Sí, pero la televisión pública no la venden, ¿a que no?
Sí, pero no se atreven a ejecutar las sentencias en Cataluña, ¿a que no?
Sí, pero no tienen agallas para condenar al juez prevaricador, ¿a que no?
Debemos condenar y condenamos al acusado Baltasar Garzón Real.
Debemos condenar y condenamos a D. Baltasar Garzón Real...
En resumen:
Hay que ser más humilde y darme la razón cuando la tengo. Y en este caso, es obvio que la tengo.
Sí, a mí me han llamado de todo, por decir que era algo esperpéntico lo de procesar a muertos. Por decir algo de todo punto OBVIO. Por decir algo tan obvio como que el sol sale por Oriente y se pone por Occidente. En otras cosas, de acuerdo, puedo ser como soy. Pero hay cosas obvias que no admiten discusión.
No veo tampoco la menor crítica por algo como procesar a muertos. No lo veo. Se obvia este aspecto, por la sencilla razón de que es de todo punto injustificable. Tampoco veo la menor crítica a que un juez instruya el GAL, lo pare cuando está bien con Felipe, vuelva cuando está mal con Felipe, intente meter en la cárcel a Felipe y lo vuelva a parar cuando se reconcilia con Felipe, y sea condenada España por Estrasburgo por evidentísima falta de imparcialidad de ese DELINCUENTE. ¿Acaso alguien duda que si ese mismo Tribunal hubiera tenido facultades penales, no lo habría condenado por prevaricación?
Y quiero llamar la atención sobre lo que significa el apoyo de los garzonistas a Garzón.
1. Que ellos también harían la cacería con el Gobierno 24 horas antes de procesar a la oposición.
2. Que ellos también permitirían que sus camaradas políticos del Gobierno supieran de antemano la estrategia de defensa de la oposición.
3. Que ellos también afirmarían una cosa y la contraria, según la querella fuera contra comunistas o contra franquistas.
4. Que ellos también procesarían a los muertos.
¡Por eso los rechazo tan enérgicamente!
Yo, [PONER AQUÍ EL NOMBRE], ciudadano español, mayor de edad y con DNI [PONER AQUÍ DNI], comparezco ante notario y manifiesto:
1) Mi absoluta indignación por la condena de 11 años de inhabilitación que el Tribunal Supremo ha impuesto al juez Baltasar Garzón, por haber grabado las conversaciones entre abogados e imputados en el curso de la instrucción del caso Gurtel.
2) Aunque haya quien diga que la confidencialidad de las conversaciones abogado-cliente resulta imprescindible para garantizar el derecho de defensa; aunque las leyes establezcan que esa confidencialidad solo puede violentarse en casos muy extremos (como por ejemplo en delitos de terrorismo) y aunque haya quien sostenga que el estado de derecho no puede subsistir si se viola arbitrariamente el derecho de defensa... YO CREO que D. Baltasar Garzón actuó correctamente, porque lo lógico es que el juez intervenga cuando le venga en gana las conversaciones que quiera, aunque la ley diga lo contrario.
3) Por tanto, y como muestra de coherencia, si en el futuro alguien me acusara de cometer algún delito, AUTORIZO EXPRESAMENTE a cualquier juez a grabar las conversaciones que yo mantenga con mis abogados, diga lo que diga la ley vigente.
En [PONER AQUÍ LA CIUDAD], a [DIA] de [MES] de 2012.
Firmado [FIRMAR AQUI]
Hala, muchachotes, los que estáis criticando la condena de Garzón: a firmar la declaración renunciando a vuestros derechos. Mientras no lo hagáis (es decir, mientras sigáis conservando intactos esos derechos que os parece muy bien que Garzón vulnere cuando se trata de otras personas), no nos deis la plasta, por favor.
Incoherencias, las justas.
Si piensas que las cosas van mal, aún pueden ir peor.
Rajoy: el que solucionaría el paro dice ahora que se va agravar mucho más.
Zapatero: miembro del Consejo de Estado, órgano consultivo del gobierno :o el peor presidente y encima asesor.
Camps y Costa: Absueltos
Juez Garzón: Condenado
Juez que investiga a Urdangarín: en investigación por el Consejo del Poder Judicial.
