Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: Franpri en 16 de Abril de 2012, 19:40:48 pm
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Hola compañeros, pues la cuestión gira en torno a un contrato de alquiler, donde los arrendatarios son tres chavales, los cuales firman el contrato que finaliza el día 1 de Julio. El contrato es una plantilla normal sin ningún tipo de claúsulas especiales.
La arrendadora no entrega nunca recibo de pago.
Por desavenencias entre los arrendatarios, uno de ellos decide dejar el piso pagando el dinero hasta el dia 30 del último mes que habita dicho piso.
Preguntas:
Puede la arrendadora iniciar algún tipo de reclamación contra el arrendatario que se ha marchado de forma repentina?
¿Pueden los otros arrendatarios iniciar algún tipo de reclamación judicial contra el arrendatario que se ha ido?
NOTA: entre el final del contrato y la salida del arrendatario hay tres meses.
Gracias.
Saludos.
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Madre mía, que interesante. Me apunto por aprender. Yo creo que si pones la plantilla anónima te podrán ayudar mejor. ¿ Cuánto pagan de alquiler cada uno ? Lo digo porque a quien te responde le puede ayudar sobre tipos de procesos.
Suerte.
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El alquiler tiene un precio estipulado de 650 euros al mes, y en el contrato se estimó como fianza un mes de alquiler.
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¿Y quién firmó como la parte arrendataria - los tres chavales o sólo uno?
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Hola:
El contrato que se firmó cómo se hizo, ¿por habitaciones, por el piso completo?, como bien preguntó la compañera, ¿quien firma como arrendatario/s?.
Por otra parte, no sé como se puede dar dinero y no poco, 650 euros mensuales y no tener un recibo justificante de su entrega, después vendrán los problemas...
Saludos,
jbr
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Sin el contrato es difícil ver si existe solidaridad entre los arrendatarios, quien pagaba las mensualidades los tres cada uno su parte al arrendatario o uno en nombre de todos ?, en fin se necesita las estipulaciones contractuales
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Buenas, yo entiendo que,
1º/Hay un caracter solidario entre los tres inquilinos, "si todos han firmado el contrato".
2º/El arrendador puede exigir la cuota integra a los dos arrendatarios que se quedan con el piso.
3º/ Que los dos arrendatarios "que se quedan en el piso" tienen un derecho de repetición ante el arrendatario que abandona el piso, por los daño que este les pueda ocasionar.
Un abrazo.
Juan.
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El contrato lo firma cada uno de los arrendatarios, tampoco se dice en el contrato si tiene carácter solidario o parciario,se firma por el piso completo.
Ver Arts. 1137, 1138 y 1124 Cc y art 17.4 LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos).
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Depende del contrato, ahora se suele hacer contratos por habitaciones, cada uno paga su parte, si alguien se va es el arrendador el que sufre las consecuencias y debería de buscar un tercer inquilino, pero para eso hay que tener contratos individuales, es lo que se lleva en pisos de estudiantes