Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: larry en 28 de Septiembre de 2011, 14:06:15 pm

Título: CASO DERECHO - MATRIMONIAL
Publicado por: larry en 28 de Septiembre de 2011, 14:06:15 pm
muy buenas, alguien me puede ayudar u orientar:

mi mujer y yo estamos en proceso de separacion (orden de alejamiento incluida) y tenemos una niña de 8 años en comun, la cuestion es que yo mande a mi madre a recoger el coche que ella conduce porque me hacia falta y del cual yo soy el titular y propietario (mi madre le cogio las llaves sin mas y se lo llevo). el coche en cuestion lo he tenido que vender a un hermano para pagar una deuda que por cierto ella me dejo antes de romper la relacion.
 la cuestion es que ella ha puesto una denuncia a mi madre por quitarle las llaves del coche y en la denuncia reclama que se le devuelva el coche porque en teoria le hace falta para llevar a la niña al colegio(cosa que no es cierta). mi madre ha recibido una citacion para juicio de faltas por coaccion y me surgen las siguientes cuestiones:

- ¿ puede el juez que dicte sentencia en ese juicio por coaccion obligarme a devolverle el coche a mi mujer si ya no esta a mi nombre y nunca ha estado a nombre de mi mujer?
Título: Re:CASO DERECHO - MATRIMONIAL
Publicado por: larry en 30 de Septiembre de 2011, 10:54:55 am
¿no hay ningun avispado? o a ese tema todavia no habeis llegado?
Título: Re:CASO DERECHO - MATRIMONIAL
Publicado por: peti85 en 30 de Septiembre de 2011, 11:40:22 am
Al margen de tu consulta, y de que creo que venderle el coche de tu mujer a tu hermano es un alzamiento de bienes en toda regla(muy mal enfocado, por cierto), he de decirte que avispados en este foro hay muchos. Somos gente inteligente y estudiada. De hecho, algunos de nosotros estudiamos para ganarnos la vida con esto. Vaya, que cobraremos por determinada información...

Lo siento si soy sarcástica pero lo de: "¿Todavia no habéis llegado a ese tema?" me ha gustado poco.

Un saludito
Título: Re:CASO DERECHO - MATRIMONIAL
Publicado por: larry en 30 de Septiembre de 2011, 13:02:39 pm
parece ser que no has leido o entendido bien el enunciado: el coche no era de mi mujer, a efectos legales el coche era mio, pues yo lo compre y la documentacion a mi nombre estaba, otra cosa es que ella lo condujera.

respecto a lo de avispados, no ha sido mi intencion ofender, pero he tenido que usar esa expresion para llamar un poquito la atencion y que alguien   contestara algo (aunque la contestacion lleve razon o sea mas o menos valida juridicamente), pues parece ser que es la unica manera de llamar la atencion.

saludos y gracias por el detalle.
Título: Re:CASO DERECHO - MATRIMONIAL
Publicado por: palangana en 30 de Septiembre de 2011, 13:21:59 pm
PRIMERO. Sean pacientes y respetuosos en las preguntas y cuestiones que se plantean.

SEGUNDO. Centrarse en la respuesta jurídica, eviten prejuzgar y no se tomen la justicia cada uno por su mano.

Gracias.
Título: Re:CASO DERECHO - MATRIMONIAL
Publicado por: Alfmonti en 30 de Septiembre de 2011, 14:00:21 pm
Pues en mi opinión, el caso depende de dos elementos: 1º El régimen del matrimonio 2º El momento de compra del vehículo.

Si el régimen matrimonial es de gananciales y el coche se compró dentro del matrimonio, el resultado es que no se puede vender sin el consentimiento de ambos cónyuges y de hacerlo, puede darse el alzamiento de bienes.

Si el régimen matrimonial era de gananciales y el coche se compró antes del matrimonio, se podría defender que el bien era privativo del compañero "larry" y no procede reclamación alguna.

Si el régimen matrimonial es de separación de bienes, estamos en el caso anterior.

Por último, me parece intrascendente el posible uso a que se destine el coche...salvo lo referente a la posible venta "fraudulenta" (si nos encontramos en el primer caso).

