Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: makinaimon en 14 de Junio de 2012, 17:40:14 pm
-
Creo que no estaba abierto este post (o no lo he encontrado).
¿Igual es que soy el único que la tiene para septiembre?
Te recordamos que en hilos post no se piden ni se ofrecen apuntes, para eso está el foro adecuado de Libros apuntes necesito ofrezco y para subir apuntes está el subforo de Zona de descarga de apuntes temporales.
Cualquier post fuera de su lugar será eliminado.
-
Nada de eso, no estás sola.... >:(
-
Yo también la tengo para septiembre, pero como ni me la he mirado, la estoy cogiendo con ganas.
-
Yo la empiezo este verano. A ver qué tal.
Por qué apuntes la vais a preparar?
-
Yo la empiezo este verano. A ver qué tal.
Por qué apuntes la vais a preparar?
Por el libro de Parada: va a ser un verano apasionante ;D
-
Yo también por el libro, lo que no veo claro es llegar al final pues es muy extensa y hay que saberse bien todo el temario. :'(
-
Me recomienda alguien algún resumen para esta asignatura?
-
Me recomienda alguien algún resumen para esta asignatura?
Yo estoy haciendo uno de los apuntes de 200 páginas que hay por ahí. No obstante vá a ser muy resumido ya que tengo que prepararme muchas para septiembre (sobre 7 ya veremos). Si no encontramos nada mejor luego lo paso.
-
Yo también estoy con los de 200 y pico páginas, aunque también tengo otros de unas 100. En cualquier caso, se me hace muy pesada la materia...
-
Yo también por el libro, lo que no veo claro es llegar al final pues es muy extensa y hay que saberse bien todo el temario. :'(
Pues yo pienso que se puede quitar mucha paja. Y en cuestión de procedimiento administrativo yo me voy a ceñir a la ley (pura y dura) y poco más: alguna diatriba de Parada pero poca. Porque a este señor (sientiéndolo mucho) no le entiendo su lenguaje decimonónico. Hay párrafos en los cuales no sé si afirma, niega o se toma una Heineken bien fresquita.
Así que...¡¡¡¡ante la duda: la ley!!!. Porque además, el espacio del examen es tasado ¿no?. A ver si va a ser que tampoco en esto consigo entenderle. ::)
-
En efecto, es tasado, tanta paja para quince o veinte lineas........ el problema es buscar la esencia de lo importante. :o
-
En efecto, es tasado, tanta paja para quince o veinte lineas........ el problema es buscar la esencia de lo importante. :o
Pues a eso me refiero cuando hablo de "paja". Te pongo un ejemplo: si te preguntan la motivación de los actos administrativos ¿acaso estaría mal contestado si sueltas el artículo concreto de la PAC, (que no recuerdo bien si es el 54 pero por ahí anda....)?. De momento sólo he mirado los temas de procedimiento, así que no puedo decir si en los siguientes habrá de hacer criba de "diatribas paradiles" ::). En todo caso, y en algunos supuestos en que da un repaso a las teorías de la doctrina francesa, italiana, ucraniana, tardomedieval...etc. deberíamos quedarnos con la opinión de nuestronunca bien ponderado profesor y eso sí que cabe en el folio del espacio tasado. Y de paso, le alimentamos el ego. Que tambien tiene su corazoncito el buen profesor. ::)
-
¿Sabéis si existen videoclases de esta asignatura y cómo acceder a ellas? Gracias.
Un saludo.
-
Mi consejo es que le quitéis la paja y vayáis a lo concreto porque así es el examen, y muy importante que os leáis los casos prácticos de otros años
-
Mi consejo es que le quitéis la paja y vayáis a lo concreto porque así es el examen, y muy importante que os leáis los casos prácticos de otros años
Gracias. ¿Alguien tiene recopilados esos casos prácticos?
-
Up.
-
Con administrativo II hay que tener mucho cuidado, lo que para ti puede ser paja para ellos puede caer, hay cada preguntita
-
hola compañeros,
no me presente en febrero, sabeis que se puede llevar al examen? guia, es que hay una que es super completa con preguntas incluso y me extraña se pueda llevar.
o te dejan la guia del libro? he mirado un poco y no veo donde lo pongan.
Gracias.
