Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: Esgrimidor en 04 de Junio de 2012, 20:07:18 pm
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¿ Si una persona física privada firma una orden de encargo con un profesional privado, y luego se dirige al profesional - y en relación a la orden de encargo - un tercero, qué tipo de poder o autorización mínima/máxima se le puede pedir para tener en cuenta su intervención ?. ¿ Y en base a qué normas o leyes, con su artículo. ?
Gracias
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Depende del tipo de encargo, si es hacia las administraciones publicas o no. Por ejemplo para actuaciones ante Hacienda u otras administraciones muchas veces es suficiente una autorización, pero si es para firmar documentos notariales se necesitará un poder firmado ante notario.
Es imposible darte una respuesta exacta si no das mas detalles
saludos
Ana
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Es un encargo a un perito de una peritación.
El cliente inicial parece haberse esfumado y ahora quien da las indicaciones es un tercero. Qué tipo de poder precisa el tercero.
Está claro que un posible final de la peritación es en el juzgado. Pero la orden de encargo es entre un particular y un profesional perito.
Y el tercero es un particular.
Vamos que el profesional quiere saber qué tipo de papel tiene que pedirle al tercero.
Gracias