Saludos
Título: Re:CASO DERECHO - MATRIMONIAL
Publicado por: larry en 30 de Septiembre de 2011, 14:34:36 pm
yo creia que dentro del matrimonio no hay delito,
 pues si mi mujer me saca todo el dinero que teniamos en el banco y se lo gasta por ahi entonces tambien la puedo denunciar para reclamareselo, ¿no? pues lo ha sacado sin mi consentimiento y lo ha despilfarrado, ¿eso no seria en todo caso apropiacion indebida?

en cualquier caso, volviendo al tema del coche ¿si fuera alzamiento de bienes, eso es un delito o una falta y que supondria penalmente o administrativamente?

gracias de antemano alfmonti.
Título: Re:CASO DERECHO - MATRIMONIAL
Publicado por: Alfmonti en 30 de Septiembre de 2011, 19:25:50 pm
Dentro del matrimonio también hay delitos. Lo que no es delito, es la disposición de los bienes por uno de los cónyuges para la administración del patrimonio común. El hecho que tu esposa haya dilapidado los bienes no es necesariamente delito, eso es prodigalidad y podía haberse utilizado para privarla judicialmente de la capacidad de disposición de los bienes comunes.

Por otro lado, la diferencia entre delito y falta, en general está en el valor. Si es menor o igual que 400 euros es falta y en caso contrario,delito. Administrativamente no tiene trascendencia, si existe alguna consecuencia, será penal. delito art 257 CP, pena de 1 a 4 años o multa... falta art, 623 localización permanente 1 a 12 días o multa.

Pensándolo dos veces, lo que no veo es que tu madre haya cometido ningún tipo de infracción puesto que tu si tenías dominio sobre el coche, el hecho de pedirle a tu madre que lo cogiera, no la hace autora de ninguna falta.  La falta por coacciones supongo que fue por la forma de obtener las llaves (art. 620 CP, Multa de 10 a 20 días).

Saludos
Título: Re:CASO DERECHO - MATRIMONIAL
Publicado por: priramideuned en 30 de Septiembre de 2011, 19:29:30 pm
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muy buenas, alguien me puede ayudar u orientar:

mi mujer y yo estamos en proceso de separacion (orden de alejamiento incluida) y tenemos una niña de 8 años en comun, la cuestion es que yo mande a mi madre a recoger el coche que ella conduce porque me hacia falta y del cual yo soy el titular y propietario (mi madre le cogio las llaves sin mas y se lo llevo). el coche en cuestion lo he tenido que vender a un hermano para pagar una deuda que por cierto ella me dejo antes de romper la relacion.
 la cuestion es que ella ha puesto una denuncia a mi madre por quitarle las llaves del coche y en la denuncia reclama que se le devuelva el coche porque en teoria le hace falta para llevar a la niña al colegio(cosa que no es cierta). mi madre ha recibido una citacion para juicio de faltas por coaccion y me surgen las siguientes cuestiones:

- ¿ puede el juez que dicte sentencia en ese juicio por coaccion obligarme a devolverle el coche a mi mujer si ya no esta a mi nombre y nunca ha estado a nombre de mi mujer?



En primer lugar da igual el régimen matrimonial, si como dices compraste el coche con dinero propio, por lo que se trataría de un bien privativo a todos los efectos y que nunca formará parte de la sociedad de gananciales, sino que estará fuera de esta. Y será tu mujer quién deberá demostrar que fue con dinero de la sociedad de gananciales, puestos que la carga de la prueba le corresponde a ella, ya que el vehículo se encuentra a tu nombre. Es por ello que puedes disponer libremente del coche para venderlo, y no entraría dentro del supuesto de hecho de alzamiento de bienes, puesto que cada cual con los bienes privativos, incluso dentro del régimen de gananciales, puede hacer lo que desee.

En cuando a tu madre, por cierto en el lio que la has metido, tiene una solución, que declaré que fue una petición de su hijo, que le pidió que recogiese su coche, como favor, vamos. Enclavado en el supuesto de hecho de un contrato de mandato, habilitado por los art. 1709 - 1710 del CC, eximiendo así su responsabilidad por los hechos y derivandolo a tí directamente. Por cierto presentate como testigo al juicio y quedará resuelto a vuestro favor. Además que como cosa juzgada ya no podrá pedir nuevamente la devolución del coche, tan solo por su valor y si demuestra que se trata de un bien que pertenece a la sociedad de gananciales. Yo que tu, comenzaría a recabar información: facturas, recibos, movimientos bancarios, para no dejar lugar a dudas de que se compró con dinero privativo, es muy importante.

