Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: Alelo334 en 09 de Agosto de 2012, 17:54:19 pm
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Tengo una pregunta técnica de la materia y temario del primer parcial de Derecho del Trabajo y supongo que se puede formular en este foro .
He visto que despues del epigrafe del Comite de Empresa Europeo hay un epigrafe sobre las implicaciones de los trabajadores en las Sociedades Anónimas y Cooperativas Europeas, con domicilio en España.
Se señala en el libro que se ha dictado " la Ley 31/2006 de 18 de octubre (BOE de 19 de octubre). En ella se dice que el órgano de representación de los trabadores en cuanto a su composición, competencias, régimen de funcionamiento y renovación, está regulado con cierto detalle (arts. 16 a 20, ambos inclusive ".
¿Quiere esto decir, que los trabajadores y sus representantes, así como el lado económico (los empresarios) se regirán por esta Ley en lugar de por el ESTATUTO de los trabajadores, a pesar de estar en España? !!! Que fuerte no?????
Lo he entendido mal?
Muchas gracias si podeís darme luz sobre este tema....
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Te he contestado a tu mail Alelo,
de todos modos a quien le interese solo con leer la fuente y los motivos de la Directiva de donde viene la ley aquí la dejo:
http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2001-82442
Insisto aquí también en que las SE no están en territorio estatal sino en espacio europeo y se deben acojer a esta legislación salvo cuando la propia ley deposite en las normas estatales unas u otras competencias. A aplicar el principio de subsidiariedad que rige para estos menesteres en nuestra estimada materia Instituciones de Derecho comunitario.
Saludos,
LUKA