Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: kko21 en 17 de Enero de 2012, 18:06:43 pm
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Servirán los apuntes de la Licenciatura o habrá que comprarse el libro?
Te recordamos que en hilos post no se piden ni se ofrecen apuntes, para eso está el foro adecuado de Libros apuntes necesito ofrezco. (http://www.uned-derecho.com/index.php?board=4.0) y para subir apuntes está el subforo de Zona de descarga de apuntes temporales. (http://www.uned-derecho.com/index.php?board=13.0)
Cualquier post fuera de su lugar será eliminado.
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yo tambien la tengo, pero aún me quedan dos examenes dentro de 15 dias, ya os estais poniendo con las del segundo cuatrimestre?
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yo quiero saber tan sólo si coincide el temario con el del año pasado, porque, de los apuntes que he podido descargar,veo que no coinciden con el indice de este año...¿me equivoco?
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Efectivamente, el programa no coincide en ABSOLUTAMENTE NADA con los apuntes que hay colgados.
Para colmo, el libro está sin publicar.
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Pregunté en la biblioteca de mi centro y me dijeron que hasta dentro de un mes no venía el libro. Entre una cosa y otra (si la publicación, la editorial, etc, etc...) me dieron ese tiempo para que estén.
Así que "échale guinda al pavo" ???
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A este libro le va a pasar como al de Penal I ..
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Derecho Eclesiastico no es canonico?supongo que algo tendra que ver no?bueno si no esta el libro siempre nos quedara la Biblia.Recomiendo para asignatura historica, cuando no este el libro, el Quijote.
Saludos.
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Que manía con ponernos libro totalmente nuevo a los de grado.
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¿Libro nuevo? Ufff... Esperemos que no sea como el corta-pega de Romano del año pasado.
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¿Libro nuevo? Ufff... Esperemos que no sea como el corta-pega de Romano del año pasado.
Va a ser algo parecido, desordenarán los temas y meterán algunos nuevos...
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Quizás tengas razón, pero es que en los apuntes que hay colgados, no coorresponde ni un solo epígrafe.
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Ya está publicado el libro. Barato me parece comparado con lo que estamos acostumbrados.
Eso si, es nuevo, edición 1. Así que tendremos que elaborar apuntes nuevos.
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Pues contad conmigo para la elaboración de uno o dos temas, porque yo me lo voy a comprar.
Cuandito que lo tenga, os aviso.
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Mirad lo que he encontrado en tele uned:
DERECHO ECLESIÁSTICO DEL ESTADO [Acto completo]
- Lecciones Derecho Eclesiástico del Estado.- Grado en Derecho. Dia: 16/2/2012. Hora: 10:00. Duración: 120 min.
Os dejo tambien el enlace para ir directos
http://www.teleuned.com/teleuned2001/html/
sino podeis entrar por servicios en acceso dentificado, entre otros está teleuned
Encima lo ponen a una hora y un día en el que estamos todavía de exámenes, muy bien pensado.
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Dandole a la pestaña te sale
DERECHO ECLESIÁSTICO DEL ESTADO [Volver]
Viernes, 27/01/2012
- Lecciones 2 y 15 de Derecho Eclesiástico del Estado y Curso Modular de Mediación. Hora: 11:30. Duración: 26 min.
Jueves, 16/02/2012
- Lecciones Derecho Eclesiástico del Estado.- Grado en Derecho. Hora: 10:00. Duración: 120 min.
y os puedo decir que se abre una gravación en el del 27 de enero. Yo ahora mismo estoy todavía con los exámenes pero si alguién ya está libre puede decirnos como va esto si es provechoso o no.
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Cómo funciona esto de la Teleuned?
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Yo he entrado con el acceso identificado a la uned, despues cuando ya te pone tu nombre, te pone servicios y allí pone teleuned. Yo he ido picando encima y se ha abierto una señora hablando, ahora también te digo que no me he parado a escucharlo.
También si pones en buscador penal o civil, etc te empieza a dar acceso a distintos que tiene grabados, pero hay algunos un poco viejecitos.
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También estoy en esta asignatura, esperemos que mi estancia durante años en colegio salesianos ayuden en algo, jejeje...
Saludos.
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También estoy en esta asignatura, esperemos que mi estancia durante años en colegio salesianos ayuden en algo
+10, jejejej
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Aye me compré el nuevo libro. Si nadie tiene apuntes, yo me ofrezco a resumir un par de temas. Pero si los tenéis o tenéis preguntas de examenes resueltas o sin resolver, ruego me los envíe a acvalles7@yahoo.es
Gracias anticipadas y ánimo
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¿Donde has comprado el libro? en los centros asociados no lo hay.
Saludos.
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Ya están los libros? hoy he preguntado en el centro asociado no hay nada aún.
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Me parece GENIAL lo de la elaboración de apuntes conjunta.....me pillaré el libro en cuanto pueda y contad conmigo ¡¡¡
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Alguien que tenga experiencia en años anteriores (aunque haya cambiado como está sucediendonos por desgracia a los que inauguramos curso) que nivel de dificultad tiene esta asignatura? que la califique!jaja
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Yo me apunto también a resumir un tema si alguien me lo pasa.
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Hola a tod@s
si alguien me pasa un tema yo lo resumo. el libro no lo tengo, de momento no tengo ninguno del segundo cuatrimestre pero contad conmigo en lo que pueda ayudar.
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Ídem.
Saludosss ;)
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Alguien tiene ya el libro de la asignatura??? Para ver si nos podria contar que tal esta el libro, si merece la pena comprarlo o no, buena redacción, etc...
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El libro ya está disponible en las librerias de Marcial Pons y Sanz y Torres, presencial y por internet. Es de muy fácil lectura.
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Si entráis en la página de la libreria de la editorial podréis ver que se puede comprar el libro en formato electrónico, aviso que está protegido con DRM.
Saludos
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A los que ya tienen el libro,sabeis si es muy denso?Lo pregunto porque si es asi no adelantaría mis vacaciones postexámenes de febrero.
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Hoal:¿Alguien ha conseguido algo que merezca la pena? Yo los apuntes que encuentro no se corresponden en nada con el programa, ni siquiera ordenándo los temas. Si habeis conseguido algo como base para emepezar a trabajar , por favor enviármelos. De momento estoy subrayando el libro. Contad conimo para resumir, si no encontramos nada. Ya me diréis con que temas del libro me pongo.
acvalles7@yahoo.es
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Como ha comentado algún compañero que el libro es de fácil lectura, comprare el susodicho y empezare a pelear con el.
Ya os contare que me va pareciendo.
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Bueno estoy leyendo que en esta asignatura si interesa hacer la PEC. Ya que con PEc debes responder 4 de las 5 preguntas del examen y SIN PEC a las 5 preguntas.
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Pues yo nose si dejarla para septiembre.... Llevo Civil, penal, administrativo, romano y esta, pero creo que va a ser mucha tela.
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Que apuntes recomendais?????? cuales merecen la pena?
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Yo creo el libro como es nuevo, edición 1 no habrá apuntes de otros años que nos puedan valer para preparar la asignatura. Y que podríamos repartirnos el trabajo para hacer unos apuntes entre todos.
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contad conmigo para resumir algún tema.
No tengo libro, así que si alguien me puede mandar mi parte....
rakelalonso@gmail.com
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Buenas,
si alguien me pasa algún tema también me apunto para resumirlo!!
Entre todos podemos!!!
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Nose que pasa que no me deja mi ordenador abrir ningun enlace de las guias,ni decargar
Aver,yo tengo el libro de derecho de la libertad de cnciencia,de dionisio llamazares.lo ponen como complementario...este no se complemeta absolutamente nada con la guia?Gracias
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Contad conmigo para el desarrollo de los temas. No tengo libro. mi correo es petersanmiguel@hotmail.com
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Yo también me ofrezco a elaborar apuntes de un tema. Ya colaboré en penal en el primer cuatrimestre, y he llegado tarde a apuntarme para el segundo, ya estaban todos los temas adjudicados.
Así que intentaré aportar mi granito de arena en eclesiástico. Eso sí... tendríais que enviarme el tema correspondiente escaneado o fotografiado...
Contad conmigo, un saludo.
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Si alguién me pasa un capitulo tambien lo resumo. Aun no tengo el libro, aunque espero adquirirlo en breve.
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Si alguién me pasa un capitulo tambien lo resumo. Aun no tengo el libro, aunque espero adquirirlo en breve.
Digo lo mismo,tampoco tengo la posibilidad de tener el libro de momento,esta agotado,pero si alguien me pasa un capitulo,lo resumo.
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Yo tambien me apunto a resumir un tema o los que hagan falta, son 15 en total, no? en cuanto consiga el libro claro...
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Si entráis en la página de la libreria de la editorial podréis ver que se puede comprar el libro en formato electrónico, aviso que está protegido con DRM.
Saludos
He visto lo de la página de la editorial, como funciona eso exactamente del libro electrónico? Te lo pasan en archivo pdf por ejemplo y tu lo imprimes por tu cuenta?
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Hola. También me ofrezco para resumir. Saludos.
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He visto lo de la página de la editorial, como funciona eso exactamente del libro electrónico? Te lo pasan en archivo pdf por ejemplo y tu lo imprimes por tu cuenta?
No lo puedes imprimir, si no menudo negocio que hacen...jejej... si te lo dieran en pdf se lo podrias pasar a cualquiera
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Conmigo también podéis contar.
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He visto lo de la página de la editorial, como funciona eso exactamente del libro electrónico? Te lo pasan en archivo pdf por ejemplo y tu lo imprimes por tu cuenta?
Se puede imprimir, se puede enviar por correo electrónico, se puede cambiar de formato, etc....
:)
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Buenas si alguien me pasa algún tema del libro lo resumo. gagonak@hotmail.com
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Yo también me ofrezco a resumir un tema si me lo pasáis. Un saludo!
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habra que ponerse de acuerdo para resumir los temas, ya se ha ofrecido mucha gente pero por lo que veo poca gente tiene el libro, entonces como lo hacemos?
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habra que ponerse de acuerdo para resumir los temas, ya se ha ofrecido mucha gente pero por lo que veo poca gente tiene el libro, entonces como lo hacemos?
Yo pienso que lo mejor es crear como han hecho los compañeros de Penal una cuenta hotmail, los que tienen el libro que escaneen los temas (a ser posible) y que no resuman nada ya que encima que se molestarán en escanearlos pues que tengan ese beneficio, y los que nos hemos ofrecido una vez asignados los temas para resumir cada uno pues que los vaya cogiendo de la dirección hotmail y vaya dejando los resumenes. No se si ha quedado claro pero espero...jaja
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Yo lo pido esta semana y pienso que me llegara la que viene porque me lo mandan a Italia así que me sumo a resumir, pero no a escanear Porque de momento no me funciona
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Yo resumí un tema de penal para este segundo cuatrimestre y lo que hicieron fue mandármelo fotografiado en vez de escaneado, que es mucho más rápido.
Si no me he saltado ningún post, creo que por ahora nos hemos ofrecido:
1. _Olalla_
2. dangoro
3. Antorbu
4. betico80
5. acvallesu (acvalles7@yahoo.es)
6. quelrra (rakelalonso@gmail.com)
7. Lorelayne
8. probaquer (petersanmiguel@hotmail.com)
9. jaraiz1982
10. wham31
11. Txentxu
12. canariote
13. GermanSev
14. Sevillano1985 (gagonak@hotmail.com)
15. RAQUELGC
16. anabhdez
Según la guía, hay 15 temas (no sé si corresponde con el libro porque no lo tengo). Si hay compañeros que tengan el libro y estén dispuestos a fotografiarlo/escanearlo y enviarlo, que lo digan y así nos distribuimos el trabajo, ¿no?
En PENAL lo que se ha hecho es:
- Fotografiar/escanear temas por distintos compañeros.
- Resumen de temas por distintos compañeros.
- Crear un usuario de hotmail para esta asignatura.
- Colgar los resúmenes de cada tema en ese usuario (en las carpetas).
- Cada persona que quiera acceder a los apuntes tiene que pedir la contraseña de la cuenta de hotmail a quienes la han creado (han hecho que se pida a través del correo de cada uno de la uned, para asegurarse de que son alumnos).
¿Os parece este sitema?
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Me había saltado justo el último:
1. _Olalla_
2. dangoro
3. Antorbu
4. betico80
5. acvallesu (acvalles7@yahoo.es)
6. quelrra (rakelalonso@gmail.com)
7. Lorelayne
8. probaquer (petersanmiguel@hotmail.com)
9. jaraiz1982
10. wham31
11. Txentxu
12. canariote
13. GermanSev
14. Sevillano1985 (gagonak@hotmail.com)
15. RAQUELGC
16. lidia 15378
17. anabhdez
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Hola chicos:
Yo tengo ellibro y solo tiene 15 temas,asi que ya nos sobra gente.
Lo de la cuenta de hotmail, tal como hemos hecho en Penal, me parece lo más coherente.
Si os parece voy ha abrirla y ya os daré la dirección. En cuanto a conseguir la contraseña, vamos ha hacerlo igual que en Penal.
Por otra parte, voy a intentar esta misma tarde o mañana por la mañana, fotografiar los temas y ya os iré contando.
Estais de acuerdo?
Un saludo.
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Yo si estoy de acuerdo.
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Yo creo que tampoco tenemos que exagerar. Una cosa es penal que son preguntas tests y otra un examen con preguntas a desarrollo.
Si preguntan por un epígrafe, que es lo que harán, esté mas o menos completo, por apuntes yo creo que no nos pueden fastidiar. En un test, falta una linea en los apuntes y por ahí si nos pueden cazar.
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Yo creo que tampoco tenemos que exagerar. Una cosa es penal que son preguntas tests y otra un examen con preguntas a desarrollo.
Si preguntan por un epígrafe, que es lo que harán, esté mas o menos completo, por apuntes yo creo que no nos pueden fastidiar. En un test, falta una linea en los apuntes y por ahí si nos pueden cazar.
Lo suscribo!
Siendo a desarrollar el examen, entiendo que tampoco hay por qué andarse con tantos miramientos, no sé... De todos modos, como digáis.
Yo entonces me encargo del tema 9 (igual que en penal el cuatrimestre pasado... a ver si aquí tengo mejor suerte!). Quedo a la espera de que me lo enviéis escaneado o fotografiado.
Un saludo.
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Vale, pero así evitamos "posibles historias".
La cuenta ya está abierta: eclesiasticouned@hotmail.com
Esta misma tarde me pongo con las fotos.
A ver que tal se da.
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Vale, pero así evitamos "posibles historias".
La cuenta ya está abierta: eclesiasticouned@hotmail.com
Esta misma tarde me pongo con las fotos.
A ver que tal se da.
Vas a filtrar tu el reparto de la clave?
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Como querais. Si nadie se ofrece ha hacerlo, lo hago yo.
Quien la quiera que envie un correo desde su cuenta de la uned. xxxxx@alumno.uned.es, para identificar que es alumno y le contesto con la clave.
enviadlo a chenchoflorido@gmail.com
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Si alguien mas tiene el libro y quiere colaborar para escanear o fotografiar, por favor que lo diga.
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Hola CHEN yo tengo el libro..asi que dime qué tengo que fotografiar, y lo hago esta misma tarde.
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Vale paisana.
fotografía, si te parece, los temas 1.2.3.4 y 5.
Yo haré, en principio, del 6 al 10.
A ver si alguien hace del 11 al 15 y listo.
Cuando los tengamos, bien los enviamos a cada uno o los enviamos a la cuenta de hotmail.
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ok! y luego te lo envio al correo " chenchoflorido@gmail.com " ??
Ahora mismo empiezo =)
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Yo cómo puedo colaborar?
No me puedo comprar el libro. :(
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Hola a tod@s ¡¡
Estoy esperando a que me llegue el libro que lo encargué el lunes, asi que en cuantitio me llegue empiezo...que temas faltan por asignar??? encargadme alguno
Un saludo a tod@s ¡¡¡
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Bueno, Sandy está con los temas del 1 al 5 (fotografiándolos)
Los temas del 6 al 10, ya los tengo listos para enviar.
Esta es la lista que habíais puesto, no sé si va a seguir adelante:
1. _Olalla_
2. dangoro
3. Antorbu
4. betico80
5. acvallesu (acvalles7@yahoo.es)
6. quelrra (rakelalonso@gmail.com)
7. Lorelayne
8. probaquer (petersanmiguel@hotmail.com)
9. jaraiz1982
10. wham31
11. Txentxu
12. canariote
13. GermanSev
14. Sevillano1985 (gagonak@hotmail.com)
15. RAQUELGC
16. anabhdez
Si es así,por favor las personas que quieran empezar ya, que lo digan y les mando las fotos.
Repito, tengo los temas del 6 al 10.
Espero noticias.
Un saludo.
PD. Falta que alguien se preste a escanear o fotografiar los temas del 11 al 15.
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Ok, yo quiero empezar ya. Asigname tema y si me lo envias genial.
peirote33@gmail.com
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Chicos, ya están los temas fotografiados del 1 al 5. A quien le haya tocado, que me mande un e-mail a
sandy_jere_18@hotmail.com
y se los envio automaticamente.
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Hola ¡¡¡¡ Donde está publicada la asignación de temas ????
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Te mando mail y ya me pasas trabajito ¡¡
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Sandy necesito que nos pongamos de acuerdo para enviar los temas.
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A mi me llega el libro la semana que viene hasta entonces no puedo ayudar pero si me asignáis un tema lo hare
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chen:
me habéis asignado el nº 6: mandámelo YA. que empiezo
rakelalonso@gmail.com
Gracias por el curro!!
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Yo ahora los estoy pasando a carpeta comprimida, porque ocupan un monton :S
Yo he pensado que sigamos la lista que arriba has puesto tú de las personas con los temas asignados (hasta el 15) y que esas personas manden un e-mail a quien tenga su tema.
Sino, dime la contraseña de hotmail, y lo subo directamente ahí. Y que cada uno coja los temas fotografiados.
¿qué dices?
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Vale, yo estoy comprimirndo tambien las carpetas.
DANGORO, te acabo de enviar el tema 6
RAKEL, te envio el 7
SANDY enviame un correo y te doy la contraseña
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a Dangoro no le correspondería el tema 2 ?? es que más abajo hay un compañero que ha pedido el 6 .. Bueno, el que ha pedido el 6, le mando yo el 2.
Al resto, os lo envio cuadito que me mandeis un e-mail !!
3. Antorbu
4. betico80
5. acvallesu
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Vale, enviarme el tema que me toca y me pongo a ello!!
Alguien deberia controlar los temas asignados!!
anerol11@gmail.com
Vamos a ello compis!!
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Lorelayne, a ti te envio el 2 al correo que has especificado en tu mensaje. Asi yo ya tengo del 1 al 5 completo.
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Perfecto Sandy!Graciass!! :)
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Sandy te acabo de enviar el correo.
Dangoro. tema 6 - Enviado
Rakel. Tema 7 - Enviado
Quien más?
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vamos al lío. Mándame algo pa mí, que haremos algo.
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He comprobado que la persona que le corresponde el tema 5, tiene el libro, asi que, si da señales de vida comprobará que le toca a él, sino, yo se lo paso a alguien que quiera participar. Quien quiera, que me escriba un email.
sandy_jere_18@hotmail.com
a los que le corresponde el 3 y el 4 les he enviado un mensaje privado.
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no sé si llego un poco tarde. hace poco que empecé a utilizar este foro para alguna asignatura. y desde que me examiné la semana pasada he estado desconectada. he buscado apuntes de eclesiástico y, efectivamente, no coinciden con el programa. si todavía hay opción de resumir algún tema, yo también me ofrezco voluntaria para hacerlo. aunque por lo que leo ya se han ofrecido muchos. mi correo es: chio_ro1@hotmail.com
no tengo el libro. tengo que mirar lo que cuesta y tal. pero he leído por ahí que alguien lo escanea y manda un correo al compañero que vaya a resumir el tema que se le asigne, no¿?.
si aún no es tarde agradecería que me incluyérais. si no puede ser pues nada. muchas gracias de todos modos.
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Chen, gracias por mandarme el tema. Ahora bien, me has mandado el tema 7. No tengo ningún problema en hacerlo, pero creo que estaba asignada al tema nº 6. Lo digo para que mandeis a otro el 6 o lo que digais.
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A mi me mandaron el 6.
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SI QUEDAN TEMAS POR ASIGNAR PODÉIS MANDARME UNO PARA HACER LOS APUNTES.
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Veo que me a correspondido el tema 10,adelante,que me lo mande quien lo organice,y que me de las directrices de si lo vamos a hacer mas o menos extenso.
Gracias.
wham31@hotmail.com
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ok. yo me quedo con el tema 4. ya lo tengo en mi correo. en cuanto tenga el resumen os lo paso. lo haré en los próximos días.
gracias!
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Hola me corresponde el tema 8. ¿quien me lo puede mandar?
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Se me ha olvidado poner el correo petersanmiguel@hotmail.com
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dangoro y chen: aclarado, yo hago el 7, el que me habéis mandado.
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hasta que me llegue el libro mi mail es lidia15378@yahoo.es por si me queréis mandar un tema para resumir
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Bueno, pues del 1 al 5, ya están las personas con los temas en su correo. Del 6 al 10, me da que falta solo el 9 por asignar.
CHEN, yo hago el 11 y el 12.
Por tanto, faltaría el 13, 14, 15. Si alguien se anima, que lo diga, que le mando las fotografias.
El 9 se lo mandaría nuestro compi CHEN.
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Bueno, pues del 1 al 5, ya están las personas con los temas en su correo. Del 6 al 10, me da que falta solo el 9 por asignar.
CHEN, yo hago el 11 y el 12.
Por tanto, faltaría el 13, 14, 15. Si alguien se anima, que lo diga, que le mando las fotografias.
El 9 se lo mandaría nuestro compi CHEN.
El 14 es mio. Estoy esperando que me envie Chen el tema y me de la clave.
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He visto que me toca el tema 15, pues espero que me lo mandéis para empezar ya:
rart1983@hotmail.com
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Raquelgc, te mando las fotos del tema 15 esta tarde.
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Yo no tengo el libro si alguien me manda un tema me pongo hacerlo...
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Bueno, pues del 1 al 5, ya están las personas con los temas en su correo. Del 6 al 10, me da que falta solo el 9 por asignar.
CHEN, yo hago el 11 y el 12.
Por tanto, faltaría el 13, 14, 15. Si alguien se anima, que lo diga, que le mando las fotografias.
El 9 se lo mandaría nuestro compi CHEN.
YO HAGO EL 13, Si aun no se ha asignado a nadie. Si alguien me lo manda bien, porque en el centro asociado llame ayer y me dijeron que tenia que entrarle y eso me da que se va a alargar.
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SegurLaw, te lo mando ahora, dame tu correo.
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segurlaw@hotmail.com
Gracias Sandy
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Chicos, a los que les he enviado yo las fotos, creo que se ven bien, quizás algunas un poco borrosas de lejos, pero si lo acercais se ve mejor. En cualquier caso, si hay alguna página que no conseguís leer, por favor, decidmelo sin ningún problema. que las vuelvo a hacer.
Los temas del 1 al 5, más el 11, 12, 13, 15, están asignados y los "dueños" con sus respectivas fotos. El resto, nuestro compi CHen, es el encargado.
La contraseña de hotmail, también os la da Chen.
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Ok, me ha llegado perfecto en unos dias lo tendre listo,
CHEN te mandado un mail para que me envies la contraseña, cuando tengas tiempo pasamela para poder colgar el Tema 13.
Saludos.
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Prabaquer, ya te he enviado el tema 8
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A ver chicos, no se quien son las personas que iban ha hacer los temas 9 y 10.
Dejadme,por favor, vuestro correo y os los mando.
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hay algún tema que no esté asignado? si es así me gustaría poder participar.
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Digo lo mismo que estibaliz. He estado unos días sin entrar y no me había enterado. Si quedan temas por hacer, enviádmelos porfi. Si no, lo que sea que necesiteis, lo mismo digo. Un saludo a todos.
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Muchas gracias chen
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Raquelgc, te mando las fotos del tema 15 esta tarde.
Ok! Y me explicas bien como enviarlo y eso de la clave, un saludo!
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Si os viene bien, y aún quedan temas sin asignar, a mi también me gustaría participar, mi email es nit_ana@hotmail.com
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Yo también me ofrezco a ayudar si aun quedan temas disponibles!! :)
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Alguien sabe como conseguir apuntes cuando se colgarán? Gracias
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Amigo, si lees el post, sabrás que los apuntes se están confeccionando.
Wham31, te envio el tema 10.
Sevillano, si no me das tu correo no puedo enviarte el 14
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Amigo, si lees el post, sabrás que los apuntes se están confeccionando.
Wham31, te envio el tema 10.
Sevillano, si no me das tu correo no puedo enviarte el 14
Amigo, te he enviado un e-mail desde mi cuenta de la UNED y un mensajito....
Cuídate, campeón ;)
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Yo también me ofrezco a hacer algún tema franalbauned-derecho@hotmail.com
saludos...
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Ya lo he visto Polyn.
Te he contestado y ya tienes la contraseña.
Todos los correos que me han llegado desde xxxxxx@alumno.uned.es han sido contestados con la contraseña.
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Yo tambien me ofrezco a hacer algun tema, si me lo envias, porque no tengo libro.
rosafernandez1979@hotmail.com
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Vale rosa, por llegar la ultima.
Te acabo de enviar el tema 9
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muchas gracias, estoy encantada de colaborar.
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Necesito que me volvais a enviar las paginas 206-207 porque sale borroso.
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Donde pueden encontrarse examenes de otros años?
Valen los de catalayud? o el examen de este año al ser el libro nuevo será diferente al de otros año?
Graciasss
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Sevillano, ya te he enviado el tema 14.
Bueno, parece que ya están asignados y entregados todos los temas.
Os rogaría a todos, si es posible, que los vayais subiendo a la cuenta habilitada para ello en formato doc, por si alguien quiere cambiar algoo ampliar.
Rosa te he reenviado las páginas que pedias.
Gracias a todos.
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Chen me podrías pasar apuntes o quieres que haga algún tema?
nancygutierrezf@hotmail.com
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Parece que he llegado un poco tarde a la repartición de temas. Estoy recopilando apuntes de las asignaturas de segundo cuatrimestre y de eclesiástico nada de nada. Aunque sea tarde me ofrezco a resumir si queda algún tema descolgado. Cuando este el temario resumido lo colgareis en apuntes?
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chic@s. yo tengo asignado el tema 4. me ha parecido leer por ahí que ya hay alguno colgado. lo haré este finde!. sorry!. pero trabajo y tengo el tiempo muy tasado. este finde intento acabarlo sin falta. qué agobio me ha entrado de pronto!.
otra cosa!. necesito el correo y la contraseña para cuando lo tenga acabado meterlo. mandarme los datos de esa cuenta porfa!.
mi correo es: chio_ro1@hotmail.com
besos y abrazos para tod@s.
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Habeis visto en ALF en contenidos de derecho eclesiasto, que despues de la introduccion de cada tema hay una videoclase?
yo he visto la primera y almenos para situarte esta muy bien
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mms://cemav.uned.es/datos/derecho/der-20112012/der-eclesiastico-estado-20120213-1.wmv
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Que algun tema para mi? si queda enviamelo a seivi10.sia@gmail.com
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También me ofrezco a resumir algún tema si queda, aunque el libro no lo cogo hasta el miercoles 29 que le llega a mi centro asociado. Mi correo es Josera745@hotmail.com.
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yo creo que están ya todos los temas repartidos.
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Hola, se que he llegado un poco tarde pero me ofrezco a que si alguien que tenga el libro me pasa algún tema, también me apunto a hacer apuntes...Ando desesperada porque el manual en Canarias anda en busca y captura por lo menos.... :'(
Aquí dejo mi email: yepijou19@hotmail.com
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creo q yo también llego tarde.... :'( :'(
si aún queda algún tema libre o alguien que le vaya mal el resumir algún tema que avise que no habría ningún problema por hacerlo. Estoy a la espera de que me llegue el libro... a ver si no tarda mucho!!
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Ayer conseguí el libro y me ofrezco a hacer algún tema si falta, me gustaría colaborar mi correo es unikados@yahoo.es
gracias
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te envie correo, solicitud. un saludo
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Los temas estan todos repartidos. Una vez que estén realizados, los compañeros los subirán a la cuenta de correo.
Manueljbl, tengo entendido que tienes problemas de visión (unete al club, yo solo tengo un 10%) Los apuntes que necesites en letra adaptada,pidemelos, vale?
Un saludo.
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hola, he solicitado la contraseña mediante correo de la uned y nadie me envía nada, asignarme un tema y lo hago, saludos...
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Una pregunta CHEN, ¿cuál es la cuenta de correo? ???
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eclesiasticouned@hotmail.com
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Ohhhhhhhhhhhh. Vaya, tanto tiempo sin entrar en el foro que me entero de nada.
¿Y cuál es la contraseña? ???
Por cierto en el siguiente mensaje os mandó las preguntas de todos los exámenes.
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Todos los compañeros que hasta el momento han solicitado la contraseña de la cuenta a través de su cuenta de alumno de la UNED, les ha sido enviada.
Un saludo.
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Preguntas:
La doctrina luterana sobre la confesionalidad del EStado: La paz de Augsburgo
La DUDH
La cláusula de conciencia como salvaguarda de la libertad de expresión
El REgistro de Entidades Religiosas
Nacionalismo religioso y contrarreforma católica
La Libertad religiosa en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las NN.UU.
La libertad e enseñanza y la COnstitución de la II República
Los acuerdos del EStado español con la Iglesia católica de 1979: antescendentes y enumeración
Contenido del derecho fundamental de libertad de creencias
ARt. 27.3 CE de 1978
ARt. 18 DUDH
Acuerdos vigentes con las confesiones religiosas
La reforma protestante y el derecho eclesiástico del EStado
El pensamiento de Maquiavelo
REconocimiento de la libertad de creencias en la UE
Aborto terapeútico
REquisitos para la inscripción en el REgistro de Entidades REligiosas (2 veces)
El sistema matrimonial de la 2ª República
Anañice el contenido del Edicto de Tolerancia del 311, del Edicto de Milán del 313 y del Edicto Cunctos Populos del 380
Los orígenes de la reforma protestante (3 veces)
La libertad de creación de los centros docentes (2 veces)
Límites de la libertad de expresión
Caract. del matrimonio civil en su 1ª instaruación en España
El Edicto de Milán (2 veces)
La CE de 1969 y la libertad de creencias
LA 1ª enmienda de la Constitución americana
EL concepto legal de la libertad de creencias
Concepto de objeción de conciencia (2 veces)
EL Edicto de GAlerio (2 veces)
La CE de 1812 y la libertad de creencias
La cláusula de conciencia (4 veces)
Enumere los acuerdos vigentes de la Iglesia católica con el Estado español
Clases de objeción de conciencia (2 veces)
El dualismo de Gelasiano
Laicismo estatal y libertad de cultos (3 veces)
Señale el objeto de la libertad ideológica y religiosa del art. 16.1 de la CE 1978
La DUDH y la libertad de creencias
La objeción de conciencia a los tratamientos médicos (2 veces)
La libertad de cátedra (6 veces)
Efectos jurídicos de la inscripción de la entidad religiosa en el REgistro de la Entidad Religiosa
Los acuerdos con la Iglesia católica: principios y cláusulas generales
LA objeción de conciencia al juramento
El dualismo de las órdenes: autoritasy potestas
Explique la evolución del cristianismo de ser religión perseguida a ser religión oficial en Roma a través de los Edictos (2 veces)
Laicismo estatal y libertad de cultos en la II República
El significado constitucional de la libertad religiosa
La seguridad pública como límite a la libertad religiosa
La recepción del consentimiento informado
La financiación de las confesiones minoritarias (2 veces)
Explique las bases del dualismo cristiano (3 veces)
Supuestos legales del aborto
La libertad de creación de centros docentes. Compromisos que asumen los centros concertados (2 veces)
Libertad de reunión y manifestación
Edicto de Nontes
Libertad de tener y libertad de manifestar las creencias (2 veces)
El principio de autonomía (3 veces)
Acuerdos con la Iglesia católica (3 veces)
Edicto Cunctos Populus
El factor religioso en las constituciones del s. XIV en España
Que manifestaciones abarca la libertad de expresión recogida en la CE
El dualismo de los poderes (3 veces)
Confesionalidad estatal e intolerancia religiosa (2 veces)
El concepto de liberta de creencias en las NN.UU (2 veces)
Acuerdos con las confesiones minoritarias (2 veces)
La crisis del constitucional: la neoconfesionalidad estatal
La UE y la libertad de creencias
Límites de la libertad de creencias (2 veces)
La contrarreforma católica (2 veces)
El Convenio Europeo de derechos humanos y la libertad de creencias ( 2 veces)
La objeción de conciencia al aborto (2 veces)
El dualismo comunitario
La protección internacional de las minorías religiosas
El registro de Entidades REligiosas: inscripción y efectos jurídicos
p.d1: siento mucho las faltas de ortografía
p.d.2: lo que está entre paréntesis son las veces que ha caido en las distintas convocatorias.
Espero que os sirvan de ayuda. :)
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ups!! yo he metido la pata...en vez de mandar el correo a la persona lo he enviado a la cuenta de eclesiástico...Si podeís borrarlo las personas que teneís acceso a dicha cuenta os lo agradecería ya que ya lo he enviado a la cuenta correcta..que despiste!! :D :D
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tengo asignado el tema 4. estoy en ello. creo que mañana lo tendré hecho y lo mando a la cuenta. pero a mí no me han pasado la contraseña. enviármelo porfa. mi mail:chio_ro1@hotmail.com.
saludos!
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Hollygrial muchas gracias.
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vuelto a escribir porque he estado mirando el foro de días anterioes, y he visto el resparto de temas que se ha hecho después. mi correo y mi nombre no figuran en la lista...se supone que yo tengo el tema 4. que lo estoy haciendo, y lo voy a terminar hoy. sé que hay que mandarlo a la cuenta que se ha abierto para ello. he pedido la contraseña de ese cuenta y todavía no he tenido respuesta. yo tengo el tiempo muy tasado. estuve ayer y hoy con asuntos de la uned. a diario me cuesta mucho. por favor, darme la contraseña de la cuenta de correo. os vuelvo a pasar mi correo de hotmail y el de la uned:
chio_ro1@hotmail.com
rgonzalez1050@alumno.uned.es
espero que alguien pueda pasármela hoy sin falta. si no, enviaré un correo a la persona que me pasó scaneado el tema 4. y si tampoco tengo respuesta lo haré por mi cuenta y ya esta.
saludos.
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Hola motown. Yo fui la que te pasé los apuntes scaneados. Por lo de los temas asignados y que el tuyo no estaba en la lista, no te preocupes, nadie está repitiendo tema. Tú sóla tienes el tema 4.
Y con respecto a la contraseña, es raro que CHEN no te haya contestado. ¿Le has enviado el correo desde la cuenta de la UNED?
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motown te he enviado la contraseña a tu cuenta de alumno de la UNED.
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muchas gracias dangoro y muchas gracias también a sandy. creí que quizás ya estábamos repitiendo los temas y que ya no valdría el resumen que estoy haciendo.
ya he entrado en la cuenta de hotmail. supongo que lo que hay que hacer es enviarlo como un mail normal y que vaya a para a la bandeja de entrada de esa cuenta, no¿?.
nadie ha mandado nada todavía o es que hay que meterse en algún apartado a parte..??¿. si lo hay no me he dado ni cuenta.
gracias de nuevo!
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Acabo de mandar el Tema 8, os agradeceria que me explicarais como proceder a partir de ahora para tener acceso al resto de temas. Ya he mandado un correo desde mi cuenta de alumno pero esto es un lio para los que somos torpes en las nuevas tecnologias.
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Acabo de mandar el Tema 8, os agradeceria que me explicarais como proceder a partir de ahora para tener acceso al resto de temas. Ya he mandado un correo desde mi cuenta de alumno pero esto es un lio para los que somos torpes en las nuevas tecnologias.
Entras en esta pagina https://login.live.com/login.srf?wa=wsignin1.0&rpsnv=11&ct=1330256777&rver=6.1.6206.0&wp=MBI&wreply=http:%2F%2Fmail.live.com%2Fdefault.aspx&lc=3082&id=64855&mkt=es-es&cbcxt=mai&snsc=1 y metes los datos de acceso que te envíen. Luego te vas a la bandeja de entrada y ahi estarán los temas que han enviado.
Yo estoy terminando el tema 6. Hoy lo envío.
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Gracias Dangoro
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Acabo de enviar mi Tema 6.
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Hola! Yo tengo mi resumen del tema 12 ya hecho (decir que el resumen es bastante extenso pero he subrayado y marcado las cosas mas importantes para que resalten, solo que entiendo que si elimino la mitad del temario va a ser complicado de comprender el resto que no elimine, así que he intentado clarificar a través de diferentes puntos las cuestiones pero si alguien tras hacer una lectura quiere recortar un poco más que recorte, yo lo dejo así porque entiendo que es más fácil de comprender en su conjunto). Una vez dicho esto, sé que la dirección a la que tengo que enviar mi resumen es eclesiasticouned@hotmail.com pero no tengo la clave y sé que se la tengo que pedir a Chen pero no veo como enviarle un correo a él por lo que si alguien puede ayudarme estaré bastante agradecida. !!
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Desde tu cuenta de correo de UNED (te logas en el campus de estudiante_mi cuenta uned_consultar correo) y desde ahi se lo envias para que te mande la clave...Yo estoy terminando el 1 ¡¡¡¡¡
Saludos a tod@s ¡
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yo ya he acabado el tema 10 que era el que me correspondia.no se muy bien a quien tengo que mandarselo,por tanto obien Chen o quien lo sepa que me lo diga.Yo no tengo ni claves de nada ni contraseñas,se me asigno el 10 y no se nada mas.
saludos.
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Super sencillo, solamente tienes que enviarlo por mail a: eclesiasticouned@hotmail.com
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En un par de dias tengo el mio listo!!
:)
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Yo mañana subo el tema 15, un saludo!
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Hola! Yo acabo de recibir el libro esta mañana, si falta algún tema por hacer, decidmelo y yo hago.
Gracias
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yo estoy con el tema 5, pero estoy hasta mañana echando unos días de relax. Entre miercoles y jueves lo tengo hecho. un saludo.
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Alguien me puede decir a que correo me tengo que dirigir para recibir la contraseña del correo de eclesiastico para conseguir los apuntes??
