Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: janegua en 08 de Septiembre de 2012, 23:07:34 pm

Título: POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: janegua en 08 de Septiembre de 2012, 23:07:34 pm
Suerte a todos  :)

En esta asignatura se elaboraran los resumenes de los temas, consulta este enlace: http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=78744

Citar

Te recordamos que en hilos post no se piden ni se ofrecen apuntes, para eso está el foro adecuado de Libros apuntes necesito ofrezco. (http://www.uned-derecho.com/index.php?board=4.0) y para subir apuntes está el subforo de Zona de descarga de apuntes temporales. (http://www.uned-derecho.com/index.php?board=13.0)

Cualquier post fuera de su lugar será eliminado.

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: janegua en 09 de Septiembre de 2012, 01:08:36 am
Se realizará una PEC por cuatrimestre. Cada una de ellas versará sobre la materia objeto de estudio en el periodo
correspondiente.
La realización de estas actividades es voluntaria.
Las PEC consistirán en la resolución de un caso práctico
Cada PEC será valorada con un máximo de 2,5 puntos y será corregida por los tutores de los Centros
Asociados.
Incidencia de las PEC en la calificación final
Cada una de las PEC servirá para subir la nota de la prueba presencial correspondiente, siempre que se den
conjuntamente los siguientes requisitos:
· Calificación de la PEC: es imprescindible aprobar la PEC; esto es, es necesario obtener un mínimo de 1,25
puntos sobre los 2,5 posibles.
· Nota de corte en la prueba presencial: es preciso obtener en la prueba presencial correspondiente al
menos 7,5 puntos sobre los 10 posibles.
La nota de la PEC, en el caso de que la hubiere aprobado, se guardará para la convocatoria extraordinaria de
septiembre en el supuesto de que el estudiante:
no hubiese realizado el examen presencial en la convocatoria ordinaria -o lo hubiese suspendido- y obtenga
un 7,5 en la convocatoria extraordinaria de septiembre.

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: janegua en 09 de Septiembre de 2012, 01:20:22 am
Las pruebas presenciales tendrán una duración de una hora y treinta minutos y constarán de seis preguntas cortas.
De estas seis preguntas, el alumno deberá contestar solamente las cinco que libremente escoja. No habrá limitación alguna de espacio para las respuestas.
Para la realización de estas pruebas presenciales se permitirá únicamente la consulta del programa de la asignatura.
D) Valoración
Las pruebas presenciales serán corregidas por el Equipo docente.

Las cinco preguntas tendrán igual valor y se puntuarán globalmente sobre 10 puntos. La prueba se aprobará si se
alcanza, al menos, una calificación de 5 puntos sobre 10.
Cuando un alumno se examine en la convocatoria de septiembre de toda la asignatura deberá aprobar por separadocada una de las pruebas presenciales. Si aprobara las dos, la nota final será la media aritmética de las obtenidas en las dospruebas presenciales. Si suspendiera alguna de las pruebas, la nota final será NO APTO.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: zoldars en 09 de Septiembre de 2012, 11:07:46 am
Pues otra de  las que me toca , no se si habre escogido demasiadas este curso  ??? ??? , y más viendo que aun no estaba muy puesto en como funciona la uned(empaze el curso pasado y solo matricule 3 tras 10 años sin estudiar).
Quería empezar a  preparar cosas, pero nada esta aun con informacion insuficiente
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: psylex25 en 09 de Septiembre de 2012, 17:40:51 pm
me sumo al burro de Fin y Tributario pa  este año para hacerla mas amena.....
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Saritaph en 09 de Septiembre de 2012, 20:27:25 pm
a) Primera prueba presencial
Se llevará a cabo con arreglo a las normas siguientes:
Primera.- La materia objeto de examen será la siguiente:
• Bloque 1: Conceptos, principios y normas generales (Lecciones 1 a 5, ambas inclusive).
• Bloque 2: Derecho Presupuestario (lecciones 6 a 10, ambas inclusive).
• Bloque 3: Derecho del crédito público (lección 11).

• Bloque 4: Derecho Tributario. Introducción (Lecciones 12 a 15, ambas inclusive).
• Bloque 5: Derecho Tributario. Aspectos estructurales del tributo (Lecciones 16 a 19, ambas inclusive).

Segunda.-La primera prueba presencial tendrá una duración de una hora y treinta minutos y constará de seis preguntas
cortas. De estas seis preguntas el alumno deberá contestar solamente las cinco que libremente escoja.
Un ejemplo de pregunta corta puede ser el siguiente: «¿En qué materias de nuestro Derecho Tributario resulta admisible la
aplicación de la analogía?»
Tercera.- De esas seis preguntas, cinco versarán necesariamente sobre el contenido de los bloques 1, 4 y 5 antes
mencionados. Dicho de otro modo, sólo una pregunta podrá versar sobre el contenido de los bloques 2 y 3 también indicados.

En principio parece que podemos limitarnos a los bloques 1,4 y 5, que alegría!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: janegua en 10 de Septiembre de 2012, 01:15:59 am
He mirado los apuntes colgados en la compilación de segundo y los de Marta Calvo unas 100 páginas están perfecto , también tengo los del maquinón de Viviero sobre unas 200 páginas, ambos son del curso 2011/2012. Más bien es esperar si hay alguna modificación, no creis? ...porque sería una locura empezar de cero



Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 10 de Septiembre de 2012, 07:51:12 am
A mi también me toca esta asignatura este año. A ver qué tal se nos da.

Un saludo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: delucas7 en 10 de Septiembre de 2012, 10:02:54 am
Otro que se une a esta asignatura...

Saludos.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: janegua en 10 de Septiembre de 2012, 11:25:41 am
Según la guía nos guiamos por el manual del año pasado

La bibliografía básica es el Manual de MARTÍN QUERALT, LOZANO SERRANO, CASADO, TEJERIZO: Curso
de Derecho Financiero y Tributario, 22 ª edición, Tecnos, Madrid, 2011.



Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 10 de Septiembre de 2012, 11:34:25 am
En financiero el libro también cambia, confirmado por el departamento.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 10 de Septiembre de 2012, 11:35:03 am
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Según la guía nos guiamos por el manual del año pasado

La bibliografía básica es el Manual de MARTÍN QUERALT, LOZANO SERRANO, CASADO, TEJERIZO: Curso
de Derecho Financiero y Tributario, 22 ª edición, Tecnos, Madrid, 2011.
Me confunde un poco, quizás no esté la guía actualizada? ya que en la web de la editorial sanz y torres aparece como pendiente de publicar una nueva edición, la 23ª de 2012 indicando que es la bibliografía básica para esta asignatura.
https://www.sanzytorres.es/ficha.php?libid=11620
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: janegua en 10 de Septiembre de 2012, 11:55:15 am
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Me confunde un poco, quizás no esté la guía actualizada? ya que en la web de la editorial sanz y torres aparece como pendiente de publicar una nueva edición, la 23ª de 2012 indicando que es la bibliografía básica para esta asignatura.
https://www.sanzytorres.es/ficha.php?libid=11620

Sí acabo de mirar en Saenz...pues nada a esperar
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: madialeva en 10 de Septiembre de 2012, 17:11:07 pm
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En financiero el libro también cambia, confirmado por el departamento.
Pues en la Guía del curso 2012-13 aparece esto (copio y pego):

La bibliografía básica es el Manual de MARTÍN QUERALT, LOZANO SERRANO, CASADO, TEJERIZO: Curso
de Derecho Financiero y Tributario, 22 ª edición, Tecnos, Madrid, 2011.
El Manual que se acaba de mencionar recoge íntegramente el contenido del programa de la asignatura. Las preguntas que serealicen en las diversas pruebas presenciales podrán ser contestadas, sin excepción alguna, mediante su estudio, sin necesidad de utilizar otros Manuales o Monografías.


Pravias ¿por qué me asustas? ¿o tienes teléfono directo con el Departamento y te dan las exclusivas? :D ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 10 de Septiembre de 2012, 17:20:15 pm
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Pues en la Guía del curso 2012-13 aparece esto (copio y pego):

La bibliografía básica es el Manual de MARTÍN QUERALT, LOZANO SERRANO, CASADO, TEJERIZO: Curso
de Derecho Financiero y Tributario, 22 ª edición, Tecnos, Madrid, 2011.
El Manual que se acaba de mencionar recoge íntegramente el contenido del programa de la asignatura. Las preguntas que serealicen en las diversas pruebas presenciales podrán ser contestadas, sin excepción alguna, mediante su estudio, sin necesidad de utilizar otros Manuales o Monografías.


Pravias ¿por qué me asustas? ¿o tienes teléfono directo con el Departamento y te dan las exclusivas? :D ;)
En la web de la editorial sanz y torres aparece como pendiente de publicar una nueva edición, la 23ª de 2012 indicando que es la bibliografía básica para esta asignatura.
https://www.sanzytorres.es/ficha.php?libid=11620
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: madialeva en 10 de Septiembre de 2012, 17:29:47 pm
Me quedo más tranquila. Porque una cosa es que haya una nueva edición del mismo libro del curso anterior y otra que cambien al libro de otro autor, etc.
Seguramente que he entendido mal el mensaje de Pravias.
Así que a esperar la nueva edición
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 10 de Septiembre de 2012, 17:32:41 pm
Madia mira que eres desconfiada jjj, yo le envié un correo al profesor de la asignatura y me dijo que iban a sacar nueva edición este año que me recomendaba el estudio por esta nueva.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: gana98 en 10 de Septiembre de 2012, 21:54:56 pm
Hola a todos/as;

Nos vemos por aquí este curso, contad conmigo.

Saludos.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: superbiker en 11 de Septiembre de 2012, 09:49:01 am
Yo tambien me apunto a esta asignatura, contad conmigo para lo que se decida.

Un saludo :-)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pixar en 11 de Septiembre de 2012, 16:37:17 pm
podeis encontrar apuntes de financiero y tributario en apuntes temporales arriba, "compendio de apuntes segundo grado"

habria que encontrar otra manera de pedir apuntes que poniendo el email porque se hace pesado :P quizas alguien que lo tenga pueda subirlo a dropbox

un saludo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: RAQCAR en 11 de Septiembre de 2012, 17:11:18 pm
He visto que ya ha salido publicado el texto de este año 55 €. Lo tienen ya a la venta, sabeis si suele cambiar mucho?? tengo el del año pasado que me han prestado y no tenía intención de comprar el de 2012. He llamado a la UNED a la biblioteca Central y he hablado con adquisiciones pues de momento en catálogo del fondo no lo tienen, su respuesta es que no saben cuando lo tendrán, en mi centro asociado lo compraron el año pasado así que tal como está el tema del gasto no creo que compren el de este año, o por lo menos de momento. En fin una faena pues mi idea era repasar ambas ediciones y estudiar por la antigua.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Kikeman en 12 de Septiembre de 2012, 10:52:35 am
Holaa, yo también me sumo al periplo de FyT.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: zipy_ en 12 de Septiembre de 2012, 12:07:49 pm
Otra mas para F y T, parece dificililla veis posibilidades de aprobarla a la primera?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Max15 en 12 de Septiembre de 2012, 21:22:51 pm
Me acabo de comprar el Libro, os paso el índice de temas:

Lección 1. El Derecho Financiero: concepto y contenido.
Lección 2. Los ingresos públicos.
Lección 3. Ingresos financieros por operaciones de crédito.
Lección 4. El tributo. Concepto y clases.
Lección 5. Los principios constitucionales del Derecho Financiero.
Lección 6. Las fuentes del ordenamiento financiero.
Lección 7. Eficacia e interpretación de las normas financieras.
Lección 8. El poder financiero: concepto y límites.
Lección 9. Hecho imponible y estructura de la relación tributaria.
Lección 10. Sujetos tributarios.
Lección 11. La aplicación de los tributos.
Lección 12. La gestión tributaria.
Lección 13. La inspección de los tributos.
Lección 14. La recaudación de los tributos.
Lección 15. Infracciones y sanciones tributarias.
Lección 16. Delitos contra la Hacienda Pública.
Lección 17. Procedimientos de revisión en materia tributaria.
Lección 18. El proceso contencioso-administrativo en materia tributaria.
Lección 19. El sistema tributario estatal.
Lección 20. Sistemas tributarios autonómicos y local.
Lección 21. El presupuesto: concepto y función. Principios presupuestarios.
Lección 22. Los Presupuestos Generales del Estado: contenido y efectos.
Lección 23. Procedimiento presupuestario.
Lección 24. El control del presupuesto.
Lección 25. Presupuestos de los entes territoriales e institucionales.

Como podréis ver son 25 temas, pero en la guía habla de 29 lecciones. Además no parece existir una correspondencia entre la guía y el libro.

Alguien sabe la correspondencia entre el libro y los temas de la guía???
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: rbky en 12 de Septiembre de 2012, 21:40:15 pm
yo me apunto a esta querida asignatura, y estoy acojonada con el temario. tengo reservado el libro en cuanto lo tenga empiezo con mis apuntes. un saludo a todos.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: jmmg en 12 de Septiembre de 2012, 21:46:43 pm
Correspondencias Programa Manual del curso pasado 1er parcial. (seguro que no varia mucho o nada)

Concordancias entre el programa de Derecho Financiero y Tributario I y la edición de 2011 del manual recomendado (1.ª PP)
I.- CONCEPTOS, PRINCIPIOS Y NORMAS GENERALES
Lección del programa                                                                   Lección del manual
1.ª Concepto y autonomía del Derecho Financiero                           Lección 1
2.ª El poder financiero                                                                   Lección 8
3.ª Los principios constitucionales del ordenamiento financiero       Lección 5
4.ª Las fuentes del Derecho Financiero                           Lección 6
5.ª Aplicación de las normas financieras                           Lección 7
II.- DERECHO PRESUPUESTARIO
Lección del programa                                                                    Lección del manual
6.ª El Presupuesto: Concepto y función                           Lección 21
7.ª El Presupuesto del Estado: contenido y efectos.        Lección 22
8.ª El ciclo presupuestario                                                Lección 23
9.ª El control presupuestario                                               Lección 24
10.ª El Presupuesto de los demás entes públicos                           Lección 25
III.- DERECHO DEL CRÉDITO PÚBLICO
Lección del programa                                                                   Lección del manual
11.ª La Deuda pública                                                                  Lección 3
IV.- DERECHO TRIBUTARIO
A) Introducción
Lección del programa                                                                   Lección del manual
12.ª Los ingresos públicos. Los tributos                           Lección 2, epígrafes I, II y V Lección 4, epígrafes I y V
13.ª El impuesto                                                                   Lección 4, epígrafe II
14.ª Las tasas                                                                  Lección 4, epígrafe III
15.ª Las contribuciones especiales                                                Lección 4, epígrafe IV
B) Aspectos estructurales del tributo
Lección del programa                                                                   Lección del manual
16.ª La relación tributaria y el hecho imponible                          Lección 9, excepto epígrafe V
17.ª Los sujetos de la obligación tributaria                           Lección 10 Lección 11, epígrafes II y III
18.ª Elementos cuantificadores de la obligación tributaria      Lección 9, epígrafe V
19.ª La extinción de la obligación tributaria                          Lección 14, epígrafes III.1; III.3; III.4; III.5; IV; VII; VIII; X; XI

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: dpuente2 en 12 de Septiembre de 2012, 22:11:23 pm
cuantas paginotas tiene?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Max15 en 12 de Septiembre de 2012, 22:21:53 pm
837 en total
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: RAQCAR en 13 de Septiembre de 2012, 09:32:48 am
Tengo la edición de 2011 y el índice es el mismo, dice el libro nuevo las modificaciones que introduce??? porque comprar el libro teniendo el viejo que me han dejado, si luego solo cambia algún art. de alguna ley o sentencia sería una pena. Sabéis si el departamento o los tutores te comentan las diferencias entre las diferentes ediciones??? un saludo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Josemaherra en 13 de Septiembre de 2012, 11:03:23 am
Efectivamente, según el programa de este año las correspondencias entre epígrafes del programa y las lecciones del libro son las mismas, a no ser que haya cambios de última hora.
¿Alguien de vosotros ya se ha matriculado? Y si es así, por favor que avise en cuanto activen los foros virtuales de La UNED. Gracias y suerte a todos en esta asignatura que quizás por nueva, por lo menos para mí, sea un poco difícil de estudiar. Saludos.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Josemaherra en 13 de Septiembre de 2012, 11:12:30 am
El libro que yo tengo es la 22ª edición de 2011 y tiene los mismos capítulos de Max 15, pero tiene menos páginas, en concreto 814 (23 menos). Supongo que valdrá y habrá que mirar esa diferencia por si acaso.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Josemaherra en 13 de Septiembre de 2012, 11:17:10 am
PROGRAMA QUE OFICIOSAMENTE PARA 1ª Y 2ª PP CORRESPONDE ESTE CURSO
I. CONCEPTOS, PRINCIPIOS Y NORMAS GENERALES
Lección 1.ª CONCEPTO Y AUTONOMÍA DEL DERECHO FINANCIERO
Lección 2.ª EL PODER FINANCIERO
Lección 3.ª LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL ORDENAMIENTO FINANCIERO
Lección 4.ª FUENTES DEL DERECHO FINANCIERO
Lección 5.ª APLICACIÓN DE LAS NORMAS FINANCIERAS

II. DERECHO PRESUPUESTARIO
Lección 6.ª EL PRESUPUESTO. CONCEPTO Y FUNCIÓN
Lección 7.ª EL PRESUPUESTO DEL ESTADO. CONTENIDOS Y EFECTOS
Lección 8.ª EL CICLO PRESUPUESTARIO
Lección 9.ª EL CONTROL PRESUPUESTARIO
Lección 10.ª LOS PRESUPUESTOS DE LOS DEMÁS ENTES PÚBLICOS

III. DERECHO DEL CRÉDITO PÚBLICO
Lección 11.ª LA DEUDA PÚBLICA

IV. DERECHO TRIBUTARIO

A) INTRODUCCIÓN
Lección 12.ª LOS INGRESOS PÚBLICOS. LOS TRIBUTOS
Lección 13.ª EL IMPUESTO
Lección 14.ª LAS TASAS
Lección 15.ª LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES

B) ASPECTOS ESTRUCTURALES DEL TRIBUTO
Lección 16.ª LA RELACIÓN TRIBUTARIA Y EL HECHO IMPONIBLE
Lección 17.ª LOS SUJETOS DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
Lección 18.ª ELEMENTOS CUANTIFICADORES DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
Lección 19.ª LA EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA

C) LA APLICACIÓN DE LOS TRIBUTOS
Lección 20.ª NORMAS COMUNES (I)
Lección 21.ª. NORMAS COMUNES (II)
Lección 22.ª LA GESTIÓN TRIBUTARIA
Lección 23.ª LA INSPECCIÓN DE LOS TRIBUTOS
Lección 24.ª LA RECAUDACIÓN TRIBUTARIA

D) LA POTESTAD SANCIONADORA EN MATERIA TRIBUTARIA
Lección 25.ª INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS
Lección 26.ª DELITOS CONTRA LA HACIENDA PÚBLICA

E) LA REVISIÓN DE LOS ACTOS TRIBUTARIOS
Lección 27.ª LA REVISIÓN EN VÍA ADMINISTRATIVA
Lección 28.ª LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA TRIBUTARIA
Lección 29.ª EL RECURSO CONTENCIOSO – ADMINISTRATIVO EN MATERIA TRIBUTARIA
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raul1978 en 13 de Septiembre de 2012, 11:17:47 am
Virgensita mas de 800 folios, tengo resumenes de otras asignaturas de 100 y me parecen tochazos ya  :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: chuseldelantero en 13 de Septiembre de 2012, 11:48:24 am
Joerr menudo rollo que no coincidan los temas con los del libro  >:(
Por cierto, el libro vale para todo el año?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Josemaherra en 13 de Septiembre de 2012, 12:38:27 pm
Afirmativo, el libro vale para todo el curso, pero hay que entretenerse en anotar las correspondencias para hacer el resumen y estudiar, si no te pierdes. Y os recuerdo que de los Temas II y III sólo cae una pregunta de examen de entre los dos.  ::)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: brodrigo13 en 13 de Septiembre de 2012, 14:41:30 pm
hola
Me uno a este grupo para colaborar en todo cuanto esté en mi mano
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: superbiker en 13 de Septiembre de 2012, 19:14:44 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Correspondencias Programa Manual del curso pasado 1er parcial. (seguro que no varia mucho o nada)

Concordancias entre el programa de Derecho Financiero y Tributario I y la edición de 2011 del manual recomendado (1.ª PP)
I.- CONCEPTOS, PRINCIPIOS Y NORMAS GENERALES
Lección del programa                                                                   Lección del manual
1.ª Concepto y autonomía del Derecho Financiero                           Lección 1
2.ª El poder financiero                                                                   Lección 8
3.ª Los principios constitucionales del ordenamiento financiero       Lección 5
4.ª Las fuentes del Derecho Financiero                           Lección 6
5.ª Aplicación de las normas financieras                           Lección 7
II.- DERECHO PRESUPUESTARIO
Lección del programa                                                                    Lección del manual
6.ª El Presupuesto: Concepto y función                           Lección 21
7.ª El Presupuesto del Estado: contenido y efectos.        Lección 22
8.ª El ciclo presupuestario                                                Lección 23
9.ª El control presupuestario                                               Lección 24
10.ª El Presupuesto de los demás entes públicos                           Lección 25
III.- DERECHO DEL CRÉDITO PÚBLICO
Lección del programa                                                                   Lección del manual
11.ª La Deuda pública                                                                  Lección 3
IV.- DERECHO TRIBUTARIO
A) Introducción
Lección del programa                                                                   Lección del manual
12.ª Los ingresos públicos. Los tributos                           Lección 2, epígrafes I, II y V Lección 4, epígrafes I y V
13.ª El impuesto                                                                   Lección 4, epígrafe II
14.ª Las tasas                                                                  Lección 4, epígrafe III
15.ª Las contribuciones especiales                                                Lección 4, epígrafe IV
B) Aspectos estructurales del tributo
Lección del programa                                                                   Lección del manual
16.ª La relación tributaria y el hecho imponible                          Lección 9, excepto epígrafe V
17.ª Los sujetos de la obligación tributaria                           Lección 10 Lección 11, epígrafes II y III
18.ª Elementos cuantificadores de la obligación tributaria      Lección 9, epígrafe V
19.ª La extinción de la obligación tributaria                          Lección 14, epígrafes III.1; III.3; III.4; III.5; IV; VII; VIII; X; XI

Segun esto los bloques en que se estructuró la asignatura el año pasado cambian con respecto a este, ya que en el libro de este año las lecciones no coinciden con los temas del año pasado.  :-[, esto tambien afectaría a los examenes.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: superbiker en 13 de Septiembre de 2012, 19:21:40 pm
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Afirmativo, el libro vale para todo el curso, pero hay que entretenerse en anotar las correspondencias para hacer el resumen y estudiar, si no te pierdes. Y os recuerdo que de los Temas II y III sólo cae una pregunta de examen de entre los dos.  ::)

Cuando dices temas te refieres a los bloques II y III, de los apuntes, como antes he dicho si las lecciones en el libro de este año cambian, los bloques de los apuntes y del libro del año pasado tambien cambian.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: antonio222 en 13 de Septiembre de 2012, 19:24:04 pm
los apuntes de Marta  sirven ?
este año ha cambiado el libro o es una nueva edicion ?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 13 de Septiembre de 2012, 19:27:51 pm
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Cuando dices temas te refieres a los bloques II y III, de los apuntes, como antes he dicho si las lecciones en el libro de este año cambian, los bloques de los apuntes y del libro del año pasado tambien cambian.

Son bloques sí, pero eso "siempre" ha sido así, de los bloques II y III ha entrado una pregunta de las 6 por lo que era fácil descartar esos dos bloques ya que en el examen hay que responder a 5 de las 6.

A ver con relación al libro y el programa, ya el año pasado los temas no coincidían quiero decir el 1 con el 1 y así respectivamente por lo que no creo  que a nosotros nos entre una materia diferente a la que entro en el primer parcial el año pasado(salvando las modificaciones que pueda haber), de ahí la confusión.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Josemaherra en 14 de Septiembre de 2012, 09:23:43 am
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Cuando dices temas te refieres a los bloques II y III, de los apuntes, como antes he dicho si las lecciones en el libro de este año cambian, los bloques de los apuntes y del libro del año pasado tambien cambian.
A ver: cuando digo bloques II y III me refiero a los del programa, pero teniendo en cuenta que los temao o lecciones no se corresponden del libro con el programa. Yo entiendo que son los temas llamados "Derecho Presupuestario (lecciones 21, 22, 23, 24, 25 del libro) y Derecho del Crédito Público (lección 3 del libro)"
Si alguien que tenga el libro nuevo de 23ª edición de este año pudiera comprobar y confirmar esto todos lo agradeceríamos, los que tengamos ediciones anteriores.
De todas formas habrá que esperar a que se activen los foros virtuales de la UNED. Saludos.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: superbiker en 14 de Septiembre de 2012, 12:28:43 pm
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Son bloques sí, pero eso "siempre" ha sido así, de los bloques II y III ha entrado una pregunta de las 6 por lo que era fácil descartar esos dos bloques ya que en el examen hay que responder a 5 de las 6.

A ver con relación al libro y el programa, ya el año pasado los temas no coincidían quiero decir el 1 con el 1 y así respectivamente por lo que no creo  que a nosotros nos entre una materia diferente a la que entro en el primer parcial el año pasado(salvando las modificaciones que pueda haber), de ahí la confusión.

Gracias.

Un saludo :-)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: superbiker en 14 de Septiembre de 2012, 12:31:09 pm
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A ver: cuando digo bloques II y III me refiero a los del programa, pero teniendo en cuenta que los temao o lecciones no se corresponden del libro con el programa. Yo entiendo que son los temas llamados "Derecho Presupuestario (lecciones 21, 22, 23, 24, 25 del libro) y Derecho del Crédito Público (lección 3 del libro)"
Si alguien que tenga el libro nuevo de 23ª edición de este año pudiera comprobar y confirmar esto todos lo agradeceríamos, los que tengamos ediciones anteriores.
De todas formas habrá que esperar a que se activen los foros virtuales de la UNED. Saludos.

Gracias

UN saludo :-)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: psylex25 en 14 de Septiembre de 2012, 12:31:16 pm
Al final los apuntes de años anteriores sirven poco o casi nada si consideramos que la guía de estudio esta invertida en el libro
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 14 de Septiembre de 2012, 13:17:02 pm
Yo tengo los de jose vivero y sí que se corresponden, al menos el primer parcial que es el que he mirado, yo voy a estudiar por ellos...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: albertutxo en 14 de Septiembre de 2012, 14:08:10 pm
Raul31,

¿Podrias publicar esos de Jose Vivero que comentas?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 14 de Septiembre de 2012, 14:13:52 pm
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Raul31,

¿Podrias publicar esos de Jose Vivero que comentas?

A través de este enlace tenéis el correo de Vivero...

http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=78462.0

Para mí los mejores apuntes de esta página  los de este compañero
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: zipy_ en 14 de Septiembre de 2012, 20:07:32 pm
Una duda, entonces los apuntes no sirven porque no coinciden con la guia de este año o porque ha cambiado el temario a estudiar?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: dverfer en 17 de Septiembre de 2012, 09:36:27 am
Entonces podemos estudiar por los del compañero José Vivero?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: dangoro en 17 de Septiembre de 2012, 11:11:12 am
Cuando la guía dice que solo una pregunta podrá versar sobre el contenido de los bloques II y III, usa el verbo poder. Creo que a buenos entendedores no hace falta dar mas explicaciones públicas.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: martaserrano18@gmail.com en 17 de Septiembre de 2012, 22:02:42 pm
He leido en la UNED que hasta el 4 de octubre no abren el curso virtual de 2012/2013:
Grados
Cierre curso virtual 2011/12:    2 de octubre de 2012

Apertura curso virtual 2012/13:
Anuales y 1er semestre:    A partir del 4 de octubre de 2012
2º semestre:    A partir del 18 de febrero de 2013

Por lo que tendremos que esperar a ver el programa... unos cuantos días más!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: gana98 en 19 de Septiembre de 2012, 19:00:14 pm
Hola;

Me he matriculado en esta asignatura y he pedido el libro al Librería Virtual de la UNED, cuando lo tenga podré consultar todas las dudas que planteéis los que no lo vais a comprar. Creo que por lo menos tardan una semana o dos en servirlos.

Saludos.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Josemaherra en 20 de Septiembre de 2012, 08:52:54 am
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Cuando la guía dice que solo una pregunta podrá versar sobre el contenido de los bloques II y III, usa el verbo poder. Creo que a buenos entendedores no hace falta dar mas explicaciones públicas.

Yo entiendo que se refiere a que como máximo se planteará una sólo pregunta de las seis en total del examen del contenido de los temas II y III.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 20 de Septiembre de 2012, 12:23:32 pm
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Yo entiendo que se refiere a que como máximo se planteará una sólo pregunta de las seis en total del examen del contenido de los temas II y III.

y además, ese "podrá" significa que las seis pueden versar sobre el temario al completo, pero dejando fuera la reducción, de hecho, el curso pasado, "ninguna pregunta de las 6 versó sobre la reducción del temario".
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Josemaherra en 20 de Septiembre de 2012, 12:50:28 pm
¿Sobre el temario completo? No entiendo eso. Yo entiendo que sólo y solamente una pregunta como máximo podrá ser de los temas II y III, por lo que los demás temas son los importantes. Creo que alguien se está liando, quizás yo jeje. Podéis poner los epígrafes que quitaron el año pasado, los que fueron eliminados de un posible examen, o ¿os referís a los susodichos temas?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 20 de Septiembre de 2012, 13:10:58 pm
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¿Sobre el temario completo? No entiendo eso. Yo entiendo que sólo y solamente una pregunta como máximo podrá ser de los temas II y III, por lo que los demás temas son los importantes. Creo que alguien se está liando, quizás yo jeje. Podéis poner los epígrafes que quitaron el año pasado, los que fueron eliminados de un posible examen, o ¿os referís a los susodichos temas?

Los temas de los que podían entrar una pregunta y sólo una en el examen, -o ninguna-, del primer parcial era el bloque relativo a Derecho Presupuestario (lecciones 6 a 10, ambas inclusive) y Derecho del crédito público (lección 11).

Del segundo parcial: Delitos contra la Hacienda Pública (lección 26) y El recurso contencioso - administrativo en materia tributaria (lección 29)

Eso es lo que colgaron en Alf el curso 2011/2012; si nos atenemos a la guía de este curso 2012/2013, aparece que el examen presencial constará de 5 preguntas, y la materia que entra es los cuatro bloques primeros, correspondientes al primer parcial, no se por qué, pero no aparece el cinco, ni las lecciones que comprende, 16 a 19.

En el segundo parcial, aparece que la materia objeto de examen comprenderá las lecciones 20 a29, ambas inclusive y, aquí sí que aparece Tercera: De estas seis preguntas, cinco versarán necesariamente sobre los bloques 1, 2 y 4. Dicho de otro modo, solamente una pregunta "podrá" versar sobre el contenido de los bloques 3 y 5.

Vista la guía que está ahora mismo colgada en Alf, el segundo parcial y la prueba presencial "no cambia", pero el primer parcial no me coincide  ??? ???
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: zipy_ en 20 de Septiembre de 2012, 15:32:18 pm
Yo no lo interpretaria como una reduccion de temario, ya que puede entrar todo, solo que unicamente una pregunta (que pueden poner o no en el examen) podra versar sobre esos dos bloques, y como nos piden que de esas 6 preguntas contestemos a 5 pues se puede hacer la trampa de estudiar solo los bloques que sabemos que caen fijo, pero esto no es una reduccion de temario en sí, para que lo fuera en la guia deberia poner que estos susodichos dos bloques no entraban en el examen, pero por desgracia si son materia de examen.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: telmiguai en 22 de Septiembre de 2012, 13:09:46 pm
Hola compañeros...

Tengo la vigésimoprimera edición del ameno libro de esta asignatura... mi pregunta es: ¿qué dem***os hago yo ahora?

Saludos!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: sgl82 en 22 de Septiembre de 2012, 15:24:38 pm
hola, tambien me uno a esta asignatura, tengo pensado comprar el libro porque me parece una asignatura complicada.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 24 de Septiembre de 2012, 11:31:45 am
He estado mirando las preguntas de años anteriores y algunas tienen una "mala leche" , poco se puede quitar porque han preguntado hasta dos líneas y ejemplos.
Los cambios de este año hasta lo que he visto, son de la ley de estabilidad que aprobó el gobierno.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: zirtaeb en 24 de Septiembre de 2012, 11:42:29 am
yo tengo la vigesimotercera edicion del manual, es decir la ultima, y no me coincide ni el numero de lecciones que pone en la guia, no entiendo nada
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 24 de Septiembre de 2012, 11:47:54 am
Pues a mi sí me coincide con la relación que puso antes el compañero, de lección libro, lección programa.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: leiro en 26 de Septiembre de 2012, 20:11:30 pm
A mi me coincide el índice de los apuntes con la guia que han publicado pero no el del libro
que según la librería de la UNED es este e igual coincide con tu libro:

CONTENIDO:

Prólogo a la vigésima tercera edición.
Tabla de abreviaturas.
Lección 1. El Derecho Financiero: concepto y contenido.
Lección 2. Los ingresos públicos.
Lección 3. Ingresos financieros por operaciones de crédito.
Lección 4. El tributo. Concepto y clases.
Lección 5. Los principios constitucionales del Derecho Financiero.
Lección 6. Las fuentes del ordenamiento financiero.
Lección 7. Eficacia e interpretación de las normas financieras.
Lección 8. El poder financiero: concepto y límites.
Lección 9. Hecho imponible y estructura de la relación tributaria.
Lección 10. Sujetos tributarios.
Lección 11. La aplicación de los tributos.
Lección 12. La gestión tributaria.
Lección 13. La inspección de los tributos.
Lección 14. La recaudación de los tributos.
Lección 15. Infracciones y sanciones tributarias.
Lección 16. Delitos contra la Hacienda Pública.
Lección 17. Procedimientos de revisión en materia tributaria.
Lección 18. El proceso contencioso-administrativo en materia tributaria.
Lección 19. El sistema tributario estatal.
Lección 20. Sistemas tributarios autonómicos y local.
Lección 21. El presupuesto: concepto y función. Principios presupuestarios.
Lección 22. Los Presupuestos Generales del Estado: contenido y efectos.
Lección 23. Procedimiento presupuestario.
Lección 24. El control del presupuesto.
Lección 25. Presupuestos de los entes territoriales e institucionales

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: leiro en 26 de Septiembre de 2012, 20:18:19 pm
No puedo editar asi que se queda el índice.

En la página 2 de este hilo tienes la concordancia del manual con los temas de la guia que publicaron el año pasado.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: psylex25 en 26 de Septiembre de 2012, 21:23:44 pm
Programa detallado 1 parcial  . http://www.uned.es/014200/.

Programa de
DERECHO FINANCIERO
Y TRIBUTARIO I


Facultad de Derecho




Curso 2012-2013







514012 UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I
Programa para el Curso 2012-2013



I. CONCEPTOS, PRINCIPIOS Y NORMAS GENERALES

Lección 1.ª CONCEPTO Y AUTONOMÍA DEL DERECHO FINANCIERO
1. Concepto y contenido del Derecho Financiero.
2. Autonomía del Derecho Financiero.
3. Concepto y contenido del Derecho Tributario.

Lección 2.ª EL PODER FINANCIERO
1. Evolución histórica, concepto y límites.
2. Distribución funcional del poder financiero.
3. La ordenación constitucional del poder financiero en España.
4. El poder financiero del Estado.
5. El poder financiero de las Comunidades Autónomas.
   A) Comunidades Autónomas de régimen general.
   B) Comunidades Autónomas de régimen especial.
6. El poder financiero de los Entes Locales.
7. Las facultades financieras de los Entes Corporativos.

Lección 3.ª LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL ORDENAMIENTO FINANCIERO
1. El valor normativo de los principios constitucionales.
2. El principio de capacidad económica.
3. El principio de generalidad.
4. El principio de reserva de ley.
5. Otros principios constitucionales con incidencia en el Derecho Financiero.
   A) El principio de igualdad.
   B) Los principios de progresividad y no confiscatoriedad.
   C) Los principios de eficiencia y economía en el gasto público.

Lección 4.ª FUENTES DEL DERECHO FINANCIERO
1. Introducción
2. Los Tratados Internacionales.
3. Las Leyes.
   A) La Ley de Presupuestos.
   B) El Decreto-Ley.
   C) El Decreto Legislativo.
   D) La potestad legislativa de las Comunidades Autónomas.
4. Los Reglamentos.
   A) La potestad reglamentaria. Concepto y fundamento.
   B) El ejercicio de la potestad reglamentaria.
   C) Los Reglamentos de las Comunidades Autónomas y de los Entes Locales.
D) Las órdenes interpretativas y otras disposiciones administrativas.
5. El Derecho supletorio.
6. Otras fuentes del ordenamiento financiero.
   A) La costumbre y el precedente administrativo.
   B) Los principios generales del Derecho.
   C) La jurisprudencia.
7. La codificación del ordenamiento financiero.

Lección 5.ª APLICACIÓN DE LAS NORMAS FINANCIERAS
1. Ámbito espacial de aplicación.
2. Ámbito temporal de aplicación.
   A) La entrada en vigor y el cese de la vigencia.
   B) La retroactividad de las normas financieras.
3. La interpretación de las normas financieras.
   A) Naturaleza jurídica de las normas financieras.
   B) Interpretación de las normas tributarias.
   C) Las consultas en materia tributaria.
   D) La interpretación de las normas reguladoras del gasto público.
4. La analogía en el Derecho Financiero.
5. El fraude de la ley tributaria (o "conflicto en la aplicación de las normas tributarias").
6. Información y asistencia al contribuyente en el cumplimiento de obligaciones tributarias.

II. DERECHO PRESUPUESTARIO

Lección 6.ª EL PRESUPUESTO. CONCEPTO Y FUNCIÓN
1. Configuración histórica del Presupuesto del Estado.
2. La Ley de Presupuestos en el ordenamiento español.
   A) Configuración normativa.
   B) Naturaleza jurídica.
   C) Configuración por el Tribunal Constitucional.
3. El Presupuesto en el Estado contemporáneo.
4. Los principios presupuestarios.
   A) Los principios de unidad y universalidad.
   B) El principio de temporalidad.
   C) El principio de especialidad.
   D) El principio de estabilidad presupuestaria.

Lección 7.ª EL PRESUPUESTO DEL ESTADO. CONTENIDO Y EFECTOS
1. El contenido de los Presupuestos del Estado.
   A) Objeto de la Ley de presupuestos.
   B) Ámbito.
   C) Estructura del presupuesto.
2. Efectos sobre el gasto público.
3. Efectos sobre determinados gastos.
   A) Créditos excepcionales.
   B) Los gastos reservados.
   C) El deber de gastar ciertos créditos.
4. Incidencia del Presupuesto sobre situaciones jurídicas particulares.
5. Efectos sobre los ingresos.

Lección 8.ª EL CICLO PRESUPUESTARIO
1. La división de poderes en el ciclo presupuestario.
2. Elaboración del Presupuesto.
   A) La fijación del objetivo de estabilidad presupuestaria.
   B) Proceso de elaboración de los Presupuestos Generales del Estado.
   C) Criterios materiales para la elaboración de los Presupuestos.
3. Aprobación del Presupuesto.
   A) Tramitación parlamentaria.
   B) Limitaciones de la potestad parlamentaria.
   C) Aprobación de gastos con posterioridad a la Ley de Presupuestos.
4. Ejecución del Presupuesto. La gestión de los Presupuestos Generales del Estado.
   A) La gestión del Presupuesto de Gastos.
   B) La gestión del Presupuesto de ingresos.
5. Liquidación y cierre del Presupuesto.

Lección 9.ª EL CONTROL PRESUPUESTARIO
1. Configuración histórica.
2. Contenido de la función de control presupuestario.
3. Tipos de control.
4. El control interno. La Intervención del Estado.
   A) La función interventora
   B) El control financiero permanente.
   C) La auditoria pública.
   D) El control administrativo interno de los gastos reservados.
5. El Tribunal de Cuentas.
   A) Función fiscalizadora.
   B) Función judicial.
6. El control parlamentario.
   A) Medios de control.
   B) El control parlamentario de los gastos reservados.
   C) La Cuenta General del Estado.

Lección 10.ª LOS PRESUPUESTOS DE LOS DEMÁS ENTES PÚBLICOS
1. El Presupuesto de las Comunidades Autónomas.
   A) Principios generales.
   B) La aprobación de los Presupuestos y de la normativa presupuestaria.
2. El Presupuesto de las Corporaciones Locales.
   A) Contenido, función y estructura.
   B) Los principios presupuestarios.
   C) El ciclo presupuestario.
3. Presupuesto de los Organismos públicos, Entidades públicas empresariales, otros entes públicos y Sociedades mercantiles estatales.
4. El Presupuesto de la Seguridad Social.

III. DERECHO DEL CRÉDITO PÚBLICO

Lección 11.ª LA DEUDA PÚBLICA
1. Concepto y naturaleza.
2. Clases de deuda pública.
3. La reserva de ley en materia de deuda pública.
   A) Alcance y contenido.
   B) Las garantías constitucionales de la deuda.
4. Régimen jurídico de la deuda pública.
   A) Emisión.
   B) Derechos del prestamista.
   C) Conversión.
   D) Extinción.
5. Otros ingresos por operaciones de crédito.
6. Operaciones de crédito de las Comunidades Autónomas.
7. Operaciones de crédito de las Entidades Locales.

IV. DERECHO TRIBUTARIO

A) INTRODUCCIÓN

Lección 12.ª LOS INGRESOS PÚBLICOS. LOS TRIBUTOS
1. Los ingresos públicos.
   A) Concepto y caracteres.
   B) Clasificación.
2. Las prestaciones patrimoniales de carácter público.
3. Los tributos. Concepto.
4. Clases de tributos.
5. Los tributos parafiscales.
 
Lección 13.ª EL IMPUESTO
1. Concepto y caracteres.
2. Clases de impuestos.
 
Lección 14.ª LAS TASAS
1. Concepto.
2. Diferencias entre las tasas y los precios públicos.
3. Clases de tasas.
 
Lección 15.ª LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES
1. Concepto y caracteres.

B) ASPECTOS ESTRUCTURALES DEL TRIBUTO

Lección 16.ª LA RELACIÓN TRIBUTARIA Y EL HECHO IMPONIBLE
1. La configuración jurídica del tributo.
2. La obligación tributaria principal.
3. El hecho imponible.
   A) Concepto y función.
   B) Carácter normativo.
   C) Estructura.
4. El devengo del tributo.
5. La exención tributaria.
   A) Concepto y efectos.
   B) La exención como modalidad del tributo y contenido del deber de contribuir.
   C) La reserva de ley en materia de exenciones.
   D) Presupuesto de hecho y devengo de la exención.
   E) Aplicación de las exenciones. Especial consideración de los derechos adquiridos.
6. Otras obligaciones tributarias.
A) La anticipación del tributo (retenciones, ingreso a cuenta y pago fraccionado).
B) La repercusión del tributo

Lección 17.ª LOS SUJETOS DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
1. Sujeto activo del tributo
2. Las Administraciones Tributarias
3. La Agencia Estatal de Administración Tributaria.
4. Obligados tributarios y sujetos pasivos.
   A) Definición legal.
   B) El contribuyente.
   C) El sustituto.
   D) Los entes sin personalidad como obligados tributarios.
   E) Los entes públicos como obligados tributarios.
5. Solidaridad de los obligados tributarios.
6. Los responsables del tributo.
   A) Concepto y notas definitorias.
   B) Supuestos de responsabilidad.
   C) Régimen jurídico. Procedimiento para exigir la responsabilidad.
7. La sucesión en el tributo.
8. El domicilio en el Derecho Tributario.
9. La representación en el Derecho Tributario.
 
Lección 18.ª ELEMENTOS CUANTIFICADORES DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
1. La base imponible.
   A) Concepto y clases.
   B) Métodos de determinación de la base imponible.
2. Los tipos de gravamen.
3. Cuota tributaria y deuda tributaria.

Lección 19.ª LA EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
1. El pago o ingreso.
   A) Normas generales.
B) El sujeto del ingreso.
   C) Objeto del ingreso.
   D) Formas y medios del ingreso.
   E) Aplazamiento y fraccionamiento.
2. La prescripción.
3. Otras formas de extinción del tributo
A) Ideas previas
B) La compensación.
C) La condonación.
4. Las garantías del crédito tributario.
5. Las medidas cautelares.

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Peke13 en 26 de Septiembre de 2012, 22:38:45 pm
De donde has sacado eso? Yo es que solo encuentro la guia que viene en la pagina de la uned y no viene nada de eso...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: psylex25 en 26 de Septiembre de 2012, 23:52:39 pm
http://www.uned.es/014200/ es la página de Derecho fin y tributario1
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: dverfer en 27 de Septiembre de 2012, 10:08:01 am
¿Alguien me podría guiar un poquito? Tengo una duda, en el tema 4 se explica el concepto de ley tributaria sustantiva como aquella ley en la que se regulen elementos de las relaciones tributarias que no sean meras generalizaciones, excluyendo a la Ley de Presupuestos, y a las demás leyes o partes de ellas que regulen cuestiones formales.
Ahora viene lo que no entiendo:
"Forma que puede revestir la ley habilitante:
   La cláusula de habilitación puede estar contenida en una Ley de Bases, pues esta figura puede satisfacer claramente las exigencias del ppio. de reserva de ley tributaria.
   Mayores problemas plantea la posibilidad de que la habilitación se contenga en un Decreto-Ley. El Tribunal Constitucional no se ha pronunciado directamente sobre la cuestión y su postura. Quizá por ello no es clara."

¿A qué se refiere cuando se habla de ley habilitante?, ¿y cláusula de habilitación?... Perdidísima totalmente me siento :(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ElGallo en 27 de Septiembre de 2012, 10:38:05 am
Todavía no he llegado a este tema. En mi opinión ese texto hace referencia a la habilitación que el parlamento concede al ejecutivo para que éste dicte normas con fuerza de ley a través de decretos legislativos (para la elaboración de textos articulados o textos refundidos). Estaríamos ante una delegación legislativa ex ante, compatible con el principio de reserva de ley tributaria. Mayores dudas genera el decreto-ley pues en estos casos la autorización parlamentaria es posterior. Creo que a esto se refiere...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ElGallo en 27 de Septiembre de 2012, 10:41:35 am
Es decir que la ley habilitante es la que da legitimidad al ejecutivo para dictar norma con fuerza de ley. Como en el decreto-ley no está esa previa ley habilitante de ahí que surjan dudas en este último caso. Te recuerdo que las materias que puede legislar un decreto-ley están tasadas por la CE.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: dverfer en 27 de Septiembre de 2012, 10:54:36 am
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Es decir que la ley habilitante es la que da legitimidad al ejecutivo para dictar norma con fuerza de ley. Como en el decreto-ley no está esa previa ley habilitante de ahí que surjan dudas en este último caso. Te recuerdo que las materias que puede legislar un decreto-ley están tasadas por la CE.

Muchas gracias ElGallo!! te has explicado genial ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 27 de Septiembre de 2012, 11:49:48 am
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¿Alguien me podría guiar un poquito? Tengo una duda, en el tema 4 se explica el concepto de ley tributaria sustantiva como aquella ley en la que se regulen elementos de las relaciones tributarias que no sean meras generalizaciones, excluyendo a la Ley de Presupuestos, y a las demás leyes o partes de ellas que regulen cuestiones formales.
Ahora viene lo que no entiendo:
"Forma que puede revestir la ley habilitante:
   La cláusula de habilitación puede estar contenida en una Ley de Bases, pues esta figura puede satisfacer claramente las exigencias del ppio. de reserva de ley tributaria.
   Mayores problemas plantea la posibilidad de que la habilitación se contenga en un Decreto-Ley. El Tribunal Constitucional no se ha pronunciado directamente sobre la cuestión y su postura. Quizá por ello no es clara."

¿A qué se refiere cuando se habla de ley habilitante?, ¿y cláusula de habilitación?... Perdidísima totalmente me siento :(

El/la compañero/a se ha pronunciado bien sobre la materia, pero salvo opinión en contra de los/las foreros, amplio un poco más.

tanto los RDLegislativos como los Reales Decretos-Ley son "normas" con fuerza de ley, la diferencia del primero respecto al segundo está blindada por eso que apunta ElGallo, porque es el poder legislativos el que bajo la Ley de Bases faculta al ejecutivo a que desarrolle "la materia" mediante un Texto Refundido o Articulado, son las dos formas que puede "revestir" la delegación de la regulación de RDLegislativo.

En el primer caso, lo que hace el legislativo es "autorizar" la compilación, la unión de normas legales dispersas sobre una materia en una sola, por ejemplo el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.

En el segundo caso "sienta" las bases para su regulación por el ejecutivo de una materia concreta, a las cuales queda vinculado, por ejemplo, el Real Decreto Legislativo de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, desarrolla mediante un cuantioso articulado lo recogida en la Ley de Bases de "esa materia" que previamente fue aprobada por el legislativo.

El Real Decreto Ley también está encuadrado en "las disposiciones/normas con fuerza de ley", pero los requisitos para ello están muy tasados en la CE, otra cosa es que desde hace años el Decreto Ley no se utilice para las funciones que se recogen en nuestra Norma Suprema, así que un vez que lo dicta el ejecutivo, si tras los 30 días se ratifica en la Cámara, pues estamos ante una norma que obliga igual que la ley; su principal problema es que "invada" la reserva de ley, ese es el problema, en esta materia y en otras muchas, de ahí que a tantos RDLey se hayan planteado cuestión de inconstitucionalidad en el TC.

Por eso, éste último, es que ha sentado, más o menos, mediante "su jurisprudencia"; de ahí que no se plantee problemas cuando la habilitación proviene como consecuencia de la "delegación legislativa", tiene el escudo de la "cláusula de habilitación", mientra que en la que es por propia iniciativa de ejecutivo, se podrían encontrar, que la habilitación recogida en la CE para dictar este tipo de normas, contenga preceptos en contra.

Si te vas a la jurisprudencia de TC, encontrarás dónde se han puesto los límites para la regulación mediante Reales Decretos Leyes "materia tributaria", aparece "reseñado" en el manual y se puede extraer en unos cuatro puntos cortos.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: dverfer en 27 de Septiembre de 2012, 12:07:08 pm
Muy bien. Muchas gracias mnieves :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 27 de Septiembre de 2012, 12:10:21 pm
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Muy bien. Muchas gracias mnieves :)

 ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: PLASS en 27 de Septiembre de 2012, 12:16:42 pm
Madre mía lo que sabeis por aquí.. y yo recien matriculado en el grado y me cojo esta asignatura en fin , valor y al toro.

Mi pregunta es que cotejando los epígrafes con los apuntes de Jose Vivero ( no sé ya como darle las gracias por ese increible trabajo ) son los mismos, aunque se habla de bastantes cambios en las leyes  por la LEy de Estabilidad Presupuestaria .. entonces ¿ Se sabe ya que epígrafes o partes del temario han cambiado?