ETA: de nuevo en el Congreso de los Diputados
De Guindos el salvador: hay que prepararse para la quiebra de Grecia y su contagio a España.
Ministro Montoro: La política Fiscal en España es de mi ancestros. ??? ¿Sabrá en que año estamos?
Griñán: "Ahora si creo que las empresas deben devolver el dinero del Fondo de Reptiles"
¿Pensais que nos merecemos estos políticos?
¿de verdad creeis que es lo que nos merecemos?
Vaya instrucción que ha hecho Garzón en el sumario de la trama Gurtel, que el único condenado es él.
Bueno estaba claro que si la Ley dice que no se podía intervenir las conversaciones entre cliente y abogado en los locutorios de una prisión, ordenar esas escuchas era prevaricación. La sentencia ha sido por unanimidad, y anda que no ha recusado Garzón a jueces.
El fin no justifica los medios por mucho que alguno le guste decir que si. Un juez solo puede actuar conforme a lo que diga la Ley y Garzón no es nadie para vulnerarla.
Yo estoy feliz con la sentencia. Por fin ese juez político, mediático y prevaricador se va a su casita.
Chin chin. Brindemos pues por esta condena. Se hizo Justicia. Yo también estoy feliz, feliz, feliz.
Te recuerdo que la Sentencia es recurrible al TRIBUNAL CONSTITUCIONAL y también al TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS.
Así que ten cuidado, no te vayas a atragantar tú, tus colegas falangistas y de Manos Limpias, cierto sector pepero de extrema derecha (porque no todos los peperos están de acuerdo con esta condena, todo hay que decirlo, aunque les venga bien...) y, sobre todo, LOS CORRUPTOS que se han escapado al declarar ilegales las escuchas y que se han ido de rositas con nuestro dinero y con él estarán brindando riéndonos de todos los españoles y ostentando hoy todavía altos cargos políticos...
Pero ya se sabe. Donde las dan, las toman...(tiempo al tiempo)...
A lo mejor si el Juez Garzón no hubiese hecho una instrucción plagada de irregularidades, alguno del Gurtel habría sido condenado.
Por lo tanto, y el acusado era consciente de ello, entre las
comunicaciones que se iban a intervenir a los internos en el centro
penitenciario, imputados respecto de los que había acordado la prisión
provisional, se encontrarían, sin excepción alguna, las que mantuvieran
con los letrados designados por cada uno de ellos para su defensa, contra
los cuales no constaba indicio alguno de actividad criminal.
No voy a entrar a valorar la sentencia, entre otras cosas porque no he tenido oportunidad de ver, pero me parece lamentable que la primera víctima del caso gürtel sea el juez instructor, es un hecho ilógico, con independencia de la valoración jurídica o política del caso.
Salu2
Debemos condenar y condenamos...
Yo lamento muchísimo que Garzón haya sido condenado. Estoy estudiando la sentencia. Tiene que haber alguna forma, en el sistema legal, de intervenir las comunicaciones entre un imputado y sus abogados, cuando haya sospechas de que estos últimos pueden estar colaborando con el imputado en la comisión de delitos, en especial en casos de crimen organizado y blanqueo de dinero.
De otra forma, un mafioso que entrase en prisión podría enviar con facilidad instrucciones al exterior a fin de que, por ejemplo, un testigo molesto desapareciera. O bien, en perfecto blanqueo de capitales, el dinero obtenido por las actividades delictivas, incluso no delectivas, llegara a paraísos fiscales, a fin de substraerlos a la acción de la Justicia.
No encuentro razón para felicitarme por este fallo. Opino que el sistema judicial se ha resquebrajado, y ante ello sólo cabe la perplejidad y la tristeza.
En otro orden de cosas, querría señalar que el artº 51 de la Ley General Penicentaria recibió una proposición de Ley por parte del PP (véase Boletín Oficial de las Cortes Generales. Congreso. Serie B. Proposiciones de ley. Fecha: 10 de abril. Num.: 119-1) en favor de un mayor control de las comunicaciones de los internos:
Modificación propuesta en el apartado 2: "Las comunicaciones de los internos con el Abogado Defensor o con el Abogado expresamente llamado en relación con asuntos penales, y con los Procuradores que los representen, se celebrarán en departamentos apropiados y no podrán ser suspendidas o intervenidas salvo por orden de la autoridad judicial."
