Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: xicu en 13 de Julio de 2011, 09:57:21 am

Título: ¿El arrendador local es un empresario?
Publicado por: xicu en 13 de Julio de 2011, 09:57:21 am
El inquilino del local le exige al arrendador la presentación de factura por el pago de la renta.
El arrendador no es empresario ni profesional. ¿ Debe expedir factura ?
En el caso que así sea, vale el justificante del banco del arrendador conforme se ha enviado orden de pago al banco del arrendatario y éste lo ha ingresado. En el escrito consta un nº de factura, el DNI del arrendador y el nombre completo de éste.
El arrendatario dice que no es válido y exige factura.
¿ Que tipo de factura debe hacer el arrendatario no empresario y no profesional ?
Gracias por cualquier solución que me faciliten.
Título: Re: ¿El arrendador local es un empresario?
Publicado por: romero2007 en 13 de Julio de 2011, 10:17:50 am
  Es suficiente con emitir un justificante, donde se identifique el arrendador (nombre, domicilio, DNI), y desglose el importe recibido en concepto de alquiler con sus impuestos correspondientes; IVA, IRPF y firmado por el arrendador con un recibí.  El arrendatario podrá decir misa.
                                                     

                             Saludos

                    Miguel Ángel
Título: Re: El arrendador local es un empresario
Publicado por: xicu en 13 de Julio de 2011, 10:51:51 am
Este sería el supuesto habitual para un arrendador que entrega en mano el recibo, pero cuando se hace a través de Bancos, quien genera el recibo-factura es la propia entidad bancaria por cuenta del arrendador.
Según tengo entendido, también puede hacerse por tercero, según la ley del IVA, por ejemplo un banco, siempre que se expida con los requisitos reglamentarios, es decir, nº factura, nombre y DNI del arrendatario, como es el caso.
Por otra parte existe el peligro que una vez entregada la factura como consecuencia del ingreso interbancario, el arrendatario retire en ingreso
( entre bancos hay un plazo de dos meses para consolidar el ingreso ). El arrendador que exija el pago podrá encontrarse con que el arrendatario le presente la factura conforme la ha pagado.
Como veis el supuesto ?.
Saludos.
Título: Re: ¿El arrendador local es un empresario?
Publicado por: romero2007 en 13 de Julio de 2011, 20:05:27 pm
    Vamos a ver, yo soy arrendatario en un local comercial, hago una transferencia bancaria a la cuenta que se me indica; esto ya es suficiente como justificante. Ahora bien, le solicito al arrendador(propietario del local) que me entregue un justificante con sus datos y haciendo constancia de haber recibido la cantidad transferida en concepto de pago alquiler( si es un particular, si es empresario, que te haga factura). Y esto simplemente porque, nuestra querida hacienda, y se me ha dado el caso, de que te diga que no es suficiente el justificante del ingreso bancario, aunque después de argumentarlo con el funcionario superior no ma ha puesto pegas; de todas formas , lo dicho le dices al arrendador que te haga un justificante.

                          Saludos


                      Miguel Ángel
Título: Re: ¿El arrendador local es un empresario?
Publicado por: jucegarciasa en 13 de Julio de 2011, 20:12:01 pm
Además del importe y del iva deberá tener la retención fiscal que posteriormente el arrendatario deberá declarar trimestralmente haber efectuado en modelo 115.
Título: Re: ¿El arrendador local es un empresario?
Publicado por: xicu en 14 de Julio de 2011, 08:09:10 am
Hola:
Gracias compañeros por vuestras respuestas. Sí que se debe hacer la factura, aunque no sea empresario ni profesional, por el simple hecho de estar obligado a pagar el IVA, pero el recibo justificante del pago si lo entrega el banco también será válido, no?, sinó porque se establece en el contrato que se realizarán los pagos a través de banco.
En fin, tengo claro que el arrendador está obligado a expedir factura, otra cosa es que al arrendatario le guste o no la forma en que se expida el documento.
Gracias de nuevo y un saludo.
Título: Re: ¿El arrendador local es un empresario?
Publicado por: Esgrimidor en 14 de Julio de 2011, 23:09:51 pm
Me sumo al post por esa especie de ciega obediencia , o confianza , hacia la labor bancaria.
Título: Re: ¿El arrendador local es un empresario?
Publicado por: Carin en 15 de Julio de 2011, 11:16:27 am
Estimado compañer@:
El hecho de tener un local comercial y alquilarlo, ya te obliga a presentar el IVA y ejercer la retención del IRPF en nombre del inquilino.
Lo que preguntas son dos cosas distintas, el pago por el banco, indica la forma de pago en ese momento, donde debiera aparecer en concepto de ingreso el nº de factura correspondiente.
La factura especifica los datos de ese ingreso, datos de factura, datos arrendador, datos arrendatario, base imponible, impuestos y retenciones, así como las fechas para poder hacer el inquilino los trimestres correspondientes respecto a sus impuestos.
Todos esos datos son obligatorios y necesarios mes a mes.
Por lo tanto, el arrendador está obligado a presentar la factura correspondiente, tanto para el arrendatario, como para sí mismo para la presentación del IVA trimestral, que sí debe presentar, aunque sea persona física y su declaración de la renta anual, con el aumento de los ingresos que le genere el tener ese local alquilado.
Otra cosa es el alquiler de vivienda habitual, no genera IVA ni IRPF a retener, en ese caso llegaría con el recibo del arrendador o recibo de banco o giro postal, etc.
Un saludo, Carín.
Título: Re: ¿El arrendador local es un empresario?
Publicado por: xicu en 15 de Julio de 2011, 13:17:23 pm
Hola:
Muchas gracias por la aclaración. Sí, se trata de un local de negocio y por tanto el arrendador está obligado a expedir factura del ingreso de la renta, desglosando el IVA y el IRPF.
Tenía dudas si el arrendador-particular era considerado empresario-profesional como para girar facturas y de si el propio banco ( el pago se hace interbancos ) podía emitir factura por cuenta y nombre del arrendador, pues el arrendatario no lo admite.
Creo que para solucionar el problema, el arrendador debe emitir la factura correspondiente con todos sus requisitos y dejarse de que el banco pueda gestionar la renta.
Gracias compañeros, un saludo