Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: Copis en 19 de Julio de 2012, 09:00:26 am
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Hola a todos:
El otro día, viendo un vídeo por Youtube (lo siento, no logro dar con él nuevamente) se habla de un caso de robo con intimidación y violencia. Todo ocurre en los EE UU, por lo que comprenderé que aquí en España el caso hubiera tomado un cariz totalmente distinto, pero me ha sorprendido tanto que os lo comento para que me deis vuestra opinión.
El vídeo muestra la cámara de seguridad de un establecimiento de esos tipo seven eleven donde no cierran nunca y se vende de todo. De repente aparecen dos tipos, los ladrones, se acercan al dueño del local y le dicen que les dé el dinero; los pocos clientes se marchan corriendo. El dueño parece que hace el gesto de abrir la caja, en esto el segundo ladrón salta por el mostrador y se acerca al dueño, pero éste parece que acaba de coger su arma y dispara hiriendo al ladrón. El primer ladrón, también armado con pistola, se aleja hacia la puerta disparando al dueño, que se refugia debajo del mostrador. El segundo ladrón vuelve a saltar sobre el mostrador y sale corriendo del local. El primer ladrón dispara un par de veces más y sale también. El dueño del local resulta ileso, el segundo ladrón muere poco después a consecuencia del disparo del dueño del local y al primer ladrón le terminan acusando de robo con violencia etc. pero he aquí lo que me asombra: le acusan también del asesinato del segundo ladrón por haber causado la situación.
1. En el vídeo se ve que quien dispara primero es el dueño del local (parece que en EE UU la legítima defensa está muy protegida y no acarrea ninguna consecuencia incluso como vemos que ocurre el segundo ladrón no parece ir armado ya que en ningún momento hace el gesto de atacar al dueño).
2. El primer ladrón no mata a su compañero, sino que lo hace el dueño del local.
¿Es posible acusar al ladrón de la muerte de su compañero y más en grado de asesinato?
En fin, ahí lo dejo, sólo con ánimo de abrir un ligero debate y tal, a ver si calmo mi curiosidad al respecto.
Gratas horas...
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Como cada legislación es distinta será dificil dar una respuesta, igual se basa en ser coautor de haber creado un peligro, se entiende que los dos son responsables penalmente por la edad no?
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Como cada legislación es distinta será dificil dar una respuesta, igual se basa en ser coautor de haber creado un peligro, se entiende que los dos son responsables penalmente por la edad no?
Entiendo que cada jurisdicción es distinta, pero en mi afán por calmar mi curiosidad pregunto si eso podría ser posible en la nuestra. En cuanto a la edad, en el vídeo no se aprecian bien las caras, pero yo diría que por la constitución de ambos ladrones sí son mayores de edad. Lo que me llama la atención es cómo es posible acusar de algo a alguien que no ha hecho
Todavía no he visto ningún penal en la carrera y por eso mi duda es bastante tonta, pero no he podido resistirme el ponerla aquí a ver que dicen compañeros más expertos.
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Entiendo que cada jurisdicción es distinta, pero en mi afán por calmar mi curiosidad pregunto si eso podría ser posible en la nuestra.
No, resulta imposible por los principios de tipicidad y culpabilidad.
Ni por asessinato; ni por homicidio doloso; ni por homicidio imprudente pordría calificarse. Exlusivamente por robo con violencia e intimidación.
(El que matare a otro...), y el compañero ladrón NO HA MATADO. Además, para la concrata forma del asesinato necesitamos precio, recompesa o promesa, o ensañamiento, o bien alevosía. Y, en todo caso, el asesinato exige el elemento del DOLO como elemento subjetivo de lo injusto: CONCIENCIA (conocimiento) Y VOLUNTAD (querer) de realización de los elementos del tipo penal.
Un saludo.
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No, resulta imposible por los principios de tipicidad y culpabilidad.
Ni por asessinato; ni por homicidio doloso; ni por homicidio imprudente pordría calificarse. Exlusivamente por robo con violencia e intimidación.