Esta información es gratuita y no podrá ser utilizada mas que este foro discente. Ya cobraremos, y bien cobrado, tranquilos.

Saludos.
Título: Re:CASO DERECHO - MATRIMONIAL
Publicado por: Alfmonti en 30 de Septiembre de 2011, 19:44:49 pm
Dentro del régimen matrimonial pueden existir tres patrimonios separados, los privativos de cada uno de los cónyuges y los comunes. El hecho de estar el coche comprado con dinero propio,o estar inscrito a nombre de uno de los cónyuges,  no lo hace privativo. ¿Existen capitulaciones en las que se establezcan las separaciones de bienes? Si el régimen es de gananciales, todo lo ganado dentro delo matrimonio es de ambos cónyuges salvo que sean frutos de bienes previos y no aportados al matrimonio.

Obviamente, no tenemos todos los datos para poder hacer una calificación correcta del caso.

Saludos
Título: Re:CASO DERECHO - MATRIMONIAL
Publicado por: priramideuned en 30 de Septiembre de 2011, 19:57:56 pm
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Dentro del régimen matrimonial pueden existir tres patrimonios separados, los privativos de cada uno de los cónyuges y los comunes. El hecho de estar el coche comprado con dinero propio,o estar inscrito a nombre de uno de los cónyuges,  no lo hace privativo. ¿Existen capitulaciones en las que se establezcan las separaciones de bienes? Si el régimen es de gananciales, todo lo ganado dentro delo matrimonio es de ambos cónyuges salvo que sean frutos de bienes previos y no aportados al matrimonio.

Obviamente, no tenemos todos los datos para poder hacer una calificación correcta del caso.

Saludos

Discrepo contigo, por que el bien comprado con dinero propio, sí lo hace privativo. O sino, ¿que ocurre con el apartamento en la playa comprado con los dineros provenientes de la herencia de la abuela?. Se trata de averiguar y tener más informaciónm (pruebas) al respecto. Lo cierto es que el coche está a su nombre, por cierto habría que ver en que momento compró el coche, si estaba constante el matrimonio, o la adquisición se realizó con anterioridad.
¡Que nos dé más datos para seguir indagando!.

Saludos.
Título: Re:CASO DERECHO - MATRIMONIAL
Publicado por: Alfmonti en 30 de Septiembre de 2011, 20:05:56 pm
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Discrepo contigo, por que el bien comprado con dinero propio, sí lo hace privativo. O sino, ¿que ocurre con el apartamento en la playa comprado con los dineros provenientes de la herencia de la abuela?. Se trata de averiguar y tener más informaciónm (pruebas) al respecto. Lo cierto es que el coche está a su nombre, por cierto habría que ver en que momento compró el coche, si estaba constante el matrimonio, o la adquisición se realizó con anterioridad.
¡Que nos dé más datos para seguir indagando!.

Saludos.

Si te fijas, compañero priramideuned, te darás cuenta que en lo principal estamos de acuerdo. La dificultad está en conocer el origen de los bienes y por supuesto, en la probatoria. Una vez que sepamos esto, podremos aplicarnos al caso.

Saludos
Título: Re:CASO DERECHO - MATRIMONIAL
Publicado por: larry en 30 de Septiembre de 2011, 23:38:21 pm
la cuestion es que en ese juicio proximo de faltas por coacciones a mi madre por la manera de quitarle las llaves a mi aun todavia esposa, ella puede pedir al juez y al ministerio fiscal que a parte de la posible multa por coacciones tambien se le devuelva el coche del que ella hacia uso pero que ya no esta ni a nombre de su marido o sea al mio, ni tampoco al de ella, por supuesto.

en caso de que se le inponga dicha devolucion del coche, supongo que cabria recurso de apelacion contra dicha resolucion.
Título: Re:CASO DERECHO - MATRIMONIAL
Publicado por: Alfmonti en 01 de Octubre de 2011, 09:19:30 am
Las sentencias, en general y salvo casos tasados, son recurribles.  Si se sentenciase la restitución de la cosa en la responsabilidad civil, sería por el valor de esta puesto que ya está en poder de un tercero de buena fe.

