Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: juanon en 22 de Octubre de 2011, 01:06:19 am
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Hola a tod@s soy nuevo por aqui mi nombre es juan soy de zaragoza y tengo una duda y os pido ayuda en un tema referente a una herencia que paso a explicarme lo mejor posible.
Hoy me acabo de enterar de que mi madre falleció hace cinco años y mis hermanos no me lo han notificado y al parecer hay una herencia de por medio mis preguntas son las siguientes:
¿Se puede desheredar a un hijo?¿Tiene tiempo de prescripcion?¿Tienen obligacion judicialmente a notificarme su fallecimiento? y por ultimo ¿se puede poner una clausula que si en un tiempo determinado no reclamo la herencia la pierdo sin haberme avisado y cual es el tiemppo maximo para reclamar?
Espero por favor vuestras respuestas y gracias de antemano.
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Hola:
Lo primero que hay que saber es el derecho aplicable. Necesitamos más datos.
Saludos,
jbr
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En concreto: ¿dónde ha fallecido la madre? ¿En Aragón? ¿Sabes si había nombrado un albacea? ¿Estaba casada y ha sobrevivido el marido?
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Supongo que se podía empezar pidiendo el Certificado de Últimas Voluntades del Registro Central en Madrid por sí había otorgado un Testamento Notarial.
http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/es/1200666550200/Tramite_C/1214483963297/Detalle.html
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Hola de nuevo mi madre murio en barcelona y mi padre hace ocho años que tambien fallecio nos dejo la mitad de una casa a los cuatro hijos y la otra mitad era de mi maddre
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¿Se puede desheredar a un hijo?
Solo por las causas tasadas por Ley
¿Tiene tiempo de prescripción?
La acción hereditaria no prescribe jamás.
¿Tienen obligacion judicialmente a notificarme su fallecimiento?
Sin notificarte para que aceptes o renuncies, o sin tu certificado de defunción los demás coherederos no podrían adjudicarse nada ya que el Notario no lo haría.
¿se puede poner una clausula que si en un tiempo determinado no reclamo la herencia la pierdo sin haberme avisado y cual es el tiemppo maximo para reclamar?
Esa cláusula sería nula. El tiempo lo dije arriba, la acción hereditaria no prescribe jamás, pasen 3 años o 70.
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Gracias a tod@s por vuestra ayuda ahora lo tengo bastante claro y voy a poner la correspondiente demanda seguiremos en contacto ya os contare como van las cosas GRACIAS DE NUEVO