Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: CARLOS CT en 30 de Octubre de 2011, 22:20:45 pm

Título: pago plusvalía entre particulares
Publicado por: CARLOS CT en 30 de Octubre de 2011, 22:20:45 pm
Buenas noches,el pasado mes de agosto firmé en escritura pública la compraventa de una vivienda.Yo soy el comprador y el vendedor no es un profesional es decir,es otro particular.El hecho es que en la escritura de compraventa se hace constar que  Todos los gastos e impuestos de la transmisión serán a cargo de la parte compradora,incluido el Impuesto sobre Incremento de Valor de los Terrenos. --
Dicha plusvalía asciende a 7162 euros.
Mi pregunta es si realmente me corre`ponde pagarla a mí.
Gracias por la ayuda
Título: Re:pago plusvalía entre particulates
Publicado por: foto031 en 30 de Octubre de 2011, 22:27:56 pm
Independientemente de lo que pone la escritura, a efectos de pago el sujeto pasivo es el vendedor, échale un vistazo a la Ley de Hacienda Locales, no obstante lo puesto en la escritura es un pacto entre comprador y vendedor, éste puede reclamarte luego el pago, pero en principio a quien corresponde es al vendedor.
Título: Re:pago plusvalía entre particulates
Publicado por: palangana en 30 de Octubre de 2011, 22:44:33 pm
Siempre se dice en Derecho Civil "salvo pacto en contrario", si el comprador firma, palma.

Un saludo.
Título: Re:pago plusvalía entre particulates
Publicado por: jbr en 30 de Octubre de 2011, 22:55:48 pm
Hola:

  El sujeto pasivo de es impuesto es el vendedor, por lo tanto hacienda siempre irá contra él si no se paga, otra cosa es que si has pactado que se hace cargo el comprado, el vendedor siempre podrá exigirle la cantidad pagada.

  Saludos,

   jbr
Título: Re:pago plusvalía entre particulates
Publicado por: nacho sanchez en 30 de Octubre de 2011, 22:59:26 pm
Yo trabajo en una entidad financiera y la plusvalia salvo pacto en contrario la paga el vendedor; ya que es la diferencia sobre el último valor de la vivienda y el precio actualizado de la venta de la vivienda.
De todas formas en la escritura pública de la compraventa debería estar contenido en una de las claúsulas.
Si tienes dudas puedes comunicarte conmigo en:

nachosanbe@yahoo.es
Título: Re:pago plusvalía entre particulates
Publicado por: Liberto en 31 de Octubre de 2011, 15:28:29 pm
El proceso sería el siguiente:

-El obligado a pagar es el vendedor, luego Hacienda se lo reclamará a él.

-No obstante, si firmaste en escritura pública que eras tú(el comprador) quien se hacía cargo de esos gastos, él podrá reclamártelo por la vía civil en su caso.

Un saludo.
Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: gateway en 04 de Noviembre de 2011, 08:07:12 am
El obligado es el vendedor, pero en mi caso, compré hace poco más de un año mi casa y en el contrato de compraventa quedaba claro que YO me hacía cargo de ese pago.
Lo malo es que si lo vendo algún día, me tocará volver a soltar pasta por ese mismo concepto.

En principio va a cargo del vendedor a menos que las partes pacten lo contrario.