Siguen sin quedar claros demasiados puntos:
1º forma de comienzo del proceso: denuncia o querella
2º Quién lo inicia. Tu esposa o fiscal
3º Cual es la petición penal
4º Cual es la pretensión  civil
5º Pruebas (documentos, testigos...)

Todo esto tiene importancia puesto que el Juez tiene que ser congruente en su sentencia con lo pedido por las partes. Me explico, si no hay pretensión civil de resarcimiento, no puede el juez condenar a la devolución del vehículo.

Por lo que nos has contado hasta ahora, me imagino que el juicio va ha quedar en una absolución libre si no hay testigos o en una condena de multa si existen testigos.

Saludos
Título: Re:CASO DERECHO - MATRIMONIAL
Publicado por: larry en 01 de Octubre de 2011, 09:58:16 am
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Las sentencias, en general y salvo casos tasados, son recurribles.  Si se sentenciase la restitución de la cosa en la responsabilidad civil, sería por el valor de esta puesto que ya está en poder de un tercero de buena fe.

Siguen sin quedar claros demasiados puntos:
1º forma de comienzo del proceso: denuncia o querella
2º Quién lo inicia. Tu esposa o fiscal
3º Cual es la petición penal
4º Cual es la pretensión  civil
5º Pruebas (documentos, testigos...)

Todo esto tiene importancia puesto que el Juez tiene que ser congruente en su sentencia con lo pedido por las partes. Me explico, si no hay pretensión civil de resarcimiento, no puede el juez condenar a la devolución del vehículo.

Por lo que nos has contado hasta ahora, me imagino que el juicio va ha quedar en una absolución libre si no hay testigos o en una condena de multa si existen testigos.

Saludos

1- el proceso comienza por denuncia de mi esposa ante la guardia civil.
2- la peticion penal tanto de su abogado particular como del fiscal creo que es multa de 10 dias a 6 euros/dia y la devolucion del coche.
3- que yo sepa no hay pretension civil.
4- tiene un testigo a su favor.
Título: Re:CASO DERECHO - MATRIMONIAL
Publicado por: Drop en 01 de Octubre de 2011, 10:06:17 am
¿Exactamente cómo cogió tu madre las llaves del coche?
Título: Re:CASO DERECHO - MATRIMONIAL
Publicado por: larry en 01 de Octubre de 2011, 12:15:02 pm
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¿Exactamente cómo cogió tu madre las llaves del coche?

exactamente en un descuido se las cogio  de sus propias manos, ante la negativa de esta a entregarselas.
Título: Re:CASO DERECHO - MATRIMONIAL
Publicado por: larry en 01 de Octubre de 2011, 12:33:33 pm
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Pues en mi opinión, el caso depende de dos elementos: 1º El régimen del matrimonio 2º El momento de compra del vehículo.

Si el régimen matrimonial es de gananciales y el coche se compró dentro del matrimonio, el resultado es que no se puede vender sin el consentimiento de ambos cónyuges y de hacerlo, puede darse el alzamiento de bienes.

Si el régimen matrimonial era de gananciales y el coche se compró antes del matrimonio, se podría defender que el bien era privativo del compañero "larry" y no procede reclamación alguna.

Si el régimen matrimonial es de separación de bienes, estamos en el caso anterior.

Por último, me parece intrascendente el posible uso a que se destine el coche...salvo lo referente a la posible venta "fraudulenta" (si nos encontramos en el primer caso).

Saludos

sinceramente no entiendo mucho de derecho pero en todo caso no creo que le puedan imputar alzamiento de bienes por las siguientes razones: vease enlace. no se dan las circustancias por la que se codifica dicho delito o falta.

http://www.gabilos.com/comosehace/FigurasDelictivas/textoInsolvencias.htm
Título: Re:CASO DERECHO - MATRIMONIAL
Publicado por: velypereira en 01 de Octubre de 2011, 12:45:44 pm
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sinceramente no entiendo mucho de derecho pero en todo caso no creo que le puedan imputar alzamiento de bienes por las siguientes razones: vease enlace. no se dan las circustancias por la que se codifica dicho delito o falta.

http://www.gabilos.com/comosehace/FigurasDelictivas/textoInsolvencias.htm


Estoy de acuerdo en que se están mezclando conceptos, esto no tiene nada que ver con un alzamiento de bienes.
Título: Re:CASO DERECHO - MATRIMONIAL
Publicado por: Alfmonti en 01 de Octubre de 2011, 12:49:36 pm
larry, tu madre en ningún momento comete el delito de "alzamiento" puesto que actúa por encargo de un propietario legítimo que eres tu. El delito de alzamiento, de existir y volvemos al principio, lo comete el que vende los bienes para ocultarlos de los posibles acreedores. En este caso, y en tanto no conozcamos como se compró el coche, hay que dar por supuesto que la compra se hizo con el patrimonio privativo y por tanto la venta fue ajustada a derecho.