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A esta cuenta desde tu cuenta de correo oficial de la uned.
chenchoflorido@gmail.com
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ok, gracias.
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hola a tod@s. acabo de mandar a la cuenta de eclesiástico de hotmail el TEMA 4. es un tema bastante denso así que, aunque sea un resumen tiene ocho páginas. he preferido excederme que no quedarme corta. si veis que es demasiado ya vosotros subrayáis lo que veáis más imoportante. bueno, espero que os parezca bien.
un saludo.
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Hola chicos.
Acabo de entrar a ver como estaba todo. Perdonad si he desaparecido estos dias, pero es que estoy de viaje y no vuelvo hasta el miercoles.
Todos los correos uned que me han llegado han sido contestados con la contraseña.
Gracias dangoro por explicarlo a los compañeros.
Es que los andaluces hoy estamos de fiesta.
Un saludo
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Hola chicos.
Acabo de entrar a ver como estaba todo. Perdonad si he desaparecido estos dias, pero es que estoy de viaje y no vuelvo hasta el miercoles.
Todos los correos uned que me han llegado han sido contestados con la contraseña.
Gracias dangoro por explicarlo a los compañeros.
Es que los andaluces hoy estamos de fiesta.
Un saludo
Yo no he recibido nada, y tampoco se si recibiste el resumen.
saludos
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Yo tampoco he recibido nada. Envié el correo a CHEN el domingo por la noche, y acabo de reenviarlo.
Un saludo.
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Yo tampoco lo recibi la contraseña de CHEN, pero mande el mensaje cuando él seguro estaba mandando los mensajes, tal vez no lo haya visto
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he mandado el tema 7 de eclesiastico a esta cuenta:
eclesiasticouned@hotmail.com
¿ sólo tenía que hacer eso no?
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Yo tampoco he recibido nada! :(
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Sí, quelrra, sólo mandar el tema terminado a ese correo.
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Entras en esta pagina https://login.live.com/login.srf?wa=wsignin1.0&rpsnv=11&ct=1330256777&rver=6.1.6206.0&wp=MBI&wreply=http:%2F%2Fmail.live.com%2Fdefault.aspx&lc=3082&id=64855&mkt=es-es&cbcxt=mai&snsc=1 y metes los datos de acceso que te envíen. Luego te vas a la bandeja de entrada y ahi estarán los temas que han enviado.
Yo estoy terminando el tema 6. Hoy lo envío.
jolines con la manía de no mirar al teclado le he dado a enviar sin terminar el mensaje, pues bueno eso, que no tengo los manuales salvo el de familia que me ha enviado Marta. Así que si me dejáis entrar en "vuestros temas" pues os lo agradezco, en caso contrario, si mi tiempo de "vida" me deja me volveré a matricular, visto lo visto, de casi todas las asignaturas de este curso.
Gracias de antemano y un saludo.
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jolines con la manía de no mirar al teclado le he dado a enviar sin terminar el mensaje, pues bueno eso, que no tengo los manuales salvo el de familia que me ha enviado Marta. Así que si me dejáis entrar en "vuestros temas" pues os lo agradezco, en caso contrario, si mi tiempo de "vida" me deja me volveré a matricular, visto lo visto, de casi todas las asignaturas de este curso.
Gracias de antemano y un saludo.
bueno, visto que no sale lo que estaba he escrito antes, no se qué es lo que he echo con lo que estaba escrito. Así que vuelvo a poner lo del envío, podéis utilizar mi correo de la uned o manolinieves@gmail.com
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Hola a todos:
Llevo un par de días entrando en este Foro, y he descubierto el buen grado de interación que habéis conseguido.
Entiendo que tenéis creado unos grupos de trabajo, para preparar los apuntes de la asignatura.
A día de hoy, todavía no he podido revisar la guía de la asignatura, por lo que no sé ni cuáles son las libros recomendados. Pero he leído que os vaís pasando en formato de imagen los diferentes capítulos, con los que confeccionáis unos apuntes.
¿He llegado tarde para trabajar con vosotros? ¿Puedo contribuir en algo? ¿Podría tener acceso a esos resumenes de que habláis?
Perdonar mi atrevimiento, pero desconocía la utilidad de este Foro.
MUCHAS GRACIAS
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Chicos:
Hasta la fecha y hora de este momento, han sido contestados todos los correos.
Disculpad pero he estado de viaje y llevo toda la mañana mandando claves.
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Los temas que han ido llegando, están en la cuenta en una carpeta que se llama APUNTES ECLESIASTICO.
Gracias a toda la gente que está colaborando en su realización.
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Buenas: te mandé esta mañana mi correo de la uned, pero no me ha llegado la clave.
Es eprada15@alumno.uned.es
Un saludo y mil gracias!
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He mandado correo para solicitar la clave a la cuenta de la uned y a la cuenta chenchoflorido@gmail.com, no se si lo he hecho bien. Ya mandé el tema8
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Prabaquer, te envié la clave esta mañana, igual que a los demas.
Tened en cuenta que la clave se envia al correo de la UNED desde el que la solicitais.
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Acabo de tendar después de varios días en el foro. He estado liado esta semana y media. Veo que tengo asignado el tema 13. Evidentemente no lo tengo resumido. Ya le he mandado un correo a Chen para que me explique mas o menos como va el tema de confeccionar los apuntes. En cuanto me conteste me pongo manos a la obra para hacer el resumen. Espero que no haya nadie tan avanzado con el temario que vaya ya por el tema 13.
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Gracias Chen, acceso posible
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Acabo de tendar después de varios días en el foro. He estado liado esta semana y media. Veo que tengo asignado el tema 13. Evidentemente no lo tengo resumido. Ya le he mandado un correo a Chen para que me explique mas o menos como va el tema de confeccionar los apuntes. En cuanto me conteste me pongo manos a la obra para hacer el resumen. Espero que no haya nadie tan avanzado con el temario que vaya ya por el tema 13.
Haber haber..... Con el tema 13 estoy yo!!!! German, como tu no contestabas me mandaron el tema a mi, y yo lo estoy resumiendo.
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estan asignados todos los temas?creo que solo hay resumidos 5...
Saludos
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Yo el tema 14 lo colgaré entre hoy y mañana estoy terminandolo.
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Chicos, ¿me podrías enviar los apuntes? Pero no los resumenes que vosotros estáis haciendo sino el libro en si porque me gustaría hacerlo por mi cuenta para enterarme del asunto.
Tengo un asunto pendiente con esta asignatura >:( >:( y quiero bordarla en los apuntes. Mi correo es rainofthesky@hotmail.com
Muchas gracias
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estan asignados todos los temas?creo que solo hay resumidos 5...
Saludos
si falta algun tema por asignar, me apunto para hacerlo. Mi correo es eromay1@hotmail.com
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"Escanear, Fotocopiar,.........una obra sin el consentimiento de su autor, es un DELITO contra la propiedad intelectual y esta tipificado en el código penal"
No sé como podeis pedir esas cosas.
Aquí no se ha escaneado ningún libro. Sólo, cada persona se ha puesto de acuerdo para realizar "APUNTES" de un tema y ponerlo en común con los compañeros.
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Yo también siento haber utilizado los términos expresados. No volerá a suceder.
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Simplemente nos hemos puesto de acuerdo para encargarnos de resumir cada tema por persona.
Saludos
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No hay porque disculparse.
Sólo queria dejar claro que desde este foro no se le envia ningún libro a nadie. Tan solo os podemos facilitar apuntes.
Para ello los teneis que pedir de la forma que, entre todos, hemos acordado. Si leeis el post, sabreis cual es.
Gracias y disculpad vosotros.
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Hola. He subido a la cuenta de hotmail el tema 3, que me tocaba resumir. Saludos.
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Hola, veo que los últimos mensajes han, de alguna manera, caldeado el ambiente. Sin ánimo de ofender a nadie, no tengo problema en comprar el libro (que no me parecen baratos, tal vez po mi bajo nivel adquisitivo), pero en Canarias me tardan en llegar una barbaridad por correo normal que es como lo envian las editoriales, y a las librerias de aquí llegan acuentagotas, no se pueden reservar, y cuando llegan, el que vive al lado de la libreria se lo adjudica (yo vivo a una hora y pico) asique, si, alguien me puede facilitar un tema (o menos del 10 % de las páginas, permitido por ley), se lo agradecería. En fin. Gracias, de todos modos, mi mail es soledad-tk@hotmail.com
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Haber haber..... Con el tema 13 estoy yo!!!! German, como tu no contestabas me mandaron el tema a mi, y yo lo estoy resumiendo.
Ok. Me sabe mal. Lo siento no me he podido conectar antes. Gracias por avisarme. ¿No puedo hacer nada de nada?, ¿unas tapitas y unas cervezas?
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GermanSev, te he contestado por las dos vías por las que me has enviado tu mensaje.m saludos.
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acabo de mandar el correo a chen, que me ha costado la misma vida por que no sabia como se utilizaba aora solo esperar!muchas gracias a todos!
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Hola chic@s, acabo de enviar el Tema 1, cualquier cosilla que notéis, enviadme mail a la dirección desde la que envié el documento, saludos ;)
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Hola,
Simplemente decir que muchas gracias a todos por el trabajo que estaís realizando. Siempre viene bien estás acciones y el ayudarnos, no todo el mundo puede permitirse comprar tanto libro.
Veo que llego un poco tarde pero comentar que estoy disponible para ayudar si es necesario.
Saludos.
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he mandado el correo a chen pero no m contesta con la clave lo envie ayer. nose si es que esta ocupado, a los demas o lo a mandado?
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Faltan los siguientes temas: 2,5 9,11,13,14 y 15,no se como van o quien los tienen asignados pero para quien se los quiera imprimir,seria conveniente que se entregaran ya,o bien,el que no pueda hacerlos que deje a otro compañero.
saludos
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Llego tarde pero si puedo ayudar aquí estoy. Tengo casi terminado el tema1.
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A mí tampoco me ha contestado al correo electrónico que le mandé, ni me ha dado la contraseña correo. De todas formas si alguien me quiere mandar las hojas del libro para que prepare algún tema pendiente, si a alguien no le ha dado tiempo, aquí estoy (mi mail es modzalbeta@gmail.com ).
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Se supone que estaban todos los temas asignados,pero de aquello hace ya mas 10 dias,por eso digo,yo con poco tiempo lo entregue el domingo pasado,pues el que no pueda que lo deje para otro compañero.
Saludos.
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hola,
yo hice el tema 4. que ya lo mandé el lunes pasado. esta próxima semana estaré liada con un curso de formación del trabajo. pero si se queda algún tema colgado a mí no me importa hacer otro más.
me he metido un par de veces en la cuenta de hotmail de eclesiástico y sí, veo que faltan algunos temas todavía. yo por eso todavía no me he descargado nada. hasta que no estén todos.
en fin, ahí queda. que si pasa esta semana y siguen los temas que faltan sin hacer, yo puedo hacer alguno más. no tengo problemas.
saludos!
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A ver chicos:
A todos los que habeis mandado el correo através de la cuenta de alumno UNED, se les ha remitido, a esta misma cuenta, la contraseña.
Algunos correos han llegado de cuentas de hotmail o gmail, a esos no se les ha contestado.
El correo desde vuestra cuenta UNED es la ñunica forma de demostrar que se es alumno.
Gracias.
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Hola Chen, yo mandé un correo a la cuenta de eclesiasticouned@hotmail.com desde mi correo uned y no he recibido contestación.
Pero digo lo mismo que mis anteriores compañeros si necesitais de más gente que colabore para hacer temas estoy disponible.
Un saludo.
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Pues no se conga, todo lo que ha llegado desde cuentas UNED, lo he contestado. Vuelve a mandarlo a ver si llega.
Ya están los temas: 1 - 3 - 4 - 6 - 7 - 8 - 10 y 12
Os rogaría a las personas encargadas de hacer los que quedan, nos dijeseis si los estais haciendo o hay algún problema.
Muchas gracias a todos.
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Ok. Me sabe mal. Lo siento no me he podido conectar antes. Gracias por avisarme. ¿No puedo hacer nada de nada?, ¿unas tapitas y unas cervezas?
Para eso siempre tengo hueco ::)
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Pues no se conga, todo lo que ha llegado desde cuentas UNED, lo he contestado. Vuelve a mandarlo a ver si llega.
Ya están los temas: 1 - 3 - 4 - 6 - 7 - 8 - 10 y 12
Os rogaría a las personas encargadas de hacer los que quedan, nos dijeseis si los estais haciendo o hay algún problema.
Muchas gracias a todos.
Al mio le queda poco y no hay ningun problema.
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El tema 14 lo subo esta tarde.
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Yo estoy con el tema 5, y voy un poco retrasado por enfermedad pero ya estoy con ello. En breve lo envío. Un saludo.
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Yo tengo el 11 y voy atrasada por trabajo... pero lo tendré en breves
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Faltan los siguientes temas: 2,5 9,11,13,14 y 15,no se como van o quien los tienen asignados pero para quien se los quiera imprimir,seria conveniente que se entregaran ya,o bien,el que no pueda hacerlos que deje a otro compañero.
saludos
No he podido terminarlo, pero esta semana lo subo sin falta. El mío es el tema 15, un saludo!
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Yo hago el tema 9, también lo entregare en breve, lo tengo casi terminado.
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si os hace falta alguien cuenten conmigo. Gracias
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perdonar, yo el tema 2 lo estoy terminando, ya se que es un tema de los primeros pero he tenido unos problemillas..lo subo en breve!
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Hola a todos
Dispongo del libro de eclesiástico de este año. Yo ya me lo he comprado para elaborar unos buenos apuntes
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El tema 14 ya esta subido
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Buenas, que temas faltan por subir a la dirección de correo? voy a intentar de unificarlos todos para tenerlos en un mismo archivo y formato, si lo consigo lo subire a la dirección de correo por si alguien quiere tener todos los temas juntos. ;)
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¿dices que se puede imprimir y cambiar de format? ¿cómo?
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Bueno por lo que visto faltan los temas 2,5,9,11,13,15, lo cual me parece de cachondeo.Supongo que a 7 de marzo el que no pueda hacerlo deberia decirlo o al menos no comprometerse.los que tenemos intención de imprimirlos y empezar a estudiar por ellos tendremos que seguir esperando.Y se puede entender que uno se retrase,pero seis,suena a risa.Emplazo a Chen a que reparta los temas que estan sin hacer con las peticiones que tubo,sino, lo mismo tenemos el temario completo para septiembre.van 4 semanas para ahcer el resumen de un tema,que viva la informalidad.
Saludos
-
acabo de enviar el tema 9 a la cuenta de correo
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Vamos a tranquilizarnos un poquito por favor. La gente que está haciendo los resumenes lo hace de forma altruista. Todos trabajamos, tenemos familia, estudiamos,...., vamos a dar un pequeño margen a los compañeros.
Bueno por lo que visto faltan los temas 2,5,9,11,13,15, lo cual me parece de cachondeo.Supongo que a 7 de marzo el que no pueda hacerlo deberia decirlo o al menos no comprometerse.los que tenemos intención de imprimirlos y empezar a estudiar por ellos tendremos que seguir esperando.Y se puede entender que uno se retrase,pero seis,suena a risa.Emplazo a Chen a que reparta los temas que estan sin hacer con las peticiones que tubo,sino, lo mismo tenemos el temario completo para septiembre.van 4 semanas para ahcer el resumen de un tema,que viva la informalidad.
Saludos
Entiendo tu postura y hasta puedo compartirla, pero también hay que entender a los demas.
Si os parece vamos a esperar al lunes y los temas que no estén los volvemos a asignar.
Faltan los temas: 2 - 5 - 11 - 13 y 15.
Ruegopor favor a los compañeros que los tengan, que nos digan si los pueden terminar de aquí al lunes.
Gracias a todos.
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Una preguntilla, sabe alguien si el examen de esta asignatura son preguntas concisas de soltar todo el temario (como civil) o preguntas como en financiero y tributario?? =S
Graciiass de antemano!
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yo tengo el tema 11... he tenido mucho trabajo atrasado por culpa de los exámenes y otro tanto nuevo. El lunes lo tendré seguro.... Disculparme...
de hecho mañana mismo puedo tenerlo o el viernes ...
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Yo vuelvo a ofrecerme para hacer algún tema si las personas que teneís uno asignado no podeís/os va mal hacerlo.
Saludos!!
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Prefiero ahorrarme el comentario y no hacerme mala sangre,yo ya he dixo por aquí q sentía el retraso y q lo tendría en breve!
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Si necesitais que resuma algún tema, tengo ya el libro, me lo decis y vuelo!!!
ánimo!!
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Pues yo tengo el tema 15 a medio, tengo mucho trabajo atrasado así que hasta la semana que viene no podré terminarlo. Si os urge tanto, pues no se, que lo haga otra persona, yo de verdad no pensaba que lo necesitabais ya, además hasta que lleguemos al tema 15!! La semana que viene lo puedo tener, si no podeis esperar, pues si alguien lo quiere realizar. Un saludo!
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El tema 5, que a mí me corresponde, lo tengo terminado, me falta pasarlo a limpio. Hoy o mañana lo tendreis.
Efectivamente, mi vida y la de los demás compañeros que nos hemos comprometido en estos resúmenes no se reduce a realizar este trabajo. Como bien dice un compañero o compañera tenemos familia, trabajo, obligaciones y otras asignaturas a las que atender, sin contar con que algunos nos pongamos enfermos, como ha sido mi caso.
Al compañero que ha hecho la crítica, decirle que "un poquito de por favor"...que nos relajemos, que estamos empezando este parcial. Un saludo al personal.
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Vamos a tranquilizarnos un poquito por favor. La gente que está haciendo los resumenes lo hace de forma altruista. Todos trabajamos, tenemos familia, estudiamos,...., vamos a dar un pequeño margen a los compañeros.Entiendo tu postura y hasta puedo compartirla, pero también hay que entender a los demas.
Si os parece vamos a esperar al lunes y los temas que no estén los volvemos a asignar.
Faltan los temas: 2 - 5 - 11 - 13 y 15.
Ruegopor favor a los compañeros que los tengan, que nos digan si los pueden terminar de aquí al lunes.
Gracias a todos.
El Tema 13 lo estoy pasando, para el Domingo seguro que lo tengo subido.
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Bueno por lo que visto faltan los temas 2,5,9,11,13,15, lo cual me parece de cachondeo.Supongo que a 7 de marzo el que no pueda hacerlo deberia decirlo o al menos no comprometerse.los que tenemos intención de imprimirlos y empezar a estudiar por ellos tendremos que seguir esperando.Y se puede entender que uno se retrase,pero seis,suena a risa. Emplazo a Chen a que reparta los temas que estan sin hacer con las peticiones que tubo,sino, lo mismo tenemos el temario completo para septiembre.van 4 semanas para ahcer el resumen de un tema,que viva la informalidad.
Saludos
Tu si que eres un personaje bueno, ¿tu conoces la situacion personal de los que se han ofrecido para soltar eso?. Aqui somos un grupo unos lo podran resumir antes que otros por que tienen mas tiempo, o por el motivo que sea, pero no infravalores mi trabajo, y menos que me estoy riendo de la gente. No eres nadie para emplazarme o desplazarme y ponerme al margen.
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Tu si que eres un personaje bueno, ¿tu conoces la situacion personal de los que se han ofrecido para soltar eso?. Aqui somos un grupo unos lo podran resumir antes que otros por que tienen mas tiempo, o por el motivo que sea, pero no infravalores mi trabajo, y menos que me estoy riendo de la gente. No eres nadie para emplazarme o desplazarme y ponerme al margen.
Vamos a ver majete, lo de personaje no se a que te refieres, cuando yo no he comido en mi vida contigo, no se en que te basas.Yo solo hablo de formalidad,de compromiso nada mas.Yo me comprometi como tu, con mis hijos, mi trabajo y mis historias, y me comprometi para un bién general,si no hubiera podido pues me habria mantenido callado.Te repito que entiendo que falte uno por circustancias, pero incido en que la mitad de los temas suena a guasa.
Esto es como lo del perro del hortelano, que ni comes las berzas.........
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Por favor, vamos a tranquilizarnos todos, vale?
Con estos arranques no conseguimos otra cosa que crear malos rollos en un foro que, se supone, es para ayudarnos todos.
Que cada uno haga lo que pueda que "no se está obligado" porque en definitiva es una labor altruista para un bien común. Con estas cosas lo que pasa es que a los compañeros se les quitan las ganas de colaborar, así que por favor, vamos a guardar los "Cuchillos".
Compañero Whan31, entiendo, que al igual que todos, necesites los apuntes, pero a lo mejor la expresión utilizada -"cachondeo"- suene demasiado fuerte.
Por favor vamos a tranquilizarnos. Cada uno hace lo que puede.
Gracias a todos por vuestro trabajo y por vuetra paciencia.
Ánimo.
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Vamos a ver majete, lo de personaje no se a que te refieres, cuando yo no he comido en mi vida contigo, no se en que te basas.Yo solo hablo de formalidad,de compromiso nada mas.Yo me comprometi como tu, con mis hijos, mi trabajo y mis historias, y me comprometi para un bién general,si no hubiera podido pues me habria mantenido callado.Te repito que entiendo que falte uno por circustancias, pero incido en que la mitad de los temas suena a guasa.
Esto es como lo del perro del hortelano, que ni comes las berzas.........
Haber que sigues sin enterarte, si tu familia, tu trabajo y tus historias te permiten hacer el resumen rapido... No pidas que los demas tengamos tanto tiempo como tu, ademas si tanta prisa tienes resumelos todos tu mismo, cuelga tus apuntes y asi no tendras que depender de nadie. Ahora si dependes de un grupo de trabajo cada cual tiene su ritmo para lograr el fin comun. No desvalores a los demas, ni los llames informales, ni que nos estamos riendo de la gente, ni cachondeo ni las tonterias que sueltas, porque nadie dice que no nos lo estemos currando, simplemente que por la causa que sea estamos tardando un poquito mas.
Pero es que tampoco te entiendo, no hay que ser ningun iluminado para ir sacando los que ya estan resumidos, e ir estudiando y los demas dejarlos para despues, tienes bastantes temas para empezar. Y sino ''majete'' te repito que te compres el librito y te haces tu mismo el resumen de todo.
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Compañero Segurlaw, por favor, vamos a dejarlo ya. Entiendo que estes molesto, pero esto no beneficia a nadie.
Un saludo.
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Visto lo visto... el tema 11 que lo haga otra persona. Lo tengo casi hecho pero no me gusta lo que he leído. No quiero perjudicar a nadie... pero ciertos comentarios me parecen molestos. Es a la primera cosa que me comprometo y no cumplo. Por eso pido disculpas, pero ya no tengo ganas de acabar el tema, lo siento y menos colgarlo. Que lo haga otra persona que tenga más tiempo y seguro lo hará mejor que yo.
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Visto lo visto... el tema 11 que lo haga otra persona. Lo tengo casi hecho pero no me gusta lo que he leído. No quiero perjudicar a nadie... pero ciertos comentarios me parecen molestos. Es a la primera cosa que me comprometo y no cumplo. Por eso pido disculpas, pero ya no tengo ganas de acabar el tema, lo siento y menos colgarlo. Que lo haga otra persona que tenga más tiempo y seguro lo hará mejor que yo.
la cuestión no es esa,la cuestión es que se extrapolan las palabras,ya sabes que no hay palabras mal dichas sino mal interpretadas.yo solo me referi a un trabajo solidario en el que hay 20 personas mas esperando que se le asigne un tema y si no podemos hacerlo por las circustancias que sean,pues se dice y punto.Se puede entender que 4 semanas despues falte un tema,pero la mitad........
Era un tema por persona,no un manual entero.tengo no se cuanto privados de gente que quiere participar y que quiere esos apuntes,nada mas.
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De verdad, visto lo visto, como dice Antoubu, a quien ruego por favor, al igual que a todos, que no preste atención, ya no sé que decir.
A ver Whan31, no continues por ahí porque me vas a obligar a comunicarlo al moderador de este foro. Te lo he pedido educadamente, dos veces, pero parece que haces oidos sordos. Lo que hay es lo que hay y si no te gusta hazlo tu, pero deja de meter sizaña.
Antorbu, te vuelvo a reiterar que por favor no hagas caso de estos comentarios.
VOLVIENDO A LO IMPORTANTE:
El epigrafe 2.2 del resumen del tema 1 esta equivocado.
El bueno es:
2.2 El Hierocratismo de Gregorio VII a Bonifacio VIII
El texto está bien, pero el enunciado es el que os pongo.
Gracias a todos.
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Yo este cuatrimestre lo tengo complicado, pero si me pasais algun tema puedo encargarme de resumirlo. ¿Queda alguno libre? si es asi mandarmelo a mi correo, y si podeis la clave para ver el resto de apuntes tambien. gracias.
lourditas1985@hotmail.com
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Esto es como el chiste del tonto y la linde,ya sabes que se acaba la linde y el tonto sigue pues eso.
Mira majo,tengo el libro y estudio como me da la real gana,no creo que tu a mis años me tengas que decir lo que tengo que hacer.Veo que tu afan de protagonismo te hace autonombrarte representante de los demás,por que eres tu el que se da por aludido.
Te repito que esto no esta para contar las penas de cada uno,si te comprometes a algo lo haces y si no te metes la lengua donde te quepa.Si resulta que tu ritmo es hacerlo para septiembre,seguro que los compañeros CON LOS QUE TU TE COMPROMETISTE TE LO AGRADECERAN.
Animo y a tu ritmo majo.
Nada como si estubiera hablando con un tronco de madera. Primero instas a los demas a que seamos mas rapidos a hacer el trabajo, despues viendo que hay temas hechos por los que puedes estudiar exiges que esten todos cuando a ti te venga en gana, porque el señorito ha terminado antes que nadie, luego que si soy yo el representante de noseque, cuando yo hablo por mi pero entiendo a mis compañeros, y me doy por aludido porque soy uno de los que los que los esta confeccionando, despues lo de tonto, o que me meta la lengua... Nose pero sabes que esto es un foro de derecho?? Se que no se puede pedir mucho y que tu coeficiente intelectual es nulo ya que no entiendes ni a tus propios compañeros, pero insultos gratuitos... nose queda feo majo.
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a ver un poquito de seriedad, es verdad que hay muchisima gente que se ofrece a hacer apuntes, y si a una persona se le asigna un tema y por el motivo que sea no puede terminarlo o va a tardar mucho no pasa nada que lo diga y seguramente que otro compañer@ lo podrá hacer, aqui estamos para ayudarnos, si perdemos el tiempo en discutir seguro que no terminaremos los apuntes asi que porfavor la gente que le falte algun tema que diga si puede acabarlo o no, pero porfavor no os lo tomeis a mal de verdad que se agradece mucho el trabajo de las personas que se ofrece a hacer apuntes para el resto. un saludo
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Haya paz, por favor, que este sistema es una buena forma de lograr apuntes de asignaturas con manuales nuevos. Ha funcionado muy bien en Penal y tambien está funcionando en Eclesiastico. Que si algún compañero que se ha ofrecido no puede por las circunstancias que sean hay mas gente dispuesta a hacerse cargo.
Y antorbu, no te dejes influir por las opiniones de un compañero, no todos pensamos igual.
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Amigo dangoro, la expresión de tu avatar viene genial, jajajajajaj
Saludos
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De verdad, visto lo visto, como dice Antoubu, a quien ruego por favor, al igual que a todos, que no preste atención, ya no sé que decir.
A ver Whan31, no continues por ahí porque me vas a obligar a comunicarlo al moderador de este foro. Te lo he pedido educadamente, dos veces, pero parece que haces oidos sordos. Lo que hay es lo que hay y si no te gusta hazlo tu, pero deja de meter sizaña.
Antorbu, te vuelvo a reiterar que por favor no hagas caso de estos comentarios.
Vamos a ver Chen,esto es 1 foro,en el cual cada uno dice lo que piensa,y cada cual tiene su manera de expresarse.Leete la contestación que das a mi primer post en el que pones que puedes estar de acuerdo con lo que manifiesto.yo no pretendo meter cizaña,ni nada que se le parezca,solo doy a entender que todos tenemos obligaciones y el que no pueda que no se comprometa,nada mas,que bien sabes que hay gente esperando para hacer lo que otros no pueden y yo he sido el primero en querer compartir con todo el que lo pida.
Que falta algún tema es entendible,a todos se nos puede presentar un contratiempo,pero macho,cuatro semanas despues supongo que no pasa nada por dar un toque de atención,para si quieres y tienes intención que lo hagas,y si no dejes paso a otro.
Que el compañero se da por aludido y por ofendido,pues chico que quieres que te diga,supongo que los abogados no discrepan,como es un foro de derecho,pues eso.En mi intención jamas quise ofender a nadie,eso si me reitero,cuatro semanas despues que falten tantos temas suena a guasa,pero vamos,hay que ir con la mayoria,y yo apoyo que cada cual vaya a su ritmo,animo y al toro.
saludos
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Yo este cuatrimestre lo tengo complicado, pero si me pasais algun tema puedo encargarme de resumirlo. ¿Queda alguno libre? si es asi mandarmelo a mi correo, y si podeis la clave para ver el resto de apuntes tambien. gracias.
lourditas1985@hotmail.com
igual no elegi un buen momento, pero bueno... si puedo ayudar y me podeis dar la clave para ver como va el tema os lo agradezco. gracias
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Ahora parece que Whan 31 es el culpable. Para mi solo vale la formalidad y la palabra y odio los reproches
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[/quote]
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Estimados compañeros y compañeras:
Creo que algún mal entendido o alguna palabra, digamos más atrevida, está provocando una pequeña discusión en un Foro de personas adultas, en el que nos une más cosas que nos separan, todos necesitamos de todos. Por eso me gustaría que contaráis hasta diez e hiciérais un paréntesis para la reflexión.
Sé que es duro trabajar, cuidar de la familia y, además, estudiar a horas intenpestivas, pero este espacio se ha creado con un objeto primordial: la colaboración mutua para conseguir ir superando asignaturas del Grado.
Pienso que si alguien, que en principio se ofreció para confecionar un resumen, y por circusntancias que no podemos valorar, no puede dar una respuesta con la celeridad que la han dado otros, no pasa nada por compartirlo con los demás, pues estamos otros amig@s como suplentes, quienes gustosamente relevaremos a nuestro compañer@s, sin que por ello suponga ningún otro inconveniente.
Creo que CHEN ha recibido varias solicitudes de colaboración, y si me permitis, propongo que caso de que alguien en una plazo que podáis considerar moderado (una semana, por ejemplo) prevea que no va a poder dar respuesta a su tarea, que sea reasignada a algunos de nosotros; particularmente yo ya me presente voluntario.
UN SALUDO y espero que la aguas vuelva a su cauce.
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Chapó Martín.
Eso mismo que dices llevo planteandolo todo el dia.
En cuanto alplazo, ya dije que esperasemos que pasara el fin de semana para replantear los temas que faltan, que por otra parte, creo que solo son 4.
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hola chicos pues parece que he llegado un poco tarde a esta asignatura y ya teneis los temas mas que repartidos, no obstante si alguien falla yo me ofrezco para hacer el que querais al final me compré el libro, ya me direis.
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los temas que hay resumidos donde estan?gracias de antemano
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Que temas faltan por resumir?? yo ya tengo el 1,2 y 3 por si queréis que lo pase.
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a mi si me podeis pasar los temas os lo agradezco, llevo varios dias preguntando y no me habeis dicho nada. mi correo es lourditas1985@hotmail.com
gracias
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a mi si me podeis pasar los temas os lo agradezco, llevo varios dias preguntando y no me habeis dicho nada. mi correo es lourditas1985@hotmail.com
gracias
Compañera lulu, lee elpost y sabras como solicitar los resumenes.
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Bueno compañeros:
Ya es viernes, estaremos más tranquilitos, han salido casi todas las calificaciones (a mi me falta Civil II),.... No quiero pecar de pesado pero urgen esos temas que faltan.
Rogaría a los compañeros que han de resumirlos, que los tengan durante el fin de semana.
Si tuviesen algún problema para ello, por favor, poneros en contacto con nosotros.
Tema 2 - Lorelayme
Tema 5 - Pasteles
Tema 11 - Antorbu
Tema 13 - Segurlaw
Tema 15 - Raquelgc
Gracias a todos.
Enhorabuena a los que tengais aprobados y ánimo a los que no.
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Los míos terminados (tema 5). Voy a mirar pa tras a ver donde mandarlos.
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Ya los he enviado a la cuenta de eclesiasticouned. Ahora desde mi cuenta de alumno tengo que mardar un correo a CHEN, pero cual es su cuenta de alumno? Reviso las páginas de atrás y no lo encuentro.
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pasteles se lo tienes que enviar a chenchoflorido@gmail.com
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Por favor, los temas que faltan
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Bueno, es domingo y seguimos con casi los mismos temas.
Faltan:
Tema 2 - Lorelayme
Tema 11 - Antorbu
Tema 13 - Segurlaw
Tema 15 - Raquelgc
Indiscutiblemente mañana algunos tenemos que trabajar. Los temas que por la tarde no hayan tenido una respuesta, dado que hay tanta gente que se ha ofrecido, volvertemos a asignarlos, a ver si es posible y podemos terminar con el temario que ya estamos a 12 de marzo.
Vamos a esperar a mañana por la tarde porque de los compañeros que faltan hay alguno que me aseguró que estaba listo este fin de semana.
Gracias.
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Bueno, es domingo y seguimos con casi los mismos temas.
Faltan:
Tema 2 - Lorelayme
Tema 11 - Antorbu
Tema 13 - Segurlaw
Tema 15 - Raquelgc
Indiscutiblemente mañana algunos tenemos que trabajar. Los temas que por la tarde no hayan tenido una respuesta, dado que hay tanta gente que se ha ofrecido, volvertemos a asignarlos, a ver si es posible y podemos terminar con el temario que ya estamos a 12 de marzo.
Vamos a esperar a mañana por la tarde porque de los compañeros que faltan hay alguno que me aseguró que estaba listo este fin de semana.
Gracias.
Siempre intento no faltar a mi palabra, lo prometido es deuda. Ya esta enviado. Borrame de esa ''Lista'' Chen.
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pues yo me vuelvo a ofrecer para haceros alguno rapidito, si es que por lo que sea alguien falla decirmelo que yo lo hago. Mi correo marijogi@hotmail.com
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Gracias Segurlaw,borrado quedas.
Veamos si de aqui a esta tarde aparece algún tema más.
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Acabo de entrar en la cuenta de eclesiastico y había un par de correos solicitando la clave.
La clave la teneis que pedir:
Desde vuestra cuenta de alumno UNED y enviarla a chenchoflorido@gmail.com y NO a la cuenta de los apuntes.
Por otra parte, Faltan:
Tema 2 - Lorelayme
Tema 11 - Antorbu
Tema 15 - Raquelgc
Había un correo de una chica que dice tener terminado el tema 15, pero no sé si es la misma persona que lo tenía asignado o es otra.
¿me lo podeis aclarar por favor?
Gracias.
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Si os podéis esperar a la madrugada de hoy lo.colgaré que estoy de guardia y no puedo colgarlo antes!!
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Yo creo que si, que podremos esperar. ;)
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Claro que si.
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Chic@s, me ofrezco a hacer el 2, lo tengo subrayado en el libro, así que sería redactar..o cualquier otro tema que me da lo mismo uno q otro... (ya hice el T1) Saludos
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Claro que podemos esperar a la madrugada. Gracias por contestar.
¿Que hacemos con los temas 11 y 15?
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Hola, he visto que faltan temas por asignar y queria deciros que yo estoy disponible por si los teneis que volver a asignar.
mi correo es chicho198949@hotmail.com
espero que sea de ayuda mi colaboración. Un saludo
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Hola!! Sé que es muy tarde para colaborar...pero si puedo ayudar en algo que se haya quedado colgado contad conmigo. No tengo el libro pero si puedo hacer algún tema o cualquier otra cosa, en su caso, que alguien me mande el capítulo correspondiente y lo haría gustosamente :) :) Prometo tenerlo listo en un par de días como mucho.
Muchas gracias.
Mi correo es pilar_nerja@hotmail.com
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Como puedo tener acceso a los apuntes de esta asignatura?? Tengo el libro pero se me hace muy cuesta arriba. Gracias
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Ale, por fin el tema dos enviado...gracias por al comprensión y la espera!
::)
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Como puedo tener acceso a los apuntes de esta asignatura?? Tengo el libro pero se me hace muy cuesta arriba. Gracias
Un par de respuestas más arriba y a lo largo del foro se explica:
La clave la teneis que pedir:
Desde vuestra cuenta de alumno UNED y enviarla a chenchoflorido@gmail.com y NO a la cuenta de los apuntes.
Una vez tengas la clave puedes acceder a la cuenta de hotmail eclesiasticouned@hotmail.com
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Una vez que tengo la contraseña, ¿que hago exactamente?
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Claro que podemos esperar a la madrugada. Gracias por contestar.
¿Que hacemos con los temas 11 y 15?
Yo tengo asignado el tema 15, lo tengo a medio, esta semana lo puedo tener listo, pero no puedo decir el día, ya que tengo a mi madre ingresada en el hospital y no paro. Lo siento mucho de verdad, si alguien lo tiene resumido que suba. Yo cuando termine el mío también lo subiré.
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Vale Raquel, no te preocupes, esperaremos al fiin de semana para el tema 15.
Me gustaria saber si Antorbu va a subir el tema 11 que es el que falta.
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Yo tengo asignado el tema 15, lo tengo a medio, esta semana lo puedo tener listo, pero no puedo decir el día, ya que tengo a mi madre ingresada en el hospital y no paro. Lo siento mucho de verdad, si alguien lo tiene resumido que suba. Yo cuando termine el mío también lo subiré.
Esto es entendible como bien dije y lo mas normal del mundo,es mas, si no puede hacerlo ella yo estaria dispuesto.Lo que no me parece de recibo es la falta de formalidad y compromiso, sobre todo, cuando hay tanta gente esperando para colaborar.Solo hay que manisfestar la imposibilidad y aqui estamos para ayudarnos.
saludos
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R que R.
Yo creo que no se puede juzgar la formalidad y el compromiso, de una persona por la entrega de un tema.... pero bueno..., tu y yo ya se ha visto que no vamos a estar de acuerdo en esto.
