tus post en estas materias y por eso me los copio jeje
Un saludo cordial.
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Dicha factura en pdf debe incorporar una firma electrónica para que sea plenamente válida.
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Hola:
Para más información ver:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/rd1496-2003.t1.html#a15
Art. 18.
Saludos cordiales,
jbr
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Pero puede darse el caso de emitir una factura en PDF con los datos indicados sin firma electrónica NOOOOO ? ME EXPLICO: dependiendo para quien sea el cliente esta factura se puede emitir telemáticamente pero también hay clientes particulares, o casos en los que yo expido una factura la archivo o hago el correspondiente apunte en el libro de facturas emitidas, no ?? y llegado el correspondiente trimestre todas estas facturas son las que se presentan en hacienda pública para la confeccción del modelo 300 de IVA, es ahí cuando también pueden quedar gravadas en HP, pues para eso se hacen las declaraciones trimestrales del IVA o sigo estanto equivocada??????????
Imaginemos el supuesto de un sr. que repara por ej, el motor de un coche, el mecánico hace una factura con IVA, al cliente en una libretilla de esas que sólo tienes que ir rellenando las casillas de datos personales, desglose de trabajos, finalmente base imponible, tipo de iva y el importe total factura, y escrita a boli, el cliente te paga, tú le firmas la factura como cobrada, y finalmente al llegar el correspondiente trimestre de IVA a presentar en HP ¿ si presentas esta factura para desembolsar el correspondiente IVA de esta factura también es válido no ???????
No todos los autónomos o pequeñas empresas disponen de un ordenador con la firma electrónica, o huella digital ?????
¿ ME SIGO EQUIVOCANDO ????????? PUES VENGA A CORREGIRME TODO EL MUNDO SE HA DICHO. SALUDOS
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Pues, mientras esté numerada, ponga arriba "FACTURA" y no "Nota de Entrega", "Albarán" o similares, esté sellada y firmada; no ponga "Repuestos manolito" en lugar de "Manuel Crispín Condemor, DNI: xxxxx" en caso de que sea autónomo... Y en fin, cumpla todos los requisitos que has puesto arriba para poder ser contabilizada; creo que no hay problema y es una factura, solo que hecha a mano.
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Yo personalmente las emito teleméticamente y llega vía correo electrónico, osea que a priori nunca tengo facturas emitidas físicas en la mano, pero tengo un pedazo programa facturación cojonudo, pero el caso remitido abajo que he expuesto es válido también no ????????????????
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Pues, mientras esté numerada, ponga arriba "FACTURA" y no "Nota de Entrega", "Albarán" o similares, esté sellada y firmada; no ponga "Repuestos manolito" en lugar de "Manuel Crispín Condemor, DNI: xxxxx" en caso de que sea autónomo... Y en fin, cumpla todos los requisitos que has puesto arriba para poder ser contabilizada; creo que no hay problema y es una factura, solo que hecha a mano.
Osea que el supuesto ejemplo que he planteado estaría bien no ???????????????
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Yo las contabilizo sin problemas (Arriba el Contaplus!!)
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Una cosa es facturar y otra bien distinta contabilizar, yo siempre con mis matizaciones, creo que es importante, diferenciar conceptos, SALUDOS.
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Efectivamente, por eso he dicho "contabilizar", en el sentido de anotar el correspondiente asiento en el libro diario. Ya que se contabilizan las facturas válidas. Al menos en contabilidad financiera. Otra cosa es la contabilidad analítica o de costes en la que los albaranes o "notas" tienen más relevancia.
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El tema iba por una factura en PDF, pero como todo los hilos se tuercen ¿ que nos quieres decir que sabes contabilidad por un tubo ? Yo también y no me hace falta el contaplus para ello, con cualquier otro programa me la manejo igual, con el que me dés, y si no hay programa te hago los asientos manualmente si quieres. UN SALUDO
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No, tranqui, ni mucho menos. Sólo quería aclarar que había puesto "contabilizar" a propósito.
