Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: luisnar en 07 de Junio de 2011, 19:40:15 pm

Título: Penal I tipo C
Publicado por: luisnar en 07 de Junio de 2011, 19:40:15 pm
alguien tiene unas respuestas fiables?
a mi me ha parecido super difícil, no se a vosotros.
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: msegala1 en 07 de Junio de 2011, 19:42:41 pm
Yo me veo con toda la asignatura para el proximo curso.... :'(
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: Anjhana en 07 de Junio de 2011, 19:49:31 pm
A mi me ha parecido difícil, algunas preguntas había que leer y releer. No se, esperaremos las plantillas. Yo no pongo las mías por que no son muy fiables, creo. En cuanto he visto la segunda pregunta de los extranjeros, unos en sustitución y otros en imposición de pena, ya me he empezado a poner nerviosa. Y la 36? : ...ello imposibilita que el sistema penal....uff! y la 28? El concurso medial es una subespecie...
Al final está claro que hay que estudiarse el código, pero también hay que leer con minuciosidad todo el manual.
No se si  lleguaré a 25 aciertos que necesito para el 5.
A ver si alguien pone las respuestas que sean algo fiables, por que yo no confío nada en las mias, y no quiero confunfiros.
Saludos.
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: PATRICIACASADO en 07 de Junio de 2011, 20:12:25 pm
Yo no se si las mias son fiables, pero las pongo y las comparamos:

1-c
2-a
3-b
4-c
5-
6-a
7-a
8-c
9-d
10-c
11-b
12-c
13-a
14-c
15-d
16-c
17-a
18-a
19-d
20-c
21-a
22-d
23-b
24-d
25-b
26-a
27-
28-a
29-d
30-a
31-b
32-b
33-b
34-a
35-d
36-c
37-d
38-c
39-d
40-d

NO SON FIABLES, NO ESTAN CONTRASTADAS
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: pitufilla en 07 de Junio de 2011, 21:15:12 pm
Pongo las mías.......algunas contrastadas, otras no. Yo soy de las que no me fio mucho de contestar si estoy entre 2:

1-X (pero creo que es la C)
2-B
3-B (segura)
4-B (segura)
5-D (entiendo que si es complice, 1 grado menos, y una agravante...¿Pena inferior en grado en su mitad superior? No se)
6-D (segura, las cuentas de penas se me dan bien)
7-C (segura)
8-C (no contrastada, pero creo que es segura)
9-X
10-C(segura)
11-B(segura)
12-B(segura)
13-D
14-B(segura)
15-D(creo que es facultativa y no obligatoria, porque en el manual dice "podrá)
16-C(segura)
17-A(segura)
18-A(segura)
19-D(segura)
20-C(segura)
21-B(segura)
22-D
23-B(segura)
24-X(esque al poner lo de via de apremio relacionado con la multa proporcional.....lo de via de apremio no era con dias-multa?)
25-X
26-B(la he cagao, que pensaba que iba de 30 a 2500, y es a 5000. Es segura la A)
27-X
28-X(mu fuerte esta)
29-A(segura)
30-C
31-B(segura)
32-D(vamos, creo, pero esta sin contrastar)
33-X
34-A(segura)
35-X
36-D
37-D(segura)
38-C(segura)
39-D(segura, el pensamiento no delinque)
40-D


Bueno, esto así a grosso modo..........me faltan de contrastar, pero creo que las que he puesto seguras lo son, mirando el manual. Haber que pasa.............id colgando haber si apañamos esta ensalada entre todos!!!!!!!
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: poniente en 07 de Junio de 2011, 21:47:49 pm
Pitufilla gracias por poner tus respuestas, tengo bastantes igual que tú, pero en la 8 yo he puesto la A), no sé donde pone eso en el libro, pero yo me puse a pensar.... si el delito es un asesinato, también se puede ser partícipe con actos posteriores al disparo (por poner un ejemplo...) no? Por ejemplo tú y yo quedamos en que tú entras en la casa, matas al dueño, y yo te espero en coche fuera para ayudarte a huir...
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: maria jesus perez alvez en 07 de Junio de 2011, 22:05:43 pm
pitufilla te confirmo que la 30 es la c (pagina 190 del libro)
y la 24 tambien la c
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: poniente en 07 de Junio de 2011, 22:29:50 pm
por cierto, sabéis si el equipo docente ha dicho algo de cuando cuelgan las plantillas?? he estado mirando en el curso virtual y no encuentro nada, y el febrero las pusieron relativamente rápido..
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: Anjhana en 07 de Junio de 2011, 22:36:50 pm
El otro día dijo en el foro que las colgarán el lunes, día 13.
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: SIMPLICISSIMUS en 07 de Junio de 2011, 22:40:03 pm
Hace un par de días el profesor encargado del curso virtual puso un mensaje diciendo que, de no haber problemas informáticos, el lunes día 13 colgaba las plantillas con las soluciones. Como hasta ahora ha sido bastante cumplidor de sus compromisos, espero que el lunes a mediodía sepamos si metemos diez créditos más en la cartera. Total, una semana escasa de paciencia. Ojalá fuera igual con el resto de asignaturas. Suerte a todos.
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: pitufilla en 07 de Junio de 2011, 22:46:04 pm
30C............bien bien!!!!

