Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: hergomez en 23 de Agosto de 2011, 20:08:20 pm
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Ando estudiando en profundidad el tema 4 y cuando llego al punto dedicado a los órganos, la verdad es que no consigo imaginarme con ejemplos claros lo que puede ser un órgano.
He leido algunas explicaciones bastante buenas por el foro oficial de la UNED, pero aun asi no lo consigo entender con claridad, porque cuando lo tengo medio claro, leo algo que me lo complica más.
Sobre todo el punto de la creación de órganos, cuando dice que las crean sus Administraciones Públicas y que determinan su forma de integración en la Administración Pública de que se trate. Yo creía que un órgano es por ejemplo el Presidente del Gobierno y un organo colegiado un Consejo de ministros (or poner un ejemplo), por lo que no entiendo si son órganos que ya existen como se va a regular su creación, como si fueran un ente o una corporación creada por ejemplo para gestionar los recursos de una ciudad.
A ver si alguien que lo tenga claro, me puede echar una mano.
Gracias.
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Un Órgano es un ente o cargo público que integra la Administración general del Estado.
Se dividen en órganos superiores, tales como los Ministros y Secretarios de Estado, elegidos sin ningún requisito de cualificación alguna;
y los órganos directivos como los Subsecretarios o Secretarios Generales, Secretarios Generales técnicos y Directores Generales/Subdirectores.
Estos órganos directivos necesitan cualificación profesional y académica para su nombramiento.
Espero haberte ayudado.
Pd:Lo he cantado como un loro ;D jajaj, porque lo llevo ya todo aprendido de memoria pal examen
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En cuanto a la creación de organos administrativos yo entiendo lo siguiente.
Los mas importantes ya vienen impuestos por la Constitución y los crea el poder legislativo. (hay reserva de ley o de ley organica)
Asi por ejemplo el Gobierno se tiene que regular por Ley y el Consejo de Estado por Ley Organica y a partir de ahi es como una piramide, donde unos organos crean otros mediante reglamentos.
Asi el presidente mediante Real Decreto crea los Ministerios y las Secretarías de Estado.
El Consejo de Ministros que es un organo colegiado crea los organos directivos mediante Real Decreto tambien.
Y cada ministro crea los organos inferiores a subdirecion general.
En las comunidades lo que diga su EStatuto y en los ayuntamientos lo que diga la ley de Bases de Regimen local.
Como la potestar organizatoria no es absoluta pues esta sujeta a la Constitucion y a las leyes (eso lo dice el manual) pues imagino que en un ayuntamiento tiene que haber por ejemplo un Alcalde, un Pleno o Una junta de gobierno y que Zapatero no puede por que a él le de la gana eliminar el Consejo de Ministros.
Al menos esto es lo que yo mas o menos he entendido.
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También esta muy bien expuesto, cada vez que vamos bajando de la Pirámide de la Administración van surgiendo diferentes órganos.
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Muchas gracias a los dos.
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Pues yo, simplificándolo mucho, identifico órgano con funcionario y ya.