Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: bonachon en 30 de Octubre de 2011, 13:23:15 pm
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hola, el otro dia falte trabajo por acompañar por urgencias a hermano, al final se operó, y cual fue mi sorpresa, que mi jefe me dijo que no tenia derecho a dia.
Soy funcionario administracion local, y no tengo convenio, me regularia por..., segun el solo tengo derecho si es padre o hijo.
Me gustaria me contestaran si tengo derecho y en base a que, y aclararan si por consaguinidad tendria derecho, gracias de antemano
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hola, el otro dia falte trabajo por acompañar por urgencias a hermano, al final se operó, y cual fue mi sorpresa, que mi jefe me dijo que no tenia derecho a dia.
Soy funcionario administracion local, y no tengo convenio, me regularia por..., segun el solo tengo derecho si es padre o hijo.
Me gustaria me contestaran si tengo derecho y en base a que, y aclararan si por consaguinidad tendria derecho, gracias de antemano
No se exactamente que dice el Estatuto de los Trabajadores al respecto, pero en principio la hospitalización, te da un día de permiso si es hasta segundo grado de consaguinidad (eso dice mi convenio colectivo)
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Hola:
Si eres funcionario no es de aplicación el Estatuto del trabajador hay que aplicar la ley 7/2007, Estatuto básico del empleo público, en el art. 48 de dicha ley tienes los permisos retribuidos a que tienen derecho los funcionarios que no tienen convenio colectivo.
Saludos cordiales,
jbr
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Tienes derecho hasta el segundo grado sea por consanguinidad o por afinidad. Si eres funcionario público es de aplicación el EBEP.
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Buenos diás
Vamos a ver Bonachon, según el EBEP tienes derecho a dos días dentro de la misma localidad, si es este el caso, en caso de que sea fuera de la localidad creo que son tres dias. este permiso es retribuido hasta el segundo grado por consaguinidad o afinidad, tu hermano es el segundo grado, luego si tienes derecho a esos días por operación de tu hermano.
Revisa el EBEP y ensñaselo al jefe, si no, ya sabes, al sindicato correspondiente.