Respecto a la pregunta 8, yo creo que los posteriores no pueden ser, porque la figura partícipe posterior anteriormente en los códigos, era la figura del encubridor, hoy desparecida como partícipe y forma parte de los delitos de la Administración de Justicia. Así que entiendo que ´son los anteriores y simultáneos a la ejecución.

Bueno, eso creo yo
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: VGC en 07 de Junio de 2011, 22:56:24 pm
Buenas a todos. Vamos a ver si entre todos sacamos las buenas. Voy a intentar dar solución con el temario en la mano:

1-   C Art. 15 del CP.
2-   B (Basado en el significado de los fines preventivo generales. Me parece buena).
3-   B Art. 33 del CP.
4-   B Art. 89 del CP sujeto a la reforma de 2010.
5-   A (Cómplice, pena inferior en un grado, sin otras circunstancias modificativas).
6-   D Realizadas los cálculos para subir los dos grados.
7-   C Art. 62 del CP.
8-   C (No sabría decir la base jurídica, pero es de las poquísimas que habían salido antes).
9-   D Art. 74.2 del CP.
10-   C Realizado el cálculo para la mitad inferior.
11-   C (La pregunta dice que realiza la primera para realizar la segunda)
12-   C (La tengo mal, es la  B (Art. 105)
13-   A (Es interpretación propia).
14-   D Art. 109 del CP.
15-   C (La Jurisprudencia dice que se PODRÁ reducir en grado).
16-   
17-   A (Es uno de los principios).
18-   A (No es un delito, por tanto delito putativo).
19-   D (Creo que la explicación está en que la única que parece buena es la C y la inducción se castiga en el momento en que se ha llevado a cabo el delito cuando se ha provocado previamente, y deja de ser un acto preparatorio.
20-   C Art. 37 del CP.
21-   D (Sólo son imprescriptibles los delitos de lesa humanidad y genocidio y el plazo máximo de prescripción de un delito es de 20 años).
22-   D (Lo dice el temario).
23-   B Art. 96.2 del CP.
24-   C (Yo puse la D, pero es la C).
25-    
26-   A (El máximo para las P. Jurídicas es 5000, según el Art. 50 del CP).
27-   C Art. 53.5 según la última modificación de 2010.
28-   A (Según mis apuntes, se aplica la pena en su mitad superior –del concurso ideal- si bien son diversos hechos y diferentes bienes similares –concurso real-).
29-   A (Art. 76.1 de la L.O. del Poder Judicial).
30-   C Art. 638 del CP.
31-   B Art. 48.1 del CP.
32-   D Art. 88.1 del CP.
33-   B (Entiendo que realiza todos los actos para que objetivamente deba producirse, pero no es así porque aparece la policía, y por tanto, no desiste voluntariamente).
34-   A Art. 131.2 del CP.
35-   D (No encuentro el artículo, pero las de carácter personal sólo se aplican sobre quien concurren, y las del hecho, se aplican a todos los que las conozcan).
36-   B
37-   D (Rebajados dos grados, uno como cómplice y otro al menos por la tentativa, sólo puede ser ésta).
38-   D (Artículos 73, 75 y 76 del CP).
39-   D (El pensamiento no está castigado).
40-   D (Art. 99 del CP).


Espero haberos sido de ayuda, a ver si aprobamos todos. Yo de éste quedo contento y termino por este cuatrimestre. ¡Hasta septiembre!
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: pitufilla en 07 de Junio de 2011, 23:21:09 pm
Hola VGD:

Acabo de ver tus respuestas, y discrepo en algunas (que no es que quiera tener razón eh), pero tengo el manual en la mano. Haber:

Pregunta 11. Concurso medial..."una de las infracciones penales protagonizadas por el sujeto activo que sea medio necesario para cometer la otra". = Comete un delito de falsedad para cometer un delito de estafa?

Pregunta 14. Art.108CP, expuesto en la pag 289 libro...."En ralcion con las medidas de seugridad impuestas al extranjero no residente legalmente en España, análoga obligación al Juez o Tribunal que la prevista en el art.89 respecto a la sustitución de las penas privativas de libertad por la expulsión del territorio nacional, con casi idéntico contenido".  Art.89.1CP (libro pag.274). "El extranjero no podrá regresar a España en un plazo de 5 a 10 años".

