Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: bhidalgo en 24 de Enero de 2012, 11:30:20 am

Título: caso real
Publicado por: bhidalgo en 24 de Enero de 2012, 11:30:20 am
Hola! tengo una duda tenfo unos inquilinos(ya comente algo enel foro) me deben 2000 euros, el contrato esta a nombre del marido de la mujer que esta en el piso, ella se supone que abandona el piso el dia 27 de este mes, pero mi pregunta es si hay algunas manera de que me paguen el dinero que me debe?? He llamado varias veces a el hombre pero me da largas no me coje el telfono el si no otros....que hago para que me page aunque sea la mitad, se que denunciarlo es un procedimiento largo...que otra alternativa hay.?¿?

Un dato importante es que el hombre de la mujer ha estado en la carcel y dice que tiene las cuentas congeladas, pero qe tiene una cuenta no se donde enla cual tiene 1500 euros que de hay me va a pagar pero que tiene que ser dentro de 6 meses!!! que puedo hacer????
Título: Re:caso real
Publicado por: jamgo en 25 de Enero de 2012, 08:51:17 am
Yo no entiendo mucho de procesal, pero creo que en este caso lo mejor es meterles un monitorio, más rápido, y si no te pagan tiene 15 años de prescripción.
Título: Re:caso real
Publicado por: anahid en 25 de Enero de 2012, 10:15:17 am
Si no tienen dinero será difícil que te paguen, ahora bien, si crees que sí tienen dinero pero no te pagan porque no quieren, envíales burofax dándoles un plazo de por ejemplo 15 días para pagar dejando claro que en caso de no pagar presentarás demanda por desahucio. Ahora ese tipo de demandas suelen ser bastante rápidos. Puedes tambien presentar la demanda directamente, y darles la oportunidad de enervar la acción. No tengo ahora la LEC aqui pero creo recordar que en caso de enviarles un burofax NO puedes solicitar condena en costas.

Saludos

Ana
Título: Re:caso real
Publicado por: palangana en 25 de Enero de 2012, 14:14:26 pm
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Si no tienen dinero será difícil que te paguen, ahora bien, si crees que sí tienen dinero pero no te pagan porque no quieren, envíales burofax dándoles un plazo de por ejemplo 15 días para pagar dejando claro que en caso de no pagar presentarás demanda por desahucio. Ahora ese tipo de demandas suelen ser bastante rápidos. Puedes tambien presentar la demanda directamente, y darles la oportunidad de enervar la acción. No tengo ahora la LEC aqui pero creo recordar que en caso de enviarles un burofax NO puedes solicitar condena en costas.

Saludos

Ana

Estimada compañera, tengo otra interpretación

Efectivamente, debe pronunciarse en el escrito de demanda de desahucio sobre si cabe o no la enervación...pero para que no quepa la enervación a mi entender el plazo no puede ser "por ejemplo 15 días" (como indicas), sino que tiene que ser requerimiento fehaciente al arrendatario que no satisface las rentas (tanto de envio como de contenido de requerimiento del pago) con un plazo de antelación de un mes. Si lo hace hace así, un mes antes, se indicará en la demanda que no cabe la enervación y dejará atado al demandado.

(Eso opino, salvo que hayas querido comentar otra cosa y yo te haya interpretado mal, disculpas si es así).

Un saludo cordial.
Título: Re:caso real
Publicado por: Chema Sagrado en 31 de Enero de 2012, 09:35:33 am
De todas formas, creo que se tratará de un procedimiento largo. Ojala tengas suerte, pero esto no creo que se solucione de un día para otro. Un saludo!!!
Título: Re:caso real
Publicado por: bhidalgo en 09 de Febrero de 2012, 10:39:51 am
LA mujer ya se ha ido del piso!!! eso si se ha llevado unas cuantas cosas y al final se ha ido sin pagar.... :'(
pero estoy feliz!!! ya se ha ido y un problema menos!!!
gracias a tod@s por vuestras respuestas!!!!!