Modificación propuesta en el apartado 5: "La suspensión o intervención de las comunicaciones orales y escritas previstas en este artículo sólo podrán serlo mediante previa y motivada autorización judicial".
Había otra propuesta que no viene al caso. La proposición de Ley no fue aprobada.
No es el caso, Garzón, como dice la sentencia y él mismo reconoció, no concretó indicios.
No, no aceptaría la tortura.
Ni opino que el fin justifica los medios.
Lo que opino es que un abogado, cuando habla con un imputado, y de lo que habla es de cómo blanquear dinero, o planificar cualquier otro delito, deja de actuar como abogado.
Debemos condenar y condenamos.
OLÉ OLÉ OLÉ OLÉ.Me alegro muchísimo de la condena. ¡VIVA EL ESTADO DE DERECHO! ¡ABAJO EL TOTALITARISMO!
Ya no es juez, ya no es juez.
Chin chin...
7-0.
Creo sin embargo que la pena es demasiado leve.
Y encima, con tanta celebracíón me han estropeado la siesta.
Parece ser que algunos están muy contentos de que se condene a un juez y no le imorte para nada que el dinero de todos esté en paraisos fiscales a costa de los delincuentes.Hola compañero, la condena de Garzón es una garantía para todos los Españoles y Españolas de que ningún hombre con poder e influencia va a vulnerar jamás nuestros derechos fundamentales, concretamente el derecho a la presunción de inocencia y a un juicio justo.
Mientras tanto España sigue igual, sin ningún Euro y recortanto los derechos de los trabajadores que tantos años nos han costado.
Y Zapatero a saber cuántos sueldos va a cobrar al año, cada día suma y sigue.
No, no aceptaría la tortura.
Ni opino que el fin justifica los medios.
Lo que opino es que un abogado, cuando habla con un imputado, y de lo que habla es de cómo blanquear dinero, o planificar cualquier otro delito, deja de actuar como abogado.
Yo voy a contestar con una pregunta que invita a la reflexión. ¿Qué os parecería si condenaran al Juez que autorizó la grabación del asesino de Marta del Castillo y su abogado con el objetivo de averiguar donde han escondido el cuerpo?.
Está claro que lo encontraríamos justificado, sobre todo si con ello logramos descubrir donde está el cuerpo.
Por tanto, hay que valorar los intereses puestos en juego y cual de ellos a de prevalecer.
Está claro que las estrategias de la defensa no pueden utilizarse y deben ser depuradas de la grabación. Al juez sólo debe llegarle la parte en la que se escuche cómo Carcaño le dice al abogado donde escondió el cuerpo, eliminando todo lo demás (el tú dí esto o di lo otro por aquello de las circunstancias agravantes o atenuantes, etc...).
¿Pero quien debe hacer esa depuración?. Pues quien la hace, no quien la autoriza. Al juez sólo debe llegarle la parte en la que se confiesa dónde escondió el cuerpo, porque se trata de averiguar un delito.
Para los que hemos estudiado y utilizado la Jurisprudencia del Tribunal Supremo nos duele si cabe un poquito más esta decisión judicial tan injusta, pues para el Tribunal Supremo en unos casos existe el elemento esencial del tipo que no es otro que el "animus o intencionalidad de cometer el delito", y en otros casos cómo el presente, sí existe ese ánimus para el alto tribunal.
Yo he leído la fundamentación jurídica de la sentencia y no puedo estar más en desacuerdo. No con la fundamentación en sí misma, sino en la base en la que se apoya. Está claro que se ha producido indefensión a Garzón porque se le han inadmitido pruebas esenciales y se detecta un claro error en la valoración de las que han sido admitidas. No hay más que escuchar la declaración del Jefe de la Policía.
Tengase en cuenta que las escuchas se autorizan a instancias de la Policía y del Ministerio Fiscal. Tengan en cuenta que en todo este proceso el Ministerio Fiscal se ha opuesto desde el principio (es el defensor de la legalidad, el Ministerio público).