Otra cosita, yo soy Licenciado en ADE y estoy viendo varias similitudes con dos asignaturas que cursé ( Régimen fiscal y Sistemas Fiscales)..¿alguien que haya probado la convalidación de esta asignatura por algo relacionado? Yo voy a probar alomejor suena la flauta en mayo vaya a ser que suspenda

Gracias y estoy aquí para lo que querais.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 27 de Septiembre de 2012, 12:55:13 pm
No te preocupes compañero Plas, que en esta materia, que creo "no superada", yo no tenía ni idea, lo que le he explicado al compañero viene de la "base" de tener superado los cuatro constitucionales, en eso no soy novata, simplemente he adquirido conocimientos, los mismos que tu adquirirás cuando avances en el estudio de materias.

Sobre lo otro, lo siento, pero no tengo ni idea.

 :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: trikilojo en 27 de Septiembre de 2012, 17:08:03 pm
Tomo nota de todo y me uno al post. Suerte a tod@s  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Lucaled en 27 de Septiembre de 2012, 19:11:55 pm
muy buenas...entonces...como queda esto....el 1er parcial son 19 temas......y el examen consta de 6 preguntas a elegir 5...no?una de esa 6 preguntas corresponden a los bloques 2(tema 6,7,8,9 y 10)y bloque3(tema 11), correcto?
alguna modificacion al respecto?
Gracias....sois geniales :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Alisio en 27 de Septiembre de 2012, 20:52:26 pm
La guia colgada con su indice, corresponde en su totalidad con los apuntes de Jose vivero, estan completos.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 27 de Septiembre de 2012, 21:01:46 pm
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La guia colgada con su indice, corresponde en su totalidad con los apuntes de Jose vivero, estan completos.
Las modificaciones pueden ser de contenido y ser los mismos epígrafes, por lo que es conveniente cotejarlo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: kurtwild en 28 de Septiembre de 2012, 17:43:37 pm
Alguien que tenga la edición 23ª ha cotejado que no haya novedades con respecto de los apuntes de Vivero? Yo solo puedo hablar por la edición vigésimo segunda que es la que tengo en casa, y todo cuadra perfectamente.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: luisa64 en 28 de Septiembre de 2012, 18:56:59 pm
Que digo yo, ¿tanto trabajo les hubiera costado que el programa de la asignatura siguiera el índice del libro, o viceversa? ¿han recortado los epígrafes del índice del libro, los han tirado al aire, y donde caiga cayeron? Si el orden natural de estudio es el del libro ¿por qué el programa sigue otro orden?Y si el orden natural de estudio es el del programa, ¿por qué el libro sigue otro orden? ¿No se da cuenta el equipo docente que estas cosas dicen muy poco de su profesionalidad?

En fin, si es que soy una ingenua y a veces se me olvida que esto es la UNED y esto es España...

Saludos

 
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 28 de Septiembre de 2012, 19:01:05 pm
La verdad que no se entiende lo de este departamento con el libro y el programa, yo voy a estudiar por los apuntes de Jose Vivero que ya el compañero ha pasado directamente de los bloques II y III y todos sus apuntes son geniales, estupendos y maravillosos  :)

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: luisa64 en 28 de Septiembre de 2012, 19:22:55 pm
Por ejemplo, 2 epígrafes del tema 11 del libro (17 del programa) son del primer parcial, y otros epígrafes del tema 11 del libro son del segundo parcial y de los temas 20 y 21 del programa. O el tema 9 del libro, que se reparte entre las lecciones 16 y 18 del programa. ¿Quién da más?

Sólo por estudiar esta asignatura por el libro en el orden del programa nos tendrían que dar créditos...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pedro R en 28 de Septiembre de 2012, 23:53:02 pm
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Que digo yo, ¿tanto trabajo les hubiera costado que el programa de la asignatura siguiera el índice del libro, o viceversa? ¿han recortado los epígrafes del índice del libro, los han tirado al aire, y donde caiga cayeron? Si el orden natural de estudio es el del libro ¿por qué el programa sigue otro orden?Y si el orden natural de estudio es el del programa, ¿por qué el libro sigue otro orden? ¿No se da cuenta el equipo docente que estas cosas dicen muy poco de su profesionalidad?

En fin, si es que soy una ingenua y a veces se me olvida que esto es la UNED y esto es España...

Saludos

 

Esto empieza a ser recurrente en la UNED, es una manera de mantener vivas dos cosas:

- la venta del libro, sin que tengan que revisarlo (si la ley no ha cambiado en un año pocas cosas cambian ellos de una edición a otra)

- La tensión para el estudio, ya que así todos los años has de elaborar nuevos apuntes.

Ya paso en Civil el año pasado, en esta veo que lo mismo y estoy convencido que poco a poco se sumaran más...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ruben30cuenca en 01 de Octubre de 2012, 10:39:54 am
Entonces, para dividir los 5 bloques,que orden segimos?guía o programa?que lio
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 01 de Octubre de 2012, 10:45:30 am
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cuantas paginas tienen los apuntes de vivero?

Un saludo. Susana

194 páginas Susana, pero sí es cierto que hace una presentación, deja espacios y lo hace todo mucho más comprensible y fácil de estudiar, yo por ejemplo no aguanto los apuntes que no dejan espacios, me agotan...

Además los apuntes de este chico son todos geniales, yo he aprobado procesal economía y hacienda gracias a sus apuntes y como no estudiando, ahora financieron e internacional público también por sus apuntes.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: osaloma en 01 de Octubre de 2012, 18:03:58 pm
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194 páginas Susana, pero sí es cierto que hace una presentación, deja espacios y lo hace todo mucho más comprensible y fácil de estudiar, yo por ejemplo no aguanto los apuntes que no dejan espacios, me agotan...

Además los apuntes de este chico son todos geniales, yo he aprobado procesal economía y hacienda gracias a sus apuntes y como no estudiando, ahora financieron e internacional público también por sus apuntes.

ok. ya los tengo. todavia no he cogido el libro en la biblioteca. cuando pueda voy a cotejarlos y haber que pasa. Vivero nos ha dado permiso para utilizarlos y actualizarlos, lo he puesto en un mensaje


Un saludo. Susana
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 03 de Octubre de 2012, 12:53:07 pm
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La verdad que no se entiende lo de este departamento con el libro y el programa, yo voy a estudiar por los apuntes de Jose Vivero que ya el compañero ha pasado directamente de los bloques II y III y todos sus apuntes son geniales, estupendos y maravillosos  :)

+ 1
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: telmiguai en 05 de Octubre de 2012, 11:27:45 am
Hola buenas...

¿Sabe alguien si la ley ha cambiado mucho? quiero decir... ¿puedo estudiar esta asignatura por la edición anterior? (22ª)

Qué manía, no? por qué cambiarán los libros todos lo años? Es que después, los malos, tacaños, orgullosos e irresponsables somos los alumnos... y yo no quiero pensar mal del equipo docente...

Bueno, agradezco de antemano vuestra respuesta.

Saludos!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 05 de Octubre de 2012, 11:31:39 am
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Hola buenas...

¿Sabe alguien si la ley ha cambiado mucho? quiero decir... ¿puedo estudiar esta asignatura por la edición anterior? (22ª)

Qué manía, no? por qué cambiarán los libros todos lo años? Es que después, los malos, tacaños, orgullosos e irresponsables somos los alumnos... y yo no quiero pensar mal del equipo docente...

Bueno, agradezco de antemano vuestra respuesta.

Saludos!
el cambio es mínimo, tan solo se hace referencia a la ley de estabilidad que aprobó el Gobierno, también comentan que en la letra pequeña hay alguna sentencia, la letra pequeña no la he mirado
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: telmiguai en 05 de Octubre de 2012, 11:34:29 am
Muchas gracias por tu respuesta. Me pondré a organizar el libro del año pasado, a ver si consigo estudiar por él sin sufrir mucho quebradero de cabeza. Si es necesario le arrancaré las hojas...

Saludos.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Nandae en 05 de Octubre de 2012, 12:38:18 pm
Buenos días, compañeros/as.
Creo que he logrado realizar una correspondencia correcta entre programa y libro del primer parcial, os la pongo aquí por si os puede servir.
Debajo de cada lección del programa está el tema y las páginas del libro que corresponden, y en los temas que entran unos epígrafes sí y otros no también está indicado.  Espero no haberlo liado mucho.
Si alguien encuentra algún error, corregidme por favor.  Y si no cabe todo en un mismo mensaje, lo iré hilando.
Un saludo.

Nandae

DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I
Programa para el Curso 2012-2013

PRIMER PARCIAL


I. CONCEPTOS, PRINCIPIOS Y NORMAS GENERALES

Lección 1.ª CONCEPTO Y AUTONOMÍA DEL DERECHO FINANCIERO
(Libro tema 1 pag 31-38)

1. Concepto y contenido del Derecho Financiero.
2. Autonomía del Derecho Financiero.
3. Concepto y contenido del Derecho Tributario.

Lección 2.ª EL PODER FINANCIERO
(Libro tema 8 pag 177-227)

1. Evolución histórica, concepto y límites.
2. Distribución funcional del poder financiero.
3. La ordenación constitucional del poder financiero en España.
4. El poder financiero del Estado.
5. El poder financiero de las Comunidades Autónomas.
   A) Comunidades Autónomas de régimen general.
   B) Comunidades Autónomas de régimen especial.
6. El poder financiero de los Entes Locales.
7. Las facultades financieras de los Entes Corporativos.

Lección 3.ª LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL ORDENAMIENTO FINANCIERO
(Libro tema 5 pag 97-127)

1. El valor normativo de los principios constitucionales.
2. El principio de capacidad económica.
3. El principio de generalidad.
4. El principio de reserva de ley.
5. Otros principios constitucionales con incidencia en el Derecho Financiero.
   A) El principio de igualdad.
   B) Los principios de progresividad y no confiscatoriedad.
   C) Los principios de eficiencia y economía en el gasto público.

Lección 4.ª FUENTES DEL DERECHO FINANCIERO
(Libro tema 6 pag 129-154)

1. Introducción
2. Los Tratados Internacionales.
3. Las Leyes.
   A) La Ley de Presupuestos.
   B) El Decreto-Ley.
   C) El Decreto Legislativo.
   D) La potestad legislativa de las Comunidades Autónomas.
4. Los Reglamentos.
   A) La potestad reglamentaria. Concepto y fundamento.
   B) El ejercicio de la potestad reglamentaria.
   C) Los Reglamentos de las Comunidades Autónomas y de los Entes Locales.
        D) Las órdenes interpretativas y otras disposiciones administrativas.
5. El Derecho supletorio.
6. Otras fuentes del ordenamiento financiero.
   A) La costumbre y el precedente administrativo.
   B) Los principios generales del Derecho.
   C) La jurisprudencia.
7. La codificación del ordenamiento financiero.

Lección 5.ª APLICACIÓN DE LAS NORMAS FINANCIERAS
(Libro tema 7 pag 157-175) (epig. IV del libro no está en el programa)

1. Ámbito espacial de aplicación.
2. Ámbito temporal de aplicación.
   A) La entrada en vigor y el cese de la vigencia.
   B) La retroactividad de las normas financieras.
3. La interpretación de las normas financieras.
   A) Naturaleza jurídica de las normas financieras.
   B) Interpretación de las normas tributarias.
   C) Las consultas en materia tributaria.
   D) La interpretación de las normas reguladoras del gasto público.
4. La analogía en el Derecho Financiero.
5. El fraude de la ley tributaria (o "conflicto en la aplicación de las normas tributarias").
6. Información y asistencia al contribuyente en el cumplimiento de obligaciones tributarias.

II. DERECHO PRESUPUESTARIO

Lección 6.ª EL PRESUPUESTO. CONCEPTO Y FUNCIÓN
(Libro tema 21 pag 741-755)

1. Configuración histórica del Presupuesto del Estado.
2. La Ley de Presupuestos en el ordenamiento español.
   A) Configuración normativa.
   B) Naturaleza jurídica.
   C) Configuración por el Tribunal Constitucional.
3. El Presupuesto en el Estado contemporáneo.
4. Los principios presupuestarios.
   A) Los principios de unidad y universalidad.
   B) El principio de temporalidad.
   C) El principio de especialidad.
   D) El principio de estabilidad presupuestaria.

Lección 7.ª EL PRESUPUESTO DEL ESTADO. CONTENIDO Y EFECTOS
(Libro tema 22 pag 759-770)

1. El contenido de los Presupuestos del Estado.
   A) Objeto de la Ley de presupuestos.
   B) Ámbito.
   C) Estructura del presupuesto.
2. Efectos sobre el gasto público.
3. Efectos sobre determinados gastos.
   A) Créditos excepcionales.
   B) Los gastos reservados.
   C) El deber de gastar ciertos créditos.
4. Incidencia del Presupuesto sobre situaciones jurídicas particulares.
5. Efectos sobre los ingresos.

Lección 8.ª EL CICLO PRESUPUESTARIO
(Libro tema 23 pag 771-794)

1. La división de poderes en el ciclo presupuestario.
2. Elaboración del Presupuesto.
   A) La fijación del objetivo de estabilidad presupuestaria.
   B) Proceso de elaboración de los Presupuestos Generales del Estado.
   C) Criterios materiales para la elaboración de los Presupuestos.
3. Aprobación del Presupuesto.
   A) Tramitación parlamentaria.
   B) Limitaciones de la potestad parlamentaria.
   C) Aprobación de gastos con posterioridad a la Ley de Presupuestos.
4. Ejecución del Presupuesto. La gestión de los Presupuestos Generales del Estado.
   A) La gestión del Presupuesto de Gastos.
   B) La gestión del Presupuesto de ingresos.
5. Liquidación y cierre del Presupuesto.

Lección 9.ª EL CONTROL PRESUPUESTARIO
(Libro tema 24 pag 796-814) (epig. VII del libro no está en el programa)

1. Configuración histórica.
2. Contenido de la función de control presupuestario.
3. Tipos de control.
4. El control interno. La Intervención del Estado.
   A) La función interventora
   B) El control financiero permanente.
   C) La auditoria pública.
   D) El control administrativo interno de los gastos reservados.
5. El Tribunal de Cuentas.
   A) Función fiscalizadora.
   B) Función judicial.
6. El control parlamentario.
   A) Medios de control.
   B) El control parlamentario de los gastos reservados.
   C) La Cuenta General del Estado.

Lección 10.ª LOS PRESUPUESTOS DE LOS DEMÁS ENTES PÚBLICOS
(Libro tema 25 Pag 819-836)

1. El Presupuesto de las Comunidades Autónomas.
   A) Principios generales.
   B) La aprobación de los Presupuestos y de la normativa presupuestaria.
2. El Presupuesto de las Corporaciones Locales.
   A) Contenido, función y estructura.
   B) Los principios presupuestarios.
   C) El ciclo presupuestario.
3. Presupuesto de los Organismos públicos, Entidades públicas empresariales, otros entes públicos y Sociedades mercantiles estatales.
4. El Presupuesto de la Seguridad Social.

III. DERECHO DEL CRÉDITO PÚBLICO

Lección 11.ª LA DEUDA PÚBLICA
(Libro tema 3 pag 51-61)

1. Concepto y naturaleza.
2. Clases de deuda pública.
3. La reserva de ley en materia de deuda pública.
   A) Alcance y contenido.
   B) Las garantías constitucionales de la deuda.
4. Régimen jurídico de la deuda pública.
   A) Emisión.
   B) Derechos del prestamista.
   C) Conversión.
   D) Extinción.
5. Otros ingresos por operaciones de crédito.
6. Operaciones de crédito de las Comunidades Autónomas.
7. Operaciones de crédito de las Entidades Locales.

IV. DERECHO TRIBUTARIO

A) INTRODUCCIÓN

Lección 12.ª LOS INGRESOS PÚBLICOS. LOS TRIBUTOS
(Libro temas 2 y 4)

1. Los ingresos públicos.
   A) Concepto y caracteres. Tema 2: 1
   B) Clasificación. Tema 2: 2
2. Las prestaciones patrimoniales de carácter público. Tema 2: 5
3. Los tributos. Concepto. Tema 4: 1.1
4. Clases de tributos. Tema 4: 1.2
5. Los tributos parafiscales. Tema 4: 5
 
Lección 13.ª EL IMPUESTO
(Libro tema 4)

1. Concepto y caracteres. Tema 4: 2.1
2. Clases de impuestos. Tema 4: 2.2
 
Lección 14.ª LAS TASAS
(Libro tema 4)

1. Concepto. Tema 4: 1.1
2. Diferencias entre las tasas y los precios públicos. Tema 4: 1.2
3. Clases de tasas. Tema 4: 1.3
 
Lección 15.ª LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES
(Libro tema 4)

1. Concepto y caracteres. Tema 4: 4

B) ASPECTOS ESTRUCTURALES DEL TRIBUTO

Lección 16.ª LA RELACIÓN TRIBUTARIA Y EL HECHO IMPONIBLE
(Libro tema9 pag 228-254)

1. La configuración jurídica del tributo.
2. La obligación tributaria principal.
3. El hecho imponible.
   A) Concepto y función.
   B) Carácter normativo.
   C) Estructura.
4. El devengo del tributo.
5. La exención tributaria.
   A) Concepto y efectos.
   B) La exención como modalidad del tributo y contenido del deber de contribuir.
   C) La reserva de ley en materia de exenciones.
   D) Presupuesto de hecho y devengo de la exención.
   E) Aplicación de las exenciones. Especial consideración de los derechos adquiridos.
6. Otras obligaciones tributarias.
        A) La anticipación del tributo (retenciones, ingreso a cuenta y pago fraccionado).
        B) La repercusión del tributo

Lección 17.ª LOS SUJETOS DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
(Libro temas 10 y 11 pag 257-294)

1. Sujeto activo del tributo. Tema 10: 1
2. Las Administraciones Tributarias. Tema 11: 2
3. La Agencia Estatal de Administración Tributaria. Tema 11: 3
4. Obligados tributarios y sujetos pasivos. Tema 10: 2
   A) Definición legal.
   B) El contribuyente.
   C) El sustituto.
   D) Los entes sin personalidad como obligados tributarios.
   E) Los entes públicos como obligados tributarios.
5. Solidaridad de los obligados tributarios. Tema 10: 3
6. Los responsables del tributo. Tema 10: 4
   A) Concepto y notas definitorias.
   B) Supuestos de responsabilidad.
   C) Régimen jurídico. Procedimiento para exigir la responsabilidad.
7. La sucesión en el tributo. Tema 10: 5
8. El domicilio en el Derecho Tributario. Tema 10: 7
9. La representación en el Derecho Tributario. Tema 10: 8
 
Lección 18.ª ELEMENTOS CUANTIFICADORES DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
(Libro tema 9, epígrafe 5)

1. La base imponible.
   A) Concepto y clases.
   B) Métodos de determinación de la base imponible.
2. Los tipos de gravamen.
3. Cuota tributaria y deuda tributaria.

Lección 19.ª LA EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
(Libro tema 14)

1. El pago o ingreso.
   A) Normas generales. Tema 14: 3.1
        B) El sujeto del ingreso. Tema 14: 3.3
   C) Objeto del ingreso. Tema 14: 3.4
   D) Formas y medios del ingreso. Tema 14: 3.5
   E) Aplazamiento y fraccionamiento. Tema 14: 4
2. La prescripción. Tema 14: 10
3. Otras formas de extinción del tributo. Tema 14: 11
        A) Ideas previas
        B) La compensación.
        C) La condonación.
4. Las garantías del crédito tributario. Tema 14: 7
5. Las medidas cautelares. Tema 14: 8

Por cierto, sacando pacientemente la suma, son un total de 400 páginas.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Ponder en 05 de Octubre de 2012, 12:50:11 pm
Gracias Nandae :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: telmiguai en 05 de Octubre de 2012, 12:51:34 pm
Estos aportes son de esos que no se pagan con dinero. Pero qué grande eres...

Muchas gracias!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Nandae en 05 de Octubre de 2012, 12:56:33 pm
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Estos aportes son de esos que no se pagan con dinero. Pero qué grande eres...

Muchas gracias!

En realidad mido un metro y medio  ;D  pero se agradece  :-*
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Nandae en 05 de Octubre de 2012, 13:04:16 pm
Y ahora que empiezo a ojear el libro por encima...¿también hay que estudiar todo ese millón de páginas con letra superpequeñaja? si es así ¿la UNED nos paga los analgésicos para el dolor de cabeza y las gafas graduadas?  :o
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: macamen27 en 05 de Octubre de 2012, 14:30:56 pm
¿Qué Código de Leyes Presupuestarias me recomendais? No se cuál comprar.
Saludos.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Peke13 en 05 de Octubre de 2012, 18:47:19 pm
En la carpeta de documentos de alf han colgado las concordancias con el libro
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Nandae en 06 de Octubre de 2012, 09:47:09 am
Tras comprobar mis correspondencias con las de ALF, he visto que he cometido un error.
El tema 14 del programa corresponde con el tema 4, epígrafe 3 del libro, como dice en ALF, no con el epígrafe 1 como yo puse.
Disculpad si a alguien le he creado confusión.
Un saludo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: rbky en 06 de Octubre de 2012, 12:21:53 pm
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194 páginas Susana, pero sí es cierto que hace una presentación, deja espacios y lo hace todo mucho más comprensible y fácil de estudiar, yo por ejemplo no aguanto los apuntes que no dejan espacios, me agotan...

Además los apuntes de este chico son todos geniales, yo he aprobado procesal economía y hacienda gracias a sus apuntes y como no estudiando, ahora financieron e internacional público también por sus apuntes.
es fácil si no te gustan los apuntes que no dejan espacios te haces los tuyos... igual una explicación a no dejar espacio es para que en caso de imprimir no sean tantas páginas, yo por ejemplo si le envío a alguien mis apuntes les quito el color para que en caso de que lo imprima no gaste tinta de color. pero en fin... creo Raúl que no has hecho apuntes nunca, y si alguna vez te cruzas con algún apunte mío por favor ni lo leas. gracias.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: CHEN en 06 de Octubre de 2012, 12:37:57 pm
Creo que Raul31 no ha criticado ni puesto en tela de juicio los apuntes de nadie, solo opina o comparte la idea de sus gustos ante cualquier apunte.

De todas formas lo que quería decir es que los apuntes de Vivero coinciden con el programa de este año. A no ser que se me haya ido algo.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: silu en 06 de Octubre de 2012, 13:01:15 pm
  :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: janegua en 06 de Octubre de 2012, 13:35:07 pm
Yo lo flipo, directamente  :o
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 06 de Octubre de 2012, 14:13:23 pm
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Creo que Raul31 no ha criticado ni puesto en tela de juicio los apuntes de nadie, solo opina o comparte la idea de sus gustos ante cualquier apunte.

De todas formas lo que quería decir es que los apuntes de Vivero coinciden con el programa de este año. A no ser que se me haya ido algo.

Saludos

Coincido contigo Chen en lo expuesto relativo al compañero Raúl31, pero no voy a entrar nunca más en nada de "esos dimis y diretes" de este foro ni cualquier otro.

Di las gracias públicamente a José Vivero Russo al acudir de forma tan solicita a mi petición; las vuelvo a reiterar, tengo desde ayer el manual, la edición actualizada, y no le tengo que añadir ni un punto ni una coma a sus apuntes, así que para mi que me voy a ahorrar el tener que hacer resumen de los temas de este primer parcial.

Alguien preguntaba que qué Código compraba, yo he comprado el de la Ley, cuando hay tanta normativa a la que acudir prefiero un Compendio, no algo como el Cc o el Cp, por ejemplo, si bien, son mis gustos, cada cual tendrá el suyo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: CHEN en 06 de Octubre de 2012, 18:25:06 pm
Yo utilizo la Ley General Tributaria.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ste_46 en 06 de Octubre de 2012, 18:25:27 pm
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Y ahora que empiezo a ojear el libro por encima...¿también hay que estudiar todo ese millón de páginas con letra superpequeñaja? si es así ¿la UNED nos paga los analgésicos para el dolor de cabeza y las gafas graduadas?  :o

yo tampoco entiendo esta costumbre para poner letrasupermini....y encima hay cosas importantes en ella...habrá que hacerle algún caso...si hay alguien que ya haya cursado esta asignatura podría decirnos si puede ser materia de examen o no. yo la estoy leyendo y te ayuda a comprender bastantes cosas que sino no las pillo ni dandole treinta lecturas a cada tema. un saludo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: CHEN en 06 de Octubre de 2012, 18:29:51 pm
Para eso son concretamente, para ayudarte a comprender el texto.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 06 de Octubre de 2012, 18:32:52 pm
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yo tampoco entiendo esta costumbre para poner letrasupermini....y encima hay cosas importantes en ella...habrá que hacerle algún caso...si hay alguien que ya haya cursado esta asignatura podría decirnos si puede ser materia de examen o no. yo la estoy leyendo y te ayuda a comprender bastantes cosas que sino no las pillo ni dandole treinta lecturas a cada tema. un saludo

A veces y solo a veces, la letra pequeña se entiende mejor que la grande, más que nada porque hay ejemplos y asi los conceptos son más fáciles de trasladar a la realidad. En las FAQS de la asignatura habla de la letra pequeña...En mi caso, que tengo aprobado F y T I, puff, que alivio, no me estudie la letra pequeña, la leí, por si acalaraba algo, tome nota de algun ejemplo...pero hubo temas donde pasé directamente de ella.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ste_46 en 06 de Octubre de 2012, 18:43:07 pm
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A veces y solo a veces, la letra pequeña se entiende mejor que la grande, más que nada porque hay ejemplos y asi los conceptos son más fáciles de trasladar a la realidad. En las FAQS de la asignatura habla de la letra pequeña...En mi caso, que tengo aprobado F y T I, puff, que alivio, no me estudie la letra pequeña, la leí, por si acalaraba algo, tome nota de algun ejemplo...pero hubo temas donde pasé directamente de ella.
gracias matias y enhorabuena por habertela sacado de encima...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 06 de Octubre de 2012, 18:50:38 pm
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gracias matias y enhorabuena por habertela sacado de encima...

Fue un alivio muy grande jejeje
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pedro G. en 06 de Octubre de 2012, 20:49:45 pm
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¿Alguien me podría guiar un poquito? Tengo una duda, en el tema 4 se explica el concepto de ley tributaria sustantiva como aquella ley en la que se regulen elementos de las relaciones tributarias que no sean meras generalizaciones, excluyendo a la Ley de Presupuestos, y a las demás leyes o partes de ellas que regulen cuestiones formales.
Ahora viene lo que no entiendo:
"Forma que puede revestir la ley habilitante:
   La cláusula de habilitación puede estar contenida en una Ley de Bases, pues esta figura puede satisfacer claramente las exigencias del ppio. de reserva de ley tributaria.
   Mayores problemas plantea la posibilidad de que la habilitación se contenga en un Decreto-Ley. El Tribunal Constitucional no se ha pronunciado directamente sobre la cuestión y su postura. Quizá por ello no es clara."

¿A qué se refiere cuando se habla de ley habilitante?, ¿y cláusula de habilitación?... Perdidísima totalmente me siento :(

Hola dverfer:

   Discrepo de las respuestas que te han dado los compañeros a tu duda. El concepto de "ley habilitante" en el contexto en el que te refieres no tiene absolutamente nada que ver con la delegación legislativa que las Cortes pueden otorgar a favor del gobierno para que éste dicte normas con rango de ley, en concreto los denominados Decretos Legislativos (arts. 82 a 85 CE)

   El asunto al que te refieres está centrado en el art. 134.7 CE, que establece que la Ley de Presupuestos no podrá crear ningún tributo y que sólo podrá modificarlos cuando una ley tributaria sustantiva así lo prevea. A esta ley tributaria sustantiva que "habilita" a la Ley de Presupuestos a modificar tributos es a lo que se refiere el texto como "ley habilitante".

   Así, esa ley tributaria "habilitante" -que permite a la Ley de Presupuestos modificar un determinado tributo-, puede ser cualquier ley -no vale, obviamente, que la Ley de Presupuestos se habilite a sí misma para modificar un tributo-, y además ha de ser sustantiva, es decir, que regule elementos esenciales del tributo del que se trate (hecho imponible, obligados tributarios, etc...), y no meras generalidades.

   Puesto que se exige que sea una ley la que habilite a que la Ley de Presupuestos modifique un tributo, se hace referencia en el texto a la forma que puede revestir esa ley, indicándose que, además de una ley ordinaria, dicha habilitación puede estar contenida en la Ley de Bases que contenga la delegación legislativa que las Cortes otorguen al Gobierno para dictar un Decreto Legislativo -de aquí puede venir la confusión de los compañeros entre "ley habilitante" para que la Ley de Presupuestos pueda modificar un tributo y delegación legislativa que "habilita" al Gobierno a dictar leyes-, y que es más discutible que la habilitación pueda estar contenida en un Decreto-Ley, dado que, aunque tal forma tenga fuerza de ley, si no es tramitada como proyecto de ley nunca llegará a ser formalmente una ley. De hecho, el TC ha negado en unos casos y aceptado en otros que un Decreto Ley pueda contener una cláusula habilitante en el sentido en el que hablamos.

   Espero haber aclarado tus dudas, y si no, me lo dices y lo intento de nuevo.  ;)

Saludos

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 06 de Octubre de 2012, 22:16:24 pm
Gracias Pedro G.

Hago un copia/pega de tu aclaratoria respuesta.

Me "falla" bastante el argumento en esta materia, aunque haya aprobado por los pelos el primer parcial en septiembre.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pedro G. en 08 de Octubre de 2012, 07:59:43 am
El pasado Sábado 6 colgué el siguiente mensaje aquí:

"¿Alguien tiene las preguntas de examen de años anteriores clasificadas por tema? No es necesario que estén contestadas, me vale con la relación de preguntas y el tema al que pertenece.

Gracias y saludos
"

Y hoy está borrado. Ya dejé de participar en este foro el curso pasado por cosas como éstas -absoluta arbitrariedad de los moderadores, que dejan cadenas de mensajes sobre chorradas y borran mensajes como estos-, y está claro que el asunto sigue igual.

Adios de nuevo

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: dverfer en 08 de Octubre de 2012, 08:41:23 am
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Hola dverfer:

   Discrepo de las respuestas que te han dado los compañeros a tu duda. El concepto de "ley habilitante" en el contexto en el que te refieres no tiene absolutamente nada que ver con la delegación legislativa que las Cortes pueden otorgar a favor del gobierno para que éste dicte normas con rango de ley, en concreto los denominados Decretos Legislativos (arts. 82 a 85 CE)

   El asunto al que te refieres está centrado en el art. 134.7 CE, que establece que la Ley de Presupuestos no podrá crear ningún tributo y que sólo podrá modificarlos cuando una ley tributaria sustantiva así lo prevea. A esta ley tributaria sustantiva que "habilita" a la Ley de Presupuestos a modificar tributos es a lo que se refiere el texto como "ley habilitante".

   Así, esa ley tributaria "habilitante" -que permite a la Ley de Presupuestos modificar un determinado tributo-, puede ser cualquier ley -no vale, obviamente, que la Ley de Presupuestos se habilite a sí misma para modificar un tributo-, y además ha de ser sustantiva, es decir, que regule elementos esenciales del tributo del que se trate (hecho imponible, obligados tributarios, etc...), y no meras generalidades.

   Puesto que se exige que sea una ley la que habilite a que la Ley de Presupuestos modifique un tributo, se hace referencia en el texto a la forma que puede revestir esa ley, indicándose que, además de una ley ordinaria, dicha habilitación puede estar contenida en la Ley de Bases que contenga la delegación legislativa que las Cortes otorguen al Gobierno para dictar un Decreto Legislativo -de aquí puede venir la confusión de los compañeros entre "ley habilitante" para que la Ley de Presupuestos pueda modificar un tributo y delegación legislativa que "habilita" al Gobierno a dictar leyes-, y que es más discutible que la habilitación pueda estar contenida en un Decreto-Ley, dado que, aunque tal forma tenga fuerza de ley, si no es tramitada como proyecto de ley nunca llegará a ser formalmente una ley. De hecho, el TC ha negado en unos casos y aceptado en otros que un Decreto Ley pueda contener una cláusula habilitante en el sentido en el que hablamos.

   Espero haber aclarado tus dudas, y si no, me lo dices y lo intento de nuevo.  ;)

Saludos

Compi, es una pena que te marches!!! Muchísimas gracias por tu aclaración  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: dverfer en 08 de Octubre de 2012, 08:43:13 am
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Yo lo flipo, directamente  :o

Pues anda que yo...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: telmiguai en 08 de Octubre de 2012, 10:30:20 am
Acaban de publicar an Alf, en la carpeta de documentos, las concordancias del programa oficial 2012/13 con el manual recomendado del año pasado (22ª edición).

Un detalle por su parte...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 08 de Octubre de 2012, 11:54:02 am
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El pasado Sábado 6 colgué el siguiente mensaje aquí:

"¿Alguien tiene las preguntas de examen de años anteriores clasificadas por tema? No es necesario que estén contestadas, me vale con la relación de preguntas y el tema al que pertenece.

Gracias y saludos
"

Y hoy está borrado. Ya dejé de participar en este foro el curso pasado por cosas como éstas -absoluta arbitrariedad de los moderadores, que dejan cadenas de mensajes sobre chorradas y borran mensajes como estos-, y está claro que el asunto sigue igual.

Adios de nuevo

¡Pero esto es increible!

Han borrado tu pregunta porque anoche, bueno de madrugada, inicié la relación de preguntas y respuestas del primer curso 2005/2006.

¿Porquéééééééééééé?

Jolines Pedro R., tienes razón, creo que lo mejor es dejar este foro, si te dejan o puedes leer esto si no le pasan el borrador, dime tu mail, que lo voy a pasar a un documento, terminé anoche todas y lo tengo en el cuaderno, así que lo voy a pasar a wor, debería de caérseles  :-[ eso de verguenza, ¡vaya arbitrariedad!

el mío, aunque supongo que estará por ahí en algún mensaje, es manolinieves@gmail.com

o es que ¿quieren acaso que se estudie sí y sí por esos documentos de preguntas/respuestas de otros/as compañeros/as? pues yo ya lo hice, y ¡quiero tener mi propio argumento, puesto que no me ha dado resultado alguno!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 08 de Octubre de 2012, 12:05:00 pm
Mnieves no te enfades, sabemos que los tutores entrar por aquí, imagina que les dé por entrar y vean la relación de preguntas y lo que estudiamos, caben dos opciones que no pase nada y sigan en su  línea o que nos pongan 6 preguntillas que no apruebe "nadie".

Yo creo que ese tema cuanto menos se hable mucho mejor y creo que  en privado.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 08 de Octubre de 2012, 12:17:50 pm
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Mnieves no te enfades, sabemos que los tutores entrar por aquí, imagina que les dé por entrar y vean la relación de preguntas y lo que estudiamos, caben dos opciones que no pase nada y sigan en su  línea o que nos pongan 6 preguntillas que no apruebe "nadie".

Yo creo que ese tema cuanto menos se hable mucho mejor y creo que  en privado.

Gracias Raúl31 por la "aclaración", aunque un poco absurda, puesto que lo mismo que entran aquí, pueden entrar con uno de esos nik que nadie conoce y hurgar en todo lo habido y por haber; así que hay muchos documentos que al igual que yo los descargué en su día, pues los descargan y lo miran ellos.

Estudio por el manual y mis notas, he utilizado esos archivos, y no trato de subestimar a los/as que lo han confeccionado, pero al igual que en Civil, me gusta ampliar el campo, con lo cual no me "estudio a última hora" esos documentos, lo que pasa es que no entiendo o comprendo sus respuestas, al menos no consigo plasmar ese argumento en las preguntas y con ello el "casi aprobado" o el "suspenso" y, como no tengo a ningún docente que me explique tal cual la materia y en Alf sería demasiado preguntar, pues tomo otro sendero para el estudio de esta asignatura.

Estaba intentando encontrar al compañero en el Campus, pero se ha caído el servidor, por eso he vuelto a entrar aquí, para comprobar que no era de mi moden.

Saludos y reitero mis gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 08 de Octubre de 2012, 12:24:46 pm
si si mnieves, está claro que si quieren saber no les costará demasiado, pero no dejárselo a simple vista   :P
Título: JOSE VIVERO
Publicado por: mmurciaz en 08 de Octubre de 2012, 12:48:38 pm
   Hola,
   perdonad pero he mirado desde la pagina 4 a la 7, ambas icluidas, y no he visto la direccion dode sacar los apuntes de esta asignatura de Jose Vivero, tambien he mirado en los apuntes de Grado, en los de licenciatura y en los temporales y no los veo por ninguna parte,
 
   Alguien seria tan amable de decirme donde me los puedo descargar,

   Gracias y Saludos

   Miguel Murcia
   mmurciaz@yahoo.com
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: leiro en 08 de Octubre de 2012, 15:19:59 pm
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A través de este enlace tenéis el correo de Vivero...

http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=78462.0

Para mí los mejores apuntes de esta página  los de este compañero

Pagina 3, respuesta 46
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: yogarcia en 08 de Octubre de 2012, 15:44:14 pm
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Acaban de publicar an Alf, en la carpeta de documentos, las concordancias del programa oficial 2012/13 con el manual recomendado del año pasado (22ª edición).

Un detalle por su parte...

Pues yo en Alf, en documentos, no tengo ningún archivo. ¿Podrías enviármelo a yolandaecheva@yahoo.es?
Gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: yogarcia en 08 de Octubre de 2012, 15:48:33 pm
En el programa de este año dice que la lección 19 no entra, pues realmente pertenece al curso segundo. En los apuntes de Vivero la lección 19 se titula La extinción de la obligación tributaria, pero en el programa la lección 19 se titula El sistema tributario estatal. Los que tenéis el libro de este año, ¿sabéis si hay correlación?
Gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: alphonsus en 08 de Octubre de 2012, 16:02:01 pm
La lección 19 me tocaba resumirla a mi.

En el libro se corresponde con el tema 14 y los epígrafes III 1,3,4 y 5, IV, VII, VIII, X y XI
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: yogarcia en 08 de Octubre de 2012, 16:52:32 pm
Vaya lío! Gracias
Título: APUNTES CONFECCION
Publicado por: mmurciaz en 08 de Octubre de 2012, 17:09:44 pm
Hola,
  Me apunto para resumir o trabajar en el tema de los apuntes
   Mi correo es:  mmurcia10@alumno.uned.es
                         mmurciaz@yahoo.com
   Estoy a vuestra disposicion,

   Saludos

   Miguel
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: luisa64 en 08 de Octubre de 2012, 20:49:24 pm
Con la pasta que cuestan los libros, y con la excusa de que los actualizan, desconcierta y cabrea que en la página 264 exista todo un epígrafe que hable de "La hipótesis del artículo 35.6 LGT", refiriéndose realmente al art. 35.7 LGT, pues fue renumerado por la Disposición Final Primera del Real Decreto-Ley 20/2011 (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/rdl20-2011.html#df1 (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/rdl20-2011.html#df1))

¡Que se modificó hace ya casi un año, hombre! Es que manda huevos, con perdón. Este año estoy que muerdo con los precios de los libros y su calidad, tanto formal como material. Acabo de recibir el del primer parcial de Mercantil I y la calidad del papel es similar a del ABC. ¡Que me ha costado más de 60 euros coño! Y además me tengo que gastar otros 40 euros para el del segundo parcial... Grrrrrrrrr >:( >:( >:(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: luisa64 en 08 de Octubre de 2012, 21:23:25 pm
Y sigo leyendo en la página 265 "...el art. 1252 CC fija los vínculos de la solidaridad...", ¡¡¡pero si ese artículo fue derogado por la LEC en el año 2000!!!

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Carfu en 08 de Octubre de 2012, 23:30:45 pm
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Y sigo leyendo en la página 265 "...el art. 1252 CC fija los vínculos de la solidaridad...", ¡¡¡pero si ese artículo fue derogado por la LEC en el año 2000!!!
 

No te enfades Luisa ese es el tema que me ha tocado resumir a mí y me ha pasado lo mismo, no obstante lo he intentado actualizar, artículos y hasta los RD que disponen la estructura básica de los ministerios está derogada, ese es el libro actualizado, bueno imagino que el Departaemnto pedirá las correspondientes excusas. Saludos.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: luisa64 en 08 de Octubre de 2012, 23:53:24 pm
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No te enfades Luisa ese es el tema que me ha tocado resumir a mí y me ha pasado lo mismo, no obstante lo he intentado actualizar, artículos y hasta los RD que disponen la estructura básica de los ministerios está derogada, ese es el libro actualizado, bueno imagino que el Departaemnto pedirá las correspondientes excusas. Saludos.

Carfu, me enfado porque es una tomadura de pelo y una ESTAFA, así con mayùsculas. Que la edición 23 de un libro que se escribió en 1.999 no haya actualizado en 2012 una modificación legislativa del año 2000 es una estafa. O que los libros de una asigntura como Mercantil I cuesten más de 100 euros,y el del primer parcial esté escrito en papel de periódico que no permite ni subrayar costando más de 60 euros, es otra ESTAFA.

Es cierto que nadie me obliga a comprar los libros y que podría estudiar por apuntes, pero hago un esfuerzo para intentar ir teniendo poco a poco una biblioteca jurídica decente y me encuentro con estos bodrios.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Carfu en 09 de Octubre de 2012, 00:15:16 am
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Carfu, me enfado porque es una tomadura de pelo y una ESTAFA, así con mayùsculas. Que la edición 23 de un libro que se escribió en 1.999 no haya actualizado en 2012 una modificación legislativa del año 2000 es una estafa. O que los libros de una asigntura como Mercantil I cuesten más de 100 euros,y el del primer parcial esté escrito en papel de periódico que no permite ni subrayar costando más de 60 euros, es otra ESTAFA.

Es cierto que nadie me obliga a comprar los libros y que podría estudiar por apuntes, pero hago un esfuerzo para intentar ir teniendo poco a poco una biblioteca jurídica decente y me encuentro con estos bodrios.

Saludos
Llevas toda la razón y te la doy, esperemos a lo que comenta el departamento cuando estos errores de fondo salgan a la luz. Saludos.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: rbky en 09 de Octubre de 2012, 17:58:41 pm
compañeros si necesitan que resuma algún tema sólo decirmelo tengo el libro nuevo!!! y sin tocar jiji estoy con procesal ahora mismo y bastante amargada la verdad.
bueno un saludo a todos!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: jmmg en 09 de Octubre de 2012, 19:15:31 pm
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si si mnieves, está claro que si quieren saber no les costará demasiado, pero no dejárselo a simple vista   :P
Exacto
Por eso las claves se piden con el mail de alumno de  la UNED, el que no tienen los profesores. Que luego accedan a la información no les será difícil como tú dices, pero ya les costará su trabajillo  ;).
Título: A LEIRO, GRACIAS
Publicado por: mmurciaz en 10 de Octubre de 2012, 09:25:59 am
  A Leiro,

  Gracias por la informacion,

   Miguel
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: zirtaeb en 10 de Octubre de 2012, 09:34:47 am
Es increible la calidad del papel del libro de texto, se transparentan las letras de una pagina a otra y es molestisimo para estudiar, me pone enfermo ..... como son baratos !! que verguenza ....
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Estupendo en 10 de Octubre de 2012, 14:21:25 pm
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...hago un esfuerzo para intentar ir teniendo poco a poco una biblioteca jurídica decente y me encuentro con estos bodrios.


Con los libros de UNED, tendrás una biblioteca que será de todo, menos decente.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: luisa64 en 10 de Octubre de 2012, 16:18:20 pm
Bueno, Estupendo, hay de todo. Lo que sí es seguro es que será cara, muy cara...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: antonio222 en 10 de Octubre de 2012, 17:20:51 pm
me podeis copiar aqui  o enviarme el epigrafe  de estabilidad presupuestaria
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 10 de Octubre de 2012, 17:31:25 pm
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me podeis copiar aqui  o enviarme el epigrafe  de estabilidad presupuestaria
Se lo envié a Bea que está organizando los apuntes para pasarlo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: thisaj en 14 de Octubre de 2012, 11:23:29 am
Hola soy un poco torpe y no soy capaz de encontrar los apuntes de Vivero, alguien me podría indicar como lograrlo.
Mi dirección de correo electrónico es romachov@hotmail.com
Gracias.-
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 14 de Octubre de 2012, 11:36:17 am
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Hola soy un poco torpe y no soy capaz de encontrar los apuntes de Vivero, alguien me podría indicar como lograrlo.
Mi dirección de correo electrónico es romachov@hotmail.com
Gracias.-

No te has molestado mucho en leer, unos mensajes más atrás se explica cómo pedir los apuntes...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 17 de Octubre de 2012, 10:44:27 am
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me podeis copiar aqui  o enviarme el epigrafe  de estabilidad presupuestaria
Perdón por el retraso, he estado desconectada un tiempo.
Como te comentó Pravias me lo pasó y ya hace tiempo que  lo mandé a la cuenta de hotmail donde están enviándose los temas del grupo de trabajo. En páginas anteriores puedes leer la dirección y las instrucciones para pedir la contraseña.

Un saludo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Francisco1345 en 17 de Octubre de 2012, 11:03:27 am
Puesto que éste curso me toca también la asignatura FYT I me uno a éste hilo.

Un cordial saludo a tod@s!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Jimmy Page en 18 de Octubre de 2012, 10:10:31 am
Yo me los he imprimido y, de hecho, los estoy leyendo ya, pero, efectivamente, los están actualizando. Me está resultando un poco "coñazo", pero hay que aprobarla como sea.

¿Sabéis si suelen repetir las preguntas en esta asignatura?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: nerei en 18 de Octubre de 2012, 10:37:45 am
Hola compañeros, otra nueva con esta asignatura, espero que no sea demasiado complicada y la saquemos todos.
Suerte.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 18 de Octubre de 2012, 11:38:57 am
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Yo me los he imprimido y, de hecho, los estoy leyendo ya, pero, efectivamente, los están actualizando. Me está resultando un poco "coñazo", pero hay que aprobarla como sea.

¿Sabéis si suelen repetir las preguntas en esta asignatura?

El año pasado en el primer parcial estaban todas repetidas. Quiero decir, ponen 6 preguntas y hay que contestar a 5....y había 5 repetidas. Creo recordar que en las dos semanas....
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Francisco1345 en 18 de Octubre de 2012, 11:49:48 am
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El año pasado en el primer parcial estaban todas repetidas. Quiero decir, ponen 6 preguntas y hay que contestar a 5....y había 5 repetidas. Creo recordar que en las dos semanas....

De eso no debemos fiarno, por ello hay que saberse todo, todito, todo! >:(

Saludos! :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 18 de Octubre de 2012, 11:52:03 am
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De eso no debemos fiarno, por ello hay que saberse todo, todito, todo! >:(

Saludos! :)

Estoy de acuerdo contigo...pero como preguntaban....esa fue la realidad....pueden seguir haciendo lo mismo o no...ahora que con lo estrictos que son corrigiendo algunos miembros del ED...puff
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 18 de Octubre de 2012, 11:52:46 am
Yo he estado mirando las preguntas y algunas tiene tarea, con esta asignatura no se debe confiar y hacer quinielas
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Jimmy Page en 18 de Octubre de 2012, 12:04:13 pm
Bueno, es cierto que debemos estudiarlo todo, pero es bueno saber por dónde van los tiros más o menos.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: CHEN en 18 de Octubre de 2012, 13:45:39 pm
Bueno, será que soy muy torpe. Acabo de leer el post entero y no se a quien ni como hay que pedir la clave de la cuenta. Ni siquiera encuentro que cuenta es.

Alguien me podría enviar un privado y contarme a quien le envio la petición de la clave?

Gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 18 de Octubre de 2012, 18:20:10 pm
Aparte de la Ley de estabilidad que ya se ha comentado, alguien sabe si existe alguna novedad más en cuanto a la anterior 22ª edición?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 18 de Octubre de 2012, 18:21:55 pm
Yo he visto el libro entero y no he visto más referencias nuevas, han comentado alguna sentencia pero vamos que vendrá en letra pequeña porque yo he pasado directamente.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 18 de Octubre de 2012, 18:23:42 pm
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Yo he visto el libro entero y no he visto más referencias nuevas, han comentado alguna sentencia pero vamos que vendrá en letra pequeña porque yo he pasado directamente.

Muchas gracias Pravias, si yo veo algo nuevo lo comentaré  :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: silvia70 en 19 de Octubre de 2012, 14:05:05 pm
Buenas tardes, en Alf hay un documento  "CRONOGRAMA TUTORÍA DE ESCUELAS PÍAS", en la que se puede ver que se saltan algunos temas según el programa. Y mi pregunta es: ¿esos temas, en concreto son 6,7,8,9,10,11, del 20 al 29, están exentos de examen? Muchas gracias

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Jimmy Page en 19 de Octubre de 2012, 14:13:53 pm
Acabo de terminar de leer el tema cuatro. No me ha parecido hasta ahora muy difícil, pero sí es cierto que es extensa y son muchos detalles.

Esta tarde seguiré con el tema cinco y... doce. :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 19 de Octubre de 2012, 14:14:21 pm
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Buenas tardes, en Alf hay un documento  "CRONOGRAMA TUTORÍA DE ESCUELAS PÍAS", en la que se puede ver que se saltan algunos temas según el programa. Y mi pregunta es: ¿esos temas, en concreto son 6,7,8,9,10,11, del 20 al 29, están exentos de examen? Muchas gracias

No no están exentos de examen, pero esos temas del 6 al 11 son de los dos bloques de los cuales  únicamente podrá caer una pregunta en el examen, de las 6 preguntas en el examen 1 de ellas sólo versará de esos dos bloques(los temas del 6 al 11) por lo que en el examen como tenemos que responder a 5 de las 6 preguntas es lógico que si no tienen tiempo para impartir toda la materia descarten esos dos bloques para dar en clase...

Me explico?

Yo por ejemplo esos temas los descarto para estudiarlos, de hecho en los apuntes de vivero no vienen.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: silvia70 en 19 de Octubre de 2012, 14:23:08 pm
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No no están exentos de examen, pero esos temas del 6 al 11 son de los dos bloques de los cuales  únicamente podrá caer una pregunta en el examen, de las 6 preguntas en el examen 1 de ellas sólo versará de esos dos bloques(los temas del 6 al 11) por lo que en el examen como tenemos que responder a 5 de las 6 preguntas es lógico que si no tienen tiempo para impartir toda la materia descarten esos dos bloques para dar en clase...

Me explico?

Yo por ejemplo esos temas los descarto para estudiarlos, de hecho en los apuntes de vivero no vienen.

Perfectamente, Raúl. Ahora lo tengo claro. Muchas gracias por tu respuesta. Un saludo,
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: luisa64 en 19 de Octubre de 2012, 19:32:56 pm
Por si le interesa a alguien, el equipo docente ha colgado esto en Alf:

"Estimados alumnos:

Con carácter experimental y sometido a revisión, les presentamos este vídeo correspondiente a una explicación resumida de la Lección Primera. El vídeo no explica todas las cuestiones que pueden ser objeto de examen, sino tan sólo algunas ideas básicas que pueden facilitar el estudio de la asignatura. Agradeceremos mucho sus indicaciones para mejorar este producto y poder elaborar una versión más elaborada.

