Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: straussbach en 22 de Enero de 2012, 19:02:34 pm

Título: REABRIR UN PROCESO
Publicado por: straussbach en 22 de Enero de 2012, 19:02:34 pm
Hola, dándole un repaso a materia procesal penal, me encontré con una duda importante. Y es que ¿cuándo será posible reabrir un proceso (habiéndo pruebas concluyentes) que ha sido finalizado con sentencia definitiva y firme? ¿únicamente cuando pueda beneficiar al reo? Pero ¿y si perjudica a algun antiguo procesado que salió absuelto? Y además, las pruebas para que tengan el carácter de oficial y por tanto no ser nulas, deberán estar suscritas bajo el amparo del juez de instrucción. Por favor, si fuesen tan amables de responderme a la pregunta razonada y motivadamente sería de agradecer.