En definitiva, ¿cual creen que fue la intención de Garzón al autorizar las escuchas?.
Yo tengo clarísimo que la única intención y ánimo fue la de perseguir un delito, JAMÁS el de vulnerar el derecho de defensa cómo le condena el TS.
Téngase en cuenta que Correa estaba preparando su fuga al paraíso fiscal de Panamá y los abogados le estaban ayudando a fugarse y asesorándole de cómo tenía que colocar el dinero que nos han robado a todos los españoles en panamá.
Por último, llamo a hacer una reflexión a todos los que han brindado. Piensen que han chocado su copa al brindar con los asesinos de ETA, los narcotraficantes y los corruptos, los únicos que, junto a gran parte de la derecha española, han festejado esta lamentable condena.
Es por ello que quiero manifestar mi más enérgica repulsa a toda esa gente que ha brindado junto a los asesinos de ETA y demás gentuza. Repudio total.
Por último, llamo a hacer una reflexión a todos los que han brindado. Piensen que han chocado su copa al brindar con los asesinos de ETA, los narcotraficantes y los corruptos, los únicos que, junto a gran parte de la derecha española, han festejado esta lamentable condena.
Es por ello que quiero manifestar mi más enérgica repulsa a toda esa gente que ha brindado junto a los asesinos de ETA y demás gentuza. Repudio total.
¿Que Felipe no me nombra Ministro? ¡Se va a enterar ese tipo!
¿Que el PP apoya una guerra criminal contra Irak? ¡Se va a enterar ese partido!
¡Qué bien me cae el PSOE de ahora! Voy a echarles una mano con lo de Gurtel Y para celebrarlo a lo grande... ¡Una cacería!Y estaba el Fiscal del caso, el Ministro, el jefe de la Policía judicial que los iba a detener. ¿Qué vamos a pensar de ello? ¿Qué pensaría cualquiera? Y si encima, con esos diálogos imaginarios, encaja el tema de las escuchas ilegales... ¡Blanco y en botella! Lo curioso es que el TS sólo haya necesitado como argumentos, la irracionalidad de la medida y sobre todo, QUE NO CONCRETÓ INDICIOS CONTRA LOS ABOGADOS. Porque había muchos más argumentos que los que da la propia sentencia. Los hay y para aburrir.
Osea que el hecho de que exista un articulo en una ley que lo prohíba expresamente a ti no te importa. ¿El juez es más que la ley?. Que hubiese pinchado los teléfonos de esos presuntos abogados mafiosos y los hubiese imputado. Pero grabar las conversaciones en un locutorio de una cárcel es ilegal.
Y ha sido condenado por ello. Unanimidad de 7 jueces de todos los colores.
Bueno ahora saldrá el país diciendo que uno de los jueces es un borracho, el otro un proxeneta, el otro drogadicto y asi.
Hola compañero, la condena de Garzón es una garantía para todos los Españoles y Españolas de que ningún hombre con poder e influencia va a vulnerar jamás nuestros derechos fundamentales, concretamente el derecho a la presunción de inocencia y a un juicio justo.
Es una garantía de que no estamos en un Estado policial.¿Cómo pueden defenderle algunos? No me puedo creer que estudiantes de derecho le defiendan.
Pues yo no me puedo creer como estudiantes de derecho defiendan la corrupción, al no ser que sean o quieran ser corruptos.
Y si te piensas llevar los dineros del pueblo te diría que si por mi fuera y por la mayoría de españoles fuera, no tendrías los atajos ni la defensa a engañar a un tribunal, jueces, fiscales, policías, etc. para que pudieras llevartelos y encima reirte de nuestra democracia.
Las leyes están para cumplirlas, pero las leyes que nos hacen para que pierda siempre el mismo NO, eso NO.
Con nuestro Derecho Porcesal, España se ha convertido en un paraiso para mafias, narcotraficantes, corruptos, etc. ¿pones en duda esto que te he dicho?