Pueden visitar el vídeo en: http://www.youtube.com/watch?v=Pokv4t6PBYg&feature=channel&list=UL

Quedan a su disposición, con un cordial saludo,

Isidoro Martín y Pedro Herrera"

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: luisa64 en 19 de Octubre de 2012, 19:59:24 pm
Y este del tema 2

http://www.youtube.com/watch?v=D4xSr9chov8&feature=channel&list=UL

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Ponder en 19 de Octubre de 2012, 20:06:56 pm
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Y este del tema 2

http://www.youtube.com/watch?v=D4xSr9chov8&feature=channel&list=UL

Saludos

Gracias por la información.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 19 de Octubre de 2012, 21:21:36 pm
Madre mía, tiene cara de susto  ;D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: madialeva en 19 de Octubre de 2012, 21:30:47 pm
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Madre mía, tiene cara de susto  ;D
¿Será que nos puede ver? ;D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pixar en 19 de Octubre de 2012, 22:02:43 pm
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Por si le interesa a alguien, el equipo docente ha colgado esto en Alf:

"Estimados alumnos:

Con carácter experimental y sometido a revisión, les presentamos este vídeo correspondiente a una explicación resumida de la Lección Primera. El vídeo no explica todas las cuestiones que pueden ser objeto de examen, sino tan sólo algunas ideas básicas que pueden facilitar el estudio de la asignatura. Agradeceremos mucho sus indicaciones para mejorar este producto y poder elaborar una versión más elaborada.

Pueden visitar el vídeo en: http://www.youtube.com/watch?v=Pokv4t6PBYg&feature=channel&list=UL

Quedan a su disposición, con un cordial saludo,

Isidoro Martín y Pedro Herrera"

Saludos

Esta genial Luisa, estas iniciativas tan facilitas como subirlo a youtube deben ser una constante en la UNED  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: RAQCAR en 19 de Octubre de 2012, 23:04:33 pm
A mi personalmente me han gustado las dos clases, sobre todo la 2ª, además lo que más me ha dejado sorprendida es la facilidad que tiene este equipo docente para contestar rápidamente, colgar videos públicos y usar las tecnologías. De momento por mi experiencia en la UNED no es algo habitual (Constitucional I el año pasado también estuvo bien) pero no es la norma sino la excepción, se suelen limitar a los foros y en algunas ni eso. Por ello, agradezco enormemente a este equipo el interés que se están tomando por subir en abierto las clases para todos y los apuntes en Alf, facilitan mucho el enfrentarte con los temas. A mi me gusta, me ayuda, me aclara, y espero que sigan así de comprometidos con la asignatura y los alumnos y  nos vayan subiendo más videos y esquemas.  Todavía me acuerdo de otra asignatura anual de 2º, de cuyo nombre no quiero acordarme, y que me quité menos mal en junio. :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Estupendo en 20 de Octubre de 2012, 22:32:59 pm
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A mi personalmente me han gustado las dos clases, sobre todo la 2ª, además lo que más me ha dejado sorprendida es la facilidad que tiene este equipo docente para contestar rápidamente, colgar videos públicos y usar las tecnologías...

Estoy de acuerdo, lo que debería ser la norma es algo excepcional.

¡Con la cantidad de pasta que debe costar el campus virtual.!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: VirParHer en 21 de Octubre de 2012, 12:38:24 pm
Buenos días compañeros!!mañana empezare con los apuntes de Jose Vivero, pero leyendo el foro entiendo que hay que adjuntarles algunas modificaciones...me podeis decir donde accedo a ellas?? no me puedo comprar el libro y en la biblioteca de mi centro asociado no lo tienen...MUCHAS GRACIAS DE ANTEMANO!!!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: zipy_ en 22 de Octubre de 2012, 14:36:13 pm
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Y este del tema 2

http://www.youtube.com/watch?v=D4xSr9chov8&feature=channel&list=UL

Saludos

Muchas gracias por informarnos de esto, ya me he visto las dos clases, en mi opinion deberian hacer lo mismo para todas las asignaturas.

Alguien me podria decir en que parte de Alf estan colgadas? No se si esque no las encuentro alli o esque estoy entrando mal en la plataforma.

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 22 de Octubre de 2012, 15:22:51 pm
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Muchas gracias por informarnos de esto, ya me he visto las dos clases, en mi opinion deberian hacer lo mismo para todas las asignaturas.

Alguien me podria decir en que parte de Alf estan colgadas? No se si esque no las encuentro alli o esque estoy entrando mal en la plataforma.

Está en el foro.
Este es el tema I
https://cursosvirtuales.uned.es/dotlrn/grados/asignaturas/66022084-13/uforums/message-view?message_id=38162317

Y este el II
https://cursosvirtuales.uned.es/dotlrn/grados/asignaturas/66022084-13/uforums/message-view?message_id=42012535

Saludos!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebp en 22 de Octubre de 2012, 20:05:34 pm
a ver si aprenden los demás departamentos y hacen lo mismo, un poco de ayuda no vendría mal en la UNED ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: zipy_ en 22 de Octubre de 2012, 21:20:20 pm
Muchas gracias Victoria por responder  ;)

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a ver si aprenden los demás departamentos y hacen lo mismo, un poco de ayuda no vendría mal en la UNED ;)

Totalmente de acuerdo

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: dverfer en 23 de Octubre de 2012, 12:23:50 pm
Me he quedado bloqueada con esto:

Devengo de las contribuciones especiales=> ... una vez aprobado el acuerdo de imposición y ordenación, la Entidad local podrá exigir, por anticipado, el pago de las contribuciones especiales, en función del importe del coste previsto para el año siguiente. No podrá exigirse el anticipo de una nueva anualidad sin que hayan sifo ejecutadas las obras para las cuales se exigió el correspondiente anticipo.

??? Ya no doy más de sí :'(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: jmmg en 23 de Octubre de 2012, 12:53:46 pm
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Me he quedado bloqueada con esto:

Devengo de las contribuciones especiales=> ... una vez aprobado el acuerdo de imposición y ordenación, la Entidad local podrá exigir, por anticipado, el pago de las contribuciones especiales, en función del importe del coste previsto para el año siguiente. No podrá exigirse el anticipo de una nueva anualidad sin que hayan sifo ejecutadas las obras para las cuales se exigió el correspondiente anticipo.

??? Ya no doy más de sí :'(

El ayuntamiento te puede pedir la pasta por anticipado para las obras previstas para el año siguiente, pero no te puede pedir más pasta anticipada (para el siguiente año) mientras no se hayan ejecutado las obras para las que se pidió la pasta (anticipada)

¿Más claro?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: LECARDILLA en 23 de Octubre de 2012, 16:33:19 pm
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Está en el foro.
Este es el tema I
https://cursosvirtuales.uned.es/dotlrn/grados/asignaturas/66022084-13/uforums/message-view?message_id=38162317

Y este el II
https://cursosvirtuales.uned.es/dotlrn/grados/asignaturas/66022084-13/uforums/message-view?message_id=42012535

Saludos!

Directamente en youtube, en el canal "Pedro Herrera", ya está colgado el tema 3:

L 03 Principios constitucionales del Derecho Financiero (Duración 18:38)

http://www.youtube.com/watch?v=kVrvjxo9dW4&feature=plcp

PD: Ya podían hacer ésto otros Departamentos  :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Ra_chel en 23 de Octubre de 2012, 16:34:08 pm
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Directamente en youtube, en el canal "Pedro Herrera", ya está colgado el tema 3:

L 03 Principios constitucionales del Derecho Financiero (Duración 18:38)

http://www.youtube.com/watch?v=kVrvjxo9dW4&feature=plcp

PD: Ya podían hacer ésto otros Departamentos  :-\

Gracias  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: CHEN en 23 de Octubre de 2012, 17:45:48 pm
Alguien me podria explicar, y es una pregunta de examen:

qué contenido tiene el principio de reserva de ley en materia tributaria ?

Me he ofuscado con esta pregunta.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 23 de Octubre de 2012, 18:15:15 pm
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Alguien me podria explicar, y es una pregunta de examen:

qué contenido tiene el principio de reserva de ley en materia tributaria ?

Me he ofuscado con esta pregunta.

Perdona CHEN, antes de responder voy a indicar algo; La Lección 18 que he enviado a Bea para que la suba a la cuenta, debe, desde mi punto de vista, estudiarse con las diapositivas que el ED ha colgado en Documentos en Alf sobre esta lección; están pero que muy bien para ayudarnos con esa materia de "Los elementos cuantificadores de la obligación tributaria".

Respecto al principio de reserva de ley:

La reserva de ley constituye un "instituto de carácter constitucional" que supone el eje de las relaciones entre el ejecutivo y el legislativo en que respecta a la producción de "normas" y, supone a su vez un límite dirigido no sólo al ejecutivo sino también al legislativo; así el principio de reserva de ley se proyecta en la esfera administrativa en el principio de legalidad que vincula a la Administración, y en la esfera normativa, como mandato directamente dirigido al legislador ordinario.
Con estas bases el art. 31.3 CE establece que "sólo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley" y, si bien, no pueden identificarse todas las prestaciones patrimoniales con las prestaciones tributarias, dónde el principio de reserva de ley ha alcanzado una delimitación más precisa ha sido en el campo de las obligaciones tributarias.
No obstante, en nuestro ordenamiento jurídico, la "reserva de ley en materia tributaria tiene carácter relativo", es decir, no toda la materia tributaria debe ser regulada por  ley, sino sólo el establecimiento de los tributos y de beneficios fiscales que afecten a tributos del Estado (arts. 133.1 y 3 CE).
Ante este carácter "relativo" del principio, la Ley General Tributaria, en su artículo 8, bajo el epígrafe "Reserva de ley tributaria", ha matizado la cuestión delimitando la materia tributaria que "necesariamente" debe ser regulada por ley. (me remito a una lectura del art. porque es larguillo), pero creo que para el "examen" bastaría con eso.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: CHEN en 23 de Octubre de 2012, 19:33:32 pm
Muy bien, muchas gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: dverfer en 24 de Octubre de 2012, 10:04:27 am
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El ayuntamiento te puede pedir la pasta por anticipado para las obras previstas para el año siguiente, pero no te puede pedir más pasta anticipada (para el siguiente año) mientras no se hayan ejecutado las obras para las que se pidió la pasta (anticipada)

¿Más claro?

Cuando metes entre paréntesis "para el siguiente año", ¿te refieres a "dos años próximos"? Es que ahí es donde me lío...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: maite123 en 24 de Octubre de 2012, 10:27:26 am
hola..tengo el libro del año pasado la ediccion vigesimo segunda....me podriais decir si hay mucha diferencia de este libro al nuevo??'es que vale una pasta pa comprarlo y no está la cosa pa eso...y otra cosita de dónde puedo sacar la ley general tributaria en pdf??'gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 24 de Octubre de 2012, 12:24:20 pm
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Cuando metes entre paréntesis "para el siguiente año", ¿te refieres a "dos años próximos"? Es que ahí es donde me lío...

Hola dverfwe.

En las contribuciones especiales la base imponible corresponde al 90 por ciento del gasto total de la obra ejecutada, en términos reales; la cuota de cada contribuyente se hace en proporción al "ingreso patrimonial que puede sufrir el mismo por la mejora de la obra pública que se haya ejecutado"; hasta ahí estamos hablando de "terminación de la obra", "del presupuesto total de ejecución".

Mientras que en la obra que no se ha terminado, que no tiene presupuesto real de ejecución, pues va en función del 90 por ciento del total hasta entonces "gastado o presupuestado en ese ejercicio" con el "posible porcentual que sufriría en su patrimonio el contribuyente", eso también en el mismo ejercicio en que se realiza el presupuesto parcial aproximado de gasto de ejecución parcial; si la obra se queda parada y no se sigue incrementando la ejecución, no hay gasto parcial ni presupuesto para la misma en el siguiente ejercicio, con lo cual el contribuyente que se verá beneficiado una vez terminado la obra al completo, no pagará.

Para que el tributo que supone una contribución especial se pague en los siguientes ejercicios en el presupuesto que se suele aprobar a finales de años, debe contemplarse la "partida dineraria aunque no sea real" que se va a volver a gastar en esa obra; si ésta no se contempla el beneficiado en la persona del contribuyente no tendrá "base" para pagar el siguiente ejercicio; supón, por ejemplo, que prometen hacer una plaza que queda justo al lado de un bar, y que va permitir a su dueño aprovechar más vía pública con meses y sillas, lo que le va a suponer un incremento en el patrimonio, pero si esa obra no se termina, y la plaza se queda a medias, ¿qué incremento va a tener, aparte de las perdidas por las obras? es de lógica que si el ejercicio anterior pagó x por el 90 por ciento de lo presupuestado en valoración con el porcentaje del posible incremento patrimonial, si ésta para, ¿de dónde van a sacar lo datos de las bases para el ejercicio próximo?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Peke13 en 24 de Octubre de 2012, 17:06:57 pm
Alguien que tenga el libro de este año puede decir los temas que no han cambiado nada respecto al año pasado?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Javuko en 24 de Octubre de 2012, 19:45:19 pm
Yo creo que con los apuntes de jose vivero se puede aprobar perfectamente y por lo que veo no se ha cambiado mucho con el año pasado.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: dverfer en 25 de Octubre de 2012, 11:54:09 am
En las contribuciones especiales la base imponible corresponde al 90 por ciento del gasto total de la obra ejecutada, en términos reales; la cuota de cada contribuyente se hace en proporción al "ingreso patrimonial que puede sufrir el mismo por la mejora de la obra pública que se haya ejecutado"; hasta ahí estamos hablando de "terminación de la obra", "del presupuesto total de ejecución".

Mientras que en la obra que no se ha terminado, que no tiene presupuesto real de ejecución, pues va en función del 90 por ciento del total hasta entonces "gastado o presupuestado en ese ejercicio" con el "posible porcentual que sufriría en su patrimonio el contribuyente", eso también en el mismo ejercicio en que se realiza el presupuesto parcial aproximado de gasto de ejecución parcial; si la obra se queda parada y no se sigue incrementando la ejecución, no hay gasto parcial ni presupuesto para la misma en el siguiente ejercicio, con lo cual el contribuyente que se verá beneficiado una vez terminado la obra al completo, no pagará.

Para que el tributo que supone una contribución especial se pague en los siguientes ejercicios en el presupuesto que se suele aprobar a finales de años, debe contemplarse la "partida dineraria aunque no sea real" que se va a volver a gastar en esa obra; si ésta no se contempla el beneficiado en la persona del contribuyente no tendrá "base" para pagar el siguiente ejercicio; supón, por ejemplo, que prometen hacer una plaza que queda justo al lado de un bar, y que va permitir a su dueño aprovechar más vía pública con meses y sillas, lo que le va a suponer un incremento en el patrimonio, pero si esa obra no se termina, y la plaza se queda a medias, ¿qué incremento va a tener, aparte de las perdidas por las obras? es de lógica que si el ejercicio anterior pagó x por el 90 por ciento de lo presupuestado en valoración con el porcentaje del posible incremento patrimonial, si ésta para, ¿de dónde van a sacar lo datos de las bases para el ejercicio próximo?
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Muchas gracias mnieves, pero aún sigo dudando sobre este tema. Voy a leer algo más del libro a ver si así se me aclaran un poco las ideas :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 25 de Octubre de 2012, 12:00:01 pm
Con el permiso de un compañero de licenciatura ha modificado los apuntes de Marta Calvo para adaptarlos a la reforma de este año, os pongo el enlace con los apuntes y modificaciones (en rojo), primer parcial
https://skydrive.live.com/?cid=6bda5c5e64043f83&id=6BDA5C5E64043F83%21189
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: manuel____7 en 25 de Octubre de 2012, 12:58:59 pm
Gracias Pravias por subirlos.

Cual crees que estan mejor? estos o los de vivero es que tengo un follon ya

Un saludo a todos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 25 de Octubre de 2012, 13:27:03 pm
No puedo decirte porque yo estudio por el libro pero siempre tengo a mano algún apunte para que me ayude, pero estos han sido modificados y los de Jose no tienen la modificación de este año
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: maite123 en 25 de Octubre de 2012, 21:26:02 pm
hola me podeis enviar a mi tambien las preguntas de examenes anteriores  mcarrasco.mcb@gmail.com
muchas gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Alisio en 25 de Octubre de 2012, 21:39:16 pm
desearia que algun compañero me enviara las preguntas de años anteriores. Muchas gracias, mi mail es jmrdelmoral@gmail.com
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 25 de Octubre de 2012, 21:54:04 pm
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No puedo decirte porque yo estudio por el libro pero siempre tengo a mano algún apunte para que me ayude, pero estos han sido modificados y los de Jose no tienen la modificación de este año

Ha sido mucha la modificación? sabes decirme qué temas?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 25 de Octubre de 2012, 23:50:07 pm
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Ha sido mucha la modificación? sabes decirme qué temas?
En el tema 2 se han añadido nuevos párrafos; además se ha comentado que a lo largo de todo el contenido de los temas se van haciendo referencias en la letra pequeña a Sentencias de 2011, lo que entiendo que no debe ser muy relevante.
Por otra parte, el tema 9 (creo recordar) incluye un nuevo epígrafe relativo a la Ley de estabilidad presupuestaria, pero este tema puede ser excluido del estudio al no ser obligatorio en el examen.
Básicamente es eso lo que se ha podido comprobar tras la actualización que se ha hecho en el grupo de trabajo. No sé si algún compañero tendrá algo más que aportar.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 26 de Octubre de 2012, 00:34:37 am
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En el tema 2 se han añadido nuevos párrafos; además se ha comentado que a lo largo de todo el contenido de los temas se van haciendo referencias en la letra pequeña a Sentencias de 2011, lo que entiendo que no debe ser muy relevante.
Por otra parte, el tema 9 (creo recordar) incluye un nuevo epígrafe relativo a la Ley de estabilidad presupuestaria, pero este tema puede ser excluido del estudio al no ser obligatorio en el examen.
Básicamente es eso lo que se ha podido comprobar tras la actualización que se ha hecho en el grupo de trabajo. No sé si algún compañero tendrá algo más que aportar.

Gracias, entonces no es algo muy importante ya que el tema 9 se puede excluir
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: telmiguai en 26 de Octubre de 2012, 21:22:55 pm
Los que tenemos el libro del año pasado tenemos que hacer un galimatías tal, que cuando tengamos todo en orden suena el timbre para entrar al examen... qué perros...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ketito en 28 de Octubre de 2012, 11:58:32 am
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No puedo decirte porque yo estudio por el libro pero siempre tengo a mano algún apunte para que me ayude, pero estos han sido modificados y los de Jose no tienen la modificación de este año

Gracias por la actualización
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 28 de Octubre de 2012, 12:08:48 pm
Hola a todos, tengo las respuestas a los dos parciales de Septeimbre 2012, realizados por el Equipo docente....alguien que los sepa subir a apuntes temporales que me ponga un privado y se los paso....
Saludos
Marta Calvo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 28 de Octubre de 2012, 13:27:19 pm
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Hola a todos, tengo las respuestas a los dos parciales de Septeimbre 2012, realizados por el Equipo docente....alguien que los sepa subir a apuntes temporales que me ponga un privado y se los paso....
Saludos
Marta Calvo

victoriasoy va a subirlos a apuntes temporales....preguntaron sobre la contribuciones especiales en Septiembre 2012...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 28 de Octubre de 2012, 13:33:19 pm
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victoriasoy va a subirlos a apuntes temporales....preguntaron sobre la contribuciones especiales en Septiembre 2012...

Ya está:
http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=81381.new#new

Gracias, Marta!!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 28 de Octubre de 2012, 19:32:23 pm
Gracias a Victoria y Marta, si alguien quiere la respuesta de la segunda PEC, la de la primera no la dieron, la tienen en la cuenta de apuntes temporales de esta asignatura.

Si bien, a lo que el/la compañero dferver le surge la duda es en el momento del devengo de la contribución especial,y eso no fue lo que preguntaron en septiembre, por una razón fundamental, porque esa pregunta fue de las pocas que tenía correctas al 100 por 100.

Así que voy a enfocar la explicación con la que intenté ayudar de otra forma, desde el devengo.

No se recoge el mismo en la LGT, sino en el TRLRHL.

Según el art. 33 del texto mencionado, "las contribuciones especiales se devengan en el momento en que las obras se hayan ejecutado o el servicio haya comenzado a prestarse. Si las obras fueran fraccionadas, el devengo se producirá para cada uno de los sujetos pasivos desde que se hayan ejecutado las correspondientes a cada tramo o fracción de la obra".

Algunas veces las normas "aclaran" mucho más de lo que creemos.

Si bien, quedaba esa duda, de si en el supuesto de que la obra o servicio no se había ejecutado al completo, se volvía a pagar en el ejercicio siguiente (lo siento, creo que no conseguí que lo vieses con el ejemplo),

Continúo, pues, con el Texto Refundido /uff, esto de tener toda la normativa unida es cómodo, pero no para buscar, por el peso fundamentalmente, es que quiero copiar tal cual el párrafo segundo de ese art.; la base imponible la puedes estudiar por el art. 32 del mismo texto normativo)

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, una vez aprobada el acuerdo concreto de imposición y ordenación, la entidad local podrá exigir por anticipado el pago de las contribuciones especiales en función del importe del coste previsto para el año siguiente. No podrá exigirse el anticipo de una nueva anualidad sin que hayan sido ejecutadas las obras para las cuales se exigió el correspondiente anticipo.

Espero que con el art. a la vista, puedas entender el ejemplo que puse "de la plaza, en el supuesto de que quedase parada o no se contemplase presupuesto alguno en el ejercicio siguiente para su continuación.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 28 de Octubre de 2012, 19:33:53 pm
siento el baile en las letras del nick, no doy una, !dverfer¡ Espero que ahora sí.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Jimmy Page en 30 de Octubre de 2012, 13:33:18 pm
Joer, acabo de terminar de leer y subrayar el último tema y vaya tela... He acabado loco con tantos plazos, cómputos y demás...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: sevil70 en 30 de Octubre de 2012, 14:25:05 pm
Jimmy, es increible que ya terminaras de leer y subrayar, eres un máquina.

Un saludo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Jimmy Page en 30 de Octubre de 2012, 16:39:04 pm
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Jimmy, es increible que ya terminaras de leer y subrayar, eres un máquina.

Un saludo.

Bueno, es que yo estaba con los apuntes de José Vivero, así que llevo con ellos desde hace ocho días más o menos. :)

Ahora toca ponerse a empollar, que es lo más importante y difícil. :'(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: manuel____7 en 31 de Octubre de 2012, 10:56:01 am
buenos días a todos
queria haceros una preguntita ya que veo que algunos habeis empezado a estudiar ya, ¿que apuntes me recomendais los de jose vivero o los de marta calvo actualizados para este año? es que tengo los dos y no se por cual empezar ya que veo los dos muy buenos apuntes.

Gracias. y animo a todos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: CHEN en 31 de Octubre de 2012, 10:59:36 am
Son similares e igual de buenos.

Yo tengo los dos y me suelo inclinar por los de Marta. Aunque cuando hay algo que no me queda muy claro, me voy a la versión de Viveros. Así comparo los dos puntos de vista y resuelvo dudas.

Ni que decir tiene que los de Marta están actualizados.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: manuel____7 en 31 de Octubre de 2012, 11:12:07 am
muchas gracias chen¡¡¡

Eso mismo haré

Un saludo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: telmiguai en 31 de Octubre de 2012, 18:50:22 pm
Y digo yo que esta asignatura... es aprobable?   :'(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 31 de Octubre de 2012, 18:55:10 pm
Pues a mí este primer parcial no me parece excesivamente difícil, no sé cómo será el segundo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 31 de Octubre de 2012, 18:58:13 pm
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Y digo yo que esta asignatura... es aprobable?   :'(

mucho cuidado y respeto con esta asignatura...teneis en apuntes temporales los examenes de septiembre contestados por el equipo docente...son muy minuciosos y quisquillosos con las respuestas y ponen doses y treses a gogó.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: lolip0p en 01 de Noviembre de 2012, 12:32:08 pm
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muchas gracias chen¡¡¡

Eso mismo haré

Un saludo

Hola a todos,

"El Bloque II: derecho presupuestario" (leccion 21,22, 23,24,25 del manual) no esta en los apuntes de Marta Calvo ¿no? o es que no los veo... ???
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: lolip0p en 01 de Noviembre de 2012, 12:34:39 pm
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Son similares e igual de buenos.

Yo tengo los dos y me suelo inclinar por los de Marta. Aunque cuando hay algo que no me queda muy claro, me voy a la versión de Viveros. Así comparo los dos puntos de vista y resuelvo dudas.

Ni que decir tiene que los de Marta están actualizados.


Hola a todos,

"El Bloque II: derecho presupuestario" (leccion 21,22, 23,24,25 del manual) no esta en los apuntes de Marta Calvo ¿no? o es que no los veo...  ???
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: CHEN en 01 de Noviembre de 2012, 13:15:24 pm
No están porque del bloque II tan sólo entra en el examen una pregunta y como delas 5 tan solo tienes que contestar 4, pues se deja sin estudiar. Mira la guia de la asignatura. EVALUACIÓN.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 01 de Noviembre de 2012, 13:26:55 pm
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No están porque del bloque II tan sólo entra en el examen una pregunta y como delas 5 tan solo tienes que contestar 4, pues se deja sin estudiar. Mira la guia de la asignatura. EVALUACIÓN.

De 6 hay que contestar 5, pero ya quisiéramos tener que responder solo 4 porque vaya tela con la asignatura¡¡¡

" Tercera.- De esas seis preguntas, cinco versarán necesariamente sobre el contenido de los bloques 1, 4 y 5 antes
mencionados. Dicho de otro modo, sólo una pregunta podrá versar sobre el contenido de los bloques 2 y 3 también
indicados. "
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: lolip0p en 01 de Noviembre de 2012, 15:36:05 pm
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No están porque del bloque II tan sólo entra en el examen una pregunta y como delas 5 tan solo tienes que contestar 4, pues se deja sin estudiar. Mira la guia de la asignatura. EVALUACIÓN.

sin estudiar??'' qué valor tienes, jajaja  ;)

sabeis si el de Viveros tiene ese bloque II? Alguien me lo podía pasar a lolablazquez21@hotmail.com por compasión  :'(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 01 de Noviembre de 2012, 15:43:33 pm
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sin estudiar??'' qué valor tienes, jajaja  ;)

sabeis si el de Viveros tiene ese bloque II? Alguien me lo podía pasar a lolablazquez21@hotmail.com por compasión  :'(

No están tampoco, a ver si lo entiendes, si quieres estudiar ese bloque pilla el libro y deja de dar la brasa que ya te han explicado el porqué de que no viene ese bloque.

Y para pedir te vas al subforo que hay para eso, no aquí.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: lolip0p en 01 de Noviembre de 2012, 15:56:42 pm
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No están tampoco, a ver si lo entiendes, si quieres estudiar ese bloque pilla el libro y deja de dar la brasa que ya te han explicado el porqué de que no viene ese bloque.

Y para pedir te vas al subforo que hay para eso, no aquí.

No sé quién eres Raúl 31 pero eres un poquito maleducado... que el bloque II no venga en los apuntes de Marta Calvo no significa que Vivero no lo tenga y por eso pregunto, que es lo que hacemos muchos por aquí, para ayudarnos y aclarar las dudas...  relájate un poco que todavía no ha llegado Febrero, chico ... ;D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 01 de Noviembre de 2012, 15:58:50 pm
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No sé quién eres Raúl 31 pero eres un poquito maleducado... que el bloque II no venga en los apuntes de Marta Calvo no significa que Vivero no lo tenga y por eso pregunto, que es lo que hacemos muchos por aquí, para ayudarnos y aclarar las dudas...  relájate un poco que todavía no ha llegado Febrero, chico ... ;D

Sí te doy la razón, es lo que hacéis muchos por aquí preguntar, pero lo único que hacéis...



Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: pedroto en 01 de Noviembre de 2012, 16:08:31 pm
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Sí te doy la razón, es lo que hacéis muchos por aquí preguntar, pero lo único que hacéis...

Anda Raúl ooooffffff a tú casa vendrán y de tú casa te echarán ... jeje ..  ::)   saludazoss
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 01 de Noviembre de 2012, 16:13:05 pm
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No sé quién eres Raúl 31 pero eres un poquito maleducado... que el bloque II no venga en los apuntes de Marta Calvo no significa que Vivero no lo tenga y por eso pregunto, que es lo que hacemos muchos por aquí, para ayudarnos y aclarar las dudas...  relájate un poco que todavía no ha llegado Febrero, chico ... ;D

Yo soy Marta Calvo, y te confirmo que ese bloque no está porque con lo que tuve que currar cuando me enteré que podía pasar de hacer ese bloque pues lo dejé a medias....
Saludos
Marta
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: CHEN en 01 de Noviembre de 2012, 17:51:06 pm
A ver lolipop, ya te he explicado el porqué no esta ese bloque. En los de Vivero tampoco está, ni en ningún apunte de los que hay en el foro de esta asignatura. Te vuelvo a reiterar, que si quieres entender el porqué te leas la guia de la asignatura.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 01 de Noviembre de 2012, 17:56:10 pm
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Anda Raúl ooooffffff a tú casa vendrán y de tú casa te echarán ... jeje ..  ::)   saludazoss

¡Cuanta razón llevas compañero!  ;D

Y tienes razón Raúl31, esta asignatura no es difícil, ni tampoco es que puntúen mal el ED (aunque la suspendiese), simplemente hay que coger el "truco" a las respuestas,  ;)

Jo, me han puesto el "vigía" cada dos por tres desde octubre de 2010, pero nunca he preguntado nada en este foro, ¡algo he respetado!  ::)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: yogarcia en 02 de Noviembre de 2012, 12:28:56 pm
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Son similares e igual de buenos.

Yo tengo los dos y me suelo inclinar por los de Marta. Aunque cuando hay algo que no me queda muy claro, me voy a la versión de Viveros. Así comparo los dos puntos de vista y resuelvo dudas.

Ni que decir tiene que los de Marta están actualizados.

Una pregunta Chen, yo los que tengo de Marta tienen fecha de mayo de 2011, ¿dónde están los actualizados para este año? Gracias de antemano
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 02 de Noviembre de 2012, 12:31:16 pm
Yogarcía los de Marta están actualizados en un mensaje situado en páginas anteriores
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: yogarcia en 02 de Noviembre de 2012, 12:49:17 pm
Muchas gracias, pero los del año pasado son 108 folios, y los actualizados 144, vaya diferencia! Mirando lo escrito en rojo tampoco parece que sea tanto, ¿a qué se debe el aumento?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 02 de Noviembre de 2012, 12:54:12 pm
Yogarcía se ha comentado muchas veces, lo que ha cambiado ha sido la Ley de Estabilidad
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: lolip0p en 02 de Noviembre de 2012, 22:17:40 pm
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Yo soy Marta Calvo, y te confirmo que ese bloque no está porque con lo que tuve que currar cuando me enteré que podía pasar de hacer ese bloque pues lo dejé a medias....
Saludos
Marta

Muchíiiisimas gracias compañera!!! Te agradezco esa dedicación para los que tenemos el tiempo con cuentagotas, de verdad!! Y que todo ese esfuerzo que haces obtenga su recompensa. un saludo :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: dverfer en 05 de Noviembre de 2012, 09:38:25 am
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Gracias a Victoria y Marta, si alguien quiere la respuesta de la segunda PEC, la de la primera no la dieron, la tienen en la cuenta de apuntes temporales de esta asignatura.

Si bien, a lo que el/la compañero dferver le surge la duda es en el momento del devengo de la contribución especial,y eso no fue lo que preguntaron en septiembre, por una razón fundamental, porque esa pregunta fue de las pocas que tenía correctas al 100 por 100.

Así que voy a enfocar la explicación con la que intenté ayudar de otra forma, desde el devengo.

No se recoge el mismo en la LGT, sino en el TRLRHL.

Según el art. 33 del texto mencionado, "las contribuciones especiales se devengan en el momento en que las obras se hayan ejecutado o el servicio haya comenzado a prestarse. Si las obras fueran fraccionadas, el devengo se producirá para cada uno de los sujetos pasivos desde que se hayan ejecutado las correspondientes a cada tramo o fracción de la obra".

Algunas veces las normas "aclaran" mucho más de lo que creemos.

Si bien, quedaba esa duda, de si en el supuesto de que la obra o servicio no se había ejecutado al completo, se volvía a pagar en el ejercicio siguiente (lo siento, creo que no conseguí que lo vieses con el ejemplo),

Continúo, pues, con el Texto Refundido /uff, esto de tener toda la normativa unida es cómodo, pero no para buscar, por el peso fundamentalmente, es que quiero copiar tal cual el párrafo segundo de ese art.; la base imponible la puedes estudiar por el art. 32 del mismo texto normativo)

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, una vez aprobada el acuerdo concreto de imposición y ordenación, la entidad local podrá exigir por anticipado el pago de las contribuciones especiales en función del importe del coste previsto para el año siguiente. No podrá exigirse el anticipo de una nueva anualidad sin que hayan sido ejecutadas las obras para las cuales se exigió el correspondiente anticipo.

Espero que con el art. a la vista, puedas entender el ejemplo que puse "de la plaza, en el supuesto de que quedase parada o no se contemplase presupuesto alguno en el ejercicio siguiente para su continuación.

mnieves, parece que ya me ha quedado más claro. Además, conforme voy avanzando en la materia me doy cuenta de entender, con los temas posteriores, mejor los temas anteriores.

Muchas gracias por tu interés en ayudar!!  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: dverfer en 05 de Noviembre de 2012, 09:49:49 am
¿Qué tributo podría servir como ejemplo a aquel cuyo ingreso anticipado se exija a lo largo del período impositivo, y a cuenta de la eventual obligación triburaria principal que surja al final del mismo período? Que no es lo mismo que el tributo cuyo ingreso se exija se anticipe totalmente a la realización del hecho imponible (que sería, por ejemplo, tasa por solicitud de licencia de obra)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: guy en 06 de Noviembre de 2012, 19:27:28 pm
Creo que nadie lo ha puesto, asi que lo pongo yo, el 4 tema:
http://www.youtube.com/watch?v=9LrSMe1671o&feature=plcp
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 06 de Noviembre de 2012, 19:31:22 pm
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¿Qué tributo podría servir como ejemplo a aquel cuyo ingreso anticipado se exija a lo largo del período impositivo, y a cuenta de la eventual obligación triburaria principal que surja al final del mismo período? Que no es lo mismo que el tributo cuyo ingreso se exija se anticipe totalmente a la realización del hecho imponible (que sería, por ejemplo, tasa por solicitud de licencia de obra)

El Impuesto de la Renta de las Personas Físicas es el tributo (impuesto en este caso) que se nos detrae de la nómina todos los meses a cuenta de la obligacion tributaria que se exigirá seis meses despues del final del periodo impositivo. Ese es el ejemplo que buscas.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: dverfer en 09 de Noviembre de 2012, 09:52:17 am
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El Impuesto de la Renta de las Personas Físicas es el tributo (impuesto en este caso) que se nos detrae de la nómina todos los meses a cuenta de la obligacion tributaria que se exigirá seis meses despues del final del periodo impositivo. Ese es el ejemplo que buscas.

Imaginaba justo lo mismo, pero me lo has dejado clarito ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 09 de Noviembre de 2012, 10:13:18 am
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Imaginaba justo lo mismo, pero me lo has dejado clarito ;)

Estupendo.... ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: piriforme en 11 de Noviembre de 2012, 12:06:03 pm
Qué tal,

Tengo impresos un montón de exámenes de FyT, y me estaba preguntando si tendríamos en el foro un apartado en el que aparecieran resueltos.

Un saludo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: piriforme en 11 de Noviembre de 2012, 13:03:41 pm
Sé que es doble post, pero bueno, no puedo editar el anterior porque está pending, y la verdad, me urge un poco:

Estoy viendo que hay temas del manual que ni salen en los exámenes. Tema... 6, fuentes, que viene a ser del primer bloque de los cinco del primer cuatri. No he encontrado una sola pregunta de contenidos de ese tema, e imagino que no va a ser el único. Si alguno estáis curtidos en la materia y me podéis decir algo rollo ''X, Y y Z temas no caen, A, B y C caen fijo'' o remitirme al hilo de examenología  ??? de la asignatura, estaría genial.

Un saludo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 12 de Noviembre de 2012, 15:12:36 pm
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Sé que es doble post, pero bueno, no puedo editar el anterior porque está pending, y la verdad, me urge un poco:

Estoy viendo que hay temas del manual que ni salen en los exámenes. Tema... 6, fuentes, que viene a ser del primer bloque de los cinco del primer cuatri. No he encontrado una sola pregunta de contenidos de ese tema, e imagino que no va a ser el único. Si alguno estáis curtidos en la materia y me podéis decir algo rollo ''X, Y y Z temas no caen, A, B y C caen fijo'' o remitirme al hilo de examenología  ??? de la asignatura, estaría genial.

Un saludo
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a) Primera prueba presencial
Se llevará a cabo con arreglo a las normas siguientes:
Primera.- La materia objeto de examen será la siguiente:
• Bloque 1: Conceptos, principios y normas generales (Lecciones 1 a 5, ambas inclusive).
• Bloque 2: Derecho Presupuestario (lecciones 6 a 10, ambas inclusive).
• Bloque 3: Derecho del crédito público (lección 11).

• Bloque 4: Derecho Tributario. Introducción (Lecciones 12 a 15, ambas inclusive).
• Bloque 5: Derecho Tributario. Aspectos estructurales del tributo (Lecciones 16 a 19, ambas inclusive).

Segunda.-La primera prueba presencial tendrá una duración de una hora y treinta minutos y constará de seis preguntas
cortas. De estas seis preguntas el alumno deberá contestar solamente las cinco que libremente escoja.
Un ejemplo de pregunta corta puede ser el siguiente: «¿En qué materias de nuestro Derecho Tributario resulta admisible la
aplicación de la analogía?»
Tercera.- De esas seis preguntas, cinco versarán necesariamente sobre el contenido de los bloques 1, 4 y 5 antes
mencionados. Dicho de otro modo, sólo una pregunta podrá versar sobre el contenido de los bloques 2 y 3 también indicados.

En principio parece que podemos limitarnos a los bloques 1,4 y 5, que alegría!

Y también está publicado en ALF.

Si te das una "vuelta" por el foro de apuntes temporales, verás que hay archivos con las preguntas recopiladas y, algunos, resueltas.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 12 de Noviembre de 2012, 15:35:01 pm
E incluso se han subido los examenes de septiembre 2012 corregidos por el Equipo Docente.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: piriforme en 12 de Noviembre de 2012, 19:22:33 pm
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Y también está publicado en ALF.

Si te das una "vuelta" por el foro de apuntes temporales, verás que hay archivos con las preguntas recopiladas y, algunos, resueltas.

Ciertamente, el documento del que extraes la cita está publicado en ALF. Yo lo tengo impreso, de hecho. El P+F, ¿no? El caso es que no tiene mucho que ver con mi consulta  :P

De hecho estoy un poco confuso. En mi mensaje planteo una consulta sobre, textualmente, ''temas del manual que ni salen en los exámenes,''

De tu cita interpreto que lo que quieres decirme es que la lección 6 cae dentro del ámbito del régimen reducido. ¿Es eso a lo que te refieres? Pregunto porque en tu mensaje me hablas de lecciones del programa, no sé si te has dado cuenta. Como todos sabemos, las lecciones del programa no coinciden con las del manual. El tema el 6 del manual, que puse como ejemplo, es la lección cuarta del programa, primer bloque, y queda fuera del ámbito de régimen reducido. Entonces... no acabo de entender qué me quieres decir con esa respuesta.

El caso es que, releyendo mi propio mensaje, veo que llego incluso a especificar que el ''Tema... 6, fuentes, [que] viene a ser del primer bloque de los cinco del primer cuatri.'' No comprendo dónde está el malentendido, pero creo que con todo, las bases de mi consulta quedaron bastante claras.

Con lo cual queda la pregunta sin contestar, pero de todas formas, y ya sabiendo que los exámenes resueltos pueden encontrarse en el subforo de apuntes, me voy a dejar caer por allí. 

Un saludo!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 13 de Noviembre de 2012, 15:22:59 pm
Concordancias entre el programa de Derecho Financiero y Tributario I y la edición de 2012 del manual recomendado (1.ª PP)

BLOQUE I.- CONCEPTOS, PRINCIPIOS Y NORMAS GENERALES
Lección del programa                                                                                              Lección del manual
1.ª Concepto y autonomía del Derecho Financiero                                                                Lección 1
2.ª El poder financiero                                                                                                           Lección 8
3.ª Los principios constitucionales del ordenamiento financiero                                           Lección 5
4.ª Las fuentes del Derecho Financiero                                                                                 Lección 6
5.ª Aplicación de las normas financieras                                                                                Lección 7
 
BLOQUE II.- DERECHO PRESUPUESTARIO

Lección del programa                                                                                                   Lección del manual
6.ª El Presupuesto: Concepto y función                                                                                 Lección 21
7.ª El Presupuesto del Estado: contenido y efectos.                                                          Lección 22
8.ª El ciclo presupuestario                                                                                                  Lección 23
9.ª El control presupuestario                                                                                                 Lección 24
10.ª El Presupuesto de los demás entes públicos                                                                 Lección 25
 
BLOQUE III.- DERECHO DEL CRÉDITO PÚBLICO
Lección del programa                                                                                                       Lección del manual
11.ª La Deuda pública                                                                                                         Lección 3

BLOQUE IV.- DERECHO TRIBUTARIO

A) Introducción

Lección del programa                                                                                                       Lección del manual
12.ª Los ingresos públicos. Los tributos                                                                     Lección 2, epígrafes I, II y V, Lección 4, epígrafes I y V
13.ª El impuesto                                                                                                            Lección 4, epígrafe II
14.ª Las tasas                                                                                                                   Lección 4, epígrafe III
15.ª Las contribuciones especiales                                                                             Lección 4, epígrafe IV

BLOQUE V.- B) Aspectos estructurales del tributo

Lección del programa                                                                                                    Lección del manual
16.ª La relación tributaria y el hecho imponible                                                           Lección 9, excepto epígrafe V
17.ª Los sujetos de la obligación tributaria                                                                    Lección 10, Lección 11, epígrafes II y III
18.ª Elementos cuantificadores de la obligación tributaria                                           Lección 9, epígrafe V
19.ª La extinción de la obligación tributaria                                                                   Lección 14, epígrafes III.1; III.3; III.4; III.5; IV; VII; VIII; X; XI

Lo señalado en rojo es la materia sobre la que, según el equipo docente, podrá versar una de las preguntas del examen (creo que sólo ha caído una vez una pregunta de este bloque).
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: piriforme en 14 de Noviembre de 2012, 10:41:01 am
Vale.

Escucha, te he leído la primera vez. Insisto, ya tengo la documentación que me estás proporcionando, y otra vez: eso no es lo que estoy preguntando.

Vuelvo a repetir que estaba preguntando por lecciones del manual que entran más o menos. Que la lección 6 del manual, que puse como ejemplo, está dentro del primer bloque. Que queda fuera del régimen de aparición reducida que me marcas en rojo. Mi pregunta es, otra vez, qué temas del manual dentro de los bloques del régimen normal (es decir, el 1, 4 y 5) caen más o menos en el examen. Ya sé que van a caer más las lecciones del manual correspondientes a las de los bloques 1, 4 y 5, mi pregunta radica en cuáles son las lecciones del manual que caen más dentro de esos bloques.

Que alguien por favor se deje caer y me diga con honestidad si mi consulta está dando lugar a confusión. Yo con todo el gusto me disculpo, pero ahora mismo creo que no es el caso.

Bueno, un saludo.

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: lunchi689 en 14 de Noviembre de 2012, 11:05:42 am
Nó sé qué polémicas tenéis y a lo mejor me meto donde no me llaman, pero tu pregunta la entiendo perfectamente, piriforme. Te refieres a las lecciones del manual que más veces han caído en examen. Yo no lo sé, la verdad, no tengo ese dato. Tendría que ponerme a analizar examen por examen qué preguntas caen, a qué temas corresponden y sacar una estadística. Si lo averiguo, te lo digo.
No obstante, traducidos los temas del programa a lecciones del manual y eliminando aquellos que parece que todos queremos eliminar (bloques 2 y 3), no parecen que sean muchas: 1, 2 (determinados epígrafes) ,4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 14.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 14 de Noviembre de 2012, 11:12:43 am
Yo tampoco tengo ese dato, además muchas preguntas ni las he podido encontrar en el manual, vaya asignatura! y las contestaciones a las preguntas creo que ni las podría resolver aún teniendo el libro delante  :-[
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 14 de Noviembre de 2012, 11:30:42 am
Temas más preguntados:

El 5, 14, 16, 17(muy importante), 18 y 19(muy importante)

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: piriforme en 14 de Noviembre de 2012, 13:51:18 pm
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Temas más preguntados:

El 5, 14, 16, 17(muy importante), 18 y 19(muy importante)

merci beaucoup.

Y lo mismo a todos los que habéis contestado :) justo lo que necesitaba.

Un saludo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 14 de Noviembre de 2012, 18:09:36 pm
https://dl.dropbox.com/u/65415198/Preguntas%20Financiero%20y%20Tributario%201%20%28teufel%29.doc

Junto a cada tema está puesto el tema al que corresponde según programa y al lado de cada pregunta está indicado el epígrafe del libro en el que encontrar la respuesta.

un saludo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 14 de Noviembre de 2012, 18:14:12 pm
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https://dl.dropbox.com/u/65415198/Preguntas%20Financiero%20y%20Tributario%201%20%28teufel%29.doc

Junto a cada tema está puesto el tema al que corresponde según programa y al lado de cada pregunta está indicado el epígrafe del libro en el que encontrar la respuesta.

un saludo
:D uff cuanto trabajo me has quitado, graciasss
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: hollygrial en 14 de Noviembre de 2012, 18:23:21 pm
Muchas gracias Teufel por tu gran trabajo. Hay que ponerte un monumento por las cosas que haces junto con el resto de compañeros que hacen que las cosas sean posibles. ¡OLE POR VUESTRO ARTE!  :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 14 de Noviembre de 2012, 23:13:14 pm
Hay una cosilla que no entiendo, si la potestad originaria para crear tributos la tiene el estado mediante ley por qué en la prohibición de duplicidad en la imposición dice lo siguiente:

que la lofca somete la creación de tributos propios por las CCAA a dos límites infraqueables y explica cuáles son esas prohibiciones

Entonces en qué quedamos el estado crea y las CCAA también?

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 14 de Noviembre de 2012, 23:20:55 pm
Pues sí Raul31, con algunos límites, las CCAA tambien pueden crear tributos...aquí tol mundo...menos las entidades locales.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 14 de Noviembre de 2012, 23:24:51 pm
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Pues sí Raul31, con algunos límites, las CCAA tambien pueden crear tributos...aquí tol mundo...menos las entidades locales.

ok aclarado, imagino que lo me comí fue lo de respetando las exigencias y mandatos  de la constitución...

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: silvia70 en 16 de Noviembre de 2012, 20:16:17 pm
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Temas más preguntados:

El 5, 14, 16, 17(muy importante), 18 y 19(muy importante)

Raúl, cuando te refieres a los "temas" es según el orden del libro o te refieres a las lecciones según las concordancias?
Es que estoy hecha un lío. Muchas gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: psylex25 en 17 de Noviembre de 2012, 11:13:30 am
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:D uff cuanto trabajo me has quitado, graciasss
Muchas gracias Teufel un gran trabajo   buenisima aportacion !!!!!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pixar en 17 de Noviembre de 2012, 12:04:28 pm
DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I
Programa para el Curso 2012-2013



I. CONCEPTOS, PRINCIPIOS Y NORMAS GENERALES

Lección 1.ª CONCEPTO Y AUTONOMÍA DEL DERECHO FINANCIERO
1. Concepto y contenido del Derecho Financiero.
2. Autonomía del Derecho Financiero.
3. Concepto y contenido del Derecho Tributario.

Lección 2.ª EL PODER FINANCIERO
1. Evolución histórica, concepto y límites.
2. Distribución funcional del poder financiero.
3. La ordenación constitucional del poder financiero en España.
4. El poder financiero del Estado.
5. El poder financiero de las Comunidades Autónomas.
   A) Comunidades Autónomas de régimen general.
   B) Comunidades Autónomas de régimen especial.
6. El poder financiero de los Entes Locales.
7. Las facultades financieras de los Entes Corporativos.

Lección 3.ª LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL ORDENAMIENTO FINANCIERO
1. El valor normativo de los principios constitucionales.
2. El principio de capacidad económica.
3. El principio de generalidad.
4. El principio de reserva de ley.
5. Otros principios constitucionales con incidencia en el Derecho Financiero.
   A) El principio de igualdad.
   B) Los principios de progresividad y no confiscatoriedad.
   C) Los principios de eficiencia y economía en el gasto público.

Lección 4.ª FUENTES DEL DERECHO FINANCIERO
1. Introducción
2. Los Tratados Internacionales.
3. Las Leyes.
   A) La Ley de Presupuestos.
   B) El Decreto-Ley.
   C) El Decreto Legislativo.
   D) La potestad legislativa de las Comunidades Autónomas.
4. Los Reglamentos.
   A) La potestad reglamentaria. Concepto y fundamento.
   B) El ejercicio de la potestad reglamentaria.
   C) Los Reglamentos de las Comunidades Autónomas y de los Entes Locales.
D) Las órdenes interpretativas y otras disposiciones administrativas.
5. El Derecho supletorio.
6. Otras fuentes del ordenamiento financiero.
   A) La costumbre y el precedente administrativo.
   B) Los principios generales del Derecho.
   C) La jurisprudencia.
7. La codificación del ordenamiento financiero.

Lección 5.ª APLICACIÓN DE LAS NORMAS FINANCIERAS
1. Ámbito espacial de aplicación.
2. Ámbito temporal de aplicación.
   A) La entrada en vigor y el cese de la vigencia.
   B) La retroactividad de las normas financieras.
3. La interpretación de las normas financieras.
   A) Naturaleza jurídica de las normas financieras.
   B) Interpretación de las normas tributarias.
   C) Las consultas en materia tributaria.
   D) La interpretación de las normas reguladoras del gasto público.
4. La analogía en el Derecho Financiero.
5. El fraude de la ley tributaria (o "conflicto en la aplicación de las normas tributarias").
6. Información y asistencia al contribuyente en el cumplimiento de obligaciones tributarias.

II. DERECHO PRESUPUESTARIO

Lección 6.ª EL PRESUPUESTO. CONCEPTO Y FUNCIÓN
1. Configuración histórica del Presupuesto del Estado.
2. La Ley de Presupuestos en el ordenamiento español.
   A) Configuración normativa.
   B) Naturaleza jurídica.
   C) Configuración por el Tribunal Constitucional.
3. El Presupuesto en el Estado contemporáneo.
4. Los principios presupuestarios.
   A) Los principios de unidad y universalidad.
   B) El principio de temporalidad.
   C) El principio de especialidad.
   D) El principio de estabilidad presupuestaria.

Lección 7.ª EL PRESUPUESTO DEL ESTADO. CONTENIDO Y EFECTOS
1. El contenido de los Presupuestos del Estado.
   A) Objeto de la Ley de presupuestos.
   B) Ámbito.
   C) Estructura del presupuesto.
2. Efectos sobre el gasto público.
3. Efectos sobre determinados gastos.
   A) Créditos excepcionales.
   B) Los gastos reservados.
   C) El deber de gastar ciertos créditos.
4. Incidencia del Presupuesto sobre situaciones jurídicas particulares.
5. Efectos sobre los ingresos.

Lección 8.ª EL CICLO PRESUPUESTARIO
1. La división de poderes en el ciclo presupuestario.
2. Elaboración del Presupuesto.
   A) La fijación del objetivo de estabilidad presupuestaria.
   B) Proceso de elaboración de los Presupuestos Generales del Estado.
   C) Criterios materiales para la elaboración de los Presupuestos.
3. Aprobación del Presupuesto.
   A) Tramitación parlamentaria.
   B) Limitaciones de la potestad parlamentaria.
   C) Aprobación de gastos con posterioridad a la Ley de Presupuestos.
4. Ejecución del Presupuesto. La gestión de los Presupuestos Generales del Estado.
   A) La gestión del Presupuesto de Gastos.
   B) La gestión del Presupuesto de ingresos.
5. Liquidación y cierre del Presupuesto.