Lo que si pienso es que cuando se asignaron los temas deberiais haber puesto un plazo prudencial para la entrega, Señores y Señoras en 3-4 semanas tiene que estar esto listo; y pasadas estas se le pregunta al compañero, sino puede por lo que sea, no se le reprocha nada, solo que como somos muchos si uno no puede se le asigna a otro sin problema. Solo hay una cosa en la que estoy de acuerdo contigo y es que aqui estamos para ayudarnos.
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Un par de respuestas más arriba y a lo largo del foro se explica:
La clave la teneis que pedir:
Desde vuestra cuenta de alumno UNED y enviarla a chenchoflorido@gmail.com y NO a la cuenta de los apuntes.
Una vez tengas la clave puedes acceder a la cuenta de hotmail eclesiasticouned@hotmail.com
¿Cuál es la cuenta de alumno uned?
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Buenas para cuando aprox. tendremos los temas 11 y 15? Gracias!!!
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Entra en la secretaría virtual y ve a correo-e. Ahí has de tener una cuenta asiganada del tipo :
xxxxxx@alumno.uned.es
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El 15 esta semana, y el 11, después de intentar contactar con Antorbu, que ni siquiera me contesta a los privados, hay una chica que va ha hacerlo en esta semana.
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De verdad, cuando pasan cosas de estas te dan ganas de pasar de todo.
Lo siento, era un pensamiento.
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Vale. Ya hay una compañera que va ha hacer el tema 11
Mírzam1989
Me ha dicho que para el fin de semana está listo.
Así que espero que para el domingo este todo terminado.
Gracias a todos.
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De verdad, cuando pasan cosas de estas te dan ganas de pasar de todo.
Lo siento, era un pensamiento.
:D :D
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:D :D
Si si, eso me pasa por dedicarme a intentar que todo resulte más facil para todos.
Pero, lo dicho..........se te quitan las ganas.
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Si si, eso me pasa por dedicarme a intentar que todo resulte más facil para todos.
Pero, lo dicho..........se te quitan las ganas.
yo en mi caso jamas he dudado de tu implicación, es más, creo que tendriamos que estar todos agradecidos.lo malo es que aqui no se puede llamar al pan pan y al vino vino,lo cual me enseño mi padre.Yo no estoy para quedar bien con nadie,digo lo que pienso y ayudo lo que puedo,eso es todo.
Saludos y animo.
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Venga no os enfadeis. Antorbu dijo que no lo haría, se mosqueó.
Pues nada, si lo hace otro compañero/a y para el fin de semana que viene tenemos los apuntes hechos, tampoco ha salido tan mal.
Yo creo que ha sido productivo. Y que es un sistema que podemos usar, cada vez que nos encontremos con asignaturas con manual nuevo.
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Por supuesto que si dangoro.
Y es muy respetable su postura de no querer hacerlo.
Pero, al menos, me lo podía haber dicho después de los correos y los privados que le he mandado.
En fin, p´lante, como se dice en mi tierra.
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Entra en la secretaría virtual y ve a correo-e. Ahí has de tener una cuenta asiganada del tipo :
xxxxxx@alumno.uned.es
Gracias, ¿se puede elegir que poner en las equis?
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sirias1@alumno.uned.es, este es mi correo de la Uned alguien tiene apuntes? no se si es este el correo que tengo que dejar para que me faciliten algun apunte si no es este tambien les dejo este. seivi10.sia@gmail.com
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sirias1@alumno.uned.es, este es mi correo de la Uned alguien tiene apuntes? no se si es este el correo que tengo que dejar para que me faciliten algun apunte si no es este tambien les dejo este. seivi10.sia@gmail.com
Compañera mira la respuesta 261, del compañero Dangoro.
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compañeros no contesté los privados por que no los vi. Los acabo de ver. Yo ya dije que no lo haría, avisé la semana pasada. siento el perjuicio que he podido causar.
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Bueno, ya están casi todos los temas resumidos. Agradecer a Sandy y a Chen el trabajo realizado. Y por último, que nos sirva de experiencia para próximas asignaturas porque quitando algunas "incidencias" tenemos material para estudiar y elaborados entre todos. El sistema funciona y es importante señalar que existan compañeros que de forma desinteresada sean los responsables de que tengamos apuntes con los que estudiar. Saludos.
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Canariote, gracias. Lo cierto es que me gusta ayudar porque luego te vuelve esa ayuda en forma de civil I o romano o constitucional III, jejeje.
Saludos.
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He colgado en hotmail unos apuntes que tenia. Si alguno quiere descargarlos para verlos pues están a disposición del que quiera.
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Chicos alguno me podría pasar los apuntes de Derecho Eclesiástico a mi correo por favorr??? o decirme cómo puedo acceder a ellos??
Mi correo es yu_91@hotmail.es
Muchas gracias!!!
Debes meterte en tu correo de la uned (xxx@alumno.uned.es) y enviar desde esa cuenta un correo solicitando las claves de la cuenta de correo de hotmail a esta dirección: chenchoflorido@gmail.com (correo de Chen)
Cuando te faciliten las claves, deberás entrar en la cuenta eclesiasticouned@hotmail.com con dicha contraseña y ahí tendrás los apuntes.
Espero habertelo aclarado!!
pdt: tampoco creo que el hilo tenga tantas hojas como para perder un poco de tiempo en leerlo y así enterarse uno de lo que hay que hacer...
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Canariote, gracias por la parte que me toca, pero como dice Sandy, "hoy por ti y mañana por mi"
Para final de semana estarán los dos temas que faltan.
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Chicos el Tema 11 ya está subido a la cuenta.
He de dar las gracias a la compañera Mizard por la premura.
Espero que el 15, que es el que falta, esté en breve.
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Buenas!!
Ya que no pude colaborar en la elaboración de los resumenes he realizado la unificación de los temas hasta el 14.
No sé si os gustará pero bueno, si alguien se lo quiere bajar lo he subido a la cuenta de correo de eclesiástico.
Faltaría el tema 15, pero bueno así para ir tirando vale y cuando esté ya el 15 simplemente será añadirlo.
En el índice he puesto quien elaboró cada tema, espero no haberme equivocado que como se fue cambiando el autor de cada resumen me ha costado aclararme..jejej!!
Espero que os sirva de ayuda mi pequeño granito de arena :D :D
-
Ole, ¿ vienes en semana santa?
Que lo disfrutes. A ver si nos tomamos unas cervecitas en la Plaza San Antonio, o en el freidó, o donde tu quierras.
Me alegro amigo.
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Estoy pensando en dejarme esta asignatura para septiembre,sabeis si es muy tocha?
-
Muchísimas gracias, ha quedado muy bien y desde luego ha sido un buenísimo trabajo en equipo, esto seguro nos dará suerte para Junio ¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡
Gracias a tod@s ¡¡¡
Buenas!!
Ya que no pude colaborar en la elaboración de los resumenes he realizado la unificación de los temas hasta el 14.
No sé si os gustará pero bueno, si alguien se lo quiere bajar lo he subido a la cuenta de correo de eclesiástico.
Faltaría el tema 15, pero bueno así para ir tirando vale y cuando esté ya el 15 simplemente será añadirlo.
En el índice he puesto quien elaboró cada tema, espero no haberme equivocado que como se fue cambiando el autor de cada resumen me ha costado aclararme..jejej!!
Espero que os sirva de ayuda mi pequeño granito de arena :D :D
-
Hola Raquel:
No es que quiera agobiarte, ni mucho menos, pero me gustaría saber cuando te será posible tener el tema 15. Es que hay compañeros que quieren imprimirlos para estudiar.
Si por la situación familiar que tienes ahora mismo, te fuese imposible, por favor comunicamelo.
Muchas gracias.
-
Yo en ningún momento he dicho que se pueda imprimir, principalmente porque no conzco el tema, ni siquiera se en que formato lo venden. Conozco de su existencia por alguna referencia en el foro.
No, el que falta es el 15
Nuria, gracias por tu aportación, pero habría que esperar al tema que falta.
buenas!
tienes razón... :-X :-X pero como ya "sólo" faltaba el último tema y creía que en unos días estaría ya colgado lo subí para que la gente si quisiese se lo imprimiese.
Cuando esté el tema 15 ya lo subiré completo..me deje llevar por las prisas...:-P
De todas maneras si la persona que hace el tema 15 no lo puede hacer si me lo pasaís (no tengo el libro) podría resumirlo yo..
saludos!!
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No sé como conseguir la clave...hace dias mandé desde mi cuenta de la UNED un mail para solicitar la clave pero no recibí contestación...asi q no puedo ver ni subiros nada....
¿alguien que me diga que puedo hacer? ¿le mando otro mail a alguno de vosotros desde mi cuenta UNED para q me facilite la clave o algo?
gracias!!!!
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Hola Raquel:
No es que quiera agobiarte, ni mucho menos, pero me gustaría saber cuando te será posible tener el tema 15. Es que hay compañeros que quieren imprimirlos para estudiar.
Si por la situación familiar que tienes ahora mismo, te fuese imposible, por favor comunicamelo.
Muchas gracias.
He subido el tema 15 en un correo a chen en la cuenta de hotmail. Por si lo queréis.
En cuanto a lo que ha pregunta un compañero, esta asignatura parece fácil de aprobar, no sé que pensáis, no sé que ha pasado otros años.
-
He subido el tema 15 en un correo a chen en la cuenta de hotmail. Por si lo queréis.
En cuanto a lo que ha pregunta un compañero, esta asignatura parece fácil de aprobar, no sé que pensáis, no sé que ha pasado otros años.
Hola iota
No veo el tema 15 el hotmail, ¿en que carpeta esta?
saludos
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Hola iota
No veo el tema 15 el hotmail, ¿en que carpeta esta?
saludos
Mi tema 15 está en la carpeta de ELIMINADOS, aunque yo no la envié ahí. Mirarlo si queréis. Si tenéis alguna duda de siglas y eso, a preguntar.
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Ok Iota, ya sí lo he visto
de nuevo gracias
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Mi tema 15 está en la carpeta de ELIMINADOS, aunque yo no la envié ahí. Mirarlo si queréis. Si tenéis alguna duda de siglas y eso, a preguntar.
lo he añadido al resumen que había hecho y ya está todo completo. He borrado el anterior archivo para que nadie se lie.
saludossss
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Bueno parece que POR FIN están todos los temas.
Gracias IOta por tu aportación y a Nuria y atodos los que han colaborado en la realización de estos apuntes.
De verdad, gracias a todos.
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Bueno parece que POR FIN están todos los temas.
Gracias IOta por tu aportación y a Nuria y atodos los que han colaborado en la realización de estos apuntes.
De verdad, gracias a todos.
yo también quiero dar las gracias a tod@s. a mí esto me ha quitado bastante horas de trabajo de tener que ir tema por tema. por no mencionar que me he ahorrado comprar el libro. que yo poquitos me compro por lo que valen...
también agradecer el detallazo del resumen de todos los temas, (creo que es de nuria).
ahora a estudiar...aunque yo esta me la dejo para septiembre. que tengáis suerte los que vais a junio.
en fin, muchas gracias!, besos y abrazos para tod@s!
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lo he añadido al resumen que había hecho y ya está todo completo. He borrado el anterior archivo para que nadie se lie.
saludossss
Se agradece Nuria.
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Se agradece Nuria.
Te cito a tí por ser el último que eso de citar a varios no sé...jeje!!
De nada!!! Pero era lo menos que podía hacer ya que si no es por los que habeís colaborado yo no podría haber puesto mi granito de arena.
La verdad que es algo de admirar lo que ayuda en este foro la gente y como con colaboración las cosas salen adelante, asi que por lo menos he podido aportar mi pequeño granito de arena. Ahora a estudiar!!
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Yo quiero dedicar mi agradecimiento a CHEN, por su buena forma de coordinarlo y el trabajo que habrá pasado respondiendo correos y enviando claves.
Mil gracias.
Y ahora que ya tenemos apuntes a estudiarlos toca.
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Gracias dangoro,por la parte que me toca.
Este foro me ha aportadomuchas cosas,como bien sabes, así que ha sido un placer aportar algo yo ahora.
Gracias amigo.
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hola a todos , es la primera ves q m meto a este foro de D.esclesiastico del Estado y por lo q veo han hecho unos apuntes , me podrian decir donde me los puedo descargar ?
Muchas gracias !
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gracias a todos!!!
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(Si está en mayúsculas es porque es un mensaje de agradecimiento, conozco las normas)
ENHORABUENA Y MI AGRADECIMIENTO A LOS HACEDORES - RECOPILADORES.
¡¡ QUE TOMEN NOTA LOS ESCRIBIDORES DE TOCHACOS QUE SOLO SIRVEN PARA MERTER AL CAJÓN ¡¡, SENCILLAMENTE PERFECTO.
Un saludo, y gracias por vuestra ayuda.
Sin palabras.
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Buenos días!
En la guía de la asignatura hablan de "espacio tasado" en el examen, pero no dicen cuánto es ese espacio. En ALF alguien ha preguntado también si le podían indicar cuál era ese espacio, pero creo que tampoco le han contestado...
Alguien tiene la más mínima idea de cuánto podría ser? En alguna tutoría han comentado algo?
Es que hay epígrafes que son larguísimos... Y si les diera por meter las 5 preguntas (o 4 con la PEC) en un folio, habría que acortar bastante...
:o
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pues en el foro de la plataforma he leido yo que es un folio por las dos caras, ese es el espacio tasado.
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Sobre espacio tasado. Llevo 5 años en la UNED y el examen de esta modalidad siempre ha sido un folio por las dos caras. En un único folio se dividen los espacios para que contestes a las preguntas
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Hola. Vaya tostón de asignatura. Acabo de terminar el tema 9 y veo que hay más paja que materia. Es como el Universo, casi todo espacio vacío. Hay lecciones que con un par de párrafos está todo dicho y sin embargo se abusa de la redundancia. Se repite hasta la saciedad. Si no existiera esta asignatura, no pasaría nada. Y por si fuera poco, este año publican libro nuevo. Vamos, puro negocio. En fin...
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Hola. Vaya tostón de asignatura. Acabo de terminar el tema 9 y veo que hay más paja que materia. Es como el Universo, casi todo espacio vacío. Hay lecciones que con un par de párrafos está todo dicho y sin embargo se abusa de la redundancia. Se repite hasta la saciedad. Si no existiera esta asignatura, no pasaría nada. Y por si fuera poco, este año publican libro nuevo. Vamos, puro negocio. En fin...
Además, habría que añadir que se supone que este es un pais laico ;D y que la Constitución ya te da una libertad religiosa como Derecho Fundamental.
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Una vez que tengas la clave, has de entrar en HOTMAIL, en la cuenta eclesiastico uned@hotmail. Com.
Usuario: la cuenta
Contraseña: la que se facilite
Una vez dentro, busca la carpeta APUNTES ECLESIASTICO y te la descargas. Asi de facil.
De verdad, no me gustaria pecar de grosero pero, por favor, LEED EL POST ANTES DE PREGUNTAR. Se que preguntar es mas facil, pero esto nos supone a algunos una enorme perdida de tiempo, que no tenemos.
Somos alumnos, como todos, con problemas, familias y estudios.
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Esta asignatura es un toston, me parece todo lo mismo...
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¿Hay temario excluido en esta materia?
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holaaa una pregunta, ¿los apuntes eso que habeis elaborado a que libro corresponden? porque con el libro de mi cuota el indice no corresponde vamos k no tiene el mismo.contenido.
Tenemos un libro distinto o como es eso
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holaaa una pregunta, ¿los apuntes eso que habeis elaborado a que libro corresponden? porque con el libro de mi cuota el indice no corresponde vamos k no tiene el mismo.contenido.
Tenemos un libro distinto o como es eso
¿Cuota? En esta asignatura no hay cuotas. El libro es el mismo para todo el mundo. Ese libro que tienes, si eres de grado, no te sirve.
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¿Cuota? En esta asignatura no hay cuotas. El libro es el mismo para todo el mundo. Ese libro que tienes, si eres de grado, no te sirve.
Una argucia que se han sacado de la manga para que la gente se compre el libro.
Ojalá me lo pudiese haber comprado yo, pero yo ya llevo casi 2 meses y pico en paro.
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Una argucia que se han sacado de la manga para que la gente se compre el libro.
Ojalá me lo pudiese haber comprado yo, pero yo ya llevo casi 2 meses y pico en paro.
Esta gente no tiene escrúpulos, les da igual el paro, y todo lo que no tenga que ver con comprar su libro les trae sin cuidado.
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no se yo cual es el libro que teneis ustedes,en mi centro es blanco con una franja roja cuyo titulo es DERECHO ECLESIASTICO DEL ESTADO de editorial TIRANT LO BLANC 2012.
Es al que ustedes os habeis remitido para hacer esos apuntes?
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Prueba de Evaluación Contínua
El equipo docente les comunica que la prueba de evaluación continua se colgará en la plataforma ALF después de las vacaciones de Semana Santa.
Los estudiantes dispondrán de un plazo de 24 horas para entrar a la Plataforma y acceder a la prueba, una vez quede abierta la prueba, dispondrán de dos horas para realizarla
Dos horas de plazo? Esto es de traca.....
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No les veo. Te importaria ponerme el enlace o mandarmeles directamente a mi email¿?
alexmania6@msn.com
Gracias!!
Desde tu correo oficial de la UNED tienes que enviar a chenchoflorido@gmail.com un email solicitando la contraseña de la cuenta de correo eclesiasticouned@hotmail.com donde están los apuntes.
Es algo que ya se ha dicho por activa y por pasiva en este hilo oficial.
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Prueba de Evaluación Contínua
El equipo docente les comunica que la prueba de evaluación continua se colgará en la plataforma ALF después de las vacaciones de Semana Santa.
Los estudiantes dispondrán de un plazo de 24 horas para entrar a la Plataforma y acceder a la prueba, una vez quede abierta la prueba, dispondrán de dos horas para realizarla
Dos horas de plazo? Esto es de traca.....
Bueno el que tenga intención de hacer la PEC pues que sepa que nos dan dos horas de plazo para hacerla,a partir de semana santa.
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Bueno el que tenga intención de hacer la PEC pues que sepa que nos dan dos horas de plazo para hacerla,a partir de semana santa.
Muy apropiado después de Semana Santa. .....jejeje....
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Yo la haré pero no es normal que sólo nos den dos horas de plazo, cuando la UNED incumple plazos cuando quieren, por no decir siempre....
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no lo encuentro ahora pero alguien escribió en este hilo diciendo que tenia una recopilacion de preguntas de otros años, ya se que cambio el temario pero los quiero igual, por que sino es imposible saber por donde van a ir los tiros, ya que nada me parece importante, o sea que puede serlo todo, y todo chaparlo va a ser mucho...bueno,pues eso si alguien los tiene y me los manda se lo agradezco eromay1@hotmail.com
por cierto vaya cara que tienen, primero no nos dicen nada de la pec y de repente en unos dias hay que tenerla hecha, ala a tragarse el temario a base de bien, no tienen compasion de nosotros, no deben saber que tenemos trabajo( el que lo tiene), hijos, familia, obligaciones,otras asignaturas y demas..
bueno no me enrollo mas pero es que llevo un empacho de papas y reyes que no puedo más y necesitaba desahogarme un poco!!!
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Desde fuera (No he resumido ningún tema) me quedo alucinado con el compañerismo y el buen rollo general.
Muchas gracias desde Barcelona. Sin todos vosotros yo no podría cumplir poco a poco mis sueños; y el dia que llegue (Que llegará) os deberé un poquito mucho a cada uno de vosotros. ;)
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Yo tengo esas preghuntas de años anteriores que me pasó Onailup. Estoy intentando responderlas, pero es complicado porque ha cambiado el temario.
De todas formas, en cuanto las tenga, las compartiré con todo el que las necesite.
Saludos.
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Yo tengo esas preghuntas de años anteriores que me pasó Onailup. Estoy intentando responderlas, pero es complicado porque ha cambiado el temario.
De todas formas, en cuanto las tenga, las compartiré con todo el que las necesite.
Saludos.
Me podias enviar esas preguntas, si no te importa, aunque esten sin responder??!!
Conchi.arreaza@hotmail.com
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en definitiva ¿cuando es la dichosa pec? solo veo que después de semana santa y que nos dan 2 horas para hacerla estando colgada solamente 24 horas, eso es lo que he entendido... teneis alguna idea de que día será?..
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en definitiva ¿cuando es la dichosa pec? solo veo que después de semana santa y que nos dan 2 horas para hacerla estando colgada solamente 24 horas, eso es lo que he entendido... teneis alguna idea de que día será?..
Sabes lo mismo que sabemos todos, no han dicho nada más.
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hola a todos
Tengo un problema mi ordenador es incapaz de abrir la tabla de contenidos, se que hay video clases, alguien puede colgar aqui los enlaces a esas videoclases o explicarme que programa tengo que descargarme para poder abrir la tabla de contenidos????
muchas gracias
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para lortgut yo me instalría otro navegador sin desinstalr el que tienes, esa es posible que sea la causa
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Me he fijado, no se vosotros, en que si se hace la PEC, no perjudica a la nota obteniendo un 5 como mínimo en el examen presencial, pero sí se pueden contestar únicamente a cuatro de las cinco preguntas del examen. Es un detalle importante.
Particularmente, voy a hacer la PEC, independientemente de sacar un cero, y me garantizo contestar solo cuatro preguntas.
Comentarme si estoy en lo cierto o es que veo cosas raras.
Saludos.
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Estoy contestando las preguntas que hay en Calatayud de esta asignatura, que cuando las termine lo diré, y me he dado cuenta que tiene una lectura muy didactica su análisis, por años en preguntas, echarles un vistazo y los vereis.
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Hola chicos:
Yo tengo ellibro y solo tiene 15 temas,asi que ya nos sobra gente.
Lo de la cuenta de hotmail, tal como hemos hecho en Penal, me parece lo más coherente.
Si os parece voy ha abrirla y ya os daré la dirección. En cuanto a conseguir la contraseña, vamos ha hacerlo igual que en Penal.
Por otra parte, voy a intentar esta misma tarde o mañana por la mañana, fotografiar los temas y ya os iré contando.
Estais de acuerdo?
Un saludo.
He tratado de enviar un documento con los resúmenes de los que trata cada tema, así como de los correspondientes glosarios, a la cuenta que me enviasteis, pero me ha dado que no estoy autorizada a "colgar" documentos, por lo que en diez días se eliminará. Si os interesa, rescatadlo.
Saludos
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Una duda tonta, ¿aquí el examen consta de cinco preguntas teóricas y no de cuatro teóricas más un caso práctico verdad?
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A ver si ponen la PEC de Eclesiastico, como dejan 24 horas miro todo el rato
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Una duda tonta, ¿aquí el examen consta de cinco preguntas teóricas y no de cuatro teóricas más un caso práctico verdad?
Estás en lo cierto, son solo preguntas de teoría, para desarrollar en espacio tasado, ¿cuanto será?. ¡He aquí la duda!. Puede ser que se trate de respuestas cortas, para contestar en el solo folio del examen a realizar.
Para contestar solo a 4 de las cinco preguntas hay que hacer la PEC, aunque saques un cero "patatero", puesto que no computa si luego en el examen presencial puntuas por encima de 5.
Saludos.
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Estás en lo cierto, son solo preguntas de teoría, para desarrollar en espacio tasado, ¿cuanto será?. ¡He aquí la duda!. Puede ser que se trate de respuestas cortas, para contestar en el solo folio del examen a realizar.
Para contestar solo a 4 de las cinco preguntas hay que hacer la PEC, aunque saques un cero "patatero", puesto que no computa si luego en el examen presencial puntuas por encima de 5.
Saludos.
Yo creo que voy a pasar de hacer la PEC y contestaré a las cinco preguntas...
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Yo creo que voy a pasar de hacer la PEC y contestaré a las cinco preguntas...
yo hasta ahora no he hecho ninguna pec. bueno, en mi cosa, este año me he adaptado al grado. estaba en plan 2000, pero como no me daba tiempo a terminar la carrera porque me queda muuucho todavía, no me ha quedado más remedio. yo en un principio pensaba que eran obligatorias, pero cuando he visto que sólo puntúan a partir del aprobado en el examen, he pasado de hacerlas. está bien para subir nota, pero en mi caso, busco aprobar...
vaya tela que apenas den tiempo para hacerla...pppffff...
suerte a tod@s los que vayáis a hacerla.
(depresión post-semana.santa total...)
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PEC
PRUEBA DE EVALUACIÓN CONTINUA
A.- “En el nombre de Dios todopoderoso, Padre, Hijo y Espíritu Santo autor y supremo legislador de la sociedad”.
B.- “Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”.
Preguntas.-
Los dos textos anteriores pertenecen a dos constituciones españolas.
1.- Identifique ambos textos y señale el modelo de relación Iglesia- Estado que establecen.
2.- Explique las diferencias entre ambas constituciones respecto de la libertad ideológica, religiosa y de culto.
3.- Realice un esquema de la evolución del fenómeno religioso en las constituciones del siglo XIX.
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PEC
PRUEBA DE EVALUACIÓN CONTINUA
A.- “En el nombre de Dios todopoderoso, Padre, Hijo y Espíritu Santo autor y supremo legislador de la sociedad”.
B.- “Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”.
Preguntas.-
Los dos textos anteriores pertenecen a dos constituciones españolas.
1.- Identifique ambos textos y señale el modelo de relación Iglesia- Estado que establecen.
2.- Explique las diferencias entre ambas constituciones respecto de la libertad ideológica, religiosa y de culto.
3.- Realice un esquema de la evolución del fenómeno religioso en las constituciones del siglo XIX.
Para ir aportando cosas,el primer texto pertenece a la Pepa(1812) y el 2º a la constitución vigente art 16 si no me equivoco.
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Ya he hecho la práctica.
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Correcto wham31.
Que maquina kko21 jajaja.
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cuánto espacio hay para realizarla? es para hacerla antes de abrirla.
Gracias
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No pasa nada por abrirla, hay de plazo hasta mañana a las 12:00 para entregarla. Lo del espacio no lo pone.
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a qué se refiere con relación iglesia-estado? entiendo que a primera constitución establece un estado confesional con rechazo de cualquier otra confesion, pero no entiendo a qué se refiere con relación estado iglesia.
gracias.
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a qué se refiere con relación iglesia-estado? entiendo que a primera constitución establece un estado confesional con rechazo de cualquier otra confesion, pero no entiendo a qué se refiere con relación estado iglesia.
gracias.
Estado con iglesia oficial :Constitucion de Cádiz
Estado laico: Constitución 1978
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Gracias, que máquina, yo por más que leo el punto del libro de la constitución del 12 no entendía dicha relación.
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Gracias, que máquina, yo por más que leo el punto del libro de la constitución del 12 no entendía dicha relación.
Internet es tu "amigo"
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a qué se refiere con relación iglesia-estado? entiendo que a primera constitución establece un estado confesional con rechazo de cualquier otra confesion, pero no entiendo a qué se refiere con relación estado iglesia.
gracias.
Lidia yo creo que se refiere al Tema 1 punto 4.4.
kko21 diría que te equivocas. La constitución actual no establece un estado laico, sino uno aconfesional.
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Lidia yo creo que se refiere al Tema 1 punto 4.4.
kko21 diría que te equivocas. La constitución actual no establece un estado laico, sino uno aconfesional.
Yo he puesto laico y aconfesional en el ejercicio.
El punto 3 si me ha costado hacerlo mucho más.
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Jajaja muy bueno "internet es tu amigo" y gracias dangoro, por eso no me aclaraba porque lo miraba mal en el libro.
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He hecho 2 paginas del trabajo completas, más la bibliografia.
No sé si hacerle una portada
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Yo he puesto laico y aconfesional en el ejercicio.
El punto 3 si me ha costado hacerlo mucho más.
Yo diria que es al reves,aconfesional y laico en el ejercicio.
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Hola
Deberías mirar art. 16 CE y L.O. 7/1980, 5 de Julio de Libertad religiosa,
Un saludo
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Hola
Deberías mirar art. 16 CE y L.O. 7/1980, 5 de Julio de Libertad religiosa,
Un saludo
A que te refieres?
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Hola
He realizado la PEC en el trabajo porque creí que sólo tenía dos horas para enviarla una vez abierta y, ello ha sido posible gracias a los apuntes de los/las compañeros/as de este foro.
Los apuntes están muy bien, de veras (mis personales gracias), y respecto de la pec tenéis en ellos todo lo que necesitáis.
Una puntualización, respecto del párrafo de la Pepa, estamos en un Estado confesional y que además prohíbe cualquier otra clase de religión que no sea la católica, respecto del párrafo de nuestra vigente CE, el apartado 3 que es el que se trascribe en el práctico, estamos en un Estado acofensional, lo que no es óbice para que se realicen acuerdo con las diferentes confesiones o religiones.
En lo que se refiere a la tercera pregunta, en los mismos apuntes están la evolución conforme a las distintas constituciones del siglo XIX, pero en el ámbito europeo, por tanto, no nos hemos de ceñir sólo a España, sino al resto del continente, al menos hasta el año 1900.
Que Dios reparta suerte, porque como tenga que repartir justicia, apañaos vamos, como dijo no se quién.
Saludos
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Bueno pues la PEC está hecha.
Menos mal que he entrado y he leido el post de mnieves, porque la tercera pregunta la hice hasta 1978 y no hasta 1900, me colé.
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CHEN en que tema viene lo de la tercera pregunta de los esquemas del s. XIX. Estoy espeso y no lo veo. Un saludo.
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Pasteles, yo lo he sacado del tema 4 porque no lo hice de forma global. Dado que los textos son de constituciones españolas, he preferido hacerlo de la evolución del XIX en España.
No sé si estara bien, pero me convencia mas.
No sé si te he ayudado en algo.
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¿Os habéis ceñido a lo de una hoja en letra times new roman 12?
porque a mi me resulta imposible hacerlo en un solo folio.
¿Cuantas hojas os ha llevado a vosotros?
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Noticias del foro de Alf.
Han confirmado lo de que una vez abierta la PEC se dispone de dos horas para su realización y envío.
Letra Times New Roman 12
Que son preguntas que no son de muy amplio desarrollo, pero que no obstante si alguien se quiere extender, puede hacerlo, siempre que no ocupe más de una página.
Deduzco, entonces, que son 3 páginas máximo.
La pregunta 3 se refiere a un esquema sobre la evolución del fenómeno religioso en las constituciones del siglo XIX ¿Cómo se ha de entender? Restringido a España, no lo se, por eso lo he respondido a nivel europeo, porque salvo la Constitución de los Estados Unidos de América, no se produjeron más en el siglo XIX en ningún otro continente, y ésta es del siglo XVII.
Por si alguien no la ha abierto, y quiere aún hacerla y enviarla, os pego mi respuesta, por si os sirve de algo, cambiando un poco la forma de expresión.
Los dos textos anteriores pertenecen a dos constituciones españolas.
1.- IDENTIFIQUE AMBOS TEXTOS Y SEÑALE EL MODELO DE RELACIÓN IGLESIA-ESTADO QUE ESTABLECEN.
El primer texto que se nos ofrece corresponde a la Constitución española de 1812, recogido concretamente en su “pequeña” introducción al desarrollo del articulado.
Si bien, está concebida como la primera y gran Constitución liberal española, sin embargo, el texto en materia religiosa no se alinea con los planteamientos liberales de la libertad de religión y relación Estado-Iglesia. El art. 12 declara una potente confesionalidad declarando oficial la religión católica y prohibiendo cualquier otra.
Nos encontramos, pues, en un modelo de Estado confesional.
El segundo texto aparece recogido en el art. 16.3 de nuestra vigente Constitución de 1978, dentro del Título I, respectos de “los derechos y de las libertades públicas”.
En el contexto actual España es un Estado aconfesional (llamado hoy también laico, en el sentido de laicidad positiva de la que ahora se habla habitualmente), puesto que nuestra Norma Suprema no reconoce a ninguna religión como oficial, pero da libertad religiosa a todas o a la gran mayoría. Asimismo, nos encontramos dentro de los estados que mantienen cooperaciones con las confesiones.
2.- EXPLIQUE LAS DIFERENCIAS ENTRE AMBAS CONSTITUCIONES RESPECTO DE LA LIBERTAD IDEOLÓGICA, RELIGIOSA Y DE CULTO.
La Constitución de Cádiz, dado el momento histórico en que se produce, elaborada bajo el asedio francés, se inspira en principios del liberalismo revolucionario: dogma de soberanía popular, división de poderes y libertad e igualdad como bases del nuevo Estado. Bajo su vigencia se suprime la Inquisición y se desamortizan los bienes eclesiásticos. No obstante lo anterior, respecto de la libertad ideológica, religiosa y de culto, no se puede predicar como tal, al concebirse como religión del Estado la católica y prohibiéndose cualquier otra clase de religión.
A diferencia de la anterior, en la actual Constitución, sí que se permite la libertad ideológica, religiosa y de culto, puesto que la libertad religiosa es un derecho fundamental contemplado en el art. 16 de la CE, sin embargo, también es un principio y como tal informa de manera preeminente al conjunto del ordenamiento en materia de tratamiento del fenómeno religioso.
Tanto el art. 9 como el art. 16 de la Constitución vigente, recoge el que los poderes públicos quedan comprometidos a cooperar con las confesiones religiosas, pero también a disponer las acciones necesarias para permitir la realización efectiva de la libertad o a remover los obstáculos que se opongan al ejercicio de la misma. En suma, los derechos fundamentales ya no son un reclamo de garantía de inmunidad frente al poder público, sino un conjunto de valores de la acción directiva de los poderes públicos.
Desde una perspectiva general podemos decir que, con la incorporación del principio de libertad religiosa en nuestro ordenamiento se impide la compenetración entre Estado y la iglesia tal y como los textos constitucionales españoles en su mayoría contemplaban. La presión del principio de libertad religiosa deja sin espacio a la confesionalidad del Estado. Este criterio no queda disminuido por la referencia a la “sociedad española” del art. 16.3 CE ni tampoco por la ausencia de una declaración de no confesionalidad expresa en el texto constitucional.
3.- REALICE UN ESQUEMA DE LA EVOLUCIÓN DEL FENÓMENO RELIGIOSO EN LAS CONSTITUCIONES DEL SIGLO XIX
El esquema que procede va a ser en función de las distintas relaciones Iglesia-Estado o bien, respecto de si es un Estado confesional o laico, puesto que superar esto sería ir más allá en el tiempo del siglo XIX.
A) Iglesia de Estado
Cuando hablamos de Iglesias de Estado nos referimos a aquellos países en los que el Estado considera una Iglesia como propia, sometida al Estado único legislativo. Como ejemplo tenemos a los países nórdicos, Inglaterra y Grecia.
Los países nórdicos reconocían en sus constituciones la existencia de una Iglesia de Estado. En Dinamarca, la Constitución establece que su monarca debe pertenecer a la iglesia evangélica luterana. En Suecia, la reforma constitucional no establece religión oficial pero obliga al rey a profesar el luteranismo. En Finlandia no se recoge religión oficial pero el Estado a través de la Ley de la iglesia, organiza y administra la misma. Los tres Estados respetan la ley de libertad religiosa.
En el Reino Unido es Inglaterra la que presenta un modelo de Iglesia de Estado puro, la anglicana, cuya jefatura coincide con la del Estado, es decir, la Reina. También aquí se respeta la libertad ideológica y religiosa.
Sin embargo el modelo griego no es de Iglesia- Estado puro sino que reconoce a la iglesia ortodoxa como iglesia dominante. La libertad de conciencia es recogida en su constitución, aunque con restricciones.
B) El Estado Confesional: Malta.
El artículo 2 de la Constitución maltesa, establece que Malta es un país confesional. Paulatinamente en asuntos como la enseñanza se van dando giros hacia la laicidad, aunque la religión católica sigue siendo obligatoria en las escuelas. Se reconoce la libertad de conciencia pero en función de la confesionalidad estatal. Malta ha firmado numerosos acuerdos con la Iglesia católica en materia de enseñanza religiosa, patrimonial o reconocimiento de efectos civiles del matrimonio canónico.
A)Estados laicos.
Francia representa al laicismo puro por excelencia. República indivisible, laica, democrática y social. La laicidad define a la República francesa y se consagra la supremacía de la igualdad por encima de la libertad. En 1905, la Ley de separación, abolió el Concordato de 1801 y puso fin a los cultos reconocidos. La libertad ideológica y religiosa se encuentra garantizada.
En Irlanda hay separación Iglesia-Estado, aunque el preámbulo de su Constitución haya referencias religiosas como acto de fe de los poderes públicos. A pesar de estas declaraciones, las confesiones religiosas se encuentran separadas del Estado, prohibiendo dar trato de favor a una religión respecto de las demás. A nivel social, la religión juega un papel relevante en el sentimiento del pueblo irlandés.
Italia y Portugal comparten un pasado confesional. En el caso de Italia, recordemos que en su territorio se creó la Ciudad del Vaticano, con la celebración de los Pactos de Letrán (1929). Su Constitución recoge acuerdos con las confesiones religiosas como instrumento de colaboración. Pero por lo demás la Constitución italiana propugna la separación Iglesia-Estado y la igualdad entre confesiones y libertad de conciencia. Dicha igualdad está en entredicho por los pactos que mantiene con la Iglesia católica.
Portugal también propugna la separación Iglesia-Estado, pero al igual que Italia a pesar de reconocer la libertad religiosa, hay una gran situación de privilegio para la Iglesia católica.
España tiene un pasado confesional también. Y dentro de los países laicos su comportamiento es igual que Italia y Portugal, donde la Iglesia católica goza de determinados privilegios.
Alemania, Austria, Luxemburgo y Bélgica, comparten una clara tendencia hacia la pluriconfesionalidad. Aunque se definen como Estados laicos y reconocen la libertad de conciencia a sus ciudadanos, en realidad determinados comportamientos contradicen el espíritu de los preceptos constitucionales. Como ejemplo, Alemania y Austria recaudan impuestos para las confesiones religiosas y Bélgica y Luxemburgo destinan dotaciones del presupuesto general para dichas confesiones. De estas comunidades religiosas, las de mayor presencia social e histórica son consideradas como corporaciones de derecho público, lo que les confiere la posibilidad de participar en las estructuras del Estado. Las minoritarias se rigen por el derecho común.
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Siento el error, me ha faltado poner un palito más en el número romano del siglo de la constitución estadounidense. XVIII pues.
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Dos horas una vez que abras qué: "enunciado" o "detalles" o se refiere a "enviar tarea"
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Una vez que pinches en enunciado, que es donde están las preguntas, empieza a correr el tiempo de las dos horas. No se lo de los detalles, porque yo no he entrado ahí.