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No, tranqui, ni mucho menos. Sólo quería aclarar que había puesto "contabilizar" a propósito.
Ok compañero. SALUDOS
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Hola Jamgo:
No se debe emitir una factura en pdf sin firma electrónica. Las facturas tienen que tener ciertos requisitos para que sean válidas, tanto en papel como en fichero electrónico (el pdf es un fichero electrónico). Así que hay que seguir la normativa para ello.
En papel, teniendo todos los datos requeridos, tal como consta en la ley, datos mínimos del emisor y datos mínimos del receptor, más el sello y la firma es válida, se haga con bolí o con ordenador.
Cosa diferente es que se emita en un fichero electrónico, entonces sí que tiene que tener firma electrónica, según el ordenamiento jurídico vigente.
Otra situación que nada tiene que ver con la emisión de las facturas en pdf, es la contabilización, los duplicados, y la realidad, que no siempre sigue el ordenamiento jurídico.
Saludos,
jbr
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Hola Jamgo:
No se debe emitir una factura en pdf sin firma electrónica. Las facturas tienen que tener ciertos requisitos para que sean válidas, tanto en papel como en fichero electrónico (el pdf es un fichero electrónico). Así que hay que seguir la normativa para ello.
En papel, teniendo todos los datos requeridos, tal como consta en la ley, datos mínimos del emisor y datos mínimos del receptor, más el sello y la firma es válida, se haga con bolí o con ordenador.
Cosa diferente es que se emita en un fichero electrónico, entonces sí que tiene que tener firma electrónica, según el ordenamiento jurídico vigente.
Otra situación que nada tiene que ver con la emisión de las facturas en pdf, es la contabilización, los duplicados, y la realidad, que no siempre sigue el ordenamiento jurídico.
Saludos,
jbr
¿ Y no es lo mismo que estoy diciendo yo compañero ??????????
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Hola Jamgo:
Te contesté a tu post que decía: “ Pero puede darse el caso de emitir una factura en PDF con los datos indicados sin firma electrónica NOOOOO ?”
Según el art. 17 y 18 del RD 1496/2003, no se puede emitir una factura en pdf si no se tiene firma electrónica. Vamos se puede emitir, pero no es válida. Cosa diferente es que se haga, que incluso hacienda no diga nada, porque le cuadren los números, etc, pero jurídicamente no se deber hacer.
Saludos cordiales,
jbr
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Gracias JBR, me gusta sacar y debatir estos temas además tan actuales, porque aprendo un montón, de veras, tomo nota que conste........ Gracias y un saludo.
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A ver. Jbr ha señalado los requisitos de un documemto electrónico. A mí me han mandado a veces un presupuesto en pdf, lo he aceptado por teléfono, pero, a la hora de pagar, quiero mi factura firmada y sellada y con NIF, y al pagarla quiero mi recibo. Se trata, pues, de que tiene que haber seguridad jurídica, tanto para quien emite la factura como para el que la paga. De forma que hay dos perspectivas: por un lado de la empresa que presenta la factura por determinados servicios, y por parte de la empresa o individuo que ha recibido dichos servicios y los ha de pagar; cuestión distinta es el tema de la Hacienda Pública.
Cada uno tiene derecho a su seguridad jurídica. Yo te emito una factura, tu me la pagas. El que paga tiene derecho a tener un documento con todas las de la ley que indique que ha pagado. El que emite la factura tiene derecho a emitir una factura con todas las de la ley que indique el total de dinero que reclama.
La posición jurídica más débil es la del que paga: tiene derecho a un recibo documentalmente válido de que ha pagado los servicios que ha contratado.
Si no, en fin: una empresa me manda su factura en pdf. Yo cojo, la escaneo, rehago un pdf cambiando el monto del dinero, y les envío una transferencia por el dinero que he decidio poner. ¿Tú te crees que puedo hacer eso?
