Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: POMONSTRUO en 02 de Febrero de 2012, 10:59:16 am
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Que cosa mas complicada por dios
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Me ha parecido complicado, las preguntas podían coincidir con las de otros años pero las respuestas eran distintas. Yo, personalmente, ni me atrevo a colgar mis respuestas, hehecho el tipo B, si alguien tiene valor?.
Suerte a todos.
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No tengo valor...también del B
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yo he hecho el tipo B, me ha parecido sobre todo las preguntas finales un poco malintencionadas, sin más dilación paso a mostraros mis respuestas si os sirve de algo:
CBBCBCBABCACAABBABBCBCBAAACBCBCAABA
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Yo tengo el examrn a q sera igual q el b pero con las preguntas en otro orden,veis alguna susceptible de impugnacion?
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Yo creo que está mal la del agente puede decirse que:
a.- Actúa siempre en nombre y por cuenta del empresario o empresarios (no)
b.-Se obliga, salvo pacto en contrario a promover y a incluir actos u operaciones de comercio (no)
c.-Salvo pacto en contrario asume el riesgo de las operaciones que realiza (no)
El examen yo creo que ha sido rebuscado y ambiguo.
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CADENCIA MAN,
gracias por poner tus respuestas, ya me ha dado el bajón, jopelines, bueno las voy a repasar.
un saludo a todos y ánimo
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Yo creo que está mal la del agente puede decirse que:
a.- Actúa siempre en nombre y por cuenta del empresario o empresarios (no)
b.-Se obliga, salvo pacto en contrario a promover y a incluir actos u operaciones de comercio (no)
c.-Salvo pacto en contrario asume el riesgo de las operaciones que realiza (no)
El examen yo creo que ha sido rebuscado y ambiguo.
Querido compañero yo opino igual que tu ponlo en el curso virtual en el foro del equipo docente a ver que responden
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Tengo el B, esta noche pondré las contestaciones, pero vamos fijo para septiembre..., muy mal se ha dado, habrá que estudiar más. Por cierto la segunda pregunta la cambié en extremis por la B. Y creo que hice mal.
Saludos y suerte
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Yo puse en la pregunta 2 respuesta A, pero el otro compi si ha puesto la respuesta B.
No se....
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la segunda es la B, así que Álvaro tranquilo que la tienes bien. Yo he fallado en una que a priori era sencilla, la 16, despues de calentarme mucho la cabeza he puesto que es un contrato consensual, hubiera sido lo más acertado indicar que el depósito mercantil es un contrato Real, o sea, la A es la correcta.
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Querido compañero yo opino igual que tu ponlo en el curso virtual en el foro del equipo docente a ver que responden
tienes razón, para contratar debo contar con consentimiento expreso, la respuesta sería la B viendo las tres, pero la pregunta no está muy bien formulada.
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Tengo el B, esta noche pondré las contestaciones, pero vamos fijo para septiembre..., muy mal se ha dado, habrá que estudiar más. Por cierto la segunda pregunta la cambié en extremis por la B. Y creo que hice mal.
Saludos y suerte
Pregunta 2 (examen B)
En los seguros de personas:
a) El tomador es la persona que realiza el seguro en nombre del beneficiario.
b) El asegurado es la persona a favor de la cual se contrata el seguro (Este es el beneficiario, no el asegurado, así es que esta no puede ser)
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas.
Yo he puesto la c, porque la a tampoco puede ser, ya que creo que el tomador realiza el seguro en su nombre, no en el del beneficiario.
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Pregunta 2 (examen B)
En los seguros de personas:
a) El tomador es la persona que realiza el seguro en nombre del beneficiario.
b) El asegurado es la persona a favor de la cual se contrata el seguro (Este es el beneficiario, no el asegurado, así es que esta no puede ser)
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas.
Es la b estimada compañera miralo en el libro
Yo he puesto la c, porque la a tampoco puede ser, ya que creo que el tomador realiza el seguro en su nombre, no en el del beneficiario.
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Pregunta 2 (examen B)
En los seguros de personas:
a) El tomador es la persona que realiza el seguro en nombre del beneficiario.
b) El asegurado es la persona a favor de la cual se contrata el seguro (Este es el beneficiario, no el asegurado, así es que esta no puede ser)
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas.
Yo creo que es la B, pues el asegurado es la persona a favor de la cual se contrato el seguro, el beneficiario es tercera persona que se beneficia o recibe la indemnización, vamos en mi modesta opinión. :D
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Otra cosa, ¿alguien sabe seguro qué caracter -consensual, real o formal- tienen los siguientes contratos?: depósito mercantil, compraventa mercantil y contrato de transporte terrestre de mercancías. (Preguntas 16, 18 y 24 del examen B)
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Hola, yo no me he presentado, y en vista de lo que hay, lo mejor que hice, pero, ¿alguno de vosotros podría colgar las preguntas del examen? Lo digo porque normalmente le dejan a uno quedarse con las preguntas. Gracias por adelantado. Un saludo.
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Por ejemplo, habla de seguros de personas, imaginaos un seguro de vida, yo soy el tomador y el firmante del mismo, figurando mi mujer como asegurada para el caso de muerte, en cambio sitúo como beneficiarios a mis dos hijos que recibiran la indemnización por el valor del daño conforme al interés y a la suma asegurada; de ahí que indique que la correcta en mi opinión sea la B) pues el asegurado que sería mi mujer es la persona a favor de la cual se contrata el seguro, ya que en el citado caso será su muerte la que determine la producción de efectos.
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Otra cosa, ¿alguien sabe seguro qué caracter -consensual, real o formal- tienen los siguientes contratos?: depósito mercantil, compraventa mercantil y contrato de transporte terrestre de mercancías. (Preguntas 16, 18 y 24 del examen B)
REAL, CONSENSUAL Y CONSENSUAL POR ESE ORDEN COMPAÑERO, SIEMPRE DESDE MI HUMILDE Y MALTRECHO CONOCIMIENTO MOTIVADO POR MI ETAPA ADOLESCENTE DISCOTEQUERA.-
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Por ejemplo, habla de seguros de personas, imaginaos un seguro de vida, yo soy el tomador y el firmante del mismo, figurando mi mujer como asegurada para el caso de muerte, en cambio sitúo como beneficiarios a mis dos hijos que recibiran la indemnización por el valor del daño conforme al interés y a la suma asegurada; de ahí que indique que la correcta en mi opinión sea la B) pues el asegurado que sería mi mujer es la persona a favor de la cual se contrata el seguro, ya que en el citado caso será su muerte la que determine la producción de efectos.
Bueno, yo tuve ayer un examen gordo y mañana tengo dos más. Aparte las asignaturas tipo test no me las "estudio", solo las "preparo" mínimamente, así es que no he pensado tanto como tú, simplemente he puesto en el google: "persona a favor de la cual se contrata el seguro", así, entrecomillado, y los resultados que me salen son "beneficiario" :)
(Sí, lo se, soy una cutre, pero espero no romper mi buena racha en los test, sería la primera vez que suspendiera ;D)
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En caso de siniestro parcial la aseguradora indemnizara la totalidad del daño sufrido:
A. En caso de sobreseguro y seguro pleno
B. En caso de infraseguro si el valor del daño sufrido no supera la suma asegurada
C.las dos correctas
Yo puse la b,pero dude muchisimo ilustradme!!!
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Es la B.
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Alguien se atreve a poner el resultado del tipo de examen A.
La mía ( de la cual no estoy nada seguro) es:
1c
2c
3b
4a
5b
6b
7c
8b
9c
10a
11a
12a
13b
14c
15a
16c
17c
18b
19a
20c
21b
22a
23c
24b
25a
26b
27b
28c
29b
30c
31a
32c
33b
34a
35b
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Bueno, yo tuve ayer un examen gordo y mañana tengo dos más. Aparte las asignaturas tipo test no me las "estudio", solo las "preparo" mínimamente, así es que no he pensado tanto como tú, simplemente he puesto en el google: "persona a favor de la cual se contrata el seguro", así, entrecomillado, y los resultados que me salen son "beneficiario" :)
(Sí, lo se, soy una cutre, pero espero no romper mi buena racha en los test, sería la primera vez que suspendiera ;D)
Presunta, lo otorgo "presuntamente" la razón, el beneficiario sería a cuyo favor se contrata el seguro, por tanto la respuesta correcta es la C), eso conlleva a la conclusión de que he fallado esa pregunta, y eso me llena de rabia e indignación, pero bueno, aún así, tengo esperanzas y casi total seguridad del aprobado. :'( :'( :'( :'( :'(
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En caso de siniestro parcial la aseguradora indemnizara la totalidad del daño sufrido:
A. En caso de sobreseguro y seguro pleno
B. En caso de infraseguro si el valor del daño sufrido no supera la suma asegurada
C.las dos correctas
Yo puse la b,pero dude muchisimo ilustradme!!!
Es la B.
En caso de siniestro parcial la aseguradora indemnizara la totalidad del daño sufrido:
A. En caso de sobreseguro y seguro pleno
B. En caso de infraseguro si el valor del daño sufrido no supera la suma asegurada
C.las dos correctas
Yo puse la b,pero dude muchisimo ilustradme!!!
Yo creo que la c)
Por ejemplo, tú tienes el seguro del coche una suma asegurada por daños hasta 3.000 euros. Si el coche sufre daños por valor de 2.000 (sobreseguro), el seguro te pagará la totalidad del daño sufrido (2.000), y no la suma asegurada (3.000). En caso de seguro pleno (2.000) también te pagará la totalidad, por lo que pienso que la a) también es correcta.
¿Alguien más coincide conmigo o estoy equivocada?