Pregunta 21.Pag.314 del libro...." Tampoco prescribirán los delitos de terrorismo, si hubieren causado la muerte a una persona" (2ºpárrafo introducido igualmente por la última reforma).

Pregunta 38. "El concurso real es bla bla bla......art.73, 74 y 76CP, en el libro pag.265............y sigue en la pag.266, apartado C)De 40 años, cuando el sujeto haya sido condenado por 2 ó más delitos, y al menos2 de ellos estén castigados por la ley con prena de prisión superior a 20 años".

Del resto no discrepo, pero bueno, tendremos que esperar a las plantillas, está claro. Mucha suerte!!!
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: Sergiovaliente en 07 de Junio de 2011, 23:22:10 pm
No tengo el orden de vuestras preguntas, ya he hecho el D, pero la 21 supongo que será la imprescriptibilidad de delitos de terrorismo. LA respuesta correcta es la B, imprescriptible en caso de que haya muerte de persona. Art. 131.4 del CP.
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: VGC en 07 de Junio de 2011, 23:46:59 pm
Buenas¡ No hay problema, si el debate es bueno para aprender.

Pregunta 11. Concurso medial..."una de las infracciones penales protagonizadas por el sujeto activo que sea medio necesario para cometer la otra". = Comete un delito de falsedad para cometer un delito de estafa?

Sigo pensando que es un concurso medial, si no falsifica el documento público no podría realizar esa estafa, por lo que entiendo que es medio necesario y concurso medial.

Pregunta 14. Art.108CP, expuesto en la pag 289 libro...."En ralcion con las medidas de seugridad impuestas al extranjero no residente legalmente en España, análoga obligación al Juez o Tribunal que la prevista en el art.89 respecto a la sustitución de las penas privativas de libertad por la expulsión del territorio nacional, con casi idéntico contenido".  Art.89.1CP (libro pag.274). "El extranjero no podrá regresar a España en un plazo de 5 a 10 años".

Pregunta 21.Pag.314 del libro...." Tampoco prescribirán los delitos de terrorismo, si hubieren causado la muerte a una persona" (2ºpárrafo introducido igualmente por la última reforma).

Estas dos preguntas no las había actualizado yo correctamente, por lo cual creo que tienes razón.

Pregunta 38. "El concurso real es bla bla bla......art.73, 74 y 76CP, en el libro pag.265............y sigue en la pag.266, apartado C)De 40 años, cuando el sujeto haya sido condenado por 2 ó más delitos, y al menos2 de ellos estén castigados por la ley con prena de prisión superior a 20 años".

En esta he contestado la C (jeje), pero me he equivocado al pasarla aquí. Por lo que creo que coincidimos entonces.

Yo di una opinión, y no descarto tener más mal, aún así, no me quejo dada la dificultad.  ;)
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: Sergiovaliente en 07 de Junio de 2011, 23:51:06 pm
Respecto a vuestra 11, yo también creo que es concurso medial, es más la veía como segura. El enunciado dice: "comete un delito de falsedad en un documento público CON EL OBJETO de realizar una estafa cuya vícitma...". No se, peor yo lo veo claro.
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: pitufilla en 07 de Junio de 2011, 23:59:51 pm
Dichosa 11..........pero si tu y yo estamos diciendo lo mismo, que es un concurso medial!!!!

Pero te has colado al ponerla aquí, y me habías cascado la C en vez de la B.

Así que coincidimos.....¿amigos? Venga, mucha suerte chiquit@!!!!
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: Sergiovaliente en 08 de Junio de 2011, 00:22:08 am
En la pregunta de subir dos grados a la pena de 10 a 15, cuyo resultado daba 33 años y 9 meses, un compañer@ en el hilo del tipo D dice que la respuesta es: 30 años, Art. 70.3.1º CP....
Y yo que contaba con esta bien....
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: pitufilla en 08 de Junio de 2011, 00:34:39 am
Espera Sergio, que esto se me da mu bien:

Pena superior en 2 grados a la de prision de 10 a 15.

Subimos un grado: Al limite maxximo, 15, le sumamos su mitad= 22,5......con lo cual, la pena ahora sería de 15 a 22años y 6 meses.
Subimos el siguiente grado: al nuevo limite maximo, 22 años y 6 meses.........le sumamos su mitad= 22,6+11,3= 33 años y 9 meses.

TOTAL: el limite maximo, son 33 años y 9 meses.
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: pitufilla en 08 de Junio de 2011, 00:38:06 am
Acabo de leer el hilo del tipo D.......