saludos.
Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: helico en 04 de Noviembre de 2011, 10:57:55 am
Hola a todos , os comento en referencia al pago de plusvalia lo que hacemos en nuestro despacho, en primer lugar por imperativo legal la plusvalia la paga el que la genera, es decir el vendedor (diferencia entre el precio de compra o adquisicion - independientemente del titulo- y el precio de venta; a este diferencial se le aplica el coeficiente del impuesto en función de los años transcurridos, etc,etc. ). Tener en cuenta que su gestion es de ambito municipal y en algunas CC.AA lo gestionan organismos de gestion tributaria dependientes de las Diputaciones, como es el caso de Cataluña para una gran mayoria de ayuntamientos (no todos).
Pues bien, si en la escritura de compraventa aunque se cite que el impuesto de plusvalia lo pagará el comprador, expresamente el impuesto se girará a nombre del transmitente titular del bien. Cuando de comun acuerdo lo paga el comprador nosotros lo hacemos constar en escritura y previamente calculamos el importe en al CC.AA el notario por medios telemáticos obtiene el càlculo del impuesto a fecha de otorgamiento de escritura, sabiendo éste montante, en el momento de formalizar el documento el comprador debe de aportar el dinero y hacer deposito en la notaria para la prevision de pago con mandato al notario para realizar su liquidacion.
En caso contrario que sucede (por experiencia profesional) todo son buenas palabras pero aunque conste en escritura, el impuesto se girará a nombre del vendedor y este si no paga será requerido en via de apremio por mucho que alegue.......y para salvar la cuantia de este importe deberá acudir a reclamacion por via civil ...... el tiempo pasa, la administración continuará con su procedimiento administrativo, y el comprador que reconoció su obligacion en escritura publica seguirá haciendose el "loco" con tal de no pagar. Creo que el concepto esta claro.Saludos             
Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: motero41 en 04 de Noviembre de 2011, 15:50:43 pm
Tienes que distinguir entre el obligado tributario al pago, esto es el vendedor, sujeto al que el ayuntamiento se va a dirigir para que pague, y otra cosa lo que se haya acordado en documento público o privado.
El notario debía haber advertido de esta circunstancia.
Espero haberte servido de ayuda
Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: JOAQUINGM en 04 de Noviembre de 2011, 17:10:42 pm
No sé si en todas las comunidades autónomas y ayuntamientos será así, pero en algunos si la vivienda la vendes antes de que transcurra un año desde que la compraste, el vendedor estaría exento de pagar la plusvalía, aunque la liquidación hay que hacerla. SALUDOS. 
Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: Drop en 04 de Noviembre de 2011, 17:58:17 pm
Es bastante usual que en un contrato de compraventa la plusvalía se endose al comprador. El comprador puede tenerla en cuenta al calcular el coste total de su adquisición.

Cabe preguntarse qué ocurre si el comprador, supuesto obligado tributario, no la abona. Bueno, pues creo recordar que el bien afecto a ese pago es precisamente el inmueble. Corregidme si me equivoco. Y ello significa que, si no se paga, el Ayuntamiento irá contra el inmueble. Presentaría solicitud de embargo.
Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: palangana en 04 de Noviembre de 2011, 19:30:20 pm
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Es bastante usual que en un contrato de compraventa la plusvalía se endose al comprador. El comprador puede tenerla en cuenta al calcular el coste total de su adquisición.

Cabe preguntarse qué ocurre si el comprador, supuesto obligado tributario, no la abona. Bueno, pues creo recordar que el bien afecto a ese pago es precisamente el inmueble. Corregidme si me equivoco. Y ello significa que, si no se paga, el Ayuntamiento irá contra el inmueble. Presentaría solicitud de embargo.

Pues yo no estoy totalmente de acuerdo compañero Drop. Una cosa es el principio de autotutela y de ejecutoriedad y ejecutividad de la Admón, la Admón Tributaria es Admón, y otra cosa es materialización de esos principios de cualquier forma. En mi opinión debe hacer cuantos actos sean necesarios y amparen las leyes pero de forma siempre menos gravosa para el administrado. Es decir, si tiene cuentas, pues le embarga las cuentas, y contra el inmueble irá después (por ejemplo). Eso creo yo,

Un saludo.
Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: jbr en 04 de Noviembre de 2011, 20:25:37 pm
Hola:

  El obligado tributario es el vendedor y es el que responderá ante la administración. Otra cosa sería que el vendedor pueda tener acción por la obligación contraída, y pueda solicitar por medio de juicio de cantidad.

  No obstante he encontrado este artículo que puede aclarar un poco esta situación y parecer ser que ni poniéndolo en escritura pública.

  http://noticias.juridicas.com/articulos/35-Derecho%20Fiscal,%20Financiero%20y%20Tributario/200706-241024587451245845300.html

  Saludos cordiales,

  jbr
Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: golfo119 en 04 de Noviembre de 2011, 20:28:54 pm
Como bien comenta algún compañero, en el caso de las transmisiones inter vivos, el sujeto pasivo del impuesto es el transmitente, en este caso el vendedor, contra quien se dirigirá el procedimiento de ejecución forzosa (apremio sobre los bienes del deudor) en caso de impago. No es cierto que este impuesto (plusvalía) quede afecto al bien inmueble transmitido, eso ocurre sólo con el IBI.
Por otro lado, como bien comentan los compañeros, los pactos entre particulares (aunque se eleven a documento público) no vinculan a la Administración Tributaria, esto se desprende del propio precepto de la vigente Ley General Tributaria.
Ahora bien, me gustaría añadir, como apunte JBR, a todo lo que se ha dicho, que la jurisprudencia y la doctrina vienen determinando que este tipo de cláusulas (pago del plusvalía por parte del comprador) son abusivas, y por tanto nulas.