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En caso de siniestro parcial la aseguradora indemnizara la totalidad del daño sufrido:
A. En caso de sobreseguro y seguro pleno
B. En caso de infraseguro si el valor del daño sufrido no supera la suma asegurada
C.las dos correctas
Yo puse la b,pero dude muchisimo ilustradme!!!
mecag...., yo puse la A, que alguien nos ilumine la respuesta por favor, fundamentándolo claro está, para eso se supone que somos futuros juristas. ::)
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Pedid todos al equipo docente que cuelgue las plantillasss si hacemos presion a lo mjor se dan vida
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Presunta, lo otorgo "presuntamente" la razón, el beneficiario sería a cuyo favor se contrata el seguro, por tanto la respuesta correcta es la C), eso conlleva a la conclusión de que he fallado esa pregunta, y eso me llena de rabia e indignación, pero bueno, aún así, tengo esperanzas y casi total seguridad del aprobado. :'( :'( :'( :'( :'(
Jajaja, no te preocupes, a ver si con suertecilla aprobamos tod@s, que se pueden fallar hasta 10, ¿no?
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Puedes fallar hasta 11
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Jajaja, no te preocupes, a ver si con suertecilla aprobamos tod@s, que se pueden fallar hasta 10, ¿no?
Eso digo yo, cuantas se pueden fallar?, a mí me salen las cuentas, pues tengo unas cinco falladas, son 24? o 23? para aprobar?
por cierto que habeis puesto en la pregunta 25 del tipo B? si la de obligaciones propias del cargador.
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Yo creo que está mal la del agente puede decirse que:
a.- Actúa siempre en nombre y por cuenta del empresario o empresarios (no)
b.-Se obliga, salvo pacto en contrario a promover y a incluir actos u operaciones de comercio (no)
c.-Salvo pacto en contrario asume el riesgo de las operaciones que realiza (no)
Yo creo que la respuesta es la A , mirad la página 715 del libro casi al final
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La a
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La form es requisito para su validez del contrato que pusisteis?
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EXAMEN TIPO B
Pregunta 2
En los seguros de personas:
a) El tomador es la persona que realiza el seguro en nombre del beneficiario.
b) El asegurado es la persona a favor de la cual se contrata el seguro
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas.
LA RESPUESTA CORRECTA ES LA C).
Página 911 de Libro Lecciones de Derecho Mercantil (Edición 2010)
"El beneficiario es la persona a favor de la cual se contrata es seguro."
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Sólo es correcta la a), la b) no porque acabo de buscar la ley de contrato de transporte terrestre y dice:
Artículo 20. Sujetos obligados a realizar la carga y descarga.
1. "Las operaciones de carga de las mercancías a bordo de los vehículos, así como las de descarga de éstos, serán por cuenta, respectivamente, del cargador y del destinatario, salvo que expresamente se asuman estas operaciones por el porteador antes de la efectiva presentación del vehículo para su carga o descarga..."
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Yo creo que la c)
Por ejemplo, tú tienes el seguro del coche una suma asegurada por daños hasta 3.000 euros. Si el coche sufre daños por valor de 2.000 (sobreseguro), el seguro te pagará la totalidad del daño sufrido (2.000), y no la suma asegurada (3.000). En caso de seguro pleno (2.000) también te pagará la totalidad, por lo que pienso que la a) también es correcta.
¿Alguien más coincide conmigo o estoy equivocada?
Es la B. Tu razonamiento no tiene nada que ver con la pregunta.
EN caso de siniestro total nunca te van a pagar mas de lo que tengas asegurado, aunque exista sobreseguro, y si hay infraseguro te pagarían menos (proporcionalmente al infraseguro)
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Yo creo que está mal la del agente puede decirse que:
a.- Actúa siempre en nombre y por cuenta del empresario o empresarios (no)
b.-Se obliga, salvo pacto en contrario a promover y a incluir actos u operaciones de comercio (no)
c.-Salvo pacto en contrario asume el riesgo de las operaciones que realiza (no)
Yo creo que la respuesta es la A , mirad la página 715 del libro casi al final
La respuesta será la B, pues no actúa "siempre" en nombre y por cuenta del empresario, pues cabe la posibilidad de que actúe en su nombre con autorización expresa del empresario.
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"Porra" de respuestas para el tipo B aquí: http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=71685.0#new
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Hola compañeros/as, coincido que ha sido un examen que había que leer y releer , tanto el enunciado como las alternativas. Así que nos toca esperar a las plantillas, y no os agobies, que todo llega y pasa. Yo es el segundo año que lo intento y para mí ha sido una de los examenes más complicados. Suerte para todos/as .
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Estas son las mias, he dudado muchísimo en algunas. He realizado el Tipo A . Suerte a todos!!!
1c
2b
3b
4a
5b
6b
7c
8b
9c
10b
11a
12a
13a
14a
15b
16c
17c
18b
19a
20c
21c
22a
23c
24b
25a
26b
27c
28b
29b
30c
31b
32c
33a
34a
35b
En línea
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Que pasa con el tipo A. Tan seguros estáis que no surgen ninguna duda. Animaos y poner vuestra respuestas
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Hola zodiac, ya las he puesto, coincidimos en 25, a ver qué Pasta. Suerte!!!
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Yo también opino que esta pregunta es la C. Me refiero a la pregunta del tomador del seguro, la respuesta creo que sería la C.
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alguien más que cuelgue la del tipo B?, venga compañeros/as animaros, compartid vuestros aciertos y desaciertos con la comunidad. ::)
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gracias mzomoza...a ver si es verdad y coincidimos..Yo con 25 me conformo e incluso con una menos
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En caso de siniestro parcial la aseguradora indemnizara la totalidad del daño sufrido:
A. En caso de sobreseguro y seguro pleno
B. En caso de infraseguro si el valor del daño sufrido no supera la suma asegurada
C.las dos correctas
Yo puse la b,pero dude muchisimo ilustradme!!!
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Aquí es la A. Yo puse la C pero la correcta es la A.
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Vamos animaros los del tipo A...si tenemos dos o tres resultados que hayamos puesto...al final podemos extrapolar las preguntas correctas y cada uno saber como le ha ido
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Hola:
Ahi van las mías. Modelo B
CCCCB - CBCBC - BBAAC - CABBB - BCAAA - AACCB - CBCBA
Saludos, y suerte!!
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En caso de siniestro parcial la aseguradora indemnizara la totalidad del daño sufrido:
A. En caso de sobreseguro y seguro pleno
B. En caso de infraseguro si el valor del daño sufrido no supera la suma asegurada
C.las dos correctas
Yo puse la b,pero dude muchisimo ilustradme!!!
Aquí es la A. Yo puse la C pero la correcta es la A.
YO CREO QUE ES LA A, TIENES RAZÓN, ES LA A.
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TIPO B:
CBBCB CBABC ACAAB BABBC BCBAA ACBCB CAABA
A ALGUIEN LE COINCIDEN? :-[ :-[ :-[ :-[
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Modelo B:
CABBACBBBB - CCACBBBBBC - BCAABAACAC - CBABA
no es un buen resultado, por lo que os aconsejo que no lo deis cuenta.
me he quedado plofffff, que pena
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En caso de siniestro parcial la aseguradora indemnizara la totalidad del daño sufrido:
A. En caso de sobreseguro y seguro pleno
B. En caso de infraseguro si el valor del daño sufrido no supera la suma asegurada
C.las dos correctas
Esta es la A segurisimo, lo he visto comparando con tests hechos en clase y corregidos por el tutor, que da las respuestas del departamento.
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EN LA 17 habeis puesto la A?, si tipo B, la referente al Depósito irregular, un saludo.
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En caso de siniestro parcial la aseguradora indemnizara la totalidad del daño sufrido:
A. En caso de sobreseguro y seguro pleno
B. En caso de infraseguro si el valor del daño sufrido no supera la suma asegurada
C.las dos correctas
Esta es la A segurisimo, lo he visto comparando con tests hechos en clase y corregidos por el tutor, que da las respuestas del departamento.
No sabes la alegría que me das, por lo menos esta la tengo acertada¡¡¡ gracias por la información
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la 34 del examen tipo B, es la respuesta b)?, o sea, la que dice "no puede ser superior a la suma asegurada".
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Bueno estas son las respuestas correctas del MODELO B. (Al menos eso creo, me otorgo un 97% de fiabilidad ;D)
Llevo un buen rato, casi desde que he salido del examen :o, comprando una a una con el libro y tests de años anteriores
Igual alguna se me ha colado, y hay muchas que desde luego, son susceptibles de darles una y mil vueltas. A ver si debatiendo un poco entre todos, podemos ir asegurandolas una a uno, y llegar al maximo convencimiento posible sobre que opción es la acertada para lograr saber, si hemos aprobado o no.
1 - C
2 - C
3 - B
4 - C
5 - B
6 - C
7 - B
8 - A
9 - B
10 - B
11 - A
12 - C
13 - A
14 - A
15 - C
16 -A
17 - A
18 - B
19 - B
20 - C
21 - B
22 - C
23 - A
24 - A
25 - A
26 - A
27 - C
28 - B
29 - C
30 - B
31 - C
32 - B
33 - A
34 - B
35 - A
1 Saludo
PD - Me ha parecido rebuscado
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Respecto a la pregunta del Agente
El agente actúa por cuenta y nombre del empresario o empresarios, no asumiendo
el riesgo de las operaciones que promueve o contrata. El agente representa al principal y
está facultado para promover las operaciones previstas en el contrato, pero sólo podrá
concluirlas en su nombre cuando tenga expresamente atribuida esta facultad.
Por favor, podriáis alguno de los que habéis hecho hoy mercantil II colgar las preguntas, es para ver como han puesto el examen.
Voy a la segunda semana y estoy con miedo porque en estos examenes ponen siempre unos enunciados enrevesados y liosos...
Suerte a todos!!!!!
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Muchas gracias por tus respuestas, me salen siete mal comparando el mío con el tuyo, no tengo claras las siguientes preguntas del tipo B, me gustaría que me ayudarais:
pregunta 10) concepto de condiciones generales: he puesto la c) que ambas eran correctas.
pregunta 23) del agente puede decirse que: he puesto la b), evitando el "siempre" de la a, pues cabe la posibilidad de contratar el agente en su propio nombre con autorización del empresario según el código.
pregunta 32) referente al crédito documentario: he puesto la a).- saludos y gracias a todos. alguien puede ayudarme?
