Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: Inspector en 28 de Julio de 2012, 21:34:22 pm

Título: Disposición sobre bien ganancial
Publicado por: Inspector en 28 de Julio de 2012, 21:34:22 pm
Hola:

¿Puede el cónyuge viudo disponer libremente de un inmueble del que resulta ser el titular en el registro de la propiedad y cuya naturaleza es ganancial según se desprende de la propia inscripción, como consecuencia de la disolución de la sociedad conyugal por fallecimiento de su cónyuge, habiendo testamento pero sin que ninguno de los herederos haya instado la participación de la herencia, y sin perjuicio de que deba indemnizarlos a futuro en el momento de que algún heredero instara la partición?

Gracias.


Título: Re:Disposición sobre bien ganancial
Publicado por: Pravias en 30 de Julio de 2012, 10:08:38 am
te refieres a un usufructo?
Título: Re:Disposición sobre bien ganancial
Publicado por: palangana en 30 de Julio de 2012, 10:21:02 am
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te refieres a un usufructo?

En el inicio de post se habla de "disponer libremente". Esto me hace pensar poco en el usufructo, y bastante más en el arrendamiento y , sobre todo, en la compraventa. En un deseo de vender.

No estoy seguro, ni es materia en la que tenga gran conocimiento, tendría que estudiarlo, pero creo que podríamos estar ante la institución de la venta de cosa ajena. La respuesta sería que sí puede vender.

Un saludo.
Título: Re:Disposición sobre bien ganancial
Publicado por: Drop en 30 de Julio de 2012, 10:29:33 am
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Hola:

¿Puede el cónyuge viudo disponer libremente de un inmueble del que resulta ser el titular en el registro de la propiedad y cuya naturaleza es ganancial según se desprende de la propia inscripción, como consecuencia de la disolución de la sociedad conyugal por fallecimiento de su cónyuge, habiendo testamento pero sin que ninguno de los herederos haya instado la participación de la herencia, y sin perjuicio de que deba indemnizarlos a futuro en el momento de que algún heredero instara la partición?

Gracias.

No puede, dado que precisamente al ser bien ganancial el 50% es parte de la herencia.  Lo que debe hacer, precisamente, es instar la partición.