Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: alfonsocdz en 22 de Mayo de 2011, 17:49:48 pm
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Me he estudiado esta asignatura por unos apuntes de 200 paginas de los descargables y es la primera vez que no me entero absolutamente de nada y no sabria nada que decir en el examen...
Existe algun resumen o algo breve que pueda al menos prepararme para la segunda semana?
Estaria muy agradecido si algun compañero me lo indica...
Mil gracias por adelantado
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Coincido contigo compañero. Esta es la primera asignatura de la que leo un parrafo... y no se que he leído. Ademas de ser una asignatura "fea", vaya forma de redactar...
Es la primera asignatura que se me atraganta. Veremos a ver el míercoles...
Suerte a todos
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Me uno al club de damnificados por Administrativo IV, :'(
Saludos
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Yo tambien la odio!Argggggggg :'(
Imposible.
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¿Podría alguien decirme qué quiere decir JP, cuando hablamos de bienes demaniales?
Gracias y suerte a todos.
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Nadie tiene ningún resumen de esta asignatura o algunos conceptos? Por los apuntes del foro al menos no hay manera de enterarse...
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Hola a todos,
Sólo decir que me parece un poco injusto, que se critiquen unos apuntes que un compañero, que por colaborar, los ha subido a la página.
Mi recomendación, es que, si por los apuntes no pueden prepararse la asignatura, pues ir directamente al libro, que me imagino que ahí podrán resolver las dudas, o en último caso, aprenderlo de carrerilla para aprobar, conforme a PARADA.
Los bienes demaniales, son aquellos bienes que reunen las características de que son inenbargables, inalienables e imprescriptibles, por lo tanto y a modo de resumen, son los que no se pueden embargar, ni enajenar, ni son susceptibles de prescripción (usucapión).
Espero haberles ayudado.
Un saludo y suerte a todos
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Me uno a lo dicho por mis compañeros. Creo que la cuestión no es la redacción de los apuntes por los que yo también estoy "intentando" estudiar, sino que es el propio libro, origen de dichos apuntes.
Bbueno6, esa JP de los apuntes en alguna ocasión la he interpretado como "jurisprudencia", no se si ese será el caso.
Veremos mañana cómo sale la cosa, pero con tanto concepto y organismo tan, tan, tan especificado en todos y cada uno de sus aspectos... lo veo bastante complicado. A mi me resulta, no difícil, sino prácticamente imposible sacar algo en claro de muchos de los epígrafes, pues parece que haya que memorizar absolutamente todo..., y la cabeza no me da para más.
Mucha suerte a los valientes que, como yo, se presentan mañana.
Un saludo.
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Hola sufridores,
Lo de esta asginatura va para largo. La llevo desde marzo y no termina.
estoy repasando y cuando llego al planeamiento urbanísitoc me he olvidado de la ley de aguas, de costa de puertos, de montes y demás. :(
Ahora bien el manual de RP se entiende si no a la primera lectura sí a la segunda. En el examen no podemos extendernos mucho, comparaciones críticas fuera, ....sólo las definiciones y conceptos objetivos.
Os pego mi apunte de los bienes demaniales, el demanio público (demoniales 8) ) o bienes de dominio público , como quieran llamarlo.
También ayuda consultar wikipedia para aclarar algunas ideas:
http://es.wikipedia.org/wiki/Dominio_p%C3%BAblico
Tema I
1.Los bienes de la Admon: Régimen básico
Los bienes de dominio público y los bienes patrimoniales están regulados por la Ley del Patrimonio de las AAPP: un conjunto de reglas de aplicación general.
La Ley distingue entre ambos tipos de bienes y derechos.
- En sentido positivo son bienes y derechos de dominio público los que se destinen a un uso general / común o al servicios públicos en interés general o a las que le ley otorgue expresamente el carácter demonial o por estar afectados al fomento de la riqueza nacional. Por ejemplo, las carreteras, canales, etc. y edificios públicos, playas, montes, minas etc. entre otros de titularidad pública y los bienes comunales de los Entes locales.
- En sentido negativo son bienes y derechos patrimoniales los restantes de titularidad de las AAPP que no tienen carácter demanial.
Los bienes demaniales gozan de las prerrogativas específicas: inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad.
A veces basta con la afectación a un servicio público incluso el fomento de la riqueza nacional como es el caso de las aguas territoriales y marítimas, minas, montes etc.
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Es muy heterogenea es cierto, te desubica mucho.
La verdad es que llevo todo el día estudiando y no deslindo bien los temas.
Mañana veremos....
AYNCHHHHSSSSS
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Es muy heterogenea es cierto, te desubica mucho.
La verdad es que llevo todo el día estudiando y no deslindo bien los temas.
Mañana veremos....
AYNCHHHHSSSSS
será que no has amojonado bien hoy :D :D :D :D :D :D
yo lo que quiero es recuperar de oficio todos los temas o sea el reintegro memorístico
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jajajaajaaaaa
El mensaje no tiene el minimo de palabras requeridas (5 palabras).
El mensaje no tiene el minimo de caracteres requeridos (20 caracteres).
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La verdad es que tiene telilla el libro, pero lo peor son los temas de urbanismo. Yo tuve que mirar los apuntes de Iota para responder a la pregunta de si la Ley del Suelo del 2008 era o no una ley urbanística... Parece mentira que con lo claros que son los libros de Parada, al menos los otros dos tomos (o esa fue mi sensación), lo malos que son los 4 temas de urbanismo que entran para el examen... Términos que no define, críticas por doquier... Y eso que ya se cansó de criticar el EBEP en el tomo de los funcionarios, pero este le supera...
A ver si tenemos suerte mañana y ponen un examen normalito (no pido más) y nos vamos con nuestro cinquillo.
Mucha suerte y ánimo :)
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Lo que pasa es que Parada "el exorbitante" hace siempre lo mismo, sus libros a mi juicio son poco didácticos, a mi me gustaría que en sus libros se expusiesen primero los conceptos (y los dejase claros) y luego "rajase" de la ley lo que quisiese enla última parte (lo que pasa es que así nadie se leería las "rajaditas") que para eso se invento la libertad de catedra/expresión.