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Por cierto, el exámen ha sido bastante rebuscado, por lo menos veinte de los treinta y cinco preguntas tenían buena miga, no ha sido nada fácil, supongo de que con eso que es la primera semana han dicho, venga estos que van de sobraos. ::) :o
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No es que vayan a preguntarte cosas que sabes para que aciertes, van a plantearte cuestiones farragosas, liosas, que desconciertan, aprovechan tu despiste para clavarte una y otra, y otra, y otra, en mi opinión en bastantes preguntas existe mala fe o dolo agravado. Aquí lo importante no es que lo sepas, sino que sepas salir de la pedazo de trampa que te han planteado en la pregunta y en las respuestas cargadas de mala intención. Es realmente lamentable que uno tenga que llegar a estos extremos de aprenderse de memoria todos los exámenes de años anteriores para ir con mayores garantías con el fin de evitar el engaño más descarado. :P
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Tipo A, las mías:
CCBAB BCBCA ACAAA ACBAC BACAC BACBC BCCAB
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La respuesta será la B, pues no actúa "siempre" en nombre y por cuenta del empresario, pues cabe la posibilidad de que actúe en su nombre con autorización expresa del empresario.
ley 12/92:
Artículo 6. Conclusión de actos y operaciones de comercio en nombre del empresario.
El agente está facultado para promover los actos u operaciones objeto del contrato de agencia, pero sólo podrá concluirlos en nombre del empresario cuando tenga atribuida esta facultad.
Lo de "siempre" debería ser incorrecto.
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ley 12/92:
Artículo 6. Conclusión de actos y operaciones de comercio en nombre del empresario.
El agente está facultado para promover los actos u operaciones objeto del contrato de agencia, pero sólo podrá concluirlos en nombre del empresario cuando tenga atribuida esta facultad.
Lo de "siempre" debería ser incorrecto.
Entiendo con ello que la a) no puede ser querido compañero "Soul", y dado que la c) es imposible que sea, debe y tiene que ser la b) por mayor aproximación a la verdad y a la figura contractual; si bien nada impediría su anulación por mala formulación de la respuesta por parte del equipo docente.
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10 - La respuesta correcta debería ser la b).
Página 673 del libro, edición 2010 (Tema 25, apartado 10. Regimen juridico de las obligaciones generales de los contratos)
"estan previstas para aplicarse a una pluralidad de contratos, independientemente de la autoría material de las mismas y cualquier otra circustancia"
Yo habia puesto lo mismo que tu, la c). Sabia que era correcta por supuesto la b), pero dudaba con la a).
Me ha sonado mal lo de "autor material". Me chirriaba. Pero al final con los nervios, las prisas, y el lio que tenia (y que imagino tendriamos todos, porque menuda tralla de examen) he puesto la c.
32 - La correcta debería ser la b).
Pagina 840 de libro, misma edición (Tema 32, Los Contratos Bancarios II). "Conviene insistir en que la comprobación del banco no es solo estrictamente documental, sino tambien de alcance limitado: si los documentos estan en regla y son conformes con los terminos y condiciones del credito, el banco no asume responsabilidad alguna en cuanto a su exactitud, autenticidad o validez, ni en cuanto a la descripción de las mercaderías que representan"
La 23 es... compleja. Por eso me he atribuido 97% de fiabilidad. De todas formas sigo pensando que es la a). A ver si soy capaz de explicarme, que no va a ser facil
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Siento disentir con CADENCIA MAN Y SOUL, a riesgo de ser pesado creo que la pregunta nº 23 " del agrnte puede decirse¨"
respuesta B "se obliga salvo pacto en contrario a promover y concluir actos u operaciones de comercio".- Yo creo que no es correcta pues el agente se obligatoriamente promueve actos yoperaciones de comercio por cuenta ajena ,sin asumir el riesgo de tales operaciones, salvo pacto en contrario . pero creo y es hay donde surge la discrepancia esta mencion a"salvo pacto en contrario" se refiere exclusivamenta al riesgo de asumir tales operaciones, no a la promocion de actos y operaciones.-
La respuesta C " Salvo pacto en contrario asume el riesgo de las operaciones". Tampoco sería correcta pues es al reves asume el riego cuando lo pacte. Por eso de esta respuesta c , creo que viene la validez de la A , por que se refiere solo a la asunción del riesgo.-
Creo que me he explicado bien , perdon por el rollo y si la preguntita se las trae.- Un saludo
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Entiendo con ello que la a) no puede ser querido compañero "Soul", y dado que la c) es imposible que sea, debe y tiene que ser la b) por mayor aproximación a la verdad y a la figura contractual; si bien nada impediría su anulación por mala formulación de la respuesta por parte del equipo docente.
Estoy de acuerdo, debería ser la b, o incluso mejor que la anulasen porque es ambigüa a más no poder.
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Siento disentir con CADENCIA MAN Y SOUL, a riesgo de ser pesado creo que la pregunta nº 23 " del agrnte puede decirse¨"
respuesta B "se obliga salvo pacto en contrario a promover y concluir actos u operaciones de comercio".- Yo creo que no es correcta pues el agente se obligatoriamente promueve actos yoperaciones de comercio por cuenta ajena ,sin asumir el riesgo de tales operaciones, salvo pacto en contrario . pero creo y es hay donde surge la discrepancia esta mencion a"salvo pacto en contrario" se refiere exclusivamenta al riesgo de asumir tales operaciones, no a la promocion de actos y operaciones.-
La respuesta C " Salvo pacto en contrario asume el riesgo de las operaciones". Tampoco sería correcta pues es al reves asume el riego cuando lo pacte. Por eso de esta respuesta c , creo que viene la validez de la A , por que se refiere solo a la asunción del riesgo.-
Creo que me he explicado bien , perdon por el rollo y si la preguntita se las trae.- Un saludo
Entiendo lo que dices, pero creo que lo lógico sería que anulasen esta pregunta. La verdad, con 300 páginas de temario no entiendo que necesidad hay de poner preguntas rebuscadas tipo "oposiciones". Tenemos 8 ó 9 asignaturas más por curso, se trata de constatar que hemos estudiado la asignatura..pero este tipo de preguntas, lo único que consiguen es desmoralizar y fomentar el aborrecimiento de la materia. Bueno, es una opinión, cada cual tendrá su visión sobre ello.
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Estoy de acuerdo, debería ser la b, o incluso mejor que la anulasen porque es ambigüa a más no poder.
Pues sí, pero en mi opinión es la b), ya que es la que he marcado, prefiero que me la den por buena a que la anulen :D
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Siento disentir con CADENCIA MAN Y SOUL, a riesgo de ser pesado creo que la pregunta nº 23 " del agrnte puede decirse¨"
respuesta B "se obliga salvo pacto en contrario a promover y concluir actos u operaciones de comercio".- Yo creo que no es correcta pues el agente se obligatoriamente promueve actos yoperaciones de comercio por cuenta ajena ,sin asumir el riesgo de tales operaciones, salvo pacto en contrario . pero creo y es hay donde surge la discrepancia esta mencion a"salvo pacto en contrario" se refiere exclusivamenta al riesgo de asumir tales operaciones, no a la promocion de actos y operaciones.-
La respuesta C " Salvo pacto en contrario asume el riesgo de las operaciones". Tampoco sería correcta pues es al reves asume el riego cuando lo pacte. Por eso de esta respuesta c , creo que viene la validez de la A , por que se refiere solo a la asunción del riesgo.-
Creo que me he explicado bien , perdon por el rollo y si la preguntita se las trae.- Un saludo
Si, pero la a), te habrás dado cuenta de que tampoco es correcta no?, en base a los argumentos expuestos por el resto de compañeros, creo que la solución pasa por anularla. un placer. >:( >:( >:(
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Entiendo lo que dices, pero creo que lo lógico sería que anulasen esta pregunta. La verdad, con 300 páginas de temario no entiendo que necesidad hay de poner preguntas rebuscadas tipo "oposiciones". Tenemos 8 ó 9 asignaturas más por curso, se trata de constatar que hemos estudiado la asignatura..pero este tipo de preguntas, lo único que consiguen es desmoralizar y fomentar el aborrecimiento de la materia. Bueno, es una opinión, cada cual tendrá su visión sobre ello.
ESTOY CONTIGO COMPAÑERO
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Jlacarra es la b por quel banco no asume responsabilidad en cuanto a comproba su exactitud...es el tenor literal
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Una pregunta. En el caso hipotético que la anulen. ¿Continuarán con 24 como número mínimo para aprobar? o se pasaría a 23 al anularse esta pregunta
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POR FAVOR LA PREGUNTA 15 DEL TIPO B.-
Referente al contrato de cuenta corriente la anotación de un crédito en la cuenta supone:
a) conformidad total con la prestación de la que deriva
b)su compensación automática
c)alteración de su exigibilidad
yo he puesto la b, no es cierto que hay una compensación entre cuentas automática?
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POR FAVOR LA PREGUNTA 15 DEL TIPO B.-
Referente al contrato de cuenta corriente la anotación de un crédito en la cuenta supone:
a) conformidad total con la prestación de la que deriva
b)su compensación automática
c)alteración de su exigibilidad
yo he puesto la b, no es cierto que hay una compensación entre cuentas automática?
Es la c
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Una pregunta. En el caso hipotético que la anulen. ¿Continuarán con 24 como número mínimo para aprobar? o se pasaría a 23 al anularse esta pregunta
creo que pasa a 23
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Vamos a ver, la dichosa pregunta 23.
En la defición que se efectua en el art.1 de la Ley de Agencia se dice: "se obliga de forma continuada o estable (...) a promover exclusivamente actos u operaciones de comercio por cuenta ajena, o promover y concluirlos por cuenta y en nombre ajenos, como intermediario independiente, sin asumir el riesgo de tales operaciones, salvo pacto en contrario"
- Por un lado no debe ser la c) puesto que en la propia ley de agencia se establece lo contrario. Es decir, la regla general es la no asuncion de riesgo, la excepcional es que si lo asuma (y solo cuando se pacte) En la c) se dice justo lo contrario, es decir, que por lo general asume el riesgo, eximiendose del mismo solo si lo pacta
- Yo que tampoco debe ser la b) (y aquí viene la polémica) por lo siguiente:
La b) dice: "Se obliga salvo pacto en contrario a promover y concluir actos u operaciones de comercia".