Lección 9.ª EL CONTROL PRESUPUESTARIO
1. Configuración histórica.
2. Contenido de la función de control presupuestario.
3. Tipos de control.
4. El control interno. La Intervención del Estado.
   A) La función interventora
   B) El control financiero permanente.
   C) La auditoria pública.
   D) El control administrativo interno de los gastos reservados.
5. El Tribunal de Cuentas.
   A) Función fiscalizadora.
   B) Función judicial.
6. El control parlamentario.
   A) Medios de control.
   B) El control parlamentario de los gastos reservados.
   C) La Cuenta General del Estado.

Lección 10.ª LOS PRESUPUESTOS DE LOS DEMÁS ENTES PÚBLICOS
1. El Presupuesto de las Comunidades Autónomas.
   A) Principios generales.
   B) La aprobación de los Presupuestos y de la normativa presupuestaria.
2. El Presupuesto de las Corporaciones Locales.
   A) Contenido, función y estructura.
   B) Los principios presupuestarios.
   C) El ciclo presupuestario.
3. Presupuesto de los Organismos públicos, Entidades públicas empresariales, otros entes públicos y Sociedades mercantiles estatales.
4. El Presupuesto de la Seguridad Social.

III. DERECHO DEL CRÉDITO PÚBLICO

Lección 11.ª LA DEUDA PÚBLICA
1. Concepto y naturaleza.
2. Clases de deuda pública.
3. La reserva de ley en materia de deuda pública.
   A) Alcance y contenido.
   B) Las garantías constitucionales de la deuda.
4. Régimen jurídico de la deuda pública.
   A) Emisión.
   B) Derechos del prestamista.
   C) Conversión.
   D) Extinción.
5. Otros ingresos por operaciones de crédito.
6. Operaciones de crédito de las Comunidades Autónomas.
7. Operaciones de crédito de las Entidades Locales.

IV. DERECHO TRIBUTARIO

A) INTRODUCCIÓN

Lección 12.ª LOS INGRESOS PÚBLICOS. LOS TRIBUTOS
1. Los ingresos públicos.
   A) Concepto y caracteres.
   B) Clasificación.
2. Las prestaciones patrimoniales de carácter público.
3. Los tributos. Concepto.
4. Clases de tributos.
5. Los tributos parafiscales.
 
Lección 13.ª EL IMPUESTO
1. Concepto y caracteres.
2. Clases de impuestos.
 
Lección 14.ª LAS TASAS
1. Concepto.
2. Diferencias entre las tasas y los precios públicos.
3. Clases de tasas.
 
Lección 15.ª LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES
1. Concepto y caracteres.

B) ASPECTOS ESTRUCTURALES DEL TRIBUTO

Lección 16.ª LA RELACIÓN TRIBUTARIA Y EL HECHO IMPONIBLE
1. La configuración jurídica del tributo.
2. La obligación tributaria principal.
3. El hecho imponible.
   A) Concepto y función.
   B) Carácter normativo.
   C) Estructura.
4. El devengo del tributo.
5. La exención tributaria.
   A) Concepto y efectos.
   B) La exención como modalidad del tributo y contenido del deber de contribuir.
   C) La reserva de ley en materia de exenciones.
   D) Presupuesto de hecho y devengo de la exención.
   E) Aplicación de las exenciones. Especial consideración de los derechos adquiridos.
6. Otras obligaciones tributarias.
A) La anticipación del tributo (retenciones, ingreso a cuenta y pago fraccionado).
B) La repercusión del tributo

Lección 17.ª LOS SUJETOS DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
1. Sujeto activo del tributo
2. Las Administraciones Tributarias
3. La Agencia Estatal de Administración Tributaria.
4. Obligados tributarios y sujetos pasivos.
   A) Definición legal.
   B) El contribuyente.
   C) El sustituto.
   D) Los entes sin personalidad como obligados tributarios.
   E) Los entes públicos como obligados tributarios.
5. Solidaridad de los obligados tributarios.
6. Los responsables del tributo.
   A) Concepto y notas definitorias.
   B) Supuestos de responsabilidad.
   C) Régimen jurídico. Procedimiento para exigir la responsabilidad.
7. La sucesión en el tributo.
8. El domicilio en el Derecho Tributario.
9. La representación en el Derecho Tributario.
 
Lección 18.ª ELEMENTOS CUANTIFICADORES DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
1. La base imponible.
   A) Concepto y clases.
   B) Métodos de determinación de la base imponible.
2. Los tipos de gravamen.
3. Cuota tributaria y deuda tributaria.

Lección 19.ª LA EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
1. El pago o ingreso.
   A) Normas generales.
B) El sujeto del ingreso.
   C) Objeto del ingreso.
   D) Formas y medios del ingreso.
   E) Aplazamiento y fraccionamiento.
2. La prescripción.
3. Otras formas de extinción del tributo
A) Ideas previas
B) La compensación.
C) La condonación.
4. Las garantías del crédito tributario.
5. Las medidas cautelares.

C) LA APLICACIÓN DE LOS TRIBUTOS

Lección 20.ª NORMAS COMUNES (I)
1. La aplicación de los tributos. Delimitación y ámbito.
2. Los obligados tributarios en los procedimientos de aplicación de los tributos.
3. Procedimientos tributarios.
4. Normas comunes e institutos generales de los procedimientos tributarios.
A) Marco normativo.
B) Fases de los procedimientos.
C) Plazos de resolución.
D) Caducidad.
E) Motivación.

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Ponder en 17 de Noviembre de 2012, 13:26:39 pm
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https://dl.dropbox.com/u/65415198/Preguntas%20Financiero%20y%20Tributario%201%20%28teufel%29.doc

Junto a cada tema está puesto el tema al que corresponde según programa y al lado de cada pregunta está indicado el epígrafe del libro en el que encontrar la respuesta.

un saludo

Gracias diablilla, así me ahorro tener que ir buscándolos por todo el libro :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: terreta en 18 de Noviembre de 2012, 20:58:17 pm
Hola a tod@s.¿ Me podríais explicar con algún ejemplo lo siguiente?
PROGRESIVIDAD CONTÍNUA "... dado que la progresividad continua da lugar a errores de salto, , arrojando cuotas muy superiores por incrementos mínimos de la base imponible, el art. 56.3 LGT dispone que SE REDUCIRÁ LA CUOTA RESULTANTE EN EL EXCESO QUE SUPONGA EL AUMENTO DE CUOTA RESPECTO AL INCREMENTO DE LA BASE IMPONIBLE, salvo que el tributo se pague mediante tributos trimbados.
¿Alguien que de luz en lo que he puesto en mayúsculas??? Gracias!!!!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 18 de Noviembre de 2012, 21:41:48 pm
Esto lo colgaron los profes el año pasado , en la carpeta de documentos y ejemplos de las demás situaciones de progresividad y supongo que este año tambien lo hagan:

Error de salto en la progresión continua
Ejemplo: Antonio trasmite una vivienda cuyo valor real es de 180.001 euros.
Cuota por documentos notariales:
180.001 al 1% = 1.800,01 euros
Si el valor hubiera sido de 180.000 euros la cuota hubiera sido:
180.000 al 0,5% = 900 euros.
Se produce un error de salto pues por un euro más de base se producen 900 euros más de cuota.


Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 18 de Noviembre de 2012, 23:44:51 pm
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Hola a tod@s.¿ Me podríais explicar con algún ejemplo lo siguiente?
PROGRESIVIDAD CONTÍNUA "... dado que la progresividad continua da lugar a errores de salto, , arrojando cuotas muy superiores por incrementos mínimos de la base imponible, el art. 56.3 LGT dispone que SE REDUCIRÁ LA CUOTA RESULTANTE EN EL EXCESO QUE SUPONGA EL AUMENTO DE CUOTA RESPECTO AL INCREMENTO DE LA BASE IMPONIBLE, salvo que el tributo se pague mediante tributos trimbados.
¿Alguien que de luz en lo que he puesto en mayúsculas??? Gracias!!!!

Hola terreta.

Matias1 ha puesto el ejemplo de cómo se produce el "error de salto" en las alicuotas progresivas; si bien, creo entender que tu te refieres a la "reducción" que de ese error en el salto se hace para aminorar el incremento de la base imponible debido al error, con lo cual también se produce la aminoración porcentual en el exceso que se produce.

En el mismo ejemplo de la compañera, la diferencia del exceso es de 900 euros, y la cuota de la base imponible de 1.800,01, así que para corregir el error, según lo recogido en el art. 56.3 LGT, la Administración Tributaria tiene que hacer una reducción que ha de contemplar, al menos, el exceso.

Esto estaba mal en la diapositiva, pero se "soluciona" si nos fijamos; a la primera cuota resultante, 1.800,01, se le resta el exceso, 900, con lo cual lo que se tiene que liquidar son 900,01 euros.

Al menos, eso es lo que entendí y, lo que he vuelto a comprender.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raquelilla70 en 19 de Noviembre de 2012, 09:58:48 am
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https://dl.dropbox.com/u/65415198/Preguntas%20Financiero%20y%20Tributario%201%20%28teufel%29.doc

Junto a cada tema está puesto el tema al que corresponde según programa y al lado de cada pregunta está indicado el epígrafe del libro en el que encontrar la respuesta.

un saludo

MUCHISIMAS GRACIAS
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: terreta en 19 de Noviembre de 2012, 15:27:51 pm
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Hola terreta.

Matias1 ha puesto el ejemplo de cómo se produce el "error de salto" en las alicuotas progresivas; si bien, creo entender que tu te refieres a la "reducción" que de ese error en el salto se hace para aminorar el incremento de la base imponible debido al error, con lo cual también se produce la aminoración porcentual en el exceso que se produce.

En el mismo ejemplo de la compañera, la diferencia del exceso es de 900 euros, y la cuota de la base imponible de 1.800,01, así que para corregir el error, según lo recogido en el art. 56.3 LGT, la Administración Tributaria tiene que hacer una reducción que ha de contemplar, al menos, el exceso.


Esto estaba mal en la diapositiva, pero se "soluciona" si nos fijamos; a la primera cuota resultante, 1.800,01, se le resta el exceso, 900, con lo cual lo que se tiene que liquidar son 900,01 euros.

Gracias Marta y M.Nieves, me refería a lo que dice M.Nieves. Me ha quedado claro. Muchísimas gracias a las dos, sois encantadoras. Saludos desde Alicante. :)

Al menos, eso es lo que entendí y, lo que he vuelto a comprender.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: superbiker en 19 de Noviembre de 2012, 22:24:13 pm
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https://dl.dropbox.com/u/65415198/Preguntas%20Financiero%20y%20Tributario%201%20%28teufel%29.doc

Junto a cada tema está puesto el tema al que corresponde según programa y al lado de cada pregunta está indicado el epígrafe del libro en el que encontrar la respuesta.

un saludo

Hola teufel, primeramente gracias por tu aporte, es muy util.
En segundo lugar me he quedado un poco preocupado, ya que estoy estudiando por los apuntes de Jose Vivero, pero veo que en la relacion de preguntas que has puesto en los apuntes de Vivero faltan o no estan muy bien definidas, por lo que veo te estas preparando la asignatura por el libro, tu como lo ves, ¿has comparado el libro con los apuntes de Vivero?, o es mejor que me prepare la asignatura por el ibro.

Un saludo y gracias.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 20 de Noviembre de 2012, 10:36:56 am
Comencé con los apuntes de vivero y tuve que dejarlos porque me pasaba lo mismo que a ti. Voy a probar con los que se han hecho este año por los compañero. Ya te iré contando.

A propósito de las preguntas, estoy modificando el archivo y añadiendo las que se hicieron en el plan antiguo, que nos las había incluido. Cuando lo tenga terminado os aviso, valdrá el mismo enlace.

Ahora una duda.....en las teleclases se hace, y dice, continuamente mención a que la ley 30/92 ss supletoria de la ley especial por la que se rige el derecho administrativo, pero nunca dicen cuál es.......alguien me puede ilustrar?

Gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 20 de Noviembre de 2012, 10:59:40 am
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Comencé con los apuntes de vivero y tuve que dejarlos porque me pasaba lo mismo que a ti. Voy a probar con los que se han hecho este año por los compañero. Ya te iré contando.

A propósito de las preguntas, estoy modificando el archivo y añadiendo las que se hicieron en el plan antiguo, que nos las había incluido. Cuando lo tenga terminado os aviso, valdrá el mismo enlace.

Ahora una duda.....en las teleclases se hace, y dice, continuamente mención a que la ley 30/92 ss supletoria de la ley especial por la que se rige el derecho administrativo, pero nunca dicen cuál es.......alguien me puede ilustrar?

Gracias

¡Por fin! Se cayó la red del servidor ayer y hasta ahora no ha vuelto, ¡claro cuando ha empezado a funcionar la red del Ayto.! La entena está justo arriba y de ahí coge la "señal" ¡Vaya mier...eso! A ver si termina de una dichos vez el proceso, porque se montó de forma ilegal ¡en fin!

Como siempre yo contando mis problemas, perdona

Los apuntes de Vivero están bastante bien teufel, sólo hay que añadir muy poquitas cosas, pero bueno, para algo "sacan" edición nueva del manual.

Respecto a la duda que tienes, efectivamente la Ley 30/92 es "supletoria" del derecho administrativo tributario, si bien, lo que se recoge respecto a las "diferencias" en los procedimientos aparece en la LGT, es decir, no hay una norma que regule aparte el procedimiento administrativo tributario, es algo similar de como ocurre en el resto de materias, por ejemplo, la social/laboral, la sancionadora, la expropiación forzosa, las reclamaciones por responsabilidad patrimonial de las AAPP, se recoge "los principios en la Ley 30" pero el desarrollo se hace en normas sectoriales, en este caso, claro, la LGT, la cual se desarrolla a su vez en el RGIT.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 20 de Noviembre de 2012, 11:01:44 am
La Ley que regula el procedimiento tributario es la Ley 48/2003 General Tributaria, para los amigos LGT, y es supletoria la Ley 30/92 de Regimen Juridico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAP y PAC), aunque quiero recordar que no siempre...o al menos eso es lo que estudié el año pasado en Financiero....y para muestra vale un botón, copio y pego el articulo 7 de la LGT y en particular el párrafo 2...

Artículo 7. Fuentes del ordenamiento tributario.
 
1. Los tributos se regirán:
 a.Por la Constitución.

 b.Por los tratados o convenios internacionales que contengan cláusulas de naturaleza tributaria y, en particular, por los convenios para evitar la doble imposición, en los términos previstos en el artículo 96 de la Constitución.

 c.Por las normas que dicte la Unión Europea y otros organismos internacionales o supranacionales a los que se atribuya el ejercicio de competencias en materia tributaria de conformidad con el artículo 93 de la Constitución.

 d.Por esta Ley, por las Leyes reguladoras de cada tributo y por las demás Leyes que contengan disposiciones en materia tributaria.

 e.Por las disposiciones reglamentarias dictadas en desarrollo de las normas anteriores y, específicamente en el ámbito tributario local, por las correspondientes ordenanzas fiscales.

 
En el ámbito de competencias del Estado, corresponde al Ministro de Hacienda dictar disposiciones de desarrollo en materia tributaria, que revestirán la forma de orden ministerial, cuando así lo disponga expresamente la Ley o reglamento objeto de desarrollo. Dicha orden ministerial podrá desarrollar directamente una norma con rango de Ley cuando así lo establezca expresamente la propia Ley.
 
2. Tendrán carácter supletorio las disposiciones generales del derecho administrativo y los preceptos del derecho común.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 20 de Noviembre de 2012, 11:12:22 am
Gracias a las dos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: pedro73 en 20 de Noviembre de 2012, 18:27:33 pm
alguien sabria explicarme o poner un ejemplo sobre el derecho de afeccion?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 20 de Noviembre de 2012, 18:39:30 pm
Sin ir más lejos te voy a copiar del Practicum de Derecho Civil III la nota marginal de la inscripción de un piso en el Registro de la Propiedad, que es objeto de compraventa:

"Esta finca queda afecta durante el plazo de dos años contados a partir de hoy, al pago de la liquidacion o liquidaciones complementarias que, en su caso, puedan girarse por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Juridicos Documentados, habiendose satisfecho la cantidd de 163.500 pesetas en autoliquidación. Sevilla a 23 de julio de 1990. Firma del Registrador de la Propiedad"

Cuando se vende un inmueble de segunda mano, se valora; generalmente se pone el precio de la compraventa para hacer la autoliquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Pero la Administración Autonómica, que es la que lleva este impuesto, a veces, muchas veces jejeje, valora el bien en otra cantidad....salvo que los interesados en la compraventa le hayan preguntado antes para curarse en salud....y muchas veces lo valora en mas cantidad que el comprador...e incluso puede darse la paradoja que se haya vendido por X y la Admón diga que el valor es X+1...entonces gira una autoliquidación complementaria por la diferencia y por si no la pagas pues deja afecto el bien al pago de esa deuda....
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: wulfila82 en 20 de Noviembre de 2012, 21:00:54 pm
He empezado por los apuntes de Vivero,siempre fenomenales,pero voy por el tema 4 y no me están inspirando mucha confianza....¿por qué apuntes estais estudiando vosotros?saluditos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: wulfila82 en 20 de Noviembre de 2012, 21:05:54 pm
Además llegan hasta el tema 19 y veo que hay un tema 20?  :D quélio!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: pedro73 en 20 de Noviembre de 2012, 21:31:33 pm
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Sin ir más lejos te voy a copiar del Practicum de Derecho Civil III la nota marginal de la inscripción de un piso en el Registro de la Propiedad, que es objeto de compraventa:

"Esta finca queda afecta durante el plazo de dos años contados a partir de hoy, al pago de la liquidacion o liquidaciones complementarias que, en su caso, puedan girarse por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Juridicos Documentados, habiendose satisfecho la cantidd de 163.500 pesetas en autoliquidación. Sevilla a 23 de julio de 1990. Firma del Registrador de la Propiedad"

Cuando se vende un inmueble de segunda mano, se valora; generalmente se pone el precio de la compraventa para hacer la autoliquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Pero la Administración Autonómica, que es la que lleva este impuesto, a veces, muchas veces jejeje, valora el bien en otra cantidad....salvo que los interesados en la compraventa le hayan preguntado antes para curarse en salud....y muchas veces lo valora en mas cantidad que el comprador...e incluso puede darse la paradoja que se haya vendido por X y la Admón diga que el valor es X+1...entonces gira una autoliquidación complementaria por la diferencia y por si no la pagas pues deja afecto el bien al pago de esa deuda....
gracias matias, la verdad es que no tiene ninguna complicación pero nunca me concidio o verlo o al menos no lo recuerdo y no sabia a qué se referia
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 20 de Noviembre de 2012, 21:36:40 pm
En lo que pueda aclarar, pues por aquí andamos...hice Financiero el curso pasado y por experiencia laboral conozco la práctica de diversas situaciones...
Saludos
Marta
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: superbiker en 20 de Noviembre de 2012, 22:09:36 pm
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He empezado por los apuntes de Vivero,siempre fenomenales,pero voy por el tema 4 y no me están inspirando mucha confianza....¿por qué apuntes estais estudiando vosotros?saluditos

Yo tambien estoy con esa duda, y mas despues de ver la recopilacion de preguntas de examenes anteriores que teufel ha subido, de momento mirare los apuntes que los compañeros han realizado a ver que tal estan.

Un saludo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Sir Hall en 21 de Noviembre de 2012, 12:15:52 pm
No me he mirado aún los apuntes de Vivero, estoy seguro de que servirán para los días anteriores al examen cuando ya sabemos de qué va el asunto y lo que hacemos es repasar rápido. Creo que si se descartan los temas finales relacionados con el presupuesto queda materia pero tampoco es algo excesivo, y si descartamos también la letra pequeña, con un poco de esfuerzo quizá valga la pena estudiar del libro.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: wulfila82 en 21 de Noviembre de 2012, 12:58:28 pm
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No me he mirado aún los apuntes de Vivero, estoy seguro de que servirán para los días anteriores al examen cuando ya sabemos de qué va el asunto y lo que hacemos es repasar rápido. Creo que si se descartan los temas finales relacionados con el presupuesto queda materia pero tampoco es algo excesivo, y si descartamos también la letra pequeña, con un poco de esfuerzo quizá valga la pena estudiar del libro.
Edtudiar por el libro para elq tenga dinero
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 21 de Noviembre de 2012, 13:21:26 pm
Sir con la letra pequeña hay que tener mucho cuidado, hay algunas preguntas que se responden con la letra pequeña, sobre todo porque son preguntas tipo prácticas dónde ayuda bastante la letra pequeña a responderlas.
Los apuntes de José Vivero se envían a través de email, los que están colgados en la web son de otro José
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Ponder en 21 de Noviembre de 2012, 13:28:09 pm
¿Me podría definir alguien que es afectar?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 21 de Noviembre de 2012, 13:38:19 pm
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¿Me podría definir alguien que es afectar?
lo ha explicado antes Matías1
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 21 de Noviembre de 2012, 13:39:31 pm
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¿Me podría definir alguien que es afectar?

8. tr. Der. Imponer gravamen u obligación sobre algo, sujetándolo el dueño a la efectividad de ajeno derecho.

9. tr. Der. Destinar una suma o un bien a un gasto o finalidad determinados.

10. tr. Der. Destinar algo a un uso o servicio público
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: wulfila82 en 21 de Noviembre de 2012, 13:49:52 pm
Alguien me puede pasar la contraseña del grupo de trabajo por privado?Lo he hecho por la vía correspondiente pero no obtengo contestación. Gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pixar en 21 de Noviembre de 2012, 16:25:40 pm
me podeis pasar el link o la pagina del post donde está con las preguntas? gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 21 de Noviembre de 2012, 16:26:42 pm
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https://dl.dropbox.com/u/65415198/Preguntas%20Financiero%20y%20Tributario%201%20%28teufel%29.doc

Junto a cada tema está puesto el tema al que corresponde según programa y al lado de cada pregunta está indicado el epígrafe del libro en el que encontrar la respuesta.

un saludo
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me podeis pasar el link o la pagina del post donde está con las preguntas? gracias
Aqui
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: sinverguenza10 en 21 de Noviembre de 2012, 20:18:21 pm
Hola! Alguien sabe que pasa si se suspende alguno de los parciales? Irias a septiembre con solo la parte suspensa o con toda la asignatura? Gracias por la informacion! Animo!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: wulfila82 en 21 de Noviembre de 2012, 20:35:34 pm
Pasas a septiemre sólo con la parte suspensa compi.Ánimo y suerte
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: sinverguenza10 en 21 de Noviembre de 2012, 20:36:44 pm
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Pasas a septiemre sólo con la parte suspensa compi.Ánimo y suerte

Gracias por contestar! Independientemente de la parte que sea? Por ejemplo suspendes el 1º y apruebas el 2º. Un saludo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 21 de Noviembre de 2012, 20:37:47 pm
Sinverguenza 10, el curso pasado suspendí el primer parcial y aprobé el segundo. Fui a Septiembre con el primero y lo aprobé. Asignatura aprobada!!!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: PIERO NICOLA en 22 de Noviembre de 2012, 12:04:52 pm
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No me he mirado aún los apuntes de Vivero, estoy seguro de que servirán para los días anteriores  al examen cuando ya sabemos de qué va el asunto y lo que hacemos es repasar rápido. Creo que si se descartan los temas finales relacionados con el presupuesto queda materia pero tampoco es algo excesivo, y si descartamos también la letra pequeña, con un poco de esfuerzo quizá valga la pena estudiar del libro.

Para los días anteriores? los apuntes de Vivero están elaborados del año pasado, dudo que las preguntas que hayan salido en años anteriores no estén en esos apuntes.

Ahora si no las encontráis es otro cantar.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 22 de Noviembre de 2012, 12:07:18 pm
Vuelvo a repetir, hay unos apuntes de José pero son otros distintos, no son los mismos, ni es la misma persona que lo has hecho.
Los de José Vivero se envian mediante una petición de email a su correo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: sinverguenza10 en 22 de Noviembre de 2012, 17:13:09 pm
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Sinverguenza 10, el curso pasado suspendí el primer parcial y aprobé el segundo. Fui a Septiembre con el primero y lo aprobé. Asignatura aprobada!!!


Gracias por la informacion, se agradece.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: CHEN en 22 de Noviembre de 2012, 17:56:29 pm
Pero OJO, si suspendes en septiembre el parcial que te quede, al año siguiente la vuelves a tener entera
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 22 de Noviembre de 2012, 18:13:30 pm
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Pero OJO, si suspendes en septiembre el parcial que te quede, al año siguiente la vuelves a tener entera

exacto  :(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Ponder en 22 de Noviembre de 2012, 18:27:39 pm
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8. tr. Der. Imponer gravamen u obligación sobre algo, sujetándolo el dueño a la efectividad de ajeno derecho.

9. tr. Der. Destinar una suma o un bien a un gasto o finalidad determinados.

10. tr. Der. Destinar algo a un uso o servicio público

Gracias :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 24 de Noviembre de 2012, 00:05:31 am
https://dl.dropbox.com/u/65415198/Preguntas%20Financiero%20y%20Tributario%201%20%28teufel%29.doc

creo que es el mismo enlace que puse, pero por si acaso lo vuelvo a poner. He puesto las preguntas por el orden del programa y de los apuntes que se han realizado este año. Avisaros de que los bloques 2 y 3 no están en este listado, al "poder" versar solo una de las preguntas sobre estas lecciones.

un saludo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pixar en 25 de Noviembre de 2012, 11:51:51 am
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https://dl.dropbox.com/u/65415198/Preguntas%20Financiero%20y%20Tributario%201%20%28teufel%29.doc

creo que es el mismo enlace que puse, pero por si acaso lo vuelvo a poner. He puesto las preguntas por el orden del programa y de los apuntes que se han realizado este año. Avisaros de que los bloques 2 y 3 no están en este listado, al "poder" versar solo una de las preguntas sobre estas lecciones.

un saludo

hola teufel, sabia que habia un grupo de trabajo que se encargaba de elaborar los apuntes de FyT pero no que estuviesen ya listos. Podrías pasarnos el enlace? gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 25 de Noviembre de 2012, 12:57:15 pm
Lo que cuelgo son las preguntas de años anteriores. El grupo ya finalizó los apuntes hace unas semanas, tendrías que solicitar la coordinadora la clave para entrar en la cuenta de hotmail y descargarlos de allí. Es Beatrizgarcia

un saludo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pixar en 25 de Noviembre de 2012, 15:18:28 pm
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Lo que cuelgo son las preguntas de años anteriores. El grupo ya finalizó los apuntes hace unas semanas, tendrías que solicitar la coordinadora la clave para entrar en la cuenta de hotmail y descargarlos de allí. Es Beatrizgarcia

un saludo

gracias por responderme tan deprisa, le enviaré un mensaje a ver si hay suerte. Saludos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 26 de Noviembre de 2012, 10:41:21 am
Pixar, no puedo escribirte mensaje, debes tener la bandeja llena!
En cualquier caso, la contraseña la estoy enviando a través del procedimiento previsto enviando un email desde la dirección de correo de la UNED a la cuenta de hotmail habilitada.

saludos.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pixar en 26 de Noviembre de 2012, 10:57:28 am
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Pixar, no puedo escribirte mensaje, debes tener la bandeja llena!
En cualquier caso, la contraseña la estoy enviando a través del procedimiento previsto enviando un email desde la dirección de correo de la UNED a la cuenta de hotmail habilitada.

saludos.

disculpame, no sabia que con 6 mensajes estaba al 100%  ???

Si fueses tan amable de intentarlo de nuevo

Gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Ponder en 26 de Noviembre de 2012, 14:40:39 pm
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Pixar, no puedo escribirte mensaje, debes tener la bandeja llena!
En cualquier caso, la contraseña la estoy enviando a través del procedimiento previsto enviando un email desde la dirección de correo de la UNED a la cuenta de hotmail habilitada.

saludos.

Una duda: en cuanto acabe los apuntes del 1pp de 2º quiero ponerlos a disposición de todos, ¿habría algún problema si he usado los del grupo como base?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: manuel____7 en 26 de Noviembre de 2012, 17:12:19 pm
buenas tardes beatriz

pordrias enviarme la clave para descargarme los apuntes de financiero y tributario mi correo es malejo20@alumno.uned.es

Gracias. Un saludo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 26 de Noviembre de 2012, 17:23:44 pm
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buenas tardes beatriz

pordrias enviarme la clave para descargarme los apuntes de financiero y tributario mi correo es malejo20@alumno.uned.es

Gracias. Un saludo

Hola Pixar y Manuel

A mi, sinceramente, a pesar de haber participado en la confección, me daría igual el que lo colgasen a la "descarga de todo el que accede a este foro", pero es decisión del "grupo por mayoría" y, cuando algo tiene "validez democrática" hay que acatarlo, al menos, yo.

La clave se pide a esa cuenta que se abrió a través del correo de la UNED; así Bea sabrá que sois alumnos de esta nuestra universidad y os la facilitará; al menos, no conozco a nadie que la haya solicitado por esta vía, ustedes sois la primera y el primero.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: manuel____7 en 26 de Noviembre de 2012, 17:53:17 pm
gracias

y me podeis decir al correo al que me debo dirigir

Gracias. Un saludo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 26 de Noviembre de 2012, 19:17:38 pm
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gracias

y me podeis decir al correo al que me debo dirigir

Gracias. Un saludo

fyt2012@hotmail.es
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 26 de Noviembre de 2012, 19:39:16 pm
Hola compañeros;

La cuenta en la que se ha de solicitar la contraseña tal y como se acordó en su momento en el foro correspondiente, enviando un email desde la dirección de correo de la UNED, es: fyt12012@hotmail.es

La indicada en el mensaje anterior no es correcta

Yo simplemente me encargo de mandar los correos con la contraseña a todo aquel que la solicite, pero no tendría ningún problema en que los apuntes se pusieran en la zona de apuntes temporales si así lo decide la mayoría.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: PIERO NICOLA en 26 de Noviembre de 2012, 20:14:05 pm
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Hola compañeros;

La cuenta en la que se ha de solicitar la contraseña tal y como se acordó en su momento en el foro correspondiente, enviando un email desde la dirección de correo de la UNED, es: fyt12012@hotmail.es

La indicada en el mensaje anterior no es correcta

Yo simplemente me encargo de mandar los correos con la contraseña a todo aquel que la solicite, pero no tendría ningún problema en que los apuntes se pusieran en la zona de apuntes temporales si así lo decide la mayoría.

Saludos

Cuanta solidaridad y que buenos compañeros somos todos, ya me contaréis algún día cuál es el fin de mandar los apuntes por correo, todo un misterio.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 26 de Noviembre de 2012, 20:16:19 pm
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Hola compañeros;

La cuenta en la que se ha de solicitar la contraseña tal y como se acordó en su momento en el foro correspondiente, enviando un email desde la dirección de correo de la UNED, es: fyt12012@hotmail.es

La indicada en el mensaje anterior no es correcta

Yo simplemente me encargo de mandar los correos con la contraseña a todo aquel que la solicite, pero no tendría ningún problema en que los apuntes se pusieran en la zona de apuntes temporales si así lo decide la mayoría.

Saludos

siento el olvido del 1; gracias Beatriz
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 26 de Noviembre de 2012, 20:49:22 pm
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Cuanta solidaridad y que buenos compañeros somos todos, ya me contaréis algún día cuál es el fin de mandar los apuntes por correo, todo un misterio.

No hay misterio Piero. Simplemente el año pasado se colgaron por aquí algunas cosas y cayeron en manos de profesores y los exámenes fueron de escándalo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: PIERO NICOLA en 26 de Noviembre de 2012, 21:00:12 pm
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No hay misterio Piero. Simplemente el año pasado se colgaron por aquí algunas cosas y cayeron en manos de profesores y los exámenes fueron de escándalo.

Son apuntes de todo un libro, no cuestiones precisas como preguntas, se supone que en los apuntes viene lo que contiene el libro pero resumido, la verdad que no lo entiendo y no lo comparto, podría entenderlo si fueran test.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 26 de Noviembre de 2012, 21:03:21 pm
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Son apuntes de todo un libro, no cuestiones precisas como preguntas, se supone que en los apuntes viene lo que contiene el libro pero resumido, la verdad que no lo entiendo y no lo comparto, podría entenderlo si fueran test.

Es totalmente respetable Piero, yo no hice las normas, solo me limito a cumplirlas. Pero vamos que no hay problema en el tema de apuntes, envías un mail, se te proporciona la clave y te los descargas, es cuestión de un par de minutos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 27 de Noviembre de 2012, 10:11:22 am
Piero ya te lo han comentado, los apuntes no pueden contener el 100% del libro, porque entonces sería copiar el libro en word, si te has mirado en financiero I hay preguntas que son incluso supuestos prácticos, otros la letra pequeña, etc.
Si los compañeros deciden por email será por algo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 27 de Noviembre de 2012, 14:13:11 pm
No se niegan los apuntes a ningún compañero, por tanto, considero que más que la ironía al hablar de solidaridad y compañerismo, se debería agradecer el trabajo realizado por los compañeros y ser un poco respetuosos con el sistema establecido por mayoría desde hace meses.

No obstante, como ya se ha comentado más atrás y para evitar esa pequeña molestia que al parecer os causa a algunos el solicitar la contraseña, aquellos que han participado en la actualización/elaboración de los temas podéis manifestar vuestra opinión acerca de poner a disposición de todos los apuntes en la zona de temporales.
Yo soy la coordinadora y simplemente me encargo de mandar la contraseña a todo aquel que la solicite, pero considero que esa decisión es de la mayoría de compañeros que hemos participado en ese grupo.

Pero si os parece bien deberíamos hablar esto en el foro de Libros, apuntes, necesito, ofrezco...ya que allí se encuentra el hilo creado para la elaboración de apuntes por el grupo de trabajo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: PIERO NICOLA en 27 de Noviembre de 2012, 15:10:36 pm
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Piero ya te lo han comentado, los apuntes no pueden contener el 100% del libro, porque entonces sería copiar el libro en word, si te has mirado en financiero I hay preguntas que son incluso supuestos prácticos, otros la letra pequeña, etc.
Si los compañeros deciden por email será por algo

A ver parece que especiamente tú no me entiendes cuando escribo y que a todo le sacas la puntilla, he dicho que los apuntes serán un resumen del libro, obviamente que no estaría todo porque sería una copia literal y estaríamos vulnerando bla bla pero por favor que uno no es tan limitado como para saber lo que dice, simplemente decía que no me parece correcto el sistema, que lo hagáis o no es cosa del grupo que los ha realizado, pero que gracias a la solidaridad de mchos compañeros esta página goza de muy buenos apuntes...

Así que por favor ya está bien que parece que aquí no se puede decir lo que pienso porque no es lo que opináis la mayoría, y no me convence eso del modo o las formas porque el respeto no lo falto en ningún momento.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 27 de Noviembre de 2012, 15:48:59 pm
Piero el año pasado estuviste en Penal I, tal vez te enteres el porqué usar el correo de la uned el propio de cada alumno para pedir apuntes.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: adodu1 en 27 de Noviembre de 2012, 19:09:46 pm
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Así que por favor ya está bien que parece que aquí no se puede decir lo que pienso porque no es lo que opináis la mayoría, y no me convence eso del modo o las formas porque el respeto no lo falto en ningún momento.

Eso de que aquí no se puede decir lo que piensas porque no es lo que opinan la mayoría es una falacia y más viniendo de una persona que lleva un mes en el foro y menos de 2 semanas comentando.
Yo te he recomendado un poco más de humildad,seguro que te iría mucho mejor..pero veo que no quieres hacer caso,es más..te has burlado de ello,allá tu..pero con esa actitud,en este foro por lo menos,no sé cuanto de lejos llegarás.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 27 de Noviembre de 2012, 19:25:48 pm
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Piero el año pasado estuviste en Penal I, tal vez te enteres el porqué usar el correo de la uned el propio de cada alumno para pedir apuntes.

En eso tienes razón Pravias. Lo que no se puede es "ofrecer" en el foro no oficial "algo" en lo que no se ha participado y sin contar con sus autores; así que Piero, lleves dos años en este foro o sólo un mes, la compañera tiene razón.

Por otro lado, de veras, es que no sé dónde y con la "facilidad" que podéis leer "tal y cual cosa que puede molestar"; no veo en ningún mensaje, ni por una parte ni por otra, nada que pueda resultar ofensivo, ni malicioso siquiera, ¡ya son ganas de sacarle puntilla a todo!

Por si te sirve de algo Piero y este curso ya están colgados, el curso pasado no ayudé en la elaboración de apuntes de Eclesiástico, pero por el sistema establecido solicité la clave y no me pusieron pega alguna; la "legitimidad" del grupo está en "su mayoría" y eso siempre hay que respetarlo, por eso yo lo respeto y la solidaridad no se puede negar que existe, al menos, cuando yo he "pedido" algo ateniéndome a las reglas establecidas no se me ha denegado; los/las compañeros que realizan grupos de trabajo para los apuntes tienen todo el derecho para decidir "la forma en que se pueda ayudar a otros/as compañeras que no hayan participado". Esto no se puede "ver" desde un punto de vista subjetivo.

Lo que no entiendo es, ¿qué trabajo cuesta enviar un mail a la cuenta de tu correo UNED?  ???
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: PIERO NICOLA en 27 de Noviembre de 2012, 21:03:21 pm
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Eso de que aquí no se puede decir lo que piensas porque no es lo que opinan la mayoría es una falacia y más viniendo de una persona que lleva un mes en el foro y menos de 2 semanas comentando.
Yo te he recomendado un poco más de humildad,seguro que te iría mucho mejor..pero veo que no quieres hacer caso,es más..te has burlado de ello,allá tu..pero con esa actitud,en este foro por lo menos,no sé cuanto de lejos llegarás.

Bueno, habla la voz de la humildad, adodu1 no des lecciones que tu actitud en este foro por lo que he leído no es demasiado cordial, eres la usuaria del imperativo exclamativo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: adodu1 en 27 de Noviembre de 2012, 21:10:25 pm

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Bueno, habla la voz de la humildad, adodu1 no des lecciones que tu actitud en este foro por lo que he leído no es demasiado cordial, eres la usuaria del imperativo exclamativo.

Procura estudiar y aportar,en vez de criticar el trabajo de los que sí aportan y déjate de argumentos ad hominem.

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Lo que no entiendo es, ¿qué trabajo cuesta enviar un mail a la cuenta de tu correo UNED?  ???

Es la comodidad,Mnieves..por no decir vagancia que tienen muchos.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 27 de Noviembre de 2012, 21:21:50 pm
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Cuanta solidaridad y que buenos compañeros somos todos, ya me contaréis algún día cuál es el fin de mandar los apuntes por correo, todo un misterio.

Remitiéndome a éste, uno de sus "tantos" mensajes...debo decir que yo sí que comparto un argumento con Piero, y es el del misterio, pero un poco replanteado...Don Piero, o si lo prefiere, Señor Nicola...¿el misterio es que es usted un topo?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: PIERO NICOLA en 27 de Noviembre de 2012, 21:42:08 pm
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Procura estudiar y aportar,en vez de criticar el trabajo de los que sí aportan y déjate de argumentos ad hominem.

Es la comodidad,Mnieves..por no decir vagancia que tienen muchos.

eso eso a estudiar que llegan los exámenes. Suerte para los mismos.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: laury_heidy en 28 de Noviembre de 2012, 09:30:15 am
Hola, sabeis si hay alguna actualización de esta asignatura?
Es que estoy estudiando de los apuntes del año pasado...

Gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: LOZANO72 en 28 de Noviembre de 2012, 15:45:53 pm
Perdonad pero estoy algo perdida, ya tengo la clave para poder descargar los apuntes. Pero ¿dónde hay que acceder para poder descargarlos? Gracias y perdonad por la ignorancia
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 28 de Noviembre de 2012, 18:09:33 pm
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Perdonad pero estoy algo perdida, ya tengo la clave para poder descargar los apuntes. Pero ¿dónde hay que acceder para poder descargarlos? Gracias y perdonad por la ignorancia

Te metes en hotmail, indicas la cuenta fyt12012@hotmail.es, ingresas la clave y a descargar
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: superbiker en 28 de Noviembre de 2012, 19:25:12 pm
Hola alguien me puede responder a esta pregunta;

¿Puede la utilización de una piscina municipal dar lugar en algún caso al pago de una tasa? Justifique su respuesta. En caso de respuesta afirmativa indique en qué casos puede suceder eso. 

Muchas gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 28 de Noviembre de 2012, 19:35:30 pm
Superbiker, según el manual tema 14 epígrafes 1 y 2, yo diría que no, ya que la tasa es un tributo cuyo hecho imponible sobreviene en aquellos servicios o actividades que no sean de solicitud o recepción voluntaria del obligado o no se prestan o realizan por el sector privado. En el caso de la piscina el ciudadano va o no, según le apetezca jejejej, por lo que la utilización de la piscina daría lugar a un precio público pero nunca a una tasa.

Lo mismo te he liado más
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 28 de Noviembre de 2012, 19:40:56 pm
Espera, espera, espera que eso sería la regla general pero....leyendo más adelante, en el epígrafe 1.b, hay excepciones, mencionadas en el art. 13 ltpp y en el 20.4 trlrhl, entre ellas está la piscina....

4. Conforme a lo previsto en el apartado 1 anterior, las entidades locales podrán establecer tasas por cualquier supuesto de prestación de servicios o de realización de actividades administrativas de competencia local, y en particular por los siguientes:

a. Documentos que expidan o de que entiendan las Administraciones o autoridades locales, a instancia de parte.

b. Autorización para utilizar en placas, patentes y otros distintivos análogos el escudo de la entidad local.

c. Otorgamiento de licencias o autorizaciones administrativas de autotaxis y demás vehículos de alquiler.

d. Guardería rural.

e. Voz pública.

f. Vigilancia especial de los establecimientos que lo soliciten.

g. Servicios de competencia local que especialmente sean motivados por la celebración de espectáculos públicos, grandes transportes, pasos de caravana y cualesquiera otras actividades que exijan la prestación de dichos servicios especiales.

h.  Otorgamiento de las licencias urbanísticas exigidas por la legislación del suelo y ordenación urbana o realización de las actividades administrativas de control en los supuestos en los que la exigencia de licencia fuera sustituida por la presentación de declaración responsable o comunicación previa.

i.   Otorgamiento de las licencias de apertura de establecimientos o realización de las actividades administrativas de control en los supuestos en los que la exigencia de licencia fuera sustituida por la presentación de declaración responsable o comunicación previa.

j. Inspección de vehículos, calderas de vapor, motores, transformadores, ascensores, montacargas y otros aparatos e instalaciones análogas de establecimientos industriales y comerciales.

k. Servicios de prevención y extinción de incendios, de prevención de ruinas, construcciones y derribos, salvamentos y, en general, de protección de personas y bienes, comprendiéndose también el mantenimiento del servicio y la cesión del uso de maquinaria y equipo adscritos a estos servicios, tales como escalas, cubas, motobombas, barcas, etcétera.

l. Servicios de inspección sanitaria así como los de análisis químicos, bacteriológicos y cualesquiera otros de naturaleza análoga y, en general, servicios de laboratorios o de cualquier otro establecimiento de sanidad e higiene de las entidades locales.

m. Servicios de sanidad preventiva, desinfectación, desinsectación, desratización y destrucción de cualquier clase de materias y productos contaminantes o propagadores de gérmenes nocivos para la salud pública prestados a domicilio o por encargo.

n. Asistencias y estancias en hospitales, clínicas o sanatorios médicos quirúrgicos, psiquiátricos y especiales, dispensarios, centros de recuperación y rehabilitación, ambulancias sanitarias y otros servicios análogos, y demás establecimientos benéfico-asistenciales de las entidades locales, incluso cuando los gastos deban sufragarse por otras entidades de cualquier naturaleza.

ñ. Asistencias y estancias en hogares y residencias de ancianos, guarderías infantiles, albergues y otros establecimientos de naturaleza análoga.

o. Casas de baños, duchas, piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos.

p. Cementerios locales, conducción de cadáveres y otros servicios fúnebres de carácter local.

q. Colocación de tuberías, hilos conductores y cables en postes o en galerías de servicio de la titularidad de entidades locales.

r. Servicios de alcantarillado, así como de tratamiento y depuración de aguas residuales, incluida la vigilancia especial de alcantarillas particulares.

s. Recogida de residuos sólidos urbanos, tratamiento y eliminación de estos, monda de pozos negros y limpieza en calles particulares.

t. Distribución de agua, gas, electricidad y otros abastecimientos públicos incluidos los derechos de enganche de líneas y colocación y utilización de contadores e instalaciones análogas, cuando tales servicios o suministros sean prestados por entidades locales.

u. Servicio de matadero, lonjas y mercados, así como el acarreo de carnes si hubiera de utilizarse de un modo obligatorio; y servicios de inspección en materia de abastos, incluida la utilización de medios de pesar y medir.

v. Enseñanzas especiales en establecimientos docentes de las entidades locales.

w. Visitas a museos, exposiciones, bibliotecas, monumentos históricos o artísticos, parques zoológicos u otros centros o lugares análogos.

x. Utilización de columnas, carteles y otras instalaciones locales análogas para la exhibición de anuncios.

y. Enarenado de vías públicas a solicitud de los particulares.

z. Realización de actividades singulares de regulación y control del tráfico urbano, tendentes a facilitar la circulación de vehículos y distintas a las habituales de señalización y ordenación del tráfico por la Policía Municipal.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 28 de Noviembre de 2012, 19:41:22 pm
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Hola alguien me puede responder a esta pregunta;

¿Puede la utilización de una piscina municipal dar lugar en algún caso al pago de una tasa? Justifique su respuesta. En caso de respuesta afirmativa indique en qué casos puede suceder eso. 

Muchas gracias


Uy uy uy esa fue la pregunta de septiembre 2012,, primer parcial...en apuntes temporales está colgada la resolución de ese examen por el equipo docente ....menuda liada de examen...y quiero recordar que sí, que puede dar lugar al pago de una tasa, y....bueno, mejor busco la respuesta, made in Equipo docente y la pego aqui.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 28 de Noviembre de 2012, 19:44:53 pm
Tela con la preguntita de las narices.....

Solución: El art. 20.1 TRLRHL establece lo siguiente:
«Las entidades locales, en los términos previstos en esta Ley, podrán establecer tasas por la
utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local, así como por la
prestación de servicios públicos o la realización de actividades administrativas de competencia
local que se refieran, afecten o beneficien de modo particular a los sujetos pasivos.
En todo caso, tendrán la consideración de tasas las prestaciones patrimoniales que establezcan
las entidades locales por:
A) La utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local.
B) La prestación de un servicio público o la realización de una actividad administrativa en
régimen de derecho público de competencia local que se refiera, afecte o beneficie de modo
particular al sujeto pasivo, cuando se produzca cualquiera de las circunstancias siguientes:
a) Que no sean de solicitud o recepción voluntaria para los administrados. A estos efectos
no se considerará voluntaria la solicitud o la recepción por parte de los administrados:
− Cuando venga impuesta por disposiciones legales o reglamentarias.
− Cuando los bienes, servicios o actividades requeridos sean imprescindibles para la vida
privada o social del solicitante.
b) Que no se presten o realicen por el sector privado, esté o no establecida su reserva a
favor del sector público conforme a la normativa vigente».
Adviértase que la calificación como tasa de las cantidades exigidas por la prestación de un servicio
público no está supeditada a la concurrencia simultánea de las dos notas citadas en las letras a) y b), sino sólo a la de una de ellas. Dicho de otro modo, para que una cantidad satisfecha por la prestación de un servicio [que reúna las condiciones del primer párrafo de la letra B)] merezca la calificación de tasa, es suficiente que no el servicio sea de solicitud o recepción voluntaria para los administrados o que, siendo de solicitud o recepción voluntaria, no se preste o realice efectivamente por el sector privado. Pueden verse en este sentido las páginas 79 y 80 de la edición 22.ª del manual recomendado.
Otro equívoco que hemos detectado en un número significativo de exámenes se refiere al requisito
previsto en la letra b). El requisito no consiste, como algunos alumnos parecen pensar, en que exista una reserva de la prestación del servicio a favor del sector público. En efecto, es suficiente que el servicio no se preste o realice por el sector privado, «esté o no establecida su reserva a favor del sector público conforme a la normativa vigente».
En el caso planteado parece difícil entender que la prestación del servicio en que consiste la
apertura de la piscina municipal sea imprescindible «para la vida privada o social del solicitante». Sin embargo, es posible que en el término municipal de que se trate sólo exista la piscina a que se refiere el enunciado y que, por lo tanto, el servicio no se preste o realice por el sector privado. Dándose estas circunstancias, la cantidad que se pueda exigir por acceder a la piscina municipal sería calificable como tasa.
La respuesta a la pregunta es, en consecuencia, afirmativa: La utilización de una piscina municipal
puede dar lugar al pago de una tasa si el servicio se presta en régimen de derecho público y no existanen el término municipal piscinas abiertas por el sector privado.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 28 de Noviembre de 2012, 19:47:15 pm
jajajajja, casi le doy a enviar con el mismo copia y pega jejejejje

cierto, lees el temario y te parece que la respuesta es una cosa y luego ellos te salen con otra....ya veremos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 28 de Noviembre de 2012, 19:50:40 pm
Viendo como es Financiero, Administrativo II es casi bonita y parece una hermanita de la Caridaad.... :'(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 28 de Noviembre de 2012, 19:54:45 pm
Me habéis alegrado la tarde de estudio  :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 28 de Noviembre de 2012, 19:59:32 pm
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Me habéis alegrado la tarde de estudio  :-\

Lo siento de veras....y encima yo noté una diferencia en la corrección y consiguiente puntuación de un profesor a otro...que vaya, vaya.... :o
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 28 de Noviembre de 2012, 20:40:14 pm
Espero que alguien entienda el porqué de no ir pasando los apuntes sin saber a quién se los pasas.

Será que soy muy rebuscada, pero, en los apuntes del año pasado, en el tema de las tasas, en letra pequeña se enumera algunos de los supuestos que recogen el art. 20.4 de TRLRHL, pero no todos y, entre los que no se ha enumerado, está casas de baños, duchas, piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos. Si el equipo docente sabe de nuestras "debilidades" atacará por donde sepa que va a ganar.



Me autocito: en el libro tampoco. O sea, que hay que leerse las leyes... :-[
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 28 de Noviembre de 2012, 20:49:49 pm
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Espero que alguien entienda el porqué de no ir pasando los apuntes sin saber a quién se los pasas.

Será que soy muy rebuscada, pero, en los apuntes del año pasado, en el tema de las tasas, en letra pequeña se enumera algunos de los supuestos que recogen el art. 20.4 de TRLRHL, pero no todos y, entre los que no se ha enumerado, está casas de baños, duchas, piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos. Si el equipo docente sabe de nuestras "debilidades" atacará por donde sepa que va a ganar.

El segundo parcial, salvo detalles, yo lo estudié por la Ley General Tributaria y voilá...un 7,5...si es que a veces la Ley está más clara que cualquier libro...bueno, salvo el articulo 27 que lo explicó el profesor en el foro....ese no se entiende así como así...