Las apariencias engañan a veces, otras veces no. Y en este caso, todas las apariencias estaban en contra de Garzón desde una interpretación razonable. Si se admite una querella del TS en un caso así, mal asunto. Porque las pruebas son los mismos autos, de modo que siendo abiertamente chocantes, en buena lid y tratándose de presunta prevaricación, una de dos: o haces que se desvanezca el asombro con razones muy pero que muy poderosas, o estás jodido.Excelente exposición en todos los aspectos.Deberías escribir en prensa o revistas jurídicas, se ve que tienes la cabeza muy bien amueblada.Gracias, por tu exposición y reflexión, es sin duda todo un dechado de sentido común.De lo mejor que he leído en este foro.Y no sòlo porque pienso igual sino por la lucidez y claridad con que lo detallas.
Porque (y esto no es contrario a la presunción de inocencia) dada la especialidad de estas causas, desde el momento en que se hace algo sorprendente, chocante, que tiene mala pinta jurídica y la querella es admitida, opera una verdadera presunción de culpabilidad. La presunción de culpabilidad opera desde el momento en que la apariencia está en contra del reo. Es así, al menos en estas causas, donde insisto, la prueba son los autos.
Entonces la instrucción va encaminada, a ver si se desvanece esa apariencia en contra del reo, mediante un giro sorprendente.
Si no hay nada que desvanezca esa apariencia en contra del reo, entonces debe ser condenado. Así son las cosas. La presunción de inocencia es plena cuando no hay apariencia de delito, cuando la hay no se destruye, pero queda muy en entredicho.
Por eso pido encarecidamente a los que comentan el tema, a los que quieren aprender, y a los que van a ejercer, a los que van a opositar, etc. que hagan lo que hagan, se lo tomen muy en serio. En general, éste es un consejo que vale también para quien no quiera de momento hacer nada con el derecho. Hay un proverbio que dice: "cuando estés sentado, estate sentado, cuando estés de pie, estate de pie, hagas lo que hagas, no vaciles." Pues yo sustituiría: "no vaciles" por "tomátelo en serio."
Estamos en la edad de bronce, para todo. Hay una importante crisis también en el ámbito jurídico. Eso se refleja en la jurisprudencia. Cosas que se permitían en la edad de la inocencia, ahora ya no se pasan tan fácilmente. Hay una conciencia creciente de que hay que salir de la crisis. Y eso no exige otra cosa que meritocracia, uniformidad, unificación de doctrina, seguridad jurídica, eficiencia, economía procesal, etc. La jurisprudencia no será fuente del derecho, el art. 3 CC dirá lo que diga, pero cuidado con llevarle la contraria al Supremo o con decir que todo el monte es orégano. Cuidado con decir que la civilización o la sociedad es la suma de millones de amigos. No: es la leal colaboración de millones de familias, de millones de profesionales, coordinados por unas reglas del juego que tienen que estar claras, para cuando haya conflictos. (Un punto de encuentro para cuando nos perdamos). Lo de los millones de amigos está muy bien para una canción de Roberto Carlos, pero la vida es más prosaica. De igual modo, el derecho no puede, no debe ser la suma de todos las millones de genialidades.
Excelente exposición en todos los aspectos.Deberías escribir en prensa o revistas jurídicas, se ve que tienes la cabeza muy bien amueblada.Gracias, por tu exposición y reflexión, es sin duda todo un dechado de sentido común.De lo mejor que he leído en este foro.Y no sòlo porque pienso igual sino por la lucidez y claridad con que lo detallas.Totalmente de acuerdo con el compañero, gracias Simple22 por tus exposiciones, da gusto leer a personas como tú en éste foro. Gracias por compartir tus conocimientos porque me dan más ganas de estudiar.
Y sigo diciéndo lo mismo. Mi MÁXIMA REPULSA a quienes han brindado con ETA por la caída de Garzón...
Dicha Directiva fue transpuesta, con retraso, por la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (BOE del 29).
Sigo opinando lo mismo. La normativa europea, hoy por hoy, establece cierto paralelismo en cuanto a las formas de luchar tanto contra el terrorismo como contra el blanqueo de capitales. Un abogado, si colabora con su cliente a fin de crear sociedades ficticias, movimientos de fondos a paraísos fiscales, etc., deja de ser abogado para convertirse en autor o cómplice de la comisión de delitos tipificados.