Pero ahora lo miro.
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pero es hasta las 12:00 de mañana no???
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Detalles no tiene nada que ver, sólo trata de lo que supone la prueba de evaluación continua, por tanto, el tiempo es a partir de abrir el enunciado de la prueba.
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pero es hasta las 12:00 de mañana no???
Ese tiempo hace alusión al tiempo durante el que está abierta la plataforma, para una vez realizada, enviarla, dando el envío en línea.
Por favor, no entréis en enunciado si no disponéis de dos horas para hacerla y enviarla, porque ese es el plazo que han contestado en alf y además han enviado un mensaje a la cuenta de la uned, os lo digo porque al hacerla en el trabajo porque abrí el enunciado y después ver lo de las dos horas por una pregunta que hacían en alf al profesorado, me tuve que poner corriendo a hacerla, y menos mal que sólo tuve que atender a un administrado que llamó por teléfono para ver un expediente, porque si pillo a alguno de estos que se le tienen que explicar las cosas 40 veces, no te digo
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Como no se como poner la página de la web donde aparece el mensaje de la profesora respecto a esto, os lo copio
Estimados alumnos:
Para la realización de las PEC, dispondrán de un plazo de 24 horas para entrar a la Plataforma y acceder a la prueba, una vez quede abierta la prueba, dispondrán de dos horas para realizarla.
Saben que ya está disponible en la Plataforma la Tarea que deben realizar.
Atentamente.
Equipo docente
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yo bajé esta tarde el archivo del enunciado y acabo de enviar mi respuesta, así que poder si que se puede mandar aunque hayan pasado las dos horas...
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Vamos a ver compañer@s, ¿cómo va a comenzar a correr el tiempo de 2 horas tras haber abierto el enunciado? !!!!!tendré que ver de qué va esta prueba!!¡¡¡¡ ¿o es que si abres el enunciado ya tienes que empezar a "ponerte"? Pues yo lo he abierto esta tarde y pensaba hacerla esta noche, pero...............he leído los foros y ya hay fallos, os explico...........
1- Han dicho tarde que la fuente debe ser Times New Roman y tamaño 12. No tiene importancia la fuente pero... ¿porqué no lo dicen con suficiente antelación?
2- Han dicho tarde también que quieren sólo un folio. Hay compañer@s que han hecho la PEC en tres o más folios, la misma resignación que antes.
3- Hay compañer@s que han enviado ya la PEc finalizada y les ha remitido un mensaje en el envio de una hora y fecha que no se corresponde
con la real,!!!!!!! más fallos!!!!
La verdad la PEC no es complicada, la pensaba hacer de verdad pero viendo lo que veo no la voy a hacer.
Os explico mi caso, estoy trabajando ayer lunes en el turno de noche finalizando el mismo a las 6 de la mañana del martes. Parce ser que la PEC está disponible desde las 10 horas de la mañana + ó -. Como es normal tras dormir y comer, veo sobre las 17 horas que la PEc está en marcha. Mi mujer está trabajando hasta las 19 horas, mientras trabaja cuido de mis dos hijos pequeños porque en estos días no tienen escuela. A las 22 horas inicio mi jornada laboral de nuevo hasta las 6 de la mañana del miércoles. Había pensado en hacer la PEC a las 7 de la mañana, al llegar a casa -faltando 5 horas para que se termine el plazo- ¿creeis sinceramente que hay una buena organización y comunicación profesorado-alumnado? ¿porque el misterio de avisar "despues de semana santa estará disponible la PEC", !!!!!joder y tanto después de la semana santa!!!, al día siguiente y día hábil y laboral. Mientras siga este sistema de PECs no voy a hacer ninguna, porque impera la desorganización, la poca consideración hacia el alumnado y luego problemas informáticos de toda índole. Espero que los que la habeís hecho no tengais problemas, pero seguro que saldrán o ya están saliendo.
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Como no se como poner la página de la web donde aparece el mensaje de la profesora respecto a esto, os lo copio
Estimados alumnos:
Para la realización de las PEC, dispondrán de un plazo de 24 horas para entrar a la Plataforma y acceder a la prueba, una vez quede abierta la prueba, dispondrán de dos horas para realizarla.
Saben que ya está disponible en la Plataforma la Tarea que deben realizar.
Atentamente.
Equipo docente
Hola, yo había abierto el enunciado por la mañana y me ha dejado entregarla de noche, incluso puedo cambiar la respuesta. Que alguien me corrija si estoy equivocado. Muchas gracias por colgar tu respuesta mnieves, me ha servido de mucho, solo que la tercera pregunta yo creo que se refiere al constitucionalismo español de la pág. 90 (tema 4) y el apoyo constitucional de la pág. 108 (tema 5), porque entiendo que las constituciones europeas que menciona el libro son del siglo XX.
Estoy de acuerdo con Chache en que no entiendo por qué tantas prisas... No obstante, yo intentaría entregarla, porque es una pregunta menos en el examen.
Un saludo.
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Estoy de acuerdo con lo que dices, porque es verdad que pone lo de que se puede cambiar y enviar de nuevo, al menos hasta las 12 horas de hoy y, si bien se ve la fecha en la que la enviamos, no vemos la fecha en la que hemos abierto el enunciado, con lo cual, no entiendo como funciona internamente Alf respecto de estas cuestiones.
Y ahora que he visto con tranquilidad los apuntes, puede que se refiriese a la evolución en nuestras constituciones el esquema, pero sinceramente, entre la premura en el trabajo, que tuve que bajar de nuevo los apuntes porque los tengo en mi ordenador, al no hacerse constar expresamente que se refería a España, pues puede que sea la respuesta que tu dices, no se la página del manual porque no lo tengo, pero sí que lo he visto por los apuntes en el tema que indicas, demasiado extenso, pues son bastantes epígrafes para hacer un esquema, máxime en la situación en que me encontraba.
Gracias.
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Chache, te da tiempo. Un par de horas te llega. Otra cosa es lo cansado que estés cuando llegues a casa, que en eso ya no me meto.
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Esto es lo que he hecho yo:
PRUEBA DE EVALUACIÓN CONTINUA
A.- “En el nombre de Dios todopoderoso, Padre, Hijo y Espíritu Santo autor y supremo legislador de la sociedad”.
B.- “Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”.
Preguntas.-
Los dos textos anteriores pertenecen a dos constituciones españolas.
1.- Identifique ambos textos y señale el modelo de relación Iglesia- Estado que establecen.
La primera afirmación A, correspondería a la Constitución elaborada en las Cortes de Cádiz, esto es, la CE de 1812. La frase se sitúa en el preámbulo de dicha Carta Magna. Se reconoce el carácter de supremo legislador al monarca Felipe VII, Rey de las Españas. El modelo de relación es el de“Estado con iglesia oficial”.
Por otra parte, la afirmación con la letra B pertenece a la Constitución española de 1978, es decir, en la Constitución que tenemos en la actualidad vigente en el Estado Español. Esta libertad de culto, religiosa e ideológica aparece reconocida en el artículo 16, en los puntos 1 2 y 3, del Título I “de los derechos y deberes fundamentales”.
El modelo de relación es el de “Estado aconfesional”.
2.- Explique las diferencias entre ambas constituciones respecto de la libertad ideológica, religiosa y de culto.
En el artículo 12 de la Constitución de Cádiz se reconoce de manera literal que la religión oficial del Estado Español es la religión católica apostólica romana, única y verdadera. No se da ninguna libertad en el sentido religioso, ideológico y de culto.
Por el contrario, la Constitución español de 1978 afirma que todas las personas tenemos libertad de culto religiosa e ideológica, además de que el Estado Español no posee ninguna religión oficial, es decir, es un Estado “aconfesional”, pero se reconoce la cooperación del Estado con las confesiones religiosas.
3.- Realice un esquema de la evolución del fenómeno religioso en las constituciones del siglo XIX.
Evolución del fenómeno religioso en las Constituciones del s.XIX
1º-Constitución de Cádiz 1812: No se atrevió a establecer un principio de libertad de cultos, se va abriendo camino, más o menos implícitamente, hasta desembocar en la Restauración. “La religión oficial del Estado es la religión católica, apostólica y romana”.
2º-Constitución de 1837: Encontramos dos ideas contradictorias. La necesidad, por una parte de paliar una situación difícil en las relaciones entre el Gobierno español y la Santa Sede, que durante la Regencia y los primeros años del reinado de Isabel II habían sufrido un inevitable retroceso. Y por otra parte, la evolución de las ideas liberales, que habían conseguido mermar el poder de la Iglesia con las desamortizaciones.
3º-Constitución de 1845: La última del reinado de Isabel II. Se dictarán una serie de medidas en orden al restablecimiento de las relaciones diplomáticas con la Santa Sede. Se produce un intento de acercamiento de la reina Isabel II al Papa. "La religión de la Nación española es la católica, apostólica, romana. El Estado se obliga a mantener el culto y sus ministros"
4º-Constitución de 1869: encontramos por una parte, las aspiraciones de una proclamación absoluta de libertad de cultos, y por otro lado, los deseos de conservar la unidad católica, que la vigencia del Concordato amparaba. Establecía lo siguiente: "La Nación se obliga a mantener el culto y los Ministros de la Religión Católica. El ejercicio público o privado de cualquier otro culto queda garantizado a todos los extranjeros residentes en España, sin más limitaciones que las reglas universales de la moral y del Derecho. Si algunos españoles profesaren otra religión que la católica es aplicable a los mismos todo lo dispuesto en el párrafo anterior"
5º-Constitución de 1876: con la aprobación de la Constitución de 1876 y su posterior aplicación, las relaciones con la Iglesia quedaron nuevamente deterioradas .En este sentido, el Papa Pío IX manifestó su deseo de que fuese abolida la libertad de cultos, en aplicación del Concordato de 1851. Será a finales del siglo, con el Pontificado de León Xlll, cuando se produjo un cierto acercamiento. La Constitución de 1876 recoge: "la religión católica, apostólica, romana es la del Estado. la Nación se obliga a mantener el culto y sus ministros. Nadie será molestado en territorio español por sus opiniones religiosas, ni por el ejercicio de su respectivo culto, salvo el respeto a la moral cristiana. No se permitirán, sin embargo, otras ceremonias ni manifestaciones públicas que las de la religión del Estado"
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Bueno, pues está visto que esto de lo de las dos horas fue por "meter miedo", porque si bien ya se ha cerrado la entrega en línea, yo modifiqué el documento y lo he enviado a la 11,15.
Gracias por el aviso, si bien no he anulado la respuesta, he hecho mención al supuesto de que si se refiriese al constitucionalismo español del siglo XIX, pues ampliaba la respuesta para que se tuviese en "consideración" una u otra dada la no constancia de forma expresa en la pregunta.
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Bueno, pues está visto que esto de lo de las dos horas fue por "meter miedo", porque si bien ya se ha cerrado la entrega en línea, yo modifiqué el documento y lo he enviado a la 11,15.
Gracias por el aviso, si bien no he anulado la respuesta, he hecho mención al supuesto de que si se refiriese al constitucionalismo español del siglo XIX, pues ampliaba la respuesta para que se tuviese en "consideración" una u otra dada la no constancia de forma expresa en la pregunta.
Si has vuelto a enviar un nuevo documento, este "machaca" al anterior, así es que tranquilo, el tutor solo podrá a su vez acceder al último envío realizado.
Saludos
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Como veo que habéis colgado vuestras repuestas, ahí va la mia. Me he extendido en la segunda pregunta, con todo el material disponible del tema 5, en detrimento de la última. Y en cuando a la denominación de los sistemas me he referido a ellos como los denomina el autor en el tema primero.
Saludos.
Identificación de los textos propuestos y modelo de relación Confesiones - Estado
El primero se corresponde con parte de la introducción, a modo de preámbulo,
de la primera constitución española de Cádiz en 1812. A pesar de inspirarse en el
liberalismo revolucionario no queda reflejado en su texto ese ideario. En materia
religiosa se aleja de los planteamientos liberales de la libertad de religión y relación
Iglesia-Estado. Queda bien definida la Confesionalidad y la unidad religiosa, en su
artículo 12 De La Religión, declarando la religión oficial a la católica y prohibiendo
otras.
Por consiguiente es un Sistema de Confesionalidad sin Libertad Religiosa,
donde el Estado reconoce una religión como oficial y no concede libertad religiosa a sus
súbditos ni a las demás confesiones. Es más las prohíbe.
El cuanto al segundo se corresponde al punto tercero del artículo 16 de la
vigente Constitución Española de 1978, dentro del capítulo II de Derechos y Libertades,
Sección 1ª de los Derechos Fundamentales y las Libertades Públicas. El mismo artículo
en su primer punto, garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto.
De lo que se desprende que se trata de un Sistema Aconfesional con
Cooperación denominado hoy día también como Laico (laicidad positiva que después
veremos), en el que ninguna confesión es la oficial del Estado, pero todas se reconocen
en el ámbito público. Las confesiones poseen personalidad jurídica, y se las reconoce y
tutela la libertad religiosa, con las que los poderes públicos cooperan cumpliendo sus
fines.
Diferencias respecto de la libertad ideológica, religiosa y de culto, entre ambas.
El principio de libertad religiosa en nuestro ordenamiento jurídico actual, impide
la mezcolanza entre Estado y confesiones religiosas, como se conoce en el texto
constitucional de 1812 entre el Estado confesional y la Iglesia católica.
Como derecho fundamental la libertad religiosa, en nuestro Estado democrático
y de Derecho, les permite a los sujetos individuales o colectivos de las diferentes
confesiones, el desarrollo de un conjunto de facultades que les habilita para ejercer, o no
ejercer, este amplio derecho subjetivo, entre los que cabría destacar algunos elementos:
la libertad de pensamiento, conciencia y religión; libertad de adscripción ideológica y
manifestación externas de creencias (enseñanza, práctica y observancia del culto y de
los ritos).
No existen limitaciones al ejercicio de este amplio derecho de libertad religiosa,
excepto restrictivamente en el ámbito externo, “sin más limitación… que la
necesaria…” y respetando “el orden público protegido por la Ley”, y recogiendo al
mismo tiempo los fundamentos del orden político y la paz social.
El principio fundamental de igualdad y de no discriminación, en relación con el
fenómeno religioso y siguiendo la doctrina del TC, es el informador del conjunto del
ordenamiento jurídico y de las acciones legislativa y ejecutiva que deban aplicarse. Es
evidente que se encuentra en el polo opuesto a la desigualdad y discriminación de los no
católicos de nuestra primera constitución.
La neutralidad brilla por su ausencia en la “Pepa”, mientras que en la actual
constitución el Estado adopta una posición neutra, ni positiva ni negativa, sino imparcial
de la valoración del fenómeno religioso. Ahora bien, nunca indiferente, puesto que la
neutralidad, como elemento funcional de la laicidad, es la garantía de la libertad
religiosa.
Era impensable a comienzos del s.XIX que el concepto de libertad religiosa
como tal pudiese ir más allá de su tolerancia o no. La Iglesia católica y la religión no
podían desmembrarse. Con el racionalismo de la segunda mitad del s.XIX irrumpe la
idea de igualdad. La separación de iglesia y Estado se configura como el instrumento
protector de las libertades de pensamiento y religión en una actitud absentista del
Estado. La constitución de 1978 y el Ordenamiento Jurídico actual, obligan a los
poderes públicos a adoptar una acción positiva y promocional de la libertad religiosa
matizando la neutralidad que vimos antes.
Ninguna confesión tendrá carácter estatal en la constitución de 1978, en
contraposición a la de 1812, incorporando así el principio de laicidad. Garantiza la
mutua independencia entre Estado y confesiones religiosas, y configura en doble
vertiente la neutralidad y la imparcialidad activa del Estado respecto del pluralismo
ideológico como espacio para ejercer las libertades.
Llegamos a un nuevo enfoque, la laicidad positiva y el nuevo concepto de
cooperación, que engloba los tres elementos fundamentales, que son la neutralidad, la
separación y la cooperación.
La CE 1978, en su artículo 16.3 introduce una serie de matices y elementos
nuevos: un mandato para los poderes públicos, la cooperación con las confesiones y
mención especial para la Iglesia católica. La cooperación no son pactos confesionales,
sino acuerdos tanto con la Iglesia católica, como con otras confesiones minoritarias,
evangélicas, musulmanas y judías. Facilitando así el ejercicio de la libertad de
conciencia. La cooperación pues obliga a ajustarse a los principios constitucionales de
libertad, igualdad y neutralidad.
(Art. 9.2, 10.1, 14, 16, 53.2 Constitución Española 1978 / Ley Orgánica 7/1980 de
Libertad Religiosa / Declaración Universal de los Derechos Humanos / Pacto
Internacional de los Derechos Civiles y Políticos / Consejo Europeo de los Derechos
Humanos)
Evolución del fenómeno religioso en el Constitucionalismo español del siglo XIX.
La progresista Constitución de 1812, rígida, excluyente e intolerante, configura
un Estado Confesional. Una confesionalidad sociológico-doctrinal, estableciendo un
juicio de valor estatal además de la mayoría de la población, y otra confesionalidad
excluyente oponiéndose a la tolerancia de otros cultos. Intenta trasladar la catolicidad
del monarca a la Nación, idea liberal que será usurpada tiempo después por el
Nacionalcatolicismo. Reconocimiento a la libertad de imprenta, libertad de Expresión y
Pensamiento entre otros, relacionados con esta asignatura.
Sin confesionalidad expresa, la Constitución de 1837 obliga a la Nación a
mantener el culto católico que profesan los españoles y a sus ministros. La siguiente
Constitución de 1845 sí establece la confesionalidad del Estado, en plena negociación
del Concordato de 1851, y necesitando Isabel II del apoyo del Vaticano por las revueltas
carlistas, establece en su artículo 11 que la religión de la Nación es la Católica,
Apostólica y Romana, obligándose a mantener el culto y al clero.
Con la gloriosa, nuestra Constitución de 1869, se supera la declaración de
confesionalidad reconociéndose el Principio de Libertad Religiosa. Sí será necesario
todavía el sostenimiento económico de la religión católica, pero sin exclusión alguna de
otros cultos, y sin confesionalidad doctrinal o sociológica. En el proyecto de
constitución de la I Republica en 1873 destaca la separación Iglesia-Estado por primera
vez, además de la libertad de culto.
Con la Restauración vuelve la confesionalidad a la Constitución de 1876,
combinada además con la Tolerancia en privado de otros cultos, paso atrás de nuevo en
nuestra historia constitucional.
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Gracias por la aclaración Piramideuned.
Le he dado a abrir mi respuesta y efectivamente, lo que se recoge es el documento que he enviado hoy con mi esquema metido en cuadros de texto respecto del avance o retroceso de cada Constitución.
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Por motivos personales y profesionales le dedico un día a la semana a esta asignatura. Pues bien, hoy es ese día, y después de una semana acabo de leer que los días 10 y 11 fueron los de la PEC. Estoy enfadadísimo ya que quería hacer la PEC porque creo que merece la pena, ya que quita un pregunta. Encima, tengo puesto que me lleguen las notificaciones de este tipo de novedades en alf, y como no lo he visto en mi correo, he mirado en spam y allí estaba ¬¬. Suena a "mi perro se ha comido los deberes" pero así ha sido. En fin, que no me parece bien la forma de hacer la prueba de evaluación continua que hace este departamento. Me parece que tienen un criterio injusto. >:(
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Después de leerme el libro y ordenar los apuntes, me he quedado bastante extrañado con el "espacio" que le dedican en el nuevo libro a cosas como la 1º enmienda de la Constitución americana, que a juicio de la gente de licenciatura (y exámenes anteriores) era básico. No se, en este nuevo libro no entiendo demasiado bién que puede ser paja y que no. A alguien le pasa lo mismo?
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YA TENGO LA NOTA DE LA PEC DE ECLESIASTICO. LO DIGO POR SI QUEREIS MIRARLA . LA VERDAD ES QUE PARA EL POCO TIEMPO QUE DIERON SE HAN ENROLLADO CORRIGIENDO. :)
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Ay, lo siento que he escrito con mayúsculas. Kurtwild, hay muchos puntos que no se desarrollan igual en nuestro temario que en el de Licenciatura, pero si te fijas en las preguntas de examenes de otros años, exceptuando algunas que con nuestro temario no se pueden desarrollar, son muy parecidas. Yo al principio me lie un poco porque pensaba que con esos epígafres tan extensos no sabía como ibamos a contestar en espacio tasado. Pero viendo como preguntaban otros años, creo que en vez de epígafres, lo que hacen es preguntar cosas concretas , tipo , La Paz de Ausburgo, El Dictatus Papae, la doctrina de Gelasio I, la libertad de cátedra, el Edicto de Milan, el Cuntus Populus, el art. 18 de la Declaración de los DH. Y supongo que habrá que hacer incapié en lo nuevo del temario como por ejemplo el tema XV , el último que es completamente nuevo y no está en Licenciatura. Porque si no vamos apañados . Esta asignatura es más larga que un día sin pan y tiene montones de datos, y preguntan cosas muy concretas del temario. Ojo con los apuntes. Y por cierto en la Guia de Estudio vienen unos esquemas en los que señalan las cosas más importantes de cada tema y son cosas concretas . Yo creo que por ahí pueden ir los tiros....
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Ay, lo siento que he escrito con mayúsculas. Kurtwild, hay muchos puntos que no se desarrollan igual en nuestro temario que en el de Licenciatura, pero si te fijas en las preguntas de examenes de otros años, exceptuando algunas que con nuestro temario no se pueden desarrollar, son muy parecidas. Yo al principio me lie un poco porque pensaba que con esos epígafres tan extensos no sabía como ibamos a contestar en espacio tasado. Pero viendo como preguntaban otros años, creo que en vez de epígafres, lo que hacen es preguntar cosas concretas , tipo , La Paz de Ausburgo, El Dictatus Papae, la doctrina de Gelasio I, la libertad de cátedra, el Edicto de Milan, el Cuntus Populus, el art. 18 de la Declaración de los DH. Y supongo que habrá que hacer incapié en lo nuevo del temario como por ejemplo el tema XV , el último que es completamente nuevo y no está en Licenciatura. Porque si no vamos apañados . Esta asignatura es más larga que un día sin pan y tiene montones de datos, y preguntan cosas muy concretas del temario. Ojo con los apuntes. Y por cierto en la Guia de Estudio vienen unos esquemas en los que señalan las cosas más importantes de cada tema y son cosas concretas . Yo creo que por ahí pueden ir los tiros....
Si, eso es justo lo que pienso yo, que mas bién pondrán la paz de westfalia que tener que comprimir el epígrafe La asignatura de religión en 15 líneas. Pero no se porqué tengo muchas dudas acerca de que vaya a ser así
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¿Alguién mas tiene la nota de la PEC?. Yo he mirado y no la tengo. :'( :'(
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YA TENGO LA NOTA DE LA PEC DE ECLESIASTICO. LO DIGO POR SI QUEREIS MIRARLA . LA VERDAD ES QUE PARA EL POCO TIEMPO QUE DIERON SE HAN ENROLLADO CORRIGIENDO. :)
¿Qué nota si puede saberse?, aunque las comparaciones a veces son odiosas, pero en fin ...
Saludos.
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Bueno no suelo decir mis notas pero me han puesto un 9
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¿Alguién mas tiene la nota de la PEC?. Yo he mirado y no la tengo. :'( :'(
No te preocupes por eso, las notas de las PEC las ponen los tutores de los centros asociados, y ya sabes unos son mas rápidos que otros....
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el mio debe ser de los lentos porque yo nada las notas tardan muchisimo en salir
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el mio debe ser de los lentos porque yo nada las notas tardan muchisimo en salir
El mio igual, pero acabas acostumbrandote, a ver que remedio...
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Vaya tela!! Por fin me hago con las preguntas de examenes de otros años y menuda decepcion. No encuentro ni una pregunta en el temario nuevo de este año!! Esta gente quieren volvernos locos con tanto cambiar de libro, si es derecho eclesiastico!!! En fin yo que lo necesitaba para hacerme un esquema y ver lo realmente importante del temario. Ahora como reduzco el temario??
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Vaya tela!! Por fin me hago con las preguntas de examenes de otros años y menuda decepcion. No encuentro ni una pregunta en el temario nuevo de este año!! Esta gente quieren volvernos locos con tanto cambiar de libro, si es derecho eclesiastico!!! En fin yo que lo necesitaba para hacerme un esquema y ver lo realmente importante del temario. Ahora como reduzco el temario??
jajajajajaaa, ese es el motivo por el que no las he colgado contestadas como dije, porque ni coincide ninguna ni hay por donde cogerlo.
el mio debe ser de los lentos porque yo nada las notas tardan muchisimo en salir
A mi también me la han corregido.
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Hola Themis 87 y Chen. He leido vuestro post de las preguntas de otros años y creo que no es como pensais. A mi me paso lo mismo al principio cuando me las baje, y no les había hecho mucho caso porque no tenía claro si me iba a presentar a esta asignatura. Pero al final voy a intentarlo y me puse este finde y el problema es que si tu ves los enunciados de las preguntas no coinciden con los enunciados de los epigafres, pero porque en esta asginatura preguntan cosas concretar de los epigrafes. Hay que tener en cuenta que sería imposible contestar epigafres tan largos en espacio tasado. Y no se como lo harán este año pero desde el plan del 53 lo hacen así. Te ponen el tema y el epigafre en el que sale pero preguntas cosas tan concretas como La Paz de Ausgburo, la Paz de Westfalia, el Concilio de Constanza, EXPLIQUE LA EVOLUCION DEL CRISTIANISMO DE SER RELIGION PERSEGUIDA A SER RELIGION OFICIAL EN ROMA A TRAVES DE LOS EDICTOS, la Reforma protestante, el Dualismo cristiano( la doctrina de Gelasio I),Lutero y Enrique VIII....... y todo todo esta en nuestro temario. Si me hubiese dado cuenta antes ya lo tendría todo contestado. Por ejemplo del tema 6 la objeción de conciencia, las preguntas son Concepto de objeción de conciencia, clases de objeción de conciencia, la objeción de conciencia al servicio militar, la objeción de conciencia al aborto, supuestos legales del aborto, objeción de conciencia a los tratamientos medicos, el consentimiento informado: principio de autonomía ( esta ha salido 5 ó 6 veces) y objeción de conciencia al juramento. Todas menos cuatro o cinco están en nuestro libro. Lo que pasa es que no lo puedo colgar porque lo tengo hecho a mano y en guarro. Lo estoy haciendo conforme estudio un tema.l Si quereís os las puedo ir colgando aqui o se la paso a Chen y que las ponga en ese correo de los apuntes. Pero no me comprometo muy en serio porque he tenido un tortazo en el coche y tengo un latigazo cervical, con lo cual no puedo utilizar mucho el ordenador. Si no lo haré a mano y lo escaneo. Y fijaros en los esquemas de la guia de estudio de cada tema que ahí viene casi todo lo que ellos consideran importante desglosando los epigafres por preguntas.
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Muchas gracias tesan67 por la informacion. Lo que yo tengo es un documento donde aparecen todas las preguntas que han caido desde el 2006. Y claro yo me estaba dedicando a buscar los epigrafes y por eso no me coincidia nada. Aun no he empezao a ponerme a tipe con ello y no habia en ello. Siento lo del golpe con el coche, cuidate mucho y recuperate pronto. si dices que lo tienes en sucio, puedes escanearlo y yo estare dispuesta a pasarlo a ordenador para ayudarte a ti a todos. Gracias compañero. Cuidate esa espalda ;)
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Soy chica ;D
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TEMA 6
LA OBJECION DE CONCIENCIA
PREGUNTAS DE OTROS AÑOS
1. NOCION Y CONCEPCTO DE OBJECION DE CONCIENCIA ( epi. 1)
2. 2.CLASES DE OBJECION DE CONCIENCIA (epi. 3)
3. LA OBJECION DE CONCIENCIA Y EL ABORTO. EN QUE CONSISTE. (epi 3.2)XX
4. SUPUESTOS LEGALES DEL ABORTO (epi 3.2. pag138)
5. LA OBJECION DE CONCIENCIA A LOS TRATAMIENTOS MEDICOS XXXXX(epi3.4 apa a))
6. EL CONSENTIMIENTO INFORMADO: EL PRINCIPIO DE AUTONOMIA XXXXXX(epi 3.4 apa b)
7. OBJECION DE CONCIENCIA AL JURAMENTO( epig 3.7)
OS DEJO LAS DEL TEMA 6 BIEN HECHAS CON LOS EPIGRAFES DEL LIBRO. DESARROLLADAS ESTOY EN ELLO PERO VOY MAS LENTA QUE EL CABALLO DEL MALO. Las X son las veces que han salido. Se que no es escribe con mayúsculas pero lo tengo así y es un corta y pega. Lo hago salteado porque me estudio un tema del principio, otro del medio y otro del final, así creo que tengo más posibilidades.....
LAS DEL 1 MAÑANA....
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dos cosas a tener en cuenta . Los epígrafes 3.5 y 3.6 y 3.7. Objeción el el ambito laboral y en el sector educativo y objeciones menos frecuentes ( en las notas de los esquemas especifican como importante educación para la ciudadanía del 3.6 y 3.7 jurados y matrimonios homosexuales y festividades del 3.5) son nuevos sino me equivoco.....
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Soy chica ;D
Perdona mujer. No habra sio la primera vez que he metio la pata. No me aclaro con los seudonimos que se pone la gente!! Perdona si te he ofendido :) ;)
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Gracias por tu ayuda. Yo es que solo tengo el nombre de la pregunta y claro estaba buscado por los titulos y no encontraba ni una.
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Que no me he enfadado !. A mi también me pasa. Saludis
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Os dejo los temas 4 y 5
TEMA 4 ANTECEDENTES HISTORICOS, CONSTITUCIONALISMO ESPAÑO , FUENTES DEL DERECHO ECLESIASTICO
1. La Constitución de Cádiz de 1812 ( epi. 2.1)
2. La Constitución de 1869 y la libertad religiosa ( epi 2.2)
3. La Constitución republicana y la libertad de enseñanza( epi 2.4)
4. La II República como límite a la libertad religiosa
5. El Factor religioso del Constitucionalismo español del siglo XIX en España
6. Laicismo estatal y libertad de cultos en la II Republica.
7. ¿ En que Constitución se va a hacer referencia a la libertad de creencias ( epi 2.2)
8. Enumere las Constituciones españoles y especifique sin son confesionales, aconfesionales, tolerantes e intolerantes ( epi 2)
9. Solución que queda enmarcada en la Constitución de 1876 sobre la relación Estado- Fenómeno religioso ( epi 2.2)
10. El matrimonio civil en la segunda República española ¿?
TEMA 5 LA LIBERTAD RELIGIOSA, IDEOLOGICA Y DE CULTO, LOS PRINCIPIOS INFORMADORES DEL DERECHO ECLESIASTICO DEL ESTADO.
1. La libertad ideológica, religiosa y de culto. El apoyo constitucional epi 1.1
2. La libertad religiosa: interpretación del art. 10.2 de la CE ( epi 1.1)
3. Significado constitucional de la libertad religiosa ( epi1.1)
4. Limitaciones al ejercicio de libertad de creencias. Epi 1.4 xx
5. Indique cuales son los límites de la libertad religiosa y en que normas aparecen recogidas (1.4)
6. Los límites del derecho de libertad religiosa en el ordenamiento jurídico español ( epi 1.4)
7. La UE y la libertad de creencias ¿?
8. Cooperación del Estado con las Confesiones religiosas ( epi 4)
9. Laicismo estatal y libertad de culto ( no se el epígafre)
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Grandísimo trabajo Tesan. Gracias.
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TEMA 7 LIBERTAD IDEOLOGICA, RELIGIOSA Y DE CULTO Y BIODERECHO. EL DERECHO A DECIDIR SOBRE LA PROPIA SALUD
1. Interrupción voluntaria del aborto ( epi 3.1) X
2. Supuestos legales del aborto ( epi. 3.1)X
3. El aborto terapeútico( epi 3.1)
Os pongo este último y mañana mas que me duele el cuello. Gracias Davazpi. De todas formas necesitaré vuestra ayuda porque hay preguntas sobre del plan 53 que no se donde metarlas. Ah y en el tema 6 la pregunta supuestos legales del aborto es de este. Ahí hace una breve referencia pero se desarrolla más en este tema 7. Bona nit
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Gracias por tu aportacion. Me es de gran ayuda
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Dos temas más y ahora si que me voy a dormir
TEMA 8 LIBERTAD DE EXPRESION Y DERECHO A LA INFORMACION
1. Libertad de tener y de manifestar creencias XXX ( no se epi pero creo que el 4)
2. Objetos y límites a la libertad de expresión ( epi 1.3) XX
3. Objetos y límites de la libertad de expresión y de la libertad de información
4. Los sentimientos religiosos como límite a la libertad de expresión
5. La Cláusula de Conciencia ( epi 3) esta les encanta xxxxxx
6. La libertad de cátedra ( epi 5) xxx
7. La libertad de cátedra en nuestro ordenamiento jurídico ( epi 5.2)
8. Límite de la libertad de cátedra ( epi 5.4)X
9. Libertad de cátedra de los profesores
10. ¿Qúe derechos de manifestación de la libertad religiosa reconoce la Ley orgánica de la Libertad religiosa? ( esta no se si es de este tema )
11. Libertad de cátedra en los centros privados XX
12. Libertad de expresión en la CE : concepto manifestaciones y límites
13. ¿Que garantiza la libertad de cátedra a los profesores?
TEMA 9 DERECHO A LA EDUCACION Y LIBERTAD DE ENSEÑANZA
1. Libertad de creación de centros docentes xxx x( epi 2.19
2. Compromisos de los colegios concertados ( epi 2.3)
3. ¿ En que consiste el ideario o carácter propio de un centro educativo?
4. Compromisos que implica el régimen de conciertos para los centros concertados ( epi 2.3)
Con esto ya teneís para entreteneros este finde. Intento acabarlo y os lo paso el lunes. Ciao
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A mi me quedan pocas por contestar, quiza 7, y os puedo decir que solamente 2 he tenido que buscarlas fuera de los apuntes. Algunas he tenido que realizar recopilacion de varios epígrafes.
Cuando las termine os lo digo y el que quiera se las envio.
Por cierto sigo sin tener nota de la PEC.
Pero se repiten muchísimo dentro de los propios cursos, ojo a este dato, lo podeis comprobar.
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Es cierto que hay muchas preguntas, principalmente del plan antiguo (año 53), que no
se corresponden con los epígrafes del libro; si os fijais, casi todas están referidas a matrimonio, sistemas matrimoniales.., etc, además en algunos de los enunciados de los exámenes pone derecho matrimonial, en lugar de canónico o eclesiástico, deduzco que al ser una asignatura anual tenía dos partes una relativa al derecho canónico en general y otro segundo parcial en el que se centraban en la parte del matrimonio y otras instituciones y por eso no se ven reflejadas en el libro
Muchísimas gracias por todo el esfuerzo que estais haciendo
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Pues si eres tan amable, mas de dos te lo agradeceremos!!!
Un saludo
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EN LOS APUNTES FALTA UN TEMA :'(
Comparando la guía UNED de la asignatura en los apuntes de hotmail falta el tema 10: D de asistencia religiosa y en cambio sobra el tema 13: Estatuto jurídico de las comunidades religiosas en España.
¿¿?? :o
Supongo que los apuntes salen del libro oficial, pero me quedo descolocado...
Por lo demás los apuntes me parecen estupendos y me están ayudando muchísimo ¡Thanks muchas!!
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Resuelto por mi mismo.
La guía Uned de la página ppal está desfasada http://portal.uned.es/portal/page?_pageid=93,24416894&_dad=portal&_schema=PORTAL&idGrado=6602 (http://portal.uned.es/portal/page?_pageid=93,24416894&_dad=portal&_schema=PORTAL&idGrado=6602)
La guía Alf coincide con los apuntes que colgasteis
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Los apuntes de este año están hechos del libro oficial de la asignatura.
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A ver si mi tutor corrige la práctica.
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Y la mia, porque todos los días entro y nada...hay que ver lo que les cuesta corregir...
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Y la mia, porque todos los días entro y nada...hay que ver lo que les cuesta corregir...
Lo impresentable es que nos han dado 24 horas para hacerlo, pero ellos luego no cumplen.-.--.
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ami tampoco me la han corregido aun :(
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a mi tampoco me la han corregido me da rabia que nos pongan tan poco tiempo para hacerla y tanto para corregirla
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Muchas gracias a tesan67 por recopilar las preguntas, será de gran ayuda para todos, que Dios te lo pague con media docena de sobresalientes :).
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Muchas gracias tesan, espero que esto signifique que al final aprobaste const.2
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hola buenas,alguien tiene apuntes de derecho eclesiastico del estado?
muchas gracias
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Ainsssssss.
Con razón dicen que en este país no se lee.
Los apuntes están, de este año, del nuevo manual.
Solo tienes que leer el post.
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Os envio una lista de las preguntas de otros años, incluídas las del plan del año 53. He diferenciado la parte relativa a Derecho canónico matrimonial y la parte general de derecho eclesiastico, aunque hay algunas preguntas de matrimonial que se pueden incluir en la parte general
PARTE GENERAL
Declaración Francesa de los Derechos del Hombre
La doctrina luterana sobre la confesionalidad del EStado: La paz de Augsburgo
La DUDH (Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas
La cláusula de conciencia como salvaguarda de la libertad de expresión
El Registro de Entidades Religiosas
El Registro de Entidades Religiosas, naturaleza y efectos
El Registro de Entidades Religiosas, antecedentes.
Nacionalismo religioso y contrarreforma católica
La Libertad religiosa en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las NN.UU.