La restitución de la cosa que le piden a tu madre, ya se realizó en el momento que te la entregó a ti que eras propietario. Por tanto entiendo que el asunto en el peor de los casos quedará en multa salvo que se pueda tachar el testigo. Esto último se consigue fácilmente si se demuestra que el testigo tiene interés en el caso. Por ejemplo, que sea familiar de la esposa, amigo...

Saludos
Título: Re:CASO DERECHO - MATRIMONIAL
Publicado por: dondigo en 10 de Octubre de 2011, 13:55:26 pm
Por lo que he leido en el post...(no tengo ni idea de derecho todavía), Larry tendrá que demostrar que el dinero con el que pagó el coche era privativo, es decír que lo ganó antes del matrimonio y por ende antes de que se constituyese la sociedad de gananciales, o bien, como en el ejemplo del piso en la playa, que el dinero fue conseguido en estado de casado pero por la enajenación de un bien privativo. ¿He entendido bien?
Título: Re:CASO DERECHO - MATRIMONIAL
Publicado por: Lili en 10 de Octubre de 2011, 17:07:21 pm
Sí, supongamos que el matrimonio rige por el régimen de bienes gananciales ( Larry no nos contesta a respecto) y no han otorgado capitulaciones matrimoniales, es decir separar los bienes en el momento de la separación de hecho ( tampoco no contesta al respecto), en este caso, constante la sociedad de gananciales, ( el matrimonio todavía no está disuelto) hay que distinguir entre bienes propios o privativos y bienes gananciales. (art 1344 y ss CC)
El CC establece que se presumen bienes gananciales los bienes existentes  en el matrimonio salvo prueba en contrario (art 1361 CC,  iuris tantum),  si no consta su titularidad. En caso de bienes muebles no registrados hace falta probar el carácter privativo ya que los bienes que son adqueridos a título oneroso constante matriomonio tienen carácter ganancial.
Como se ha dicho antes, resulta, pues, decisivo la fecha de compra del coche: antes o después de la celebración del matrimonio.
Si ha sido antes, el coche es un bien privativo de Larry, si ha sido despúes se presume ganancial todo lo que se adquiere  a título oneroso. No veo muy factible probar que una suma de dinero ganado antes del matrimonio se haya reservado para la compra del coche ya que se suele disponer del dinero de una cuenta donde se mezcla con salarios y ontro s ingresos  que se supone contribuyen al sostenimiento de la familia y de los gastos de administración ordinaria.
Si Larry ha contribuido con una suma de dinero privativo  a las cargas de la sociedad de gananciales tendrá derecho de reintegro en el momento de las capitulaciones.
De modo que no podrá quitarle el coche a su mujer porque sí, y si ha vendido el coche para pagar una deuda debe el importe a la sociedad de gananciales.
El caso se va complicando:
- de las deudas contraídas por ambos cónyuges ( o uno con el consentimiento del otro) en la sociedad de gananciales,  en el ejercicio de la potestad doméstica, responden directamente los bienes gananciales. ( art 1367)
- de las deudas de un cónyuge en cargo a la sociedad de gananciales responden los bienes privativos del deudor y los bienes gananciales. (art 1369)
Lo que puede hacer el matrimonio es, antes que nada, instar la disolución de la sociedad de gananciales otorgando capitulaciones matrimoniales efectuando inventario y  la consiguiente liquidadción. Si no se disuelve el matrimonio y hay reconciliación siempre pueden cambiar al antiguo régimen.
Si optan por presentar la demanda de separación judicial antes de  la disolución definitiva del matrimonio por divorcio,  obtendrán el mismo efecto y es recomendable elaborar un convenio regulador donde figuran además el cuidado del hijo, el uso de la vievienda y demás aparte de la liquidación de la sociedad de gananciales.