Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: f41thful en 18 de Julio de 2012, 21:08:37 pm
-
Buenas,
Hace algún tiempo una persona me rompió un disco duro de forma accidental con lo que tuve que comprar otro nuevo. El coste de este último es de 80 euros.
El problema es que la persona que me lo rompió se niega a pagarme el dinero. Primero me dijo que me lo pagaría y luego que la culpa era suya y de otra persona que le había empujado.
¿Se podría iniciar un proceso monitorio? Las únicas pruebas que tengo es una conversación vía tuenti en la que dice textualmente que "me pagará lo que me debe". También tengo una llamada telefónica grabada en la que admite que me debe dinero. Lo que no sé es si esto bastará para iniciarlo porque según he leído hace falta albarán o factura o algo por el estilo.
En caso de que no supere los 900 euros (en este caso 80) no hace falta abogado ni procurador por lo que aunque pierda el proceso no tendría que pagar costas, ¿es esto así? (vive en la misma zona donde presentaré la demanda y no creo que vaya con abogados (él)).
Un saludo y gracias.
-
No, la deuda es por daños y no es dineraria como impone el art. 812 de la LEC
Saludos
-
Hola,
efectivamente como indica el compañero Afmonti el monitorio es proceso especial para morosos por deudas vencidas, líquidas y exigibles.
Ello no obstante,
no quiere decir que el Ordenamiento Jurídico no te ofrezca acción en busca de tutela judicial al amparo de lo indicado en el Código Civil "Quien por culpa (negligencia) o dolo causa daño está obligado a su reparación"
Entiendo que puedes reclamar por responsabibidad extracontractual y daños, yo creo. Como cuantificas el procedimeinto en 80 euros, no te hace falta ni Abogado ni Procurador.
Un saludo.
-
Entonces, ¿tendría que iniciar de forma directa un juicio verbal? En este caso, al ser la cuantía de 80 euros y al no hacer falta abogado ni procurador, ¿habría que pagar algo por el proceso?
Un saludo.
-
Entonces, ¿tendría que iniciar de forma directa un juicio verbal? En este caso, al ser la cuantía de 80 euros y al no hacer falta abogado ni procurador, ¿habría que pagar algo por el proceso?
Un saludo.
1) Sí, un juicio verbal.
2) No, no hay que pagar nada por el proceso.
Un saludo.
-
Gracias por vuestras respuestas.
Os hago un par de preguntillas más.
¿Cuándo vas a poner la demanda hay alguien que te pueda orientar allí? Es que he estado leyendo y parece que la documentación que se exige es formal y verificada y no sé si aceptarás como pruebas una conversación como tuenti. Además, para comunicar que se tienen grabaciones, ¿hay que indicarlo por escrito y entregarlo en soporte físico? ¿O transcribir la conversación?
Tengo dudas sobre la importancia que le darán a estas pruebas, aunque en ellas se reflejas frases como "te pagaré lo que me pides" o "la culpa fue mía y de x".
Gracias por vuestra ayuda.