El delito de prevaricación incluye dentro de su tipo penal que se dicte una resolución a sabiendas de que es injusta. Ser injusto es distinto de ser ilícito. Ser injusto significa que los derechos de algunas personas han sido mermados ilícitamente. Si se declaran que unas escuchas eran contrarias a Derecho, se restablece la justicia simplemente anulándolas.
"para evitar que los imputados pudieran ver mermado su derecho de defensa y su derecho a no declarar contra sí mismos, no se podrá instalar los aparatos de escucha en el lugar donde aquéllos tengan acceso a la entrevista reservada con su letrado dado que el imputado puede revelar a su letrado los secretos que quedan bajo la reserva del secreto profesional", acordando en la parte dispositiva que no podrán utilizarse los sistema de captación en el habitáculo reservado para que los imputados mantengan la entrevista reservado con su letrado, que permanecerá separado de las celdas en que se instalarán las escuchas y que la colocación de los micrófonos se realizará por los técnicos de la policía judicial "en presencia del Secretario Judicial que levantará acta en relación a la citada colocación y, en su caso, de la separación debida entre las celdas y el lugar donde los detenidos se entrevisten con su letrado". Como tal acuerdo del Instructor no cabe considerarlo arbitrario en cuanto a la proporcionalidad de la medida, sus cautelas y garantías, para preservar los derechos de los detenidos, art. 520 LECrim, hay que estimar tal prueba legitima e infundada la queja del recurrente.
También celebro efusivamente la condena de Garzón, viva el Estado de Derecho. De momento la justicia acierta en sus fallos al menos contra este endiosado exjuez.
Vaya. Un día trágico para los que brindan con los asesinos de ETA la condena a Garzón...
Qué se la va a hacer. Una de cal, y otra de arena... :-[
Drop y JOAQUIMG, al final van a tener razón y justo es reconocerlo. La Sentencia: mucho lirili y poco lerele..., es decir,
que en la motivación, más allá del enseñamiento dialéctico gratuito e innecesario del órgano decisor, en lo que hace a técnica jurídica, no vale un pimiento :)
Ni atiende debidamente a la literalidad del tipo (principio de tipicidad) en lo que hace a elementos objetivos ni subjetivos del tipo, ni considera debidamnete declaraciones sumariales...sólo las perjudiciales, pero no las favorables.
Se debeía haber absuelto por falta de tipicidad y princpio in dubio pro reo.
Un saludo,
En las páginas 6-10 de la sentencia se reproduce el auto por el que se ordenan las escuchas ilegales.
Puede verse que el auto carece absolutamente de toda fundamentación y de toda motivación jurídica.
Siendo esto así, no concurre ninguna causa de exclusión de la antijuridicidad y es por esta razón por la que la condena está absolutamente justificada.
Garzón NO concretó indicios, por eso está muy bien condenado. Es como si a ti te escuchan en tu conversación con tu cliente, careciendo de todo indicio contra ti y en un caso distinto al de terrorismo. ¿Acaso no te querellarías contra ese juez?
Pues eso fue lo que hizo Peláez. Dijo: "que a mí me han espiado mis conversaciones y me han quebrantado el derecho de defensa, sin tener el menor indicio contra mí. Que este señor, dada su condición de juez tenía que saber y sabía perfectamente que en esas condiciones NO podía escucharme."
En cuanto a las testificales, repito: tratándose de prevaricación NO son necesarias, porque la prueba es el auto que se reproduce en las pp. 6-10 y ese auto carece de toda fundamentación jurídica.
Garzón no duda de que Peláez no tenía nada que ver en todo esto. Y pese a todo, le escuchó.
Y además, las conversaciones interceptadas en casos de terrorismo sí tienen cobertura legal, aunque incluso en estos casos debe concretrarse indicios.
......
Me aterra ver cuánto delincuente en potencia hay. Porque los pasos que hay que dar para ser un juez delincuente son los siguientes:
1. Aprobar unas oposiciones.
2. Una vez aprobadas, dejar de estudiar y desaprender absolutamente las leyes y la jurisprudencia.
3. En la duda, hacer una interpretación “romántica” de las leyes, de acuerdo con su “concepto redentor” e ideologizado de la Justicia, haciendo decir a la ley lo que no dice. Sustituyendo con sus versos sueltos, la prosaica jurisprudencia.
