Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: Nandae en 23 de Mayo de 2011, 13:03:20 pm

Título: Pregunta muy pequeñita sobre Romano
Publicado por: Nandae en 23 de Mayo de 2011, 13:03:20 pm
Repasa que repasa, a estas alturas se me acaba de ocurrir una pregunta, que seguramente es tonta tontísima, pero por si las moscas.
Exceptio y replicatio son la misma cosa, verdad?
 ???
Título: Re: Pregunta muy pequeñita sobre Romano
Publicado por: emlo en 23 de Mayo de 2011, 18:45:08 pm
Ni idea. Esto es lo que he encontrado...

exceptio: medio procesal que tiene el demandado para alegar un hecho que destruye la alegación del demandante.

replicatio: hechos que introduce el demandante en la fórmula, para desvirtuar los que se han incluido en la exceptio y, si se prueban, obtener la condenación del demandado.

Sabía lo de la exceptio, pero la replicatio ni por asomo. Al parecer no son lo mismo. Por cierto, dónde aparece lo de la replicatio en el libro?? Yo no la he visto...  ::)
Título: Re: Pregunta muy pequeñita sobre Romano
Publicado por: Nandae en 24 de Mayo de 2011, 09:26:09 am
Final del epígrafe 48, pag. 101:
"Si la entrega se realiza como consecuencia de una compraventa y el comprador no paga el precio, el vendedor puede oponer a la acción del comprador una exceptio o replicatio doli."
No se si el autor del libro utiliza indistintamente ambos conceptos o se refiere a que puede oponer una de las dos cosas pero según fuentes totalmente fiables, la exceptio se usa para oponerse a la demanda, mientras que la replicatio se utiliza para replicar la sentencia.
Deberían explicarse algo mejor en los libros  :-X
Título: Re: Pregunta muy pequeñita sobre Romano
Publicado por: emlo en 24 de Mayo de 2011, 15:58:54 pm
Gracias por la reseña de la pág. La había pasado por alto... :o

Puede ser que los use en el sentido que dices, pero sabiendo cómo es el libro de romano no es de extrañar que queden estos flecos sin explicar...  >:(