Va a ser que la hemos fastidiado? Mmmmmmmmmm........porras!!!!
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: poniente en 08 de Junio de 2011, 04:40:30 am
Yo en la 38 he puesto también la A). En el libro, pág.214 pone: "Este concurso, también denominado teleológico, es un concurso  real aun cuando se sancione como ideal.
No sé no se me ocurre otra cosa!, espero tenerla bien porque de lo contrario creo que no he aprobado :(
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: luisnar en 08 de Junio de 2011, 11:29:18 am
la que ponia que no podia pagar la multa y que tenia una pena de 5 años y 6 meses, y preguntaba por la responsabilidad penal subsidiaria por el impago de multa, que habeis contestado?
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: Anjhana en 08 de Junio de 2011, 12:00:09 pm
Entiendo que te refieres a la pregunta 24 del TIPo C:
Yo puse la C: Que no podía exceder de 1 año.

Me podéis indicar que explicación dan para la pregunta nº 6? Por que no son 33 años y 9 meses?
No encuentro el foro del tipo D.

Gracias.
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: Sergiovaliente en 08 de Junio de 2011, 12:03:15 pm
El hilo del tipo D está entre los primeros post.
Lo de la duración no puede ser 33 y 9 meses porque para las penas elevadas en grado la duración máxima es 30 años.
Y la otra, Art 53.3 CP vigente. Si la pena de prisión es superior a 5 años no se impone responsabilidad subsidiaria.

Saludos
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: estudiantederecho en 08 de Junio de 2011, 12:06:55 pm
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El hilo del tipo D está entre los primeros post.
Lo de la duración no puede ser 33 y 9 meses porque para las penas elevadas en grado la duración máxima es 30 años.
Y la otra, Art 53.3 CP vigente. Si la pena de prisión es superior a 5 años no se impone responsabilidad subsidiaria.

Saludos

Me has quitado del teclado lo de la duración de 30 años máximo al subir de grado.

Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: estudiantederecho en 08 de Junio de 2011, 12:11:05 pm
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Yo en la 38 he puesto también la A). En el libro, pág.214 pone: "Este concurso, también denominado teleológico, es un concurso  real aun cuando se sancione como ideal.
No sé no se me ocurre otra cosa!, espero tenerla bien porque de lo contrario creo que no he aprobado :(

Así es, el concurso medial o instrumental, también llamado teleológico o finalista, es en realidad un concurso real aunque el legislador le aplique los cáculos de pena propio del ideal. La ratio legis que aduce es que la unidad de intención delictiva equivale a unidad de acción.
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: pitufilla en 08 de Junio de 2011, 14:19:39 pm
Sobre la de multa proporcional y no satisfacer la multa voluntariamente y en vía de apremio........a mi esta, me ha descolocado, y os digo por qué:

- Resulta que te habla de una pena de prisión de 5 años y 6 meses y una multa de 150000 euros. Que no cuenta para pagarla ni voluntaria ni en vía de apremio..........vale!!!!! Ahora, me invade la duda:

*no se le impondrá a los condenados a pena privativa de libertad superior a 5 años (es así, pero cuando la responsabilidad penal subsidiaria es por impago de DÍAS-MULTA)..........sin embargo, no podrá exceder de 1 año, si es por MULTA PROPORCIONAL.

Con lo cual, o yo me hago un lío o veo donde no hay, pero entiendo que mezcla, diciendo lo de la vía de apremio y demás, que se encuentra en los días multa, con la multa proporcional......

¿Me habéis entendido u os he liado más? Por eso no la contesté.....

¿Y otra cosa?
En la nº5, si no hay circunstancias modificativas, la respuesta sería "la pena inferior en un grado a la del autor"......pero al decir que utiliza "medios o soportes de difusión mecánicos", estaría dándose una agravante, ¿no? Con lo cual......la respuesta no sería "la pena inferior en grado en su mitad superior a la del autor"....entendiendo entonces que la respuesta es la D, NINGUNA ES CORRECTA.

¿Es así? ¿Qué pensáis?
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: estudiantederecho en 08 de Junio de 2011, 14:51:32 pm
pitufilla, a los cómplices no se les imputa en delitos realizados empleando medios de difusión mecánicos. Exclusión de partícipes creo que se llama el titulillo del apartado correspondiente.

Respecto a la de la responsabilidad personal subsidiaria, yo también puse que no debía superar 1 año, porque pensé que el límite de 5 años de prisión era para las de días-multa. Pero creo que la tengo mal.

pitufilla, esta pregunta de la resp. per. subsidiaria, dónde la has contrastado para escribir ese comentario? de apuntes o del libro?
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: luisnar en 08 de Junio de 2011, 14:54:49 pm
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pitufilla, a los cómplices no se les imputa en delitos realizados empleando medios de difusión mecánicos. Exclusión de partícipes creo que se llama el titulillo del apartado correspondiente.

Respecto a la de la responsabilidad personal subsidiaria, yo también puse que no debía superar 1 año, porque pensé que el límite de 5 años de prisión era para las de días-multa. Pero creo que la tengo mal.
entonces la 5 seria la D no?
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: pitufilla en 08 de Junio de 2011, 15:02:29 pm
Libro, pag. 244, casi al final........Responsabilidad personal subsidiaria por impago de días-multa (art.53.1CP)....y ahí te dice lo de voluntariamente o por vía de apremio.......bla bla bla......y que no se impondrá a los condenados a pena privativa de libertad superior a 5 años.