La libertad e enseñanza y la Constitución de la II República
Los acuerdos del Estado español con la Iglesia católica de 1979: antescendentes y enumeración
Acuerdos Vigentes con la Iglesia Católica
Acuerdos con la Iglesia Católica
Contenido del derecho fundamental de libertad de creencias
Art. 27.3 CE de 1978
Derecho de los padres a elegir la educación religiosa de sus hijos
Art. 18 DUDH
Acuerdos vigentes con las confesiones religiosas
La reforma protestante y el derecho eclesiástico del Estado
El pensamiento de Maquiavelo
Reconocimiento de la libertad de creencias en la UE
Aborto terapeútico
Requisitos para la inscripción en el Registro de Entidades Religiosas (2 veces)
Requisitos establecidos en la L.O. de libertad religiosa para la inscripción de una confesión religiosa en el Registro de Entidades Religiosas
El sistema matrimonial de la 2ª República
Anañice el contenido del Edicto de Tolerancia del 311, del Edicto de Milán del 313 y del Edicto Cunctos Populos del 380
Los orígenes de la reforma protestante (3 veces)
La Reforma Protestante
La libertad de creación de los centros docentes (2 veces)
Límites de la libertad de expresión
Concepto, manifestaciones y límites de la libertad de expresión
Caract. del matrimonio civil en su 1ª instauración en España
El Edicto de Milán (2 veces)
La CE de 1969 y la libertad de creencias
LA 1ª enmienda de la Constitución americana
EL concepto legal de la libertad de creencias
Concepto de objeción de conciencia (2 veces)
EL Edicto de Galerio (2 veces)
La CE de 1812 y la libertad de creencias
La cláusula de conciencia (4 veces)
Enumere los acuerdos vigentes de la Iglesia católica con el Estado español
Clases de objeción de conciencia (2 veces)
El dualismo de Gelasiano
Laicismo estatal y libertad de cultos (3 veces)
Señale el objeto de la libertad ideológica y religiosa del art. 16.1 de la CE 1978
La DUDH y la libertad de creencias
La libertad de creencvias en la DUDH
La objeción de conciencia a los tratamientos médicos (2 veces)
La libertad de cátedra (6 veces)
La Libertad de cátedra en el Ord. Jco. Español.
La Libertad de cátedra ¿Qué caracteriza a los profesores?
La Libertad de cátedra en los centros privados
Efectos jurídicos de la inscripción de la entidad religiosa en el Registro de la Entidad Religiosa
Los acuerdos con la Iglesia católica: principios y cláusulas generales
La objeción de conciencia al juramento
El dualismo de las órdenes: autoritasy potestas
Explique la evolución del cristianismo de ser religión perseguida a ser religión oficial en Roma a través de los Edictos (2 veces)
Laicismo estatal y libertad de cultos en la II República
El significado constitucional de la libertad religiosa
La seguridad pública como límite a la libertad religiosa
La recepción del consentimiento informado
La financiación de las confesiones minoritarias (2 veces)
Explique las bases del dualismo cristiano (3 veces)
Supuestos legales del aborto
La libertad de creación de centros docentes. Compromisos que asumen los centros concertados (2 veces)
Libertad de reunión y manifestación
Edicto de Nontes
Libertad de tener y libertad de manifestar las creencias (2 veces)
El principio de autonomía (3 veces)
Acuerdos con la Iglesia católica (3 veces)
Edicto Cunctos Populus
El factor religioso en las constituciones del s. XIV en España
Que manifestaciones abarca la libertad de expresión recogida en la CE
El dualismo de los poderes (3 veces)
Confesionalidad estatal e intolerancia religiosa (2 veces)
El concepto de liberta de creencias en las NN.UU (2 veces)
Acuerdos con las confesiones minoritarias (2 veces)
La crisis del constitucional: la neoconfesionalidad estatal
La UE y la libertad de creencias
Límites de la libertad de creencias (2 veces)
La contrarreforma católica (2 veces)
El Convenio Europeo de derechos humanos y la libertad de creencias ( 2 veces)
La objeción de conciencia al aborto (2 veces)
El dualismo comunitario
La protección internacional de las minorías religiosas
El registro de Entidades Religiosas: inscripción y efectos jurídicos
Principio de autonomía: el consentimiento informado
Los sentimientos religiosos como límite a la libertad de expresión
Límites del derecho de Libertad de Creencias
Libertad de tener y libertad de manifestar creencias
Dualismo cristiano
El dualismo de los poderes
Cooperación del estado con las confesiones religiosas
Acuerdos vigentes entre el Estado y la Santa Sede. Fechas en que se suscriben y temas que desarrollan
Convenio Europeo de Dº Humanos y libertad de creencias
Garantías legislativas a la libertad de creencias
Límites del Derecho de libertad religiosa en el ordenamiento jurídico español.
La protección de marcas de la federación de comunidades israelitas de España.
Edicto Cunctos Populus ¿Qué se decreta?
Enumere las constituciones españolas y especifique si son confesionales o aconfesionales/tolerantes o intolerantes
Explique el dualismo comunitario
Clases de dualismos que se han dado históricamente y diferencias entre ellas
El aborto ético
Art. 16 C.E
Objeto y límites de la libertad de expresión y de información
Qué solución propone la constitución de 1876 sobre la relación estado-fenómeno religioso
Requisitos para poder firmar acuerdos con el Estado Español
Libertad de cátedra en los centros privados
Diferencia entre Politeia y paideia
Diferencias entre el Edicto de Milan y el Cuntos Populus
En qué constitución española, por primera vez, se va a hacer referencia a la libertad de creencias
Objeto y límites de la libertad de expresión y la libertad de información
Límites de la libertad religiosa y en qué normas aparecen recogidos
La deposición del Emperador Enrique IV por el para Gregorio VII
Influencia del concilio Vaticano II en la legislación española
Financiación de las confesiones minoritarias en el O. Jco Español.
El matrimonio civil en la IIª República Española.
Características del matrimonio civil en su primera instauración en España
Señale las principales diferencias entre las Constituciones de 1812, 1837, 1869 y 1876, respecto de la tolerancia, la intolerancia y la libertad religiosa ( tema 5)
La objeción de conciencia a los tratamientos médicos (T-9)
La libertad de expresión en la constitución española (T-10)
Cuándo surge y qué implica el principio “cuius regio, eius religio” (t-3)
Explique qué país o países, dentro de la UE, tienen un modelo de relación basado en el separatismo y el laicismo y porqué ( T-7)
Comparación entre la libertad religiosa reconocida en la Declaración de Derechos de Virginia y la libertad de opinión reconocida en la Declaración Francesa de los Derechos del Hombre (T-4)
La Cláusula de conciencia (T-10)
Personalidad jurídica civil de los entes eclesiásticos (t-14)
La doctrina del Dualismo Cristiano (T-2)
Qué declara sobre la libertad de religión el art. 9 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (T-7)
Defina la cláusula de conciencia (T-10) –repe-
La doctrina de Gelasio I (T-2)
Qué derechos de manifestación de la libertad religiosa reconoce la Ley Orgánica de Libertad Religiosa (T-8)
¿En qué consiste el ideario o carácter propio de un Centro Educativo? (T-11)
Comente la frase “Dad al Cesar lo que es del César y a Dios lo que es de Dios” (T-2)
El Convenio Europeo de Derechos Humanos y la Libertad de Creencias. (T-7)
Tipos de Objeciones de conciencia: breve descripción de las mismas (T-9)
Autoritas y potestas (T-2)
La libertad religiosa: interpretación del art. 10.2 de la Constitución (t-8)
Los acuerdos con las confesiones religiosas: breve descripción de los mismos (T-14)
……………………PREGUNTAS Dº CANÓNICO MATRIMONIAL…………….
Canon 1084: la capacidad física (t-20)
Formas especiales de contraer matrimonio (t-26)
Impedimento de vínculo: supuestos y cesación del mismo
Matrimonio dispar y el matrimonio mixto: supuestos que recogen una y otra figura
El error como vicio del consentimiento
Impedimento de afinidad e impedimento de pública honestidad: concepto, alcance y dispensa.
Impedimento de disparidad de cultos: concepto y dispensa.
La convalidación o renovación del consentimiento en el Dº Canónico
Enumere los sistemas matrimoniales de la historia de España
Clasificación habitual que se hace del error en el derecho canónico
Supuestos legales previstos en el canon 1095 (Explicarlos brevemente)
Tres figuras del canon 1095
Estudio comparado del impedimento de crimen
Las tres figuras del impedimento canónico de crimen
La forma ordinaria de matrimonio canónico y civil
La convalidación del matrimonio nulo, civil y canónico.
Matrimonio secreto canónico y civil
La forma extraordinaria en el matrimonio canónico y en el civil.
Diferencias entre defecto y vicio de consentimiento
La simulación matrimonial en el ord. Canónico.
La simulación matrimonial en el ordenamiento civil.
Breve resumen de los caracteres del matrimonio canónico
Supuestos de incapacidad del canon 1095
Dispensa del matrimonio rato y no consumado
El error como vicio. Concepto y supuestos
El matrimonio dispar
La simulación matrimonial en la legislación canónica
La forma extraordinaria de celebración matrimonial
Impedimento de voto
Sistema matrimonial vigente en la 1º república Española . Explique sus características
Diferencias entre convalidación simple y la sanación de raiz del matrimonio canónico
Supuestos en los que se revalidad el consentimiento por sanación en raiz y por convalidación simple
Requisitos del miedo en la legislación canónica y en la civil, para que invaliden el matrimonio
Causas en las que existe el impedimento de vínculo y no se puede contraer nuevo matrimonio
Proceso de muerte presunta
Propiedades esenciales del matrimonio
La discreción del juicio según el canon 1095
La incapacidad para asumir obligaciones conyugales
Simulación total en el derecho canónico y civil
El matrimonio en peligro de muerte en derecho canónico y civil.
El error obstativo
Definición del consentimiento matrimonial según canon 1057
Requisitos del consentimiento según el CC
El decreto de Tametsi (en la legislación matrimonial)
Etapas en que se estableció el matrimonio civil obligatorio en España
La Exclusión de la prole
El error doloso
Concepto, alcance y dispensa del impedimento de afinidad y del de pública honestidad
Matrimonio dispar y matrimonio mixto
El proceso causal
Error en la persona y en cualidad
La convalidación civil del error
Impedimento de consanguinidad en el derecho canónico. Concepto, alcance y dispensa.
Diferencias entre la convalidación y la sanción en raiz de la nulidad matrimonial canónica
Propiedades esenciales del matrimonio canónico
Matrimonio civil y canónico en peligro de muerte y los testigos.
Impedimento de adopción en la legislación canónica y civil.
El matrimonio civil en la IIª República Española
Error en la Identidad de la persona en el Dª civil y en el eclesiástico.
Impedimentos por razón de parentesco: afinidad y pública honestidad (T-21)
El miedo reverencial (T-24)
Matrimonios mixtos (T-21)
Formas especiales de contraer matrimonio (T-26)
La dispensa del matrimonio rato y no consumado ( T-28)
El error en cualidad directa y principalmente pretendida (T-24)
La convalidación simple del matrimonio canónico (T-30)
Circunstancias por las que cesa el impedimento de vínculo (T-21)
El miedo reverencial (T-24)
Las propiedades esenciales del matrimonio canónico (T-19)
Remoción de los impedimentos (T-21)
Exponga, de forma esquemática, los sistemas matrimoniales que se han sucedido históricamente en España (T-18)
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Hola Tesan:
Te importaría, si es posible, poner las preguntas que tienes de los temas que faltan?
La verdad es que se adaptan bastante bien al temario de este año.
Si te parece y no pudieses, dime de donde las sacaste para hacerlo yo, porque no coinciden en nada con las preguntas de los exámenes de licenciatura.
Gracias
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Alguien tiene apuntes de esta asignatura?. Gracias
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Alguien tiene apuntes de esta asignatura?. Gracias
:-X Leed el post.
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TEMA 12
El Registro de Entidades Religiosas (Epi 2.2)
El Registro de Entidades Religiosas, naturaleza y efectos ( no se a que epigafre corresponde, igual no esta en este año)
El Registro de Entidades Religiosas, antecedentes.(lo mismo porque el epi 2.1 habla de que es un registro, pero no veo nada de antecedentes)
El Registro de entidades religiosas inscripción y efectos jurídicos ( epi 3)
Requisitos para la inscripción en el Registro de Entidades Religiosas (2 veces) epi 2.3
Efectos jurídicos de la inscripción de la entidad religiosa en el Registro de la Entidad Religiosa epi 3
Chen te he mandado un privado. Como ya he dicho todas las preguntas de licenciatura están en nuestro temario pero no son epigafres concretos siempre. Son preguntas de esos epigafres y son las preguntas que ha colgado el compañero MRLEON. Lo que hay que hacer es buscarlas en el temario ( un rollazo). Y ojo porque donde MRLEOn ha puesto tema 10, 11, eso no corresponde con nuestro temario sino con el temario de licenciatura antiguo. Todo hay que localizarlo en el nuestro. Yo lo iré colgando poco a poco, pero vosotros también podeís hacerlo. Y por favor repasarlo porque todavía no me he leido todos los temas y puede que alguno no lo ubique bien.
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TEMA 4
Acuerdos Vigentes con la Iglesia Católica (E PI 3.3 B)
Acuerdos con la Iglesia Católica( EPI 3.3 b)
Acuerdos vigentes con las confesiones religiosas
Los acuerdos con las confesiones religiosas: breve descripción de los mismos EPI3
Enumere los acuerdos vigentes de la Iglesia católica con el Estado español
Acuerdos vigentes entre el Estado y la Santa Sede. Fechas en que se suscriben y temas que desarrollan
Acuerdos con las confesiones minoritarias (2 veces)EPI 3.3. B.2
Acuerdos con la iglesia católica principios y clausulas
Los acuerdos del Estado español con la Iglesia católica de 1979, antecedentes y enumeración
Esto se me paso el otro día del tema 4 . Aunque en el tema 12 hay un epígafre que es el 1.2 b que habla sobre las Comunidades ideólogicas y el régimen de acuerdos, creo que se refiere a los efectos de la inscripción pero también habla del acuerdo de 1979. Mirarlo también vosotros por favor. También tenemos que tener en cuenta que algunas de las cosas que aqui se preguntan en el anterior temario podían tener mayor desarrollo y en el de ahora igual son dos líneas o ninguna .
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TEMA 13
Régimen especial de las confesiones religiosas minoritarias ( epi 2.4)
TEMA 14
Financiación de las confesiones minoratorias ( creo epi 2. 2.2 b ) 2 veces
Financiación de las confesiones minoritarias en el O. Jco Español.
Mañana más que los temas 1,2,3 son los peores. Bona nit
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Se ve que solo les gustan los epigrafes dos de todos los temas!!!
Gracias por ese gran trabajo tesan
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TEMA 7 AÑADIR
Requisitos establecidos en la L.O. de libertad religiosa para la inscripción de una confesión religiosa en el Registro de Entidades Religiosas
ESTA NO SE SI AÑADIRLA AL TEMA 6 EN EL EPI 3.6 OBJECION DE CONCIENCIA EN EL SECTOR EDUCATIVO O EN EL TEMA 9 LA ASIGNATURA DE RELIGIO. YO CREO QUE ES EL 6 PERO DECIR VOSOTROS ALGO
Derecho de los padres a elegir la educación religiosa de sus hijos
Es que me van saliendo poco a poco . Ya dije que estaba un poco liado. Ahora si hasta mañana
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Tesan, soy la compañera MRLEON, he puesto los temas que había en licenciatura porque aunque no se corresponden con el temario de grado tienen su lógica y todas las preguntas que en licenciatura eran del tema diez equivalen a un tema concreto de grado (así creo que es más fácil ver a que tema concreto corresponde) he bajado un índice de licenciatura y el tema cuatro son libertades individuales (declaración de derechos norteamericana, Declaración francesa de derechos del hombre.. etc) El tema 5 Constitucionalismo español y libertad de creencias, tema 6 la comunidad internacional y libertad de creencias (pacto internacional de derechos civiles y políticos y otros texto de Naciones Unidas. Tema 7 Derecho Comunitario, Tema 8 libertad de creencias. Tema 9 libertad de conciencia (objeción de conciencia, aborto, eutanasia). Tema 10 libertad de expresión. Tema 11 libertad de educación Tema 12 libertades colectivas (libertad de reunión y manifestación, libertad de cátedra, libertad de creación de centros docentes. Tema 13,14 y 15 las entidades religiosas (financiación de las confesiones religiosas, régimen de las confesiones minoritarias.... Tema 16 Sistema matrimonial.
El problema está en que no especifican en todos los exámenes el tema y que los epígrafes no se corresponden para nada con los enunciados de las preguntas, se trata de párrafos concretos.
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Ya lo se MRLEON . Lo había dicho para que no se pusieran a buscar en el temario nuestro. Si te lo has currado un montón. Pero yo voy buscando las preguntas por el nuestro. El problema es ese wue preguntan cosas concretas y a veces en el nuestro ponen muy poco o esta de otra manera. Pero bueno hay otras cosas que si que están y se repiten bastante. Me reitero en que os miréis los esquemas de cada tema de la guía de alf. Te desglosan los epígrafes por puntos cocretos y creo que x ahí van a ir los tiros.....
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Hola muchas gracias por tu trabajo, pero yo tengo una pregunta, ¿esas que son las preguntas que siempre se repiten o todas las que han salido?
Ya en muchas e visto que llevan X pero en muchas otras no
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TEMA 7 AÑADIR
Requisitos establecidos en la L.O. de libertad religiosa para la inscripción de una confesión religiosa en el Registro de Entidades Religiosas
ESTA NO SE SI AÑADIRLA AL TEMA 6 EN EL EPI 3.6 OBJECION DE CONCIENCIA EN EL SECTOR EDUCATIVO O EN EL TEMA 9 LA ASIGNATURA DE RELIGIO. YO CREO QUE ES EL 6 PERO DECIR VOSOTROS ALGO
Derecho de los padres a elegir la educación religiosa de sus hijos
Es que me van saliendo poco a poco . Ya dije que estaba un poco liado. Ahora si hasta mañana
yo creo que es del tema 12 punto 2.3 "requisitos para la inscripción"
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yo las estoy haciendo pero me faltan algunas que no encuentro si alguien me ayuda ha hacer las que faltan. empizo a copiar aqui las que he hecho. los títulos que falten cada uno podia ir aportando uno y lo hacemos entre todos:
2. ¿Qué se decreta mediante el Edicto “Cunctos Populus”?
Tras la libertad concedida por Constantino en el Edicto de Milán en el año 313, Teodosio mediante la constitución Cunctus Populus, en el año380, proclamó la Cristianismo como religión oficial del Imperio y prohibió el paganismo romano tradicional. Así, tras la etapa teocrática de los Imperios antiguos no fue la libertad religiosa la que tomó el relevo, sino el CESAROPAPISMO, es decir, los Césares actuando como Papas.
En el cesaropapismo, la Iglesia tiene su propia jerarquía separada y distinta de la civil, pero en laas relaciones entre ellos, es el Estado el que ejerce el poder supremo sobre la vida política y, con mayor o menor efectividad, sobre la eclesiástica a la que mediatiza y controla.
La obra de Teodosio, perdurará durante cientos de años, pues el Imperio romano fue desde él cristiano, y lo serán después el Sacro Imperio y los Reinos medievales
4. El edicto de Milán del Emperador Constantino
La actitud del Imperio romano contra el Cristianismo no procedió de ningún tipo de rechazo a sus doctrinas religiosas, sino porque los cristianos eran enemigos del culto al emperador y por tanto del orden público establecido.
El Imperio les persiguió sin excesiva continuidad, con frecuentes periodos de tranquilidad.
A la larga, el fracaso de las persecuciones, condujo a una inversión radical del panorama de las relaciones entre el Imperio y la Iglesia, Constantino estableció por primera vez en la historia, la libertad religiosa y Teodosio declaró el Cristianismo como religión oficial del Imperio, lo que supuso el paso de la teocracia al Cesaropapismo.
Constantino, mediante el Edicto de Milán del año 313, estableció la libertad religiosa en el Imperio, una medida que en realidad lo que hacía era dar libertad a los cristianos pues era la única confesión religiosa que había sido perseguida.
El Emperador mantuvo los signos externos y títulos del paganismo pero buscó la alianza con los cristianos y, en especial, con el papado y obispos.
La notoria trascendencia de esa nueva política es que abrió la puerta a la libertad religiosa en el panorama jurídico universal y a la vez comprometió a la iglesia en el apoyo al poder político.
5. ¿existe libertad de creencias en el mundo antiguo clásico? ¿por qué?
En la antigüedad predominaron los imperios de tipo teocrático.
La Teocracia, (el poder de Dios), suponía que el Emperador era de algún modo una encarnación divina, lo que le autorizaba a ejercer la suprema dirección religiosa y temporal de su pueblo.
Solamente Grecia conoció en los siglos prerromanos un sistema político no teocrático. Pero tal excepción se troncó con el Imperio Romano que tornó a divinizar a sus emperadores ya desde el primero de ellos, Octavio Augusto.
Aunque en realidad se trató de una divinización más política que religiosa ya que nunca se identificó a los emperadores romanos con dioses como sucedía en la mitología greco-romana.
Se trataba de robustecer la autoridad imperial mediante unos deberes de respeto, unos ritos, un culto.
El Imperio Romano supuso el final de la teocracia antigua, pero su sincretismo religioso le llevó a aceptar religiones de dicersa procedencia, a medida que se incorporaban, hasta que una nueva religión puso en cuestión el culto al emperador
6. Diferencia entre el Edicto de Milán y el edicto “Cunctus Populus”.
Constantino, mediante el Edicto de Milán del año 313, estableció la libertad religiosa en el Imperio, una medida que en realidad lo que hacía era dar libertad a los cristianos pues era la única confesión religiosa que había sido perseguida.
El Emperador mantuvo los signos externos y títulos del paganismo pero buscó la alianza con los cristianos y, en especial, con el papado y obispos.
La notoria trascendencia de esa nueva política es que abrió la puerta a la libertad religiosa en el panorama jurídico universal y a la vez comprometió a la iglesia en el apoyo al poder político.
Tras la libertad concedida por Constantino en el Edicto de Milán en el año 313, Teodosio mediante la constitución Cunctus Populus, en el año380, proclamó la Cristianismo como religión oficial del Imperio y prohibió el paganismo romano tradicional. Así, tras la etapa teocrática de los Imperios antiguos no fue la libertad religiosa la que tomó el relevo, sino el CESAROPAPISMO, es decir, los Césares actuando como Papas.
7. La consulta de Plinio el Joven y la resolución de Trajano sobre el cristianismo.
En este libro nuevo lo único que dice es:
la orden dada por Trajano a Plinio el Joven: castigarles si crean alborotos públicos, dejarles tranquilos si no.
8. Evolución del cristianismo de ser religión perseguida a ser freligión oficial de Roma a través de los Edictos.
La actitud del Imperio romano contra el Cristianismo no procedió de ningún tipo de rechazo a sus doctrinas religiosas, sino porque los cristianos eran enemigos del culto al emperador y por tanto del orden público establecido.
El Imperio les persiguió sin excesiva continuidad, con frecuentes periodos de tranquilidad.
A la larga, el fracaso de las persecuciones, condujo a una inversión radical del panorama de las relaciones entre el Imperio y la Iglesia.
Constantino, mediante el Edicto de Milán del año 313, estableció la libertad religiosa en el Imperio, una medida que en realidad lo que hacía era dar libertad a los cristianos pues era la única confesión religiosa que había sido perseguida.
El Emperador mantuvo los signos externos y títulos del paganismo pero buscó la alianza con los cristianos y, en especial, con el papado y obispos.
La notoria trascendencia de esa nueva política es que abrió la puerta a la libertad religiosa en el panorama jurídico universal y a la vez comprometió a la iglesia en el apoyo al poder político.
Tras la libertad concedida por Constantino en el Edicto de Milán en el año 313, Teodosio mediante la constitución Cunctus Populus, en el año380, proclamó la Cristianismo como religión oficial del Imperio y prohibió el paganismo romano tradicional. Así, tras la etapa teocrática de los Imperios antiguos no fue la libertad religiosa la que tomó el relevo, sino el CESAROPAPISMO, es decir, los Césares actuando como Papas.
La obra de Teodosio, perdurará durante cientos de años, pues el Imperio romano fue desde él cristiano, y lo serán después el Sacro Imperio y los Reinos medievales.
9. Comente la frase “Dad al Cesar lo que es del Cesar y a dios lo que es de Dios”
El monismo no es la doctrina de la Iglesia, ya que Jesucristo había pronunciado una frase que constituye, desde entonces, la base doctrinal del DUALISMO: “dad al Cesar lo que es del Cesar y a Dios lo que es de Dios”
Se denomina Dualismo a la distinción entre la sociedad religiosa y la sociedad política. En el sistema dualista, rige la doctrina de la separación entre las confesiones religiosas y los Estados.
En el año 494, el Papa Gelasio I formuló oficialmente la doctrina dualista como la propia de La Iglesia
Según el pensamiento dualista “la sociedad se rige por dos autoridades, la espiritual y la temporal. Ambas tienen naturaleza y competencias distintas, sin embargo no hay oposición entre ellas: el Emperador, en cuanto cristiano, tiene que someterse a las decisiones religiosas del Papa; y el Papa, en cuanto súbdito del Emperador, tiene que acatar las justas leyes civiles promulgadas por aquél”.
La octrina de la Iglesia queda así marcada para siempre, con sólo explicar y desarrollar las palabras con las que Jesucristo estableció las bases de la convivencia entre las esferas espiritual y temporal. Una doctrina que puede sintetizarse en:
a) dos potestades diferentes para el gobierno del mundo
b) ambas de origen divino
c) e independeintes entre sí en sus órdenes respectivos de competencia.
d) ninguna potestad está debajo de la otra
e) los individuos que ostentan uno y otro poder, están personalmente sometidos a la otra autoridad.
10. Explique el Hierocratismo.
Cuando el predominio sobre la sociedad religiosa toca al Estado, estamos ante la fórmula monista denominada CESAROPAPISMO; si es el poder religioso el que predomina sobre el político, estamos ante la fórmula monista que se califica como HIEROCRATISMO. Ambas corrientes monistas se enfrentaron durante toda la Edad Media
Entre final del siglo XI y comienzos del XIV, al llegar al Papado Pontífices prestigiosos y empeñados en devolver a la Iglesia su independencia, nacerá la doctrina hierocrática.
Una de las principales medidas tomadas por los Papas que habían sido elegidos por influencia inperial y que querían reconquistar la independencia de la Iglesia, fue encomendar la elección papal a un colegio prestigioso e independiente, el colegio cardenalicio.
En 1073 los cardenales eligieron Papa a Gregorio VII y se propuso hacer frente a los emperadores en orden a recuperar la autoridad de la Iglesia sobre su propia jerarquía
Bajo el hierocratismo, los Papas llegaban a destituir o a excomulgar a los príncipes, para librar a sus súbditos de la obediencia a aquellas normas que contraveniesen las leyes divinas y pusiesen en peligro la salvación.
Al final del siglo XIII vuelve el poder imperial a tratar de reivindicar las tesis Cesaropapistas, entonces sube al solio papal Bonifacio VIII que se propone restaurar la supremacía y autoridad de la Iglesia.
11. Explique el dualismo cristiano (Gelasio)
El monismo no es la doctrina de la Iglesia, ya que Jesucristo había pronunciado una frase que constituye, desde entonces, la base doctrinal del DUALISMO: “dad al Cesar lo que es del Cesar y a Dios lo que es de Dios”
Se denomina Dualismo a la distinción entre la sociedad religiosa y la sociedad política. En el sistema dualista, rige la doctrina de la separación entre las confesiones religiosas y los Estados.
En el año 494, el Papa Gelasio I formuló oficialmente la doctrina dualista como la propia de La Iglesia
Según el pensamiento dualista “la sociedad se rige por dos autoridades, la espiritual y la temporal. Ambas tienen naturaleza y competencias distintas, sin embargo no hay oposición entre ellas: el Emperador, en cuanto cristiano, tiene que someterse a las decisiones religiosas del Papa; y el Papa, en cuanto súbdito del Emperador, tiene que acatar las justas leyes civiles promulgadas por aquél”.
La octrina de la Iglesia queda así marcada para siempre, con sólo explicar y desarrollar las palabras con las que Jesucristo estableció las bases de la convivencia entre las esferas espiritual y temporal. Una doctrina que puede sintetizarse en:
a) dos potestades diferentes para el gobierno del mundo
b) ambas de origen divino
c) e independeintes entre sí en sus órdenes respectivos de competencia
d) ninguna potestad está debajo de la otra
e) los individuos que ostentan uno y otro poder, están personalmente sometidos a la otra autoridad.
12. Significación del Edicto de Milán y el Cunctos Populos. HECHO MÁS ARRIBA
14. La deposición del Emperador Enrique IV por el Papa Gregorio VII
Entre final del siglo XI y comienzos del XIV, al llegar al Papado Pontífices prestigiosos y empeñados en devolver a la Iglesia su independencia, nacerá la doctrina hierocrática.
Una de las principales medidas tomadas por los Papas que habían sido elegidos por influencia inperial y que querían reconquistar la independencia de la Iglesia, fue encomendar la elección papal a un colegio prestigioso e independiente, el colegio cardenalicio.
En 1073 los cardenales eligieron Papa a Gregorio VII y se propuso hacer frente a los emperadores en orden a recuperar la autoridad de la Iglesia sobre su propia jerarquía; llegó al enfrentamiento total con Enrique IV, al que el Pontífice llegó a destituir del trono imperial; devolvió a la Santa Sede su prestigio y su capacidad de acción en toda la Iglesia; y publicó el Dictatus Papae, compendio de la doctrina sobre los poderes que por su misión divina correspondían al Papado, y que suponían una negación de los que habían sido usurpados a lo largo de los siglos por las autoridades temporales.
Bajo el hierocratismo, los Papas llegaban a destituir o a excomulgar a los príncipes, para librar a sus súbditos de la obediencia a aquellas normas que contraveniesen las leyes divinas y pusiesen en peligro la salvación.
Al final del siglo XIII vuelve el poder imperial a tratar de reivindicar las tesis Cesaropapistas, entonces sube al solio papal Bonifacio VIII que se propone restaurar la supremacía y autoridad de la Iglesia.
15. La doctrina de Gelasio I
El monismo no es la doctrina de la Iglesia, ya que Jesucristo había pronunciado una frase que constituye, desde entonces, la base doctrinal del DUALISMO: “dad al Cesar lo que es del Cesar y a Dios lo que es de Dios”
Se denomina Dualismo a la distinción entre la sociedad religiosa y la sociedad política. En el sistema dualista, rige la doctrina de la separación entre las confesiones religiosas y los Estados.
En el año 494, el Papa Gelasio I formuló oficialmente la doctrina dualista como la propia de La Iglesia
Según el pensamiento dualista “la sociedad se rige por dos autoridades, la espiritual y la temporal. Ambas tienen naturaleza y competencias distintas, sin embargo no hay oposición entre ellas: el Emperador, en cuanto cristiano, tiene que someterse a las decisiones religiosas del Papa; y el Papa, en cuanto súbdito del Emperador, tiene que acatar las justas leyes civiles promulgadas por aquél”.
La octrina de la Iglesia queda así marcada para siempre, con sólo explicar y desarrollar las palabras con las que Jesucristo estableció las bases de la convivencia entre las esferas espiritual y temporal. Una doctrina que puede sintetizarse en:
a) dos potestades diferentes para el gobierno del mundo
b) ambas de origen divino
c) e independeintes entre sí en sus órdenes respectivos de competencia.
d) ninguna potestad está debajo de la otra
e) los individuos que ostentan uno y otro poder, están personalmente sometidos a la otra autoridad.
16. La reforma potrestante, sus orígenes.
En los inicios del siglo XVI, nace la Edad Moderna y con ella los reinos modernos.
Es en ese momento cuando tiene lugar la Reforma protestante, que alterará el curso de la historia religiosa y política occidental, dando paso en el ámbito del cristianismo a un nuevo sistema de relaciones Iglesia-Estado, más allá del cesaropapismo, pero sin deslizarse a la teocracia.
Lutero, sustituyó al supremo poder papal por iun sistema de Iglesias nacionales regidas cada una por un príncipe temporal, que será la cabeza suprema del Estado y de la Iglesia en sus respectivos territorios, ofreciéndoles la posibilidad de incautarse de los abundantes bienes eclesiásticos.
La Reforma luterana supuso la ruptura de la unidad de la Iglesia y la confusión en unas mismas personas de los supremos poderes estatal y eclesiástico.
Se trata de una nueva concepción del poder atribuido por Dios a los hombres para gobernar la iglesia.
En virud del principio luterano de libre interpretación de las Sagradas Escrituras, principalmente, el protestantismo se fue diversificando y muchas de sus ramas fueron abandonando el carácter de iglesias nacionales y se separaron de la sumisión al poder estatal; los países luteranos, sobre todo Escandinavia y la Inglaterra anglicana mantienen hasta hoy a sus monarcas como cabezas de las respectivas iglesias.
18. Cuándo surge y que implica el principio “cuius regio, eius religio”
El luteranismo no se desnevolvió sin lucha. Ni el emperador era lo bastante poderoso para reprimirlo ni los príncipes protestantes para imponerlo al emperador.
Los subsisguientes enfrentamientos se fueron concluyendo con diversos tratados de paz entre ellos, y en la paz de Ausburgo de 1555, se pactó el principio de que cada señorio habia de seguir la religión de su príncipe. Lutero se aproximó cada vez más a la idea de una religión única en cada reino, precisamente la del señor del mismo: cuius regio eius religio.
La Paz de Westfalia de 1648, extendió el principio cuius reguio eius religio a toda la cristiandad occidental.
A partir de Westfalia, en el Occidente cristiano se borran definitivamente las huellas hierocráticas y cesaropapistas, para ser sustituidas por el sistema de confesionaliad estatal.
WIKIPEDIA:
Cuius regio, eius religio es una frase latina que significa que la confesión religiosa del príncipe se aplica a todos los ciudadanos del territorio. Una traducción posible en castellano sería: según sea la del rey, así será la religión [del reino]; o más literalmente: de quien rija, la religión o a tal rey, tal religión.
21. Doctrina luterana sobre confesionalidad del Estado: la Paz de Augsburgo. Ver pregunta 18
23. Momentos fundamentales en los que se reconoce por primera vez la libertad de creencias en el siglo XVIII
El primer proceso de formalización de las libertades públicas se produce con las Declaraciones americana y francesa, a finales del siglo XVIII. La Primera Enmienda a la Constitución de EEUU, prohíbe al Congreso el establecimiento de una religión y garantiza la libertad religiosa. El origen de las libertades en Europa lo encontramos en Francia, así su Declaración reconoce expresamente la libertad de pensamiento y de creencias, así como la libertad de expresión por cualquiera de los procedimientos habituales
29. explique las diferencias entra la Constitución española se 1812 y la de 1869
Nuestro primer texto constitucional es la Constitución de Cádiz de 1812, que se inspiró en los principios del liberalismo revolucionario: el dogma de la soberanía popular, la división de poderes y la libertad e igualdad como bases del nuevo Estado., sin embargo el texto no se alinea con los planteamientos liberales en materia de libertad religiosa y relación Iglesia-Estado, por el contrario el Art. 12 establece : La religión de la nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica y romana., única verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas y prohíbe el ejercicio de cualquier otra.
La libertad religiosa irrumpe en la historia española con la Constitución de 1869, así en su Art. 21 dice: La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la religión católica.
El ejercicio público o privado de cualquier otro culto queda garantizado a todos los extranjeros residentes en España sin más limitaciones que las reglas universales de la moral y del derecho.
Si algunos españoles profesaren otras religiones que la católica es aplicable a los mismos todo lo dispuesto en el párrafo anterior.
La diferencia es evidente.
30. Confesionaliodad y libertad religiosa: la C de 1869
La libertad religiosa irrumpe en la historia española con la Constitución de 1869, así en su Art. 21 dice: La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la religión católica.
El ejercicio público o privado de cualquier otro culto queda garantizado a todos los extranjeros residentes en España sin más limitaciones que las reglas universales de la moral y del derecho.
Si algunos españoles profesaren otras religiones que la católica es aplicable a los mismos todo lo dispuesto en el párrafo anterior.
Es obvio que esta redacción obedece a un compromiso político. El avance se produce en el orden de superar la declaración expresa de confesionalidad, aunque políticamente sea necesario reconocer una de sus consecuencias: el sostenimeinto económico de la religión.
Pero por primera vez en nuestra histori constitucional aparece la posibilidad del ejercicio del culto, incluso en público, también a los ciudadanos españoles.
Así pues, no hay confesionalidad doctrinal, ni siquiera sociológica, y tampoco hay exclusión de algunos cultos; de ahí que el camino quede expedito para la introducción de la libertad religiosa.
32. Principales diferencias entre las C 1812, 1837, 1869 y 1876. respecto de la tolerancia, la intolerancia y la libertad religiosa.
Libertad religiosa:
a) 1812: a pesar de ser una Constitución inspirada en los principios básicos del liberalismo revolucionario: el dogma de la soberanía popular, la división de poderes y la libertad e igualdad como bases del nuevo Estado, no puede decirse que el texto se alinee con con los planteamientos liberales en materia de libertad religiosa y relación Iglesia-Estado. Por el contrario el Art. 12 establece : La religión de la nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica y romana., única verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas y prohíbe el ejercicio de cualquier otra. Por lo que se opone a la tolerancia de otros cultos, mostrándose fuértemente intolerante.
b) 1837: se mantiene la confesionalidad, pero desaparece la rígida fórmula doctrinal, (única verdadera), excluyente e intolerante de 1812.
c) 1869: La libertad religiosa irrumpe en la historia española con la Constitución de 1869, así en su Art. 21 dice: La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la religión católica.
El ejercicio público o privado de cualquier otro culto queda garantizado a todos los extranjeros residentes en España sin más limitaciones que las reglas universales de la moral y del derecho.
Si algunos españoles profesaren otras religiones que la católica es aplicable a los mismos todo lo dispuesto en el párrafo anterior.
d) 1876, con la Restauración monárquica, supone un paso a atrás en la evolución. La recuperación de la confesionalidad actúa como límite para la libertad religiosa, pues según la misma: La religión católica, apostólica, romana es la del Estado……. Nadie será molestado en el territorio español por el ejercicio de sus opiniones religiosas, ni por el ejercicio de su respectivo culto…..
Así pues, se combina la confesionalidad con la tolerancia en privado del ejercicio de otros cultos. Inaugura una especie de modelo intermedio que puede calificarse como sistema de tolerancia.
33. enumere las constituciones españolas y especifique si son confesionales aconfesionales, tolerantes e intolerantes. Ver pregunta 32.
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35. que solución queda enmarcada en la C 1876 sobre la relación estado-fenómeno religioso.
La Constitución de 1876 con la Restauración monárquica, supone un paso a atrás en la evolución. La recuperación de la confesionalidad actúa como límite para la libertad religiosa, pues según la misma: La religión católica, apostólica, romana es la del Estado……. Nadie será molestado en el territorio español por el ejercicio de sus opiniones religiosas, ni por el ejercicio de su respectivo culto…..