Salu2
Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: jbr en 04 de Noviembre de 2011, 20:42:17 pm
Hola Golfo119:

  Efectivamente, si lees el artículo que he puesto a esa conclusión se llega. Aunque sabemos que habría que acudir al juez y éste dirá.

  Saludos cordiales,


  jbr
Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: palangana en 04 de Noviembre de 2011, 20:55:55 pm
Ya estamos, ya estamos con los inventos doctrinales y jurisprudenciales...cada vez que se ponen a legislar por su cuenta y riesgo, un servidor se echa a temblar !!

Art.1.1 CC y 1.6 CC, luego la ley es fuente del derecho directa; la jurisprudencia, no....y la jurisprudencia menor, menos todavía.

A cargo del vendedor salvo que se disponga otra cosa (lo permite la ley). Luego si se dispone otra cosa, el comprador palma y paga, de conformidad con la ley y con el principio de la autonomía de la voluntad y libertad de pactos.

Un saludo.
Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: jbr en 04 de Noviembre de 2011, 21:02:43 pm
Estimado Palangana:

  Que sí, que todo lo que tú quieras y todo lo que quiera la ley decir..., debería ser que si se ha pactado, pues el que se obliga paga..., pero..., hay lo que hay.ç

  Saludos,

  jbr
 
Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: palangana en 04 de Noviembre de 2011, 21:05:53 pm
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Estimado Palangana:

  Que sí, que todo lo que tú quieras y todo lo que quiera la ley decir..., debería ser que si se ha pactado, pues el que se obliga paga..., pero..., hay lo que hay.ç

  Saludos,

  jbr
 

Eso se llama jurisprudencia contra legem= prevaricación.

Un saludo
Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: Drop en 04 de Noviembre de 2011, 22:00:16 pm
Interesante discusión.  Desconocía esa jurisprudencia.

Un detalle:

Cuando el contribuyente sea una persona física no residente en España, y no pague el impuesto, el sustituto legal es el adquiriente: Artº 106 del  Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: ctorre9 en 05 de Noviembre de 2011, 17:48:13 pm
Palangana mira que te gusta la discordia.

Están comentado que en ciertos casos (viviendas de VPO o cuando el transmitente es una empresa promotora o en cualquier otra circunstancia similar) donde el transmitente tiene una mayor prevalencia o potestad sobre el adquirente, se considera por la jurisprudencia una cláusula abusiva y no por ello dicha jurisprudencia va contra legen.

Saludos.

Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: palangana en 05 de Noviembre de 2011, 21:05:52 pm
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Palangana mira que te gusta la discordia.

Están comentado que en ciertos casos (viviendas de VPO o cuando el transmitente es una empresa promotora o en cualquier otra circunstancia similar) donde el transmitente tiene una mayor prevalencia o potestad sobre el adquirente, se considera por la jurisprudencia una cláusula abusiva y no por ello dicha jurisprudencia va contra legen.

Saludos.

No hay ninguna discordia (ni a mí me gusta la discordia), sencillamente opiniones jurídicas fundamentas y contradictorias dentro de un hilo y debate interesante y enriquecedor a mi entender. Hay que acostumbrase, sobre todo si se ejerce la abogacía o cualquier otra actividad jurídica, a que haya opiniones distitnas.

Un saludo cordial.
Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: joran6 en 06 de Noviembre de 2011, 11:34:49 am
El inmueble queda siempre a salvo en el supuesto impago de este impuesto. Corresponde pagarlo al vendedor (salvo pacto en contrario). La Administración irá contra el vendedor si este impuesto no es liquidado pero nunca irá contra el inmueble, el cual ha pasado a ser de otro propietario.

No ocurre aquí como en los impagos de la comunidad en la Ley de Propiedad Horizontal en los que, de producirse, sí se puede ir contra el propio inmueble respondiendo éste de las deudas que ha dejado el anterior propietario.