Libro, pag.246, en la mitad superior......Responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa proporcional (art.53.2CP).........y ahí habla sobre que no puede exceder de un año de duración, pero no dice nada de la vía de apremio.
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: pitufilla en 08 de Junio de 2011, 15:06:48 pm
Sobre la nº5, totalmente de acuerdo.......pag. 204, EXCLUSIÓN DE PARTÍCIPES: DELITOS A TRAVÉS DE MEDIOS MECÁNICOS DE DIFUSIÓN.......Art. 30.1. En los delitos y faltas que se cometan utilizando medios o soportes de difusión mecánicos, NO responderán criminalmente ni los cómplices ni quienes los hubieren favorecido personal o realmente.

!Queda dicho! Que la tengo mal, vamos!!!
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: estudiantederecho en 08 de Junio de 2011, 15:09:59 pm
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pitufilla, a los cómplices no se les imputa en delitos realizados empleando medios de difusión mecánicos. Exclusión de partícipes creo que se llama el titulillo del apartado correspondiente.

Respecto a la de la responsabilidad personal subsidiaria, yo también puse que no debía superar 1 año, porque pensé que el límite de 5 años de prisión era para las de días-multa. Pero creo que la tengo mal.
entonces la 5 seria la D no?

Es que no me acuerdo del enunciado, y no tengo aquí el examen. Pero vamos, que los cómplices no tienen responsabilidad penal en delitos efectuados empleando medios mecánicos de difusión. No sé qué letra será la respuesta.

Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: luisnar en 08 de Junio de 2011, 15:12:22 pm
si, yo eso lo sabia , pero digo , a ver si ahora iba a estar esa opcion contemplada y yo puse la d creyendo que no estaba contemplada en ninguna otra, sería lo que me faltaba ya.
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: estudiantederecho en 08 de Junio de 2011, 15:16:09 pm
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Libro, pag. 244, casi al final........Responsabilidad personal subsidiaria por impago de días-multa (art.53.1CP)....y ahí te dice lo de voluntariamente o por vía de apremio.......bla bla bla......y que no se impondrá a los condenados a pena privativa de libertad superior a 5 años.

Libro, pag.246, en la mitad superior......Responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa proporcional (art.53.2CP).........y ahí habla sobre que no puede exceder de un año de duración, pero no dice nada de la vía de apremio.

Sí, por el libro pareciese que la limitación de 5 años no opera sobre la resp. per. sub. por multa proporcional, pero por el Código da a entender que sí. Dice el CP:

Artículo 53.

1.  Si el condenado no satisficiere, voluntariamente o por vía de apremio, la multa impuesta, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que, tratándose de faltas, podrá cumplirse mediante localización permanente.(...)

2. En los supuestos de multa proporcional los Jueces y Tribunales establecerán, según su prudente arbitrio, la responsabilidad personal subsidiaria que proceda, que no podrá exceder, en ningún caso, de un año de duración. También podrá el Juez o Tribunal acordar, previa conformidad del penado, que se cumpla mediante trabajos en beneficio de la comunidad.

3.  Esta responsabilidad subsidiaria no se impondrá a los condenados a pena privativa de libertad superior a cinco años.

Es decir, que el punto 3 parece que se refiere a la multa en general, sin especificar si es días-multa o proporcional.

¿Qué raro no?
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: pitufilla en 08 de Junio de 2011, 15:20:08 pm
Claro!!!!!!!

Al estudiar del libro, y no directamente del CP (lo utilizo para consultar, claro), pero para el estudio del examen me ciño más al libro. Y ahí cambia la cosa, y no se interpreta que está inserto como en el CP.......pero vamos, no sé chico!!!!!
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: estudiantederecho en 08 de Junio de 2011, 15:30:34 pm
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Claro!!!!!!!

Al estudiar del libro, y no directamente del CP (lo utilizo para consultar, claro), pero para el estudio del examen me ciño más al libro. Y ahí cambia la cosa, y no se interpreta que está inserto como en el CP.......pero vamos, no sé chico!!!!!


jajaja, tranquila compañera, es muy difícil sacar un 10, ya que siempre habrá un pequeño matiz o una pequeña causalidad para que se falle en algo.

