Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: tani987 en 05 de Mayo de 2011, 20:59:49 pm

Título: dudaa!! ayuda!!.... graciass!!
Publicado por: tani987 en 05 de Mayo de 2011, 20:59:49 pm
mi duda es sobre el tema del derecho ala tutela judicial efectiva, y ahi va mi cuestión:

¿Forma parte del contenido esencial de este derecho q el justificable pueda recurrir siempre la resolución a una instancia judicila superior?
Título: Re: dudaa!! ayuda!!.... graciass!!
Publicado por: Drop en 05 de Mayo de 2011, 21:35:04 pm
La doble instancia entra dentro de la configuración del derecho a la tutela judicial efectiva sólo en la jurisdicción penal.

En otras jurisdicciones la doble instancia está definida legalmente, y no resulta obligatoria, aunque me figuro que en casos en que el patrimonio de la persona quede afectado (por una multa, por ejemplo) sería necesaria.

El artº 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 16 de diciembre de 1966, reconoce el derecho del condenado a un juicio revisorio en los términos siguientes: «Toda persona declarada culpable de un delito tendrá derecho a que el fallo condenatorio y la pena que se le haya impuesto sean sometidos a un tribunal superior, conforme a lo prescrito por la ley».

Por otro lado, el art. 2 del Protocolo núm. 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, de fecha 22 de noviembre de 1984, dispone en su apartado primero que «toda persona declarada culpable de una infracción penal por un tribunal tendrá derecho a hacer que la declaración de culpabilidad o la condena sea examinada por un órgano jurisdiccional superior».  Dicho Protocolo plantea excepciones para los casos de menor gravedad.

De acuerdo con el artº 10.2 CE, los derechos reconocidos en la Constitución deben ser intepretados de acuerdo con los convenios nternacionales firmados y ratificados por España.

Si te interesa el tema:  http://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=2052929  (http://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=2052929)