Es decir, incluye dentro del contenido, digamos esencial o minimo tanto la acción de promover, como la de concluir (de la que solo te puedes "escapar" segund la dice la respuesta, si pactas en contario)
Yo interpreto en cambio, que no esta obligado a concluir en base a:
Art. 1 - "se obliga de forma continuada o estable (...) a promover exclusivamente actos u operaciones de comercio por cuenta ajena, o promover y concluirlos por cuenta y en nombre ajenos, como intermediario independiente, sin asumir el riesgo de tales operaciones, salvo pacto en contrario"
El artículo establece como alternativas dos acciones del agente: promover por un lado, y promover y concluir por el otro.
Es decir, un contrato de agencia, puede perfectamente consistir simplemente en la simple promocion de un acto de comercio y no en su conclusión. Si bien es cierto que solo puede concluir en nombre del empresario cuando tenga atribuida esa facultad, eso no quiere decir, que siempre que hayan un contrato de agencia, el agente deba concluir los actos mercantiles. Solo se dará este caso, si así lo pactan. Y cuando así lo pacten, y el contrato consista en promover y concluir, además, solo podra hacerlo en su nombre (y no en nombre propio)
Mientras escribia esto he empezado a consultarlo con mi padre (abogado) y su conclusión es que no correcta:
- Ni la a)
- Ni la b)
- Ni la c)
xD Menudo cacao
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Es la c
>:( >:( >:( >:( >:( >:( >:( :( :( :( :( :( :-[ :-[ :-[ :-[ :-[ :-[ :-[ :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'(, con esta cara lo digo todo no?
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>:( >:( >:( >:( >:( >:( >:( :( :( :( :( :( :-[ :-[ :-[ :-[ :-[ :-[ :-[ :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'(, con esta cara lo digo todo no?
No en serio hay q esperar a la composicion total o parcial asi q no es automatica
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POR FAVOR LA PREGUNTA 15 DEL TIPO B.-
Referente al contrato de cuenta corriente la anotación de un crédito en la cuenta supone:
a) conformidad total con la prestación de la que deriva
b)su compensación automática
c)alteración de su exigibilidad
yo he puesto la b, no es cierto que hay una compensación entre cuentas automática?
Es la C. No hay compensación automática.
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Que opinais de la 19 del Tipo B.?
Creo que tanto la A como la B son correctas.
El comprador tiene 4 dias para denunciar la existencia de vicios ocultos si recibe la mercancia emfardada o embalada (esta sería la a), y en general tiene 30 dias a contar desde la entrega (está sería la B)
Como lo veis??
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Que opinais de la 19 del Tipo B.?
Creo que tanto la A como la B son correctas.
El comprador tiene 4 dias para denunciar la existencia de vicios ocultos si recibe la mercancia emfardada o embalada (esta sería la a), y en general tiene 30 dias a contar desde la entrega (está sería la B)
Como lo veis??
no los 4 dias es para vicios de calidad
y la 2 tipo a?
La forma es requisito necesario para la validez del contrato:
a. En todos los contratos mercantiles
b. Siempre que la ley prevea una formalidad
c. Solo cuando asi se prevea expresamente
Yo puse la c, algun compañero ha puesto la b, pero he mirado examenes de otros años y dan por valida la c
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Los 4 dias si se recibe embalada o enfardada se refiere unica y exclusivamente a los vicios aparentes de calidad o cantidad, y no a los vicios ocultos. Te has confundido. Solo puede ser la B)
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Respecto a lo de "expresamente" versus "algun tipo de formalidad" como bien dices correcto solo si la formalidad se prevee expresamente. Aparace en otros años así (yo me lo aprendí mas que por haberlo leido en en libro, repasando los test)
La correcta es la c)
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Respecto a lo de "expresamente" versus "algun tipo de formalidad" como bien dices correcto solo si la formalidad se prevee expresamente. Aparace en otros años así (yo me lo aprendí mas que por haberlo leido en en libro, repasando los test)
La correcta es la c)
Bien gracias, una más para la buchaca "versus" compensar alguna que conte bien y tengo mal jajaja
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Respecto a lo de "expresamente" versus "algun tipo de formalidad" como bien dices correcto solo si la formalidad se prevee expresamente. Aparace en otros años así (yo me lo aprendí mas que por haberlo leido en en libro, repasando los test)
La correcta es la c)
Ok, gracias :(
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He revisado un par de veces mas las respuestas que he posteado antes y creo que excepto la 23 (y aun así me niego a darla por perdida) el resto que he publicado estan todas correctas.
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16 TIPO A :
En el contrato de transporte son obligaciones propias del cargador :
a. La entrega de mercancias al porteador
18 TIPO A :
La responsabilidad del porteador en el transporte terrestre de mercancias:
B. El porteador responde de los daños y perjuicios.... la A. no puede ser, estaba puesta a pillar, ya que es indisponible cuando se trate de atenuar y no agravar.
21 TIPO A
En el contrato de descuento :
B. La entidad de credito no esta obligada..... la a. no puede ser por que no es cesion en pago sino para pago
25 TIPO A
La ley de venta a plazos :
C. dos errores
Tengo mucha duda en la 27 TIPO A
En caso de siniestro parcial la aseguradora indemnizara la totalidad del daño sufrido.... yo puse la b.
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Respecto a lo de "expresamente" versus "algun tipo de formalidad" como bien dices correcto solo si la formalidad se prevee expresamente. Aparace en otros años así (yo me lo aprendí mas que por haberlo leido en en libro, repasando los test)
La correcta es la c)
Mmm, no sé, no se.... mira lo que dice el Código de Comercio en su Exposición de Motivos:
"Por eso, cuando la ley exige ciertas formalidades o solemnidades para la validez de algunos contratos mercantiles, la ausencia de ellos producirá la ineficacia de las obligaciones estipuladas, unas veces respecto de tercero otras veces, respecto de éste y de los mismos otorgantes".
De todos modos, las respuestas b) y c) son, si no equivalentes, bastante parecidas. A ver cuál dan por buena l@s jef@s.
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Mmm, no sé, no se.... mira lo que dice el Código de Comercio en su Exposición de Motivos:
"Por eso, cuando la ley exige ciertas formalidades o solemnidades para la validez de algunos contratos mercantiles, la ausencia de ellos producirá la ineficacia de las obligaciones estipuladas, unas veces respecto de tercero otras veces, respecto de éste y de los mismos otorgantes".
De todos modos, las respuestas b) y c) son, si no equivalentes, bastante parecidas. A ver cuál dan por buena l@s jef@s.
Presunta mira examenes de otros años
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Presunta mira examenes de otros años
Ya... si preparo esta asignatura mirando preguntas de otros años, aunque reconozco que no todas y esa no me suena, puede que tengas razón. Pero prefiero mirarlo en las leyes, porque en una hipotética impugnación, creo que tiene más peso el tenor literal de la ley que lo que hayan dado por válido otros años.
A ver si sacan pronto la plantilla que tenemos unos líos montados... ;D
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Ya... si preparo esta asignatura mirando preguntas de otros años, aunque reconozco que no todas y esa no me suena, puede que tengas razón. Pero prefiero mirarlo en las leyes, porque en una hipotética impugnación, creo que tiene más peso el tenor literal de la ley que lo que hayan dado por válido otros años.
A ver si sacan pronto la plantilla que tenemos unos líos montados... ;D
Sino se impugno otros años por que crees que se va a impugnar este? La exposicion de motivos no tiene trascendencia juridica
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Sino se impugno otros años por que crees que se va a impugnar este? La exposicion de motivos no tiene trascendencia juridica
Bueno, eso depende. Volvamos a la pregunta:
La forma es requisito necesario para la validez del contrato:
a) En todos los contratos mercantiles
b) Siempre que la ley prevea una formalidad
c) Solo cuando se prevea así expresamente
Si en el articulado de la ley, se dijera el contenido de la c), pues evidentemente "pesa" más un artículo que la Exposición de Motivos. PERO si el contenido de la respuesta c) no viniera en ninguna parte de la ley y el contenido de la b) sí que aparece en la Exposición, pues dime tú...
Ahora, no me he pateado el C.Com. entero, como te digo he mirado un poco por encima con el buscador y, con lo poco que he encontrado, me decanto por la b). Que igual me equivoco, oye.
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A ver pregunta numero 1 primera semana 2009 tipo a
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con esa estoy yo compañero, que no se ciertamente cual es la correcta.
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Hola a todos!!! alguno podría enviarme el examen escaneado ?? es que me gustaría saber las preguntas para hacerme una idea del mismo, mucho mñas ya viendo lo complicado que parece que fue! gracias!!! pipilarin@yahoo.es o privado! gracias por adelantado :(
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POMONSTRUO, no te fies de examenes anteriores pues no siempre dan por buenas las mismas respuestas, ya que puede haber matices en las misma en relación con las tres posibilidades que hay, y si no mira el del año pasado tipo A primera semana. Por esta no aprobe el primer parcial. pues ha veces el haber hecho test de años anteriores te confunde y contestas en relación a lo que leiste, pero lo bueno es sacer 23 y lo demás al carajo , máxime cuando lo complican todo tanto, cierto que hay que tener conocimentos de la asignatura, pero no reliar al personal y se más claro y conciso con lo que se pregunta y las respuestas que se ponen, pero este departamento es así . Yo ya paso de mirar más respuestas, porque no saco nada en claro, y me agobio y desespero, asi que ya o al menos lo voy a intentar no mirar hasta que me llegue el aviso de notas .Un saludo y espero como he dicho antes que todos tengamos esas 23.
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con 23 se aprueba?
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no los 4 dias es para vicios de calidad
y la 2 tipo a?
La forma es requisito necesario para la validez del contrato:
a. En todos los contratos mercantiles
b. Siempre que la ley prevea una formalidad
c. Solo cuando asi se prevea expresamente
Yo puse la c, algun compañero ha puesto la b, pero he mirado examenes de otros años y dan por valida la c
El sistema de contratación mercantil se inspira como el civil en el principio de libertad de forma. Ccom, los contratos mercantiles serán válidos y producirán obligación y acción en juicio, cualquiera que sea la forma y el idioma en que se celebren, con tal que conste su existencia por alguno los medios que el Derecho civil tiene establecidos (art. 51).