-
hola compañeros,
no me presente en febrero, sabeis que se puede llevar al examen? guia, es que hay una que es super completa con preguntas incluso y me extraña se pueda llevar.
o te dejan la guia del libro? he mirado un poco y no veo donde lo pongan.
Gracias.
Como llevar te puedes llevar lo que quieras ;D, pero para el examen ni el programa puedes tener encima de la mesa... :-\
-
Hola,
Alguien me podría indicar dónde están los apuntes de admin II de Iota? No los encuentro por más que busco....o alguien me los podría mandar a mi email: joana_ro@hotmail.com
Os lo agradecería mucho
Gracias
saludos
-
Esta asignatura es imposible.... digo yo que un poco más fácil nos la tendrán que poner ya para no tener que ir a Grado....
-
ME PODÉIS PASAR CASOS?? LOS CASOS SON REPETIDOS CON EXÁMENES DE OTROS AÑOS??GRACIAS.
-
Los que hay que estudiarse son unos de 234 pg creados en 2010 no?? yo tengo esos con un par de actualizaciones, no hay otros más novedosos después verdad?? el caso es que tengo un resumen de 2008 que lo estoy comparando con los de 234 tienen menos paja y están muy bien y al parecer no ha cambiado la cosa esos tienen 99 pg ,de todas formas sigo mirando por si veo diferencias que los de 234, si alguien los quiere se los paso, lo único que me digáis si hay otros más novedosos que los de 234 del año 2010 para compararlos con los nuevos en vez de con esos. Gracias
-
Alguien puede poner a que parte del temario hacer referencia concretamente las preguntas de los examenes de la primera y segunda semana?
Entre admi I y II estoy perdiendo la cabeza...
-
Por favor que alguien me pase casos, tengo muy pocos!!! Por cierto, es necesario poner los artículos en el caso práctico, es que si no hay q saberse toda la ley...
-
Hooola compañeros!!! Cómo lo lleváis?!?!?!
Tengo una dudilla....(bueno..."una"), a ver si alguien me puede ayudar.
Es sobre el silencio administrativo. Cuando el procedimiento es iniciado a solicitud el interesado, si la administración no resuelve en el plazo establecido, se entiende ESTIMADO por silencio administrativo, Vaaaale, hasta ahí bien!!! Mi duda es sobre una de las excepciones en la que se considera desestimado. Dice que se entenderá desestimado en aquellos procedimientos en los que se ejerce un derecho de petición....Alguien me puede decir ejemplos de este caso?!?!? Es que yo entiendo que todo lo que puedas pedir a la Administración es un derecho de petición...así que...Un ejemplito de cuando se ejerce el derecho y cuando no!!
GRAAAAAAAACIAS DE ANTEMANO!!!! ;)
-
Hooola compañeros!!! Cómo lo lleváis?!?!?!
Tengo una dudilla....(bueno..."una"), a ver si alguien me puede ayudar.
Es sobre el silencio administrativo. Cuando el procedimiento es iniciado a solicitud el interesado, si la administración no resuelve en el plazo establecido, se entiende ESTIMADO por silencio administrativo, Vaaaale, hasta ahí bien!!! Mi duda es sobre una de las excepciones en la que se considera desestimado. Dice que se entenderá desestimado en aquellos procedimientos en los que se ejerce un derecho de petición....Alguien me puede decir ejemplos de este caso?!?!? Es que yo entiendo que todo lo que puedas pedir a la Administración es un derecho de petición...así que...Un ejemplito de cuando se ejerce el derecho y cuando no!!
GRAAAAAAAACIAS DE ANTEMANO!!!! ;)
Imagina, por ejemplo, que eres funcionario y consideras que estás en un nivel más bajo del que te corresponde. Solicitas por un acto advo. la correspondiente subida de nivel. No te contestan y tu solicitud se entiende denegada por silencio administrativo.
Espero que te sirva.
-
Pero a quien se le a ocurrido poner este manual como obligatorio!! ?? Alguien sabe lo que quiere decir: " La justicia Administrativa sucumbe en aras del mítico principio de la unidad de fueros que enarboló la gloriosa revolución del 1868" ??es la pregunta 2 del tema 11 y la verdad que según esto, no se que pasó con la justicia administrativa en esta revolución, si se llevaba a cabo por jueces y funcionarios...