Idem de idem. La empresa me manda su factura en pdf, yo la pago religiosamente, y luego me lleva a juicio porque dice que el precio de sus servicios era superior y que esa factura me la he inventado yo, que la factura real era otra.
Mientras el pago de los servicios esté de acuerdo con unos precios definidos en contrato no hay problema, claro. Pero tampoco me vais a decir que se pueden hacer contratos vía pdf. ¿Te imaginas una empresa, te envía un documento en pdf, con firma en el pdf, tú vas, lo imprimes, firmas, y devuelves un nuevo pdf con las dos firmas? ¿Tendría validez en juicio? Pues no.
A no ser que tengan firma electrónica u otro medio de certificación telemática aceptado, claro.
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Estimado Drop:
Prácticamente coincido en todo lo que dices. Pero el ejemplo que pones al final, en mi humilde opinión, eso es cuestión de prueba y en la valoración de la prueba el único que manda es el juez, quiero decir, que una cosa es la legalidad de una factura y otra distinta es la validez como prueba ante un litigio.
Una factura, administrativamente hablando tendrá que cumplir los requisitos, pero jurídicamente, ante un conflicto es menos importante las formas, pues lo importante es convencer al juez de que tú llevas la razón y eso se puede conseguir de muchas formas.
Saludos,
jbr
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Yo como siempre expongo mi opinión vale ??????????? el otro día llamé a un electricista para la instalación de unas cosas ( que no vienen al cuento ) en casa, el sr. cuando terminó rellenó una factura ( de estas de talonario, puso correctamente todos los datos los de él y los míos, con su correspondiente nº de factura pues el talonario ya iba numerado de serie, yo le pagué, el sr. electricista me la firmó con un cuño dónde ponía PAGADA, y su firma ¿ me vaís a decir a mí que esta factura es falsa o no válida para su declaración de Hacienda o bien si hubiese algún problema no válida ante un juez si el caso procediese ???????????????????????????????????? Yo realmente pienso que llevaís razón pero soís demasiados técnicos para la vida real o para las pequeñas cosas del día a día, y conste que la factura ascendía a más de 100 euros ( aunque esto no sea relevante ). SALUDOS
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Hola jamgo:
No sé de donde deduces que hemos dicho que con los requisitos que dices no sea válida la factura. Si tiene todos los requisitos que exige el ordenamiento jurídico..., ¿cómo no va a ser válida mujer?.
Saludos,
Jbr
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Hola jamgo:
No sé de donde deduces que hemos dicho que con los requisitos que dices no sea válida la factura. Si tiene todos los requisitos que exige el ordenamiento jurídico..., ¿cómo no va a ser válida mujer?.
Saludos,
Jbr
Que de ahí digo yo lo de la firma electrónica, supongo que si no hay problemas, este señor la presentará en su trimestre de iva correspondiente como facturas emitidas y supuestamente hacienda ya hará la compensación de ingreso o devolución IVA dependiendo de los ivas emitidos o recibidos que presente ¿ es así o no es así ? SALUDOS.
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Hola Jamgo:
Es que creo que te estás liando, una cosa es la firma electrónica, para facturas electrónicas, si ese electricista en lugar de hacer la factura de un talonario con un boli, te dice te envío la factura correo electrónico en un documento pdf, ese archivo tiene que estar firmado con una firma electrónica y otra cosa es que te haya hecho la factura en papel, ¿qué más firma que la suya y su sello?.
Después está lo de la declaración de IVA, eso es harina de otro costal. Que tendrá que cumplir con los requisitos exigidos para ello.
Saludos,
jbr
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Esto lo arreglo yo retroactivamente mediante el sistema de toda la vida:
Contratos redactados de puño y letra y firmadas por ambas partes cuentas hojas y duplicados haya. Nada de internet, nada de firmas electrónicas, nada de inventos modernos. Además, firmado por un notario para que de fe del consentimiento y la legalidad.
Eso es seguridad jurídica y lo demás cine de ciencia ficción , yo creo.
UN SALUDO CORDIAL.