Art. 52 declara exceptuados los contratos que “con arreglo a este Código o a Leyes especiales” estén sometidos a una determinada forma o solemnidad; de ahí no puede derivarse que en todo caso la formalidad exigida sea un requisito de validez del contrato, pues de acuerdo con el propio principio de libertad de forma y con el contenido del art. 52, será preciso en cada caso considerar el alcance dado a la formalidad establecida en relación con la validez y eficacia del contrato.
Solución B)
Saludos,
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¿Posible impugnación?
La pregunta 10 modelo B "El concepto de condiciones generales, según la ley..."
Las condiciones generales DE QUÉ no lo dice, por qué tenemos que ser adivino e interpretar que son las condiciones generales de la contratación?
Saludos,
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http://img855.imageshack.us/img855/7681/img0002qi.jpg
http://img694.imageshack.us/img694/3632/img0003dp.jpg
http://img832.imageshack.us/img832/8571/img0004bm.jpg
Yo soy de la opinion de que darán por buena la c). Cuado estudie esta parte y fui haciendo los correspondientes test, me encontre con este pregunta. Al principio opte por lo de "cualquier tipo de formalidad" pero al ver la respuesta, (y contrastarla en otro examen, no solo en el citado de 2009) entendí que la interpretación de ese precepto del CCom habia que entenderlo de la forma en que se daba por buena en el examen.
Es mas, me he dirigido varias veces al equipo docente preguntando sobre como preparar la asignatura y siempre he recibido la misma respuesta: "Mira lo examenes de años anteriores con su correspondiente plantilla, eso si que este actualizada y contenga las posibles anulaciones"
Si no la dan por buena, formularé mi más respetuosa protesta
Un saludo
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Por cierto aqui teneis el examen, aquellos que no lo habeis hecho. He reducido al máximo la resolución para que no ocupase mucho. Si me he pasado y no podeis leer bien las preguntas (cosa que dudo) decidmelo y las volveré a subir.
Todavia no contro mucho el escaner y el bicho se crea archivos de 1.5MB.
Saludos
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El sistema de contratación mercantil se inspira como el civil en el principio de libertad de forma. Ccom, los contratos mercantiles serán válidos y producirán obligación y acción en juicio, cualquiera que sea la forma y el idioma en que se celebren, con tal que conste su existencia por alguno los medios que el Derecho civil tiene establecidos (art. 51).
Art. 52 declara exceptuados los contratos que “con arreglo a este Código o a Leyes especiales” estén sometidos a una determinada forma o solemnidad; de ahí no puede derivarse que en todo caso la formalidad exigida sea un requisito de validez del contrato, pues de acuerdo con el propio principio de libertad de forma y con el contenido del art. 52, será preciso en cada caso considerar el alcance dado a la formalidad establecida en relación con la validez y eficacia del contrato.
Solución B)
Saludos,
En el art 52 habla de requisito de formalidad, peo no habla que ese sometimiento a una formalidad, sea necesario para su invalidez. Es decir la pregunta dice que cuando la forma es requisito de invalidez del contrato y la respuesta correcta desde mi punto de vista es cuando se prevea expresamente que la ausencia de forma es motivo de invalidez del contrato. Hay formas que no invalidan el contrato.
Es una opinión mas. De camino estar de acuerdo con jlacarra en sus respuestas al menos en ese 97%. Por otra parte decir que el departamento cada curso se perfecciona, así que los del año que viene lo llevarán mas crudo.
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Vamos a ver, la dichosa pregunta 23.
En la defición que se efectua en el art.1 de la Ley de Agencia se dice: "se obliga de forma continuada o estable (...) a promover exclusivamente actos u operaciones de comercio por cuenta ajena, o promover y concluirlos por cuenta y en nombre ajenos, como intermediario independiente, sin asumir el riesgo de tales operaciones, salvo pacto en contrario"
En la defición que se efectua en el art.1 de la Ley de Agencia se dice: "se obliga de forma continuada o estable (...) a promover exclusivamente actos u operaciones de comercio por cuenta ajena, O promover y concluirlos por cuenta y en nombre ajenos, como intermediario independiente, sin asumir el riesgo de tales operaciones, salvo pacto en contrario"
Solución A)
Saludos,
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El sistema de contratación mercantil se inspira como el civil en el principio de libertad de forma. Ccom, los contratos mercantiles serán válidos y producirán obligación y acción en juicio, cualquiera que sea la forma y el idioma en que se celebren, con tal que conste su existencia por alguno los medios que el Derecho civil tiene establecidos (art. 51).
Art. 52 declara exceptuados los contratos que “con arreglo a este Código o a Leyes especiales” estén sometidos a una determinada forma o solemnidad; de ahí no puede derivarse que en todo caso la formalidad exigida sea un requisito de validez del contrato, pues de acuerdo con el propio principio de libertad de forma y con el contenido del art. 52, será preciso en cada caso considerar el alcance dado a la formalidad establecida en relación con la validez y eficacia del contrato.
Solución B)
Saludos,
En el art 52 habla de requisito de formalidad, peo no habla que ese sometimiento a una formalidad, sea necesario para su invalidez. Es decir la pregunta dice que cuando la forma es requisito de invalidez del contrato y la respuesta correcta desde mi punto de vista es cuando se prevea expresamente que la ausencia de forma es motivo de invalidez del contrato. Hay formas que no invalidan el contrato.
Es una opinión mas. De camino estar de acuerdo con jlacarra en sus respuestas al menos en ese 97%. Por otra parte decir que el departamento cada curso se perfecciona, así que los del año que viene lo llevarán mas crudo.
Artículo 51.
Serán válidos y producirán obligación y acción en Juicio los contratos mercantiles, cualesquiera que sean la forma y el idioma en que se celebren, la clase a que correspondan y la cantidad que tengan por objeto, con tal que conste su existencia por alguno de los medios que el Derecho civil tenga establecidos.
Artículo 52.
Se exceptuarán de lo dispuesto en el artículo que precede:
Los contratos que, con arreglo a este Código o a las Leyes especiales, deban reducirse a escritura o requieran formas o solemnidades necesarias para su eficacia.
Creo que es así.
Saludos,
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El sistema de contratación mercantil se inspira como el civil en el principio de libertad de forma. Ccom, los contratos mercantiles serán válidos y producirán obligación y acción en juicio, cualquiera que sea la forma y el idioma en que se celebren, con tal que conste su existencia por alguno los medios que el Derecho civil tiene establecidos (art. 51).
Art. 52 declara exceptuados los contratos que “con arreglo a este Código o a Leyes especiales” estén sometidos a una determinada forma o solemnidad; de ahí no puede derivarse que en todo caso la formalidad exigida sea un requisito de validez del contrato, pues de acuerdo con el propio principio de libertad de forma y con el contenido del art. 52, será preciso en cada caso considerar el alcance dado a la formalidad establecida en relación con la validez y eficacia del contrato.
Solución B)
Saludos,
Ius Uned, totalmente de acuerdo con tu exposicion y conclusión.
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Pregunta 3, modelo B
Si por culpa del tomador no se ha pagado la prima única y en esta situación se produce el siniestro.
a.- el asegurado tendrá que pagar la indemnización si todavía no ha transcurrido un mes a contar del vencimiento de la prima impagada
b.- el asegurado quedará liberado de su obligación, salvo pacto en contrario
c.- las dos respuestas son erroneas
Artículo 15. Si por culpa del tomador la primera prima no ha sido pagada, o la prima única no lo ha sido a su vencimiento, el asegurador tiene derecho a resolver el contrato o a exigir el pago de la prima debida en vía ejecutiva con base en la póliza. Salvo pacto en contrario, si la prima no ha sido pagada antes de que se produzca el siniestro, el asegurador quedará liberado de su obligación.
La pregunta: no se ha pagado y existe ya un siniestro.
La Ley: no se ha pagado, pero no existe siniestro.
Pienso que es la C) ninguna es correcta.
Que barbaridad de preguntas... así estamos todos con las carnes abiertas :D
Saludos,
-
Pregunta 3, modelo B
Si por culpa del tomador no se ha pagado la prima única y en esta situación se produce el siniestro.
a.- el asegurado tendrá que pagar la indemnización si todavía no ha transcurrido un mes a contar del vencimiento de la prima impagada
b.- el asegurado quedará liberado de su obligación, salvo pacto en contrario
c.- las dos respuestas son erroneas
Artículo 15. Si por culpa del tomador la primera prima no ha sido pagada, o la prima única no lo ha sido a su vencimiento, el asegurador tiene derecho a resolver el contrato o a exigir el pago de la prima debida en vía ejecutiva con base en la póliza. Salvo pacto en contrario, si la prima no ha sido pagada antes de que se produzca el siniestro, el asegurador quedará liberado de su obligación.
La pregunta: no se ha pagado y existe ya un siniestro.
La Ley: no se ha pagado, pero no existe siniestro.
Pienso que es la C) ninguna es correcta.
Que barbaridad de preguntas... así estamos todos con las carnes abiertas :D
Saludos,
Yo en esta, opino que es la B. A pesar de que la redacción una vez mas deja de desear. Probablemente hubiera ayudado si en en enunciado hubieran puesto PRIMERA prima.
Mucho me temo que vamos a acabar impugnando 2 o 3 preguntas....
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En la defición que se efectua en el art.1 de la Ley de Agencia se dice: "se obliga de forma continuada o estable (...) a promover exclusivamente actos u operaciones de comercio por cuenta ajena, O promover y concluirlos por cuenta y en nombre ajenos, como intermediario independiente, sin asumir el riesgo de tales operaciones, salvo pacto en contrario"
Solución A)
Saludos,
Me alegro de que coincidas con mi opinion. ;) De todas formas estaba puesta con mala leche, según mi entender.