Me autocito: en el libro tampoco. O sea, que hay que leerse las leyes... :-[
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: superbiker en 28 de Noviembre de 2012, 20:54:56 pm
Gracias a tod@s por vuestras respuestas, pero si tengo que responder esta pregunta mas que por el punto 1 del articulo 20 de la TRLRHL como dice el departamento, lo veo mas claro por el punto 4, en el que se cita textualmente "casas de baños, duchas, piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos".
Vaya con las preguntitas que se gastan esta gente, hay que saberse los articulos al pie de la letra.

Un saludo :-)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: superbiker en 28 de Noviembre de 2012, 22:06:31 pm
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Uy uy uy esa fue la pregunta de septiembre 2012,, primer parcial...en apuntes temporales está colgada la resolución de ese examen por el equipo docente ....menuda liada de examen...y quiero recordar que sí, que puede dar lugar al pago de una tasa, y....bueno, mejor busco la respuesta, made in Equipo docente y la pego aqui.

Marta no encuentro el pòst del que hablas, podrias poner el link.

Gracias.
Un saludo :-)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 28 de Noviembre de 2012, 22:11:47 pm
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Marta no encuentro el pòst del que hablas, podrias poner el link.

Gracias.
Un saludo :-)

Te he mandado por email hace ya más de una hora los dos examenes de septiembre 2012 corregidos por el equipo docente. Te los vuelvo a mandar.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: superbiker en 29 de Noviembre de 2012, 08:00:20 am
Otra pregunta, a ver si alguien tiene una idea clara.

8) De acuerdo con el art. 23.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, tendrán la condición de sustitutos del contribuyente en las tasas establecidas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial por entradas de vehículos o carruajes a través de las aceras (“tasas de vados”) los propietarios de las fincas y locales a que den acceso dichas entradas de vehículos. Teniendo en cuenta los conceptos generales de tasa y de sujetos pasivos, conteste las siguientes preguntas argumentando sus respuestas: a) ¿quiénes serán los contribuyentes de las tasas señaladas? b) Si los sustitutos no satisfacen la tasa, ¿puede la Administración exigir su pago a los contribuyentes? (rva.11) (T.17 ep. 4.C)

El punto d del art 23 de la TRLRHL dice.

Art. 23.2, tendran la condicion de sustitutos del contribuyente.

d. "En las tasas establecidas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial por entradas de vehículos o carruajes a través de las aceras y por su construcción, mantenimiento, modificación o supresión, los propietarios de las fincas y locales a que den acceso dichas entradas de vehículos, quienes podrán repercutir, en su caso, las cuotas sobre los respectivos beneficiarios."
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 29 de Noviembre de 2012, 08:07:51 am
Yo contesté ésto en mis apuntes.....e igual que en otras preguntas tengo guardado lo que dijo el equipo docente en el foro, se ve que en ésta no dijo nada o nadie preguntó.... tomalo con reservas...


Artículo 23. Sujetos pasivos.

1. Son sujetos pasivos de las tasas, en concepto de contribuyentes, las personas físicas y jurídicas así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria:
a.Que disfruten, utilicen o aprovechen especialmente el dominio público local en beneficio particular, conforme a alguno de los supuestos previstos en el artículo 20.3 de esta Ley.
b.Que soliciten o resulten beneficiadas o afectadas por los servicios o actividades locales que presten o realicen las entidades locales, conforme a alguno de los supuestos previstos en el artículo 20.4 de esta Ley.

2. Tendrán la condición de sustitutos del contribuyente:
a.En las tasas establecidas por razón de servicios o actividades que beneficien o afecten a los ocupantes de viviendas o locales, los propietarios de dichos inmuebles, quienes podrán repercutir, en su caso, las cuotas sobre los respectivos beneficiarios.
b.En las tasas establecidas por el otorgamiento de las licencias urbanísticas previstas en la normativa sobre suelo y ordenación urbana, los constructores y contratistas de obras.
c.En las tasas establecidas por la prestación de servicios de prevención y extinción de incendios, de prevención de ruinas, construcciones y derribos, salvamentos y, en general, de protección de personas y bienes, comprendiéndose también el mantenimiento del servicio, las entidades o sociedades aseguradoras del riesgo.
d.En las tasas establecidas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial por entradas de vehículos o carruajes a través de las aceras y por su construcción, mantenimiento, modificación o supresión, los propietarios de las fincas y locales a que den acceso dichas entradas de vehículos, quienes podrán repercutir, en su caso, las cuotas sobre los respectivos beneficiarios.
Artículo 20. Hecho imponible
3. Conforme a lo previsto en el apartado 1 anterior, las entidades locales podrán establecer tasas por cualquier supuesto de utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, y en particular por los siguientes:
h. Entradas de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.

En la página 255 del libro de texto dice lo siguiente:

En el artículo 23.2 del TRLHL prevé, en materia de tasas, 4 supuestos calificados de sustitución, admitiendo la repercusión en algunos, relativos a las que afecten a ocupantes de viviendas o locales o usuarios de garajes y vados, en que sería sustituto el propietario del inmueble.


Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 29 de Noviembre de 2012, 09:42:26 am
Se me está atragantando esta asignatura, tanta gente que su sujeto, sustituto, contribuyente y al final quién narices paga??. Leer el texto es como resolver un jeroglífico, vaya libro!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 29 de Noviembre de 2012, 09:45:07 am
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Se me está atragantando esta asignatura, tanta gente que su sujeto, sustituto, contribuyente y al final quién narices paga??. Leer el texto es como resolver un jeroglífico, vaya libro!

Creo que está  más claro (dentro de unos limites), en la LGT a partir del articulo 35



http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l58-2003.t2.html#c2s1
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 29 de Noviembre de 2012, 09:53:59 am
 :-[ voy a imprimir estos artículos, graciass
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 29 de Noviembre de 2012, 11:55:18 am
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Espero que alguien entienda el porqué de no ir pasando los apuntes sin saber a quién se los pasas.

Será que soy muy rebuscada, pero, en los apuntes del año pasado, en el tema de las tasas, en letra pequeña se enumera algunos de los supuestos que recogen el art. 20.4 de TRLRHL, pero no todos y, entre los que no se ha enumerado, está casas de baños, duchas, piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos. Si el equipo docente sabe de nuestras "debilidades" atacará por donde sepa que va a ganar.



Me autocito: en el libro tampoco. O sea, que hay que leerse las leyes... :-[

efectivamente victoriasoy, lo importante es "leerse" las leyes, pero creo que la fundamental es la LGT, el TRLHL nos puede hacer falta, mayormente porque las tasas, los precios públicos y las contribuciones especiales corresponde su imposición a los entes locales, pero no hace "tanta falta" como la LGT.

Si os dais cuenta ya en le preguntas se puso lo recogido en el art. del texto refundido, así que si sabemos de antemano que recoge "como sustituto del contribuyente para algunos casos a los propietarios", pues entonces éste actúa como tal, pagando ese vado en "lugar" de la persona que esté haciendo uso de la vivienda o local, como puede ser el alquilado; de otro la LGT sólo dice que "puede" solicitar el reintegro al "contribuyente", pero no lo dice con carácter imperativo.

La de la piscina (aquí sí que metí bien la pata, porque después de salir la respuesta leí la ordenanza de las tasas impuestas por el uso de la piscina en mi pueblo, de la que sólo hay una, pero no hay servicio privado, con lo cual el "servicio lo da un ente público") si nos vamos a los requisitos de las tasas en la LGT, podemos (con mente despejada, no con la embotada que tengo yo algunas veces) argumenta si .... se dan los dos requisitos que recoge la Ley, estamos ante una tasa, si se da sólo uno, estamos ante una tasa; para que se pueda hablar de un precio público no tienen que existir ninguna de las "dos reglas coercitivas" que recoge la tasa. (al menos, no nos tenemos que "saber" todos los supuestos del texto refundido)  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: LOZANO72 en 29 de Noviembre de 2012, 12:42:30 pm
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Te metes en hotmail, indicas la cuenta fyt12012@hotmail.es, ingresas la clave y a descargar
Menudo lapsus, me dí cuenta después de haberlo publicado. Gracias de todas formas
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 29 de Noviembre de 2012, 12:49:24 pm
A ver si lo he entendido:
-si en ese pueblo hubiera piscina privada, la entrada de la piscina municipal sería precio público.
-si en ese pueblo no hubiera piscina privada, solo piscina municipal, es tasa.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 29 de Noviembre de 2012, 13:34:23 pm
Exacto, eso he entendido yo. Si no hay otra piscina que te la ofrezca el sector privado, entonces sería  tasa.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 29 de Noviembre de 2012, 14:23:46 pm

De acuerdo....copio y pego del ED

Sin embargo, es posible que en el término municipal de que se trate sólo exista la piscina a que se refiere el enunciado y que, por lo tanto, el servicio no se preste o realice por el sector privado.
Dándose estas circunstancias, la cantidad que se pueda exigir por acceder a la piscina municipal sería calificable como tasa.

La respuesta a la pregunta es, en consecuencia, afirmativa: La utilización de una piscina municipal
puede dar lugar al pago de una tasa si el servicio se presta en régimen de derecho público y no existanen el término municipal piscinas abiertas por el sector privado.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 29 de Noviembre de 2012, 15:38:47 pm
 ;) Gracias Marta con esta asignatura hay que andar con mucho cuidado.
Una pregunta total, si en el pueblo con los años se instala una piscina privada, la tasa que al principio se cobraba en la municipal cambiaría y pasaría a ser precio público?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 29 de Noviembre de 2012, 15:46:11 pm
Miedo me da contestar, que no quiero yo liar a nadie que tenga que examinarse. ¿Porqué no lo preguntas en ALF? Los profesores contestan y bastante bien...es que podría decir que sí a la pregunta pero no me atrevo... :o
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 29 de Noviembre de 2012, 15:48:55 pm
 ;) mejor ser prudente jj, gracias lo haré
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: LECARDILLA en 29 de Noviembre de 2012, 16:24:41 pm
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;) Gracias Marta con esta asignatura hay que andar con mucho cuidado.
Una pregunta total, si en el pueblo con los años se instala una piscina privada, la tasa que al principio se cobraba en la municipal cambiaría y pasaría a ser precio público?

Hola Pravias, me pasa lo que a Marta, no sabría contestarlo, pero si entiendo que aquí habría que tener en cuenta al diferenciar la tasa y el precio público, el criterio de diferenciación mutables, pues depende del lugar y tiempo en que se impongan, por ejemplo y según los apuntes de ayuda subidos por el equipo docente en ALF, ponen de ejemplo una guardería infantil en un pueblo antes y después de que se cree una guardería privada...

No sé si con esto te aclaro algo o te lío más... :-\

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 29 de Noviembre de 2012, 19:17:44 pm
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;) Gracias Marta con esta asignatura hay que andar con mucho cuidado.
Una pregunta total, si en el pueblo con los años se instala una piscina privada, la tasa que al principio se cobraba en la municipal cambiaría y pasaría a ser precio público?

no soy Marta, jejej, pero sí Pravias, si el servicio se da por el Sector Privado, desaparece el único carácter de la tasa, puesto que la obligatoriedad del servicio no existe; es decir, yo voy a la piscina si quiero, no me puede obligar mi ayuntamiento, ahora bien, si no hay ninguna piscina y ese servicio lo está cubriendo el Ayto. pues tengo que pagar la tasa si quiero hacer mis ejercicio de natación para las cervicales; si tenemos la suerte de que venga la "competencia", el sector privado y nos abre una piscina, plato de duchas, sauna, en fin, cualesquiera de esos servicios que recoge el texto refundido, pues entonces no le queda más remedio al Ayto. que poner un precio público, que lo haga por el coste del servicio, en el límite o por debajo (afecta a elementos que no les obliga la reserva de ley), uhmmm, ya es cuestión de que lo decidan en la Junta de Gobierno, porque eso va a depender de "los ingresos y los costes que tengan"; la ordenanza fiscal no es obligatoria para un precio público, pero bueno, tampoco existe norma que lo impida.   ::)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: superbiker en 29 de Noviembre de 2012, 19:42:46 pm
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Yo contesté ésto en mis apuntes.....e igual que en otras preguntas tengo guardado lo que dijo el equipo docente en el foro, se ve que en ésta no dijo nada o nadie preguntó.... tomalo con reservas...


Artículo 23. Sujetos pasivos.

1. Son sujetos pasivos de las tasas, en concepto de contribuyentes, las personas físicas y jurídicas así como las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria:
a.Que disfruten, utilicen o aprovechen especialmente el dominio público local en beneficio particular, conforme a alguno de los supuestos previstos en el artículo 20.3 de esta Ley.
b.Que soliciten o resulten beneficiadas o afectadas por los servicios o actividades locales que presten o realicen las entidades locales, conforme a alguno de los supuestos previstos en el artículo 20.4 de esta Ley.

2. Tendrán la condición de sustitutos del contribuyente:
a.En las tasas establecidas por razón de servicios o actividades que beneficien o afecten a los ocupantes de viviendas o locales, los propietarios de dichos inmuebles, quienes podrán repercutir, en su caso, las cuotas sobre los respectivos beneficiarios.
b.En las tasas establecidas por el otorgamiento de las licencias urbanísticas previstas en la normativa sobre suelo y ordenación urbana, los constructores y contratistas de obras.
c.En las tasas establecidas por la prestación de servicios de prevención y extinción de incendios, de prevención de ruinas, construcciones y derribos, salvamentos y, en general, de protección de personas y bienes, comprendiéndose también el mantenimiento del servicio, las entidades o sociedades aseguradoras del riesgo.
d.En las tasas establecidas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial por entradas de vehículos o carruajes a través de las aceras y por su construcción, mantenimiento, modificación o supresión, los propietarios de las fincas y locales a que den acceso dichas entradas de vehículos, quienes podrán repercutir, en su caso, las cuotas sobre los respectivos beneficiarios.
Artículo 20. Hecho imponible
3. Conforme a lo previsto en el apartado 1 anterior, las entidades locales podrán establecer tasas por cualquier supuesto de utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, y en particular por los siguientes:
h. Entradas de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.

En la página 255 del libro de texto dice lo siguiente:

En el artículo 23.2 del TRLHL prevé, en materia de tasas, 4 supuestos calificados de sustitución, admitiendo la repercusión en algunos, relativos a las que afecten a ocupantes de viviendas o locales o usuarios de garajes y vados, en que sería sustituto el propietario del inmueble.

Gracias Marta.

Un saludo :-)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 29 de Noviembre de 2012, 20:10:34 pm
¿ alguien ha conseguido estudiarse el tema de la prescripción?  :o :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 29 de Noviembre de 2012, 20:30:52 pm
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¿ alguien ha conseguido estudiarse el tema de la prescripción?  :o :D

¿Qué tema es ese? Madre mía, no me acuerdo de nada del curso pasado..... :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 29 de Noviembre de 2012, 21:31:56 pm
El tema 19.No se si estudiarmelo directamente por el esquema. :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 30 de Noviembre de 2012, 09:09:34 am
Gracias Mnieves  ;)
Apodio yo me he leído esta mañana a las 5 , así que muy lúcida no estaba que digamos  ;D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 30 de Noviembre de 2012, 11:34:05 am
!!!a las 5!!! :D si no están las calles puestas!!. Por cierto ,sabe  alguien la respuesta a la pregunta nº 8 de los examenes que colgó Tefuel sobre la prescripcion?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 30 de Noviembre de 2012, 11:42:32 am
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!!!a las 5!!! :D si no están las calles puestas!!. Por cierto ,sabe  alguien la respuesta a la pregunta nº 8 de los examenes que colgó Tefuel sobre la prescripcion?

Pon la pregunta y miro a ver si entre mis contestaciones la tengo.....
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 30 de Noviembre de 2012, 11:45:09 am
Apodio era esta?
Transcurridos tres años desde la finalización del plazo de presentación voluntaria de una autoliquidación, la Administración realiza unas actuaciones que interrumpen el plazo de prescripción. La liquidación provisional resultante de esas actuaciones se practica el 18/08/2010 y se notifica el día 01/06/2010. El plazo de pago voluntario termina el día 20/07/2010. Suponga que no se han producido otras actuaciones interruptoras de la prescripción. ¿En qué fecha o fechas prescriben el derecho a practicar una nueva liquidación en relación con la deuda tributaria a que se han referido esas actuaciones y el derecho a exigir el pago de la deuda tributaria liquidada? Justifique su respuesta. (sep.10) (T.14 ep. 10.2 y 10.3)

debe haber algún error porque como se va a notificar antes que se haga la liquidacion provisional??
las calles si estaban puestas, los pinguinos andaban a sus anchas jj
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 30 de Noviembre de 2012, 11:59:19 am
OK,era esa ,y me estoy volviendo loca porque creo que tiene erratas,por lo que tú dices,se ha producido la notificación antes de la liquidación provisional.A ver si alguien nos ayuda.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 30 de Noviembre de 2012, 12:00:18 pm
La pregunta es ésta....

P-Transcurridos 3 años desde la finalización del plazo de presentación voluntaria de una autoliquidación, la Administración realiza unas actuaciones que interrumpen el plazo de prescripción. La liquidación provisional resultante de esas actuaciones se practica el día 18 de mayo de 2010 y se notifica el 1 de junio del mismo año. El plazo de pago voluntario termina el 20 de julio de 2010. Suponga que no se han producido otras actuaciones interruptoras de la prescripción. ¿En qué fecha o fechas prescriben el derecho a practicar una nueva liquidación en relación con la deuda tributaria a que se han referido esas actuaciones y el derecho a exigir el pago de la deuda tributaria liquidada? Justifique su respuesta. (Septiembre 2010)

-El derecho a practicar una nueva liquidación prescribirá una vez transcurridos 4 años desde el día siguiente a la notificación de la liquidación, esto es, el 1 de junio de 2014 (el 1 de junio sería el último día posible para practicar una nueva liquidación).
-El derecho a exigir el pago prescribirá una vez transcurridos 4 años desde el día siguiente al término del plazo de pago voluntario, esto es, el 20 de julio de 2014. ( el 20 de julio sería el último día posible para exigir el pago)
Explicación del profesor en el foro sobre la prescripción: Articulo 68.5 LGT: “producida la interrupción, se iniciará de nuevo el computo del plazo de prescripción”. Comienza de nuevo el plazo de los 4 años”
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 30 de Noviembre de 2012, 12:03:17 pm
Y ésto es de pata negra.... yo añadía, siempre que hubiera, la contestación del profesor en el foro, en un copia y pega jejeje

Duda sobre prescripción contestada en el foro por el profesor: Estimada alumna, entiendo que su duda es sobre cuando acaba el plazo de prescripción, ¿cuál es el último día del mismo? Imagine que el derecho de la Administración para determinar una deuda cuyo fin de plazo para ingresar termina el día 20 de abril de 2001, ¿finaliza el día 20 de abril de 2005 o el día 21 de abril de dicho año?. ¿el día que prescribe se puede liquidar aún, o ya se considera prescrita ese día? En cuanto al cómputo del final del plazo la LGT no realiza ninguna precisión teniendo en cuenta que en el ámbito del derecho administrativo rige el principio procesal dies a quo non computatur in término, computándose además de fecha a fecha todos los plazos, ya estén fijados en meses o años, por lo que lo esencial es determinar el día inicial del cómputo del plazo. No obstante lo anterior, el Tribunal Supremo (Sentencias de 9/03/82,21/12/87,9/03/88, entre otras) ha tenido que aclarar reiteradamente el concepto de fecha a fecha pues no es infrecuente incurrir en el error de calcular que si un plazo se inicia, por ejemplo como en el supuesto planteado, en día 21 finaliza asimismo el 21 del año o mes que corresponda al plazo establecido, siendo así que el plazo habrá terminado el día 20, pues el 21 corresponde ya a otro mes o año. En conclusión, en la cuestión planteada el plazo de prescripción se inicia el día 21 de abril de 2001, por ser el día siguiente a la finalización del plazo de ingreso, siendo el día de prescripción el 20 de abril de 2005, fecha en que aún puede practicarse liquidación, pues sólo el día 21 deberá considerarse prescrito el derecho de la Administración Tributaria.


Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 30 de Noviembre de 2012, 12:09:45 pm
 ;) Gracias Marta por poner la contestación del profesor al día 20
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 30 de Noviembre de 2012, 12:13:26 pm
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;) Gracias Marta por poner la contestación del profesor al día 20

De nada, lo que yo tenga....y sea absolutamente fiable.... 8)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 30 de Noviembre de 2012, 12:15:51 pm
 ;) creo que la pregunta 9 , las fechas también bailan
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 30 de Noviembre de 2012, 12:29:40 pm
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;) creo que la pregunta 9 , las fechas también bailan

¿cual es la pregunta 9?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 30 de Noviembre de 2012, 12:35:06 pm
Transcurridos dos años desde la finalización del plazo de presentación voluntaria de una autoliquidación, la Administración realiza unas actuaciones que interrumpen el plazo de prescripción. La liquidación provisional resultante de esas actuaciones se practica el día 18/08/2009 y se notifica el día 01/06/2009. Suponga que no se han producido otras actuaciones interruptoras de la prescripción. ¿Cuándo prescribe el derecho de la Administración a practicar una nueva liquidación en relación con la deuda tributaria a que se han referido esas actuaciones? Justifique su respuesta. (sep.09-feb.11) (T.14 ep. 10.2 y 10.3
es el mismo supuesto, lo único que aquí no viene la fecha en que finaliza el plazo de presentación voluntaria, así que sería en total 4 años, como han pasado dos años, pues quedan otros dos años
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 30 de Noviembre de 2012, 13:00:59 pm
supongo que será así, porque otra solución no veo. gracias a todos. ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 30 de Noviembre de 2012, 13:46:01 pm
Sigo sin verlo,porque dice el artic 68,5 LGT : producida la interrupción ,se iniciará de nuevo el cómputo del plazo de prescripción." Entonces serian 4 años ,y no 2 como creemos. QUE PESADICA ESTOY!!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 30 de Noviembre de 2012, 13:58:07 pm
Apodio Producida la interrupción, se iniciará de nuevo el cómputo del plazo de prescripción,
quiere decir que durante ese plazo queda como en "suspenso" la prescripción
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 30 de Noviembre de 2012, 14:06:08 pm
Articulo 68.5 LGT: “producida la interrupción, se iniciará de nuevo el computo del plazo de prescripción”. Comienza de nuevo el plazo de los 4 años”
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 30 de Noviembre de 2012, 15:32:10 pm
 :-[ anda vaya confusión tenía
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 30 de Noviembre de 2012, 15:41:14 pm
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Articulo 68.5 LGT: “producida la interrupción, se iniciará de nuevo el computo del plazo de prescripción”. Comienza de nuevo el plazo de los 4 años”

Esto es un mensaje del profesor de financiero del curso pasado en el foro ALF
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 30 de Noviembre de 2012, 15:43:15 pm
 :-[ y estos nuevos 4 años que sería a partir de la fecha de la notificación o de la liquidación provisional?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 30 de Noviembre de 2012, 15:58:17 pm
Artículo 66. Plazos de prescripción.

Prescribirán a los cuatro años los siguientes derechos:

    El derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación.

    El derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas.

    El derecho a solicitar las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.

    El derecho a obtener las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.


Artículo 67. Cómputo de los plazos de prescripción.


1. El plazo de prescripción comenzará a contarse en los distintos casos a los que se refiere el artículo anterior conforme a las siguientes reglas:

En el caso a, desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo reglamentario para presentar la correspondiente declaración o autoliquidación.

En el caso b, desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo de pago en período voluntario, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 de este artículo.

articulo 68.6. Renumerado según Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre. Producida la interrupción, se iniciará de nuevo el cómputo del plazo de prescripción, salvo lo establecido en el apartado siguiente.

(antes era el 68.5 es que lo han cambiado en 2011)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 30 de Noviembre de 2012, 16:01:57 pm
Quisiera dejaros una perla...contestada por los profesores, examen de febrero 2012...para que os hagais una idea...tremendo, tremendo...

Pregunta de la primera semana del primer parcial FEBRERO 2012:
P-Un contribuyente no ha presentado la autoliquidación por el IRPF y la Administración esta desarrollando actuaciones de comprobación e investigación para determinar el importe de la correspondiente deuda tributaria. ¿Se ha iniciado ya el plazo de prescripción del derecho de la Administración a exigir el pago de la deuda tributaria? Justifique su respuesta. En caso de respuesta afirmativa indique en que momento se ha iniciado ese plazo.

Solución dada por los profesores:
Con arreglo al artículo 67 LGT: “el plazo de prescripción comenzara a contarse en los distintos casos a los que se refiere el artículo anterior conforme a las siguientes reglas:
•   En el caso a) derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación, desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo reglamentario para presentar la correspondiente declaración o autoliquidación
•   En el caso b) derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas, desde el día siguiente a aquel en que finalice el plazo de pago en periodo voluntario, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 de este artículo.

En el caso práctico se dan dos circunstancias relevantes:
-El contribuyente no ha presentado su autoliquidación dentro del plazo.
-La Administración ha iniciado actuaciones de comprobación e investigación.

La pregunta se refiere al supuesto previsto en el articulo 67.1.b (derecho para exigir el pago de las deudas liquidadas y autoliquidadas), pero la deuda en cuestión no está liquidada (la Administración no ha terminado las actuaciones de comprobación e investigación) ni autoliquidada (el contribuyente no ha presentado autoliquidación), así que no ha podido comenzar a correr el plazo de prescripción para exigir el pago de la deuda.

Consulta en el foro:
Estimado profesor: Le ruego me ayude a comprender el apartado c) de la página 496. Este punto diferencia que la Administración conozca o no conozca el importe de la prestación. Yo entiendo que el plazo para la prescripción comienza una vez finalice el plazo del período voluntario del pago, pero no termino de ver que se dice en este apartado al diferenciar el conocimiento o no del importe
Estimada alumna, Se trata de explicar cuando comienza el plazo para exigir el pago en el supuesto de autoliquidaciones. Caben dos posibilidades:
a) La Administración conoce el importe de la deuda. Al día siguiente en que finalice el período voluntario comienzan a computar los 4 años para recaudar.
b) La Administración no conoce el importe de la deuda porque no se ha presentado la autoliquidación. En este caso no se puede recaudar pues la deuda no está cuantificada. Por tanto, lo que comenzará es el plazo para liquidar y, una vez que la Administración liquide comenzará el plazo para recaudar cuando haya terminado el plazo de pago voluntario.

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 30 de Noviembre de 2012, 16:09:51 pm
 :-[ me estoy liando
Primer supuesto:
-si comienza el plazo de nuevo, una liquidación provisional entiendo que no es lo mismo que "oportuna liquidación"
Segundo supuesto de Irpf
- Me quedo a cuadros porque si el Irpf del 2011, es hasta 30 junio 2012, no entiendo como dice que si no ha presentado liquidación la Agencia Tributaria se "desentiende" y el plazo comienza cuando le parece bien.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 30 de Noviembre de 2012, 16:31:10 pm
del libro
Si no lo conoce, al coincidir el periodo voluntario de ingreso con el plazo de declaración, comenzará la prescripción del derecho a liquidar el día siguiente a la finalización de tal periodo, siempre naturalmente si el sujeto pasivo no hubiera presentado la declaración. En este caso, pues, se solapan el derecho a liquidar y el derecho a exigir lo liquidado.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 30 de Noviembre de 2012, 16:43:06 pm
No creas que no voy a contestar...es que estoy pensando como poder explicarlo...porque no quiero confundirme y liar mas la madeja.....

La Administración, en general, cuando liquida, lo hace de manera provisional....para cubrirse las espaldas y ultimamente todo son autoliquidaciones. El IRPF, la declaracion de la renta, es una autoliquidación, porque la hace el interesado, incluso aunque sea el borrador...
El plazo voluntario de presentar el IRPF a ingresar acaba el 30 de junio de cada año, por ejemplo 2012. ¿que pasa si no presenta la autoliquidacion? Pues puede que no pase nada y en cuatro años desde el 2012 prescriba (es la declaracion de 2011) se cuentan los cuatro años 6 meses despues de acabar el periodo a declarar....y nos ponemos en 2016
Pero que pasa si la administracion en 2015 se percata de que fulanito, que tiene obligacion de declarar, no lo ha hecho??? pues que le notifica una liquidación, evidentemente provisional, y ahi esta liquidando Hacienda....primero hace sus averiguaciones claro...
Otra cosa que dice el libro, que a mi me parece que en la practica no pasa (no te digo donde trabajo porque me matas) es que alguien autoliquide el impuesto de la renta, lo presente y no proceda a pagar. Porque la declaracion de la renta a ingresar solo se puede presentar soltando la mosca a la vez.
Podria darse el caso que presentas una declaracion de la renta a devolver y por cualquier error que hayas tenido se convierte a ingresar....entonces podria ser el caso de presentacion de una declaracion a ingresar sin ingreso pero es  que primero era devolucion....pero supongo que esto ya entra dentro de la normativa del impuesto de la renta en particular...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 30 de Noviembre de 2012, 16:49:05 pm
 :-[ me he perdido totalmente, me estás matando jjj
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 30 de Noviembre de 2012, 16:49:22 pm
Pravias, para que yo te entienda bien, copia y pega la parte del mensaje anterior que te ofrezca duda para que yo no me pierda.....y recuerda la Admon liquida provisionalmente y nosotros, los interesados, autoliquidamos...y la aeat nunca se desentiende...y el plazo no empieza cuando le parezca bien...en la declaracion de la renta desde 30 de junio, cuatro años..bueno, desde el dia siguiente...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 30 de Noviembre de 2012, 16:51:43 pm
De verdad que es lioso, hay que leerlo con mucha calma y no todo es IRPF....hay muchos mas impuestos, estatales, autonomicos y locales....

La pregunta que copié y pegué con contestacion de los profes es francamente clarificadora, aunque aun no lo veas....
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: adodu1 en 30 de Noviembre de 2012, 16:53:35 pm
Que miedo,por Dios! :-[
No entiendo nada! :-[
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 30 de Noviembre de 2012, 16:59:34 pm
 :-[ creo que me voy a tener que hacer cliente vip del curso virtual.
A ver si he entendido algo.
-En el caso de Irpf si hay plazos determinados por ejemplo 30 de junio.
En este caso aunque esa persona no haya presentado Irpf o la haya presentado mal para la declaración del 2011, el plazo termina 30 junio 2016 (sin que haya habido nada que interrumpa la prescripcion)
-Otros impuestos (no se si será el caso de una plusvalía, o esto es constribución especial), etc dónde realmente no haya un "plazo límite"para pagar o realizar la liquidación. En este caso la Administración debe de hacer una liquidación y a partir de este momento 4 años
Adolu ayudame tu también jj


Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 30 de Noviembre de 2012, 17:06:41 pm
Centremonos en las autoliquidaciones:
Se trata de explicar cuando comienza el plazo para exigir el pago en el supuesto de autoliquidaciones.

Caben dos posibilidades:

a) La Administración conoce el importe de la deuda (porque yo he presentado la autoliquidación pero no he pagado, imagina que he mandado la declaracion de la renta por correo certificado en lugar de ir al banco y pagar u otro impuesto, por ejemplo te manda el recibo del IBI). Al día siguiente en que finalice el período voluntario (30 de junio) comienzan a computar los 4 años para recaudar.(el IBI tiene de final de plazo voluntario el 20 de noviembre de cada año, al menos en mi CCAA)

b) La Administración no conoce el importe de la deuda porque no se ha presentado la autoliquidación. En este caso no se puede recaudar pues la deuda no está cuantificada. Por tanto, lo que comenzará es el plazo para liquidar(4 años para que la agencia tributaria se ponga a investigar y notificarme una liquidacion provisional que tengo que ingresar) y, una vez que la Administración liquide comenzará el plazo para recaudar (otros cuatro años) cuando haya terminado el plazo de pago voluntario. (este plazo de pago voluntario no es el del 30 de junio de cada año, es que cuando la admon te notifica para que ingreses algo te da un plazo voluntario de X dias para ingresar y si no lo haces pues va a la recaudacion ejecutiva y puede acabar en embargo).

Copia y pega este mensaje en el foro oficial para confirmarlo...y me cuentas.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 30 de Noviembre de 2012, 17:10:31 pm
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:-[ creo que me voy a tener que hacer cliente vip del curso virtual.
A ver si he entendido algo.
-En el caso de Irpf si hay plazos determinados por ejemplo 30 de junio. (sí)
En este caso aunque esa persona no haya presentado Irpf o la haya presentado mal para la declaración del 2011, el plazo termina 30 junio 2016 (sin que haya habido nada que interrumpa la prescripcion)(sí)
-Otros impuestos (no se si será el caso de una plusvalía, o esto es constribución especial), etc dónde realmente no haya un "plazo límite"para pagar o realizar la liquidación. En este caso la Administración debe de hacer una liquidación y a partir de este momento 4 años (4 años para liquidar y 4 años para exigir el pago desde que notifica al interesado)
Adolu ayudame tu también jj
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 30 de Noviembre de 2012, 17:18:07 pm
 :D Marta vente a mi casa, te quiero al lado, mira que pensaba que era dificil, pero me está siendo más complicado todavía, cosas que tenía medio seguras ahora no estaba acertando ninguna  :-[
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 30 de Noviembre de 2012, 17:34:11 pm
Animo, ánimo, que lo acabarás entendiendo...si vives en Asturias no tengo problema en ir a tu casa  :D
Piensa una cosa, si no pagas el recibo de la contribucion urbana de tu piso ¿que crees que pasa? tienes plazo hasta el 20 noviembre, ese es el periodo voluntario de algo que liquida la Administración....Pues pasa que hasta cuatro años despues te pueden exigir que ingreses....y con recargos.
Si piensas en la declaracion de la renta...tienes plazo para autoliquidar hasta el 30 de junio....¿que pasa si no lo haces? que la admon tiene 4 años hasta que prescriba el derecho a liquidar...imagina que es la renta de 2011...tiene de plazo para liquidar hasta el 2016....y si te notifica la liquidacion en enero de 2016...ha interrumpido el plazo de prescripcion y vuelven a empezar los cuatro años para exigirte el pago.... enero del 2020...por eso dice el libro que los plazos se solapan...lo que pusiste en rojo...asi lo entiendo yo....
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 30 de Noviembre de 2012, 17:37:38 pm
 ;D me pilla lejos, pero me encanta Asturias, que recuerdos jjj, explicado así lo he entendido, menos mal que me has echado una mano, y apodio1 estará viva??
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 30 de Noviembre de 2012, 17:39:47 pm
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;D me pilla lejos, pero me encanta Asturias, que recuerdos jjj, explicado así lo he entendido, menos mal que me has echado una mano, y apodio1 estará viva??

ahora te pido por favor que lo plantees a los profesores en el foro oficial para que te lo confirmen...y luego me cuentas....
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 30 de Noviembre de 2012, 17:43:53 pm
 ;) si a ver que contestan, menos que el tutor es muy atento
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 30 de Noviembre de 2012, 17:50:05 pm
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;) si a ver que contestan, menos que el tutor es muy atento

Te he puesto un par de emails....
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 30 de Noviembre de 2012, 18:18:20 pm
 si estoy viva...a punto de tirar la toalla.No puedo mas.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 01 de Diciembre de 2012, 00:29:15 am
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:-[ creo que me voy a tener que hacer cliente vip del curso virtual.
A ver si he entendido algo.
-En el caso de Irpf si hay plazos determinados por ejemplo 30 de junio.
En este caso aunque esa persona no haya presentado Irpf o la haya presentado mal para la declaración del 2011, el plazo termina 30 junio 2016 (sin que haya habido nada que interrumpa la prescripcion)
-Otros impuestos (no se si será el caso de una plusvalía, o esto es constribución especial), etc dónde realmente no haya un "plazo límite"para pagar o realizar la liquidación. En este caso la Administración debe de hacer una liquidación y a partir de este momento 4 años
Adolu ayudame tu también jj

Se me están quitando "las ganas" de leer, me está pasando como adodu1, ¡no entiendo na! y eso que este parcial sí que lo aprobé en septiembre.

La Pusvalía es un "impuesto" que grava al enajenación de bienes inmuebles, en función del tiempo que tenga, de lo "viejito o menos viejito que sea"; es uno de los pocos impuestos que repercuten directamente sobre las arcas municipales, pero así es, "un impuesto"; cuando se realiza la enajenación, ya sea venta, donación, etc, la escritura del notario ha de llevarse al Ayto. correspondiente y, sobre la marcha, el funcionario de turno del Departamento de Intervención, realiza la "correspondiente liquidación", ¡mucho cuidado!, se puede ir contra esa liquidación e interponer el recurso correspondiente, que es el de reposición, porque agota la vía administrativa (voy a dejar totalmente aparte lo que se puedan dar de revisión), pero si no "se recurre en plazo", se considera una "liquidación definitiva" (esto es idem eadem idem para las liquidaciones provisionales que pueda dicta la AT), con lo cual si no se paga en el plazo que se concede para ello, no se computa ni plazo de prescripción, ni nada de eso, sino que se pasa directamente al "procedimiento por vía de apremio", para el cual sí que se dispone de cuatro años para su inicio.

Es mejor no seguir con esto, porque es materia del segundo parcial ¡y vamos a coger una corgoza de F Y T I que la vamos a llevar al examen!

Para el primer parcial es suficiente con saber, que una liquidación "provisional" si no se recurre en plazo, se convierte en "definitiva", no se vuelve a abrir un periodo de cuatro años para que la AT la pueda cobrar o dictar otra liquidación, a menos que se haya recurrido; si se ha recurrido, una vez contestado el recurso, bien corregida o bien manteniendo la cuantía que se exige, se vuelve a indicar la fecha de pago y si no se efectúa, directamente a la ejecución forzosa.

ufff, es la última vez que leo aquí, ¡vaya lío me estáis haciendo!  :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 01 de Diciembre de 2012, 00:45:25 am
Manoli, disiento, para el primer parcial hay que saber la prescripción...y han puesto muchas veces en el examen preguntas sobre ello. Yo he colgado una de ellas, primer parcial de febrero 2012...tanto una liquidación como una autoliquidación.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 01 de Diciembre de 2012, 01:24:44 am
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Manoli, disiento, para el primer parcial hay que saber la prescripción...y han puesto muchas veces en el examen preguntas sobre ello. Yo he colgado una de ellas, primer parcial de febrero 2012...tanto una liquidación como una autoliquidación.

Pero Marta, ¿cómo voy a disentir en eso? ya me lo sé de memoria, dónde dije que no iba a continuar porque era materia del segundo parcial es respecto a los procedimiento de vía de apremio.

En los ejemplos que has puesto, efectivamente si es una autoliquidación, la AT tiene un plazo de 4 años para poder "reclamar" en el caso de que no se corresponda lo autoliquidado con la realidad, y ese ejemplo de la declaración de la renta es el más claro que se puede poner; se puede dar que pase el plazo de los 4 años con lo cual la prescripción ha corrido a favor del obligado tributario, o se puede dar que la AT comunique un acto que paraliza la prescripción, con lo cual, va a volver a contar de nuevo los 4 años al completo, pero ese acto tiene que referirse a la aportación de algún documento, de algo que se haya vendido y no se haya hecho constar, en fin, cualquier cosa que devenga del procedimiento de comprobación,  menos la "liquidación provisional que de la declaración de la renta que se ha comprobado nos llegue", porque lo único que podemos hacer es recurrirla, nos contestan y nos dicen la nueva fecha de pago, pero nada más, no se "interrumpe la prescripción", y si no la recurrimos, pues tenemos que pagar, por la liquidación que han dictado se convierte en "definitiva".

No obstante, gracias; sólo quería dejar claro que un liquidación provisional que no "se recurre" se convierte en definitiva, así que hay que tener cuidado con "esos plazos de prescripción para que vuelva a hacer otra la AT, porque depende de si la primera se recurre o no, el plazo de prescripción en ninguno de los dos casos vuelve a contarse de nuevo los 4 años, para que la AT realice otra "liquidación provisional"; creo que esto puede dar lugar a confusión con los "procedimientos", pero esto es materia del segundo parcial.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: rgarcia1668 en 01 de Diciembre de 2012, 03:32:23 am
Acabo de empezar con esta asignatura y ya me estoy asfixiando, sé que es tarde y no he aportado nada, pero algún alma caritativa me podría indicar donde descargarme los apuntes por los que estáis estudiando, en el 2º cuatrimestre me comprometo a aportar lo que esté en mi mano, gracias!!!!!!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 01 de Diciembre de 2012, 09:04:38 am
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Acabo de empezar con esta asignatura y ya me estoy asfixiando, sé que es tarde y no he aportado nada, pero algún alma caritativa me podría indicar donde descargarme los apuntes por los que estáis estudiando, en el 2º cuatrimestre me comprometo a aportar lo que esté en mi mano, gracias!!!!!!
Puedes enviar un correo desde tu cuenta uned a la dirección fyt12012@hotmail.es solicitando la contraseña de la misma para descargar los apuntes que hemos actualizado en un grupo de trabajo. Están actualizados al presente curso.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: PIERO NICOLA en 02 de Diciembre de 2012, 14:05:44 pm
Duda, si un ente público ofrece un servicio, a su vez el sector privado también loo ofrece, el ente público puede cobrar tasas por ese servicio que ofrece o solo el precio público? creo que fue pregunta de examen.

Imagino que no, ya que los precios públicos se pagan por el disfrute de un servicio pero de forma voluntaria, lo uso lo pago, no lo uso no pago nada, a diferencia de las tasas que se imponen de forma coactiva, cierto?

Y en qué casos se somete a una tasa la prestación de servicios?

Me explico como el ass
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 02 de Diciembre de 2012, 15:02:58 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Duda, si un ente público ofrece un servicio, a su vez el sector privado también loo ofrece, el ente público puede cobrar tasas por ese servicio que ofrece o solo el precio público? creo que fue pregunta de examen.

Imagino que no, ya que los precios públicos se pagan por el disfrute de un servicio pero de forma voluntaria, lo uso lo pago, no lo uso no pago nada, a diferencia de las tasas que se imponen de forma coactiva, cierto?

Y en qué casos se somete a una tasa la prestación de servicios?

Me explico como el ass



2. Los tributos, cualquiera que sea su denominación, se clasifican en tasas, contribuciones especiales e impuestos:

    Tasas son los tributos cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público, la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de derecho público que se refieran, afecten o beneficien de modo particular al obligado tributario, cuando los servicios o actividades no sean de solicitud o recepción voluntaria para los obligados tributarios o no se presten o realicen por el sector privado.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: rgarcia1668 en 02 de Diciembre de 2012, 19:47:48 pm
Os dará la risa a estas alturas, pero me podéis indicar dónde está el programa de la asignatura??? :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 03 de Diciembre de 2012, 09:26:25 am
programa
http://www.uned.es/014200/
voy a leer lo que habéis puesto, después comento  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: CeciDerecho en 03 de Diciembre de 2012, 09:43:23 am
Cómo envío un correo desde mi cuenta de la uned a ese correo para obtener la contraseña???? jo, soy inútil..... :'(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 03 de Diciembre de 2012, 10:14:10 am
Tienes que ir a tu Acceso Campus y después Mi cuenta Uned, allí encontrarás tu correo, entras y envías la petición
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: CeciDerecho en 03 de Diciembre de 2012, 10:35:02 am
Muchas gracias Pravias, ya está enviado el correo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 03 de Diciembre de 2012, 10:41:57 am
 ;) de nada
Tema cambio tasas por precio público,
El cambio no se produciría automáticamente, pero el ayuntamiento podría transformar la tasa en precio público.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: nicamana en 03 de Diciembre de 2012, 16:19:25 pm
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https://dl.dropbox.com/u/65415198/Preguntas%20Financiero%20y%20Tributario%201%20%28teufel%29.doc

creo que es el mismo enlace que puse, pero por si acaso lo vuelvo a poner. He puesto las preguntas por el orden del programa y de los apuntes que se han realizado este año. Avisaros de que los bloques 2 y 3 no están en este listado, al "poder" versar solo una de las preguntas sobre estas lecciones.


Yo desearia poder entrar pero no me deja ¿alguien me puede informar de lo que puedo hacer?

un saludo




Yo desearia poder entrar pero no me deja ¿alguien me puede informar de lo que puedo hacer?

un saludo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 03 de Diciembre de 2012, 17:36:29 pm
Envíame un mail desde tu cuenta uned y te lo mando.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 04 de Diciembre de 2012, 10:22:29 am
Apodio1 , ejemplos prescripción del tutor

a) José no presenta su autoliquidación del IRPF correspondiente al
ejercicio 2009 (el plazo para presentarla concluía el 30 de junio de 2010.
- El plazo de prescrición del derecho a liquidar comienza a correr el 1
de julio de 2010 (al día siguiente a aquel en que finaliza el plazo
voluntario para presentar la autoliquidación ex art. 67.1 LGT).
- El plazo de prescripción del derecho a exigir las deudas liquidadas o
autoliquidades no comienza a correr, puesto que la deuda no está
liquidada ni autoliquidada (ex art. 66 b) LGT).

b) Matilde presenta su autoliquidación del IRPF correspondiente al
ejercicio 2009 el 30 de junio de 2011 (el plazo terminaba el 30 de junio
de 2010).
- El plazo de prescripción del derecho a liquidar comenzó a correr el 1
de julio de 2010 (al día siguiente a aquel en que finaliza el plazo
voluntario para presentar la autoliquidación ex art. 67.1 LGT).
- El plazo de prescripción del derecho a recaudar comienza el mismo día
en que presenta la declaración sin ingreso (en el ejemplo, el 30 de
junio de 2011, pues a partir de ese instante la deuda ya está liquidada
y estamos fura de plazo (ex art. 67.1 LGT).

c) Jorge envía por correo certificado su autoliquidación del IRPF
correspondiente al ejercicio 2009 el 20 de junio de 2010 (el plazo
terminaba el 30 de junio de 2010). La autoliquidación era a ingresar,
pero Jorge no realiza el ingreso.
- El plazo de prescripción del derecho a liquidar comienza a correr rel
1 de julio de 2010 (al día siguiente a aquel en que finaliza el plazo
voluntario para presentar la autoliquidación ex art. 67.1 LGT).
- El plazo de prescripción del derecho a recaudar la deuda autoliquidada
comienza a correr también el 1 de julio de 2010 (al día siguiente a
aquél en que finaliza el plazo de pago en período voluntario ex art.
67.1 LGT).
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 04 de Diciembre de 2012, 11:24:26 am
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Apodio1 , ejemplos prescripción del tutor

a) José no presenta su autoliquidación del IRPF correspondiente al
ejercicio 2009 (el plazo para presentarla concluía el 30 de junio de 2010.
- El plazo de prescrición del derecho a liquidar comienza a correr el 1
de julio de 2010 (al día siguiente a aquel en que finaliza el plazo
voluntario para presentar la autoliquidación ex art. 67.1 LGT).
- El plazo de prescripción del derecho a exigir las deudas liquidadas o
autoliquidades no comienza a correr, puesto que la deuda no está
liquidada ni autoliquidada (ex art. 66 b) LGT).

b) Matilde presenta su autoliquidación del IRPF correspondiente al
ejercicio 2009 el 30 de junio de 2011 (el plazo terminaba el 30 de junio
de 2010).
- El plazo de prescripción del derecho a liquidar comenzó a correr el 1
de julio de 2010 (al día siguiente a aquel en que finaliza el plazo
voluntario para presentar la autoliquidación ex art. 67.1 LGT).
- El plazo de prescripción del derecho a recaudar comienza el mismo día
en que presenta la declaración sin ingreso (en el ejemplo, el 30 de
junio de 2011, pues a partir de ese instante la deuda ya está liquidada
y estamos fura de plazo (ex art. 67.1 LGT).

c) Jorge envía por correo certificado su autoliquidación del IRPF
correspondiente al ejercicio 2009 el 20 de junio de 2010 (el plazo
terminaba el 30 de junio de 2010). La autoliquidación era a ingresar,
pero Jorge no realiza el ingreso.
- El plazo de prescripción del derecho a liquidar comienza a correr rel
1 de julio de 2010 (al día siguiente a aquel en que finaliza el plazo
voluntario para presentar la autoliquidación ex art. 67.1 LGT).
- El plazo de prescripción del derecho a recaudar la deuda autoliquidada
comienza a correr también el 1 de julio de 2010 (al día siguiente a
aquél en que finaliza el plazo de pago en período voluntario ex art.
67.1 LGT).

Gracias por compartir tutoría con una que no tiene,  :'(

¡Estupendos los ejemplos! ¿Por qué me equivoqué el curso pasado en el primer parcial de febrero, con lo claro que lo tenía?  ;D

El plazo de prescripción del derecho a recaudar (los cuatro años) en el último supuesto para recaudar después del 1 de julio de 2010 es el "periodo de ejecución forzosa, la vía de apremio", ¡qué guay!  :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 04 de Diciembre de 2012, 11:28:15 am
¡le voy a dar una vuelta de tuerca, que viene bien para el segundo! En esos cuatro años, si la AT comprueba y hemos autoliquidado una cantidad inferior, dictará una nueva liquidación, por el importe que hemos dejado de "declarar" y, además un sancionador; la sanción se tramita "aparte",  >:(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 04 de Diciembre de 2012, 11:43:52 am
 ;D La Administración no nos dejará respirar.
En contestación a lo que puso Marta (los ejemplos) correcto todo  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 04 de Diciembre de 2012, 13:23:01 pm
los acabo de ver,gracias Pravias!!!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 04 de Diciembre de 2012, 13:46:28 pm
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;D La Administración no nos dejará respirar.
En contestación a lo que puso Marta (los ejemplos) correcto todo  ;)

Oh gracias Pravias...que tranquila me quedo...lo que menos quiero es liar a nadie... ::)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 04 de Diciembre de 2012, 15:56:47 pm
 ;) Si es que la que vale, vale
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: rbky en 04 de Diciembre de 2012, 18:58:33 pm
hola, alguien podría ayudarme soy INUTIL jiji
quiero pedir los apuntes de esta asignatura pero no soy capaz de encontrar la bandeja de entrada de mi cuenta de correo de la uned  ;)
y si me dicen otra vez la dirección jiji ya sería la ostia jiji
gracias gracias y miles de gracias.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: rbky en 04 de Diciembre de 2012, 19:00:29 pm
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hola, alguien podría ayudarme soy INUTIL jiji
quiero pedir los apuntes de esta asignatura pero no soy capaz de encontrar la bandeja de entrada de mi cuenta de correo de la uned  ;)
y si me dicen otra vez la dirección jiji ya sería la ostia jiji
gracias gracias y miles de gracias.
ya está lo encontré!!!!  perdón!!!!!!!!!!!!!!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: CeciDerecho en 04 de Diciembre de 2012, 20:55:38 pm
Chicos, por no preguntaros, he estado mirando la plataforma alf y entiendo lo siguiente:

Hay 5 bloques de los que en el examen habrá 5 preguntas serán, fijo, del bloque 1 (temas 1 a 5), 4 (temas 12 a 15) y 5 (temas 16 a 19). Entonces la otra puede ser del bloque 2 o 3. Qué bloque descartaríais a la hora de estudiar??? Se podrían descartar los 2 bloques (a la hora de estudiar, lo que no quita que se haga una lectura comprensiva de ellos), arriesgándote a no poder responde a esta pregunta del bloque 2 o 3 (dejar en blanco) en el examen???

