Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: tropic en 08 de Septiembre de 2011, 20:56:04 pm
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Alguien ha hecho el 2º parcial de intern. privado?
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Yo mismo, y creo que debe haber más gente.
Un saludo.
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Yó hice los dos parciales. Este segundo, creo que se resolvían ambos supuestos con el Reglamento 2201/2003, ¿no?, es que me hago un lío con ambos exámenes.
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Eso respondí yo. En los dos casos, el 2201/2003.
El primero, reconocimiento de sentencia de divorcio dentro de la Unión Europea.
El segundo, sustracción de menores con residencia habitual en un pais miembro.
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yo también, bético también he estado todo el mes de agosto dale que te pega, asi es que me vine tan contenta, que casi no me lo creo. Suerte para todos. ;)
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Alguien podria poner las preguntas que han caido en el examen de teoria o de practica en el 2º parcial?
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Hola:
Estaban en otro post de DIPri.
1) Reconocimiento de las personas jurídicas.
2) Forma de celebración del matrimonio entre español y extranjero en España.
3) La forma testamentaria.
4) La noción de materia contractual.
De los casos, el primero sobre reconocimiento de una sentencia de divorcio en Francia entre Español y Frances a efectos de inscripción en el Registro Civil, creo.
Y el segundo, sobre sustracción internacional de menores.
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Respuesta igual al compañero Torzon 2004
Solución R 2201/03
RESPONSABILIDAD PARENTAL
Y CONVALIDACIÓN AUTOMÁTICA DE SENTENCIAS DE DIVOrCIOS EN PAISES MIEMBRO DE LA UE.
Suerte!
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Mi respuesta tambien ha sido la misma,
Suerte a todos
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pues yo puse el convenio de la haya 1980 o sea que jodido aprobar la otra pregunta puse reconocimiento automatico y las tres preguntas estan acepatables no se si seran benevolos. en el primer parcial lo hice bien, no se si lo sacare adelante
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Me puede explicar alguien que diferencia hay entre aplicar el reglamento 2201/2003 y el convenio de la Haya de 1980?
Gracias.
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Me refiero en el caso concreto de este examen...por qué habeis aplicado el reglamento 2201/2003 en vez del Convenio de la Haya de 1980?
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Yó contesté a las tres primeras preguntas de desarrollo y creo que están bastante aceptables. A las preguntas de desarrollo contesté lo siguiente:
Primer caso:
1. El Reglamento nº 2201/2003.
2. Reconocimiento automático con la principal característica de que no es necesario el procedimiento de exequátur.
Segundo caso:
1. El derecho convencional en materia de sustracción internacional de menores es el Convenio de La Haya de 25 de octubre de 1980, pero a nivel europeo también se aplica el Reglamento nº 2201/2003.
2. Dña. Anne podrá recuperar a su hijo a no ser que se cumpliesen alguna de las siguientes circunstancias:
- Que el menor llevase más de un año residiendo en el otro Estado y estuviese integrado en el mismo.
- Que el traslado suponga un perjuicio para su integridad física o moral.
- Que siendo mayor de 12 años, se pronunciase en contra del traslado.
- Que el otro progenitor no cumpla con el régimen de visitas.
- Que el traslado hubiese sido acordado por ambos progenitores.
Más o menos eso es lo que he contestado. Me faltan detalles pero creo que está para un 5, o por lo menos eso espero.
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Me refiero en el caso concreto de este examen...por qué habeis aplicado el reglamento 2201/2003 en vez del Convenio de la Haya de 1980?
Porque al estar el menor trasladado o retenido dentro de Estado de la UE prevalece el Reglamento sobre lo que indique el Convenio de la Haya, y en lo no aplicable (o cuando lo especifique el Reglamento) entonces se produce aplicación del Convenio pero por remisión del propio Reglamento.
Si el menor está en Buenos Aires pues sería Convenio Haya 1980.
Un saludo.
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Abogadete,
el cómputo lo tienen que hacer de la resolución de las preguntas como de la resolución de los casos prácticos, por eso aunque hayas indicado el CONVENIO de 1980 tampoco te van a suspender por esa resolución , no sé uno poco explicaciones contextualizadas al caso y luego has indicado lo del Convenio... eso es muy objetivo.
Hay que esperar a resolver y ver la corrección del examen por parte de los profesores en general, a mi me paso en el primer parcial y tmb resolví mal pero conseguí aprobar el primer parcial. Creo que sí son más benévolos que en otras cátedras como en financiero a modo de ejemplo
Bueno venga mucho ánimo y seguro que apruebas !!
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Un poco de "off topic" para echar unas risas...
http://www.20minutos.es/noticia/1153669/0/samsung/tableta/europa/
Titular: La Justicia alemana prohíbe a Samsung vender en Europa su última tableta electrónica
Comentario al titular: ¿Desde cuando la justicia alemana tiene jurisdicción sobre toda Europa? Estos ya no esconden que son los amos de europa. A partir de ahora, cuando me venga una multa de tráfico, la recurrire a la justicia alemana, ya que es ella la que en realidad manda.
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Es que la MERKEL es la nueva dama de hierro y aquí se dice lo que diga ALEMANIA y que pasa.. con su rival FRANCIA.. en fin sumisión en todos los sistemas...
Incongruente noticias..
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Hola ! he visto este foro y os agradecería a cualquiera de vosotros que aconsejarais sobre apuntes de la asignatura para todos aquellos que nos vamos a matricular el curso que viene de la misma. Asimismo, de consejos de como afrontarla, trucos sobre los casos prácticos, modo de estudio, etc. MUCHAS GRACIAS.
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Hola:
Los apuntes que están en la zona de apuntes están bien. Pero mejor es un post que hay por ahí de algunos compañeros, como Palangana y alguno más. Te explica toda la asignatura en un pis pas. También es MUY interesante leer todos los reglamentos relativos al tema, que son bastante breves: R 44/2001, R 2201/2003, R 4/2009, etc. También los artículos del Código Civil y de la LOPJ relativos al tema, que son poquitos, etc.
Como dice el propio Palangana en un post. Leer los apuntes y estudiar las leyes. Y sobre todo, ese post.
Un saludo y suerte