Respecto al pricipio de liberta de forma, y lo de expresamente y "cualquier tipo de formalidad" sigo pensando lo dicho: Confio en que den por buena la c), tal ycomo han hecho otros años sin ningun tipo de anulación o problema, y si no lo hacen formularé mi más respetuosa protesta.
Respecto a la pregunta 3, modelo B, para mi la respuesta correcta es la B. No se como lo pondra en la ley, pero en el libro lo pone literalmente, tal y como han puesto en el examen.
Un saludo
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¿Posible impugnación?
La pregunta 10 modelo B "El concepto de condiciones generales, según la ley..."
Las condiciones generales DE QUÉ no lo dice, por qué tenemos que ser adivino e interpretar que son las condiciones generales de la contratación?
Saludos,
Totalmente de acuerdo, es impugnable.
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Me alegro de que coincidas con mi opinion. ;) De todas formas estaba puesta con mala leche, según mi entender.
Respecto al pricipio de liberta de forma, y lo de expresamente y "cualquier tipo de formalidad" sigo pensando lo dicho: Confio en que den por buena la c), tal ycomo han hecho otros años sin ningun tipo de anulación o problema, y si no lo hacen formularé mi más respetuosa protesta.
Respecto a la pregunta 3, modelo B, para mi la respuesta correcta es la B. No se como lo pondra en la ley, pero en el libro lo pone literalmente, tal y como han puesto en el examen.
Un saludo
Estoy comparando contigo, que parece ser, tenemos más en común. :)
Tienes clara la 20, pues no la encuentro.
Saludos,
-
Creo que la respuesta correcta de la 20 es la C
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Pregunta 3, modelo B
Si por culpa del tomador no se ha pagado la prima única y en esta situación se produce el siniestro.
a.- el asegurado tendrá que pagar la indemnización si todavía no ha transcurrido un mes a contar del vencimiento de la prima impagada
b.- el asegurado quedará liberado de su obligación, salvo pacto en contrario
c.- las dos respuestas son erroneas
Artículo 15. Si por culpa del tomador la primera prima no ha sido pagada, o la prima única no lo ha sido a su vencimiento, el asegurador tiene derecho a resolver el contrato o a exigir el pago de la prima debida en vía ejecutiva con base en la póliza. Salvo pacto en contrario, si la prima no ha sido pagada antes de que se produzca el siniestro, el asegurador quedará liberado de su obligación.
La pregunta: no se ha pagado y existe ya un siniestro.
La Ley: no se ha pagado, pero no existe siniestro.
Pienso que es la C) ninguna es correcta.
Que barbaridad de preguntas... así estamos todos con las carnes abiertas :D
Saludos,
Madre mía, este test tiene tela. Estoy repasando la materia por enésima vez ya que voy a la segunda semana.
En mi opinión ninguna es correcta, C.
La pregunta tiene trampa en una de las respuestas. Se trata de una prima única e, igual como si fuese la primera prima, en caso de impago si en este tiempo se produjera el siniestro, el ASEGURADOR quedará liberado de su obligación, salvo pacto en contrario - no el ASGURADO. B , no es
Por otro lado el impago de primas sucesivas produce la suspensión de la cobertura al mes ( de gracia) de su vencimiento. A, no es el caso.
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Aquí puede haber también una constante confusión, errata de impresión o transcripción entre el asegurador y el asegurado.
" el asegurado tendrá que pagar la indemnización"
"el asegurado quedará liberado de su obligación"
¿Desde cuando el Asegurado paga la indemnización? :'(
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Yo creo que estais confundidos cuando dice que LA FORMA SERA REQUISITO NECESARIO PARA LA VALIDEZ DEL CONTRATO no puede ser "SIEMPRE que la ley prevea una formalidad" sino "DETERMINADA FORMALIDAD" asi que sera cuando venga asi expresamente
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Estoy comparando contigo, que parece ser, tenemos más en común. :)
Tienes clara la 20, pues no la encuentro.
Saludos,
He llegado a la conclusión de que es la c), porque despues de leer varias veces el farragoso epigrafe A) Caracter merncatil de la compraventa y su regulación, la única alusión expresa que he entendido hace el código respecto a la compraventa es el elemento intencional (vamos, lo del articulo 325 sobre revenderlas con animo de lucrarse en la reventa)
Como la pregunta hace referencia a lo que el código expresamente establece, me da la impresión de que se dejan fuera las consideraciones que algunos autores y parte de la jurisprudencia mantienen sobre si realmente el codigo admite la mercantilidad de la reventa, la compraventa en establecimiento abierto al publico, etc...Luego están el 3262 y 3 pero como tampoco hay nada que me lleve a pensar que el codigo admita la a) venta a consumidores o b) todas las ventas en las que el vendedor es comerciante.
En cualquier caso, un examen de tipo test, debería ser facil de comprobar mirando el libro. Vale que algunas preguntas las enrevesen, y otras las lien con lo de "siempre" y "nunca". Pero que ni si quiera con el libro delante, uno pueda saber a ciencia cierta si su respuesta esta bien o mal...
ES DE ORDAGO!
Un saludo
PD - Si al final acaba siendo correcta la b) en la pregunta 12... Me pillare un mosqueo tremendo... :'(
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Yo creo que estais confundidos cuando dice que LA FORMA SERA REQUISITO NECESARIO PARA LA VALIDEZ DEL CONTRATO no puede ser "SIEMPRE que la ley prevea una formalidad" sino "DETERMINADA FORMALIDAD" asi que sera cuando venga asi expresamente
hacedme caso pequeñuelos que no es siempre que prevea una formalidad sino determinada formalidadddddddd q esta pregunta es para pillarrrrr
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Madre mía, este test tiene tela. Estoy repasando la materia por enésima vez ya que voy a la segunda semana.
En mi opinión ninguna es correcta, C.
La pregunta tiene trampa en una de las respuestas. Se trata de una prima única e, igual como si fuese la primera prima, en caso de impago si en este tiempo se produjera el siniestro, el ASEGURADOR quedará liberado de su obligación, salvo pacto en contrario - no el ASGURADO. B , no es
Por otro lado el impago de primas sucesivas produce la suspensión de la cobertura al mes ( de gracia) de su vencimiento. A, no es el caso.
Ostia! Tienes razon! Que c*brones! >:(
-
Ostia! Tienes razon! Que c*brones! >:(
Pero como que la c? no viene literal la b?
Los efectos del imapgo de la prima dependerán de la modalidad de la misma y de la actitud del tomador del seguro. El impago de la PRIMA UNICA O DE LA PRIMERA DE LAS PRIMAS PERIODICAS por culpa del tomado permitira al ASEGURADOR resolver el contrato o bien exigir el pago por via ejecutiva, SI EN ESE TIEMPO SE PRODUJERA EL SINIESTRO.... opcion b : el asegurador quedara liberado de su obligacion salvo pacto en contrario
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Pregunta 28, modelo B
La responsabilidad del porteador en el transporte terrestre de mercancias.
a.- es una responsabilidad indisponible cuando se trate de agravar dicha responsabilidad (creo que ha salido antes)
b.- el porteador responde de los daños...
c.- las dos correctas
B) La limitación de la responsabilidad del porteador
La responsabilidad del porteador se halla limitada en cuantía. El importe habrá de ser calculado de forma diferente según estemos ante indemnización por pérdidas o indemnización por averías. Para el caso de pérdidas, para hallar la indemnización se toma como referencia el valor de la mercancía en el momento y lugar de origen en que el porteador las recibe para su transporte. Se indemnizará por la mercancía no entregada. En caso de avería, se vuelve a tomar como referencia el lugar y momento en que el porteador recibe la mercancía y el cálculo se realizará por la diferencia entre el valor de la mercancía tal como la recibió y el de la misma averiada, se entiende valor de mercado de ésa o similar mercancía. El problema será establecer el valor que la mercancía tiene una vez averiada, pues la avería puede afectar de forma muy diferente a una mercancía que como consecuencia de la misma podría quedar inservible, por lo que el valor indemnizable podría llegar a ser el valor total de mercancía.
Se equiparan a pérdida total de la mercancías otros dos casos muy concretos, cuando la parte de la mercancía no entregada convierta en inservible la que sí ha sido entregada y el transcurso del tiempo del plazo establecido en la ley sin que se haya procedido a la entrega, 20 días desde la fecha pactada o 30 a falta de pacto. La indemnización no debiera llegar a ser mayor de la estipulada para la pérdida total.
Dentro de la posible aplicación de las normas que se analizan sobre limitación de responsabilidad, se establece un límite cuantitativo de la indemnización. Se toma como referencia el indicador público de renta de efectos múltiples, cuyo tercio por cada kg bruto de mercancía perdida o averiada, no podrá ser superado a efectos indemnizatorios.
En caso de retraso, la indemnización no podrá superar el precio del transporte aunque suele ser habitual que el daño causado supere dicho precio. Aun surgiendo la obligación de indemnizar por varios conceptos, no cobra cantidad total indemnizatoria superior a la suma debida en caso de pérdida total de las mercancías.
Los límites establecidos por la ley, aun cuando se exprese como que no podrá exceder son superables si así pacta [Hay jurisprudencia o tan solo es una interpretación del autor], pues en referencia a la ineficacia de pactos que aminoraran la responsabilidad del porteador, cabrá pactos que en sentido contrario aumenten dicha responsabilidad, debiendo entenderse que lo establecido por la norma ha de respetarse siempre que no haya pacto en el sentido expuesto.
Creo que la correcta es la C)
Saludos,
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Pregunta 28, modelo B
La responsabilidad del porteador en el transporte terrestre de mercancias.
a.- es una responsabilidad indisponible cuando se trate de agravar dicha responsabilidad (creo que ha salido antes)
b.- el porteador responde de los daños...
c.- las dos correctas
B) La limitación de la responsabilidad del porteador
La responsabilidad del porteador se halla limitada en cuantía. El importe habrá de ser calculado de forma diferente según estemos ante indemnización por pérdidas o indemnización por averías. Para el caso de pérdidas, para hallar la indemnización se toma como referencia el valor de la mercancía en el momento y lugar de origen en que el porteador las recibe para su transporte. Se indemnizará por la mercancía no entregada. En caso de avería, se vuelve a tomar como referencia el lugar y momento en que el porteador recibe la mercancía y el cálculo se realizará por la diferencia entre el valor de la mercancía tal como la recibió y el de la misma averiada, se entiende valor de mercado de ésa o similar mercancía. El problema será establecer el valor que la mercancía tiene una vez averiada, pues la avería puede afectar de forma muy diferente a una mercancía que como consecuencia de la misma podría quedar inservible, por lo que el valor indemnizable podría llegar a ser el valor total de mercancía.