yo me conformo con sacar un 9´75...jajaja, es broma es broma
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: poniente en 08 de Junio de 2011, 17:05:14 pm
Pitufilla la 6 creo q la tienes mal (yo también...), en el foro de la clase alguien lo ha preguntado y la profesora dice q es la C) 30 años... será por lo de los límites??
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: pitufilla en 08 de Junio de 2011, 19:17:22 pm
Si, si.........la tengo mal!!!!! Muchas cuentas para sacar los grados y hacerlos bien, pero esta pregunta trampa me la han clavao que no veas...........son 30 años, límite máximo para las penas de prisión por elevación del grado de la pena. (art.70.3CP, pag. 268 libro)
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: luisnar en 08 de Junio de 2011, 20:39:19 pm
Creeis que lo corregiran en algún centro asociado antes del lunes?
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: poniente en 08 de Junio de 2011, 20:39:31 pm
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Si, si.........la tengo mal!!!!! Muchas cuentas para sacar los grados y hacerlos bien, pero esta pregunta trampa me la han clavao que no veas...........son 30 años, límite máximo para las penas de prisión por elevación del grado de la pena. (art.70.3CP, pag. 268 libro)

A mí también me la han clavao bien clavá...
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: VGC en 08 de Junio de 2011, 22:13:30 pm
Me temo que hemos picado como unos pardillos... Veo que voy teniendo unas mal, y resulta que a lo mejor alguna la tengo bien que no la pensaba. Lo que parece es que me la quito, que visto lo que sufrí el primer parcial me doy con un canto en los dientes.

Paradójico... La asignatura que más me gusta y es en la que peores notas saco.  ???
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: luisnar en 08 de Junio de 2011, 22:18:38 pm
en el foro del curso virtual se han quejado de que no hace ninguna referencia al código penal en esa pregunta y por tanto se puede tomar como una pregunta que se hace para comprobar si se sabe subir grados. No se , ya veremos a ver que pasa.
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: SIMPLICISSIMUS en 08 de Junio de 2011, 23:56:46 pm
Es que si volvéis a leer el examen, la pregunta interroga sobre el límite máximo de una pena y no sobre la máxima pena que se puede imponer según el CP. Yo creo que hay que contestar a lo que se pregunta y no a lo que se ha podido intentar preguntar y que, por lo tanto, el límite máximo de la pena es el de 33 años y nueve meses, y la máxima pena que se puede imponer según el CP, la de 30 años. Creo que la pregunta es anulable o, al menos, dar por válidas ambas respuestas.
Por cierto, en Penal I, ¿qué se hace con las preguntas nulas? ¿se puntúan como válidas o se hace una regla de tres con la puntuación de las treinta y tantas restantes correctas?
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: Anjhana en 09 de Junio de 2011, 10:01:42 am
Respecto a lo que dice simplicisimus, opino que sería conveniente que entréis en el foro del equipo docente, donde se ha hecho esa petición: Que se den como válidas la C) y la D) en la pregunta nº 6. Es decir, que valgan tanto los 30 años (límite real según CP), como los 33 años y 9 meses (resultado de aplicar las reglas de medición de la pena).
Cuantos mas apoyemos esa opción, mas resultaremos beneficiados,  ya que no se trata de anularla, sino de dár validez a dos opciones. Yo creo que daba lugar a interpretaciones, y en un examen de test, no creo que sea lo mas acertado ni lo mas justo.
Saludos.
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: Sergiovaliente en 09 de Junio de 2011, 10:44:31 am
No creo que puedan dar dos opciones como válidas, Si una pregunta tiene dudas se anula, y no creo que pueda ser el caso.

Yo la he contestado mal, he puesto los 33 y 9 meses. Y la verdad que no sabía lo de los 30 años, así que la he fallado por no saber.
Sinceramente, la pregunta es "para pillar", pero precisamente esas preguntas se hacen para ver quien sabe y quien no. Quien estudia o quien se repasa los exámenes de años anteriores... De todas formas pienso que muchas veces somos demasiado "extremistas" con los enunciados y nosotros mismos nos complicamos las cosas.
Supongo que este mensaje no será muy popular, pero es lo que creo. Y yo la he fallado por no saber, debería haber estudiado más.

