Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: Pato en 08 de Octubre de 2011, 20:59:44 pm

Título: INTERESES
Publicado por: Pato en 08 de Octubre de 2011, 20:59:44 pm
Hola a todos,
alguien me puede indicar que porcentaje de interés se aplica a la hora de realizar una liquidación de gananciales en caso que haya que igualar a las partes??.
Como ejemplo imaginad que uno de los ex-cónyuges ha pagado 40.000€ de gastos de hipoteca de un piso mas que el otro cónyuge en los últimos 5 años.

Entiendo que el interés que el otro cónyuge tiene que pagar por cada año no será el IPC, no??

Un saludo y gracias
Título: Re:INTERESES
Publicado por: velypereira en 08 de Octubre de 2011, 23:46:56 pm
El interés legal del dinero se publica  de manera oficial cada año y es de suponer que sea ese el aplicable. Saludos.
Título: Re:INTERESES
Publicado por: Pato en 09 de Octubre de 2011, 01:24:29 am
Para agilizar la búsqueda, sabes si se publica en B.O.E, en la web del ministerio,.....??

Muchas gracias
Título: Re:INTERESES
Publicado por: palangana en 09 de Octubre de 2011, 08:41:47 am
Está en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (anual). Como toda Ley se publica. Un saludo.
Título: Re:INTERESES
Publicado por: Pato en 09 de Octubre de 2011, 13:17:32 pm
Gracias, ya lo encontré.
Supongo que tengo que aplicar el interés de demora de cada año y no el interés legal ya que hablamos de retroactividad a 5 años, no?

Saludos y gracias por vuestra ayuda
Título: Re:INTERESES
Publicado por: Drop en 10 de Octubre de 2011, 00:25:55 am
No. Año a año, calculando las cantidades pagadas cada mes, debes aplicar el interés legal del dinero. Aquí la tabla: http://www.reicaz.es/normaspr/tablasdi/tbldiner.htm
Título: Re:INTERESES
Publicado por: velypereira en 10 de Octubre de 2011, 09:54:14 am
Correcto, al menos así se aplica normalmente.