Así pues, se combina la confesionalidad con la tolerancia en privado del ejercicio de otros cultos. Inaugura una especie de modelo intermedio que puede calificarse como sistema de tolerancia.
36. En qué C se hace referncia por primera vez la libertad de creencias. Ver pregunta 30
37. La DUDH de las Naciones Unidas T2
Los regímenes fascistas que precipitaron a Europa en la Segunda Guerra Mundial, demostraron durante años un desprecio tal para el ser humano que las Naciones Unidas se vieron en la necesidad de recordar al mundo el valor del individuo y adoptaron la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Aunque la Declaración sigue siendo tan pertinente como lo era el día en que fue aprobada, sin embargo, las libertades fundamentales consagradas en ella aún no se han hecho efectivas para todos, ya que los gobiernos, a menudo, carecen de voluntad poítica para aplicar las normas internacionales.
La Declaración reconoce expresamente el derecho a la libertad de creencias en su artículo 18, al declarar: Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o creencia, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto o la observancia.
Analizando el texto podemos llegar a la conclusión de que la libertad que quería garantizarse era la libertad religiosa, y que utilizaban tres expresiones: conciencia, creencia y religión.
El reconocimiento de la libertad religiosa en la Declaración Universal de Derechos Humanos, ha servido como pilar fundamental para combatir la discriminación y la intolerancia religiosa fundadas en la religión o las convicciones.
El hecho de que algunos Estados, se abstuvieran de votar la Declaración en la Asamblea General, no ha impedido que ésta haya ido aumentando gradualmente su autoridad.
38. La declaración de Derechos Humanos y la libertad de creencias T2
Ver pregunta 37
39. La libertad de expresión en la Declaración Universal de Derechos Humanos T8
En la Declaración Universal de Derechos Humanos, se consagra que todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión. La libertad de expresión, va unida a la libertad de pensamiento o conciencia.
Tanto el derecho a la libertad de expresión como el derecho a la libertad de información son derechos fundamentales de los que son titulares todos los ciudadanos.
Con el término libertad de expresión se quiere resumir toda la libertad de emisión de pensamientos, opiniones e informaciones por los más diversos medios con los que se cuenta en la actualidad.
En el art. 20 de la Constitución española, se recoge tanto la libertad de expresión como el derecho a la información.
El TC ha hecho las siguientes precisiones:
1 - El derecho a la información protege y garantiza la comunicación de los hechos , es el derecho a comunicar libremente información veraz y a recibirla y debe versar sobre hechos que puedan considerarse noticiables.
2 - La libertad de expresión protege la comunicación del pensamiento, es el derecho a expresar y manifestar libremente los pensamientos, ideas y opiniones, dentro de las que se incluyen también las religiosas.
Lo que puede resultar difícil en la práctica, es saber si un medio de comunicación está ofreciendo una información o una expresión de ideas y opiniones, ya que ambas se dan con frecuencia entremezcladas, así, tendremos que valorar qué elemento es más preponderante, y así, calificar si se trata de una noticia, o si se trata de una opinión dada por el interlocutor.
Dentro de este tema que estamos tratando, adquiere especial relevancia el derecho a la libertad de expresión religiosa, que se considera como una manifestación de la libertad de expresión.
40. Estados confesionales o de confesión dominante T1
Estado de confesionalidad sin libertad religiosa: Estados que reconocen como oficial una religión y no conceden libertad religiosa a sus súbditos ni a las demás confesiones; con diferentes grados de intolerancia. Es hoy el caso de varios estado musulmanes.
Estado de confesionalidad con libertad religiosa: reconocen como oficial una religión pero aceptan y garantizan la libertad de las demás. Es por ejemplo el caso de Inglaterra o el caso de aquellos países de origen protestante que son conocidos como Iglesias Estado.
El primer sistema resulta incompatible con la libertad y justicia, y no es aceptable en el mundo democrático.
41. Contenido del artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos
La Declaración reconoce expresamente el derecho a la libertad de creencias en su artículo 18, al declarar: Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o creencia, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto o la observancia.
Analizando el texto podemos llegar a la conclusión de que la libertad que quería garantizarse era la libertad religiosa, y que utilizaban tres expresiones: conciencia, creencia y religión, para reconducirlas al ámbito religioso. Sin embargo esta interpretación basada en los documentos de la Declaración, se verá alterada al introducir la expresión “libertad de pensamiento y de conciencia”, desapareciendo así como cualquier referencia expresa a creencias religiosas.
42. Libertad de tener y libertad de manifestar las creencias T5
La libertad religiosa se contenplan en el art. 16 de nuestra C como un derecho fundamental, sin embargo, también es un principio y como tal informa de manera preeminente, junto con el resto de principios constitucionales, el conjunto del Ordenamiento en materia de tratamiento del fenómeno religioso.
El contenido de dicho derecho, es el conjunto de facultades que permiten ejercer realmente el derecho subjetivo. En este caso pueden extraerse del contenido los siguientes elementos:
1º - El contenido básico en el que el derecho se desenvuelve es la libertad de pensamiento, conciencia y religión.
2º - Ello incluye la posibilidad de tener o no convicciones ideológicas y religiosas.
3º - Incluye también la libertad de manifestación exterior de las creencias, en público lo que se concreta en las siguientes dimensiones: la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia de los ritos; o en privado.
5º - A todo ello afecta una doble regla: nadie podrá ser impedido a profesar una determinada religión o ideología y nadie podrá ser obligado a mantenerla...
Hay que decir, que el tratamiento de los derechos fundamentales por nuestra Constitución se sitúa en un planteamiento que exige una acción pública positiva y no sólo dirigida a mantener una zona de libertad libre de coacción.
La Ley Orgánica de Libertad Religiosa viene a concretar los planteamientos constitucionales, así corresponden al sujeto individual los siguientes derechos:
1º Profesar o no profesar creencias religiosas, cambiar de confesión o abandonarla, manifestar o no las propias creencias o abstenerse de declarar sobre ellas.
2º - Practicar los actos de culto y recibir asistencia religiosa, conmemorar festivos, celebrar ritos matrimoniales, recibir sepultura digna.
3º - Recibir e impartir enseñanza religiosa en los términos de la propia Constitución.
4º - Reunirse o asociarse para desarrollar sus fines religiosos.
Los derechos colectivos incluidos en la Ley son:
1º - El derecho a establecer lugares de culto o de reunión, designar y formar a sus ministros, divulgar y propagar el propio credo.
2º - Derecho a prestar asistencia religiosa a los miembros de la propia confesión afectados por relaciones de sujeción especial (hospitales, petinenciaria, fuerzas armadas).
47. Artículo 30.1 y 2 de la Constitución española
La objeción al servicio militar ha sido la más extendida, la que ha calado en un mayor número de Ordenamientos, y la que en cierto modo ha abierto en el último siglo el camino a los restantes modelos.
Por lo que hace a España, en la actualidad resulta ser una objeción inoperante, estando suspendida en su vigor la norma constitucional que establece los deberes militares de todos los españoles, sin embargo es la única objeción jurídicamente reconocida de modo expreso y regulada como tal en la Constitución en su arrtículo 30: 1. los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España. 2. la ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestaciñon social sustitutoria.
Anotar también que según la sentencia 160/1987, la objeción de conciencia al servicio militar no constituye un derecho fundamental, sino un derecho constitucional autónomo
48. Límites a la libertad de creencias
Cabe destacar las siguientes cuestiones:
1ª – Las limitaciones tan solo pueden afectar al ámbito externo del derecho, es decir, a su ejercicio.
2ª –Puesto que se trata de limitaciones a un derecho fundamental, a su aplicación debe ser interpretada restrictivamente.
3ª – La referencia institucional al “orden público protegido por la ley”, se concreta en su desarrollo a través de algunos elementos: los derechos y libertades de los demás y la seguridad, salud y moralidad pública.
49. Las garantías legislativas de la libertad de creencias
La libertad religiosa se contenplan en el art. 16 como un derecho fundamental, incluido en el Capítulo II de la Constitución (Derechos y Libertades) y en su Sección 1ª (De los derechos fundamentales y de las libertades públicas).
Sin embargo, también es un principio y como tal informa de manera preeminente, junto con el resto de principios constitucionales, el conjunto del Ordenamiento en materia de tratamiento del fenómeno religioso.
Hay que indicar que la presión del principio de libertad religiosa deja sin espacio a la confesionalidad del Estado, este criterio no queda disminuido por la referencia “a la sociedad española” del art. 16.3 ni tampoco por la ausencia de una declaración de no confesionalidad expresa en el texto constitucional.
50. La salud pública como límite a la libertad de creencias
La primera de las manifestaciones del derecho a decidir sobre la propia salud consiste en la elección entre las opciones clínicas disponibles.
El pleno disfrute de la libertad de elección del paciente entre las opciones clínicas disponibles comporta el cumplimiento de un deber por parte del personal sanitario, consistente en la obligación de informarle acerca de los distintos tratamientos que existen para la cura y/o prevención de su patología, así como de las consecuencias derivadas de cada una de ellos sobre su propia salud.
El cumplimiento de este deber por parte de las autoridades sanitarias se erige como una exigencia derivada de la promoción efectiva de la libertad ideológica, religiosa y de culto.
El profesional sanitario se encuentra obligado a informar al paciente por escrito y de forma veraz, comprensible y adecuada a las necesidades del paciente.
personal sanitario que va a practicar la intervención por escrito y de forma expresa.
El art. 9.4 de la Ley reguladora de la autonomía del paciente prevé que los menores de 12 años pueden elegir la opción clínica disponible que estimen más conveniente para su salud, dicha elección debe ser adoptada por sus representantes legales
La libertad para elegir las opciones clínicamente disponibles no es un derecho absoluto, pues en cuanto constituye una manifestación específica de la libertad ideológica, religiosa y de culto, el ejercicio de aquel derecho se encuentra limitado por el debido respeto a los derechos y libertades de los demás y por la salvaguarda de la moral, seguridad y salud públicas.
Junto a estos límites, la Ley Reguladora de la Autonomía del Paciente prevé que: los facultativos podrán llevar a cabo las intervenciones clínicas indispensables en favor de la salud del paciente, sin necesidad de contar con su consentiemiento cuando:
1. existe riesgo para la salud pública a causa de razones establecidas por la ley
2. cuando existe riesgo inmediato grave para la integridad física o psíquica del enfermo y no es posible conseguir su autorización, consultando, cuando las circunstancias lo permitan, a sus familiares o a las personas vinculadas de hecho a él.
52. Enumere los derechos individuales y colectivos reconocidos en el art. 2 de la L.O.L.R.
La Ley Orgánica de Libertad Religiosa viene a concretar los planteamientos constitucionales,
así corresponden al sujeto individual los siguientes derechos:
1º Profesar o no profesar creencias religiosas, cambiar de confesión o abandonarla, manifestar o no las propias creencias o abstenerse de declarar sobre ellas.
2º - Practicar los actos de culto y recibir asistencia religiosa, conmemorar festivos, celebrar ritos matrimoniales, recibir sepultura digna.
3º - Recibir e impartir enseñanza religiosa en los términos de la propia Constitución.
4º - Reunirse o asociarse para desarrollar sus fines religiosos.
Los derechos colectivos incluidos en la Ley son:
1º - El derecho a establecer lugares de culto o de reunión, designar y formar a sus ministros, divulgar y propagar el propio credo.
2º - Derecho a prestar asistencia religiosa a los miembros de la propia confesión afectados por relaciones de sujeción especial (hospitales, petinenciaria, fuerzas armadas).
53. Señale el objeto de la libertad ideológica y religiosa del art. 16.1 de la Constitución de 1978
Artículo 16. 1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la Ley.
Suele distinguirse entre el sujeto individual y sujeto colectivo, lo cual no deja lugar a dudas en el art 16.1 CE. Respecto al primero la combinación entre los artículos 16 y 14 obliga a considerar que todos los individuos, sin distinción alguna, son sujetos de derecho de libertad religiosa.
Los derechos fundamentales se ejercitan por individuo aisladamente o en grupo, para la Constitución considera las comunidades sujetos también del derecho.
No obstante, los derechos comunitarios son derivados de los derechos individuales, y se reconocen en cuanto permiten el mejor desarrollo del individuo y el ejercicio más pleno de sus derechos.
La C habla de individuos y comunidades, la LOLR señala como “comunidades” a las Iglesias, Confesiones y Comunidades Religiosas.
54. Objeción de conciencia a tratamientos médicos. Casos y en qué consiste
Se trata de determinadas confesiones que se niegan, por considerarlas contrarias a su interpretación de los textos sagrados, ya a las transfusiones de sangre, ya al recurso de medicamentos
Un caso extremo es el caso de Chistian Sciencie, una entidad religiosa que rechaza todo sistema curativo que no sea la oración.
La gran difusión en todo el mundo de los Testigos de Jehová, y su constante y universal rechazo a las transfusiones de sangre, ha dado lugar a una notable legislación y abundante jurisprudencia
En principio se trata de un enfrentamiento entre la evitación de la muerte que los Ordenamientos jurídicos pretender ofrecer al paciente, y la negativa de éste salvar su propia vida o la de las personas situadas bajo su responsabilidad.
Juegan en este terreno cuatro voluntades:
1ª – La del enfermo.
2ª – La del menor o incapaz sometido a tutela.
3ª -. La del médico que desea salvar la vida.
4ª – La del juez que ha de decidir entre las voluntad en principio negativa del enfermo y la en principio positiva del facultativo sanitario.
Los casos concretos se han presentado así:
1 – El médico determinas la imprescindible utilización de la transfusión de sangre.
2 – El enfermo la rechaza.
3 – El juez ordena practicarla.
4 – El médico tiene o bien que obedecer al juez, o bien atenerse a la negativa del enfermo.
En España el tema no ha sido afrontado por la legislación sino por la jurisprudencia.
La tendencia inicial fue, por parte del TS, la de proteger el derecho a la vida frente a la opción religiosa., así afirma : “ cuando una transfusión resulta imprescindible para evitar un grave peligro para la vida o la salud de un menor, el juez no solo no puede sino que en principio debe autorizar la imposición forzosa de dicho tratamiento”.
Sin embargo, en el caso de Huesca, que murió un menor por impedir las transfusiones, al final el TC absolvió a los padres, por entender que el joven a los 13 años ya poseía suficiente madurez para ejercitar su derecho de libertad religiosa.
55. En qué consiste la objeción de conciencia al aborto. Quién la reconoce.
Una vez desplazada la objeción al servicio militar, es la objeción de conciencia al aborto la que ocupa el primer lugar.
La cada vez más ampliada despenalización o permisión del aborto nos obliga a tratar de determinar quién es el titular del derecho a ese tipo de objeción y en qué casos puede la misma ser ejercida como un derecho.
La gran mayoría de la doctrina estima que el objetor es el personal sanitario, sin embargo, no falta el parecer doctrinal de que la objetora es la mujer.
La mujer entra en conflicto con la norma: ello la convierte en objetora; el médico desea que la norma constitucional se cumpla, que se respete el derecho a la vida; al negarse a practicar el aborto, se niega a incumplir la ley.
Esta hipótesis solo podría resultar válida en todos los casos, si no existiese en la legislación supuesto alguno de permisión del aborto.
Desde el momento en que la legislación despenaliza, y permite por tanto, varios casos de abortos legales, la idea de la mujer objetora entra en juego exclusivamente en los casos en que desea abortar sin protección legal alguna, frente a todo modelo de aborto permitido.
Mucha mayor base posee la tesis generalizada de que la objeción de ciencia al aborto es propia del personal sanitario. La mujer desea abortar secumdum legem y entonces, tras esa opción de la mujer, son los miembros del personal sanitario los que aparecen como protagonistas de la objeción, cuando se niegan a participar en el aborto por exigencias de sus criterios éticos, de su conciencia.
Así pues, “la objeción de conciencia al aborto consiste en la negativa a ejecutar practicas abortivas o a cooperar directa o indirectamente, en su realización, es decir, participar, como ejecutor o como colaborador, en la práctica de abortos legales”.
Esta objeción ha de ampliarse a “la negativa del algunos farmacéuticos a dispensar medicamentos abortivos o pro-abortivos”.
En todo caso, la objeción no depende de las causas que legalmente se consideren justificativas del aborto, sino de la negativa a practicar abortos por imperativo de conciencia.
La Ley Orgánica 2/2010 que regula el aborto menciona la objeción de conciencia así: La prestación sanitaria de la interrupción voluntaria de embarazo se realizará en los centros de la red sanitaria pública o vinculada a la misma. Los profesionales sanitarios directamente implicados en la interrupción voluntaria del embarazo tendrán el derecho de ejercer la objeción de conciencia, sin que el acceso y la calidad asistencial de la prestación puedan ser menoscabadas por el ejercicio de la objeción de conciencia.
57. Supuestos legales de aborto
La legislación vigente sobre la interrupción voluntaria del embarazo entronca directamente con el derecho a decidir sobre la propia salud reproductiva de las mujeres embarazadas.
En tanto manifestación externa de su libertad ideológica, religiosa y de culto, no se trata de un derecho absoluto, sino que ejercicio se encuentra limitado por el debido respeto a los derechos humanos y a las libertades públicas de los demás.
La vida de los concebidos y no nacidos constituye, según la doctrina del TC, un bien constitucionalmente protegido, lo que no significa que el Ordenamiento jurídico le otorgue una protección jurídica absoluta.
Según el art. 14 de la Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo… . “garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de la mujer embarazada para interrumpir voluntariamente su embarazo sin necesidad de alegar causa alguna dentro de las primeras catorce semanas del proceso vital de gestación, siempre que previamente:
1º – Haya sido informada sobre sus derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad.
2º – Que haya transcurrido un plazo al menos de tres días desde la información a la realización de la intervención.
La gestante sólo podrá ejercitar con plenitud su derecho a decidir sobre su propia maternidad en las circunstancias siguientes:
1ª - Que no se superen las veintidós semanas de gestación y siempre que exista grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada y así conste en un dictamen médico.
2ª – Que no se superen las 22 semanas de gestación y siempre que exista riesgo de graves anomalías en el feto y así conste en un dictamen médico.
3ª – Cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida y así conste en un dictamen médico.
59. La cláusula de conciencia como salvaguarda a la libertad de expresión
La cláusula de conciencia es un derecho constitucional de los profesionales de la información, que se concede como protección a los periodistas para garantizar su independencia frente a presiones externas e internas de la empresa en la que presta sus servicios, siendo la garantía de la independencia el bien jurídico protegido.
En un medio de comunicación público, el informador tendrá que observar la neutralidad, pero en un medio de titularidad privada es donde se pueden dar situaciones de colisión de derechos y libertades.
Cuando se vulnera la libertad ideológica del periodista en el medio en que presta sus servicios, este puede, amparándose en su libertad de conciencia y en su ética profesional, rescindir su contrato y exigir una indemnización, señalando que se trata de un despido improcedente.
El objeto que hace posible el ejercicio de este derecho es que exista un cambio sustancial en la orientación informativa o en la línea ideológica del medio, cambio que debe ser percibido, no solo por el periodista, sino también por el público.
60. Objeto y límites de la libertad de expresión
El objeto de la libertad de información es la noticia, esto es, los hechos que se consideran noticiables.
El objeto de la libertad de expresión son los pensamientos, ideas, opiniones, creencias y juicios de valor.
La libertad de expresión, en cuanto a su objeto, es más amplia que la libertad de información, además la primera se puede constatar, mientras que la segunda sólo puede verificarse.
La libertad de información, como destaca el TC, para que su ejercicio sea legítimo, exige que concurran los siguientes requisitos:
1 – El interés y la relevancia de la información divulgada.
2 – La necesidad de que la información sea veraz.
Como límites expresos a la libertad de expresión, cabe señalar: el respeto a los derechos reconocidos en el Título I de la Constitución, De los Derechos y Deberes Fundamentales.
61. Límites de la libertad de expresión
Ver pregunta 60
62. Libertad de creación de centros docentes. Compromisos de los Centros concertados
El modelo educativo creado por la Constitución, favorece, y acaba de configurar, un sistema mixto de escuela pública y escuela privada.
Las escuelas públicas son erigidas por los poderes públicos en tanto que las privadas surgirán de la iniciativa privada.
El TS establece que el art. 27.6 de la Constitución, es la manifestación primaria de la libertad de enseñanza, pues supone la inexistencia de un monopolio estatal docente y en sentido positivo la existencia de un pluralismo educativo institucionalizado.
Los centros docentes creados en virtud de lo dispuesto en el art. 27, podrán atender a enseñanzas regladas o a enseñanzas no regladas.
La libertad de creación de centros docentes incluye, además, el derecho a establecer el ideario propio de los centros.
La apertura y funcionamiento de estos centros se someten al principio de autorización administrativa.
63. La libertad de cátedra
En nuestro ordenamiento actual, esta libertad se predica para todos los docentes y para cualquiera que sea el ámbito privado o público de la misma.
La libertad de cátedra, es una garantía institucional que define la estructura del proceso educativo y del que se deriva la posición jurídica de los profesores.
Señalamos la doble dimensión de la libertad de cátedra:
1º Se trata de una garantía institucional, ya que es un principio organizador del sistema educativo.
2º - Se trata de un derecho individual de libertad, derecho subjetivo del profesor que le protege frente a ingerencias externas.
El contenido de la libertad de cátedra históricamente ha tenido dos vertientes:
1ª – La positiva se refiere a la libertad para elegir, utilizar y aplicar los métodos y procedimientos que dan lugar a la adquisición, exposición y transmisión de los conocimientos, así como diseñar el programa de la asignatura e investigar según los deseos del titular del derecho.
2ª La negativa se refiere a la posibilidad de que el docente se resista a cualquier orientación ideológica determinada que deba dar a sus enseñanzas, sin tener que atenerse a una doctrina oficial. Estos dos contenidos, históricamente solo se han dado en los centros públicos de enseñanza superior. Pero el TC ha señalado que la Constitución ha querido atribuir esta libertad a todos los docentes, independientemente del nivel de enseñanza en que ejerzan su actividad...
Así, los sujetos de esa libertad son todos los docentes habilitados para ejercer la docencia, ya que lo que se pretende es garantizar la libertad de los profesores.
Los límites a la libertad de cátedra son:
1 – Los derivados de cualquier actividad que implique libertad de expresión, aunque aplicados en este caso a la docencia. Es decir, el derecho a la intimidad y al honor que tiene cualquier persona, la moral pública y la defensa de la juventud y de la infancia, que tienen gran trascendencia en el campo de la enseñanza.
2 – Los derivados del art. 27.2 de la Constitución. Es decir, el respeto de los principios democráticos de convivencia y los derechos y libertades fundamentales.
3 – El respeto a la dignidad personal del alumno y a su libertad de conciencia. No es lícito que los profesores ejerzan en los centros públicos el adoctrinamiento y el dogmatismo, ya que en la medida de lo posible tienen que ser neutrales. En los centros privados este límite depende del ideario del centro.
4 – Los derivados de las competencias educativas que a favor de los poderes públicos se reconozcan, más estrictas en los niveles inferiores y más amplias en los niveles universitarios (LAU).
5 – El respeto al Reglamento de Régimen Académico de los centros.
6 - El respeto a los derechos y libertades que componen la libertad de educación para padres y alumnos.
7 – El respeto a la neutralidad en los centros públicos y el respeto al ideario en los centros privados que lo tengan establecido.
65. Reuniones en lugares de tránsito público
Se trata de reuniones que, al celebrarse en lugares de tránsito público, debe conciliarse: el derecho de reunión, la libertad de circulación y el mantenimiento del orden público.
La manifestación es una reunión de personas en lugares de tránsito público y que se desplazan de un sitio a otro.
Así cuando quieran celebrar reuniones en lugares de tránsito o manifestaciones , se dará comunicación previa a la autoridad, esa comunicación se realizará por escrito a la autoridad gubernativa por los promotores de las mismas y con una antelación de 10 días como mínimo y 30 como máximo.
Si la autoridad gubernativa considerase que existen razones fundadas de que puedan producirse alteraciones de orden público, con peligro para las personas o bienes, podrá prohibir la reunión o manifestación.
La autoridad gubernativa tiene el deber de proteger el ejercicio de este derecho frente a quienes traten de impedirlo.
66. Libertad de reunión y manifestación
Una asociación no es cualquier agrupación humana, sino sólo aquella que reúne las siguientes características:
1ª – Ser de naturaleza voluntaria.
2ª – Perseguir un fin común a sus miembros.
3ª – Poseer una cierta vocación de permanencia.
4ª – Estar dotadas de una organización.
La Constitución española reconoce en su art. 21 el derecho de reunión pacífica y sin armas y el derecho de manifestación.
Mientras las asociaciones tienen vocación de estabilidad o permanencia, las reuniones y manifestaciones tienen carácter esporádico.
Mientras la libertad de expresión suele ser de ejercicio individual, el derecho de reunión y manifestación es necesariamente de ejercicio colectivo.
La Ley Orgánica del Derecho de Reunión señala que se entiende por reunión, la concurrencia concertada y temporal de más de 20 personas, con finalidad determinada.
La libertad de reunión es plena si se trata de una reunión pacífica y sin armas celebrada en lugar cerrado. En este caso no es necesaria ni la autorización previa ni tampoco la comunicación previa a la autoridad.
Del buen orden de las reuniones y manifestaciones serán responsables sus organizadores, quienes deberán adoptar las medidas para el adecuado desarrollo de las mismas
Por lo que respeta a la Iglesia católica , la libertad de reunión le viene conferida sin restricciones conforme a lo establecido por el art. 1.1 del Acuerdo sobre Asuntos Jurídicos, que garantiza el libre y público ejercicio del culto de las actividades que le son propias.
En caso de celebrarse en lugares de tránsito público, debe conciliarse: el derecho de reunión, la libertad de circulación y el mantenimiento del orden público.
La manifestación es una reunión de personas en lugares de tránsito público y que se desplazan de un sitio a otro.
Así cuando quieran celebrar reuniones en lugares de tránsito o manifestaciones , se dará comunicación previa a la autoridad, esa comunicación se realizará por escrito a la autoridad gubernativa por los promotores de las mismas y con una antelación de 10 días como mínimo y 30 como máximo.
Si la autoridad gubernativa considerase que existen razones fundadas de que puedan producirse alteraciones de orden público, con peligro para las personas o bienes, podrá prohibir la reunión o manifestación.
La autoridad gubernativa tiene el deber de proteger el ejercicio de este derecho frente a quienes traten de impedirlo.
68. Requisitos que establece la ley para acceder a la inscripción en el Registro de Entidades Religiosas
El Registro de Entidades Religiosas es el lugar donde acuden las comunidades religiosas para inscribirse.
Su estructura está compuesta de tres secciones:
Sección general: Donde se inscriben las iglesias, confesiones y comunidades religiosas en los términos previstos en la Ley Orgánica de Libertad Religiosa.
Sección especial: Se crea en el 1981 para que conste la inscripción de las comunidades que han firmado acuerdos de cooperación con el Estado y sus entidades menores.
Sección de fundaciones: prevista en 1984 para la inscripción de las fundaciones de la Iglesia católica.
Cuando una entidad decide inscribirse en el Registro de Entidades Religiosas, debe aportar una documentación que permita identificarla y conocer su estructura y organización. Los requisitos se encuentran establecidos en la LOLR
Requisitos formales:
1º - Solicitud:
Según el texto la inscripción se realizará en virtud de solicitud de la entidad interesada, es decir, que la inscripción es potestativa para la entidad.
2º - Documento fehaciente de su fundación o establecimiento en España:
El documento que se pide es el acta de constitución, pero mientras que en el régimen general de asociación es potestativo elevarlo a escritura pública, la regulación específica de las comunidades religiosas lo convierte en un requisito imprescindible.
3º - Denominación, domicilio y demás datos de identificación:
La denominación debe responder a un nombre que no genere confusiones con otras inscritas previamente y, especialmente, que no sea contraria a los principios constitucionales.
4º - Régimen de funcionamiento y órganos de representación:
A grandes rasgos este requisito sería coincidente con los Estatutos de cualquier asociación.
5º - Expresión de sus fines religiosos:
Se trata del requisito más controvertido, al utilizarlo como parámetro de valoración material y no formal; con él se pretende conocer las actividades y finalidades que persigue la comunidad, valorarlas y, en el caso de encontrar cualquier contradicción, denegar la inscripción.
Se trata de un requisito aparentemente formal, también solicitado en el Registro General de asociaciones, pero que en el ámbito del Registro de Entidades Religiosas se ha convertido en material...
La aplicación de los límites de cualquier derecho corresponde a los Tribunales, y en ningún caso un órgano de la Administración puede arrogarse una competencia propia de los órganos jurisdiccionales.
Así, cuando la Administración en el procedimiento registral sospechara que podría llegar a cometerse actos contrarios al orden público o lesivo a los derechos de los demás, el encargado del Registro de Entidades Religiosas deberá suspender el procedimiento y dar traslado al Ministerio Fiscal, para que estime si conviene iniciar acciones judiciales.
69. Qué garantiza la libertad de cátedra a los profesores.
Ver pregunta 63
70. Requisitos en LOLR para inscripción de una confesión religiosa en el Registro de entidades religiosas.
Ver pregunta 68
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Sólo he hecho esas, algunas las he resumido mucho por lo del espacio tasado y por la información que hay en el libro. Todo lo que he copiado lo tengo hecho en un word, si queréis me comprometo a las que hagáis vosotros y colguéis aquí a copiarlas en el word que tengo para luego colgarlas todas juntas.
Para saber las que faltan basta que las comparéis con las que han colgado nuestras com`pañeras. no obstante os digo que muchas no están porque anyes era anual y había más materia.
ciao
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71. Acuerdos con la Iglesia católica
A partir de la Constitución se comienzan a negociar con la Santa Sede un conjunto de Acuerdos que fueron finalmente aprobados con fecha 3 de Enero de 1979.
Se trata de Acuerdos parciales sobre diferentes materias:
1 – Sobre Asuntos jurídicos.
2 – Sobre Asuntos económicos.
3 – Sobre Enseñanza y Asuntos culturales.
4 – Sobre Asistencia religiosa a las Fuerzas Armadas y servicio militar de clérigos y religiosos.
Cabe resaltar de estos Acuerdos las siguientes cuestiones:
1ª.- Los Acuerdos responden a otra técnica, le de regular mediante convenios particulares los asuntos de interés común.
Los Acuerdos constituyen un cuerpo completo de regulación de las relaciones entre el Estado español y la Iglesia católica.
2ª – Se trata de Tratados internacionales concluidos entre el Reino de España y la Santa Sede y Estado de la Ciudad del Vaticano.
3ª – Se trata de Acuerdos formalmente amparados en la Constitución.
4ª – Difieren de los concordatos clásicos, que servían para asegurar la mutua relación mediante el intercambio de privilegios, en la actualidad dependen de los principios constitucionales que ordenan las relaciones del Estado laico con las confesiones religiosas.
5ª – Como tales Acuerdos confesionales son una consecuencia del principio constitucional de cooperación.
A los Acuerdos de 1979 debe añadirse el Convenio de 5 de Abril de 1962 sobre Universidades de la Iglesia católica.
Finalmente el Estado español y la Santa Sede han firmado en 1994 un Acuerdo sobre Asuntos de interés común en Tierra Santa.
72. Acuerdos vigentes entre el Estado y Santa Sede: fechas en que se suscribieron y temas que desarrollan
Ver pregunta 71
73. Acuerdos del Estado con Iglesia de 1979: antecedentes y enumeración
Ver pregunta 71
74. Los acuerdos con las confesiones minoritarias
De acuerdo con la Ley Orgánica de Libertad Religiosa y previo el reconocimiento del notorio arraigo, el Estado ha concluido en 1992 sendos pactos con:
1 – La Federación de Entidades Religiosas Evangélicas.
2 – La Federación de Comunidades Israelitas.
3 – La Comisión Islámica de España.
Conviene destacar los siguientes aspectos:
1º - Al igual que los Acuerdos con la Iglesia católica, los pactos vinculados a la Ley orgánica de Libertad Religiosa son también un desarrollo del principio de cooperación constitucional.
2º - Su naturaleza jurídica no se corresponde, sin embargo, con la de tratados internacionales, pues tienen valor de Ley ordinaria aprobada por las Cortes.
3º - No hay privilegios incorporados al pacto que rocen la neutralidad del Estado ni se aprecian desigualdades en el tratamiento de los diferentes institutos.
4º - Sin embargo, los pactos concluidos con las confesiones minoritarias son diferentes a los concluidos con la Iglesia católica, y no sólo por la naturaleza de los propios acuerdos.
5º - Es notorio que también se plantean cuestiones de desigualdad en relación con las confesiones religiosas que no tienen suscrito pacto con el Estado, alguna de las cuales gozan de notorio arraigo.
75. Los efectos jurídicos de la inscripción de una entidad religiosa en el Registro de Entidades Religiosas
La inscripción en el Registro de Entidades Religiosas tiene unos efectos importantes.
El mas reconocido es el que las comunidades religiosas inscritas podrán firmar acuerdos de cooperación.
Las entidades inscritas gozarán de autonomía plena y tendrán el reconocimiento de la personalidad jurídica.
La personalidad jurídica y el Registro de Entidades Religiosas.-
En cuanto al nacimiento de la comunidad, el Registro de Entidades Religiosas no funciona como un Registro constitutivo.
Reconocer personalidad jurídica a las comunidades religiosas consiste en atribuirles la condición de titular de derechos y obligaciones
Atendiendo al régimen general, el reconocimiento de personalidad jurídica se produce en España de dos maneras:
1ª – Sistema de reconocimiento genérico, por disposición normativa o por libre constitución:
En ambos casos la personalidad jurídica se reconoce desde el mismo momento en que se produce la válida constitución de la persona jurídica
2ª – Sistema de concesión:
Los poderes públicos otorgan personalidad jurídica mediante un acto positivo plasmado en la Ley.
Existen fundamentalmente dos tipos de personas jurídicas:
1 - Las personas jurídicas de interés público, entre las que están las asociaciones, fundaciones y corporaciones de derecho público
2 - .Las personas jurídicas en interés privado, donde se ubican las sociedades civiles, mercantiles e industriales.
Según el Código civil, las personas jurídicas de interés público tienen reconocida personalidad jurídica desde el mismo momento en que se produce su constitución conforme a derecho, mientras que las personas jurídicas de interés particular o privado disponen de personalidad jurídica desde que la Ley se la concede.
Como consecuencia de la laicidad y de la separación entre estructuras, las comunidades religiosas no pueden ser consideradas corporaciones de Derecho público, por lo tanto, se insertan dentro de la categoría de las asociaciones de Derecho privado.
El Registro de Entidades Religiosas no debe ser considerado como constitutivo de personalidad jurídica, si tenemos en cuenta que la propia Constitución, en su art. 16 y la Ley Orgánica de Libertad Religiosa ya reconoce a las comunidades religiosas como sujetos titulares de derechos.
La autonomía plena y el principio de separación y neutralidad.-
La autonomía implica la capacidad de autoorganizarse, autonormarse y autogestionarse.
La laicidad se coloca como la mejor garantía de la autonomía plena de las comunidades ideológicas y religiosas, cuya independencia estructural sería ilimitada y aplicable a todas las comunidades: neutralidad.
Las comunidades religiosas quedarían excluidas de la adecuación a principios democráticos que fija la Ley reguladora del Derecho de Asociación para las asociaciones en general, como partidos políticos, sindicatos, etc.
La importancia de la cooperación y la necesaria estabilidad institucional.-
La cooperación se configura como el elemento que caracteriza al sistema español hacia un modelo de laicidad positiva.
La existencia de la cooperación se basa en el primer contenido del art. 16.3 de la Constitución que encomienda a los poderes públicos: tener en cuenta las creencias de la sociedad española.
Lo contradictorio es que el Registro de Entidades Religiosas, en este caso, se utiliza como un instrumento para concretar el acceso a distintas fórmulas de cooperación.
El Registro de Entidades Religiosas se sitúa como un instrumento administrativo para que el Estado constate la importancia y estabilidad de las entidades religiosas, por ello parece conveniente señalar que la inscripción no puede ni debe ser un instrumento para distinguir niveles en la aplicación de la actividad cooperadora del Estado
La inscripción de las comunidades ideológicas y religiosas sólo debe servir para dar publicidad formal a la institución.
76. La protección de marcas de la Federación de Comunidades Israelitas de España
Lo unico que he encontrado de las comunidades israelitas es en la pregunta 74
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Seria bueno entre todos que pudieramos hacer(para repasos de ultima hora)la preguntas más importantes por temas y meterlo en una carpeta para que la gente las pueda descargar.
Yo puedo aportar los documentos que utiliza un tutor en la presentación de las clases que he conseguido, en cuento tenga todos los temas las cuelgo.
Si alguien tiene la recopilación de preguntas aunque sea pegando las respuestas de los apuntes(tasado)se puede hacer,y podemos colaborar entre todos.
Saludos.
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Estoy con eclesiástico.
Si puedes responderme lidia, díme que orden de preguntas estás siguiendo, las que ha mandado tesan o MRLEON?
No obstante, mientas contestas voy comprobando mis respuestas con las que tu ha colgado, eliminándolas y continuado con el resto
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Sinceramente la lista me la hice yo con los exámenes de Calatayud, los números son salteados porque las otras preguntas no las he encontrado aun. Podéis haceros un copia y pega y lo pegáis en un word. Compararlo con las pregunta de tesan67 y de la otra compañera para ver las que faltan. La segunda parte de derecho canónico matrimonial, no hay que hacer ninguna pregunta porque solo hay un tema sobre eso y hay que estudiarlo todo porque es muy importante.
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Seria bueno entre todos que pudieramos hacer(para repasos de ultima hora)la preguntas más importantes por temas y meterlo en una carpeta para que la gente las pueda descargar.
Yo puedo aportar los documentos que utiliza un tutor en la presentación de las clases que he conseguido, en cuento tenga todos los temas las cuelgo.
Si alguien tiene la recopilación de preguntas aunque sea pegando las respuestas de los apuntes(tasado)se puede hacer,y podemos colaborar entre todos.
Saludos.
Sí eso está muy bien, entre todos miramos las que me faltan a mí y las vamos poniendo aquí, yo ya tengo en word todas las que he copiado aquí así que conforme vayáis haciendo las voy añadiendo. Eso con lo que cada uno aporte de las tutorías podemos hacer un documento.
