Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: rocioderecho en 15 de Mayo de 2012, 18:19:06 pm
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tengo una duda sobre efecto devolutivo y no, cuando no es devolutivo, es ante el mismo tribunal que dicta la providencia o auto, estoy en lo cierto ??
y seria horizontal o vertical.,gracias.
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Si resuelve órgano diferente al que dictó la resolución impugnada -> Devolutivo/vertical (Pej. apelación, casación...)
" " el mismo órgano " " " " " -> No devolutivo/horizontal (Pej. reposición)
Precisamente tratamos éste tema en las tutorías porque la pág. 557 del manual tiene una errata.
Saludos y suerte la semana que viene
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Si resuelve órgano diferente al que dictó la resolución impugnada -> Devolutivo/vertical (Pej. apelación, casación...)
" " el mismo órgano " " " " " -> No devolutivo/horizontal (Pej. reposición)
Precisamente tratamos éste tema en las tutorías porque la pág. 557 del manual tiene una errata.
Saludos y suerte la semana que viene
Esa referencia que haces a la página 557 (me imagino que al recurso de reposición), se planteó en la página oficial de la asignatura y el ED NI APARECIÓ.
En fin, ¡maravilloso el ED de Procesal I!
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gracias por contestar , por estar siempre compañeros, mucha suerte para el examen.
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Rocio pásame tu mail
francisco.navea@hotmail.com
FRANCISCO MANUEL NAVEA LEÓN
UNED JAÉN
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Rocio, te he enviado por mail, unos esquemillas al respecto
¿qué te parecen, los entiendes?.
Saludos. Francisco NAVEA LEÓN
UNED JAÉN
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otra duda: ¿en la solicitud de rescición de sentencia firme se explica todo o se hace una suscinta? No he visto ningún formulario, gracias.
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Por rescisión te refieres a revisión?
Si es así hay colgado un formulario en el curso virtual (en el foro de alumnos, creo)
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a rescición de sentencia firme a instancia del demandado rebelde Artículo 501 LEC, para pedir jucio rescisorio. En el libro de ejercicios es el caso de Zaragoza que se fué a Alemania a trabajar y fue condenado y se enteró al volver, ahora no tengo el número del caso... Yo creo que hay que hacer una demanda completa.
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Así es. Es igual que una demanda, lo único que en los hechos tienes que explicar las circunstancias por las que no se ha tenido conocimiento de la demanda y del proceso. Luego, los fundamentos de derecho igual que cualquier demanda (J, competencia, proced, capacidad, legitimacion, fundamentos legales y costas), explicando el motivo de la no comparecencia
Si me dejas un mail te mando un modelo escaneado
Un saludo
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muchas gracias, son las dudas de último momento, pero he visto que ese ejercicio ya tocó en años anteriores, así que no repetiran supongo, mermer@mixmail.com, gracias.