Saludos
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: Pravias en 09 de Junio de 2011, 11:00:26 am
Sergio no se como habrá sido tu examen, pero para mi este tipo de examen no tiene mucho que ver si has estudiado mas o menos, muchas preguntas tienes que interpretarlas, tienen trampa y son detalles tan pequeños, algunos absurdos que tienes que llevarla al dedillo, y particularmente veo injusto que quiten nota por los errores, prefiero que me exijan un minimo mas alto de preguntas acertadas pero que los errores no me resten.
Y bueno el que haya dos libros y cada uno con sus propias interpretaciones tiene narices.
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: Sergiovaliente en 09 de Junio de 2011, 11:31:23 am
En cuanto a los textos diversos, diferentes ediciones, reformas con adendas, etc, etc., estoy totalmente de acuerdo.
En lo referente al examen tipo test, yo lo prefiero antes que otro tipo de examen como el de Administrativo I. Si es cierto que hay preguntas trampas o algunas que pueden generar duda.
Alguna pregunta hay que ni con el texto y el código en la mano conozco la respuesta.
Sin embargo en el caso de la pregunta que nos ocupa creo que los que hemos cometido el error es falta de estudio o de haber pasado por alto algo que se puede preguntar. Nos hemos reducido (hablo en mi caso) a ver este tipo de preguntas sobre subir o bajar grados o límites inferiores/superiores y empezar a hacer calculos. Y otras cosas (como el límite máximo de 30 años cuando se sube de grado) lo pasamos por alto.
Lo mismo me ha pasado en la pregunta de la responsabilidad subsidiaria con prisión de 5 años y 6 meses. Contesté de forma segura que no puede pasar del año, cuando es que no existe responsabilidad. Otra vez más, falta de estudio, no haber ido más allá, haberme quedado solo con ese dato...
No se, es mi opinión. Hay un post que dice "prepararse uan asignatura endos tardes" o en este mismo hilo o el del tipo D tenemos compañeros que afirman prepararse la asignatura solo con exámenes.
Los equipos docentes llegarán a leer estas líneas y al final hacen los exámenes más complicados, o se pretende eliminar la BBDD de examenes...

Saludos y seguiremos con Hacienda Pública.
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: pgavino2 en 09 de Junio de 2011, 11:48:26 am
a ver SERGIO,yo he contestado igual que tú, pero no creo que sea cuestión  de interpretar dicha pregunta tal como nos de la gana, dices que  se formula de esta forma para saber quien sabe y quien no,bueno pués estarás conmigo que en dicha pregunta vale tanto el art.70.3.1cp como el 76.1 apartados c,d. cp sé que este art es una  excepción, en mi modesta opinión y tal como se formula dicha pregunta la respuesta más acertada es la  d.
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: Pravias en 09 de Junio de 2011, 11:52:08 am
yo de la primera semana en algunas tengo hasta dudas con el texto en la mano, yo veo algunas preguntas que para ser el primer año hay que saberlo al dedillo, interpretar bastante  >:(
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: Sergiovaliente en 09 de Junio de 2011, 11:57:55 am
No lo veo tan claro. El Art. 76 nos habla de cuando hay más de una pena, del concurso.
La pregunta del examen dice: "¿Cuál de los siguientes es el límite máximo de la pena superior en dos grados a la prisión de diez a 15 años?" Solo habla de una pena, que se eleva en dos grados.
Yo no tengo duda que esa pregunta la tengo mal...
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: Pravias en 09 de Junio de 2011, 12:07:57 pm
No se como es la pregunta en concreto, pero los 30 años son para las elevaciones en grado.
Los 40 años para cuando son concursos reales de delito, por ej +2 condenas, 25, 30, 40 años,
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: pgavino2 en 09 de Junio de 2011, 12:24:03 pm
bueno si no tienes duda será así, yo si las tengo,porque hay un límete de 30 años regla general y otros superiores regla especial que se tiene que dar en  concurso de delitos sí es verdad, aunque la pregunta es abierta a interpretaciones , como si se refiere a REGLAS GENERALES O ESPECIALES.
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: Pravias en 09 de Junio de 2011, 12:30:42 pm
yo en el de la primera semana meti el gambazo en una pregunta muy parecida, preguntaban por limites y mi mente al ver el 40 pues puse esa opcion, sabia que los 30 años era el maximo pero me despiste
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: VGC en 09 de Junio de 2011, 19:50:08 pm
Por cierto Pitufina¡¡¡

He comprobado lo que comentabas sobre la pregunta 14 y finalmente creo que no tienes razón.

Consultado el CP reformado dice:

Artículo 108.

1. Si el sujeto fuera extranjero no residente legalmente en España, el juez o tribunal acordará en la sentencia, previa audiencia de aquél, la expulsión del territorio nacional como sustitutiva de las medidas de seguridad que le sean aplicables, salvo que el juez o tribunal, previa audiencia del Ministerio Fiscal, excepcionalmente y de forma motivada, aprecie que la naturaleza del delito justifica el cumplimiento en España.

La expulsión así acordada llevará consigo el archivo de cualquier procedimiento administrativo que tuviera por objeto la autorización para residir o trabajar en España.

En el supuesto de que, acordada la sustitución de la medida de seguridad por la expulsión, ésta no pudiera llevarse a efecto, se procederá al cumplimiento de la medida de seguridad originariamente impuesta.

2. El extranjero no podrá regresar a España en un plazo de 10 años, contados desde la fecha de su expulsión.

3. El extranjero que intentara quebrantar una decisión judicial de expulsión y prohibición de entrada a la que se refieren los apartados anteriores será devuelto por la autoridad gubernativa, empezando a computarse de nuevo el plazo de prohibición de entrada en su integridad.