Si me he equivocado en algo corregidme, por favor
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 04 de Diciembre de 2012, 21:02:54 pm
Yo los he desahuciado los dos, pero es una opinión personal, claro está
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: CeciDerecho en 04 de Diciembre de 2012, 21:04:48 pm
TEfuel, en serio, no sé que haría yo sin tí  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 04 de Diciembre de 2012, 21:08:41 pm
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Yo los he desahuciado los dos, pero es una opinión personal, claro está

Yo no los he tenido que "desahuciar", ¡no los contemplé ni como inquilinos!  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: PIERO NICOLA en 05 de Diciembre de 2012, 00:00:48 am
Tengo una duda sobre si obligado tributario es sinónimo de sujeto pasivo o viceversa, yo diría un si y no jaja, se puede ser sujeto pasivo sin ser obligado tributario, no? puedo ser contribuyente pero no ser yo el que realiza el pago de ese hecho imponible.

Lío lío que yo no he sido
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: rbky en 05 de Diciembre de 2012, 11:48:14 am
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Yo no los he tenido que "desahuciar", ¡no los contemplé ni como inquilinos!  ;)
mnieves me quitaste la palabra de la boca ajajajaja, por cierto tengo los apuntes GRACIAS!!
una cosa para el segundo cuatri contar conmigo para hacer apuntes! ya pueden asignarme temas.
un saludo a tooodosss
sois lo mejor de la uned.
me gustaria conocerlos y darles un besaso uno por uno.
por cierto, cuando esta tortura acabe.
tenemos que organizar una cena  ;) en Madrid por ejemplo, y así celebramos y nos vemos las caras jijiji.
la orla 2014 uff de pensarlo se me ponen los pelos de punta ...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 05 de Diciembre de 2012, 13:05:10 pm
me está resultando la asignatura más dificil,que los problemas de fisica de ESO  de mi hijo .
En el ejemplo b) de matilde en el curso virtual que ha colgado el profesor,dice que el derecho a recaudar comienza el mismo dia que se presenta la declaracion sin ingreso ,¿no comenzaría al dia siguiente a aquel en que finaliza el plazo para presentar la autoliquidación) . perdonadme ,pero ayer lo entendía ,pero hoy me he bloqueado.

Matias,Pravias..please
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 05 de Diciembre de 2012, 13:36:07 pm
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me está resultando la asignatura más dificil,que los problemas de fisica de ESO  de mi hijo .
En el ejemplo b) de matilde en el curso virtual que ha colgado el profesor,dice que el derecho a recaudar comienza el mismo dia que se presenta la declaracion sin ingreso ,¿no comenzaría al dia siguiente a aquel en que finaliza el plazo para presentar la autoliquidación) . perdonadme ,pero ayer lo entendía ,pero hoy me he bloqueado.

Matias,Pravias..please
b) Matilde presenta su autoliquidación del IRPF correspondiente al
ejercicio 2009 el 30 de junio de 2011 (el plazo terminaba el 30 de junio
de 2010).
- El plazo de prescripción del derecho a liquidar comenzó a correr el 1
de julio de 2010 (al día siguiente a aquel en que finaliza el plazo
voluntario para presentar la autoliquidación ex art. 67.1 LGT).
- El plazo de prescripción del derecho a recaudar comienza el mismo día
en que presenta la declaración sin ingreso (en el ejemplo, el 30 de
junio de 2011, pues a partir de ese instante la deuda ya está liquidada
y estamos fura de plazo (ex art. 67.1 LGT).
Apodio ella ha presentado la declaración un año después del plazo, no se si con eso te lo aclara?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 05 de Diciembre de 2012, 13:54:18 pm
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me está resultando la asignatura más dificil,que los problemas de fisica de ESO  de mi hijo .
En el ejemplo b) de matilde en el curso virtual que ha colgado el profesor,dice que el derecho a recaudar comienza el mismo dia que se presenta la declaracion sin ingreso ,¿no comenzaría al dia siguiente a aquel en que finaliza el plazo para presentar la autoliquidación) . perdonadme ,pero ayer lo entendía ,pero hoy me he bloqueado.

Matias,Pravias..please

vamos a ver apodio1 sin consigo dar con la tecla, un poco más fácil, de la cuestión.

Es verdad que el profesor a la respuesta de una compañera ha dicho que el periodo para recaudar comienza el mismo día que se presenta la declaración sin ingreso, estas dos últimas palabrejas, se refiere a que si presentas una autoliquidación como es por ejemplo, la declaración de la renta, y tienes que "acoquinar x cantidad" y no lo haces en el momento de la "presentación", el periodo para recaudar comienza ese mismo día; date cuenta que a diferencia de otros impuestos, como el IBI, o el IVTM, nos envían los recibos y poner "fecha última de pago", 30/09/x, del ejercicio de que se trate, ahí sí que tenemos la fecha de "pago voluntario", pero en la renta es "difenrents", el pago, si es a ingresar, se realiza junto con la presentación de la liquidación, así que si no incorpora el mony, pues comienza el plazo de 4 años para "reclamar la deuda", pago de plazo "no voluntario", sino por vía de apremio.

Ahora vamos con una "declaración de la renta" en el que la "autoliquidación", la hojita en la que pone el importe, es cero o sale negativo, te sale a devolver; aquí no corre plazo alguno de "cobro de deuda", al menos, en lo que a la AT se refiere, puesto que "nada tiene que cobrar, y en el otro caso, tendrá que devolver", lo que sí tiene es "un plazo para abrir un procedimiento de comprobación", y ése plazo, que es el mismo, de 4 años, comienza a contar a partir del día siguiente en que hacemos entrega de nuestra de nuestra declaración de la renta, en un simil, si yo la llevo hoy al banco, el plazo comienza a partir de mañana, con lo cual, del 06/12/2012 hasta el 05/12/2016; aunque existe "alguna discordia doctrinal en el cómputo del mismo día o día después", en este caso el día 6 de diciembre de 2016 ha prescrito el plazo de la AT para comprobar mi declaración de la renta.

Algo que también recogió el profesor en Alf, es que en las autoliquidaciones, en el supuesto de que no se "presenten", la AT desconoce el importe, con lo cual ¿qué cantidad va a reclamar? lo que hará será abrir un procedimiento para conocer la situación tributaria del obligado y, una vez conocida la "cantidad" mediante la correspondiente liquidación, exigir la "deuda".

¿sí? ¿no?  ???
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 05 de Diciembre de 2012, 13:57:06 pm
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mnieves me quitaste la palabra de la boca ajajajaja, por cierto tengo los apuntes GRACIAS!!
una cosa para el segundo cuatri contar conmigo para hacer apuntes! ya pueden asignarme temas.
un saludo a tooodosss
sois lo mejor de la uned.
me gustaria conocerlos y darles un besaso uno por uno.
por cierto, cuando esta tortura acabe.
tenemos que organizar una cena  ;) en Madrid por ejemplo, y así celebramos y nos vemos las caras jijiji.
la orla 2014 uff de pensarlo se me ponen los pelos de punta ...

¿orla en 2014? ¿conocernos?  ::)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 05 de Diciembre de 2012, 14:14:43 pm
Ahora vamos con una "declaración de la renta" en el que la "autoliquidación", la hojita en la que pone el importe, es cero o sale negativo, te sale a devolver; aquí no corre plazo alguno de "cobro de deuda", al menos, en lo que a la AT se refiere, puesto que "nada tiene que cobrar, y en el otro caso, tendrá que devolver", lo que sí tiene es "un plazo para abrir un procedimiento de comprobación", y ése plazo, que es el mismo, de 4 años, comienza a contar a partir del día siguiente en que hacemos entrega de nuestra de nuestra declaración de la renta, en un simil, si yo la llevo hoy al banco, el plazo comienza a partir de mañana, con lo cual, del 06/12/2012 hasta el 05/12/2016; aunque existe "alguna discordia doctrinal en el cómputo del mismo día o día después", en este caso el día 6 de diciembre de 2016 ha prescrito el plazo de la AT para comprobar mi declaración de la renta.

Ésto que he puesto en negrilla me hace dudar...tengo que mirarlo con calma pero me parece que los cuatro años se cuentan desde el ultimo dia del periodo voluntario...y éste simil del mes de diciembre no es muy afortunado ya que está fuera de plazo de todas a todas....
Me da la impresión que cualquier declaración presentada dentro del plazo voluntario, esto es del 1 de abril al 30 de junio de cualquier año, prescribe 4 años despues del 30 de junio....haced la consulta en ALF para confirmar...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 05 de Diciembre de 2012, 14:19:55 pm
¡jope Marta! que he puesto simil, ya sé de sobre que el plazo para la declaración de la renta no es el mes de diciembre, no obstante, compruébalo, ¡es tu materia de trabajo!,  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 05 de Diciembre de 2012, 14:21:44 pm
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¡jope Marta! que he puesto simil, ya sé de sobre que el plazo para la declaración de la renta no es el mes de diciembre, no obstante, compruébalo, ¡es tu materia de trabajo!,  ;)

jeje, la mía sigue siendo la misma, "procedimientos sancionadores", pero como "administrativa", aunque sea en interinidad hasta que se convoque la plazo por régimen interno, ¡con dos auxiliares a mi cargo!,  :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 05 de Diciembre de 2012, 14:22:45 pm
perdón, ¡tengo los plazos de F y T1 en mente!  :-[
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 05 de Diciembre de 2012, 14:24:12 pm
Manoli, el asunto no es ese, piensa por ejemplo si presents el 20 de junio, dentro del plazo voluntario y el plazo acaba el 30 de junio. ¿Desde que fecha contamos los 4 años? tan sencillo como eso...
Y te repito que no es materia de mi trabajo, que yo me dedico a las Clases Pasivas del Estado y que no trabajo en la Agencia Tributaria.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 05 de Diciembre de 2012, 15:45:38 pm
Entonces todo depende de si  la autoliquidacion sale a devolver o sale positiva.
Si sale a ingresar,el plazo  para recaudar  comienza el mismo dia de presentacion de la declaración.
Si es a devolver,al no haber cobro de la deuda,habra un plazo de liquidacion que comienza al  dia siguiente de terminar el plazo para presentar la declaracion. ¿es así? :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 05 de Diciembre de 2012, 16:08:01 pm
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Manoli, el asunto no es ese, piensa por ejemplo si presents el 20 de junio, dentro del plazo voluntario y el plazo acaba el 30 de junio. ¿Desde que fecha contamos los 4 años? tan sencillo como eso...
Y te repito que no es materia de mi trabajo, que yo me dedico a las Clases Pasivas del Estado y que no trabajo en la Agencia Tributaria.

no sé Marta (perdona ¿qué es las "clases pasivas"?), yo lo que hago es mi declaración de la renta y la de algunos familiares, el plazo que dan cómo fecha límite no es el plazo voluntario de "pago", sino el plazo para entregar la declaración cuando éste es a "ingresar" era hasta el 20, este ejercicio hasta el 30 de junio, cuando es a que devuelvan, solía ser hasta el 30 de junio, este año lo ampliaron al 10 de julio; en fin, que no es el mismo "el plazo para realizar la declaración", que "el plazo para pagar lo que resulte de la declaración", como tampoco lo es "para devolver si es negativa",  :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 05 de Diciembre de 2012, 16:12:26 pm
Hace tiempo que el 30 de junio es el plazo para cualquiera de las situaciones, a devolver, a pagar o lo que sea, por lo tanto en las autoliquidaciones a pagar, este el dia de fin de plazo de periodo voluntario. Este año 2012 no fue hasta el 10 de julio, sino hasta el 1 de julio porque el 30 de junio era domingo...creo recordar.
Estas son las Clases Pasivas....

http://www.clasespasivas.sepg.pap.minhap.gob.es/sitios/clasespasivas/es-ES/Paginas/inicio.aspx
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 05 de Diciembre de 2012, 16:15:41 pm
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Entonces todo depende de si  la autoliquidacion sale a devolver o sale positiva.
Si sale a ingresar,el plazo  para recaudar  comienza el mismo dia de presentacion de la declaración.
Si es a devolver,al no haber cobro de la deuda,habra un plazo de liquidacion que comienza al  dia siguiente de terminar el plazo para presentar la declaracion. ¿es así? :-\

A lo primero,  ;)
A lo segundo, no es que haya un plazo de liquidación, si no hay cobro de deuda, pues no hay nada que pagar; diferente es que en esos cuatros años que comienzan a partir de tu entrega de la declaración (computados desde el día siguiente), pues se "abra" un procedimiento de comprobación de la declaración de la renta que has realizado; si la AT no se pronuncia al respecto pasados esos 4 años, aunque sea 1 día después, la prescripción ha corrido a favor del obligado, así que no pueden realizar ninguna liquidación del procedimiento de comprobación, o en otras palabras, tu has de pedir la prescripción del derecho de la AT, si ésta no lo ha realizado de oficio.

Si tenemos la "mala suerte" de que realicen alguna comprobación, pues ese plazo se "interrumpe", volviendo a tener la AT los cuatro años al completo para "ejercer su derecho a dictar la liquidación", en el supuesto de que fuese incorrecta, y nos hayamos dejado por ahí olvidado de declarar unos "ingresos de una parcelita que vendimos",  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 05 de Diciembre de 2012, 16:20:07 pm
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Hace tiempo que el 30 de junio es el plazo para cualquiera de las situaciones, a devolver, a pagar o lo que sea, por lo tanto en las autoliquidaciones a pagar, este el dia de fin de plazo de periodo voluntario. Este año 2012 no fue hasta el 10 de julio, sino hasta el 1 de julio porque el 30 de junio era domingo...creo recordar.
Estas son las Clases Pasivas....

http://www.clasespasivas.sepg.pap.minhap.gob.es/sitios/clasespasivas/es-ES/Paginas/inicio.aspx

 ???

sigo sin entender lo de "las clases pasivas"; y me refiero a las declaraciones "negativas", en las que la AT tiene "que devolver dinero"; la de mi hermana la entregué el 4 de julio Marta, no tengo la cabeza muy buena, pero de eso sí que me acuerdo,

¿o podría ser que en Andalucía hayan dado un "plazo" distinto a algo que se regula a nivel estatal, aunque un tanto por ciento vaya a las arcas de la CA?  :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 05 de Diciembre de 2012, 16:22:47 pm
jeje, se me ha partido una de las "cogidas pectorales (me refiero a las orejas, ¿se escribe así?  ???" de las gafas, y mientras llegan las nuevas tengo puesto esparadrapo, ¡las tengo torcidas y no me he dado cuenta del link de las "clases pasivas"!,  ;D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 05 de Diciembre de 2012, 16:26:49 pm
Copio del manual de renta 2011, presentadas en 2012 y os pongo el link, ahora busco lo de las declaraciones negativas

http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/DIT/Contenidos_Publicos/CAT/AYUWEB/Biblioteca_Virtual/Manuales_practicos/Renta/Manual_renta_patrimonio_2011_es_es.pdf

1. Plazo de presentación
El plazo de presentación de las autoliquidaciones del IRPF correspondientes al ejercicio 2011, cualquiera que sea su resultado, será el comprendido entre los días 3 de mayo y 2 de julio de 2012, ambos inclusive.
Todo ello, sin perjuicio de los plazos de confirmación o suscripción del borrador de declaración comentados en el número 5 del apartado anterior y del plazo de domiciliación bancaria de las declaraciones que se comenta en la página 21 y s. de este mismo capítulo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 05 de Diciembre de 2012, 16:27:42 pm
¡ah! Te voy a escanear la vida laboral de mi marido, bueno eso creo que no es lo que me hace falta, pero bueno, yo necesita saber ya que las esperanzas están "perdías del to", dado que lo que está cobrando son esos 426 euros, pero por otro lado su cotización es el del 125 por cien del S.M.I., dado que esa situación se produjo en abril de 2009 y la tiene hasta agosto de 2020 que es cuando cumple los 65 años, ¿se mete en el cómputo el total de los años cotizados para hallar la pensión de jubilación, los 35 y pico que tiene, o sólo le queda el S.M.I. que cuando llegue la fecha se tenga?  :'(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 05 de Diciembre de 2012, 16:33:09 pm
pagina 822 del link que os copié


1. Plazo de presentación
El plazo de presentación de las autoliquidaciones del Impuesto sobre el Patrimonio del año 2011, es el mismo para todas ellas, cualquiera que sea su resultado (a ingresar o negativa).
Dicho plazo es el comprendido entre los días 3 de mayo y 2 de julio de 2012, ambos inclusive.
No obstante, si el resultado de la declaración es a ingresar y su pago se domicilia en cuenta, la presentación no podrá realizarse con posterioridad al día 27 de junio de 2012.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 05 de Diciembre de 2012, 16:43:06 pm
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pagina 822 del link que os copié


1. Plazo de presentación
El plazo de presentación de las autoliquidaciones del Impuesto sobre el Patrimonio del año 2011, es el mismo para todas ellas, cualquiera que sea su resultado (a ingresar o negativa).
Dicho plazo es el comprendido entre los días 3 de mayo y 2 de julio de 2012, ambos inclusive.
No obstante, si el resultado de la declaración es a ingresar y su pago se domicilia en cuenta, la presentación no podrá realizarse con posterioridad al día 27 de junio de 2012.

ok, pues sí, la cabeza no la tendré mal del todo, pero como estaba con "tanta materia de estudio" pues pudo ser el 2 de julio, jo, algo escuche que se aprobó por el Consejo de Ministros en julio, relativo "cuestiones" que iban a afectar a la renta del próximo ejercicio, bueno, la de este año que se realiza el próximo, ¡seguro que me he perdido, vamos a dejarlo, al menos a ver si yo me encuentro, y por otro lado, porque nos van a llamar la atención por "chatear" los administradores!  :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 05 de Diciembre de 2012, 17:49:07 pm
Dios santo!! si lo llego a saber no pregunto nada.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 05 de Diciembre de 2012, 17:55:44 pm
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Entonces todo depende de si  la autoliquidacion sale a devolver o sale positiva.
Si sale a ingresar,el plazo  para recaudar  comienza el mismo dia de presentacion de la declaración.
Si es a devolver,al no haber cobro de la deuda,habra un plazo de liquidacion que comienza al  dia siguiente de terminar el plazo para presentar la declaracion. ¿es así? :-\

Si sale a ingresar la ingresas ante de que acabe el plazo voluntario, en la declaración de la renta es el 30 de junio.
Si sale a devolver solicitas la devolución presentando la autoliquidación, y la aeat tiene un plazo para devolver de 6 meses a partir del dia siguiente al fin del plazo voluntario, que se acaba el 31 de diciembre, y a partir de ahí ha de pagarte intereses de demora. En el link que puse lo dice así, el problema es que ese manual de renta tiene cerca de 1000 páginas...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 05 de Diciembre de 2012, 18:03:18 pm
Vale ,gracias por todo  :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: laury_heidy en 05 de Diciembre de 2012, 18:17:14 pm
Hola chic@s! Me he estudiado esta asignatura con los apuntes del año pasado... Me podeis decir si han habido muchas actualizaciones y en que??

Muchas gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 05 de Diciembre de 2012, 20:59:03 pm
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Dios santo!! si lo llego a saber no pregunto nada.

¡mea culpa!  :-[

lo siento, apodio1,  ;D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 10 de Diciembre de 2012, 10:22:11 am
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Hola chic@s! Me he estudiado esta asignatura con los apuntes del año pasado... Me podeis decir si han habido muchas actualizaciones y en que??

Muchas gracias
Los cambios que ha habido son los de la Ley de Estabilidad, pide desde tu cuenta uned los apuntes actualizados.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: nicamana en 11 de Diciembre de 2012, 11:58:37 am
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Los cambios que ha habido son los de la Ley de Estabilidad, pide desde tu cuenta uned los apuntes actualizados.


¿En donde están exactamente? en la página oficial de la UNED yo no los encuentro.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: nicamana en 11 de Diciembre de 2012, 12:04:24 pm
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Envíame un mail desde tu cuenta uned y te lo mando.


aqui:

cuentauned@hotmail.com

Muchas gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 11 de Diciembre de 2012, 12:12:17 pm
 ;D pero que has hecho??
tienes que meterte en tu cuenta de correo de la uned, y desde tu cuenta pides el correo a esta cuenta
fyt12012@hotmail.es
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: nicamana en 11 de Diciembre de 2012, 12:28:43 pm
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;D pero que has hecho??
tienes que meterte en tu cuenta de correo de la uned, y desde tu cuenta pides el correo a esta cuenta
fyt12012@hotmail.es

Todo esto parece un poco embrollado.

No se dónde está mi cuenta de la UNED, a no ser que te refieras a entrar como usuario, y cómo se pide el correo a esta cuenta tampoco se lo que es.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 11 de Diciembre de 2012, 12:32:43 pm
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Tienes que ir a tu Acceso Campus y después Mi cuenta Uned, allí encontrarás tu correo, entras y envías la petición
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: nicamana en 11 de Diciembre de 2012, 12:34:44 pm
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Vamos a ver si nos aclaramos:

Yo hice dos peticiones aquí. Una a teufel sobre las respuestas de los exámenes y su correspondencia con el libro. La otra sobre las novedades de la materia que al parecer hay colgadas en el post oficial de la asignatura o no se dónde. ¿Es que hay que pedir las novedades por correo?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 11 de Diciembre de 2012, 12:38:00 pm
Vamos a ver, se ha comentado muchas veces que la petición de los apuntes hay que hacerlos a través de la cuenta personal que cada uno tiene como alumno de la Uned.
Los motivos ya se han explicado muchas veces.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: nicamana en 11 de Diciembre de 2012, 12:41:22 pm
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Vamos a ver, se ha comentado muchas veces que la petición de los apuntes hay que hacerlos a través de la cuenta personal que cada uno tiene como alumno de la Uned.
Los motivos ya se han explicado muchas veces.

No sabía nada de esa nueva teoría.

Según eso,

¿te refieres a colgar aqui nuestra dirección de correo de la uned?
¿se piden solo en los foros oficiales de la uned?
¿qué apuntes se piden?
¿a quién?

En realidad cada día me gusta más pasar los dias conectado el ordenador en vez de estudiar las leccione s en papel...

PD Yo ló único que quería eran las novedades legislativas que aparecen en la matería de Financiero y Tributario pues no tengo el libro de la edición de 2012 sino la de 2010. Aunque a estas alturas ya no se bien lo que venía buscando.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 11 de Diciembre de 2012, 12:42:31 pm
 :-X no se si te estás quedando conmigo, espera que mire que no es 28 diciembre
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: nicamana en 11 de Diciembre de 2012, 12:47:33 pm
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:-X no se si te estás quedando conmigo, espera que mire que no es 28 diciembre

No me estoy quedando con nadie. La explicación que se me ocurre es que ni tu ni yo nos sabemos explicar, lo cual es grave pra un estudiante de derecho. Aunque viendo el nivel de redacción de ciertos libros de derecho, todo va encajando en su lugar.

Vamos al grano. Al parecer hay unos apuntes actualizados de FyT I por ahi, en los cuales aparecen las novedades que busco. Entonces o bien se envían como siempre a una cuenta que dejamos aquí o bien es que están en alguna carpeta de la cuenta de la uned oficial, o bien los tiene alguien ignoto al que se le envía una petición desde la cuenta oficial de la uned.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 11 de Diciembre de 2012, 12:51:51 pm
Pues entonces como buena estudiante mira este post
http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=78744.0
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: superbiker en 14 de Diciembre de 2012, 09:26:29 am
Alguien me puede explicar con respecto a los tipos de gravamen;
- la proporcion continua
- la proporcion por tramos.

Muchas gracias.

Un saludo :-)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 14 de Diciembre de 2012, 09:47:29 am
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Alguien me puede explicar con respecto a los tipos de gravamen;
- la proporcion continua
- la proporcion por tramos.

Muchas gracias.

Un saludo :-)
Proporción o progresividad?
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Me mondo con la nicanama esta,parece recién sacada de la hora chanante  ;D
no ha vuelto a aparecer, habrá encontrado lo que buscaba?? :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: superbiker en 14 de Diciembre de 2012, 09:49:44 am
Perdon, lo correcto es progresividad.

Un saludo :-)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 14 de Diciembre de 2012, 09:56:19 am
 ;) en concreto que es lo que no entiendes?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 14 de Diciembre de 2012, 10:15:27 am
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;) en concreto que es lo que no entiendes?

Pravias, lo mejor que puede hacer superkiber es poner el tema y el epígrafe, porque no entiendo su pregunta; puede ser la proporción continua o por tramos si estuviese hablando de una contribución especial respecto al porcentaje del Hecho imponibble, ¿o se está refiriendo a la progresividad en los impuestos, en función de la Base imponible?  ???
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: superbiker en 14 de Diciembre de 2012, 11:32:17 am
Es el tema 18 de los apuntes de José Vivero, epigrafe Tipos de Gravamen y me refiero a la progresividad en los impuestos, en función de la Base imponible.
Muchas gracias.

Un saludo :-)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 14 de Diciembre de 2012, 11:48:11 am
No sé cuál es la duda que tienes en concreto?
-progresividad continúa, un ejemplo sería las letras de cambio, como ves si hay un céntimo más pasa al siguiente tramo, se produce el error de salto, porque un céntimo supone pagar mucho más.
-progresividad por escalones, sería el IRPF, ejemplo
http://cosaspracticas.lasprovincias.es/wp-content/uploads/renta-autonomica.jpg
Con escalones se intenta corregir este error de salto que ocurre en la continua.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: wulfila82 en 14 de Diciembre de 2012, 11:50:41 am
Superbiker veo que al final seguiste con los apuntes de vivero.Creo que es la opción que ha tomado mucha gente.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: superbiker en 14 de Diciembre de 2012, 11:59:37 am
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No sé cuál es la duda que tienes en concreto?
-progresividad continúa, un ejemplo sería las letras de cambio, como ves si hay un céntimo más pasa al siguiente tramo, se produce el error de salto, porque un céntimo supone pagar mucho más.
-progresividad por escalones, sería el IRPF, ejemplo
http://cosaspracticas.lasprovincias.es/wp-content/uploads/renta-autonomica.jpg
Con escalones se intenta corregir este error de salto que ocurre en la continua.

Muchas gracias, este tema me esta resultando bastante pesado y complicado de entender.

Un saludo :-)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: superbiker en 14 de Diciembre de 2012, 12:01:31 pm
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Superbiker veo que al final seguiste con los apuntes de vivero.Creo que es la opción que ha tomado mucha gente.

Si son con los que estoy intentando preparame el examen.

Un saludo :-)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 14 de Diciembre de 2012, 12:02:38 pm
pero lo has entendido?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: superbiker en 14 de Diciembre de 2012, 13:17:48 pm
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pero lo has entendido?

Si gracias por la ayuda.

Un saludo :-)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: monitorio en 15 de Diciembre de 2012, 19:30:39 pm
hola atodos

nadie esta estudiando por unos apuntes que hay en apuntes temporales que estan elaborados por un tal

CANCILLER ??


son los que estoy mirando yo y no veo quesean muy populares por aqui.....alquien mas los esta utilizando ?

gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: monitorio en 15 de Diciembre de 2012, 19:39:13 pm
perdon mi ignorancia....alguien me puede decir como llegar mi correo de la uned para poder enviar uno a la cuenta estipulada en la respuesta 300  y asi obtener los apuntes actualizados ?

se nota que no entro mucho en la pagina de la uned..gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 15 de Diciembre de 2012, 19:49:23 pm
Hola a todos, ¿alguien sabe la respuesta a la pregunta nº 5 de la pagina 5 de las preguntas de examen que colgó Tefuel? la de la disposicion modificadora de la ley reguladora de irpf.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 15 de Diciembre de 2012, 19:52:46 pm
Pon la pregunta por favor.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 15 de Diciembre de 2012, 20:16:42 pm
Una disposicion modifica la ley reguladora del irpf en el mes de septiembre de 2011. Si no se indica nada al respecto en esa disposicion, ¿será aplicable la modificación al irpf que se devenga el 31 de diciembre de este año 2011?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 15 de Diciembre de 2012, 20:24:02 pm
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Una disposicion modifica la ley reguladora del irpf en el mes de septiembre de 2011. Si no se indica nada al respecto en esa disposicion, ¿será aplicable la modificación al irpf que se devenga el 31 de diciembre de este año 2011?

Con contestación del profesor el año pasado....

P-¿Pueden tener las contestaciones a consultas tributarias efectos vinculantes respecto de personas distintas del consultante? En caso de respuesta afirmativa, indique en qué casos puede suceder lo indicado. 2F11

Los efectos de la contestación:
a) Tendrá efectos vinculantes para los órganos encargados de la aplicación de los tributos, tanto en la relación que tenga con el consultante como respecto de otros obligados que presenten los mismos hechos y circunstancias.
c) El consultante no incurre en responsabilidad alguna si acomoda su actuación a la contestación. Esto no significa que  se encuentre vinculado a lo contestado porque, si bien es cierto que contra las contestaciones no puede interponerse recurso alguno, lo cierto es que sí pueden recurrirse los actos dictados de acuerdo con los criterios mantenidos en aquellas.
e) Los terceros no están vinculados por las contestaciones. No obstante una actuación realizada de acuerdo con una contestación exime de responsabilidad por infracción tributaria si entre los presupuestos de hecho a comprar existe una identidad sustancial.
g) Los Tribunales Económico-Administrativo y los órganos jurisdiccionales, no están vinculados por las contestaciones.
A la pregunta en el foro: ¿Hay algún caso en que los terceros queden vinculados por las consultas tributarias? El profesor contestó: el carácter vinculante es exclusivamente predicable de la Administración que contesta y no del particular que pregunta, que puede apartarse libremente del criterio seguido en la consulta si estima que éste no se ajusta a derecho, renunciando a la seguridad que le proporciona la consulta. En estos casos no será sancionado si su criterio es razonable [art.179.2 d) LGT]. Los efectos de la consulta también se pueden extender a terceros distintos del consultante si están en una situación idéntica a la planteada. Estos efectos serán la exoneración de la sanción si siguen la respuesta a la consulta.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 15 de Diciembre de 2012, 20:27:20 pm
Vaya mal que estoy ejejejeje, te puse otra pregunta....ésta también tiene una contestación del profesor en el foro...es del año pasado....

P-Una disposición modifica la Ley reguladora del IRPF en el mes de septiembre de 2011. Si no se indica nada al respecto en esa disposición, ¿Será aplicable la modificación al IRPF que se devenga el 31 de diciembre de ese año 2011? Justifique su respuesta. (Septiembre 2011)

La propia ley de cada tributo podrá establecer la exigibilidad de la cuota o cantidad a ingresar o de parte de la misma, en un momento distinto al del devengo del tributo. Con este precepto la Ley da cabida a supuestos previstos en diferentes tributos que disocian el momento del devengo de la obligación de la exigencia de su ingreso. P.E. el IRPF, que se devenga durante el periodo impositivo pero es exigible meses después, durante el periodo de declaración. También el caso contrario, la exigencia de pagos a cuenta. O incluso el caso en que la exigibilidad del tributo se anticipa totalmente a la realización del hecho imponible, y por tanto  el devengo, como ocurre en los supuestos de exigencia de la tasa en el momento de solicitar un servicio.

Pregunta de una compañera en el foro: Si se modifica por ejemplo el Impuesto de Sociedades a mediados de año y se devenga a 31-12 ¿será aplicable la modificación? Contestación del profesor en el foro: El articulo 10 LGT regula el ámbito temporal de las normas. En su apartado segundo dispone “Salvo que se disponga lo contrario, las normas tributarias no tendrán efecto retroactivo y se aplicarán a los tributos sin periodo impositivo devengados a partir de su entrada en vigor y a los demás tributos cuyo periodo impositivo se inicie desde ese momento”. Por tanto, salvo que la ley de modificación disponga lo contario, no se aplicaría a ese ejercicio sino al siguiente.
Otra contestación del profesor: Para dar mayor seguridad jurídica el artículo 10.2 LGT ha establecido que en los tributos periódicos se aplica la norma vigente al iniciarse el periodo impositivo aunque el devengo se produzca al final del mismo. Con ello se evita que puedan aplicarse normas aprobadas durante el transcurso del periodo impositivo, incluso al final del mismo, al estar vigentes en el momento del devengo. Ahora bien la LGT no puede vincular a la nueva norma por lo que ésta podría decir que se aplicara ya que todavía no se ha producido el devengo.

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 15 de Diciembre de 2012, 20:31:07 pm
En el IRPF, vulgar declaración de la renta, se aplica la norma vigente el 1 de enero pero el devengo del impuesto es el 31 de diciembre...y te pongo un ejemplo, hay una deducción por hijos menores de 25 años, pero en realidad llega hasta los 24 años, ya que a 31 de diciembre del año que sea, ya todos los hijos de 24 años han cumplido 25 años, incluidos los nacidos el mismo 31 de diciembre...una p*****
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 16 de Diciembre de 2012, 22:15:06 pm
muchas gracias,de nuevo. saludos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Iker014 en 17 de Diciembre de 2012, 17:44:24 pm
Alguien que sepa contestar a esta pregunta:

¿Qué diferencia existe entre la sustitución con retención y el mecanismo de retención aplicado hoy en impuestos como el IRPF?

Gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 17 de Diciembre de 2012, 17:47:45 pm
Te copio unas respuestas del curso virtual
En teoría, la diferencia entre la sustitución con retención y el mecanismo de retención en
el IRPF está en que:
- En el mecanismo de sustutición con retención tanto el retenedor (sustituto) como el
retenido (contribuyente) son sujetos pasivos.
- En cambio, en el mecanismo de retención del IRPF el retenedor (el empresario que paga
el sueldo a su empleado) tiene una obligación autónoma y el retenido no se considera
"contribuyente" de la retención (aunque sí sea contribuyente del Impuesto sobre la
Renta).

En la práctica, creo que la distinción no tiene ninguna importancia, porque la figura de la
"sustitución con retención" ha desaparecido y lo único que existe es el "mecanismo de
retención", que se regula con detalle en la ley y el reglamento del Impuesto sobre la
Renta.
---RESPUESTA… El sustituto con retención, al realizar un pago al contribuyente, se
queda con parte del importe (lo retiene), y lo ingresa en el tesoro. Con arreglo a la actual LGT
y el Reglamento General de Recaudación, si el sustituto no paga, la Administración no puede
dirigirse contra el contribuyente.

En realidad, esto no tiene hoy día ninguna trascendencia, pues ya no existen supuestos de
sustitución con retención. El ejemplo estaba en los antiguos impuestos a cuenta del Impuesto
General sobre la Renta de 1964. Todo esto ha desaparecido. En el momento actual el
retenedor del IRPF no es un sustituto, sino una figura sui generis.
---RESPUESTA… Insisto en que en el IRPF no hay sustituto con retención (esta figura ha
desaparecido del sistema tributario) sino retenedor.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: silvia70 en 17 de Diciembre de 2012, 18:37:12 pm
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hola atodos

nadie esta estudiando por unos apuntes que hay en apuntes temporales que estan elaborados por un tal

CANCILLER ??


son los que estoy mirando yo y no veo quesean muy populares por aqui.....alquien mas los esta utilizando ?

gracias



Yo estudio con los de Marta Calvo actualizados y están muy bien. No se quien es CANCILLER

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Iker014 en 17 de Diciembre de 2012, 21:02:49 pm
Gracias pravias por la respuesta y la celeridad.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: PLASS en 18 de Diciembre de 2012, 10:26:06 am

buenas en relación a esta pregutna de examen del tema 3 ;

 ¿Se establecen en la Constitución principios de ordenación material del gasto público? En caso de respuesta afirmativa, señale cuáles son esos principios.
 

Viendo está pregutna.. ¿se respondería con todos los principios materiales que se incluyen en el art 31 de la CE o hay alguno especifico en relacion al gasto público.? se que en el tema del principio de igualdad hay un apartado en referencia al gasto público

Es decir, habría que indicarles todos?

graciassss

PD: que parte mas fea esta...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 18 de Diciembre de 2012, 11:00:49 am
Creo que hace referencia a loos principios de eficiencia y economía en el gasto público, yo en los apuntes de vivero l tengo en el epígrafe 5.3, es el último del tema 3.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: PLASS en 18 de Diciembre de 2012, 11:40:32 am
Estoy volviéndome loco con esta pregunta :D... ya que al decir... principios y como en casi todos viene algo en referencia al gasto público me hace dudar jejeje

Otra cosa.. en los apuntes de Marta, el apartado 4 del tema 12, Clases de tributos. categorías tributarias no aparece... sin embargo en los apuntes de J. Vivero y del grupo de trabajo sí... Supongo que como en los temas siguientes se habla de todo bien no ha querido incluirlo no?

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 18 de Diciembre de 2012, 11:41:41 am
Hola, soy Marta, en las respuestas a preguntas de otros años yo tenía contestado ésto....pero en el tema 3...

P-¿Se establecen en la Constitución principios de ordenación material del gasto público? En caso de respuesta afirmativa, señale cuáles son esos principios. R06

Nuestra Constitución establece principios de ordenación material del gasto público. Entre los principios materiales (principios que alertan sobre el contenido sustantivo que debe tener una determinada materia) hay que prestar especial atención a los principios de generalidad, igualdad, progresividad, no confiscatoriedad, capacidad económica y eficiencia y economía en la programación y ejecución del gasto público.
El principio formal por excelencia es el principio de reserva de ley.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 18 de Diciembre de 2012, 13:39:38 pm
Perdona qué tiene que ver el principio de progresividad y no confiscatoriedad con el gasto público? en todo caso sería con el ingreso, no?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: PLASS en 18 de Diciembre de 2012, 13:43:50 pm
Como te dije Raul.. yo creo que hay que hablarle de todos los principios.. ya que todos o casi todos tienen referencias al gasto público.

Marta, primero de nada, darte las gracias por el trabajo que haces ayundándonos y por tus apuntes. Segundo y desde mi más completa ignoracia sobre el examen de la asignatura... esta respuesta en un examen que es de espacio no tasado no será un poco escueta??? Es que estoy estudiando y a la vez intentando profundizar en las pregutnas de años anteriores y yo me enrollo que da gusto y a ver si me estoy liando jajaja.
Me podrías responder también a pq falta en tus apuntes el apartado 4 del tema 12 ?? porque al estar desarrillados después no lo has metido??

Gracias de nuevo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 18 de Diciembre de 2012, 14:05:16 pm
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Como te dije Raul.. yo creo que hay que hablarle de todos los principios.. ya que todos o casi todos tienen referencias al gasto público.

Marta, primero de nada, darte las gracias por el trabajo que haces ayundándonos y por tus apuntes. Segundo y desde mi más completa ignoracia sobre el examen de la asignatura... esta respuesta en un examen que es de espacio no tasado no será un poco escueta??? Es que estoy estudiando y a la vez intentando profundizar en las pregutnas de años anteriores y yo me enrollo que da gusto y a ver si me estoy liando jajaja.
Me podrías responder también a pq falta en tus apuntes el apartado 4 del tema 12 ?? porque al estar desarrillados después no lo has metido??

Gracias de nuevo


Hola Plass, puedo mirarlo esta tarde en casa, cuando llegue....así de memoria va a ser que no lo recuerdo....lo que sí recuerdo es que el curso pasado teniamos temas donde entraban unos epigrafes en el primer cuatri y otros en el segundo. ¿de que va ese apartado?
Y que es una pregunta respondida muy escuetamente, pues sí, te doy toda la razón...pero si te fijas en los examenes de septiembre 2012 corregidos por los profesores, que estan en apuntes temporales y yo los he enviado a todo el que me los ha pedido...hay respuestas de tres o cuatro lineas...es mas en junio 2012 segundo cuatri, contesté con dos lineas una pregunta, otra con cinco o seis y aprobé...no habia más que poner...y prefiero poner poco y bien que no mucho y andarme por las ramas...pero en fin, para gustos sabores....
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 18 de Diciembre de 2012, 14:13:48 pm

CURSO 2011 -2012   osea que es el curso pasado, que no es éste, a ver si alguien se va a confundir.... éste fue nuestro programa y nuestras concordancias y creo que explica el asunto de la ausencia del epigrafe 4 lección 12....

Concordancias entre el programa de Derecho Financiero y Tributario I y la edición de 2011 del manual recomendado (1.ª PP)

I.- CONCEPTOS, PRINCIPIOS Y NORMAS GENERALES

Lección del programa   Lección del manual

1.ª Concepto y autonomía del Derecho Financiero   Lección 1
2.ª El poder financiero   Lección 8
3.ª Los principios constitucionales del ordenamiento financiero   Lección 5
4.ª Las fuentes del Derecho Financiero   Lección 6
5.ª Aplicación de las normas financieras   Lección 7

II.- DERECHO PRESUPUESTARIO

Lección del programa   Lección del manual

6.ª El Presupuesto: Concepto y función   Lección 21
7.ª El Presupuesto del Estado: contenido y efectos.    Lección 22
8.ª El ciclo presupuestario    Lección 23
9.ª El control presupuestario   Lección 24
10.ª El Presupuesto de los demás entes públicos   Lección 25

III.- DERECHO DEL CRÉDITO PÚBLICO

Lección del programa    Lección del manual
11.ª La Deuda pública   Lección 3

IV.- DERECHO TRIBUTARIO

A) Introducción

Lección del programa    Lección del manual

12.ª Los ingresos públicos. Los tributos    Lección 2, epígrafes I, II y V
Lección 4, epígrafes I y V

13.ª El impuesto    Lección 4, epígrafe II
14.ª Las tasas   Lección 4, epígrafe III
15.ª Las contribuciones especiales     Lección 4, epígrafe IV

B) Aspectos estructurales del tributo

Lección del programa    Lección del manual

16.ª La relación tributaria y el hecho imponible   Lección 9, excepto epígrafe V
17.ª Los sujetos de la obligación tributaria    Lección 10
Lección 11, epígrafes II y III
18.ª Elementos cuantificadores de la obligación tributaria   Lección 9, epígrafe V
19.ª La extinción de la obligación tributaria   Lección 14, epígrafes III.1; III.3; III.4; III.5; IV; VII; VIII; X; XI

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Iker014 en 18 de Diciembre de 2012, 18:21:33 pm
Quien me ayuda a responder a esta pregunta:

Si el adquiriente de una explotación o actividad económica solicita a la Administración certificación de las deudas y sanciones pendientes de la actividad y esta certificación no se expide en el plazo de tres meses, ¿qué consecuencias se producen en relación con la responsabilidad de aquél por las deudas tributarias derivadas de esa explotación o actividad económica?

Gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 18 de Diciembre de 2012, 19:02:39 pm
P-Si el adquirente de una explotación o actividad económica solicita a la Administración certificación de las deudas y sanciones pendientes de la actividad y esta certificación no se expide en el plazo de tres meses, ¿qué consecuencias se producen en relación con la responsabilidad de aquél por las deudas tributarias derivadas de esa explotación o actividad económica? R08

Si el adquirente hubiera solicitado a la Administración, antes de la adquisición y previa conformidad del anterior titular, certificación de las deudas y sanciones pendientes de la actividad, conforme al artículo 175.2 LGT, en cuyo caso limitará su responsabilidad a las que figuren en la certificación.

Si la certificación se expidiera sin mencionar deudas, sanciones o responsabilidades o no se facilitara en el plazo señalado, el solicitante quedará exento de la responsabilidad a  la que se refiere dicho artículo (articulo 42 LGT)

Si no se hubiera solicitado dicho certificado, la responsabilidad alcanzará también a las sanciones impuestas o que puedan imponerse (articulo 42 LGT).
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Iker014 en 18 de Diciembre de 2012, 19:14:00 pm
Gracias matias1
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Iker014 en 18 de Diciembre de 2012, 19:29:26 pm
No sé si será mucho pedir, pero alguien sabe que hay por ahí algún documento de Preguntas de exámenes de años anteriores contestadas.

Gracias.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 18 de Diciembre de 2012, 19:41:56 pm
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No sé si será mucho pedir, pero alguien sabe que hay por ahí algún documento de Preguntas de exámenes de años anteriores contestadas.

Gracias.

Hay varios, aunque no están todas contestadas, pero yo me estoy haciendo uno con el compendio de preguntas que colgó teufel. Este viernes lo termino y lo cuelgo en la zona de apuntes temporales.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 18 de Diciembre de 2012, 19:50:26 pm
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No sé si será mucho pedir, pero alguien sabe que hay por ahí algún documento de Preguntas de exámenes de años anteriores contestadas.

Gracias.

Yo hice mi propio documento. Si lo quieres...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Iker014 en 18 de Diciembre de 2012, 19:51:30 pm
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Hay varios, aunque no están todas contestadas, pero yo me estoy haciendo uno con el compendio de preguntas que colgó teufel. Este viernes lo termino y lo cuelgo en la zona de apuntes temporales.

Muchas gracias guapetona. Yo también estoy liado con lo mismo, pero me interesaba saber si había algún modelo para cotejar.

Espero terminar pronto, aunque no sé porque este año voy de pena.  :'(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 18 de Diciembre de 2012, 20:26:37 pm
Matias sin ánimo de ofender, y no te lo tomes a mal, cuando alguien pregunta sobre admvo o financiero podrías dejar que el resto de mortales pueda opinar, porque es pregunta y respuesta Matias y sinceramente por mi parte al menos no beneficia, me gustaría que alguien más pudiera aportar lo que cree conveniente, de esta forma nadie comenta nada.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 18 de Diciembre de 2012, 20:38:37 pm
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Matias sin ánimo de ofender, y no te lo tomes a mal, cuando alguien pregunta sobre admvo o financiero podrías dejar que el resto de mortales pueda opinar, porque es pregunta y respuesta Matias y sinceramente por mi parte al menos no beneficia, me gustaría que alguien más pudiera aportar lo que cree conveniente, de esta forma nadie comenta nada.

Anda....y que es lo que pasa? que yo coarto a la gente para contestar lo que quiera.....aquí todo el mundo es libre de opinar....¿alguien piensa que yo estoy en posesión de la verdad absoluta en éstas dos asignaturas? pues no.....si echar una mano de una asignatura muy trallada como Financiero, y de Administrativo...si te molesta la happy hour...pues nada, oye, con no participar tú pues arreglado...Insisto ¿Yo no dejo al resto de los mortales opinar? pues venga, venga, venga raul31...ánimo, contesta, contesta....quitame la razón por ejemplo, ésto es un debate y yo soy capaz, y muy capaz de reconocer mis errores, que los tengo, como todos.....¿y que alguien más aporte lo que crea conveniente? pues yo no quito a nadie...faltaría más....empieza tú para dar ejemplo....  ...o es que te da pereza contrastar en los libros lo que yo contesto....
Mira, atiende bien, lee con cuidado ésto...acabo de pasar mis respuestas de Financiero a dos personas para que las MEJOREN...con horas de estudio...que lo sepas.....pero...ah!!! espera!!!! ¿te molesto en éste foro?
Y para rematar, y como es normal en éste pobre país nuestro...a quien hace algo se le critica, al que no hace nada...evidentemente no se le puede criticar....
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 18 de Diciembre de 2012, 20:55:08 pm
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¿Estás contestandome a mí ?

No merece la pena Matias1 que malgastes tu tiempo y esfuerzo en quemarte la sangre por opiniones aisladas, respetables, pero aisladas. Esto es lo de siempre, el mismo perro pero con distinto collar, pero aquí somos muchos los que sabemos más por "viejos" que por diablos.

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 18 de Diciembre de 2012, 21:03:33 pm
Digo lo mismo que Teufel, Matias1...

Realmente haces bien al intentar ayudar. No veo que se abarrote el foro de muchas respuestas, desde luego, así que la tuya en cualquier caso es siempre bienvenida y quien se quiera unir, que se una, porque en nada obsta tu respuesta a mil posibles respuestas más.

En cuanto a lo de "twiter" y esas cosas, bueno...creo que a palabras necias, oídos sordos (o vista ciega en este caso), porque de contestar a semejante comparación, lo equiparable sería alegar que los TeleTubbies eran de colores, o algo así. Incluso recomendar su visión al usuario de la susodicha plataforma.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 18 de Diciembre de 2012, 21:11:59 pm
Era de esperar que  generara discordia, a mí no me molestas para nada, ni lo he insinuado en ningún momento en lo que he escrito, simplemente me gusta leer diversidad de opiniones y creo que la gente se acomoda a que si hay una pregunta de financiero o admvo matias la va a responder, era a lo que me refería.

Y sobre comentarios aislados imagino que lo será porque la gente se cohíbe a la hora de escribir lo que piensa si no está con la generalidad de lo que piensa el resto.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 19 de Diciembre de 2012, 09:21:19 am
 :o Raul pues sinceramente me parece que tu comentario es de lo más inoportuno, encima que Marta se molesta en contestar y encima correctamente a una asignatura que ella tiene aprobada, con comentarios así menos mal que no se va de la charla y nos manda a todos a tomar ...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 19 de Diciembre de 2012, 11:24:25 am
Y a mí el tuyo...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: adodu1 en 19 de Diciembre de 2012, 11:27:38 am
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:o Raul pues sinceramente me parece que tu comentario es de lo más inoportuno, encima que Marta se molesta en contestar y encima correctamente a una asignatura que ella tiene aprobada, con comentarios así menos mal que no se va de la charla y nos manda a todos a tomar ...

+1

Besos,chicas..y no os paséis con el turrón!! ;D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 19 de Diciembre de 2012, 11:32:13 am
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Era de esperar que  generara discordia, a mí no me molestas para nada, ni lo he insinuado en ningún momento en lo que he escrito, simplemente me gusta leer diversidad de opiniones y creo que la gente se acomoda a que si hay una pregunta de financiero o admvo matias la va a responder, era a lo que me refería.

Y sobre comentarios aislados imagino que lo será porque la gente se cohíbe a la hora de escribir lo que piensa si no está con la generalidad de lo que piensa el resto.

esto no va ni en "tu contra" Raúl31 ni a "favor" de Marta; os habéis pronunciado mutuamente sobre la cuestión; yo lo único que voy a exponer es el por qué no he entrado a "debatir" las respuestas de Marta, como tampoco he utilizado el copia/pega; no lo he hecho porque esas preguntas que han formulado y a las que Marta ha respondido, están bien, exactamente igual que el profesorado las expuso, así que cuando ellos han dado la respuesta, ésta está "legitimada".

Respecto al resto, es cosa vuestra, cuando en este foro se me ha "criticado y acribillado" por muchos cuando respondía si creía saberlo, que también podía estar equivocada, pues se me ha dicho, deja de contestar, deja de escribir, salvo a "uno" no respondí a nadie más, y ya ni a ése siquiera, aunque te doy las gracias Raúl31, ya te las he dado, y a ti Marta, idem eadem idem cuando me ayudástes, ¡he dado las gracias a todos/as y de todas las maneras posibles que se pueden dar en este método de estudio!, como también pedí perdón por meter la pata con el "feisbuch" y no se me perdonó, espero que otra persona de más arriba lo haya hecho.

En conclusión: estaré al lado de cualquier compañero/a en lo que pueda ayudar, en lo que de veras crea que puedo ayudar, aunque ese de "veras" pues algunas veces no sea, pero la voluntad será esa, si me equivoco, siempre pido disculpas por anticipado.

Saludos y mi apoyo a ambos; intentad quitar los malos "rollos", pero no lo hagáis porque éste o ésta me ayuda más, hacedlo porque sois compañeros o compañeras, no echando más leña al fuego. :-X
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 19 de Diciembre de 2012, 11:33:16 am
sí ya faltaba el más 1 2 3 4 5,el que no te conozca que te compre...

A ver si ahora te queda claro que yo no soy PIERO NICOLA y que cuando digas algo lo hagas con conocimiento.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: adodu1 en 19 de Diciembre de 2012, 11:37:46 am
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sí ya faltaba el más 1 2 3 4 5,el que no te conozca que te compre...

