Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: jamgo en 26 de Diciembre de 2011, 09:07:07 am
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Hola, alguien me puede aclarar el 2º epígrafe de este tema: LA DIFERENCIA ENTRE CAUSALIDAD EN EL MARCO FISICO-NATURAL Y LA CAUSALIDAD EN EL AMBITO SOCIO-CULTURAL. Características de ambos conceptos. Pero claro si puede que sea una explicación más bien coloquial, para rococó ya tengo el manual. SALUDOS.
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Hola Jamgo, antes de nada perdona por no haberte contestado a las preguntas que comentabas que no sabías de Penal I, pero no te podía contestar, pues entre poco que me he metido en el foro e ir tu más avanzada, y lo liada que estoy con el trabajo, no he podido. La empresa privada no perdona ni un desvelo y las cosas no están para andarse con "chiquitas", si algo tengo que dejar detrás, es esto y los estudios, y sacar más trabajo en horas no laborables.
Respecto, al tema 7 espero poder verlo cuanto antes y te cuento cómo lo he entendido, vale??. De todas formas miedo me da, dar mi humilde opinión, porque podemos hacer que cometamos más errores que ayudarnos. En cuanto me pongo a avanzar me encuentro más perdida con esta asignatura, creí que sería fácil y amena, está claro que me equivoqué.
A ver si hay compañeros, que nos puedan echar una mano...y no me refiero al cuello...ja!
Un saludo,
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Gracias Esilva, de todos modos, yo de adelantada en penal I ?????? que váa ?? más perdida que una aguja en un pajar. En fín de momento el TEMA 7, ES EL MAS ABSURDO DE TODA LA MATERIA, todo teorías una trás otra, qué tiene que ver esto con el derecho penal práctico del siglo XXI ?? Que alguien me lo explique porfa ...... EL tema 7 digo ..... gracias.
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No puedo creer que nadie sepa la diferencia entre la causalidad en el marco físico natural y la causalidad en el ámbito socio-cultural ?? Parece que aquí nadie sabe nada....... de penal. No soy la única torpe......
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Hola Jamgo,
Este tema es infumable >:( . Me lo he leido varias veces y no lo pillo, es imposible. He escuchado las tutorías colgadas de Ibiza y voy a ver si releyendo nuevamente el tema, pillo algo más y lo podemos hablar, espero que entre todos saquemos algo en claro, porque lo que es el libro, muy claro no lo deja...
Saludos
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Hola, alguien me puede aclarar el 2º epígrafe de este tema: LA DIFERENCIA ENTRE CAUSALIDAD EN EL MARCO FISICO-NATURAL Y LA CAUSALIDAD EN EL AMBITO SOCIO-CULTURAL. Características de ambos conceptos. Pero claro si puede que sea una explicación más bien coloquial, para rococó ya tengo el manual. SALUDOS.
Hola Jambo
´Con la idea de colaborar haí va mí respuesta: la diferencia sería que en la Causalidad a estudiar en el marco Fisico- Natural. Es real, ej.(Delitos de acción )se emite un juicio sobre la realidad un dictamen de lo acaecido.Mientras en la causalidad en el ambito socio cultural es hipotética no real, como son los delitos de comisión por omisión, espero haberte ayudado.
Saludos.
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Entiendo que la diferencia más importante se encuentra en la omisión. En el marco "físico" la omisión no puede ser causa de nada pues es precisamente "falta de acción". En el marco cultural y social, la omisión sí puede ser causa de un delito ya que "social y culturalmente" se espera (o es obligado) que no se dé esa omisión.
Un ejemplo es el de los cuidados debidos a un hijo. Si no alimentas a tu hijo durante un tiempo, éste puede fallecer. En el marco "físico" tu omisión no es causa de su muerte. Serán los problemas físicos provocados por la falta de alimentación los que causen la muerte. El padre no ha realizado ninguna acción que cause el fallecimiento. Pero está claro que en el marco social y cultural (y, por supuesto, legal en nuestro caso) esa falta de atención hacia el niño es causa del fallecimiento pues está obligado social, cultural y legalmente a alimentarlo. De ahí que la omisión sí pueda tener trascendencia causal.
Otro ejemplo es el del libro (el 7.4).
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Muchas gracias por vuestras respuestas, ya me voy haciendo una idea, más/menos de la diferencia. Ahora me resulta más comprensiva la lectura de dicho epígrafe. MIS MAS SINCERAS GRACIAS, POR LA AYUDA,
JAMGO.