-
Pero a quien se le a ocurrido poner este manual como obligatorio!! ?? Alguien sabe lo que quiere decir: " La justicia Administrativa sucumbe en aras del mítico principio de la unidad de fueros que enarboló la gloriosa revolución del 1868" ??es la pregunta 2 del tema 11 y la verdad que según esto, no se que pasó con la justicia administrativa en esta revolución, si se llevaba a cabo por jueces y funcionarios...
Yo de eso no me estoy mirando nada, sólo leo a partir de "en la actualidad" o según la Ley 30/92 o 4/99 en su defecto. Si tienes que memorizar el administrativo de hace 100 años, apañados vamos.
-
Suerte a todos para mañana ::)
-
Suerte a todos para mañana ::)
mañana??
Es el viernes a las 18:30 no?
-
Es la primera vez que me presento a esta asignatura. Se repiten en las preguntas? Ponen cosas nuevas?
-
creo que suelen repetir poco.
¿alquien tiene una recopilacion de pregunta de otros años?
muchas gracias
-
Buenas, soy nuevo en el foro, he estado mirando apuntes tanto de derecho administrativo I como de la II, y me surgen dudas acerca de que libro de Parada corresponde a cada una.
Segun los programas que me he bajado, la cosa seria asi;
Derecho Administrativo I le corresponderia el libro 'Derecho Administrativo II' de Parada
Derecho Administrativo II le corresponderia el libro 'Derecho Administrativo I' tambien de Parada.
Es asi o estan equivocados los programas que me he bajado?
Porque me he bajado tambien apuntes de Der. Administrativo I y corresponden al tomo I y ya no se que pensar.
Gracias
-
mañana??
Es el viernes a las 18:30 no?
No creo, yo lo hice ayer ^^ y los horarios son los mismos para todos que yo sepa
-
mañana??
Es el viernes a las 18:30 no?
Si, los de Grado es mañana viernes 18.30...no te preocupes q no se te ha ido la fecha...;)
-
Si, los de Grado es mañana viernes 18.30...no te preocupes q no se te ha ido la fecha...;)
Jo der macho! Que susto ya estaba llamando a mi jefe para decirle lo retrasado que estoy... Muchas gracias por la pronta respuesta. Voy a seguir dándole a ver si hay suerte y nos ponen un examen aceptablemente fácil para compensar el desastre de penal I.
Gracias otra vez.
-
No se si he entendido bien, pero en la nulidad de pleno derecho, en los actos dictados con falta total y absoluta de procedimiento, dice que:
"La nulidad de pleno derecho comprende asimismo los defectos más graves en la forma de manifestación del acto advo, como la constancia escrita y firma del titular de la competencia que dicta la resolución o del inferior que recibe la orden. A este vicio de forma, calificándolo indebidamente de anulabilidad, se refiere el art. 63.2 LRJ cuando alude a los actos en los que faltan los requisitos indispensables para alcanzar el fin..."
Entonces cuando el competente para resolver no firma el acto o la del inferior que recibe la orden, ¿es un acto nulo o anulable? Según entiendo yo en el texto, son las dos cosas. ???
-
¿Todo eso del tema 7 sobre el modelo economico europeo de servicios con lo de electricidad, gas, telecomunicaciones lo habeis estudiado? No se si saltarmelo o que( de hecho me lo he saltado , pero me han entrado dudas sobre si lo han puesto alguna vez ???)
-
Imagina, por ejemplo, que eres funcionario y consideras que estás en un nivel más bajo del que te corresponde. Solicitas por un acto advo. la correspondiente subida de nivel. No te contestan y tu solicitud se entiende denegada por silencio administrativo.
Espero que te sirva.
Aunque la "garantista" Ley 30, que supuestamente iba a ser para el administrado, el silencio invierte la regla general "del positivo al negativo" con el derecho de petición; casi todos los procedimientos iniciados "mediante instancia del interesado (administrado)" si no resuelve en plazo, se ha de entender desestimados por silencio administrativo; es un número muy cerrado en el que se contempla el silencio positivo o estimatorio de lo solicitado, porque por regla general, el que presenta una "solicitud por la que se va a iniciar un procedimiento" es para "pedir" algo a la administración, así que.....
-
Examen de esta tarde,
1. Tasas, Precios Publicos y Tarifas.
2. Procedimiento de la subvención.
3.-Terminación del procedimiento Contencioso-Administrativo por allanamiento, desistimiento y conciliación judicial.