(El que matare a otro...), y el compañero ladrón NO HA MATADO. Además, para la concrata forma del asesinato necesitamos precio, recompesa o promesa, o ensañamiento, o bien alevosía. Y, en todo caso, el asesinato exige el elemento del DOLO como elemento subjetivo de lo injusto: CONCIENCIA (conocimiento) Y VOLUNTAD (querer) de realización de los elementos del tipo penal.
Un saludo.
Wow, muchas gracias por sacarme de dudas tan bien y tan rápido. Ya decía yo que en nuestra jurisdicción se me antojaba difícil que esto ocurriera...
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Wow, muchas gracias por sacarme de dudas tan bien y tan rápido. Ya decía yo que en nuestra jurisdicción se me antojaba difícil que esto ocurriera...
De nada, es más, en nuestro OJ...el que debe probrar JUSTA CAUSA (la no antijuricidad de la conducta y el hecho producido) MEDIANTE LA LEGÍTIMA DEFENSA ES PRECISAMENTE EL PROPIETARIO DEL LOCAL, y si faltase algún elemento de los exigidos para poder apreciarse la legítima defensa como eximente penal, estaríamos ante una atenuante, nunca ante una eximente completa, por lo tanto la conducta del agente (el que ha matado) no estaría exenta de responsabilidad.
Un saludo.
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Rizando el rizo... si se dieran algunas de estas circunstancias el tema podría cambiar:
*si el ladrón muerto fuera menor de edad
*si el otro ladrón presionó obligando a que la otra persona participara en el robo
etcc
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De nada, es más, en nuestro OJ...el que debe probrar JUSTA CAUSA (la no antijuricidad de la conducta y el hecho producido) MEDIANTE LA LEGÍTIMA DEFENSA ES PRECISAMENTE EL PROPIETARIO DEL LOCAL, y si faltase algún elemento de los exigidos para poder apreciarse la legítima defensa como eximente penal, estaríamos ante una atenuante, nunca ante una eximente, por lo tanto la conducta del agente (el que ha matado) no estaría execta de responsabilidad.
Un saludo.
O sea, un poco al revés que en los EE UU, donde imagino que con las imágenes de la cámara de seguridad, donde claramente se ve el asalto a la tienda y cómo el dueño dispara a uno de los ladrones (el que ha saltado el mostrador y se le acerca), sería suficiente como para aceptar la legítima defensa, mientras que aquí en España hay que estudiar la actuación a fondo y comprobar que reúne todos los requisitos de legítima defensa. Uhmm, interesante...
¡Gracias de nuevo, palangana!
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Rizando el rizo... si se dieran algunas de estas circunstancias el tema podría cambiar:
*si el ladrón muerto fuera menor de edad
*si el otro ladrón presionó obligando a que la otra persona participara en el robo
etcc
Eso es como decir y si mi abuela fuera en bicicleta y con capucha sería ET el Extraterrestre, no mi abuela.
Un saludo.
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Rizando el rizo... si se dieran algunas de estas circunstancias el tema podría cambiar:
*si el ladrón muerto fuera menor de edad
*si el otro ladrón presionó obligando a que la otra persona participara en el robo
etcc
Lo difícil sería comprobar tu segundo supuesto. Sólo lo veo viable mediante testigos, pero no sé hasta qué punto la afirmación de un testigo de que hubo coacción para cometer el delito sería suficiente.
Pero agradezco tu comentario porque me hace ver más posibilidades y entender mejor la situación. ¡Gracias Pravias!
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;D ;D eso me pasa por ser tan peliculera
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Yo no lo veo tan descabellado, sobre todo el primer supuesto de menor de edad. Ahora bien, todavía me encuentro en estadios muy primitivos de la ciencias jurídicas (o lo que es lo mismo, me hago muchas películas, como dice la compañera, en la cabeza).
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Yo no lo veo tan descabellado, sobre todo el primer supuesto de menor de edad. Ahora bien, todavía me encuentro en estadios muy primitivos de la ciencias jurídicas (o lo que es lo mismo, me hago muchas películas, como dice la compañera, en la cabeza).
Si no es que sea descabellado o no, sino que sería otro supuesto...esto es como si se abre un hilo sobre la nulidad del matrimonio y se acaba hablando de la separación legal o bien del divorcio. CASOS DISTINTOS, hilos y respuestas distintas.
Un saludo cordial.