Un saludo a todos.
Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: vickyff en 08 de Noviembre de 2011, 13:15:45 pm
plusvalía la paga el vendedor pero si has pactado otra cosa prevalece esta ultima. SI tu pagas y le reclaman a el, el luego te reclamara a  ti y tiene las de ganar porque tu has aceptado el pago con tu firma por lo tanto si tuvieras que ir a juicio perderías, y encima podrías pagar costas, interés dinero....etc .... te aconsejo que pagues la verdad. Y sobre todo aconsejo que antes de firmar nada se lea la letra pequeña porque luego nos pueden ocurrir cosas como estas....
Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: golfo119 en 09 de Noviembre de 2011, 16:29:33 pm
Vickyff eso lo debe decidir un juez, llegado el caso. Además si echas un vistazo, los tribunales vienen considerando que este tipo de cláusulas son abusivas, a mi entender contrarias a la ley, ya que la normativa tributaria impone este pago al vendedor, y como sabemos el principio de autonomía de la voluntad tiene límites, uno de ellos la propia ley (CC).


Salu2
Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: marikarmen en 11 de Noviembre de 2011, 11:48:33 am
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Ya estamos, ya estamos con los inventos doctrinales y jurisprudenciales...cada vez que se ponen a legislar por su cuenta y riesgo, un servidor se echa a temblar !!

Art.1.1 CC y 1.6 CC, luego la ley es fuente del derecho directa; la jurisprudencia, no....y la jurisprudencia menor, menos todavía.

A cargo del vendedor salvo que se disponga otra cosa (lo permite la ley). Luego si se dispone otra cosa, el comprador palma y paga, de conformidad con la ley y con el principio de la autonomía de la voluntad y libertad de pactos.

Un saludo.
CONFORME AL ART. 1258 DEL CC, LAS CLÁUSULAS ABUSIVAS SE TIENEN POR NO PUESTAS
Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: palangana en 11 de Noviembre de 2011, 12:50:16 pm
Es que no estamos hablando de cláusulas abusivas, sino de inciso legal "salvo que se disponga otra cosa"

Además de que eso de "abusiva" tendría que determinarse...no por el hecho de decir aquí que esto o lo otro es abusivo, realmente lo es.

Los pactos y acuerdos són válidos siempre que no sean contra legem (no es lo es, de hecho se permite legalmente), contrarios a lo moral o orden público (tampoco), con vicios del consentimiento (no consta en el expediente); y en derecho privado rige la libertad de pactos (autonomía de la voluntad y vinculación por actos propios).

Un saludo.

PD: las mayúsculas para iniciar escrito, tras punto, nombres propios o para resaltar algo...pero ya está. Gracias.
Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: golfo119 en 11 de Noviembre de 2011, 14:56:47 pm
Este impuesto grava el incremento en el valor de los terrenos experimentado a lo largo del tiempo, incremento que ha beneficiado al vendedor no al comprador, por tanto se viene considerando una cláusula abusiva y nula.
A mi me parece un acierto esta interpretación (pese a quien le pese), aunque evidentemente habrá que acudir a los tribunales. No obstante sigo pensando que este tipo de pactos son contrarios a la ley, a la ley que regula el impuesto, que como bien sabemos, tiene carácter imperativo.
Salu2
Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: palangana en 11 de Noviembre de 2011, 15:14:39 pm
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Este impuesto grava el incremento en el valor de los terrenos experimentado a lo largo del tiempo, incremento que ha beneficiado al vendedor no al comprador, por tanto se viene considerando una cláusula abusiva y nula.
A mi me parece un acierto esta interpretación (pese a quien le pese), aunque evidentemente habrá que acudir a los tribunales. No obstante sigo pensando que este tipo de pactos son contrarios a la ley, a la ley que regula el impuesto, que como bien sabemos, tiene carácter imperativo.
Salu2

¿A quién puede pesar un opinión jurídica distinta?. A mí personalmente, no.

Un saludo.
Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: golfo119 en 11 de Noviembre de 2011, 16:38:03 pm
 ;D las opiniones jurídicas distintas pueden ser interesantes y muy constructivas ¡¡

Salu2
Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: palangana en 11 de Noviembre de 2011, 16:42:43 pm
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;D las opiniones jurídicas distintas pueden ser interesantes y muy constructivas ¡¡

Salu2

Exacto, por eso no pueden "pesar" a nadie...al menos a nadie del mundo jurídico. Un saludo  :)
Título: Re:pago plusvalía entre particulares
Publicado por: Ecalchot en 28 de Noviembre de 2011, 00:49:31 am
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Interesante discusión.  Desconocía esa jurisprudencia.

Un detalle:

Cuando el contribuyente sea una persona física no residente en España, y no pague el impuesto, el sustituto legal es el adquiriente: Artº 106 del  Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Cierto...y aunque sea residente, si la administración acredita que ha intentado buscar y notificar a esa persona y no lo consigue, tambien le toca al comprador...XDDD