Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: nelies1 en 03 de Septiembre de 2011, 17:46:06 pm

Título: Derecho eclesiastico
Publicado por: nelies1 en 03 de Septiembre de 2011, 17:46:06 pm
Buenas:
planteo una duda de ultima hora, porque con el manual no se si me he despertado de la siesta, o sigo dormida y por eso cada vez que leo la cuestion, entiendo una cosa diferente...
Es sobre la incripcion en el registro de las entidades religiosas:
Segun dice la LOLR, tiene caracter constitutivo el hecho de inscribir una entidad religiosa en el Registro ,..pero que el TC dice que es declarativo, por ser un derecho contitucional derivado del art22, derecho de asociación. Pero en otro momento, el manual me dice uqe la personalidad jurídica solo se le reconoce una vez estas entiddes estén inscritas.
Lo entiendo bien, o es que aqui cada uno, (doctrina, Adm, TC) va por libre???
Gracias a quien pueda aportar un poquito de luz, aunque no sea divina!!!