4- Permiso de armas. Tipo de acto administrativo. Tipo de actuación administrativa. Razonar la respuesta.
5- Un caso de una autorización administrativa de un hotel con una previa "declaración responsable", que le autoriza a abrir, sin prejuicio de la posterior inspección administrativa. ¿quien es el responsable de las deficiencias que pudieran existir? ¿que tipo de acto administrativo es? ¿Diferencias con el procedimiento de apertura anterior?
-
Compañeros estoy de bajon, no me ha salido mal, sino fatal, he confundido terminos, objetivo de las preguntas.... Un saludo :'(
-
Qué habéis respondido a la última pregunta, la del hotel?
La verdad es que ha sido un examen enrevesado, esperemos indulgencia a la hora de corregir.
Saludos!
-
yo puse que es una actividad de servicio publico, arrrrrr, mal es de limitacion de policia tipo de clase grado menor, deberes y obligaciones que deben tener los administrados con respecto al disfrute de un servicioo publico, siento no poderte ayudar mas.
-
No...! Perfecto, muchas gracias por tu respuesta...!
Es lo que yo he contestado, pero no acababa de estar seguro. Gracias de nuevo!
-
yo puse que es una actividad de servicio publico, arrrrrr, mal es de limitacion de policia tipo de clase grado menor, deberes y obligaciones que deben tener los administrados con respecto al disfrute de un servicioo publico, siento no poderte ayudar mas.
Pero si es un hotel de un particular, como va a ser de disfrute de un servicio publico. ¿No?
-
El compañero se ha expresado mal... No es disfrute de un servicio pùblico, sino la obligación de soportar ciertas inspecciones administrativas. Luego sí, como él dice, sería una actividad de limitación en el grado menor de intervención.
O eso creo!
-
Muchas gracias jaraiz, el tema es el que habia comentado anteriormente, puse servicio publico por que un mal día lo tiene cualquiera, pero en realidad es limitador de policia por las razones que he argumentado anteriormente. En febrero del año que viene espero hacerlo mejor, ya que no fue el unico error que tuve. tanto este como el de la licencia de armas, que es lo que daba un no se que qeu pusieran dos limitadores de policia, este segundo en 2º grado. Pero bueno de los errores y meteduras de pata gordos se aprende. En lo referente a la pregunta del procedimiento para el otorgamiento de subvenciones, ufff, que tal por ahi?
-
Creo que por lo demás bien... La autorización que supone la licencia de armas, subvención, todo bien salvo las tasas, precios públicos y tarifas. Esa pregunta muy floja... Pero las demás bastante completas, espero no tener sorpresas!
Ánimo, que en febrero caerá seguro!
-
LO del hotel una licencia de apertura , pura y dura, antes habia que cumplir un montón de rquisito ahora basta con una declaración, esto es lo que hay que saber de aqdministrativo la realidad de las cosas no tanto término absurdo. El empresrio abre y es responsable después debe cumplir, por que la administración ,no emite licencia hasta que no tenga todos los requisitos. Comisión de actividades molestas, nocivas.....(dictamen), certificado de seguridad, certificado sanitario....Otro trma , no es la Comunidad auónoma la que emite licencia sino el Ente Local
-
El examen , como todos de septiembre , bien jodido, invadiendo parcelas de Financiero y Tributario: "tasa, precio público...
-
¿Y las notas para cuando creéis?
-
suelen tardar en este departamento?
-
Bueno, pues ya han salido.... un 7 me han puesto.
Y yo pensaba que me habia salido mal.
Menuda alegria para el cuerpo.
-
yo tambien 7... sali contenta del examen... pero tanto tardar ya estaba pensando que suspendia.... genial
-
en Pamplona ha salido, yo tengo un 5. Suerte a todos.
-
Parece que se han hinchado a poner sietes...a mi tambien me ha tocado uno ;D ;D ;D
-
Yo un 5 pero me basta y me sobra vamos jajajaja ¡feliz es poco!
-
Enhorabuena a los aprobados....
Por cierto, ´¿podrías decidnos por los apuntes que habéis estudiado?
Gracias
-
He sacado un 7, estudie por los apuntes de Iota, pero resumiendolos un montonazo.