Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: mazeuss en 06 de Septiembre de 2011, 12:52:39 pm
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El grupo mayoritario en su ayuntamiento con los votos de un concejal independiente ha aprobado en el pleno municipal una ordenanza a la que su grupo se ha opuesto por que contradice una ley autonomica.
Que calificacion tiene la norma asi aprobada.
Como puede impugnar inmediatamente esa ordenanza(vias..)
¿Cual seria la respuesta?
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Yo contestaria que la ordenanza municipal es un Reglamento.
Y que se puede recurrir via contencioso administrativa por el recurso directo en menos de dos meses desde que se publique en el Boletin oficial de la provincia o por via del recurso indirecto pasado ese tiempo.
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seria posible acudir a la via de excepcion? y hacer un recurso de nulidad?
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Ummm, pero segun el enunciado de la pregunta pone inmediatamente.
En el recurso por la via de excepcion, el cual no entiendo muy bien en que consiste, se realiza sobre los actos administrativos que derivan de ese reglamento ilegal ante el juez de cualquier jurisidicion que esta juzgando un caso concreto.
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si claro porque la via de excepcion deberia estar tratando el caso por un juez para tu poder pedir la inaplicacion....sin embargo de manera inmediata seria utilizar el recurso directo porque el indirecto tambien habria que esperar a que ese reglamento origine algun acto administrativo... Creo que ya lo he entendido jeje gracias dangoro