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gracias por tu trabajo lidia, pero estaria muy bien que las preguntas las pusieras en un archivo para bajarlas mejor, un saludo
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gracias por tu trabajo lidia, pero estaria muy bien que las preguntas las pusieras en un archivo para bajarlas mejor, un saludo
Sugiero igualmente lo de niki, porque me está siendo muy difícil hacer el descarte, el enunciado de las preguntas no coincide con las pegadas en estos post por parte de las compañeras, salvo unas siete que más o menos se pueden encuadrar en ellas.
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No hay problema solo que faltan algunas. Yo no sé subirlas si alguien se ofrece se las mando por Mail y las sube porque las tengo en word.
Ciao
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A ver chicos, yo encontré unas cuantas preguntas de otros años más de la mitad no las veo en el libro. Os las pongo aquí haber si nos ayudamos entre todos y vamos colocando a cada una en su epígrafe correspondiente.
-Los orígenes de la reforma protestante (tema 3)
-El Edicto de tolerancia de Galerio (tema 1)
-Enumerar los acuerdos vigentes de la iglesia católica con el estado español (tema 14)
-El pensamiento de Maquiavelo (tema 3)
-Reconocimiento de la libertad de creencias en la UE (tema 7)
-El aborto terapéutico (tema 9)
-La primera enmienda de ala Constitución americana (tema 4)
-Concepto legal de la libertad de creencias (tema 8 )
-El dualismo de los órdenes: autoritas y potestas (tema 2)
-Los acuerdos con la iglesia católica: principios y cláusulas generales (tema 13)
-La reforma protestante (tema 3)
-La DUDH y la libertad de creencias (tema 6)
-Laicismo estatal y libertad de cultos (en la II república) (tema 5)
-Señale el objeto de la libertad ideológica y religiosa del art. 16.1 de la Constitución de 1978 (tema 8 )
-Significado constitucional de la actividad religiosa (tema 8 )
-La seguridad pública como límite a la libertad religiosa (tema 8 )
-La recepción del consentimiento informado (tema 9)
-La financiación de la confesiones religiosas minoritarias (tema 15)
-Edicto Cunctos Populus ( T. 1.2)
-El factor religioso en las Constituciones del siglo XIX en España (T. 5.2)
-Qué manifestaciones abarca la libertad de expresión recogida en la Constitución española (T. 10.2)
-Bases del dualismo cristiano (T. 2)
-Supuestos legales del aborto (T. 9)
-Edicto de Nantes (T.3)
-El concepto de libertas de creencias en Naciones Unidas (T. 6)
-La protección estatal de las minorías religiosas (T.6)
-La contrarreforma católica (T. 3)
-El convenio Europeo de Derechos humanos y la libertad de creencias (T. 7)
-Límites de derecho de libertad de creencias (T. 8 )
-Libertad de tener y libertad de manifestar las creencias (T. 6)
-Principio de autonomía (el consentimiento informado) (T. 9)
-Compromisos que asumen los centros concertados (T. 11.5)
-El dualismo de los poderes (T. 2.5)
-Principales documentos jurídicos (edictos) que motivaron al cambio en la cultura romana del cristianismo como religión oficial del imperio (T. 1.2)
-La crisis del constitucionalismo: la neoconfesionalidad estatal (T. 5)
-La UE y la libertad de creencias (T. 7)
-Límites de la libertad de creencias (T. 8 )
-Confesionalidad estatal e intolerancia religiosa (T.5)
-Dualismo comunitario
-La reforma protestante y el Derecho Eclesiástico del Estado
-Acuerdos vigentes con la iglesia católica
-Nacionalismo religioso y contrarreforma católica
-Libertad religiosa en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas
-Acuerdos del Estado Español con la iglesia Católica de 1979: antecedentes y enumeración
-La doctrina luterana sobre la confesionalidad del Estado: la Paz de Augsburgo
-La declaración universal de Derechos humanos de las Naciones unidas
-Cláusula de conciencia como salvaguarda de la libertad de expresión
-El art. 18 de la DUDH
-Contenido del derecho fundamental de libertad de creencias
-El art. 27.3 de la Constitución de 1978
-Acuerdos vigentes con las confesiones religiosas
-Cooperación del Estado con las confesiones religiosas (T.14)
-Señale el objeto de la libertad ideológica y religiosa del art. 16.1 de la Constitución de 1978 (T. 8 )
-Los acuerdos con la Iglesia Católica: principios y cláusulas generales (T. 13)
-Objeción de conciencia al juramento (T.9)
-Explique la evolución del cristianismo de ser religión perseguida a ser religión oficial en Roma a través de los Edictos (T. 1)
-Significado constitucional de la libertad religiosa (T. 8 )
-La seguridad pública como límite a la libertad religiosa (T. 8 )
-La recepción del consentimiento informado (T. 9)
-Libertad de reunión y manifestación (T. 12)
-Libertad de creación de centros docentes. Compromisos que asumen los Centros concertados (T. 11)
-El factor religioso en las Constituciones del siglo XIX en España (T. 5.2)
-Manifestaciones que abarca la libertad de expresión recogida en la CE (T. 10.2)
-Los sentimientos religiosos como límite a la libertad de expresión (T.10)
-Declaración francesa de los Derechos del Hombre (T. 4)
-La CE de 1969 y la libertad de creencias (T. 5)
-La primera enmienda de la Constitución Americana (Tema 4)
-Características del matrimonio civil en su primera instauración en España (T.16)
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Diaz15, yo que estoy realizando las respuestas de los exámenes anteriores, te puedo decir que eso estaban en el temario anterior y por lo tanto en el libro anterior. La verdad es que tenemos pocas preguntas que nos correspondan a este temario de ahora y por tanto libro, porque la mayoría de las que se corresponden a él se repiten mucho.
Hay un resumen del año pasado que si recoge esas preguntas.
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Diaz15, yo que estoy realizando las respuestas de los exámenes anteriores, te puedo decir que eso estaban en el temario anterior y por lo tanto en el libro anterior. La verdad es que tenemos pocas preguntas que nos correspondan a este temario de ahora y por tanto libro, porque la mayoría de las que se corresponden a él se repiten mucho.
Hay un resumen del año pasado que si recoge esas preguntas.
Sí, sé que es del temario anterior, pero se supone que el contenido es igual por lo menos en un 90%, lo que suelen cambiar son los nombres de los epígrafes. Por eso, lo que pretendo es que entre todos pongamos un poquito de nuestra parte y los vayamos situando en nuestro temario.
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De esas preguntas algunas yo ya las he hecho en el post pero no he puesto de que tema son, eso me ha faltado. Si alguien hace las que faltan las unimos y hacemos un documento para colgarlo.
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buenas, alguien me poria decir cuanto cuesta el librito de eclesiastico?
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buenas, alguien me poria decir cuanto cuesta el librito de eclesiastico?
26€
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hola! por lo que veo estais de puente....yo me he puesto ahora con esta asignatura, el tema 1 me parece muy largo y ademas es todo importante no? como vais con lo de las preguntas? si puedo ayudar en algo....
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Hola a todos:
He encontrado una web donde hay apuntes de todas las asignaturas del Grado de Derecho. Incluídos los nuevos de Derecho Eclesiático del libro de Suárez Pertierra.
www.uned-derecho.com/segundo/derecho-eclesiastico-del-estado
Suerte a todos,
Ana Cortés
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No hay problema solo que faltan algunas. Yo no sé subirlas si alguien se ofrece se las mando por Mail y las sube porque las tengo en word.
Ciao
Hola compañeros! Y enhorabuena Lidia por tu trabajo. Por lo que he podido leer se trata de las preguntas que más han caido en los últimos años??
Hay una opción para subir el fichero por dropbox, si quieres te mando mi e-mail y vemos como hacerlo... Pero ya como tu prefieras....
Nuevamente gracias por ofrecer tu trabajo, la verdad es que estudiar a distancia es complicado y es agradable contar con compañeros así.
Saludos.
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Ya estan en el hotmail, las preguntas con respuestas de esta asignatura, yo sólo he completado el trabajo de lidia, por lo que el trabajo es casi todo suyo. He conservado sus respuestas y añadido de las mías las que no tenía, espero que sirva de ayuda.
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Hola a todos:
He encontrado una web donde hay apuntes de todas las asignaturas del Grado de Derecho. Incluídos los nuevos de Derecho Eclesiático del libro de Suárez Pertierra.
www.uned-derecho.com/segundo/derecho-eclesiastico-del-estado
Suerte a todos,
Ana Cortés
pues a mi me sale apuntes en elaboración
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Alguien sabe que preguntas han caído del tema 10 derecho a contraer matrimonio?
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Ya estan en el hotmail, las preguntas con respuestas de esta asignatura, yo sólo he completado el trabajo de lidia, por lo que el trabajo es casi todo suyo. He conservado sus respuestas y añadido de las mías las que no tenía, espero que sirva de ayuda.
El trabajo es de las dos, faltaría más, no obstante si alguien ve que faltan preguntas que lo diga, porque puede ser que se nos haya pasado alguna, así que ruego si alguien lo comprueba que lo diga y se hacen.
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Chicos, ¿el examen consta solamente de cinco preguntas teóricas no?, es decir, ¿una de las preguntas no es un caso práctico o un comentario de texto, simplemente son preguntas teóricas?
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Si has hecho la Pec, solo tienes que contestar 4
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me podriais enviar las preguntas de las que hablais, por favor?
mi mail es: josefina_gh84@hotmail.com
entonces estamos estudiando por los apuntes de la licenciatura??
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Buenas tardes compañeros:
Hay alguna reducción de epígrafes respecto al programa?
Por otro lado, tenemos algún listado de preguntas frecuentes?
Muchísimas gracias por todo, saludos desde Canarias
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Mnieves...chek out this link..made for you..
http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=74759.0
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Buenas, llevo unas semanas en las que he abandonado un poco esta asignatura alguien puede decirme si se consiguieron unificar todos los apuntes que hicimos de forma individual en un solo archivo?Gracias.
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Si que se unificaron. Están subidos a la cuenta.
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Sabe alguien si se puede acceder a los power-point del profesor de Ibiza?
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el examen de eclesiastico es de tipo test o desarrollo? gracias
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el examen de eclesiastico es de tipo test o desarrollo? gracias
Desarrollo.
Si has hecho la PEC sólo tienes que responder a 4 preguntas teóricas, y si no la has hecho a 5 preguntas.
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Muchos temas de este libro son absolutamente infumables, sobre todo los últimos, tenía la esperanza de que iba a ser interesante, pero salvo algunos temas, es un coñazo infumable, e inservible, se podría añadir un tema en derecho constitucional sobre está materia y no tener que tragarnos un libro entero sobre el artículo 16, con cero patatero de utilidad práctica, eso sí, he aprendido que a el nuevo culto a San pandoriniano lo deberíamos inscribir en el registro de entidades religiosas.
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Por cierto los apuntes son de 250 pág. Aproxima?, o me equivoco?
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Voy a empezar tarde con esta asignatura y tenía la duda de que si estudio las preguntas que habéis colgado de años anteriores se podría aprobar al manos?
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De acuerdo con Mencha, parece que esta asignatura permanece para mantener la cuota de algún departamento. Es una pena, porque se podría haber dado una orientación distinta.
Muchos temas de este libro son absolutamente infumables, sobre todo los últimos, tenía la esperanza de que iba a ser interesante, pero salvo algunos temas, es un coñazo infumable, e inservible, se podría añadir un tema en derecho constitucional sobre está materia y no tener que tragarnos un libro entero sobre el artículo 16, con cero patatero de utilidad práctica, eso sí, he aprendido que a el nuevo culto a San pandoriniano lo deberíamos inscribir en el registro de entidades religiosas.
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eso sí, he aprendido que a el nuevo culto a San pandoriniano lo deberíamos inscribir en el registro de entidades religiosas.
Amén hermano.
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Chicos voy a poner las preguntas que me parecen menos importantes de eclesiástico a ver qué opináis:
Tema 1:
5. EL DERECHO ECLESIÁSTICO DEL ESTADO
Tema 3:
2. MODELOS DE RELACIÓN EN LOS PAÍSES DE LA UNIÓN EUROPEA
2.1 Modelos de Iglesia de Estado
a) Iglesia de Estado
b) El Estado confesional: Malta
2.2 Modelos de laicidad
c) Chipre
Tema 4
3. FUENTES DEL DERECHO ECLESIÁSTICO ESPAÑOL
3.1 Constitución
Tema 5
1. LA LIBERTAD IDEOLÓGICA, RELIGIOSA Y DE CULTO
1.1 El apoyo constitucional
Tema 6
2. LA TUTELA DEL DERECHO A LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA
Tema 7
1. EL DERECHO A DECIDIR SOBRE LA PROPIA SALUD COMO MANIFESTACIÓN DE LA LIBERTAD IDEOLÓGICA, RELIGIOSA Y DE CULTO
2. EL DERECHO A DECIDIR SOBRE LA PROPIA SALUD A LO LARGO DEL DEVENIR VITAL
2.1 El derecho a decidir libremente entre las opciones clínicas disponibles
2.2 El derecho a negarse al tratamiento
2.3 El documento de instrucciones previas
Tema 8
2. PLURALISMO RELIGIOSO E IDEOLÓGICO EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL
4. LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y SÍMBOLOS RELIGIOSOS
5. LA LIBERTAD DE CÁTEDRA
5.1 Antecedentes históricos
5.5 El despido ideológico
Tema 9
3. LA ASIGNATURA DE RELIGIÓN
3.2 El profesorado de religión
Tema 10
1.DERECHO A CONTRAER MATRIMONIO
1.1 El matrimonio en la historia
3. LA EFICACIA CIVIL DE LAS SENTENCIAS MATRIMONIALES CANÓNICAS EN ESPAÑA
3.1 La jurisdicción canónica en el ordenamiento jurídico español
3.2 Límites a la eficacia civil de las resoluciones matrimoniales canónicas en el Derecho español
Tema 11
2. EL DERECHO DE ASOCIACIÓN
2.1 Régimen jurídico
2.2 Dimensiones de la libertad de asociación
a) La libertad de creación de asociaciones
b) La libertad de asociarse o no asociarse
c) La libertad de organización y funcionamiento internos
d) Los derechos de los asociados
Tema 12
1. EL TRATAMIENTO DE LAS COMUNIDADES RELIGIOSAS POR EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL
1.1 El marco constitucional
1.2 Desarrollo legislativo
a) Las comunidades ideológicas y religiosas y la Ley Orgánica de Libertad Religiosa
b) Las Comunidades ideológicas y religiosas y el régimen de acuerdos
Tema 13
2. ASISTENCIA RELIGIOSA
2.1 Concepto, fundamento y modelos de asistencia religiosa
a)Modelo de integración
b) Modelo de libre acceso
c) Modelo de libertad de salida
Tema 14
1. LA FINANCIACIÓN EN EL MARCO DE LA COOPERACIÓN
1.1 Introducción
1.2 Delimitación teórica de los sistemas de financiación
Tema 15
2. LA TUTELA DE LA LIBERTAD RELIGIOSA EN EL DERECHO ESPAÑOL
2.1 Incitación al odio religioso o hate speech
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Buenas, me puede enviar alguien la contraseña del correo en el que se encuentran los resúmenes subidos a:
aacuna17@alumno.uned.es
Un saludo y gracias de antemano.
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¿Me la puede enviar alguien a mi también?
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Chicos, ¿el espacio del examen es tasado o no?
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Sí... Pero no se sabe cuánto es ese espacio tasado... No lo quieren decir.
>:(
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Sí... Pero no se sabe cuánto es ese espacio tasado... No lo quieren decir.
>:(
¡Pues vaya gracia!, ahora también tendremos que ser adivinos, en fin, que intentaré estudiar sobre unas ocho líneas de cada epígrafe a ver si hay suerte, ahora como después me digan que me quedo corta me prendo en fuego!
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Pero han recortado algo o reducido temario, se sabe algo que nos hayamos podido perder...
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Ojalá caiga alguna pregunta sobre el pandorinismo.
La bordo seguro.
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Hola. ¿Alguién puede decir si algún profe tutor ha dado alguna pista por donde irán los tiros? Es una asignatura insulsa que puede dar sorpresas no deseadas. Saludos
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Por cierto, ¿ Han dado ya las calificaciones de la PEC? ¿ Qué pasa si llega el día del examen y no sabes si la han corregido?
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Ojalá caiga alguna pregunta sobre el pandorinismo.
La bordo seguro.
padre fausto ¿el departamento de pandorinismo lo lleva usted?
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Jajaja, que bueno faustus. Seguro que en el pandorinismo nos ponen MH ;D
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Por cierto, ¿ Han dado ya las calificaciones de la PEC? ¿ Qué pasa si llega el día del examen y no sabes si la han corregido?
a mi esta si me pusieron la calificación, la que aun estoy esperando es cons III, supongo que cuando comiencen los examenes las tendremos todas, porque sino, no vas a saber a que atenerte en el examen
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Estoy super preocupada con esta asignatura, nose muy bien como estudiarla... Al ser de desarrollo, y encima el primer año no me hago una idea de lo más importante, ni de como pueden ser las preguntas ni de nada. :'( :'(
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Si te sirve de ayuda, me la voy a preparar de la siguiente manera, lectura de compresion, y estudio de preguntas de años anteriores, ya que aunque el libro sea nuevo las preguntas de años anteriores están todos en los apuntes de este año. También es verdad que opto por esta opcion porque voy a ir a probar suerte, ya que m estoy preparando otras asignaturas, digamos que es eso probar suerte¡¡
Saludos
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Me acaban de corregir la PEC. Brote verde :o
Se guarda la nota para Septiembre?
Supongo que sí, no?
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como se pondera la pec y a partir de que nota cuenta?'
tengo un 9¡¡ :)
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como se pondera la pec y a partir de que nota cuenta?'
tengo un 9¡¡ :)
Te quitas una pregunta, y solo hay que contestar 4 de 5.
Yo me presento en Septiembre y tengo un 8 en la PEC, me imagino que guardarán la nota.
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como se pondera la pec y a partir de que nota cuenta?'
tengo un 9¡¡ :)
Puedes descartar una pregunta del examen, y además sube nota, cuenta un 25%.
Sacando un 5 o más en el examen, se ponderará: tendrás un 75% de tu nota de examen, más 2,25 de la PEC.
Enhorabuena!
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La eutanasia pasiva es también delito en España?
Y es rechazada por las religiones presentes en España?
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Por favor alguien que me diga los tipos de aborto.
Gracias.
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Por favor alguien que me diga los tipos de aborto.
Gracias.
Hola Lidia
El legislador español ha venido otorgando tradicionalmente protección jurídica al concebido no nacido, tanto en la legislación civil como en le legislación penal, así en el CC se establece las condiciones para determinar la personalidad humana y al concebido pero no nacido se le reconoce los efectos que le sean favorables, siempre que nazca con esas condiciones, por otro lado el Cp, en la reforma producida por la Ley Orgánica 9/1985, añadió un apartado Bis al art. 417 en el cual se despenaliza el aborto cundo concurren determinados supuestos, siempre que se practique por un médico con el consentimiento de la mujer. Estos supuestos son los hasta ahora reconocidos como "clases de aborto", y según la circunstancia concurrente puede ser:
1.- Aborto terapéutico: que sea necesario para evitar un grave peligro para la vida o la salud de la interesada (de la futura madre).
2.- Aborto ético: que el embarazo sea consecuencia de un hecho constitutivo de delito de violación, supeditado a que el aborto se practique dentro de las 12 primeras semanas de gestación y que el mencionado hecho delictivo hubiere sido denunciado.
3.- Aborto eugenésico: que sea probable que el feto va a nacer con graves taras físicas o psíquicas, supeditado asimismo a que el aborto se practique dentro de las primeras 22 semanas de gestación y que el pronóstico desfavorable conste en un dictamen emitido por dos médicos especialistas distintos del que intervenga a la embarazada.
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No ando con tiempo, estudio por la relacion de preguntas y respuestas , creéis que es suficiente?
No se decirme algo!!!!!
:-[ :-[
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Sabeis si el examen son como las preguntas de civil que son claras y concisas (''vomitar lo estudiado'') o asi tipo administrativo I que son mas de comprenderlas??
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Hola Lidia
El legislador español ha venido otorgando tradicionalmente protección jurídica al concebido no nacido, tanto en la legislación civil como en le legislación penal, así en el CC se establece las condiciones para determinar la personalidad humana y al concebido pero no nacido se le reconoce los efectos que le sean favorables, siempre que nazca con esas condiciones, por otro lado el Cp, en la reforma producida por la Ley Orgánica 9/1985, añadió un apartado Bis al art. 417 en el cual se despenaliza el aborto cundo concurren determinados supuestos, siempre que se practique por un médico con el consentimiento de la mujer. Estos supuestos son los hasta ahora reconocidos como "clases de aborto", y según la circunstancia concurrente puede ser:
1.- Aborto terapéutico: que sea necesario para evitar un grave peligro para la vida o la salud de la interesada (de la futura madre).
2.- Aborto ético: que el embarazo sea consecuencia de un hecho constitutivo de delito de violación, supeditado a que el aborto se practique dentro de las 12 primeras semanas de gestación y que el mencionado hecho delictivo hubiere sido denunciado.
3.- Aborto eugenésico: que sea probable que el feto va a nacer con graves taras físicas o psíquicas, supeditado asimismo a que el aborto se practique dentro de las primeras 22 semanas de gestación y que el pronóstico desfavorable conste en un dictamen emitido por dos médicos especialistas distintos del que intervenga a la embarazada.
Siempre tan atenta, eres un sol!!!!!
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SISSIA, ¿podrías enviarme el correo y la contraseña dónde encontrar las preguntas? o bien facilitarme un archivo con ellas a mi correo japrietofernandez@yahoo.es
Muchísimas gracias y mucha suerte.
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SISSIA, ¿podrías enviarme el correo y la contraseña dónde encontrar las preguntas? o bien facilitarme un archivo con ellas a mi correo japrietofernandez@yahoo.es
Muchísimas gracias y mucha suerte.
Están subidos en la cuenta de hotmail donde están también los resúmenes.
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Te quitas una pregunta, y solo hay que contestar 4 de 5.
Yo me presento en Septiembre y tengo un 8 en la PEC, me imagino que guardarán la nota.
¡ojala! porque sólo 5 décimas más que tu, a ver si al menos nos quitan una pregunta de encima
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Hola tesan67, he visto que has puesto las preguntas de exámenes anteriores por temas, me parece muy útil, muchas gracias!
De los temas que no has puesto nada, como los primeros 3 y el tema 10, 11 y alguno más, es porque no han entrado en exámenes anteriores?
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Hay alguien de Baleares que tenga los power- point del profesor de Ibiza. A mi me sirven muchísimo para repasar. Dice que los cuelga en documentos, pero será en los de tutoría de Ibiza, porque en los generales no está.
Gracias.
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Crees que se puede aprobar estudiando las preguntas y respuestas que hay?
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Betico, no se si puede aprobar o no..pero eso es lo que me estoy estudiando.
Es algo arriesgado pero ayer fui a financiero y tributario y mañana a civil, asi que voy a probar suerte con esta solo estudiando las preguntas, que por lo que veo se ajustan bastante bien a lo mas importante de cada tema y ademas suelen ser repetitivas. Pues eso, suerte¡¡¡ saludos
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Hola compañer@s, ¿ hay alguien que tiene esquemas del temario de esta asignatura? Si alguien tiene esquemas y quiere enviarmelos este es mi e-mail eduvilaplana@live.com, se lo agradecería mucho.
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Gracias, y suerte, yo al final civil la dejo para la segunda semana.
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Disculpas a todos aquellos que han pedido esta semana la contraseña de la cuenta. Os las a cabo de enviar, pero es que he estado de exámenes y no he podido antes.
Gracias
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Hola,
Chen te pedí la clave hace un par de días pero no me ha llegado nada.
Si pudieras enviarmela para descargarme los apuntes te lo agradeceria, con esta voy fatal y quiero intentar llegar para el examen de la segunda semana.
Si alguien me puediera enviar los apuntes tambien se lo agradeceria.
Mi email: abelrecover@hotmail.com
Gracias a todos por vuestro apoyo incondicional a aquellos que siempre vamos pillados.
Un saludo.
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Crees que se puede aprobar estudiando las preguntas y respuestas que hay?
Betico yo tampoco se si se podra aprobar o no, pero lo que si se es que yo voy hacer, que es estudiarme esas preguntas y que sea lo que dios quiera xD
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Alguien me podría mandar el programa de la asignatura lidia15378@yahoo.es
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Lo dejan llevar?
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si se puede llevar el programa
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Ya lo tengo gracias a todos!
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Chicos, el espacio del examen es tasado?
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Chicos, el espacio del examen es tasado?
si lo es, lo que no dice, es de cuanto "tasamiento" estamos hablando cosa que debería de haber dicho, puesto que las respuestas no es que sean de las mas cortas me parece a mi
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Es que tengo preguntas que me ocupan sobre 15 líneas y otras que se cogen toda una cara del folio haciendo la letra muy pequeñita... Espero que al final no sea tasado porque sino...
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Si son 5 preguntas no pueden ser muy largas, quizá pregunten cosas concretas sobre algunos epígrafes, en fin, mañana nos enteraremos, ¿alguna quiniela de última hora? Yo voto por la Constitución de 1812.
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No creo que caiga la Constitucion de 1.812, ya la han puesto en la PEC.
Probaremos suerte:
1º Fuentes de Origen Bilateral (Tema 3 Pregunta 3.3)
2º La doctrina del Tribunal Constitucional (Tema 5. Preguna 3.3.)
3º Objeción de conciencia en el sector educativo (Tema 6. Pregunta 3.6)
4º Límites a la eficacia civil de las resoluciones matrimoniales canonicas en el Dereho Español (Tema 10, pregunta 3.2.)
5º Desarrollo efectivo de la Cooperación en España (Tema 14, pregunta 2.2)
O al menos yo pondría esas, que más o menos recogen esta repititiva asignatura y se puede saber si al menos te has leido el libro.
Aunque con poner en todas algo del art. 16 ya te deben aprobar, porque hay que ver para lo que da un artículo.
Suerte
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Todas las mujeres pueden abortan antes de las 14 primeras semanas din alegar causa justa? Y entonces que sentido tienes los abortos éticos, terapéuticos y eugenésicos? Alguien me lo puede explicar por favor?
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estibaliz hay dos leyes la de 1985 que contempla el aborto etico terapeutico y eugenesico
y otra del 2010 que es la vigente
y efectivamente antes de las 14 semanas no hay ningun limite
a partir de las 14 semanas hasta las 22 semanas riesgo salud madre anomalias fetales
de las 22 semanas en adelante anomalias incompatibles con la vida feto
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Uy! qué nervios. Me estreno en este 2º semestre. Esta asignatura con el cambio de temario me coge con el pié cambiado. Mi opinión es que Dcho Eclesiástico se podría impartir entregando un par de trabajos y va que chuta. En fin, suerte a todos.
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Si son 5 preguntas no pueden ser muy largas, quizá pregunten cosas concretas sobre algunos epígrafes, en fin, mañana nos enteraremos, ¿alguna quiniela de última hora? Yo voto por la Constitución de 1812.
Yo voto por Requisitos para la inscripción (en el Registro de Entidades Religiosas, tema 12 2.3)
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Y Acuerdos de asuntos económicos con la iglesia católica También la veo. Suerte a todos!!
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Suerte y que Dios os ayude (que en esta asignatura es muy recurrente y socorrido jajaja).
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Hola a todos
Me he dejado D. Eclesiastico para septiembre y me acabo de meter en el hilo de esta asignatura,
he visto que hay resumenes y preguntas anteriores y que hace falta una clave y una direccion de correo electronico ¿me puede dar alguien la clave y decirme exactamente lo que hacer para bajarmelos, es que no tengo ya ni tiempo para estudiar por el libro aunque me lo comprara?
Gracias y Saludos
Miguel
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Ponte en contacto con el compañero CHEN desde tu correo UNED y el te dirá.
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Cómo ha ido? yo creo que se han pasado un poco con las preguntas.... en fin.. que se reparta suerte!
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Que han preguntado??
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Ya he hecho el examen esta tarde. Uff no se si ha sido fácil o difícil, veremos cuando digan las notas.
Preguntas:
1ª.-Coincidencias y diferencias entre la Constitución "Cunctos populos" del emperador Teodosio y la Carta de Gelasio I.
2ª.-El tratamiento del fenómeno religioso en la Constitución de 1812.
3ª.-El sistema matrimonial en el ordenamiento jurídico vigente español.
4ª.-La evolución de la protección penal de la libertad religiosa en los códigos penales españoles.
5ª.-El sentido de la laicidad en el ordenamiento jurídico español.
Suerte y al toro!
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El cuctos populos, y Gelasio1
Constitución Cádiz
El matrimonio en España
Una especie de resumen de toda la historia dela tutela penal religiosa
El laicismo
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1. Coincidencia y diferencias entre la Constitución Cuctos Polulos y la Formulación de Gelasio I.
2. Constitución de Cádiz con respecto a la religión.
3. Sistemas matrimoniales, encuadrando al español en el que correspondiese.
4. Historia de la tutela penal religiosa.
5. El laicismo es España.
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Pues otra para la buchaca. determinados errores, como por ejemplo olvidarme de las comunidades israelitas en lo de la laicidad (sólo nombre a los evangélicos e islámicos) y preguntas mas completas y menos completas, pero para un 5 está desde luego.
Suerte al resto.
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¿Cómo ha sido el tema del espacio tasado?
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Justito justito. Vamos, que había que sintetizar y nada de meter paja de otros epígrafes
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Esperaba preguntas mas relacionadas con la asignatura, y la de Cádiz ni me lo he creído, eso será para ayudar a los que han hecho la PEC.
Esta espero quitármela de en medio.
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sinceramente NO me pareció de los mas fáciles, al contrario mucha carga para tan poca espalda :-\
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epigrafe por epigrafe donde se encuentra cada pregunta por que en el examen decia que lo de la constitucion de cadiz estaba en el tema 3 y en la guia aparece en el tema 4
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La pregunta de historia de la tutela penal me imagino que es una generalidad a explicar desde los distintos códigos penales, al igual que si lo hicieran desde las constituciones. ¿Es así o me equivoco?
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La pregunta de historia de la tutela penal me imagino que es una generalidad a explicar desde los distintos códigos penales, al igual que si lo hicieran desde las constituciones. ¿Es así o me equivoco?
yo hable sobre la incitacion al odio religioso, coaccion en el ejercicio de la libertad religiosa perturbar la libertad religiosa profanacion y escarnio
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epigrafe por epigrafe donde se encuentra cada pregunta por que en el examen decia que lo de la constitucion de cadiz estaba en el tema 3 y en la guia aparece en el tema 4
Según el libro (lo tengo delante) yo diría que corresponden a tema 1 (epígrafes 1.3 y 1.5), tema 4 (2.1), tema 5 (punto 3), tema 10 (punto 1.2 y punto 2) y tema 15 (punto 1)
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el espacio tasado es un folio por ambas caras?
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yo hable sobre la incitacion al odio religioso, coaccion en el ejercicio de la libertad religiosa perturbar la libertad religiosa profanacion y escarnio
Lo de historia me desconcierta, no se si es lo que dices tu o lo que digo yo, porque yo a esa parte lo llamaría delitos de libertad religiosa en el derecho español o algo así
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Joe, pues con las quinielas no hemos dado una.
Yo la he dejado para la próxima semana.
Suerte a todos.
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Lo de historia me desconcierta, no se si es lo que dices tu o lo que digo yo, porque yo a esa parte lo llamaría delitos de libertad religiosa en el derecho español o algo así
me centre en contestar eso por que la pregunta hacia referencia a la tutela penal de la libertad religiosa en España y al verlo asi en la guia pues tire por ese camino pero tengo un desconcierto tremendo
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el examen ha sido de aupa como todos por el momento, te dan folios con las preguntas y su espacio ya diseñado osea k ni sikiera te divides tu el espacio, genial, en fin ya veremos
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No se porqué ke me tenía pinta de ser un hueso esta asignatura y me lo habéis confirmado los que fuisteis hoy no kiero ni pensar lo ke pondrán en la segunda semana, ay mamá....
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el examen ha sido de aupa como todos por el momento, te dan folios con las preguntas y su espacio ya diseñado osea k ni sikiera te divides tu el espacio, genial, en fin ya veremos
Como bien dices eran tres folios con las cinco preguntas. A continuación de cada pregunta había un espacio para escribir y no se podía continuar en el reverso de esos folios. Tipo Administrativo I, pero en este caso las preguntas son más generales y hay que escribir más. El espacio se queda muy corto.
Las quinielas esta convocatoria están sirviendo de poco. Me pasó en Constitucional III y en esta.
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Lo de la tutela era en plan resumen de la trayectoria de la religión, en su parte represiva,...
Aunque yo he realizado mas bien un resumencito de toda la trayectoria de la religión haciendo mayor incapie en las represiones y cambios que se han ido produciendo, la verdad esta pregunta la considero bastante genérica .
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a mi me ha resultado complicado, entre el espacio tasado que eran 3 hojas y te dejaban un espacio, y las cosas que nos han preguntado... en fin ya veremos, el caso es que siempre piensas que hay cosas realmente importantes en la asignatura pero luego vas a los examenes y te salen por donde quieren, asi que ya veremos cuando nos corrijan.
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Diferencias y coincidencias entre Cunctos Populos y la doctrina de Gelasio I
1.4 EL CRISTIANISMO, RELIGIÓN OFICIAL DEL IMPERIO
En el 380 el Emperador Teodosio declara al Cristianismo como religión oficial del Imperio prohibiendo el paganismo romano, concluye así la etapa Teocracia, no toma el relevo la libertad religiosa sino el Cesaropapismo, una nueva forma de relaciones entre Estado – Iglesia, de origen romano-cristiano (Cesares actúan como Papas); en el Medievo su sentido es que los Monarcas dioses, la Iglesia cristiana existe con jerarquía propia distinta de la civil, pero en la convivencia con el Estado le toca a éste el ejercicio del poder supremo sobre la vida política y en mayor o menor medido sobre la religiosa, a la que controla.
1.5 LA FORMULACIÓN DEL DUALISMO POR GELASIO I
El monismo no es la doctrina de la Iglesia, Jesucristo pronuncia “Dad al César lo que es de César y a Dios lo que es de Dios”, palabras dirigidas a judíos sometidos al Imperio, poder pagano del que Israel esperaba liberarse. Así, Jesús enseña la legitimidad de ambas sociedades, separando el poder político del civil y mostrando el respeto mutuo.
Con declaración de religión oficial, la protección Imperial permite celebrar concilios ecuménicos siendo eficaz frente a las primeras Herejías y da apoyo a Papas y Obispos. Sin embargo la Iglesia no podía legitimar el Cesaropapismo, caído el Imperio de Occidente en el 456 quedan separados el papa (en roma) y el emperador (en Constantinopla), así en el 494 el Papa Gelasio I formula oficialmente el DUALISMO, dirigiendo una carta al emperador Anastasio exponiendo esta tesis, “por voluntad de dios existen 2 autoridades (espiritual y temporal), la esfera de poder de cada una es diferente pero no opuestas ya que proceden de la voluntad divina. Gelasio señala el deber del emperador romano de seguir las normas religiosas y el deber del papa de acatar las leyes civiles. Ambas tienen competencias y naturaleza distintas, pero sin oposición entre ellas.
Cuando siglos después se crean los estados Pontificios, los Papas dejan de vivir sumisión política al príncipe temporal, se fundamenta el mutuo deber de respeto. Podemos sintetizar la Doctrina DUALISTA así:
• Dos potestades diferentes para el gobierno del mundo
• Ambas potestades son de origen divino
• Independientes en sus competencias
• Ninguna es sumisa de la otra
• Los individuos que ostentan ambos poderes están personalmente sometidos a la autoridad en cuanto a sus funciones propias
• Es la vida espiritual la que se rige por la potestad del Papa
La dignidad de la vida religiosa es superior a la de la temporal, pero no supone sumisión del emperador
La Constitución de Cádiz y el fenómeno religioso
Se puede decir que el primer texto constitucional es la Constitución de Cádiz de 1812. Es la gran Constitución liberal española, una de las primeras en el mundo, elaborada bajo el asedio francés. Se inspira en principios del liberalismo revolucionario: dogma de soberanía popular, división de poderes y libertad e igualdad como bases del nuevo Estado. Bajo su vigencia se suprime la Inquisición y se desamortizan los bienes eclesiásticos.
Sin embargo el texto en materia religiosa no se alinea con los planteamientos liberales de la libertad de religión y relación Estado-Iglesia. El art. 12 declara una potente confesionalidad declarando oficial la religión católica y prohibiendo cualquier otra.
Esa declaración de confesionalidad incluye dos cosas importantes: 1º: un componente doctrinal: donde diferenciamos entre confesionalidad sociológica, referente a la incorporación por el estado de una doctrina religiosa en función de la mayoría social; y una confesionalidad doctrinal que implica un juicio de valor por el Estado sobre la religión oficial. En este caso se produce la segunda clase de confesionalidad fundamentada en una declaración de fe que el Estado no puede realizar por su propia naturaleza por no ser una persona física.
El 2º componente es la confesionalidad excluyente, que es una consecuencia del primero. Se incorpora una religión porque el Estado se obliga a reflejar sus doctrinas en su propio derecho, por ello es natural que se excluya ejercer otros cultos opuestos a la religión oficial. En este sentido la confesionalidad excluyente se opone a la tolerancia de otros cultos.
Los redactores de la Constitución eran conscientes del espíritu intolerante que reflejaba, justificado por la obligada transacción entre fuerzas progresistas y conservadoras. En estos últimos estaba muy presente el clero que contaba incluso con una gran presencia entre los diputados de Cádiz.
Por otra parte, influyeron otras razones: por un lado para los liberales la Iglesia como institución y el clero eran el problema principal, y hubo un esfuerzo político para reformar la Iglesia como organización. Era importante garantizar el control eclesiástico, de ahí que la propia Constitución mantenga renovadamente las vías de control implantadas con el regalismo como el Patronato Real o el Pase Regio. Además el art. 11 plantea un problema institucional tratando de trasladar la nación, algo que hasta ahora corresponde a la monarquía: la catolicidad para reforzar la idea de nación y soberanía dándole identidad. La Constitución de Bayona refería la religión al rey y a la nación, ahora sólo a la nación. La idea nacional era de los liberales hasta que luego se apropian los conservadores surgiendo el nacionalcatolicismo.