Se equiparan a pérdida total de la mercancías otros dos casos muy concretos, cuando la parte de la mercancía no entregada convierta en inservible la que sí ha sido entregada y el transcurso del tiempo del plazo establecido en la ley sin que se haya procedido a la entrega, 20 días desde la fecha pactada o 30 a falta de pacto. La indemnización no debiera llegar a ser mayor de la estipulada para la pérdida total.
Dentro de la posible aplicación de las normas que se analizan sobre limitación de responsabilidad, se establece un límite cuantitativo de la indemnización. Se toma como referencia el indicador público de renta de efectos múltiples, cuyo tercio por cada kg bruto de mercancía perdida o averiada, no podrá ser superado a efectos indemnizatorios.
En caso de retraso, la indemnización no podrá superar el precio del transporte aunque suele ser habitual que el daño causado supere dicho precio. Aun surgiendo la obligación de indemnizar por varios conceptos, no cobra cantidad total indemnizatoria superior a la suma debida en caso de pérdida total de las mercancías.
Los límites establecidos por la ley, aun cuando se exprese como que no podrá exceder son superables si así pacta [Hay jurisprudencia o tan solo es una interpretación del autor], pues en referencia a la ineficacia de pactos que aminoraran la responsabilidad del porteador, cabrá pactos que en sentido contrario aumenten dicha responsabilidad, debiendo entenderse que lo establecido por la norma ha de respetarse siempre que no haya pacto en el sentido expuesto.
Creo que la correcta es la C)
Saludos,
Solo es indisponible cuando trata de atenuar no cuando trata de agravar la c no puede ser
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Ius Uned, totalmente de acuerdo con tu exposicion y conclusión.
Opino igual, rige el principio de libertad de forma, por tanto, ésta no es requisito necesario para la validez, ni en todos los contratos, ni aun previéndolo expresamente, salvo que una ley prevea la formalidad ( compraventa inmuebles).
la correcta es la b:
La forma es requisito necesario para la validez del contrato:
a) En todos los contratos mercantiles
b) Siempre que la ley prevea una formalidad
c) Solo cuando se prevea así expresamente
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Opino igual, rige el principio de libertad de forma, por tanto, ésta no es requisito necesario para la validez, ni en todos los contratos, ni aun previéndolo expresamente, salvo que una ley prevea la formalidad ( compraventa inmuebles).
la correcta es la b:
La forma es requisito necesario para la validez del contrato:
a) En todos los contratos mercantiles
b) Siempre que la ley prevea una formalidad
c) Solo cuando se prevea así expresamente
Pues yo no estoy de acuerdo contigo y es la opinión general del departamento de otros años ya que no es siempre que se prevea una formalidad sino DETERMINADA FORMALIDAD
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Yo ya no sé si estoy formal, real o contractual, si pago prima única a la primera, si actuo en nombre propio o tengo pacto en contrario, pero lo que si sé es que quieren darle su dificultad a la asignatura a base de tests y eso no es sencillo y así acabamos todos: bastante confusos.
También sé que he hecho el A y aquí van mis respuestas:
1c
2b
3b
4a
5b
6b
7c
8c(está ha sido un despiste de lectura, está claro que es la b)
9c
10b
11a
12c
13a
14a
15b
16a
17b(al azar)
18b
19c
20c
21b
22a
23c
24b
25a
26b
27a
28b
29b
30c
31b
32c
33b
34a
35b
Suerte a todos.
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Pero como que la c? no viene literal la b?
Los efectos del imapgo de la prima dependerán de la modalidad de la misma y de la actitud del tomador del seguro. El impago de la PRIMA UNICA O DE LA PRIMERA DE LAS PRIMAS PERIODICAS por culpa del tomado permitira al ASEGURADOR resolver el contrato o bien exigir el pago por via ejecutiva, SI EN ESE TIEMPO SE PRODUJERA EL SINIESTRO.... opcion b : el asegurador quedara liberado de su obligacion salvo pacto en contrario
Sí, el ASEGURADOR , quedará liberado pero el ASEGURADO , no. ::)
Habéis puesto:
a.- el asegurado tendrá que pagar la indemnización si todavía no ha transcurrido un mes a contar del vencimiento de la prima impagada
b.- el asegurado quedará liberado de su obligación, salvo pacto en contrario
c.- las dos respuestas son erroneas
A ver, si alguien tiene el enunciado original.
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Sí, el ASEGURADOR , quedará liberado pero el ASEGURADO , no. ::)
Habéis puesto:
a.- el asegurado tendrá que pagar la indemnización si todavía no ha transcurrido un mes a contar del vencimiento de la prima impagada
b.- el asegurado quedará liberado de su obligación, salvo pacto en contrario
c.- las dos respuestas son erroneas
A ver, si alguien tiene el enunciado original.
pues yo en mi examen tengo una "r" al final que hace que la respuesta esté bien :)
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Creo que hay una pregunta mal realizada y por lo tanto impugnable
P12 tipo A
el contrato de cuenta corriente ¿Qué tipo mercantil o bancario?
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Pregunta 33, modelo B
La ley de ventas a plazos (de qué, mueble o inmuebles) ;D
a.- concede al consumidor el derecho de desistir... sin necesidad de alegar causa alguna.
b.- descartada
c.- las dos son erroneas
Opción A) pero...
Saludos,
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Sí, el ASEGURADOR , quedará liberado pero el ASEGURADO , no. ::)
Habéis puesto:
a.- el asegurado tendrá que pagar la indemnización si todavía no ha transcurrido un mes a contar del vencimiento de la prima impagada
b.- el asegurado quedará liberado de su obligación, salvo pacto en contrario
c.- las dos respuestas son erroneas
A ver, si alguien tiene el enunciado original.
Hay que presionar para que pongan la plantilla de una vez y si queréis impugnar alguna, empezad desde ya.... que se muevan! de todas maneras a lo mejor envió una carta de queja al catedrático responsable por el carácter tan poco objetivo (cabr...) de este examen
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Efectivamente hay una erre al final, tal y como dice POMONSTRUO.
Me he dejado llevar por la espiral catastrofista y negativa.
La respuesta correcta es la A), tal y como habiamos dicho
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Pregunta 33, modelo B
La ley de ventas a plazos (de qué, mueble o inmuebles) ;D
a.- concede al consumidor el derecho de desistir... sin necesidad de alegar causa alguna.
b.- descartada
c.- las dos son erroneas
Opción A) pero...
Saludos,
pues yo aquí puse la c) jajaja joeeeeeee
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Efectivamente hay una erre al final, tal y como dice POMONSTRUO.
Me he dejado llevar por la espiral catastrofista y negativa.
La respuesta correcta es la A), tal y como habiamos dicho
la b diras....
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Yo tambien creo que la 28 es la c). Solo es indisponible en el caso de que se quiera atenuar su responsabilidad. Pero agraverse se puede. En este tipo de contratos, se dice que se configuran como derecho imperativo el relativo a la resposabilidad de porteador y la prescipcion (creo recordar) pero permite agravar su responsabilidad sin problemas
Pregunta 33, modelo B
La ley de ventas a plazos (de qué, mueble o inmuebles) ;D
a.- concede al consumidor el derecho de desistir... sin necesidad de alegar causa alguna.
b.- descartada
c.- las dos son erroneas
Opción A) pero...
Saludos,
No es necesario especificar si se trata de una venta a plazos de un mueble o inmueble, porque en el propia ambito de aplicación de la Ley 28/1998, de 13 de julio, de Ventas a Plazos (que es la ley objeto del tema) se establece que:
"1. La presente Ley tiene por objeto la regulación de los contratos de venta a plazos de bienes muebles corporales no consumibles e identificables, de los contratos de préstamo destinados a facilitar su adquisición y de las garantías que se constituyan para asegurar el cumplimiento de las obligaciones nacidas de los mismos."
En el propio apartado del articulo 1 precisa que ha de entenderse por bienes mueblos corporales no consumibles e identificables, y mas adelante, en el articulo 5, recoge una serie de exclusiones.
A veces son un poco cabritos, pero en este caso, el enunciado es correcto.
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la b diras....
;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D
Estos test matan neuronas. Si, queria decir la b) xDDDDDDDDD
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Yo tambien creo que la 28 es la c). Solo es indisponible en el caso de que se quiera atenuar su responsabilidad. Pero agraverse se puede. En este tipo de contratos, se dice que se configuran como derecho imperativo el relativo a la resposabilidad de porteador y la prescipcion (creo recordar) pero permite agravar su responsabilidad sin problemas
No es necesario especificar si se trata de una venta a plazos de un mueble o inmueble, porque en el propia ambito de aplicación de la Ley 28/1998, de 13 de julio, de Ventas a Plazos (que es la ley objeto del tema) se establece que:
"1. La presente Ley tiene por objeto la regulación de los contratos de venta a plazos de bienes muebles corporales no consumibles e identificables, de los contratos de préstamo destinados a facilitar su adquisición y de las garantías que se constituyan para asegurar el cumplimiento de las obligaciones nacidas de los mismos."
En el propio apartado del articulo 1 precisa que ha de entenderse por bienes mueblos corporales no consumibles e identificables, y mas adelante, en el articulo 5, recoge una serie de exclusiones.
A veces son un poco cabritos, pero en este caso, el enunciado es correcto.
pero como que la 28 es la c... el porteador responde de los daños y perjuicios que se ocasionen durante el transporte sobre las cosas porteadas a no ser que demuestre una causa de exoneracion, es la B
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Estoy rayao macho, ya no se ni lo que leo.