Por tanto creo que en caso de medidas de seguridad, son 10 años en todo caso y por tanto tengo bien mi respuesta. No sé lo que dice el libro, la verdad, pero podría ser que estuviera confundido, sin ningún problema, dado que la editorial no lo haya actualizado, por lo que sería impugnable en tal caso.


Un saludo.
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: Sergiovaliente en 09 de Junio de 2011, 20:17:17 pm
En las preguntas de los extranjeros, la que empieza: "En caso de sustitución de una pena privativa de libertad por expulsión del ciudadano extranjero...." la respuesta correcta es la B. De 5 a 10 años. Art. 89.2 CP.
La otra pregunta, la que empieza: "En caso de imposición de medida de seguridad..." la respuesta correcta, como dice VGC, es la D. diez años en todo caso, Art. 108. CP.

¡Qué nervios hasta el lunes!, que yo pensaba que había salido bien, sobrado, y viendo luego las peculiaridades de algunas preguntas voy a estar más ajustado de lo pensado...

Saludos y suerte en lo que os quede.
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: VGC en 09 de Junio de 2011, 20:33:51 pm
Perdón, SergioValiente... ¿Es que el lunes salen las plantillas?
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: Sergiovaliente en 09 de Junio de 2011, 20:36:35 pm
Creo que si, que eso ha dicho el equipo docente...
En Febrero creo que tambiñen salieron el lunes después de la segunda semana de exámenes.
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: estudiantederecho en 10 de Junio de 2011, 11:30:00 am
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No creo que puedan dar dos opciones como válidas, Si una pregunta tiene dudas se anula, y no creo que pueda ser el caso.

Yo la he contestado mal, he puesto los 33 y 9 meses. Y la verdad que no sabía lo de los 30 años, así que la he fallado por no saber.
Sinceramente, la pregunta es "para pillar", pero precisamente esas preguntas se hacen para ver quien sabe y quien no. Quien estudia o quien se repasa los exámenes de años anteriores... De todas formas pienso que muchas veces somos demasiado "extremistas" con los enunciados y nosotros mismos nos complicamos las cosas.
Supongo que este mensaje no será muy popular, pero es lo que creo. Y yo la he fallado por no saber, debería haber estudiado más.

Saludos

Sergio haces honor a tu nick. La has fallado por no saber lo de los 30 años, y te honra reconocerlo. Los que sí lo sabíamos y la hemos acertado, no queremos que se dé por nula (si es que ello pudiera bajarnos nota) o que nos perjudicase de alguna manera.

No me parece correcta kla actitud de algunos que no habiiendo sabido lo de los 30 años, quieran  hacer valer un supuesto error de redacción que en mi opinión no existe, a costa de un posible perjuicio para los que sí sabían esa pregunta en concreto.
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: luisanlucar en 10 de Junio de 2011, 11:49:07 am
Sinceramente no creo que la anulación de la pregunta perjudique a nadie, y si fuera el caso no es la intención.
Puede que mucha gente no tuviera en cuenta lo de los 30 años, pero por ejemplo yo si lo hice y finalmente contesté 30 años y 9 meses porque creí entender, en la redacción de la pregunta, que era lo que se solicitaba.
Pero reitero que si la anulación conlleva el perjudicar a algunos compañeros no es la intención de nadie o por lo menos la mía. :-[
Un saludo y suerte a todos.
Título: Re: Penal I tipo C
Publicado por: estudiantederecho en 10 de Junio de 2011, 12:09:09 pm
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Sinceramente no creo que la anulación de la pregunta perjudique a nadie, y si fuera el caso no es la intención.
Puede que mucha gente no tuviera en cuenta lo de los 30 años, pero por ejemplo yo si lo hice y finalmente contesté 30 años y 9 meses porque creí entender, en la redacción de la pregunta, que era lo que se solicitaba.
Pero reitero que si la anulación conlleva el perjudicar a algunos compañeros no es la intención de nadie o por lo menos la mía. :-[
Un saludo y suerte a todos.


Como ya le he dicho a otro compa en el hilo del examen tipo d, si de verdad ese es tu caso, espero que den por buenas las dos.

También reitero que en mi opinión, que también contemple ambas posibles 2 respuestas, y me decanté por la de 30 años porque es el límite máximo, a secas (es que el otro no existe, simplemente, es una entelequia), la pregunta era más bien entendible. A los que os habéis equivocado o habéis tenido dudas, como yo tantas otras veces en tantos otros exámenes, suerte. Pero es que estoy seguro que los hay que quieren sacar rendimiento del tema concreto este, aún a sabiendas de que pueden perjudicar a otros y no habiendo sabido ellos lo de los 30 años (que no es tu caso, puesto que al menos lo contemplaste). ¿Sinceramente, no crees que los hay?

Y si la anulan, que me expliquen a mí cómo podría no perjudicarme tal anulación. Otra cosa es que den por buenas ambas, entonces no me perjudica.