Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: Robinson en 04 de Noviembre de 2011, 14:55:03 pm

Título: Pregunta de FyT II
Publicado por: Robinson en 04 de Noviembre de 2011, 14:55:03 pm
En relación a los artículos 23.1b y 23.2 del a Ley de IRPF y artículos 15 y 16 del Reglamento, alguien me puede explicar que significa o a que se refiere cuando dice:

"requisito de efectividad" "3%"
"coste de adquisición satisfecho"
"valor del suelo"

Si alguien es tan amable de transcribirme estos artículos al castellano y ponerme algun ejemplo práctico se lo agradecería, por que por mas que leo y releo no logro entender este tema de la amortización

desde ya muchas gracias, un saludo ;)

Título: Re:Pregunta de FyT II
Publicado por: Manela en 04 de Noviembre de 2011, 16:45:00 pm
Robinson:A ver si te puedo ayudar:
Hablamos de inmuebles arrendados, por ejemplo, por el que tenemos que declarar lo cobrado íntegro, menos la cantidad que corresponda al deterioro anual del inmueble. Pues la Ley permite que en lugar de esa cantidad, se deduzca un 3% del valor de adquisición o del valor catastral (el mayor de los dos) sin tener en cuenta el valor del suelo del inmueble.

Entiende la Ley que se cumple el requisito de efectividad significa que considera como deterioro ese 3%
Coste de adquisición satisfecho es el importe pagado por la compra del inmueble
Valor del suelo es el pagado por el suelo del inmueble o el asignado por el catastro como valor del suelo

Espero que te sirva de ayuda.