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La Laicidad en nuestra Constitución
1.1 Los componentes de la laicidad.
La idea de laicidad está compuesta por dos elementos fundamentales: neutralidad del Estado y separación entre Estado e iglesias.
a) Neutralidad del Estado.
El Estado no adopta hacia el fenómeno religioso una actitud positiva o negativa, sino neutra, una ausencia de valoración de lo religioso.
Neutralidad es imparcialidad, imparcialidad por parte del Estado, lo cual no quiere decir que éste muestre indiferencia.
Pero sí hay que sostener que el sitio de las creencias y las convicciones no es lo público, el dominio estatal, sino el campo de lo privado que es la sociedad.
Así pues, las creencias y convicciones se sitúan en el ámbito propio de los individuos, que es una campo privado por contraposición al ámbito público, que es aquel en el que actúan los poderes públicos. Además es social, y por tanto externo y sólo íntimo. Las organizaciones religiosas pueden intervenir en la vida social e, incluso, pactar con el Estado. En este sentido, la neutralidad es el elemento funcional de la laicidad, que constituye un programa de acción para los poderes públicos y es garantía de la libertad religiosa.
b) Separación entre Estado e iglesias.
La laicidad aparece ligada a un proceso histórico de reafirmación de la autonomía del poder político y, en ese sentido, es un proceso emancipador. El Estado siente esta necesidad de independizarse de lo religioso desde la Ilustración.
Con el racionalismo irrumpe la idea de igualdad como garantía de las libertades. El concepto de ciudadano, que sustituye al de súbdito, pasa a ser el centro de la atención y la soberanía queda residenciada en la sociedad. La separación iglesia-Estado se convierte en un instrumento de protección de las libertades, entre las que la libertad de pensamiento, incluso religiosa, se convierte en un elemento fundamental. Los poderes públicos asumen la obligación de garantizar una zona de autonomía para que los individuos ejerzan sus derechos en condiciones de igualdad.
La instalación del Estado social incorpora la idea de la igualdad material superando la mera igualdad formal. Para garantizar aquélla es necesario matizar la posición neutral, la separación y la actitud absentista del Estado. El nuevo planteamiento obliga a los poderes públicos a asegurar el ejercicio de los derechos fundamentales, adoptando una “posición asistencial o promocional”, una acción positiva por parte del Estado.
1.2 La fórmula constitucional.
Nuestra Constitución no habla de laicidad. La fórmula con la que enuncia el modelo en la Constitución de 1978 está recogida en el art. 16.3, inciso primero: Ninguna confesión tendrá carácter estatal…
Por una parte, se adopta el criterio de la separación Iglesia-Estado, pero enfocada desde la perspectiva de las confesiones religiosas. Por otro lado, el precepto tiene como principal objetivo la incorporación de las libertades, es decir, integra una doble perspectiva, personal e institucional.
A pesar de todo, el inciso que se está analizando recoge el principio de laicidad que quedaría así incorporado al Derecho constitucional.
Aunque con una expresión poco técnica, el art. 16.3 inciso primero, tiene como función principal desconectar la relación entre las estructuras del poder Iglesia y Estado. Si se combina lo que dice el precepto con las claves de la regulación constitucional, lo cual es obligado, quedan integrados en el núcleo constitucional los elementos fundamentales de laicidad.
1.3 La doctrina del Tribunal Constitucional.
El texto de la Constitución no se refiere directamente a la laicidad de una manera formal y expresa. La jurisprudencia constitucional sí utiliza y construye de manera contundente el concepto constitucional de laicidad.
Los primeros pronunciamientos, que datan de 1981, sólo utilizan los términos aconfesionalidad o no confesionalidad.
El término laicidad aparece por primera vez en la sentencia de 1985 que resuelve el conflicto acerca de la naturaleza no religiosa de la institución del descanso semanal.
Desde el primer momento de la jurisprudencia constitucional aparecen los elementos básicos que conforman el concepto de laicidad. Así, desde la sentencia 5/1981 citada, queda patente la obligada neutralidad de las instituciones públicas frente al fenómeno religioso: pluralismo, libertades y aconfesionalidad son el fundamento de la condición ideológicamente neutral de todas las instituciones del Estado.
El Estado se prohíbe a sí mismo cualquier concurrencia, junto a los ciudadanos, en calidad de sujeto de actos o de actitudes de signo religioso.
Una década más tarde, la doctrina constitucional ha depurado algunos extremos que vienen a completar el diseño. Una sentencia de 1993 establece un nuevo hito, según el cual las confesiones religiosas en ningún caso pueden trascender los fines que les son propios y ser equiparadas al Estado ocupando una igual posición jurídica (STC 340/93).
Por último, un pronunciamiento del año 1996 sienta el criterio según el cual el derecho de libertad religiosa tiene dos vertientes, una interna y otra externa. La primera, que llama claustro íntimo de creencias, garantiza un espacio de determinación intelectual ante el fenómeno religioso, vinculado a la propia personalidad y dignidad individual. La externa faculta a los ciudadanos para actuar con arreglo a sus propias convicciones y mantenerlas frente a terceros.
Estas son las claves de la jurisprudencia constitucional en la materia.
Es a partir de la sentencia 46/2001 cuando queda fijado expresamente el concepto constitucional de laicidad incorporando los avances producidos en los pronunciamientos anteriores:
A)-Separación entre Estado y fenómeno religioso. Conviene distinguir dos aspectos distintos pero complementarios:
1- Queda garantizada la mutua independencia entre Estado y confesiones religiosas.
2- Las organizaciones religiosas no son entidades públicas, de ahí que se exprese claramente que las confesiones religiosas en ningún caso pueden trascender los fines que les son propios y ser equiparadas al Estado (STC 340/1993). Por ello, el art. 16.3 veda cualquier tipo de confusión entre funciones religiosas y funciones estatales, que constituye un hallazgo doctrinal utilizado profusamente por la jurisprudencia y que sirve de base a la sentencia 46/2001 del Alto Tribunal.
b) Neutralidad del Estado frente al fenómeno religioso. Este planteamiento permite configurar la naturaleza de la laicidad en un doble sentido:
1- La neutralidad tiene como consecuencia más importante la imparcialidad de los poderes públicos en relación a las convicciones de los ciudadanos, en el bien entendido de que las convicciones personales pueden ser religiosas o no; a todas alcanza el mandato de imparcialidad.
3- La imparcialidad es una exigencia del pluralismo ideológico. Ello requiere una posición activa del Estado dirigida justamente al aseguramiento del pluralismo como espacio necesario para ejercer las libertades. Pero imparcialidad no quiere decir ausencia de valores por parte del Estado.
1.4 La laicidad positiva.
El Tribunal Constitucional da un paso más al introducir un enfoque nuevo de la laicidad: la laicidad positiva.
Con respecto a la proyección externa del derecho a la libertad religiosa, el art. 2 de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa, establece que los poderes públicos deben prestar una actitud positiva, cuya “especial expresión”, según la norma constitucional incluida en el art. 16.3, es la cooperación subsiguiente al mandato de neutralidad y calificada por la distinción entre fines religiosos y estatales, que no pueden confundirse. Esta doctrina se convierte a partir de entonces en tesis oficial y es reiterada en diversos pronunciamientos del TC.
El Estado no deja de ser neutral por incorporar una actitud positiva (laicidad positiva) hacia las creencias religiosas de los ciudadanos.
Al formular esta doctrina, el Alto Tribunal está incorporando a la laicidad el elemento de la “cooperación”, despejando la acusación de laicismo con que algunos pretenden identificar esta posición constitucional del Estado moderno.
Al tiempo que la cooperación resulta obligada y exigible en determinados supuestos, debe adecuarse a un conjunto de reglas o directrices programáticas, que no es otro que el respeto a los principios constitucionales.
Esta es la configuración del principio de laicidad en el ordenamiento jurídico español. El concepto consigue combinar adecuadamente tres elementos fundamentales: los elementos clásicos de neutralidad y separación por un lado, y la cooperación como elemento novedoso que se incorpora a la laicidad a través de los cauces que define la idea de laicidad positiva de otro.
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El sistema matrimonial español en nuestro ordenamiento o algo así
b) Sistema vigente
El CC establece un sistema matrimonial facultativo de tipo anglosajón matizado. El CC permite contraer matrimonio civil o matrimonio religioso (art. 49) en cualquiera de las formas legalmente admitidas; esta opción por un matrimonio religioso se encauza, a través, de la relación y acuerdo con las confesiones religiosas. En principio, sólo hay acuerdo con la Santa Sede, y, por lo tanto, el único matrimonio religioso con eficacia civil es el matrimonio canónico, situación que se mantiene hasta 1992, cuando el Estado firma 3 acuerdos con otras tantas religiones, que suponen el reconocimiento de la eficacia del matrimonio civil al matrimonio evangélico, matrimonio hebreo y matrimonio musulmán.
Actualmente, sólo tienen eficacia como matrimonio civil las 4 formas de matrimonio religioso citados anteriormente: católica, evangélica, judía y musulmana. El grupo evangélico recoge subgrupos religiosos como los adventistas del 7º día, los protestantes de España.
LA TUTELA PENAL DE LA LIBERTAD RELIGIOSA EN EL DERECHO ESPAÑOL
En el CP 1995 perviven 5 arts que tutelan la libertad religiosa (522-526), no haciendo distinción entre confesiones y sancionan los actos que menoscaban dicho derecho a la libertad religiosa. Según el bien jurídico protegido, las figuras delictivas que figuran en el CP se pueden sintetizar como:
• Incitación al odio religioso o hate speech.
• Delitos contra la libertad religiosa: coacción en el ejercicio de la libertad religiosa y perturbación del mismo.
• Delitos contra los sentimientos religiosos: la profanación y el escarnio.
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Vamos que parece una asignatura pasteleosa y hay que estudiarla al dedillo porque te puedes llevar una sorpresa. Para aprobarla hay que dedicarle horas.
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Le tenía más miedo a esta que a penal I, no me ha parecido dificilísimo pero fácil no es para nada, y además el espacio tasado complica mucho la cosa...en fin espero que sean generosos y nos la quitemos de encima por que además es que es un coñazo de asignatura, que se va de Gelasio primero a la clonación humana y de la clonación a la pepa...vamos una locura.
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Evolución de la tutela penal religiosa...
había que hablar de todos los códigos penales y su evolución de la tutela penal sobre la religión...
las demás yo creo que están bien
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Evolución de la tutela penal religiosa...
había que hablar de todos los códigos penales y su evolución de la tutela penal sobre la religión...
las demás yo creo que están bien
Tienes razón pero no quería meter más rollo. Parece una perita dulce y como dije antes, hay que dedicarle tiempo. Solo falta saber como corrigen.
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Buenas!! chen, ayer te envié la solicitud de clave del correo a través de la pagina oficial, pero hoy estoy intentando entrar en ella y no me deja acceder, accedo con ella al depósito de examenes de calatayud pero no al de alumnos de la uned, por favor a ver si alguien me la puede enviar a mi correo electrónico y por supuesto muchísimas gracias por el trabajo que habeis hecho.
salaman5@hotmail.com
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Yo la última la he resuelto de un modo muy genérico, por que no me acordaba de las penas de cada código penal, aunque me estudiado ese tema no me la esperaba para nada, he hecho referencia a la pena de muerte en los primeros tiempos y tal y una referencia a la situación actual, en fin, al menos no me he quedado en blanco con ninguna.
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hola, me ha surgido una pregunta acabo de leer la guia y se supone que haciendo la pec el 5 equivale a un 3, 75 en el examen? es deecir sacando entre las 4 preguntas un 3,75 seria el 5 osea aprobado?
gracias.
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hola, me ha surgido una pregunta acabo de leer la guia y se supone que haciendo la pec el 5 equivale a un 3, 75 en el examen? es deecir sacando entre las 4 preguntas un 3,75 seria el 5 osea aprobado?
gracias.
No...
Según tengo yo entendido en el examen tienes que sacar un 5 sí o sí.
Y una vez que tengas como mínimo el 5, se te pondera la nota de la siguiente manera:
Nota Final = 75% de la nota del examen + 25% de la nota de la PEC.
Por ejemplo... sacas un 5 en el examen, y un 8 en la PEC:
Nota Final = 3,75 (75% de 5) + 2 (25% de 8) = 5,75.
Así creo que es...
Por tanto es inexcusable llegar al 5 en el examen para aprobar.
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ok, entonces al haber hecho la pec yo entiendo lo mismo. Es decir, yo por ejemplo he sacado un 9 en la pec que equivale a 2,25 en el final de la nota sumada al examen. Entonces si saco 3,75 que equivaldria a un 5, seria 3,75+2,25=6.
Por lo que he entendido es eso, que sacando un 3,75 mas la nota de la pec, se puede aprobar....nosé si no lo he entendido..
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Hay que joderse.... con la iglesia hemos topao!!!!!!!!!!!!! >:(
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pues respondi esto con las definiciones o sea que una ya la tengo mal :'(
LA TUTELA PENAL DE LA LIBERTAD RELIGIOSA EN EL DERECHO ESPAÑOL
En el CP 1995 perviven 5 arts que tutelan la libertad religiosa (522-526), no haciendo distinción entre confesiones y sancionan los actos que menoscaban dicho derecho a la libertad religiosa. Según el bien jurídico protegido, las figuras delictivas que figuran en el CP se pueden sintetizar como:
• Incitación al odio religioso o hate speech.
• Delitos contra la libertad religiosa: coacción en el ejercicio de la libertad religiosa y perturbación del mismo.
• Delitos contra los sentimientos religiosos: la profanación y el escarnio.
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ok, entonces al haber hecho la pec yo entiendo lo mismo. Es decir, yo por ejemplo he sacado un 9 en la pec que equivale a 2,25 en el final de la nota sumada al examen. Entonces si saco 3,75 que equivaldria a un 5, seria 3,75+2,25=6.
Por lo que he entendido es eso, que sacando un 3,75 mas la nota de la pec, se puede aprobar....nosé si no lo he entendido..
No sé si no te explicas tú o no me explico yo... o estamos hablando de lo mismo! ;D
A ver... Tú piensa en que es un examen normal y corriente, sin PEC. Tienes que sacar un 5. Y sobre ese 5, ellos ya te harán los cálculos (reducirte lo que saques al 75% y sumar 2,25).
Pero tú tienes que sacar un 5 sobre 10 en el examen sí o sí.
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vaya... yo ya me habia hecho ilusiones jeje, ahora si lo he entendido... Gracias!
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marian y jaraiz o yo entiendo tambien mal o estais los dos diciendo lo mismo!!
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yo las conclusiones que saco de lo que pone en la tabla de ponderacion de las notas de la guia, es que habiendo hecho la pec, se necesita sacar un 3,75 entre las 4 preguntas del examen, y ese 3,75 equivale a un 5 en un examen normal sin pec...
la verdad es que no queda muy claro..
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yo las conclusiones que saco de lo que pone en la tabla de ponderacion de las notas de la guia, es que habiendo hecho la pec, se necesita sacar un 3,75 entre las 4 preguntas del examen, y ese 3,75 equivale a un 5 en un examen normal sin pec...
la verdad es que no queda muy claro..
Noooo...
A ver... en la guía viene bien explicado, en la tabla. Hayas hecho o no la PEC, tienes que sacar un 5 en el examen, sí o sí.
Si no, suspenso.
Entre las cuatro preguntas, tienes que sacar el 5. Y una vez tengas ese 5, se le aplica el 75% (3,75) y se le suman los 2,25 que tienes de la PEC.
Pero todo el mundo tiene que sacar un 5. No por haber hecho la PEC puedes sacar un 3,75 en el examen...
De verdad que no sé explicarlo de más maneras....
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Las preguntas que cayeron estan todas en el resumen de preguntas mas frecuentes?
Yo voy la segunda semana, animo y suerte a todos....
Un saludo.
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Alguien sabria decir, por favor, ¿de qué espacio TASADO estamos hablando?
¿Qué espacio dan para contestar las preguntas?
Gracias.
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5 preguntas repartidas en tres páginas, así que calcula tu mismo, medio folio más o menos
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Alguien sabria decir, por favor, ¿de qué espacio TASADO estamos hablando?
¿Qué espacio dan para contestar las preguntas?
Gracias.
Según han comentado en alf, tres folios por una cara...
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De todos modos para alguna pregunta dejaban más espacio y para otra menos. Ya sabéis , nada de paja y a sintetizar
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De todos modos para alguna pregunta dejaban más espacio y para otra menos. Ya sabéis , nada de paja y a sintetizar
Eso es lo que estoy intentando hacer, resumir y quitar paja, pero es complicado...aunque no imposible.... :D
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Noooo...
A ver... en la guía viene bien explicado, en la tabla. Hayas hecho o no la PEC, tienes que sacar un 5 en el examen, sí o sí.
Si no, suspenso.
Entre las cuatro preguntas, tienes que sacar el 5. Y una vez tengas ese 5, se le aplica el 75% (3,75) y se le suman los 2,25 que tienes de la PEC.
Pero todo el mundo tiene que sacar un 5. No por haber hecho la PEC puedes sacar un 3,75 en el examen...
De verdad que no sé explicarlo de más maneras....
ok, creia que era de la otra forma.. gracias por las aclaraciones.
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Haber quiniela, que preguntas creeis que pueden caer en la 2º semana? :-\
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Yo ya fui a la primera semana, creo que del tema 1 os saldrá con toda seguridad (al haber agotado ya en este examen dos posibles en una pregunta Cesaropapismo y Gelasio I), saldrá "La reforma protestante" tiene muchos boletos. Suerte
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el espacio tasado son tres folios te copian la pregunta y te dejan un espacio en blanco para rellenar, mas o menos media págnia, en alguna un poquitín mas, no obstante como yo tengo la letra grande me resulta complicado. Tienes que entregar todo las tres hojas y la carátula del examen.
suerte a los que todavía no lo habeis realizado, porque no sabes por donde van a salir preguntando
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Andaba por el tema 9, y me veo... "El Régimen de Conciertos Escolares"... y me he vuelto loco! :D
Y al final no. No. No se refiere a los conciertillos que nos traían para la Semana Cultural en el colegio... :'(
Ay Dios (nunca mejor dicho)! Que acabe esto pronto...!
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Hola ¡¡ alguien estudiando ??? ?? yo lo intento pero..... :-\ y vosotros?? como váis??? Lectura comprensiva intensiva?? creéis que es suficiente ?? :'( ni siquiera soy capaz de distinguir lo "importante" ....
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Hola ¡¡ alguien estudiando ??? ?? yo lo intento pero..... :-\ y vosotros?? como váis??? Lectura comprensiva intensiva?? creéis que es suficiente ?? :'( ni siquiera soy capaz de distinguir lo "importante" ....
Yo lo voy siguiendo mas o menos. Creo que comprendiendo bien de que van los temas es mas que suficiente. Según voy viendo son temas que mas o menos se conocen en la calle.
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A mi esta asignatura me tiene muy escamado. La materia no es difícil pero, creo que pueden preguntar cualquier cosa, y hay algunos epígrafes tan similares (Y tan cansinos) en los que se van por los Cerros de Ubeda, que los confundo.... Todo el tema de los Derechos humanos, el Pacto internacional de Nosequé...
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hola, tengo una duda, yo he realizado la evaluación continua y la tengo aprobada, entonces en el examen solo tengo que hacer 4 de las 5 preguntas, no? o me lo he entendido mal, es que le mande un emai a la a la tutora pero no me contesta.
gracias y suerte a todos
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si, si haces la PEC tienes que contestar 4 de 5.
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si, si haces la PEC tienes que contestar 4 de 5.
gracias
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Yo lo voy siguiendo mas o menos. Creo que comprendiendo bien de que van los temas es mas que suficiente. Según voy viendo son temas que mas o menos se conocen en la calle.
Yo también pensaba eso... Pero luego echas mano del examen de la semana pasada, y te encuentras a un tal Gelasio I, el fenómeno religioso a lo largo de toda la legislación penal.... Uff! No sé, me da muy mala espina esta asignatura.
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Hola, yo no se si a alguno os pasa lo que me pasa a mi con esta asignatura.
La he dedicado, de lejos, muchisimo más tiempo que a otras, y sin embargo ni me da tiempo siquiera a verme el temario completo y de lo que me he estudiado es como si una enorme "nebulosa" me impidiera conocer nada de lo estudiado.
Hasta ahora, para mi, es la asignatura mas pesada, mas larga, mas dificil de estudiar y mas todo de todo...
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Hola, yo no se si a alguno os pasa lo que me pasa a mi con esta asignatura.
La he dedicado, de lejos, muchisimo más tiempo que a otras, y sin embargo ni me da tiempo siquiera a verme el temario completo y de lo que me he estudiado es como si una enorme "nebulosa" me impidiera conocer nada de lo estudiado.
Hasta ahora, para mi, es la asignatura mas pesada, mas larga, mas dificil de estudiar y mas todo de todo...
Me pasa exactamente lo mismo... Leí el temario, lo subrayé después, resúmenes a mano de cada tema... De todo. Y cada vez que vuelvo a ello, no soy capaz de salir de "Libertad religiosa", "Cooperación", "Respeto", "Confesiones", y cuatro términos más...
Espero que no sean demasiado estrictos corrigiendo. Ahora mismo tengo un batiburrillo considerable en la cabeza...
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alguien sabe decirme si la seccion especial del registro de entidades religiosas e para la inscripcion de las comunidades religiosas que han firmado acuerdo o sin acuerdo, es que el libro en el tema 15 dice sin acuerdo de cooperación y en el 12 dice que " han firmado acuerdo"
uno de los dos está mal pero no se cual es!
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Seré un cansino pero, esto es un coñazo! Tengo hecha ya una tortilla de los derechos humanos, la declaración, la LORL, el Pacto... Tengo una visión general de todo, pero creo que muy poco concreta.
Y mirar exámenes de años anteriores no ayuda mucho... :'(
Con la de tiempo que le estoy dedicando, y me da la impresión que me daba al principio, que casi todo es paja, pero a que la vez casi todo es importante.
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Hola, Bingo para hoy.... digo para mañana... haber quien se atreve a decir las posibles questions que pueden caer mañana.... hagan juego señores.... lo digo porque esto es una pu.... lotería :'( :'(
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para la primera pregunta.
EL EDICTO DE MILAN 313. o reforma protestante.
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Alguién da más, venga linea para hoy....
Menudo rollo, de todas formas leyendo el texto te das cuenta de la ideología o creencias religiosas de los autores.... esa confesionalidad que durante siglos y sigue imperando por mucho que se quiera dulcificar por decirlo con una palabra bonita y no blasfemia (ya visteis que era delito en reino unido hasta hace un par de días) y llamarle laicidad positiva tal vez?......
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alguien sabe decirme si la seccion especial del registro de entidades religiosas e para la inscripcion de las comunidades religiosas que han firmado acuerdo o sin acuerdo, es que el libro en el tema 15 dice sin acuerdo de cooperación y en el 12 dice que " han firmado acuerdo"
uno de los dos está mal pero no se cual es!
Alguien sabria por favor contestarme?
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Hola, si accedes al registro de entidades religiosas de ministerio de justicia ahí pone lo siguiente:
Qué entidades se pueden inscribir en el Registro de Entidades Religiosas
Las Iglesias, Confesiones y Comunidades religiosas.
Las Órdenes, Congregaciones e Institutos religiosos.
Las Entidades asociativas religiosas constituidas como tales en el Ordenamiento de las Iglesias y Confesiones.
Sus respectivas Federaciones.
Las Fundaciones Canónicas
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creo que la clave a tú pregunta está aquí:
Organización del Registro
El registro está integrado por tres secciones:
Sección Especial: se inscriben las Iglesias, Confesiones y Comunidades que tengan un Acuerdo de cooperación con el Estado, así como las entidades religiosas de naturaleza asociativa creadas por aquéllas. También se inscriben en esta Sección las entidades de naturaleza asociativa erigidas canónicamente por la competente autoridad de la Iglesia católica.
Las Confesiones que han firmado Acuerdo de cooperación con el Estado son: la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE), la Federación de Comunidades Israelitas de España (FCIE) y la Comisión Islámica de España (CIE).
Sección General: se inscriben las Iglesias, Confesiones y Comunidades que no tienen Acuerdo de cooperación con el Estado, así como las entidades religiosas de naturaleza asociativa creadas por las mismas.
Sección de Fundaciones: se inscriben las Fundaciones canónicas de la Iglesia católica
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Organización del Registro
El registro está integrado por tres secciones:
Sección Especial: se inscriben las Iglesias, Confesiones y Comunidades que tengan un Acuerdo de cooperación con el Estado, así como las entidades religiosas de naturaleza asociativa creadas por aquéllas. También se inscriben en esta Sección las entidades de naturaleza asociativa erigidas canónicamente por la competente autoridad de la Iglesia católica.
Por lo tanto claramente en la sección especial es donde se inscriben las que tienen acuerdo de cooperación con el estado y en la general el resto.
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Organización del Registro
El registro está integrado por tres secciones:
Sección Especial: se inscriben las Iglesias, Confesiones y Comunidades que tengan un Acuerdo de cooperación con el Estado, así como las entidades religiosas de naturaleza asociativa creadas por aquéllas. También se inscriben en esta Sección las entidades de naturaleza asociativa erigidas canónicamente por la competente autoridad de la Iglesia católica.
Por lo tanto claramente en la sección especial es donde se inscriben las que tienen acuerdo de cooperación con el estado y en la general el resto.
Hola galiza gracias es que me armé un lío, pero sí es como tu dices, es que a estas alturas tengo un cacao que ya no soy capaz de pensar con claridad, estoy deseando acabar con los examenes y dormir todo el dia......a cabeza non para!!
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Hola, a ver si alguien sabría contestarme,
Puedes aprobar el examen sin contestar el comentario de texto?
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Ke va, a mi me pasa igual y me imagino que a todos a esta asignatura voy al chow, haber ke pasa, ánimo y a seguir que es lo que nos toca, yo porque lo miré como ponía que era dependiente del ministerio de justicia pues fuí a internet a buscarlo pero sino igual nin idea... por cierto que muy bien que lo pusieras porque a mí lo del registro tb me da que puede caer. Buena suerte, haber que tal se nos da mañana. ;) ;)
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esta es mi quiniela:
el registro de entidades religiosas
libertad de catedra en el ordenamiento jurídico español
el dcho a la objecion de conciencia:el aborto
libertad de creencias en la declaracion de los derechos del hombre o sus límites
acuerdos con las confesiones religiosas minoritarias
quizás la contrarreforma católica, bah, no!
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Uf, yo esa quiniela la firmo ahora mismo, pero tal y como se nos están dando este año las "apuestas" no se yo.
Suerte a todos.
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Odio esta asignatura!! Leo leo leo y todo me suena pero en realidad no me quedo con nada.. Enfin a ver si tenemos suerte mañana y sino tiraremos de imaginación para rellenar algo!
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jejejeje, ahora mismo tienes las noticias diarias a tope de Eclesiastico. Verás como si te acuerdas.
Suerte
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Juguemos!
El Concilio Vaticano II
El regalismo.
Cláusula de conciencia de los periodistas.
La asignatura de religión en las distintas leyes de educación.
Distintos modelos de financiación de las comunidades religiosas por parte del Estado.
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Pues amigo, esa no me ha gustado nada.
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Pues amigo, esa no me ha gustado nada.
No me gusta ni a mí... ;D
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esta es mi quiniela:
el registro de entidades religiosas
libertad de catedra en el ordenamiento jurídico español
el dcho a la objecion de conciencia:el aborto
libertad de creencias en la declaracion de los derechos del hombre o sus límites
acuerdos con las confesiones religiosas minoritarias
quizás la contrarreforma católica, bah, no!
Te falta una de historia. Reforma-contrareforma, dualismo-monismo, cisma de occidente o alguna constitución. Yo estoy seguro de que una de esa primera parte va a caer, y con la última me imagino que te refieres a la declaración universal de derechos humanos no?
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Juguemos!
El Concilio Vaticano II
El regalismo.
Cláusula de conciencia de los periodistas.
La asignatura de religión en las distintas leyes de educación.
Distintos modelos de financiación de las comunidades religiosas por parte del Estado.
Me gusta salvo por la asignatura de religión, esa pregunta puede ser MUY putada. Ah y los modelos de financiación tienen mil historias que decir, imposible (al menos para mí) de resumir en medio folio
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Hola, a ver si alguien sabría contestarme,
Puedes aprobar el examen sin contestar el comentario de texto?
¿Comentario de texto????????? Si no hay, son 5 preguntas de desarrollo (4 si hicistes la PEC)
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Mi quiniela:
- Reforma y Contrarreforma.
- Costitución de 1931
- Clausula de conciencia
- Acuerdos de 1979 con la Iglesia Catolica
- Tratamiento penal de los delitos contra la libertad religiosa
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Lo siento le he dado a enviar.
Lo dicho, máxime cuando no "tocado en mi vida esta asignatura" y lo de haber sido catequista no me sirve de nada, asi que ¿me podéis aclarar lo del comentario de texto?
Si tengo la pec superada, he de responder a 4 preguntas, y si hubiese como habéis apuntado un comentario de texto y no versara sobre cuestiones en las que esté ducha, pues no lo haría, ahora bien, si cojo la idea principal, por supuesto, a ver si vuelvo a recuperar el 9,75 del comentario de texto de acceso que me preparé por mi cuenta, la tener realizados los estudios has COU.
Contestad, por favor, pronto, porque la indigesta de anoche por vía, sólo me da para tres horas de estudio, a partir de ya.
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Mnieves, que no hay comentario de texto alguno, tu tranquila que solo ha sido una pregunta de alguien que ha debido de equivocarse de asignatura al preguntarlo,
Son 5 preguntas de desarrollo en espacio tasado, y si has hecho la PEC solo debes contestar a 4.
Saludos
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Gracias por tu pronta respuesta, ahora puedo desconectar. Mucha suerte si te presentas mañana, yo "espero" presentarme, porque "no decido sobre ello".
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Igualmente, tengo la cbeza saturada de "libertades"...
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Bueno amigos y amigas la quiniela está echada hber ke pasa mañana en el examen, dios nos pille confesaos, y que toda la divinidad esté con nosotros y que nos proporcione la luz divina que nos hace falta para aprobar este examen!!.... buena suerte ;) :)
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Bueno amigos y amigas la quiniela está echada hber ke pasa mañana en el examen, dios nos pille confesaos, y que toda la divinidad esté con nosotros y que nos proporcione la luz divina que nos hace falta para aprobar este examen!!.... buena suerte ;) :)
mucha suerte tambien para ti, a mi desde luego me va a hacer mucha falta!!!
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que "sanpa" reparta suerte en este examene para los que no lo tengan hecho :)
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que hannnnnn preguntado????
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aun todos en el examen!!?¿?¿?
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Acabo de salir. No lo he visto muy mal
La primera no la he hecho, asi que ni me acuerdo.
La aegunda: diferencias entre las constituciones del sigloXIX.
La tercera: relacion entre los tratamientos clinicos y la informacion.
La cuarta: la objecion de conciencia en la educacion.
La quuinta: financiacion de las comunidades religiosas.
Disculpad pero en el movil no se poner acentos.
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yo probé suerte estudiándome las que creía que podían caer y... al final he caído yo... en fin... a septiembre!
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La primera era libertad religiosa en la declaracion de derechos humanos y el pacto de derechos civiles y politicos ;)
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2ª El documento de instrucciones previas en relacion con el derecho a decidir sobre la propia salud.
3ª Analisis de la confesionalidad del Estado en las diferentes Constituciones del siglo XIX
4ª La Objeción de conciencia en la educación.
5ª Financiación de la Iglesia Católica y resto de Confesiones (no se si era analizarlos o ver las diferencias)
Medio dificil, a mi entender,
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1. Señalar y valorar las diferencias en relación a la libertad religiosa entre la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y políticos.
2. Análisis comparativo de la regulación de la confesionalidad del Estado en las Constituciones del siglo XIX.
3. Relación entre el derecho de elección de tratamientos clínicos y formulación de Instrucciones previas.
4. La objeción de conciencia en materia educativa.
5. Comparación y valoración de los actuales modelos de financiación de la Iglesia Católica y demás comunidades religiosas.
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¿Qué os ha parecido? Esta asignatura la tengo atragantada...si me la quito de encima, hare un "TEdeum" a San Pandorino y peregrinaré a su templo en el super más cercano, aqui lo dejo publicamente.
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Pues yo para lo que me estudié salí mas que contento. Creo que lo he aprobado o eso espero. Deje la uno sin contestar.
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Yo tampoco contesté a la 1, la segunda la tenia fresca de la PEC, la tercera y cuarta eran relativamente normales, y la quinta le ensarté un ligero rollo mac-abeo sobre el IBI y otras zarandajas.
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Pues parecido entonces, la dos lo que recordaba de la pec, que no era mucho jejeje. La 3 y la 4 creo que bien y la cinco le puse lo de consignacion presupuestaria, asignacion tributaria y exenciones fiscales que recordaba de haberlo leido y todo el examen con bastante literatura. Pero bueno creo que para aprobarlo lo he defendido.
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Yo también dejé la uno sin contestar... me sonaba todo a lo mismo.
La de las constituciones... me lié en un par de ellas, pero bien en general.
Y excepto la de la financiación (que ayer pronostiqué en mi quiniela, me apunto un tanto!) que era más enrevesada, creo que las otras dos eran asequibles...
No sé, salgo contento.
Ahora a por Hacienda...! Ojú!
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Bueno, pues aunque no ha salido ninguna de la quiniela, yo también al igual que Dangoro, espero tenerla aprobada, pero como es la primera vez no se como puntuará el ED, o al menos en que se basará, porque la redacción ha sido buena y no tengo falta alguna de ortografía.
He empezando contestando de la 1 a la 4, y salvo, la 1 que he metido un poco la pata en dos aspectos de la declaración de los derechos civiles y políticos, el resto lo acabo de comprobar y está bien, espero que San Pandorino me ayude, porque con eso de no presentarme ni a F y T ni a los dos civiles debido a "fuerza mayor", voy a tener un verano y, pido perdón por la expresión, cojonudo.
y con el "mama caca" que tengo al hacer los test de penal, pues lo llevo claro.
Suerte a los que aprueben, espero estar entre ellos, porque ya tengo bastantes para septiembre.
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Pues parecido entonces, la dos lo que recordaba de la pec, que no era mucho jejeje. La 3 y la 4 creo que bien y la cinco le puse lo de consignacion presupuestaria, asignacion tributaria y exenciones fiscales que recordaba de haberlo leido y todo el examen con bastante literatura. Pero bueno creo que para aprobarlo lo he defendido.
Anda, lo de la financiación sin poner los epigrafes que dices si lo he puesto pero explicado, lo mismo hasta apruebo!!!
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Otro quitado de enmedio, jejejeje!!!!
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Pues yo tuve que contextar las cinco, porque no hice la Pec, bueno es una larga historia.... y claro me tocó contextar la uno que no tenía ni pajorera idea de lo que era... así que nada hize lo que pude... en fin... para mi un hueso... porque además podían ser un poco más explicitos explicando, porque por ej. la última "comparación y valoración.." en cuanto a la valoración a ke se refieren, kieren que le cuente mi vida de lo que pienso o ke... en fin... speraré las notas pero lo veo muy crudo... :-\
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pues yo lo mismo que vosotros, la primera fué la que no hice
yo creo que no fué dificil, claro estudiandoselo todo!!
espero que haya suerte
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pues yo he dejado la número 5 sin contestar y salgo contenta también.
Esperaremos resultados 8)
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Pues yo para lo que me estudié salí mas que contento. Creo que lo he aprobado o eso espero. Deje la uno sin contestar.
Menudo añito llevas... Te han faltao asignaturas para aprobar más... Me alegro tío!!
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Hola a todos:
Este curso me he matriculado de Derecho eclesiástico y lo he dejado para septiembre.
He pedido varios libros a la librería de mi pueblo y no hay manera de que me los traigan en plazo y en la librería uned ya sabeis que nos cobran gastos de envío.
Creo que el libro de eclesiástico está escaneado por los compañeros, ¿sabeis dónde podría conseguirlo?
Muchas gracias
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Acabo de salir. No lo he visto muy mal
La primera no la he hecho, asi que ni me acuerdo.
La aegunda: diferencias entre las constituciones del sigloXIX.
La tercera: relacion entre los tratamientos clinicos y la informacion.
La cuarta: la objecion de conciencia en la educacion.
La quuinta: financiacion de las comunidades religiosas.
Disculpad pero en el movil no se poner acentos.
Hola Chen, te he mandado un email desde mi cuenta de la uned para pedirte la clave de acceso de la cuenta de correo para poder tener acceso a los apuntes..... si me pudieses contestar dicho email..... gracias mil.
Espero que saqueis la asignatura.... yo lo voy a intentar el curso próximo.
Un saludo
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Algun compañero que haya cursado esta asignatura junto con Administrativo podria decirme cual le ha parecido mas complicada. Se que esto es muy subjetivo, y que depende de cada cual, pero unas orientaciones asi por encima...
Porque la pienso acompañar con Romano, y si me queda algo... nose si la segunda parte de civil o penal...
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Si te refieres a Administrativo l, Eclesiástico es mucho más asequible, pero sin menospreciarla.
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Hay alguna posibilidad por favor de conseguir los apuntes o libro escaneado de esta asignatura? He leido los post y veo que tengo que mandar un mail a CHEN, pero no encuentro su perfil, su mail. Me podeis indicar como hacerlo por favor, parece que estoy mås torpe de lo normal.
Muchas gracias.
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Hay alguna posibilidad por favor de conseguir los apuntes o libro escaneado de esta asignatura? He leido los post y veo que tengo que mandar un mail a CHEN, pero no encuentro su perfil, su mail. Me podeis indicar como hacerlo por favor, parece que estoy mås torpe de lo normal.
Muchas gracias.
Quien la quiera que envie un correo desde su cuenta de la uned. xxxxx@alumno.uned.es, para identificar que es alumno y le contesto con la clave.
enviadlo a chenchoflorido@gmail.com
En la página 4 de este hilo tienes todas las instrucciones.
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Si te refieres a Administrativo l, Eclesiástico es mucho más asequible, pero sin menospreciarla.
Gracias, es lo que suponia, si ya es pesado estudiar en verano, con romano, eclesiastico y si queda algo de este trimestre, voy ya servido. Es lo que pasa cuando se quiere abarcar mas de lo que uno puede.
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Gracias Sissia!