Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: gup en 24 de Mayo de 2012, 22:13:26 pm
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Q pasa? No se ha presentado nadie? Hay poco movimiento por el foro... Preguntas:
1) Concepto y caracteres del recurso de casación
2) Enervación y condonación de la renta arrendaticia
CASO PRÁCTICO Nº 127 del manual: Sobre el recurso de reposición y había que redactar un escrito de impugnación al recurso de reposición
Un saludo
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Hola,
Yo acabo de llegar del exámen y lo he visto bien. El caso práctico se solucionaba sólo con los artículos 453 y 453, verdad??
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Que has contestado en el caso?
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me preocupaba contestar literalmente lo q viene en la ley pero lo he hecho
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que habeis contestado a las preguntas del caso practico? eran afirmativas las tres ,al menos yo creo que si
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Pues brevemente:
a. el plazo es común para todas las partes personadas, 5 días;
b. haya o no escritos de impugnación el tribunal no está vinculado por ellos y tiene que resolver sin más trámites, plazo 5 días;
c. el auto de un tribunal resolviendo un recurso de reposición no es en ningún caso recurrible. Sólo cabe, si procede y así se desea, repetir la petición de que se trate al recurrir la resolución que en definitiva se dicte. Tampoco es posible recurso de queja.
Suerte!! ;)
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Creo que había que presentar unrecurso de apelación. No existe disponibilidad del objeto procesal. Se trara de un menor y no se insta al Ministerio Fiscal.
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Claro contra el auto
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Pues brevemente:
a. el plazo es común para todas las partes personadas, 5 días;
b. haya o no escritos de impugnación el tribunal no está vinculado por ellos y tiene que resolver sin más trámites, plazo 5 días;
c. el auto de un tribunal resolviendo un recurso de reposición no es en ningún caso recurrible. Sólo cabe, si procede y así se desea, repetir la petición de que se trate al recurrir la resolución que en definitiva se dicte. Tampoco es posible recurso de queja.
Suerte!! ;)
Coincido plenamente con tus respuestas
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No es posible apelación, la LEC dice claramente que la resolución de un recurso de reposición no es recurrible.
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La pregunta C:
"Dictado el Auto por el que se acuerda la suspensión del régimen de visitas de la menor Inmaculada Sánchez Pérez, ¿qué medios de defensa asisten a D. Andrés Sánchez Calvo?, ¿puede recurrir dicha resolución judicial?".
Contra un auto, sí se puede interponer apelación. ¿Dice en algún sitio que se ha resuelto la reposición?, Yo puedo apelar contra la admisión de dicho recurso de reposción, por obviar la presencia del Ministerio Fiscal. Es que no es le medio procesal oportuno para dictar tales medidas el recurso de reposición, sino un procedimiento especial .
Claro que la reposción no se puede recurrir, pero lo que no hay que llegar es a la apelación
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No procede recurso de revisión puesto que no es un acto de secretario, y no se puede recurrir la resolución del recurso de reposición por indicarlo concretamente la ley (art454), opino que no tiene medio de defensa, a menos que no apele directamente la sentencia.
O interponga una nueva demanda........ no sé... jolines.
Si en el auto se acuerda la suspensión del régimen de vistas de la menor, pues tendrá que cumplirlo en tanto en cuanto no haya una nueva sentencia....
no?