Tenemos un problema todavía mayor: el absoluto libertinaje de los jueces en su peculiar entendimiento de las leyes. Si encima resulta que los delincuentes estudian más y mejor que nosotros, doble deshonra. Hay que estudiar más. Mucho más, muchísimo más, infinitamente más.
La resolución era claramente ilegal, ab initio.
Esta sola frase inicial de todo el post que emites viene a demostrar de que no sólo no me has leído, sino que ni intención tienes de leer lo que yo decía, como tampoco tienes intención de LEER LO QUE DICE EL TIPO PENAL DE PREVARICACIÓN, y analizar DESDE LO TÉCNICO JURÍDICO lo que la prevaricación supone (no lo que nos creamos que es o lo que nos interesaría que la prevaricación fuese).
Ilegal se susbsana con la nulidad de todo lo actuado....pero es que el tipo delictivo de la prevaricación no habla de ilegalidad, sino de injusticia, que es cosa distinta.
Por otro lado, la supuesta ILEGALIDAD es interpretable puesto que otros jueces han tomado esas medidas o continuado con ellas, y peores medidas que esa. Si es interpretable una cuestión como la legalidad de una medida, como para hablar del tipo de prevaricación, que de lo que habla es de injusticia.
Pues nada, cada vez que haya una prueba que se considere ilegal a condenar por prevaricación a quien la ordenó. Ya aventuro que entre funcionarios y jueces no va a haber sitio en las cárceles para meterlos a todos.
Debemos condenar y condenamos.
1. Banco que paga a un juez.
2. Juez que beneficia a un banco.
Te lo pregunto de otra manera ¿condenamos a un juez poderoso para que el resto vaya tomando nota? .
Esta sola frase inicial de todo el post que emites viene a demostrar de que no sólo no me has leído, sino que ni intención tienes de leer lo que yo decía, como tampoco tienes intención de LEER LO QUE DICE EL TIPO PENAL DE PREVARICACIÓN, y analizar DESDE LO TÉCNICO JURÍDICO lo que la prevaricación supone (no lo que nos creamos que es o lo que nos interesaría que la prevaricación fuese).
Fecha previsible de la segunda sentencia, calculando el tiempo que tardó desde el “visto para sentencia” de las escuchas ilegales: jueves 1 de marzo de 2012. Y si hay discusiones y cambia el ponente o algo así, entonces la sentencia será el 8 o el 15.
En cuanto al previsible indulto, NO me opongo, SIEMPRE QUE sea con la condición de NO VOLVER a la Audiencia Nacional.
Los partidarios del totalitarismo y de las dictaduras bananeras, siempre estarán en contra de toda limitación del poder, cuya manifestación más significativa es obviamente, el derecho penal.
Las escuchas son legales, sí, claro, porque tú lo digas, será..y por otro lado, vaya con la repetitiva tontería de brindar con etarras la condena de Garzón, esa frasecita de dónde te la has sacado de El Plural?. Es que, no tiene mucho sentido, ni viene a cuento..saludos.
Pero es que el querellante Peláez, ni otros muchos a los que escuchó Garzón estaban en la trama.
Y en todo caso, la actuación de Garzón fue desde el principio un abuso de poder escandaloso, acompañado de cosas como la famosa cacería. De manera que el haber puesto coto a unas prácticas que estaban causando un grave problema de seguridad jurídica e indefensión, pues es algo que está bien. Porque el poder, repito, tiene que tener unos límites y el de Garzón ha sido limitado como se debía: con una condena.
http://www.youtube.com/watch?v=qxiVbS9QiZw
Va por ustedes...
El Plural huele a que ha sido condenado por difamación, así que…
OLÉ OLÉ OLÉ OLÉ.dEBO DECIrte que en el fondo tienes toda la razon y que era el momento de parar los pies a un juez que queria trabajar por encima del ordenamiento juridico al cual estamos sometido todos-as los cuidadanos.
Ya no es juez, ya no es juez.
Chin chin...
7-0.
Creo sin embargo que la pena es demasiado leve.
Y encima, con tanta celebracíón me han estropeado la siesta.
la responsabilidad penal no desapàrece con el obito del reo o del posible reo?