A ver si ahora te queda claro que yo no soy PIERO NICOLA y que cuando digas algo lo hagas con conocimiento.

Ya,ya..y los reyes magos existen..
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: PIERO NICOLA en 19 de Diciembre de 2012, 11:38:20 am
Una pregunta, no se elimina el Spam, aquí, no?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 19 de Diciembre de 2012, 12:31:59 pm
Vamos a ver como en este pequeño ordenador, con el que algo me puedo entretener no estoy muy acostumbrada, me he parado a "leer" lo que escribió Raúl31 a Marta, así que le doy al copia/pega para aclararme,

Matias sin ánimo de ofender, y no te lo tomes a mal, cuando alguien pregunta sobre admvo o financiero podrías dejar que el resto de mortales pueda opinar, porque es pregunta y respuesta Matias y sinceramente por mi parte al menos no beneficia, me gustaría que alguien más pudiera aportar lo que cree conveniente, de esta forma nadie comenta nada.

No veo "palabra ofensiva", la menos que se pueda leer como tal, pero sí "una insinuación ofensiva" Raúl31; lo siento, para algo estudiamos Derecho y lo acabemos o no, hemos de ser justos, a todos los niveles de nuestra vida; bajo mi opinión personal el post que ha creado Marta de Administrativo, ya lo comenté cuando lo hizo, está muy bien para repasar y acostumbrarse al examen de esa asignatura, y no he leído que no pueda entrar nadie ni que a nadie le esté prohibido aportar preguntas o contestar a las respuestas, con lo cual "existe libertad absoluta de si entro o no entro, de si aporto o no aporto", ella no se ha examinado de esa asignatura, pero al igual que me ocurre a mi, la ha estudiado, como yo he estudiado otras, por eso contesto, no somos docentes, con lo cual estamos entre compañeros/as exclusivamente, y nos la tenemos "que maravillar" entre nosotros/as mismos/as; si esa forma es buena, ¡adelante, que no se deje, el fin es aprobar!.

Sobre el que entre a Financiero y Tributario I, los/as que no tienen las respuestas como yo, pues le pueden dar al copia y pega, ¡algo tienen adelantado! y si se quiere entrar a contrarrestar lo que ella expone, como yo lo hice con una, ¡pues adelante! a nadie se le prohíbe, esta es una forma como cualquier otra de "ayudarnos" y, de veras, que si se participa, se aprende y se quedan muchas cosas en la cabeza que después pueden servir para el examen.

Y otra aclaración más, cuando escribí en un mensaje por ahí, que iba a "estar fuera de circulación", por supuesto, no me refería a este foro, jejje. el "fuera de circulación hasta Navidad" es forzoso.

Y no puedo participar prácticamente en nada, no tengo mis manuales ni mis apuntes, así que no vaya a ser que os líe, máxime cuando no estoy acostumbrada a esta cosa tan pequeña, ¿ya manejas la tablet Pravias?, ???
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 19 de Diciembre de 2012, 12:53:00 pm
No no lo sientas mnieves, no me molesta que digas lo que piensas...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: PLASS en 19 de Diciembre de 2012, 13:11:28 pm
Matias1, me podrías enviar ese documento con las preguntas reueltas?? que yo estoy liado con ellas..

Gracias de antemano, tanto por tu ayuda y por la celeridad de tus respuestas!  ;)

mi correo pmc1986@hotmail.com
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: zoldars en 19 de Diciembre de 2012, 22:07:48 pm
Yo suelo estudiar por los libros , eso si dejandolos echos polvo de marcas y anotaciones.La cuestión es que este libro de financiero es infumable, y seguir el orden ni digamos ya.
Asi que finalmente he decidido probar esos apuntes que habeis realizado.
La primera visión ha sido estupenda, y me gustaría agradecer el trabajo desinteresado que muchos haceis por aqui, y los aportes que nos dais  y que nos facilita el estudio.
Yo siento tener tan poco tiempo libre y aportar poquito o nada a este foro.
Muchas gracias a todos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 19 de Diciembre de 2012, 22:14:55 pm
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Yo suelo estudiar por los libros , eso si dejandolos echos polvo de marcas y anotaciones.La cuestión es que este libro de financiero es infumable, y seguir el orden ni digamos ya.
Asi que finalmente he decidido probar esos apuntes que habeis realizado.
La primera visión ha sido estupenda, y me gustaría agradecer el trabajo desinteresado que muchos haceis por aqui, y los aportes que nos dais  y que nos facilita el estudio.
Yo siento tener tan poco tiempo libre y aportar poquito o nada a este foro.
Muchas gracias a todos

Infumable es poco para ese libro...yo opino que está más clara la LGT que ese libro...y para estar más clara una ley....ya tiene que ser infumable el libro.... >:(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 20 de Diciembre de 2012, 09:25:52 am
Como dice Marta es más "facil" estudiar con la ley delante, al menos lleva un orden porque el libro salta de un lado para otro
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: zoldars en 20 de Diciembre de 2012, 13:06:35 pm
yo lo que no comprendo es hacerme con libros y que estos sean tan deporables.
En general , con el precio que tienen, y en particular con la crisis en la que estamos, me parece una autentica falta de respeto estos manuales tan mal elaborados(por ser cortés) que nos ofrecen.
y se que existen los apuntes, pero me cuesta mucho estudiar por ellos , sera constumbre, y aun asi , para elaborarlos siempre debe existir gente que se "pegue" con esos libros.
Reitero, una autentica falta de respeto(o  vagancia ) hacia los estudiantes.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 20 de Diciembre de 2012, 13:09:06 pm
Zoldars yo también tengo que estudiar por libros, aunque sean infumables, sin contar las erratas que tienen algunos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: LECARDILLA en 27 de Diciembre de 2012, 18:39:49 pm
Me acaba de surgir una duda en el tema 19, extinción de la obligación tributaria, en cuanto al epígrafe del aplazamiento y fraccionamiento...

LGT. Art. 82.2.a.Cuando las deudas tributarias sean de cuantía inferior a la que se fije en la normativa tributaria"
...Podrá dispensarse total o parcialmente al obligado tributario de la constitución de las garantías, cuando las deudas sean inferiores ¿¿¿¿¿a 6000 o 18.000 €uros???..

No doy con la cifra actual en el RGR...

Gracias!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 27 de Diciembre de 2012, 19:03:38 pm
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Me acaba de surgir una duda en el tema 19, extinción de la obligación tributaria, en cuanto al epígrafe del aplazamiento y fraccionamiento...

LGT. Art. 82.2.a.Cuando las deudas tributarias sean de cuantía inferior a la que se fije en la normativa tributaria"
...Podrá dispensarse total o parcialmente al obligado tributario de la constitución de las garantías, cuando las deudas sean inferiores ¿¿¿¿¿a 6000 o 18.000 €uros???..

No doy con la cifra actual en el RGR...

Gracias!


son 18.000 €
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: LECARDILLA en 27 de Diciembre de 2012, 19:06:49 pm
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son 18.000 €

Gracias Marta, eres un seguro de vida  ;)

Lo único que no encuentro donde está regulado, eso ya solo por curiosidad..jejeje
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 27 de Diciembre de 2012, 19:07:52 pm
Aqui tienes el enlace la Orden....si es que a nadie le molesta que lo sepa.... :P

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/o1030-2009-eha.html


Base de Datos de Legislación
Vigente
Orden EHA/1030/2009, de 23 de abril, por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 18.000 euros.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: LECARDILLA en 27 de Diciembre de 2012, 19:11:25 pm
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Aqui tienes el enlace la Orden....si es que a nadie le molesta que lo sepa.... :P

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/o1030-2009-eha.html


Base de Datos de Legislación
Vigente
Orden EHA/1030/2009, de 23 de abril, por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 18.000 euros.

 ;D De nuevo GRACIAS!!! ¿Molestar?
Se debería entender, que quizá uno por su propio trabajo, por suerte...domina más alguna materia. Sin comentarios... ;)Ánimo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 27 de Diciembre de 2012, 19:27:22 pm
Por cierto, que quería comentar una cosa. El libro del año pasado (que no sé si tambien pasa en éste), tiene un error en el plazo que tiene el solicitante de un fraccionamiento para constituir hipoteca  sobre un bien en garantia de ese fraccionamiento o aplazamiento. Yo copié en mis apuntes y respuestas a las preguntas de otros años, que era de un mes (o 30 no recuerdo bien) y la ley pone claramente que son dos meses.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 27 de Diciembre de 2012, 20:46:23 pm
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Por cierto, que quería comentar una cosa. El libro del año pasado (que no sé si tambien pasa en éste), tiene un error en el plazo que tiene el solicitante de un fraccionamiento para constituir hipoteca  sobre un bien en garantia de ese fraccionamiento o aplazamiento. Yo copié en mis apuntes y respuestas a las preguntas de otros años, que era de un mes (o 30 no recuerdo bien) y la ley pone claramente que son dos meses.

Así es, art. 48.6  RGR, "La garantía deberá formalizarse en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la notificación del acuerdo de concesión cuya eficacia quedará condicionada a dicha formalización".
No viene recogido el plazo en el art. 82 LGT; en el manual actualizado sigue estando mal (pero a mi me gusta mirar los arts.), página 473, pero sí que viene la Orden HAC/1.030/2009, de 23 de abril, que fija la cuantía a que se refiere la compañera Lecardilla en 18.000 euros, al menos, en lo relativo al apartado a) de ese art. de la LGT, aunque sea en letra pequeña.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: betico80 en 02 de Enero de 2013, 15:33:32 pm
Hola!!
He enviado el correo desde mi cuenta uned para solicitar la contraseña y no me han respondido...entiendo q es época de fiesta....agradecería q me lo comprobaran porque voy tarde, soy blanca y lo envie el jueves 27de diciembre!!!!

Muchas gracias y saludos.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 03 de Enero de 2013, 11:39:31 am
Tengo una pregunta, si vinculan las contestaciones tributarias a personas que no han realizado la consulta, entiendo que sí a aquellos que presenten los mismos hechos y circunstancias, pero a 3os no los vincula, alguien que me explique ésto, si dichos terceros presentan las mismas circunstancias por qué no les vincula...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: wham31 en 03 de Enero de 2013, 11:45:35 am
Buenos dias y feliz año.la pregunta no la entiendo según esta redactada,pero vamos,que a los terceros se supone que no les influye las resoluciones que sean personales.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 03 de Enero de 2013, 11:53:38 am
Artículo 89. Efectos de las contestaciones a consultas tributarias escritas.

1. La contestación a las consultas tributarias escritas tendrá efectos vinculantes, en los términos previstos en este artículo, para los órganos y entidades de la Administración tributaria encargados de la aplicación de los tributos en su relación con el consultante.

En tanto no se modifique la legislación o la jurisprudencia aplicable al caso, se aplicarán al consultante los criterios expresados en la contestación, siempre y cuando la consulta se hubiese formulado en el plazo al que se refiere el apartado 2 del artículo anterior y no se hubieran alterado las circunstancias, antecedentes y demás datos recogidos en el escrito de consulta.

Los órganos de la Administración tributaria encargados de la aplicación de los tributos deberán aplicar los criterios contenidos en las consultas tributarias escritas a cualquier obligado, siempre que exista identidad entre los hechos y circunstancias de dicho obligado y los que se incluyan en la contestación a la consulta.

2. No tendrán efectos vinculantes para la Administración tributaria las contestaciones a las consultas formuladas en el plazo al que se refiere el apartado 2 del artículo anterior que planteen cuestiones relacionadas con el objeto o tramitación de un procedimiento, recurso o reclamación iniciado con anterioridad.

3. La presentación y contestación de las consultas no interrumpirá los plazos establecidos en las normas tributarias para el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

4. La contestación a las consultas tributarias escritas tendrá carácter informativo y el obligado tributario no podrá entablar recurso alguno contra dicha contestación. Podrá hacerlo contra el acto o actos administrativos que se dicten posteriormente en aplicación de los criterios manifestados en la contestación.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 03 de Enero de 2013, 11:55:23 am
Joder ya estamos con los copia y pegas, a mí que me responda alguien con copia y pega no me vale, prefiero que me lo explique con sus palabras que para eso busco yo en el magnífico google etc, además es tal como viene en el libro un poco más amplio.

Pero de todas formas gracias y leyéndolo me ha quedado más claro  :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: wham31 en 03 de Enero de 2013, 12:17:30 pm
A mi tambien,ea............
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 03 de Enero de 2013, 12:18:41 pm
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Joder ya estamos con los copia y pegas, a mí que me responda alguien con copia y pega no me vale, prefiero que me lo explique con sus palabras que para eso busco yo en el magnífico google etc, además es tal como viene en el libro un poco más amplio.

Pero de todas formas gracias y leyéndolo me ha quedado más claro  :)

Raúl31 no dispongo de tiempo, se supone que estoy trabajando, aunque hasta después de las fiestas no se me asigne las funciones y los medios para llevarlas a cabo, así que, a mi plin.

Pravias ha puesto el art. de la LGT en el cual se recogen los "efectos" que producen las consultas tributaria y cómo y de qué forma quedan vinculados por ellas tanto los obligados tributarios con la administración; tu te refieres a que "los terceros no quedan vinculados por las contestaciones", y aunque no se recoge literalmente en el art., voy a ver si con un ejemplo, quizás lo puedas ver mejor (aunque desde luego yo no me ariesgaría a poner, en el supuesto de una posible pregunta, algo que no está recogida en la LGT ni en jurisprudencia, al menos así).

Supongamos que realizo una consulta porque voy a comprar un inmueble, por si se debe algo de tributos anteriores, así que aún y a pesar de que en mi consulta como "futura propietaria" acreditada con el "contrato de compraventa", se me va a ofrecer datos de un tercero que va a aparecer en la consulta como "deudor o no deudor" de una obligación tributaria, esa consulta no le va a afectar; en el escrito me expresarán que el inmueble que voy a comprar está afecto, quizás, a obligaciones tributarias, ya vencidas y no cumplidas, pero eso que me indican en mi consulta no va a afectar ni para bien ni para mal en la relación obligatoria de ese tercero, otra cosa es que una vez que yo lo sepa, pues llegue a un acuerdo con él, antes de decidirme a firmar escritura, y acuerde ir con él vendedor a pagar cualquier tributo que esté pendiente, o le inste al pago, si quiere cobrar a la realización de la escritura, claro.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 03 de Enero de 2013, 12:47:57 pm
Me ha quedado claro, muchas gracias mnieves y a ti pravias.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: betico80 en 04 de Enero de 2013, 15:52:01 pm
Hola me podría indicar alguien si hay algún problema con la contraseña o algo?
Esq nadie me manda la contraseña la he solicitado el día 27 desd mi correo de la uned.

Un saludo!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 04 de Enero de 2013, 15:56:36 pm
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Hola me podría indicar alguien si hay algún problema con la contraseña o algo?
Esq nadie me manda la contraseña la he solicitado el día 27 desd mi correo de la uned.

Un saludo!
Enviale un privado al coordinador de la asignatura para comprobar si ha llegado tu correo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: betico80 en 04 de Enero de 2013, 15:58:37 pm
Quien es el coordinador de esta asignatura previas?.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 04 de Enero de 2013, 16:07:42 pm
Creo que es Jane, la que creo este post
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 04 de Enero de 2013, 16:54:10 pm
Mira tu correo Betico
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 04 de Enero de 2013, 17:14:30 pm
Alguien tiene por favor las preguntas por años y veces que han caído, yo las tengo pero sin año y sin número de veces, gracias.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 04 de Enero de 2013, 22:27:27 pm
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Alguien tiene por favor las preguntas por años y veces que han caído, yo las tengo pero sin año y sin número de veces, gracias.

Mira en el correo Raúl31, no están los años, pero sí de la forma en que se han planteado, aunque es la misma respuesta y las veces que han caído, tema por tema.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 04 de Enero de 2013, 22:48:03 pm
Gracias, ya me han llegado, estoy estudiando por los apuntes de vivero y quería hacerme una idea de lo más preguntado.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: betico80 en 04 de Enero de 2013, 23:41:38 pm
He mirado mi correo y no tengo nada!!!
 :-[
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: betico80 en 05 de Enero de 2013, 00:10:52 am
No he podido mandar tampoco el SMS a la coordinadora.....tiene la capacidad llena

No se ya como hacer para conseguir los apuntes....

Si alguien me puede mandar también las preguntas más frecuentes mi correo es bgrive@hotmail.com

Un saludo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: herodoto en 05 de Enero de 2013, 12:05:07 pm
Por favor me podeis mandar la clave de  fyt12012@hotmail.es, a mloperodrigo@gmail.com.

Muchas gracias.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Ra_chel en 05 de Enero de 2013, 15:44:51 pm
Tenéis que mandarlo a través de vuestra cuenta en la uned

Un Saludo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 05 de Enero de 2013, 17:53:41 pm
Hola compañeros.
Yo soy la encargada de reenviar la clave por el procedimiento previsto. He estado unos días ausente, por tanto, si alguien no ha conseguido la clave que vuelva a enviar un correo desde su cuenta UNED a la dirección de hotmail.
He contestado uno que ha llegado pero al parecer lo habéis pedido más compañeros. Para asegurarnos,volved a enviarlo por si ha habido algún problema.
Siento mucho el retraso.

Saludos.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebp en 06 de Enero de 2013, 10:59:09 am
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Mira en el correo Raúl31, no están los años, pero sí de la forma en que se han planteado, aunque es la misma respuesta y las veces que han caído, tema por tema.
Buenos días, me lo podéis envíar por favor, mi correo ebermejo75@hotmail.com
Mil gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: rafa_saturdays en 06 de Enero de 2013, 11:49:16 am
Algún generoso compañero tiene las preguntas de años anteriores colgadas en el foro?? Ví que algunas personas dijeron que los colgarían pero no los veo. Espero vuestra ayuda.  :) Gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: PIERO NICOLA en 06 de Enero de 2013, 23:42:26 pm
Hola, podéis explicarme en palabras que pueda entender lo siguiente(me vendría bien con algún ejemplillo):

El objeto del tributo aparece siempre recogido o descrito por el elemento objetivo del hecho imponible?

Gracias.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 07 de Enero de 2013, 01:30:04 am
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Hola, podéis explicarme en palabras que pueda entender lo siguiente(me vendría bien con algún ejemplillo):

El objeto del tributo aparece siempre recogido o descrito por el elemento objetivo del hecho imponible?

Gracias.

Normalmente sí; no obstante existen excepciones, en las cuales, normativamente, el objeto queda fuera del presupuesto de hecho que constituye el hecho imponible, así ocurre cuando hace falta recaudación, o en casos en que procede a doble imposición, pero aparecen los ejemplos en el manual, lo da las mismas sentencias a las que se hace alusión.

Si necesitas un ejemplo de "lo normal", pues piensa en el IBI, la capacidad económica que soporta el tributo es el inmueble, y sobre esa capacidad económica la misma norma recoge el elemento objetivo del hecho imponible, la valoración del inmueble;  ???
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: PIERO NICOLA en 07 de Enero de 2013, 16:28:16 pm
Por qué se le llaman tasas de la universidad, yo creo que más bien estaríamos ante precios públicos? no?

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 07 de Enero de 2013, 17:14:52 pm
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Por qué se le llaman tasas de la universidad, yo creo que más bien estaríamos ante precios públicos? no?

Hola

El curso pasado hubo un pequeño debate en el foro de Alf, pero perdí el documento junto con el portátil, así que le doy al copia y pega de una respuesta del profesor en el que diferenciaba la tasa del precio público, sólo en la parte que te interesa.

2) La matricula de la UNED.
Es un PP toda vez vez que se trata de una contraprestación satisfecha por la prestación de un servicio que reúne las tres características siguientes:
- Se efectúa en régimen de Derecho público.
- Se presta también por el sector privado.
- Es de de solicitud voluntaria.

Recuerdo que el profesor decía algo así como que se solía llamar "tasa" en un lenguaje "coloquial".

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: PIERO NICOLA en 07 de Enero de 2013, 17:19:12 pm
Tal como lo imaginaba, sabes si para que sea tasa se tiene que dar la coactividad al mismo tiempo que únicamente lo ofrezca el sector público, o sea que los dos requisitos tienen que darse o únicamente con uno de ellos se puede establecer esta figura, no sé si me explico, porque yo escucho mucho el concepto de tasa cuando realemente no lo es.

Gracia mnieves, eres de gran ayuda.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 07 de Enero de 2013, 17:34:08 pm
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Tal como lo imaginaba, sabes si para que sea tasa se tiene que dar la coactividad al mismo tiempo que únicamente lo ofrezca el sector público, o sea que los dos requisitos tienen que darse o únicamente con uno de ellos se puede establecer esta figura, no sé si me explico, porque yo escucho mucho el concepto de tasa cuando realemente no lo es.

Gracia mnieves, eres de gran ayuda.

Que si lo sé compañero, metí la pata bien metida en lo de la piscina pública,  :-[

Para que sea una tasa se tienen que dar los dos requisitos de la tasa, la coactividad y que no se ofrezca el servicio por el sector privado.

Si está por ahí, creo que lo colgaron, el examen de septiembre, podrá ver la contestación del ED., yo puse que era un precio público porque no se exigía la coactividad para ir a la piscina, sin darme cuenta de que no se hacía constar en el encabezado de que pudiese haber más piscinas privadas; es que como en mi pueblo sólo hay una, no pensé en el otro requisito,  :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: PIERO NICOLA en 07 de Enero de 2013, 17:41:55 pm
Pues la verdad que no me queda claro que con solo un requisito no pueda darse la tasa, no sé, y la pregunta de piscina pública también habría dicho que era PP obviamente no habría pensado en que tendría que decir el enunciado que hay más piscinas...

Entonces en un lugar donde sólo haya una piscina pública da lugar a una tasa? :-\

Acabo de leer la pregunta del examen, pues vaya marrón, menos mal que me lo has dicho, pues habría pensado que es un precio público.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: novoa en 07 de Enero de 2013, 17:46:43 pm
S.O.S.!!! PREGUNTAS DE AÑOS ANTERIORES PLEASEE!! QUE AGOBIOOO!!!  :D  mi correo es freddie_novoa@hotmail.com

Gracias jurisstasss!!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 07 de Enero de 2013, 18:14:43 pm
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Pues la verdad que no me queda claro que con solo un requisito no pueda darse la tasa, no sé, y la pregunta de piscina pública también habría dicho que era PP obviamente no habría pensado en que tendría que decir el enunciado que hay más piscinas...

Entonces en un lugar donde sólo haya una piscina pública da lugar a una tasa? :-\

Acabo de leer la pregunta del examen, pues vaya marrón, menos mal que me lo has dicho, pues habría pensado que es un precio público.

Perdona PIERO NICOLA, que seguía por lo visto en el examen de septiembre, esta frase que he escrito en mi anterior mensaje,

Para que sea una tasa se tienen que dar los dos requisitos de la tasa, la coactividad y que no se ofrezca el servicio por el sector privado.

la modifico, porque eso fue lo que me llevó al error en la consideración, de creerlo un precio público; es así

No es necesario que se den los dos requisitos para que se establezca la tasa, si así lo establece la ley, es suficiente con uno de ellos

Mira el art. 20 del TRLHL, y de forma más concreta el punto 3 apartado o), así que si hay sólo una piscina pública y no se ofrece el servicio por el sector privado, el ente local "podrá" poner una tasa por ese servicio.

¿me perdonas?  :-[
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: PIERO NICOLA en 07 de Enero de 2013, 18:44:59 pm
Por favor no hay nada que perdonar, muchas gracias.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Ponder en 07 de Enero de 2013, 19:26:06 pm
La matricula de la universidad se puede dividir en tres partes:
1- Gestión administrativa (tasa).
2- Seguro obligatorio (tasa). Es obligatorio hasta los 28 años.
3- Creditos de las asignaturas (precio público).

Tu no pagues la gestión administrativa (darte de alta cada año en el grado) y el seguro escolar, a ver si te dejan estudiar o no. En ese aspecto tenemos la coactividad (o pagas esas tasas o no estudias).
Otra cosa es que consideres la matrícula como un todo, en ese caso sí creo que sería precio público habiendo universidades privadas ofreciendo el mismo servicio (al fin y al cabo, si me matriculo es por las asignaturas -creditos, esto es, precio publico-, siendo la gestión y el seguro un mero complemento que pierde su coacción).

O eso creo yo ^^
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: PIERO NICOLA en 07 de Enero de 2013, 19:55:39 pm
Pues en alf el tutol ha hablado sobre ello, y es un error en el lenguaje que se ha generalizado, que lo que se paga en la universidad es un precio público, si no he leído mal.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 07 de Enero de 2013, 21:29:49 pm
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Pues en alf el tutol ha hablado sobre ello, y es un error en el lenguaje que se ha generalizado, que lo que se paga en la universidad es un precio público, si no he leído mal.

Efectivamente, eso que he escrito, "2) Matrícula Uned", no es mío, sino del tutor de Alf.

Por otro lado Ponder, esto que has escrito,

(al fin y al cabo, si me matriculo es por las asignaturas -creditos, esto es, precio publico-, siendo la gestión y el seguro un mero complemento que pierde su coacción).

no resulta contradictorio?

Me parece que confundes el que en la cuantía de la beca no se computa "los gastos de secretaría ni el seguro", con lo de si es o una tasa o un precio público.

No sé si algunos o algunas de los que aprobaron esta asignatura hicieron la PEC del primer cuatrimestre, no saqué una nota muy alta, aunque la aprobé, pero no la tengo, también se me fue con el portátil, el supuesto práctico que pusieron versaba sobre cuestiones de la consideración de x pago por determinadas cuestiones, que podían estar o no incluidas en la matrícula, pero no me acuerdo muy bien, dese luego, uno de ellos es el pago por el título una vez terminas aunque hayas pagado por ello,  :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: PIERO NICOLA en 07 de Enero de 2013, 21:37:13 pm
Mnieves  de qué trata la pec este año? un caso práctico? te hacen preguntas sobre él? test?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 07 de Enero de 2013, 21:53:22 pm
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Mnieves  de qué trata la pec este año? un caso práctico? te hacen preguntas sobre él? test?

Creo que es igual que el curso pasado, te dan un caso práctico y realizan tres o cuatro cuestiones que tienes que contestar. No sé si lo has visto, pero colgaron un supuesto sobre las fuentes, en la primera quincena de octubre, del que prometieron poner las respuestas, pero no lo han hecho.

Yo creo compañero que aunque el tiempo es tasado, teniendo a mano, el manual o apuntes, por los que hayas estudiado y bueno, yo tengo el Compendio tributario porque estoy acostumbrada a trabajar con ellos, pero con internet también nos podemos apañar para realizarla, yo lo hice así el curso pasado, al buscar dos decretos que me hicieron falta, así que ánimo, es una forma de "practicar" antes del examen.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: PIERO NICOLA en 07 de Enero de 2013, 22:02:02 pm
Vale, pues no sé si hacerla, por si baja nota, me lo pensaré para el día 13 que creo que sea.

Gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Ponder en 07 de Enero de 2013, 22:51:02 pm
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Efectivamente, eso que he escrito, "2) Matrícula Uned", no es mío, sino del tutor de Alf.

Por otro lado Ponder, esto que has escrito,

(al fin y al cabo, si me matriculo es por las asignaturas -creditos, esto es, precio publico-, siendo la gestión y el seguro un mero complemento que pierde su coacción).

no resulta contradictorio?

Me parece que confundes el que en la cuantía de la beca no se computa "los gastos de secretaría ni el seguro", con lo de si es o una tasa o un precio público.

No sé si algunos o algunas de los que aprobaron esta asignatura hicieron la PEC del primer cuatrimestre, no saqué una nota muy alta, aunque la aprobé, pero no la tengo, también se me fue con el portátil, el supuesto práctico que pusieron versaba sobre cuestiones de la consideración de x pago por determinadas cuestiones, que podían estar o no incluidas en la matrícula, pero no me acuerdo muy bien, dese luego, uno de ellos es el pago por el título una vez terminas aunque hayas pagado por ello,  :-\

Yo no he dicho nada de beca. Eso sí, la tasa por gestión administrativa hay que pagarla fuera parte de la beca.

Lo que quería dar a entender es que el objetivo del estudiante al matricularse es apuntarse al grado, compuesto de ECTS (precio público, si tenemos en cuenta el desglose que hice en 3 partes de la matrícula), y que al seguir ese objetivo engloba el coste de la gestión administrativa y el seguro (tasas) en el concepto "matricula" (gestion+seguro+ECTS), por lo que las tasas pierden su característica coactiva ya que se convierten en un coste más de la matrícula.

No se si me explico.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: rafa_saturdays en 08 de Enero de 2013, 07:24:34 am
Como nadie ha respondido entiendo que no existen preguntas de años anteriores ni resúmenes de éstos. Gracias de todas formas :'(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 08 de Enero de 2013, 09:42:46 am
Rafa en el subforo apuntes hay un enlace de Raul con los preguntas recogidas de Silu, solo tienes que entrar y descargartelo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 08 de Enero de 2013, 11:26:46 am
Quiénes son los obligados a repercutir?

Ya me queda menos, voy por el 17
Título: Silu Preguntas Examen
Publicado por: mmurciaz en 08 de Enero de 2013, 11:30:26 am
   Hola atodos,
   me a cabo de  descargar esas preguntas,
   pero por lo que estoy viendo son preguntas que ha haciendo ella misma, como posibles preguntas de examen ¿no?
   Creo que ademas podemos consultar el deposito de examen de la uned ?
   De todas formas alguien cree que algunas preguntas tienen mas probablidad de salir que otras?
   Saludos
   Miguel
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 08 de Enero de 2013, 18:26:16 pm
Me estresa  pero podré con ella y con nota  ;D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 08 de Enero de 2013, 21:47:18 pm
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Quiénes son los obligados a repercutir?

Ya me queda menos, voy por el 17

Ante la Administración: el sujeto pasivo.

Ante el sujeto pasivo: los consumidores, tu, yo, ese, aquél, etc,  :o

El IVA o los Impuestos especiales los paga el sujeto pasivo, y éste nos lo traslada al resto (según el art. 24 LGT son "relaciones entre particulares"),  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 08 de Enero de 2013, 21:51:34 pm
Gracias mnieves, no tenía la menor idea, ahora ya sí...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 08 de Enero de 2013, 22:41:09 pm
Cuando dice: qué diferencias hay entre los conceptos de sucesión en el tributo y de sustitución tributaria?

Se refiere con sustitución tributaria al sustituto del contribuyente(sujeto pasivo) que se sitúa en el lugar de éste y tiene que cumplir con la obligación tributaria principal...?

Batante lioso esto de sujeto pasivo(sustituto y contribuyente) obligado tributario, responsable tributario y el resto de la familia, bueno para el que no lo sabe.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 08 de Enero de 2013, 23:15:55 pm
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Cuando dice: qué diferencias hay entre los conceptos de sucesión en el tributo y de sustitución tributaria?

Se refiere con sustitución tributaria al sustituto del contribuyente(sujeto pasivo) que se sitúa en el lugar de éste y tiene que cumplir con la obligación tributaria principal...?

Batante lioso esto de sujeto pasivo(sustituto y contribuyente) obligado tributario, responsable tributario y el resto de la familia, bueno para el que no lo sabe.

La verdad es que sí compañero, resulta muuuuy lioso, al menos cuando no tienes alguien en frente que te lo explique y, yo, pues bueno, lo voy a intentar, con eso veo si me aclaro.

Son sujetos pasivos de una relación obligatoria tributaria, tanto el contribuyente como el sustituto del contribuyente, y si bien, sobre el primero recae el hecho imponible, digamos el "objeto" del tributo, el segundo, por imperativo legal, en otras palabras, cuando la ley así lo recoge, está obligado a cumplir con la obligación tributaria.

En la sucesión tributaria lo que se produce es una "transmisión", ya sea inter vivos o mortis causa (mira los arts. LGT), se trata de persona física o jurídica del "objeto" de la relación tributaria, es decir, de la "base" que soporta la cuantificación de lo que constituye el hecho imponible del tributo; por ejemplo, si se produce una transmisión hereditaria de un inmueble, se transmiten con él las obligaciones tributarias que conlleve, por eso hablamos de sucesión del tributo o sucesión de la relación obligatoria.

Es malaje esto, porque no viene del todo claro, como tal, "sustitución tributaria" en la LGT, así que supongo que se refiere a la figura del sustituto del contribuyente, aunque desde luego, en este caso, no hay transmisión alguna del objeto de la "relación obligatoria tributaria". :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 08 de Enero de 2013, 23:20:29 pm
 mnieves gracias, por eso me había quedado ahí porque no he leído nada de sustitución pero vamos que se referirá al sustituto del contribuyente.

El tema 17es largo largo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 08 de Enero de 2013, 23:22:08 pm
Por excepción, no es posible utilizar la analogía a la hora de definir el hecho imponible...........alguien me puede explicar esta frase? ¿dentro de la definición del hecho imponible estaría, por ejemplo, el tipo de gravamen?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 08 de Enero de 2013, 23:49:40 pm
Imagino que si no está descrito legalmente no cabe la analogía, o sea que no vale otro presupuesto de hecho en el que se dé semejanza con éste que está sin definir legalmente.

Me lo acabo de inventar?

cómo es la musiquilla esa de bua bua bua bua


Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 09 de Enero de 2013, 00:17:40 am
No, no...no te lo inventas. Es básicamente lo que he entendido pero tengo la duda de qué elementos forman parte de esa definición de hecho imponible.

Gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 09 de Enero de 2013, 00:29:34 am
No sé muy bien a lo que te refieres, es que el tipo de gravamen se aplica a la base imponible y no al hecho imponible, no?

Todo lo que es obligación material no se puede aplicar analogía, por lo que yo he entendido.

Quizá mnieves pueda ayudarte mejor, digo mnieves porque es la única que ayuda en estas cuestiones, bueno y Matías.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 09 de Enero de 2013, 00:47:06 am
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No, no...no te lo inventas. Es básicamente lo que he entendido pero tengo la duda de qué elementos forman parte de esa definición de hecho imponible.

Gracias

Hola compañera y compañero.

La "excepción" se refiere a la aplicación analógica en materia tributaria, así en esa excepción pues entra lo recogido en el art. 14 LGT.

El concepto de hecho imponible nos lo da el art. 20, así el "hecho imponible es el presupuesto fijado por la ley para configurar cada tributo..", es decir, lo que da origen al nacimiento de una obligación tributaria.

No entiendo muy bien cuando aludes a qué elementos forman parte del concepto, supongo que tendremos que estar a cada clase de tributo, así, por ejemplo, si pensamos en una tasa por una licencia de obras, el hecho imponible lo constituye el valor de la obra que se vaya a realizar; si estamos en el IBI, el valor del inmueble, etc

Supongo que es por eso que no se puede aplicar la analogía al hecho imponible de un tributo; yo no puedo querer que se me aplique el mismo valor a mi inmueble que al de otra vecina, puesto que es la ley la que debe recoger ese elemento.

Recuerdo cuando formalicé la escritura de mi piso, realicé una valoración aproximada del suelo (que es aparte de la edificación), de la división horizontal de la casa de mis padres, sobre la que lo construí, y bueno, para pagar menos, pues puse 1 millón de pesetas, en aquél entonces, y me vino una carta de la AT, en el que lo valoró en 300.000 pesetas más, así que tuve que pagar la diferencia, al 7 por ciento, igual a 21.000 pesetas.
 :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 09 de Enero de 2013, 01:05:59 am
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No sé muy bien a lo que te refieres, es que el tipo de gravamen se aplica a la base imponible y no al hecho imponible, no?

Todo lo que es obligación material no se puede aplicar analogía, por lo que yo he entendido.

Quizá mnieves pueda ayudarte mejor, digo mnieves porque es la única que ayuda en estas cuestiones, bueno y Matías.

Estoy en línea, pero sinceramente no sé si os estoy ayudando o si acaso os estoy liando más.

La base imponible es un elemento de cuantificación de de la obligación tributaria principal, bueno al menos, eso es lo que recoge la LGT.

Con lo cual, si sigo con mi ejemplo (la que estoy liando) el soporte del que va a nacer esa relación obligatoria tributaria, ¡mi piso en propiedad porque ya lo he inscrito! es el que soporta la cuantificación futura del IBI, esa cuantificación es la Base Imponible, y sobre ella pues se realiza el tipo de gravamen que lleva aparejado, lo que dará como resultado la cuota tributaria, el impuesto del IBI.

Lo del pago del suelo es otra clase de impuesto y, por ello, aunque es el mismo soporte, la cuantificación, la Base Imponible cambia.

Ainssss, y eso que el segundo año,  :'(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 09 de Enero de 2013, 01:23:58 am
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Imagino que si no está descrito legalmente no cabe la analogía, o sea que no vale otro presupuesto de hecho en el que se dé semejanza con éste que está sin definir legalmente.

Me lo acabo de inventar?

cómo es la musiquilla esa de bua bua bua bua

jejeje, había dejado esta materia porque me presento en la segunda semana, y me pillo los tres días por cuatrimestre, pero bueno, ahí va lo único que el profesor ha contestado en Alf respecto a la analogía y al Hecho Imponible.

El art. 14 LGT sólo prohíbe la analogía para "extender más allá de sus
términos estrictos el ámbito del hecho imponible, de las exenciones y
demás beneficios o incentivos fiscales".

Por consiguiente, en principio cabría aplicar la analogía en los sujetos pasivos.

Ahora bien, no cabría en aquellos aspectos de la regulación  de los sujetos
pasivos que -por las características de un determinado tributo- estén
unidos de modo inseparable a la delimitación del hecho imponible.


Esto se ha preguntado en la lección 17, relativa a los sujetos.

De la 16, lo que se ha preguntado y contestado es únicamente esto, por cierto, creo recordar, mucho menos que el curso pasado,

La obligación tributaria principal se identifica con la realización del hecho imponible descrito ex lege?

se trata de dos cosas distintas íntimamente relacionadas. La consecuencia de la realización del hecho imponible es el nacimiento de la obligación tributaria.

Y ahora sí que sigo con mi primera materia de examen, Principios de la Unión Europea.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 09 de Enero de 2013, 03:46:26 am
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Por excepción, no es posible utilizar la analogía a la hora de definir el hecho imponible...........alguien me puede explicar esta frase? ¿dentro de la definición del hecho imponible estaría, por ejemplo, el tipo de gravamen?

gracias por la formulación de la pregunta en el foro, estaré atenta a la respuesta del profesor, es que como conoce mi nombre del curso pasado, me da quisquis preguntar o responder, aunque tenga dudas o sepa algo seguro,  :-[
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 09 de Enero de 2013, 07:25:03 am
Gracias....yo también estaré atenta a lo que me conteste el equipo docente
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 09 de Enero de 2013, 10:46:55 am
Tiene alguien por ahí esta pregunta respondida sobre la responsabilidad subsidiaria?

Si el adquiriente de una explotación o actividad económica solicita a la Administración certificació de las deudas y las sanciones pendientes de la actividad y esta certificación no se expide en el plazo de 3 meses, qué consecuencias se producen en relación con la responsabilidad de aquel por la deudas tributarias de esa explotación?

Yo de plazos de 3 meses no he visto nada, imagino que se tendrá que hacer cargo de todas las obligaciones contraídas por el anterior titular y derivadas de su ejercicio, pero me pierdo con el plazo ese de los 3 meses...

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 09 de Enero de 2013, 11:24:28 am
Supongo que te refieres a la responsabilidad solidaria, art 175 ley general tributaria
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 09 de Enero de 2013, 11:26:22 am
Sí sorry me he liado, quería decir la solidaria, la subsidiaria ni la he visto todavía.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 09 de Enero de 2013, 12:07:18 pm
En este artículo se especifica el plazo de los 3 meses, te lo copio aunque no te guste el copia y pega ;D
El que pretenda adquirir la titularidad de explotaciones y actividades económicas y al objeto de limitar la responsabilidad solidaria contemplada en el párrafo c del apartado 1 del artículo 42 de esta Ley, tendrá derecho, previa la conformidad del titular actual, a solicitar de la Administración certificación detallada de las deudas, sanciones y responsabilidades tributarias derivadas de su ejercicio. La Administración tributaria deberá expedir dicha certificación en el plazo de tres meses desde la solicitud. En tal caso quedará la responsabilidad del adquirente limitada a las deudas, sanciones y responsabilidades contenidas en la misma. Si la certificación se expidiera sin mencionar deudas, sanciones o responsabilidades o no se facilitara en el plazo señalado, el solicitante quedará exento de la responsabilidad a la que se refiere dicho artículo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 09 de Enero de 2013, 12:22:24 pm
jajja es cierto, a veces tengo un malaje pa decir las cosas   ;D  gracias pravias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebp en 09 de Enero de 2013, 15:22:23 pm
Buenos días a tod@s, este año no he podido comprar ningún libro  :'(, y estoy estudiando  por la  ley general tributaria, alguien más está estudiando por la ley únicamente, si es así, pensáis que será suficiente. Me resulta más fácil estudiar por la misma que por apuntes, al menos esta asignatura, pero no sé si será adecuado o necesito complementar con algo más. Si alguien está como yo, con la ley, la tenéis estructurada por primer o segundo parcial.


gracias y saludos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 09 de Enero de 2013, 15:36:30 pm
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Buenos días a tod@s, este año no he podido comprar ningún libro  :'(, y estoy estudiando  por la  ley general tributaria, alguien más está estudiando por la ley únicamente, si es así, pensáis que será suficiente. Me resulta más fácil estudiar por la misma que por apuntes, al menos esta asignatura, pero no sé si será adecuado o necesito complementar con algo más. Si alguien está como yo, con la ley, la tenéis estructurada por primer o segundo parcial.


gracias y saludos
  :o en serio que solo estás estudiando por la ley?
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jajja es cierto, a veces tengo un malaje pa decir las cosas   ;D  gracias pravias
los exámenes que te estresan  :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebp en 09 de Enero de 2013, 16:14:11 pm
Y por los apuntes de vivero, pero me gustaria saber si con la ley sería suficiente ::)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 09 de Enero de 2013, 16:44:21 pm
Yo diría mejor apuntes de Vivero+actualización ley de estabilidad y completar el estudio con la ley presupuestaria porque se estudia mejor
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebp en 09 de Enero de 2013, 17:11:15 pm
Muchas gracias, q ver si hay alguien que tenga la ley estructurada y me saca de dudas
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 09 de Enero de 2013, 17:15:14 pm
Pues yo estoy por los de vivero, sabes qué artículo de la LGT es lo de la Ley de estabilidad? que basta que se modifique algo y zass pregunta al canto.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 09 de Enero de 2013, 17:17:21 pm
La ley de estabilidad cambia muy poco el temario, sobre todo porque afecta más a los presupuestos y estos temas los "excluimos"
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 09 de Enero de 2013, 17:24:12 pm
Entonces nada, como no dicho :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 09 de Enero de 2013, 17:33:33 pm
Ahí va la respuesta del equipo docente:

Estimada alumna,
El art. 14 LGT sólo prohíbe la analogía para "extender más allá de sus
términos estrictos el ámbito del hecho imponible, de las exenciones y
demás beneficios o incentivos fiscales".

Por consiguiente, en principio cabría la analogía para aplicar los tipos
de gravamen, la base imponible o los sujetos pasivos.

Ahora bien, en la medida en que los tipos reducidos constituyen
beneficios o incentivos fiscales, no son susceptibles de aplicación
analógica.

Lo mismo sucedería con aquellos aspectos de la regulación  de los sujetos
pasivos que -por las características de un determinado tributo- estén
unidos de modo inseparable a la delimitación del hecho imponible.
Un saludo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: LECARDILLA en 09 de Enero de 2013, 18:47:55 pm
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Pues yo estoy por los de vivero, sabes qué artículo de la LGT es lo de la Ley de estabilidad? que basta que se modifique algo y zass pregunta al canto.

Vamos que aunque no creo que te apetezca mucho  ;) ahí tienes la ley:

Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

En este enlace, un pequeño resumen:
http://www.notariosyregistradores.com/doctrina/resumenes/2012-estabilidad-presupuestaria.htm

Como diría aquel...tostón puro y duro!  :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 09 de Enero de 2013, 18:52:34 pm
Muchas gracias Lecardilla, la verdad que con todo lo que hay que estudiar...

Nos separaron del Virgen de la Paloma grrrrrrrr
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ferpecto en 09 de Enero de 2013, 20:00:06 pm
Vaya contrariedad si, tantas facilidades no vamos a tener en otro lado.........
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 09 de Enero de 2013, 22:03:36 pm
En la pregunta: debe acreditarse siempre la representación en el ámbito tributario? y cómo debe acreditarse?

A  cuál se refiere, a la legal a la voluntaria o a la represantación con carácter general.

Madre mía, no se acaban los temas.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 09 de Enero de 2013, 23:00:58 pm
BUeno otra, que no sé por dónde pillarla si alguien la tiene redactada que me haga un copia y pega si es tan amable.

En la pregunta de la diferencia entre los conceptos de sucesión en el tributo y sustitución tributaria.

Sobre la sustitución tributaria sí lo tengo claro pero en la sucesión qué hay que meterle todo? sucesión de personas físicas con todos los subepígrafes que tiene?

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 09 de Enero de 2013, 23:09:57 pm
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En la pregunta: debe acreditarse siempre la representación en el ámbito tributario? y cómo debe acreditarse?

A  cuál se refiere, a la legal a la voluntaria o a la represantación con carácter general.

Madre mía, no se acaban los temas.

si compañero, ¡madre mía!

A la primera pregunta: sí, salvo para los actos de trámite, en la que se presume, salvo manifestación en contrario del interesado; respecto a la carencia de capacidad de obrar, actuarán los representantes legales, art. 45.1 y remisión al Derecho común.

A la segunda: La acreditación del poder podrá realizarse por cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna, así como apud acta, es decir, por comparecencia personal ante el órgano administrativo correspondiente, esta es la regla general; si bien, dado que cada procedimiento tributario puede disponer reglas específicas en torno a la representación, su admisibilidad o su acreditación habrá de atender a sus normas propias, art. 47 lGT, no así cuando vengan previstas por normas reglamentarias, frente a las que deberá prevalecer la regulación general del art. 46 LGT.

Ainssss
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 09 de Enero de 2013, 23:14:16 pm
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BUeno otra, que no sé por dónde pillarla si alguien la tiene redactada que me haga un copia y pega si es tan amable.

En la pregunta de la diferencia entre los conceptos de sucesión en el tributo y sustitución tributaria.

Sobre la sustitución tributaria sí lo tengo claro pero en la sucesión qué hay que meterle todo? sucesión de personas físicas con todos los subepígrafes que tiene?

ainsss, esos nervios de la recta final, te contesté en la respuesta 579, dos páginas más atrás, no es un copia pega, así que si alguien le puede dar mejor forma, aprovecho y le doy al copia pega para mi.  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 09 de Enero de 2013, 23:19:09 pm
mnieves en la 573, esos nervios jejeje   gracias nuevamente, siempre de gran ayuda...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: LECARDILLA en 10 de Enero de 2013, 15:50:22 pm
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mnieves en la 573, esos nervios jejeje   gracias nuevamente, siempre de gran ayuda...

Yo voy a la segunda semana, pero visto lo puestos que estáis, necesitaré un cursillo acelerado, sobre todo del 16-17-18...son soporíferos... >:(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: sergiomalaga en 10 de Enero de 2013, 17:21:27 pm
Hola,

Me podeis enviar las preguntas de años anteriores? mi correo es sdr_88@hotmail.com. un saludo y suerte
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 10 de Enero de 2013, 20:19:49 pm
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Yo voy a la segunda semana, pero visto lo puestos que estáis, necesitaré un cursillo acelerado, sobre todo del 16-17-18...son soporíferos... >:(

¡Vamos a hacer un curso rápido de telepatía!

Si a ti te resultan insufibles esos, en mi caso son los primeros, así que como nos presentamos el mismo día, nos podremos ayudar,  :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: carlos marquez en 12 de Enero de 2013, 20:11:04 pm
Hola compañeros,

Tengo que prepararme la asignatura y aún no tengo apuntes con los que estudiar. He mirado en el enlace de esta página y no hay ninguno disponible.

Si alguien me envía un enlace o unos buenos apuntes me sería de gran ayuda.


Gracias a todos.


Un saludo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: rbky en 13 de Enero de 2013, 14:26:12 pm
no sé si hacer la pecs, no estoy bien preparada en esta asignatura, sabén si perjudica la nota en el examen, digo, si suspendo la pecs me baja la nota en el examen???
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 13 de Enero de 2013, 14:45:14 pm
Bajar no sé si bajará, pero para que la tengan en cuenta tienes que tener mínimo un 7.5 en el examen y haber sacado en la pec un mínimo de 1.25 puntos. Vamos que yo, personalmente, ni de coña¡¡
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 13 de Enero de 2013, 15:41:41 pm
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Bajar no sé si bajará, pero para que la tengan en cuenta tienes que tener mínimo un 7.5 en el examen y haber sacado en la pec un mínimo de 1.25 puntos. Vamos que yo, personalmente, ni de coña¡¡

Yo pienso igual...entonces guapi al final na, jeje, que se quede la pec quietita en su sitio mejor...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: paz664 en 13 de Enero de 2013, 17:11:36 pm
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no sé si hacer la pecs, no estoy bien preparada en esta asignatura, sabén si perjudica la nota en el examen, digo, si suspendo la pecs me baja la nota en el examen???

No baja nota, sólo puede dejarte igual o subir.

No se pierde nada más que una hora por intentar hacerla y el esfuerzo de prepararla, al menos a mí, me ha servido para darle otra lectura al libro, lo que no viene mal.

Las PECs que he visto colgadas en la página de uned-derecho derecho me han parecido imposibles de hacer en una hora pero... lo dicho... por intentarlo...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: rbky en 13 de Enero de 2013, 17:37:57 pm
alguien sabe donde la pondrán a la pec??? yo intentaré hacerla y ya está!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: zirtaeb en 13 de Enero de 2013, 17:53:31 pm
la pec es ahora a las 18.00 verdad?? es q no veo nada en tareas ...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: candy2002 en 13 de Enero de 2013, 17:55:40 pm
supongo que la pondrán a las  6 en punto.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: zirtaeb en 13 de Enero de 2013, 17:56:20 pm
bueno pues vamos a ver si entre todos somos capaces de hacerla
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: jgomez1535 en 13 de Enero de 2013, 18:00:01 pm
Pegadla, no la veo!!!!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: zirtaeb en 13 de Enero de 2013, 18:00:27 pm
yo no veo nada
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: candy2002 en 13 de Enero de 2013, 18:03:14 pm
GRADO EN DERECHO

DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I (Código asignatura 66022084)

Prueba de evaluación a distancia (PEC) correspondiente a la primera parte de la asignatura

Debe redactar cuatro preguntas tipo test ofreciendo tres posibles soluciones siendo una sola la correcta y justificándose por qué. Debe tener en cuenta las siguientes instrucciones
•   Tiene 50 minutos para realizar esta prueba y deberá entregarla a través de la plataforma Alf por medio de la aplicación “Entrega de trabajos”. No se aceptarán los envíos pasado este plazo ni por otros medios
•   Las preguntas podrán versar sobre cualquiera de los temas del programa correspondientes a la primera prueba presencial.
•   No podrá realizar más de una pregunta sobre un epígrafe del programa (por ejemplo, dos sobre la analogía).
•   Debe señalar la respuesta correcta y justificar brevemente por qué es esa.
•   Las preguntas deben ser originales. No se podrán copiar de los ejercicios de Autoevaluación.
•   Cada pregunta se valorará hasta un máximo de 2,5 puntos. La valoración se hará en función del grado de dificultad y el conocimiento de la materia que se desprenda de su redacción.
•   No se valorarán las preguntas que resulten excesivamente sencillas o fáciles.
Ejemplo de pregunta no evaluable:
Las clases de tributos son:
a)   Los impuestos, tasas y contribuciones especiales.
b)   Los impuestos y los tributos parafiscales
c)   Los impuestos,tasas, contribuciones especiales y precios públicos
La respuesta correcta es la a) conforme a lo previsto en el art.2 LGT
Ejemplo de pregunta  evaluable:
¿Qué calificación merece el pago de la matricula por estudiar en la UNED?:
a)   Un tasa.
b)   Un impuesto extrafiscal
c)   Un precio público
Es un precio público pues se trata de una actividad administrativa que no es obligatoria ni resulta indispensable y, además, es prestada por el sector privado

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 13 de Enero de 2013, 18:13:48 pm
Vaya práctica original...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: candy2002 en 13 de Enero de 2013, 18:50:44 pm
Bueno....ya está hecha.
En 50 minutos se ha hecho lo que se ha podido...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: candy2002 en 13 de Enero de 2013, 18:52:40 pm
Yo pensaba que era un examen tipo test, así que esto ha sido una sorpresa...
No creo que me haya salido muy bien...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: paz664 en 13 de Enero de 2013, 18:55:14 pm
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Yo pensaba que era un examen tipo test, así que esto ha sido una sorpresa...
No creo que me haya salido muy bien...

