Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: SaraFuertes en 26 de Mayo de 2012, 18:47:04 pm
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Me presento a Administrativo IV y no entiendo la diferencia ente Parcela y Finca.
Segun la Ley del suelo de 2007 :
- Finca es la unidad de suelo o de edificación atribuida exclusiva y excluyentemente a un propietario o varios en proindiviso, que puede situarse en la rasante, en el vuelo o en el subsuelo. Cuando, conforme a la legislación hipotecaria, pueda abrir folio en el Registro de la Propiedad, tiene la consideración de finca registral.
- Parcela es la unidad de suelo, tanto en la rasante como en el vuelo o el subsuelo, que tenga atribuida edificabilidad y uso o sólo uso urbanístico independiente.
Me ayudais?
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Yo todavía no he cursado la asignatura, pero me parece que la diferencia está en que la parcela se puede edificar o urbanizar mientras que la finca no, de ahí vendría el término de finca rústica, en el sentido de que su uso es fundamentalmente agrícola, no urbanizable, y no se hable nunca de "parcelas rústicas".
De todas formas, para estas dudas están los cursos virtuales, ¿no?.
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Parcela es una "unidad urbanística" que tiene atribuida edificabilidad y uso urbanistico independiente.
Finca, por el contrario, es una "unidad jurídica' de suelo, q pertenece aun solo propietario, o varios en proindiviso, ademas, si puede abrir folio en el registro, será "finca registral".
En una parcela, puede haber una o varias fincas.
Espero haberte ayudado. Y suerte!!
Yo también me presento y es infumable!!!!
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pues si es una asignatura horrorosa! No se por donde pillarla XD