Es la b
Si es que encima, antes ya he puesto en mis respuestas que era la b:
Bueno estas son las respuestas correctas del MODELO B. (Al menos eso creo, me otorgo un 97% de fiabilidad ;D)
Llevo un buen rato, casi desde que he salido del examen :o, comprando una a una con el libro y tests de años anteriores
Igual alguna se me ha colado, y hay muchas que desde luego, son susceptibles de darles una y mil vueltas. A ver si debatiendo un poco entre todos, podemos ir asegurandolas una a uno, y llegar al maximo convencimiento posible sobre que opción es la acertada para lograr saber, si hemos aprobado o no.
1 - C
2 - C
3 - B
4 - C
5 - B
6 - C
7 - B
8 - A
9 - B
10 - B
11 - A
12 - C
13 - A
14 - A
15 - C
16 -A
17 - A
18 - B
19 - B
20 - C
21 - B
22 - C
23 - A
24 - A
25 - A
26 - A
27 - C
28 - B
29 - C
30 - B
31 - C
32 - B
33 - A
34 - B
35 - A
1 Saludo
PD - Me ha parecido rebuscado
He llegado a un punto en que me he saturado con tanto test y tanta leche.
Creo que lo dejo. La sentencia ya esta firmada.
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EN LA PREGUNTA DE LA FORMA LA CORRECTA ES LA C PORQUE NO SIEMPRE QUE SE PREVEA FORMA ES REQUISITO, SINO CUANDO PONGA QUE ES UN "REQUISITO" EXPRESAMENTE.
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La forma es requisito necesario para la validez del contrato:
a) En todos los contratos mercantiles
b) Siempre que la ley prevea una formalidad
c) Solo cuando se prevea así expresamente.
ES LA C, REPITO ES LA C, REPITO ES LA C, REPITO ES LA C, REPITO ES LA C, BUENO CREO QUE ES LA C :D :D :D :D :D
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bien cadencia bien no te meto un beso en los morros por que tienes colita
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A mí también me ha parecido complicado. ¿Para cuando la plantilla con las respuestas?
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Por favor, Pomostuo o Cadencia...vosotros que parece que sois los más puestos...podríais poner a modo de recopilación las respuestas que creéis correctas...
Gracias y suerte a todos
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Por favor, Pomostuo o Cadencia...vosotros que parece que sois los más puestos...podríais poner a modo de recopilación las respuestas que creéis correctas...
Gracias y suerte a todos
Buenos días, creo que las respuestas dadas por "Jlacarra" antes relacionadas rozan la perfección, si bien discrepo claro está en la pregunta 23 por la cual apuesto por la b). un saludo.
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bien cadencia bien no te meto un beso en los morros por que tienes colita
en los tiempos que corren no es excusa, podríamos ambos ser homosexuales, si bien me contento con un buen apretón de manos. saludos y mucha suerte.
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Se aceptan apuestas sobre la 23 ;)
;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D
Que dios nos pille confesados
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En el requisito de validez, he puesto la "c", numerosas normas preveen requisitos formales sin privar de validez al pacto, simplemente a efectos de prueba.... por lo que entiendo que porque la norma "prevea" una formalidad no la hace imperativa, sin embargo "si prevee expresamente la forma como necesito neceserario", si convierte al contrato en formal, y por sujeto a forma imperativa para su validez, digo....
Acabé tan harto que no me he traido ni el test, ya pondré mis respuestas.
Saludos a todos...
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LAS CARTAS ESTÁN ECHADAS, espero y deseo que la corrección automática cometa el error de aprobarnos a todos, un saludo y buenos días.
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Es que ademas ha salido otros años y la respuesta correcta a sido siempre la opción de expresamente.
En mi opinión, blanco y en botella: Leche.
Aunque quizás, tal y como Jesus convirtió agua en vino, nuestro querido departamento de mercantil hace lo mismo.
¿Quien sabe?
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¿Y qué opinais de esta?
En los seguros de personas:
a) El tomador es la persona que realiza el seguro en nombre del beneficiario.
b) El asegurado es la persona a favor de la cual se contrata el seguro (Este es el beneficiario, no el asegurado, así es que esta no puede ser)
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas.
Yo aquí he puesto la c, porque la a tampoco puede ser, ya que el tomador realiza el seguro "a favor" (y no en nombre) del beneficiario.
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Es que ademas ha salido otros años y la respuesta correcta a sido siempre la opción de expresamente.
En mi opinión, blanco y en botella: Leche.
Aunque quizás, tal y como Jesus convirtió agua en vino, nuestro querido departamento de mercantil hace lo mismo.
¿Quien sabe?
Efectivamente, dicha pregunta ha sido objeto de examen en diversas ocasiones, pero lo realmente importante de la cuestión es que la respuesta a la pregunta 12 del tipo B es la c), y no porque lo digo yo, sino más bien porque el propio Código de Comercio así lo establece.
Me explico, hay una pregunta, tres opciones de respuesta, sólo una de ellas es la correcta atendiendo a la materia objeto de estudio, no entiendo realmente el problema¡¡¡, es la C y punto y pelota, no hay que darle más vueltas, o es la C o no es ninguna, o sea, que todo el que no haya marcado la C ha contestado de forma incorrecta la cuestión. No hay que buscar distinto significado o realizar interpretaciones alejadas de la realidad o inventadas, el resultado solo puede ser la resignación por el fallo o el placer de lo acertado.
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¿Y qué opinais de esta?
En los seguros de personas:
a) El tomador es la persona que realiza el seguro en nombre del beneficiario.
b) El asegurado es la persona a favor de la cual se contrata el seguro (Este es el beneficiario, no el asegurado, así es que esta no puede ser)
c) Las dos respuestas anteriores son erróneas.
Yo aquí he puesto la c, porque la a tampoco puede ser, ya que el tomador realiza el seguro "a favor" (y no en nombre) del beneficiario.
En mi opinión, la c) clarisimamente.
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En mi opinión, la c) clarisimamente.
Tengo que discernir compañero, pues es clarísimamente la b), que por qué?, porque es la que señale yo mientras miraba el hermoso rostro de una joven que estaba a mi lado, era guapísima, de tez blanca, ojos verdes, hermosos labios, cuerpo escultural, nunca había vista nada igual, su cuerpo resplandecía en aquella enorme sala donde reinaba el más completo silencio.
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jajajajajajajajajajajajajajajaja
ENORME
Algo parecido me pasó a mi en las preguntas 9 y 10, que fallé clamorosamente. Trasferencias y condiciones generales de la contratación.
Cuando salí del examen y vi como se iba con su novio a casa, volví de golpe y porrazo a la realidad. xD
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En mi opinión, la c) clarisimamente.
[/q3.1.
CONCEPTO Y DISPOSICIONES ESPECIALES DE LOS SEGUROS DE PERSONAS.
Su finalidad es cubrir los riesgos relativos a la persona humana, consistiendo unas vences en la posibilidad de que un evento afecte a la existencia misma del asegurado
3.2. SEGURO DE VIDA.
Es aquel donde el asegurador, a cambio de una prima única o periódica, se obliga a satisfacer al tomador del seguro o a
la persona que éste designa, un capital o una renta cuando el asegurado fallezca o alcance determinada edad
creo que es la b el asegurado es la persona hacia la que se dirige el contrato
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a ver qué hacemos con respecto a la pregunta 10 del tipo a : del agente puede decirse que : a.. actua siempre en nombre y por cuenta ... b.se obliga, salvo pacto en contrario a promover y concluir actos u operaciones de comercio y c. salvo pacto en contrario asume el riesgo de que le den por culo en un examen de mercantil 2....
si queréis impugnarla cuanto antes mejor por que no está clara la respuesta!!!!!
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En mi opinión, la c) clarisimamente.
[/q3.1.
CONCEPTO Y DISPOSICIONES ESPECIALES DE LOS SEGUROS DE PERSONAS.
Su finalidad es cubrir los riesgos relativos a la persona humana, consistiendo unas vences en la posibilidad de que un evento afecte a la existencia misma del asegurado
3.2. SEGURO DE VIDA.
Es aquel donde el asegurador, a cambio de una prima única o periódica, se obliga a satisfacer al tomador del seguro o a
la persona que éste designa, un capital o una renta cuando el asegurado fallezca o alcance determinada edad
creo que es la b el asegurado es la persona hacia la que se dirige el contrato
El manual dice: Seguros de personas; seguro de vida: "el beneficiario es la persona a favor de la cual se contrata el seguro...."
Yo también pienso que es "c", ya que el asegurado es la persona asegurada cuyo riesgo de un evento que afecta a su existencia, a lesiones corporales o al quebranto de su salud cubre el seguro. En este sentido NO es la persona a favor de la cual se contrata el seguro.
Es para impugnarlas. :(
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Tengo que discernir compañero, pues es clarísimamente la b), que por qué?, porque es la que señale yo mientras miraba el hermoso rostro de una joven que estaba a mi lado, era guapísima, de tez blanca, ojos verdes, hermosos labios, cuerpo escultural, nunca había vista nada igual, su cuerpo resplandecía en aquella enorme sala donde reinaba el más completo silencio.
En mi opinión es la a-
El agente no puede actuar en nombre y cuenta propia, tanto si está como si no facultado en los términos del art. 6. Del art. 1 ".............por cuenta ajena, o a promoverlos y concluirlos por cuenta y en nombre ajenos
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Es que ademas...
En mi opinión, blanco y en botella: Leche.
..
¿Quien sabe?
Discrepo.
La horchata puede venir embotellada
La Horchata es blanca
Ergo: Blanca y en Botella = Horchata.
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pregunta 23) del agente puede decirse que: he puesto la b), evitando el "siempre" de la a, pues cabe la posibilidad de contratar el agente en su propio nombre con autorización del empresario según el código.
art 7.- ......por su propia cuenta o por cuenta de otro empresario una actividad profesional relacionada.... Entiendo que no se refiere a una autorización a contratar en nombre propio, sino a dedicarse a otra cosa muuy parecida.
-
Discrepo.
La horchata puede venir embotellada
La Horchata es blanca
Ergo: Blanca y en Botella = Horchata.
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