Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: Pravias en 28 de Junio de 2012, 15:52:01 pm
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Tengo una duda yo vendí mi vivienda habitual y el beneficio obtenido lo declaré exento por reinversión, he reinvertido en los dos años, así que sin problemas.
Pero mi duda es, ese dinero que obtuve debo de reinvertirlo siempre en una vivienda o se puede invertir en lo que se quiera (coche, terreno, etc)??
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Tiene que ser reinvertido en otra vivienda habitual.
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Gracias, y eso pasa con cualquier inmueble?, me refiero a que si yo vendo un terreno y obtengo una ganancia, esta ganancia también debo pagar el 18%?
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En general sí y también, en caso de terreno urbano, el impuesto del ayuntamiento sobre el incremento del valor (plusvalía).
Saludos.
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Gracias, y eso pasa con cualquier inmueble?, me refiero a que si yo vendo un terreno y obtengo una ganancia, esta ganancia también debo pagar el 18%?
Cualquier ganancia está sujeta al impuesto sobre la renta, en cuanto que es un incremento patrimonial. Lo cual significa que no se paga un 18%, sino un porcentaje en función de la renta total. La única excepción es la reinversión en vivienda habitual, reinversión que debe ser declarada, y queda con cuota 0. Y, desde luego, esa reinversión debe ser completa.
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Debes invertir las plusvalías obtenidas por la venta del inmueble en la compra de una vivienda habitual, eso sí no tiene que estar necesariamente terminada, podría ser los terrenos o financiar la construcción de la misma. en caso contrario deberías declarar las ganancias obtenidas por la enejenación para sujetarlas al impuesto y ademas abonar los intereses de demora.
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Totalmente de acuerdo con lo que dicen los compañeros, además creo que se tiene que reinvertir en un plazo máximo de dos años a partir de la enajenación.
Saludos
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Si eran dos años, ya me han pedido la documentación menos mal que llegué a tiempo de que me dieran la vivienda nueva ;)