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Hola Jamgo:
Es que creo que te estás liando, una cosa es la firma electrónica, para facturas electrónicas, si ese electricista en lugar de hacer la factura de un talonario con un boli, te dice te envío la factura correo electrónico en un documento pdf, ese archivo tiene que estar firmado con una firma electrónica y otra cosa es que te haya hecho la factura en papel, ¿qué más firma que la suya y su sello?.
Después está lo de la declaración de IVA, eso es harina de otro costal. Que tendrá que cumplir con los requisitos exigidos para ello.
Saludos,
jbr
AHHHHHH bueno JBR ahora si que te entiendo, es que llevas razón me he liado con la firma electrónica y la factura manual, bueno qué decirte si yo personalmente sólo utilizo y hago las facturas a través de la firma digital, que tanto es válida la una como la otra, siempre que cumpla los requisitos estipulados. Gracias JBR; ves si es que aprendo un montón con vosotros, primero me meto en camisas de once varas sin tener ni idea del asunto y al final salgo airosa pues me despejáis todas las dudas que tengo, un saludo y gracias, lo mismo para Palangana.
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Bueno, puede ocurrir que a un empresario o a un particular usuario le haya ido muy bien con un determiando sistema y entonces conoce bien ese sistema que utiliza, como le va bien no lo cambia. Pero a mí estas cuestiones no me inspiran confianza ¿cómo va a ser lo mismo un firma que hace un aparato electrónico que una firma de puño y letra?
Hay expertos peritos que saben perfectamente cuando hay letra o firmas falsas !
UN SALUDO.
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Hola a tod@s, tengo una cuestión que me gustaria exponer, es posible que sea legal una factura emitidad en pdf?.
Gracias a todos.
si, por supuesto. Si la factura contiene todos los elementos (que ya han sido citados) para que se considere factura, puede ser "emitida" / escrita/pintada/dibujada en un papel, servilleta o trozo de madera si hace falta. Al igual que cualquier contrato en España.
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Hola:
¡Cuidado!, que si es un archivo informático, tiene que ir con firma digital, una factura no es un contrato.
Saludos,
jbr
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LLeva razón JBR, a mí ambos tipos de factura si cumplen los requisitos mencionados me inspiran la misma confianza pero si tengo que elegir opto por la firma electrónica ( ja, ja Palangana no es un aparato, se trata de solicitar a FNMT fábrica nacional moneda y timbre la huella o firma digital ) con lo cual lo solicitas en la HP; te lo instalas en el mismo ordenador donde has solicitado previamente este documento ( el de la firma), no sirve otro ordenador aunque esté en red, para la emisión de facturas sólo es válido el ordenador con el cual tienes instalada la firma digital y es de lo más sencillo y seguro posible, redactas la factura la pasas por la firma digital y lista, yo personalmente desde ahí las envío directamente vía correo electrónico, osea que nunca como he dicho antes llego a tener la factura física en la mano, directamente enviada al cliente, es lo más rápido y eficaz a fecha de hoy, aparte de las innumerables ventajas que tienes con la firma digital, no sólo a la hora de expedir factura, sino consultar deudas, pagos a la HP, hacer la renta, distintos modelos trimestrales que obliga la HP, pedir o solicitar los ya mencionados certificados de subcontratas de estar al corriente en la HP. Lo mismo ocurre con el sistema RED de la SS, que puedes dar de alta y baja a trabajadores, solicitar vida laboral e imprimirla ipso facto, bajas por enferm o accidentes, confección de los TC-1 y TC-2 etc.... etc.....etc....... yo creo que el final es que muchos de los trabajos que se hacen en oficinas terminaremos por hacerlos directamente desde casa. SALUDOS.
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Hola:
¡Cuidado!, que si es un archivo informático, tiene que ir con firma digital, una factura no es un contrato.
Saludos,
jbr
Totalmente de acuerdo, sin ese requisito el "archivo informático" no se convierte en factura eléctronica.