Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: marco.leon en 07 de Septiembre de 2011, 23:18:07 pm
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Buenas alguien sabe donde puedo sacar la sentencia del TSJC acerca del castellano como lengua vehicular?
No quiero noticias sino leer por mi mismo la sentencia.. ::)
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Aquí: http://www.poderjudicial.es/search/indexAN.jsp
No es una STSJ, sino un auto en relación con una sentencia del TS.
En el CENDOJ busca con id 08019330052011200001. Te sale el auto.
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Me lo imaginaba: había tres sentencias del TS incumplidas. Por eso la ejecución corresponde al Tribunal de instancia.
Me pregunto a qué espera el TSJC, para tomar medidas duras, como por ejemplo designar un responsable y empezar con las multas coercitivas, los embargos contra el patrimonio personal del responsable que incumpla, etc.
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Una muestra de las medidas coercitivas que proceden en un caso como éste.
Voy a enumerarlas:
1. Si se considera la prestación como un hacer no personalísimo, ejecución subsidiaria a costa del deudor. Deudor es quien tiene que realizar una prestación, en éste caso una obligación de hacer.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l3t5.html#a706
Ver también art. 1098 CC.
2. Si es un hacer personalísimo: multa coercitiva. (Y no veo por qué no puede aplicarse a la ejecución de prestaciones no personalísimas).
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l3t5.html#a709
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l3t5.html#a711
El art. 112 LJCA establece también las multas coercitivas, en relación con el 48.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l29-1998.t4.html#a112
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l29-1998.t4.html#a48
Para lo no previsto en las leyes procesales de otros ámbitos, como es en este caso la LJCA, se aplica la LEC.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.tp.html#a4
3. El despacho de ejecución incluirá las siguientes medidas. Embargo de bienes, en su caso. En este caso, no procede directamente, por ser la ejecución no dineraria, pero obviamente si se imponen multas coercitivas al responsable señalado a efectos de cumplimiento y éstas no se pagan, naturalmente que procederá el embargo de bienes.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l3t3.html#a551
4. Y el embargo, naturalmente lleva a una subasta de bienes, en este caso generalmente bienes inmuebles del responsable señalado al efecto. La adjudicación de bienes subastados se conoce con el nombre de remate.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l3t4.html#a670
Cuatro medidas, cuya aplicación o no al poderoso, marca la diferencia entre que exista o no Estado de derecho. Cuando se vaya por el punto 4, me avisan. Entonces y sólo entonces, me creeré lo del Estado de derecho.
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Buenas donde pongo el id que me habeis dado, o me podeis pasar el link con el auto ya buscado? gracias!