La primera, bien. La segunda, menos bien porque queda menos tiempo... y la última, a toda velocidad, que ya eran las 18.49, como saliese...

¡Qué estrés! Me voy a tomar un chupito de moras y a relajarme un rato...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Breos en 13 de Enero de 2013, 19:00:46 pm
Por dios, que mal rato, he quedado pasado de vueltas :-/ pero al fin la entregue a tiempo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Turion en 13 de Enero de 2013, 19:08:12 pm
Enviado a las 19:02h!!!!!!!!!!!! Por los pelos, jajajaja. Al final la 4a pregunta la he tenido que hacer sencilla porque sino no me daba tiempo ni de coña.


Vaya tela... la verdad es que dice mucho de esta gente que envíen prácticas para hacer en 1h y encima no se molesten siquiera en poner ellos las preguntas...


Alucino...


Suerte a todos!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: piano piano en 13 de Enero de 2013, 19:08:32 pm
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La primera, bien. La segunda, menos bien porque queda menos tiempo... y la última, a toda velocidad, que ya eran las 18.49, como saliese...

¡Qué estrés! Me voy a tomar un chupito de moras y a relajarme un rato...

 ;D
Yo también he terminado a toda velocidad.
Saludos.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: robcar en 13 de Enero de 2013, 19:14:32 pm
Yo también la hice alucinando por una prueba tan inesperada, listilla (cómodo para ellos, mínimo esfuerzo) y con requisitos tan elevados por tan poco tiempo - por cierto, porque 50 minutos y no una hora...????? porque las querian originales, ni demasiado sencillas ni que fueran como la autoevaluación... jod...!!!!!!
No sé qué churro habrá salido, ya dependerá de ocmo evaluan los tutores, que esa ya será otra historia, que al final si no se consigue al menos un 8 no va a servir para nada para mejorar nota.... que chasco de PEC porfavor
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Ponder en 13 de Enero de 2013, 19:15:23 pm
¿Soy el único que piensa que van a usar esas preguntas para ponerlas en los exámenes, eligiendo las más retorcidas?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: robcar en 13 de Enero de 2013, 19:17:10 pm
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¿Soy el único que piensa que van a usar esas preguntas para ponerlas en los exámenes, eligiendo las más retorcidas?

pos claro, en los examenes y en las autoevaluaciones, le hacemos el trabajo gratis, por eso digo eso de listillos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 13 de Enero de 2013, 19:27:31 pm
Yo no la he hecho porque eso de que una práctica vaya en función del criterio del equipo docente...vaya subjetividad del término "fácil"
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: rbky en 13 de Enero de 2013, 20:20:18 pm
te pueden poner un 1 o un 10 según a ellos le salga de ahí. para mí lo más complicado eran las opciones incorrectas, pero como la de mercantil fué hace poco la verdad ya estoy hecha de test ajajaja
ahora estoy pensando ¿estudio procesal civil?
a. no, veo una pelí.
b. no, me voy a dormir que mañana entro a trabajar a las 6.
c . bebo una coca cola (zero, para no engordar) estudio procesal civil hasta que se caigan los ojos y mañana, Dios dirá...
elegí la opción C. porque no dejes para mañana lo puedes hacer hoy.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: paz664 en 13 de Enero de 2013, 21:09:02 pm
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te pueden poner un 1 o un 10 según a ellos le salga de ahí. para mí lo más complicado eran las opciones incorrectas, pero como la de mercantil fué hace poco la verdad ya estoy hecha de test ajajaja
ahora estoy pensando ¿estudio procesal civil?
a. no, veo una pelí.
b. no, me voy a dormir que mañana entro a trabajar a las 6.
c . bebo una coca cola (zero, para no engordar) estudio procesal civil hasta que se caigan los ojos y mañana, Dios dirá...
elegí la opción C. porque no dejes para mañana lo puedes hacer hoy.

Vaya, pues me equivoqué... Yo hubiera puesto la a)  ;D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: rbky en 13 de Enero de 2013, 21:38:25 pm
al final opte por la b me voy a dormir no hay quien se concentre  :D  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: chema27 en 14 de Enero de 2013, 10:40:05 am
Buenos días, lo primero disculparme por sí ya esta puesto en otra de las paginas de este hilo, o en otro hilo. Creo haber leído algo sobre las preguntas de examen por temas, he estado buscando un rato pero soy incapaz. Si alguién tuviera a bien enviarme a mi correo o decirme donde buscar.
Mi correo es chemanm27@hotmail.com
Gracias de antemano.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Peke13 en 14 de Enero de 2013, 17:02:16 pm
Alguien puede ayudarme con esta pregunta?

¿Puede un Real Decreto-Ley modificar sustancialmente la regulación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas? Justifique su respuesta a la luz de la doctrina del Tribunal Constitucional sobre la materia.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 14 de Enero de 2013, 17:07:46 pm
Te copio la respuesta de la recopilación de Silu.
8.   Doctrina actual del TC en relación con la admisibilidad del Decreto-ley en la materia tributaria.
¿Qué aspectos tributarios pueden ser regulados pro medio de un Decreto-Ley? (pág libro 135, pág examen 40)
Los límites al Decreto-Ley en materia tributaria deben buscarse en la configuración constitucional del deber de contribuir, es decir, deben referirse a sus elementos esenciales establecidos en el art. 31.1 CE, que no son otros que el de atender al sostenimiento de los gastos públicos con una fronteras precisas:
   La capacidad contributiva de cada uno
   El establecimiento, conservación y mejora de un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad, progresividad y no confiscatoriedad.
Un Decreto-Ley, pues, no podrá alterar ni el régimen general ni aquellos elementos esenciales d elos tributos que incidan en la determinación de la carga tributaria, puesto que de otro modo se afectarían tales elementos esenciales del deber de contribuir. En definitiva, vulnerará el art. 86 CE “cualquier intervención o innovación normativa que, por su entidad cualitativa o cuantitativa, altere sensiblemente la posición del obligado a contribuir según su capacidad económica en el conjunto del sistema tributario”.
Será preciso, por tanto, que se utilice el Decreto-Ley en materia tributaria teniendo en cuenta:
   En qué tributo concreto incide el Decreto-Ley (constatando sobre todo el grado o medida en que interviene el principio de capacidad económica),
   Qué elementos del mismo resultan alterados por este excepcional modo de producción normativa y
   Cuál es la naturaleza y alcance de la concreta regulación de que se trate.
Como conclusión, la doctrina actual del TC sobre esta cuestión se puede resumir:
1)   Es posible utilizar el Decreto-Ley para regular cualquier aspecto del ordenamiento tributario.
2)   Como excepción, y éstos son los únicos límites a tal utilización, no pude emplearse el Decreto-Ley:
a.   Para introducir modificaciones trascendentales en el sistema tributario.
b.   Ni tampoco cuando, como consecuencia del D-Ley aprobado, la capacidad económica de los obligados a contribuir se vea sensiblemente afectada.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Peke13 en 14 de Enero de 2013, 18:34:43 pm
Gracias pravias!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 15 de Enero de 2013, 20:05:52 pm
Supuesto práctico verídico.

No realicé la declaración de la renta del ejercicio 2011, no por que no quisiera, sino porque no nos podían dar el certificado de ingresos en el Ayuntamiento, dado que no se pagaba el porcentaje mensual que se me descontaba de mi nómima (pago fraccionado) a quien se le tenía que pagar, a la Agencia Tributaria Estatal; cuando mi hija se matricula solicita la beca como los dos cursos anteriores, toda vez que reúne el requisito académico en 6 créditos; el viernes le envían una notificación vía correo electrónico, de que está pendiente de aprobación para su ingreso porque no se encuentran datos fiscales correspondientes a mi NIF; ayer fui a buscar el certificado de los ingresos y retenciones al departamento de personal y mi hija lo ha llevado hoy a Cantero Cuadrado, la central de la Uni de Huelva, le han dicho y me han dicho por teléfono que eso no les sirve, que necesita un certificado de imputaciones ??? he estado moviéndome por toda la página de la Agencia Tributaria y no encuentro que es ese tipo de certificado, pero además es que tampoco en la LGT, he aprendido más F y T I desde las 17 horas que ne todo lo que va de cuatrimestres.

Si alguien puede asesorarme, mayormente para saber si, dado que lo que están haciendo es pagando un tanto del IRPF que se adeudaba desde el 2009, y la correspondiente cuota de la seguridad social, más la corriente, pues resulta que aún no se ha llegado a esos seis primeros meses de 2011 ¿podrían no ingresar la beca a mi hija, o peor aún, denegarla, y tener que pagar la matrícula?

no sé si me estoy explicando bien, pero desde luego lo que no pueden hacer es descontar de la beca esos seis meses, mayormente porque ya lo han descontado de mi sueldo neto y sería pagar dos veces,  ???  ??? ???  ???
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Peke13 en 15 de Enero de 2013, 20:30:56 pm
Me podeis ayudar con estas dos preguntas xfa?


11.- ¿Puede ser objeto de aplicación analógica el tipo de gravamen de un tributo? Justifique su respuesta.
 
12.- ¿Puede ser objeto de aplicación analógica el régimen de los obligados al pago de un tributo? Justifique su respuesta.
 
Es posible, por regla general, utilizar la analogía en la aplicación de todas las normas tributarias, cualquiera que sea su naturaleza o carácter (material o procedimental).
 
Por excepción, no es posible utilizar la analogía a la hora de definir el hecho imponible, o de aplicar las exenciones y los demás beneficios o incentivos fiscales.

Mi duda es el tipo de gravamen y el regimen de los obligados al pago de un tributo, en que grupo entran... El regimen de los obligados digo yo que podria ser una disposicion de precedimie to por lo tanto estaria permitida la analogia pero en el otro caso?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Estupendo en 15 de Enero de 2013, 21:41:32 pm
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Me podeis ayudar con estas dos preguntas xfa?


11.- ¿Puede ser objeto de aplicación analógica el tipo de gravamen de un tributo? Justifique su respuesta.
 
12.- ¿Puede ser objeto de aplicación analógica el régimen de los obligados al pago de un tributo? Justifique su respuesta.
 
Es posible, por regla general, utilizar la analogía en la aplicación de todas las normas tributarias, cualquiera que sea su naturaleza o carácter (material o procedimental).
 
Por excepción, no es posible utilizar la analogía a la hora de definir el hecho imponible, o de aplicar las exenciones y los demás beneficios o incentivos fiscales.

Mi duda es el tipo de gravamen y el regimen de los obligados al pago de un tributo, en que grupo entran... El regimen de los obligados digo yo que podria ser una disposicion de precedimie to por lo tanto estaria permitida la analogia pero en el otro caso?
El tipo de gravamen sirve para cuantificar el tributo y es materia sujeta a reserva de ley, el régimen de los obligados dirá quien tiene que pagar impuestos y también es materia sujeta a reserva de ley.

Según mi opinión, aunque la aplicación de la analogía solo está vedada a la definición del hecho imponible, el régimen de exenciones y beneficios fiscales, no quiere decir que pueda aplicarse al resto de materias tributarias y en particular no puede ser aplicadas en aquellas materias sujetas a reserva de ley, como es el caso de las que propones.

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: sgl82 en 15 de Enero de 2013, 22:29:01 pm
alquien me puede decir si la LGT se puede llevar al examen
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 15 de Enero de 2013, 22:31:46 pm
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alquien me puede decir si la LGT se puede llevar al examen

Es como si preguntas que si se puede llevar el Código Civil al examen de Derecho Civil...¿como van a dejar llevar la LGT? Si todas las respuestas están en esa ley....o casi todas...y no veas en el segundo parcial...ahí sí que de verdad se puede preparar el examen con la LGT...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: sgl82 en 15 de Enero de 2013, 22:42:47 pm
muchas gracias por la contestación pero con un si o no era bastante.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 16 de Enero de 2013, 00:20:42 am
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muchas gracias por la contestación pero con un si o no era bastante.

 ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Peke13 en 16 de Enero de 2013, 01:47:13 am
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El tipo de gravamen sirve para cuantificar el tributo y es materia sujeta a reserva de ley, el régimen de los obligados dirá quien tiene que pagar impuestos y también es materia sujeta a reserva de ley.

Según mi opinión, aunque la aplicación de la analogía solo está vedada a la definición del hecho imponible, el régimen de exenciones y beneficios fiscales, no quiere decir que pueda aplicarse al resto de materias tributarias y en particular no puede ser aplicadas en aquellas materias sujetas a reserva de ley, como es el caso de las que propones.

Perdonar pero no me entero de nada de esta asignatura... Porque a las materias de reserva de ley tampoco se les luede aplicar la analogia?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 16 de Enero de 2013, 03:12:47 am
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Perdonar pero no me entero de nada de esta asignatura... Porque a las materias de reserva de ley tampoco se les luede aplicar la analogia?

no sé si te acuerdas de Civil I; la analogía se aplica a supuestos de hecho que no están recogidos en las normas, pero con los que guardan identidad de razón; hay elementos de la obligación tributaria que están supeditados a la reserva de ley, pero no es ésta la cuestión, lo que pasa que lo que está protegido por la reserva de ley, mira qué casualidad, son los elementos en lo que no se puede aplicar la analogía, ¿por qué? pues porque ese supuesto de hecho que estudiamos en Civil I en F y T I afecta a elementos que nunca van a ser iguales, pero no basándome en la reserva de ley, aunque yo a esta pregunta respondería lo siguiente,

11.- ¿Puede ser objeto de aplicación analógica el tipo de gravamen de un tributo? Justifique su respuesta

Sí, ya que el tipo de gravamen no está contemplado en el art. 14 LGT que establece que "no se admitirá la analogía para extender más allá de sus términos estrictos el ámbito del Hecho Imponible, las exenciones y demás beneficios fiscales.

y a esta,

12.- ¿Puede ser objeto de aplicación analógica el régimen de los obligados al pago de un tributo? Justifique su respuesta.

Dado que lo sujetos obligados al pago de un tributo pueden verse afectados por alguna exención o beneficio fiscal, sí podría aplicarse la analogía, si el supuesto de hecho que constituye la exención o el beneficio es el mismo que el de otros sujetos u obligados tributarios, en base al art. 14 LGT.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Estupendo en 16 de Enero de 2013, 10:20:13 am
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11.- ¿Puede ser objeto de aplicación analógica el tipo de gravamen de un tributo? Justifique su respuesta

Sí, ya que el tipo de gravamen no está contemplado en el art. 14 LGT que establece que "no se admitirá la analogía para extender más allá de sus términos estrictos el ámbito del Hecho Imponible, las exenciones y demás beneficios fiscales.

ART 8 LGT: Se regularán en todo caso por ley: a)..... la fijación del tipo de gravamen y de los demas elementos determinantes de la cuantía.......

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12.- ¿Puede ser objeto de aplicación analógica el régimen de los obligados al pago de un tributo? Justifique su respuesta.

Dado que lo sujetos obligados al pago de un tributo pueden verse afectados por alguna exención o beneficio fiscal, sí podría aplicarse la analogía, si el supuesto de hecho que constituye la exención o el beneficio es el mismo que el de otros sujetos u obligados tributarios, en base al art. 14 LGT.


Art 8 LGT. Se regularán en todo caso por ley c) La determinación de los obligados tributarios previstos en....
d) El establecimiento, modificación, supresion.... de exenciones, reduciones, bonificaciones....


Son aspectos reservados a reserva, necesariamente han de ser regulados por norma y no una norma cualquiera sino con rango de ley. La analogía se aplica a supuestos no contemplados por la norma.

De todas formas he revisado esto y el libro apunta a que el TC sería el único con potestad para aplicar la analogía en materias con reserva de ley con el objeto de preservar principios y valores constitucionales.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: robcar en 16 de Enero de 2013, 11:48:08 am
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muchas gracias por la contestación pero con un si o no era bastante.

La mejor respuesta a una pregunta de ese tipo la dio un compañero no me acuerdo dónde: "Sí claro, y al salir del examen te llevas un jamón de pata negra"  ::)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 16 de Enero de 2013, 13:45:06 pm
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ART 8 LGT: Se regularán en todo caso por ley: a)..... la fijación del tipo de gravamen y de los demas elementos determinantes de la cuantía.......

Art 8 LGT. Se regularán en todo caso por ley c) La determinación de los obligados tributarios previstos en....
d) El establecimiento, modificación, supresion.... de exenciones, reduciones, bonificaciones....


Son aspectos reservados a reserva, necesariamente han de ser regulados por norma y no una norma cualquiera sino con rango de ley. La analogía se aplica a supuestos no contemplados por la norma.

De todas formas he revisado esto y el libro apunta a que el TC sería el único con potestad para aplicar la analogía en materias con reserva de ley con el objeto de preservar principios y valores constitucionales.

Pregunta y respuesta del profesor en Alf,

En la página 166-167 indica que la analogía no se utilizará a la hora de definir el hecho imponible, es decir, que no se admitirá para extender más allá de sus términos estrictos el ámbito del hecho imponible.
qué comprende el ámbito del hecho imponible? comprende a la base imponible? comprende la determinación de la cuota integra? comprende el tipo de gravamen? no entiendo a qué elementos o hechos alcanza la frase "a la hora de definir el hecho imponible"


Estimada alumna,
El art. 14 LGT sólo prohíbe la analogía para "extender más allá de sus
términos estrictos el ámbito del hecho imponible, de las exenciones y
demás beneficios o incentivos fiscales".

Por consiguiente, en principio cabría la analogía para aplicar los tipos
de gravamen, la base imponible o los sujetos pasivos.

Ahora bien, en la medida en que los tipos reducidos constituyen
beneficios o incentivos fiscales, no son susceptibles de aplicación
analógica.

Lo mismo sucedería con aquellos aspectos de la regulación de los sujetos
pasivos que -por las características de un determinado tributo- estén
unidos de modo inseparable a la delimitación del hecho imponible.
Un saludo.



no entiendo tu respuesta, la reserva de ley implica que no puede ser regulada por una norma que no reúna tales requisito, como por ejemplo, un reglamento, pero qué tiene que ver la reserva de ley con la aplicación analógica. ???
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 16 de Enero de 2013, 13:49:00 pm
la analogía es la aplicación a supuestos no contemplados en la norma pero con los que guardan identidad de razón; así, si un supuesto, como tu apuntas recogidos en la LGT, se diese el supuesto de no estar regulado y no encontrarse en ese art. 14 que marca "lo prohibido para la extensión analógica" en materia tributaria, y se diese uno en el que pueda darse la "identidad de razón", por qué no se va aplicar, de forma supletoria, la regla general del Código Civil.,  ???
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: silvia70 en 16 de Enero de 2013, 13:58:22 pm
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muchas gracias por la contestación pero con un si o no era bastante.

Sinceramente pienso que cada persona te puede responder como quiera mientras no te falte al respeto. No se que te ha podido sentar mal, si te ha dado información adicional.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: nicamana en 17 de Enero de 2013, 16:07:05 pm
Yo querría saber si ya se tienen los apuntes que completan los dos primeros temas en lo relativo a la ley de estabilidad presupuestaria pues en los que tenemos libros anteriores a la última edición no aparece.

Gracias.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 17 de Enero de 2013, 16:14:13 pm
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Yo querría saber si ya se tienen los apuntes que completan los dos primeros temas en lo relativo a la ley de estabilidad presupuestaria pues en los que tenemos libros anteriores a la última edición no aparece.

Gracias.
Tanto los apuntes actualizados de Marta como los que han hecho el grupo están actualizados
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Peke13 en 17 de Enero de 2013, 20:08:07 pm
Otra pregunta.... ¿Puede la utilizacion de una piscina publica dar lugar en algun caso al pago de una tasa? Justifica su respuesta. En caso de respuesta afirmativa indique en que casos puede suceder eso.

Yo diria que no, que seria el pago de un precio publico. Es correcto??
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 17 de Enero de 2013, 20:29:05 pm
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Otra pregunta.... ¿Puede la utilizacion de una piscina publica dar lugar en algun caso al pago de una tasa? Justifica su respuesta. En caso de respuesta afirmativa indique en que casos puede suceder eso.

Yo diria que no, que seria el pago de un precio publico. Es correcto??

en alf tienes la respuesta a esta pregunta contestada por los profesores y la respuesta fue que sí, argumentada por supuesto, pero sí si no hay una piscina privada en la localidad. Hay que ver todas las opciones ya que el enunciado es algo escaso. Esto fue pregunta de examen el año pasado
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: chema27 en 17 de Enero de 2013, 21:13:12 pm
Buenas noches. Estoy preparando la asignatura con la edición n 22 ¿ sabéis sí en los bloques I, IV y V, hay diferencias con la edición n 23?
Muchas gracias de antemano.
Un saludo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 17 de Enero de 2013, 22:32:37 pm
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Buenas noches. Estoy preparando la asignatura con la edición n 22 ¿ sabéis sí en los bloques I, IV y V, hay diferencias con la edición n 23?
Muchas gracias de antemano.
Un saludo.

Ya se ha dicho un par de veces que sí, en lo referente a la Ley 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria, que es nuevo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: nicamana en 18 de Enero de 2013, 00:05:03 am
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Tanto los apuntes actualizados de Marta como los que han hecho el grupo están actualizados

Ahora solo queda saber donde están esos apuntes de Marta, que no lo se.

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 18 de Enero de 2013, 09:56:20 am
https://skydrive.live.com/#cid=C71FE73E99D53E38&id=C71FE73E99D53E38%21265
Lo he puesto algunas veces, repito el enlace
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: nicamana en 18 de Enero de 2013, 13:10:08 pm
Excelente.

Es un trabajo extraordinario.

Gracias a los dos.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: candy2002 en 19 de Enero de 2013, 16:36:15 pm
a alguien le han puesto la nota de la pec??
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 19 de Enero de 2013, 19:48:10 pm
alguien me puede explicar lo siguiente?


Las personas o entidades que contraten o subcontraten obras o servicios correspondientes a su actividad ecoonómica principal serán rsponsables de los tributos que tuvieran que ser objeto de retención o repercusión por parte del contratista o subcontratista en la parte correspondiente a la obra o servicio contratados
Para enervar...

Es el artículo 43.1 f de la responsabilidad subsidiaria pero es que no lo pillo.



estoy más perdido que teta en la espalda.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 19 de Enero de 2013, 20:24:41 pm
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alguien me puede explicar lo siguiente?


Las personas o entidades que contraten o subcontraten obras o servicios correspondientes a su actividad ecoonómica principal serán rsponsables de los tributos que tuvieran que ser objeto de retención o repercusión por parte del contratista o subcontratista en la parte correspondiente a la obra o servicio contratados
Para enervar...

Es el artículo 43.1 f de la responsabilidad subsidiaria pero es que no lo pillo.



estoy más perdido que teta en la espalda.

Si tú eres un constructor y subcontratas una empresa para realizar una obra (actividad económica principal, pues tú construyes), serás responsable subsidiario de las obligaciones tributarias relativas a tributos que deban repercutirse o cantidades que deban retenerse a trabajadores, profesionales u otros empresarios, en la parte que corresponda a las obras que has contratado. Va en relación con el art. 42 del estatuto del trabajador que, más o menos, se refiere a lo mismo.
Para no tener responsabilidad subsidiaria, la empresa subcontratada deberá presentarte un certificado, expedido por la agencia tributaria, como que está al corriente de sus obligaciones tributarias.

No sé si te he aclarado algo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 19 de Enero de 2013, 20:31:34 pm
Perfectamente, me ha quedado muy claro, la verdad que los últimos temas tienen chicha.

Graciñas
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 19 de Enero de 2013, 22:58:20 pm
Ahí va otra:

Sobre el acto declarativo de la responsabilidad solidaria, dice que se podrá dictarse o notificarse antes o después del periodo voluntario del deudor principal,

quiere decir que si ha sido antes hay que esperar a que pase el tiempo voluntario del deudor principal y más tarde se le notificará el acto  al solidario y si es después pues ya no sé...

qué lío madre!!

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 19 de Enero de 2013, 23:08:11 pm
Ya no hace falta
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: PIERO NICOLA en 20 de Enero de 2013, 01:05:10 am
Yo estoy tan perdido que ni dudas tengo  :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: robcar en 20 de Enero de 2013, 15:22:28 pm
¿Alguien que haya hecho la PEC, habeis recibido la nota? especialmente de Madrid
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebp en 20 de Enero de 2013, 18:00:11 pm
Hola a tod@s, pregunta para los que tenéis el libro edición de este año. Cuando os hace referencia a las competencias a nivel estatal os dice Ministerio de Economía y Hacienda o hace referencia a los nuevos Economía y competitividad o Hacienda y Administraciones Públicas? yo estoy estudiando con apuntes de Vivero, pero he echado un ojo a los de Marta Calvo y en ambos veo Ministerio de Economía y hacienda... :-\

gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 20 de Enero de 2013, 22:55:12 pm
Madre mía, no se acaba, y tengo pensado ir la primera semana.

Que alguien me ponga una vela que si yo la pongo no se cumple  ;D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 20 de Enero de 2013, 23:18:58 pm
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Hola a tod@s, pregunta para los que tenéis el libro edición de este año. Cuando os hace referencia a las competencias a nivel estatal os dice Ministerio de Economía y Hacienda o hace referencia a los nuevos Economía y competitividad o Hacienda y Administraciones Públicas? yo estoy estudiando con apuntes de Vivero, pero he echado un ojo a los de Marta Calvo y en ambos veo Ministerio de Economía y hacienda... :-\

gracias

Hola ebp.

No sé exactamente a lo que haces referencia, supongo que dado que has escrito competencias, debes de estar en la Lección 2, pero de todas formas el que se haga mención a la denominación del Ministerio tal como aparece recogida en la LOFCA, he de suponer que te refiere al Consejo de Política Fiscal y Financiera de las CCAA, del cual forma parte el Ministro de Hacienda, el Ministro de Administraciones Públicas y el Consejero de Hacienda de cada Comunidad o cada Ciudad Autónoma.

Sí, se recoge de la misma forma en el manual actualizado, en el que aparece la Ley de 2012 de estabilidad presupuestaria, pero no se ha modificado la LOFCA en ninguno de sus arts., con lo cual los dos Ministros, resulta que ahora es uno sólo, aunque tampoco creo que afecte a las competencias a nivel estatal o autonómico, puesto que éstas no recaen en el órgano unipersonal del ministro o del consejero, sino en los correspondiente legislativos, o los correspondientes ejecutivos, depende de la norma.

Salu2
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 20 de Enero de 2013, 23:21:27 pm
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Madre mía, no se acaba, y tengo pensado ir la primera semana.

Que alguien me ponga una vela que si yo la pongo no se cumple  ;D

Yo necesito cuatro, que voy a la dos cuatrimestrales "nuevas", amén de Economía y Penal I, lo malo es mejor quitarlo primero,  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 21 de Enero de 2013, 00:01:02 am
Alguien me puede explicar de forma breve en los tipos de gravamen tenemos las alicuotas o tipos de gravamen porcentuales, no entiendo bien dentro de los progresivos los dos que vienen el continuo y el otro por escalones

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 21 de Enero de 2013, 00:01:14 am
Yo a esta voy la primera semana...velas pa' todos entonces, jeje, porque tela...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 21 de Enero de 2013, 00:05:06 am
Yo hago cacao con los ultimos temas, el 17 bien pero ya el 18 cuando empieza con los diferentes métodos para calcular la base imponible los tipos de gravamen y la madre que los parió ya me empiezo a perder, me hago la picha un lío

Si el segundo parcial es peor la cosa promete...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebp en 21 de Enero de 2013, 08:58:52 am
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Hola ebp.

No sé exactamente a lo que haces referencia, supongo que dado que has escrito competencias, debes de estar en la Lección 2, pero de todas formas el que se haga mención a la denominación del Ministerio tal como aparece recogida en la LOFCA, he de suponer que te refiere al Consejo de Política Fiscal y Financiera de las CCAA, del cual forma parte el Ministro de Hacienda, el Ministro de Administraciones Públicas y el Consejero de Hacienda de cada Comunidad o cada Ciudad Autónoma.

Sí, se recoge de la misma forma en el manual actualizado, en el que aparece la Ley de 2012 de estabilidad presupuestaria, pero no se ha modificado la LOFCA en ninguno de sus arts., con lo cual los dos Ministros, resulta que ahora es uno sólo, aunque tampoco creo que afecte a las competencias a nivel estatal o autonómico, puesto que éstas no recaen en el órgano unipersonal del ministro o del consejero, sino en los correspondiente legislativos, o los correspondientes ejecutivos, depende de la norma.

Salu2

Gracias, me refiero al tema 17, sujetos de la obligación tributaria, en los puntos 2 y 3 (las administraciones tributarias y AEAT) hace constantes referencias al Ministerio de Hacienda y me ha surgido la duda de si en el libro de este año, podía haberse recogido la reforma que introdujo el PP al llegar al Gobierno, o bien se mantenía la anterior como está en los apuntes "Ministerio de Hacienda".
Son cosas que luego me hacen dudar en el examen, quizás tonterías, pero una vez sentada allí me planteo, cómo lo pongo mal o bien!!!
Tú qué referencia harías, al actual Ministerio (hacienda y A. públicas) o al anterior Hacienda tal cual??


Gracias

P.D. alguien tiene una quiniela de lo que más preguntan es esta asignatura?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 21 de Enero de 2013, 10:46:59 am
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Gracias, me refiero al tema 17, sujetos de la obligación tributaria, en los puntos 2 y 3 (las administraciones tributarias y AEAT) hace constantes referencias al Ministerio de Hacienda y me ha surgido la duda de si en el libro de este año, podía haberse recogido la reforma que introdujo el PP al llegar al Gobierno, o bien se mantenía la anterior como está en los apuntes "Ministerio de Hacienda".
Son cosas que luego me hacen dudar en el examen, quizás tonterías, pero una vez sentada allí me planteo, cómo lo pongo mal o bien!!!
Tú qué referencia harías, al actual Ministerio (hacienda y A. públicas) o al anterior Hacienda tal cual??


Gracias

P.D. alguien tiene una quiniela de lo que más preguntan es esta asignatura?

Hola, en ese tema se hace referencia en el punto II de la Lección 11 del manual, página 291, cuando se refiere a las Administraciones tributarias, y de forma específica, a la Administración General del Estado, a quien corresponde no la titularidad -como erróneamente afirma el art. 5.2 TRLGP, sino la gestión y aplicación de los tributos y de los demás derechos de contenido económico de la Hacienda estatal.
(...)
La Administración de los derechos de la Hacienda Pública estatal corresponde al Ministerio de Hacienda y a los organismos autónomos, según su titularidad, (...)

En el punto III, página 294 y ss, que trata sobre la Agencia Tributaria, se recoge nada más comenzar el epígrafe, "Como queda dicho, en el ámbito de las competencias del Estado, la aplicación de los tributos, el ejercicio de la potestad sancionadora y la función revisora en vía administrativa corresponde al Ministerio de Economía y Hacienda (...).

No creo que te debas preocupar por eso ebp, tanto si recoges lo del punto II, como si recoges lo del punto III, se puede hacer mención a la denominación genérica del Ministerio de Hacienda, con eso es "ni pa ti ni pa mi", y desde luego, esta bien contestado, porque aunque antes estuviesen unidos esos dos ministerios, en realidad nada tiene que ver uno con otro.

 ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 21 de Enero de 2013, 11:16:00 am
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Gracias, me refiero al tema 17, sujetos de la obligación tributaria, en los puntos 2 y 3 (las administraciones tributarias y AEAT) hace constantes referencias al Ministerio de Hacienda y me ha surgido la duda de si en el libro de este año, podía haberse recogido la reforma que introdujo el PP al llegar al Gobierno, o bien se mantenía la anterior como está en los apuntes "Ministerio de Hacienda".
Son cosas que luego me hacen dudar en el examen, quizás tonterías, pero una vez sentada allí me planteo, cómo lo pongo mal o bien!!!
Tú qué referencia harías, al actual Ministerio (hacienda y A. públicas) o al anterior Hacienda tal cual??


Gracias

P.D. alguien tiene una quiniela de lo que más preguntan es esta asignatura?

BOE del 31-12-2011


Artículo 4. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
1. El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Hacienda, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Tributos.
2.º La Dirección General del Catastro.
3.º El Tribunal Económico-Administrativo Central.
4.º La Dirección General de Ordenación del Juego.
B) La Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Presupuestos.
2.º La Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas.
3.º La Dirección General de Fondos Comunitarios.
C) La Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, con rango de Subsecretaría, de la que depende la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales.
2.º La Dirección General de la Función Pública.
3.º La Dirección General de Modernización Administrativa, Procedimientos e Impulso de la Administración Electrónica.
4.º La Dirección General de Coordinación de la Administración Periférica del Estado.
D) La Subsecretaría de Hacienda y Administraciones Públicas, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General Técnica.
2.º La Dirección General del Patrimonio del Estado.
3.º La Inspección General.
2. Está adscrita a la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, la Intervención General de la Administración del Estado, con rango de Subsecretaría.
3. Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos:
a) La Secretaría General de Hacienda.
b) La Secretaría General de Presupuestos y Gastos.
c) La Secretaría General Técnica del Ministerio de Economía y Hacienda.
d) La Inspección General del Ministerio de Economía y Hacienda.
e) La Dirección General de Cooperación Autonómica.
f) La Dirección General de Cooperación Local.
g) La Dirección General de Desarrollo Autonómico.
h) La Dirección General de Coordinación Financiera con las Comunidades Autónomas y con las Entidades Locales.
i) La Dirección General para el Impulso de la Administración Electrónica.
j) La Dirección General de Organización Administrativa y Procedimientos.
k) La Secretaría General Técnica del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública.
l) la Dirección General de Relaciones Institucionales y Organización.

Artículo 12. Ministerio de Economía y Competitividad.
1. El Ministerio de Economía y Competitividad se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, con rango de Subsecretaría.
2.º La Dirección General de Política Económica.
3.º La Dirección General de Análisis Macroeconómico y Economía Internacional.
4.º La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
B) La Secretaría de Estado de Comercio, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Comercio e Inversiones.
2.º La Dirección General de Comercio Interior, que asume las competencias que en materia de comercio interior tenía atribuidas la Secretaría General de Turismo y Comercio Interior.
C) La Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General de Innovación, con rango de Subsecretaría, de la que depende la Dirección General de Transferencia de Tecnología y Desarrollo Empresarial.
2.º La Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i.
D) La Subsecretaría de Economía y Competitividad, de la que depende la Secretaría General Técnica.
2. Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos:
a) La Secretaría General de Política Económica y Economía Internacional, cuyas competencias asume la Dirección General de Política Económica, con excepción de las correspondientes a la Dirección General de Análisis Macroeconómico y Economía Internacional.
b) La Dirección General del Tesoro y Política Financiera, cuyas competencias asume la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera.
c) La Dirección General de Financiación Internacional, cuyas competencias asume la Dirección General de Análisis Macroeconómico y Economía Internacional, excepto las correspondientes a la coordinación de la política de España ante el Fondo Monetario Internacional y el Banco Europeo de Inversiones que asume la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera.
d) La Dirección General de Cooperación Internacional y Relaciones Institucionales, cuyas competencias serán asumidas por la Secretaría General de Innovación y por la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i.
e) La Secretaría General Técnica del Ministerio de Ciencia e Innovación.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebp en 21 de Enero de 2013, 11:57:11 am
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Hola, en ese tema se hace referencia en el punto II de la Lección 11 del manual, página 291, cuando se refiere a las Administraciones tributarias, y de forma específica, a la Administración General del Estado, a quien corresponde no la titularidad -como erróneamente afirma el art. 5.2 TRLGP, sino la gestión y aplicación de los tributos y de los demás derechos de contenido económico de la Hacienda estatal.
(...)
La Administración de los derechos de la Hacienda Pública estatal corresponde al Ministerio de Hacienda y a los organismos autónomos, según su titularidad, (...)

En el punto III, página 294 y ss, que trata sobre la Agencia Tributaria, se recoge nada más comenzar el epígrafe, "Como queda dicho, en el ámbito de las competencias del Estado, la aplicación de los tributos, el ejercicio de la potestad sancionadora y la función revisora en vía administrativa corresponde al Ministerio de Economía y Hacienda (...).

No creo que te debas preocupar por eso ebp, tanto si recoges lo del punto II, como si recoges lo del punto III, se puede hacer mención a la denominación genérica del Ministerio de Hacienda, con eso es "ni pa ti ni pa mi", y desde luego, esta bien contestado, porque aunque antes estuviesen unidos esos dos ministerios, en realidad nada tiene que ver uno con otro.

 ;)

 :) gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebp en 21 de Enero de 2013, 12:01:00 pm
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BOE del 31-12-2011


Artículo 4. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
1. El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Hacienda, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Tributos.
2.º La Dirección General del Catastro.
3.º El Tribunal Económico-Administrativo Central.
4.º La Dirección General de Ordenación del Juego.
B) La Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Presupuestos.
2.º La Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas.
3.º La Dirección General de Fondos Comunitarios.
C) La Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, con rango de Subsecretaría, de la que depende la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales.
2.º La Dirección General de la Función Pública.
3.º La Dirección General de Modernización Administrativa, Procedimientos e Impulso de la Administración Electrónica.
4.º La Dirección General de Coordinación de la Administración Periférica del Estado.
D) La Subsecretaría de Hacienda y Administraciones Públicas, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General Técnica.
2.º La Dirección General del Patrimonio del Estado.
3.º La Inspección General.
2. Está adscrita a la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, la Intervención General de la Administración del Estado, con rango de Subsecretaría.
3. Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos:
a) La Secretaría General de Hacienda.
b) La Secretaría General de Presupuestos y Gastos.
c) La Secretaría General Técnica del Ministerio de Economía y Hacienda.
d) La Inspección General del Ministerio de Economía y Hacienda.
e) La Dirección General de Cooperación Autonómica.
f) La Dirección General de Cooperación Local.
g) La Dirección General de Desarrollo Autonómico.
h) La Dirección General de Coordinación Financiera con las Comunidades Autónomas y con las Entidades Locales.
i) La Dirección General para el Impulso de la Administración Electrónica.
j) La Dirección General de Organización Administrativa y Procedimientos.
k) La Secretaría General Técnica del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública.
l) la Dirección General de Relaciones Institucionales y Organización.

Artículo 12. Ministerio de Economía y Competitividad.
1. El Ministerio de Economía y Competitividad se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A) La Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, con rango de Subsecretaría.
2.º La Dirección General de Política Económica.
3.º La Dirección General de Análisis Macroeconómico y Economía Internacional.
4.º La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
B) La Secretaría de Estado de Comercio, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Dirección General de Comercio e Inversiones.
2.º La Dirección General de Comercio Interior, que asume las competencias que en materia de comercio interior tenía atribuidas la Secretaría General de Turismo y Comercio Interior.
C) La Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
1.º La Secretaría General de Innovación, con rango de Subsecretaría, de la que depende la Dirección General de Transferencia de Tecnología y Desarrollo Empresarial.
2.º La Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i.
D) La Subsecretaría de Economía y Competitividad, de la que depende la Secretaría General Técnica.
2. Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos:
a) La Secretaría General de Política Económica y Economía Internacional, cuyas competencias asume la Dirección General de Política Económica, con excepción de las correspondientes a la Dirección General de Análisis Macroeconómico y Economía Internacional.
b) La Dirección General del Tesoro y Política Financiera, cuyas competencias asume la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera.
c) La Dirección General de Financiación Internacional, cuyas competencias asume la Dirección General de Análisis Macroeconómico y Economía Internacional, excepto las correspondientes a la coordinación de la política de España ante el Fondo Monetario Internacional y el Banco Europeo de Inversiones que asume la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera.
d) La Dirección General de Cooperación Internacional y Relaciones Institucionales, cuyas competencias serán asumidas por la Secretaría General de Innovación y por la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i.
e) La Secretaría General Técnica del Ministerio de Ciencia e Innovación.

 :)gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Amra en 21 de Enero de 2013, 13:42:55 pm
Hola, están colgadas las preguntas de exámenes de años anteriores pero, ¿sabéis si hay algún archivo donde estén todas contestadas? Gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mimg en 21 de Enero de 2013, 13:53:31 pm
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Hola, están colgadas las preguntas de exámenes de años anteriores pero, ¿sabéis si hay algún archivo donde estén todas contestadas? Gracias
Hola, ¿me puedes decir dónde están colgadas?
Gracias.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Amra en 21 de Enero de 2013, 14:05:28 pm
Vale, ya lo he encontrado en apuntes temporales http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=77454.0
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 21 de Enero de 2013, 17:29:45 pm
Como saber si es tasa o no?, a ver si lo he entendido:
-Tasas son los tributos cuyo hecho imponible consiste :
----1- en la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público,
----2- la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de derecho público que se refieran, afecten o beneficien de modo particular al obligado tributario SI cumple algunas de estas dos condiciones:
-cuando los servicios o actividades no sean de solicitud o recepción voluntaria para los obligados tributarios
-o no se presten o realicen por el sector privado.
Entiendo que siempre esos servicios sean "obligatorios" da igual que el sector privado los suministre. Miraremos primero que sean obligatorios, si son así tasa, si no son obligatorios miramos la segunda condicion y si ese servicio es suministrado por el sector público entonces sería precio
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: candy2002 en 21 de Enero de 2013, 17:30:14 pm
TEngo un 10 en la pec!!!!!!!!!!!
A ver si luego me sirve para algo.....

Pero bueno, hoy estoy la mar de contenta!!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 21 de Enero de 2013, 17:38:18 pm
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Como saber si es tasa o no?, a ver si lo he entendido:
-Tasas son los tributos cuyo hecho imponible consiste :
----1- en la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público,
----2- la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de derecho público que se refieran, afecten o beneficien de modo particular al obligado tributario SI cumple algunas de estas dos condiciones:
-cuando los servicios o actividades no sean de solicitud o recepción voluntaria para los obligados tributarios
-o no se presten o realicen por el sector privado.
Entiendo que siempre esos servicios sean "obligatorios" da igual que el sector privado los suministre. Miraremos primero que sean obligatorios, si son así tasa, si no son obligatorios miramos la segunda condicion y si ese servicio es suministrado por el sector público entonces sería precio

Puede ser un servicio no obligatorio y ser tasa igualmente ya que es prestado única y exclusivamente por un ente público. No tienen que darse las dos condiciones.
En Alf, sobre una pregunta del año pasado los profesores colgaron la solución y lo explicaban muy bien. Era la pregunta sobre la piscina, échale un ojo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 21 de Enero de 2013, 17:40:26 pm
Si eso era lo que quería decir, que solo con tener una de las condiciones ya sería tasa  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 22 de Enero de 2013, 10:09:25 am
Estoy con la condonación parcial y dice que será en los casos de actas de inspección con acuerdo o de conformidad  ???

qué quiere decir?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 22 de Enero de 2013, 10:20:02 am
Por lo que he entendido cuando en algunos supuestos es dificil liquidar porque hay conceptos jurídicos indeterminados, hay que hacer estimaciones que no se puedan estimar de forma cierta, etc, pues la inspección realiza ese acta imponiendo X sanción, si la persona acepta pues se le puede reducir ese importe al 50%.
Más detalles
http://noticias.juridicas.com/articulos/35-Derecho%20Fiscal,%20Financiero%20y%20Tributario/200403-2355922910332988.html
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 22 de Enero de 2013, 10:25:17 am
ok, mare ya la estoy terminando pero dónde quedaron los primeros tmas, en el olvido
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: marco.leon en 22 de Enero de 2013, 21:14:54 pm
Buenas, haciendo repaso de las preguntas frecuentes de Financiero y Tributario I, sigo sin poder claramente responder a ésta:

Debe la capacidad económica estar presente de identidad manera y con igual intensidad en todas las figuras tributarias...

No entiendo a qué se refiere con "capacidad económica identidad manera y con igual intensidad

No se si los tiros van por el principio de generalidad, igualdad, etc. La capacidad económica es manifestada por el hecho imponible. Entiendo que el hecho imponible difiere en cada figura tributaria pues de ésta manera varía la capacidad económica de cada individuo.
¿Alguien me puede sacar de la duda?
Gracias!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 22 de Enero de 2013, 21:22:39 pm
Yo creo que va por la capacidad económica del sujeto que tiene que soltar el parné, que en cada sujeto se manifiesta de diferente forma, bien a través de la riqueza que tiene o a través de los ingresos que obtiene, por eso la intensidad de la figura tributaria será diferente para cada sujeto

si yo tengo un patrimonio muy grande tendré que pagar más que alguien que lo tiene más pequeño o sea el tributo será mayor en mi caso

Creo que va por ahí, por eso lo del art de la consti. 31.1 que dice todos contribuirán dependiendo de su capacidad económica.

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 23 de Enero de 2013, 00:06:40 am
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Buenas, haciendo repaso de las preguntas frecuentes de Financiero y Tributario I, sigo sin poder claramente responder a ésta:

Debe la capacidad económica estar presente de identidad manera y con igual intensidad en todas las figuras tributarias...

No entiendo a qué se refiere con "capacidad económica identidad manera y con igual intensidad

No se si los tiros van por el principio de generalidad, igualdad, etc. La capacidad económica es manifestada por el hecho imponible. Entiendo que el hecho imponible difiere en cada figura tributaria pues de ésta manera varía la capacidad económica de cada individuo.
¿Alguien me puede sacar de la duda?
Gracias!

Yo eso lo encuadraría, además del artículo que puso Raúl, con lo del tema de las tasas, ya que la capacidad económica debe estar presente en los tributos, pero en las tasas y en las contribuciones especiales lo que importa es la actividad administrativa prestada o realizada, en tanto que en ellas el principio de capacidad económica aparece más diluido...

Vamos, así a groso modo, es lo que yo entiendo, resumidamente.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 23 de Enero de 2013, 09:41:24 am
Yo entiendo que aunque la CE habla de la capacidad económica, esta capacidad no esta presente con la misma intensidad en cada tributo, por ejemplo una persona vende su casa porque necesita el dinero, esta estaría grabada con una plusvalía pero realmente no se ha producido un aumento en su capacidad económica, en fin un lío  :-[
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 23 de Enero de 2013, 10:21:04 am
Hola, una pregunta:

Tema 19

¿Qué requisitos debe reunir el crédito admvo para que se pueda compensar con él una deuda tributaria?  ???
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 23 de Enero de 2013, 10:24:55 am
Las deudas tributarias de un obligado tributario podrán extinguirse total o parcialmente por compensación con créditos reconocidos por un acto administrativo firme a favor del mismo obligado, en las condiciones que reglamentariamente se establezcan. El acuerdo de compensación que es meramente declarativo, recogerá dicha extinción

En este blog están las preguntas contestadas, gracias a Paty
http://patypunedapu.blogspot.com.es/2010/02/uned-preguntas-frecuentes-financiero-i_18.html
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 23 de Enero de 2013, 10:52:51 am
Gracias pravias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: xelito00 en 23 de Enero de 2013, 11:57:44 am
Muchas gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Vara en 23 de Enero de 2013, 14:58:39 pm
Hola!!

¿Existe algún documento con preguntas de otros años? Para ver cómo son y cómo va a tirar el examen...

Gracias!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 23 de Enero de 2013, 15:05:41 pm
joder lo vuestro no tiene nombre, busca joder que 7 más lo han preguntado un poco más arriba.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 23 de Enero de 2013, 15:06:19 pm
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Hola!!

¿Existe algún documento con preguntas de otros años? Para ver cómo son y cómo va a tirar el examen...

Gracias!

TRES PUBLICACIONES MAS ARRIBA DE LA TUYA 
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: monitorio en 23 de Enero de 2013, 18:55:15 pm
hola..

a ver si alguien me puede ayudar..resulta que yo he estudiado por unos apuntes que no tenian la actualizacion de la estabilidad dey presupuestaria.

me podriais decir donde podria encontrar solamente dicha actualizacion?

ya se que los apuntes de marta calvo estan actualizados pero si alguien tiene solamente la actualizacion para no tener que cribar los apuntes de marta.

gracias y suerte
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 23 de Enero de 2013, 19:26:38 pm
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hola..

a ver si alguien me puede ayudar..resulta que yo he estudiado por unos apuntes que no tenian la actualizacion de la estabilidad dey presupuestaria.

me podriais decir donde podria encontrar solamente dicha actualizacion?

ya se que los apuntes de marta calvo estan actualizados pero si alguien tiene solamente la actualizacion para no tener que cribar los apuntes de marta.

gracias y suerte

http://www.boe.es/boe/dias/2012/04/30/pdfs/BOE-A-2012-5730.pdf

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 24 de Enero de 2013, 10:37:35 am
Hola, no entiendo nada lo del derecho de prelación general como garantía del crédito, me lo puede explicar alguien con palabras que pueda entender, gracias.

qué cruz!!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 24 de Enero de 2013, 10:48:57 am
Raul que es lo que no entiendes?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 24 de Enero de 2013, 10:56:07 am
Pues ni la pregunta, derecho de prelación general como garantía del crédito, qu´viene a decir, explícamelo si puedes...

después te leo, me voy a cultivar el cuerpo que la mente no tiene remedio.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 24 de Enero de 2013, 11:00:37 am
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Hola, no entiendo nada lo del derecho de prelación general como garantía del crédito, me lo puede explicar alguien con palabras que pueda entender, gracias.

qué cruz!!

Es un derecho que tiene la Hacienda Pública frente a otros acreedores, que se transforma en un derecho real en caso de concurso, determinando la preferencia de la hacienda a la hora de distribuir el producto de la venta de los bienes embargados, salvo que concurran con la hacienda acreedores de dominio, prenda o hipoteca, con su derecho inscrito en el Registro. Es decir: Tú tienes una deuda con la Agencia tributaria y no lo has pagado. Tienes determinados bienes a tu nombre inscritos en el Registro de la propiedad. La AEAT envía al Registro de la Propiedad un mandamiento de anotación de embargo de inmuebles con fecha 24/01/2013. Entre las inscripciones registrales de dicha finca figura anotada desde el 13/06/2007 una hipoteca a favor del Banco X. Pues bien, si se acuerda la enajenación del inmueble, tendrá preferencia para el cobro el banco. La AEAT sólo dispondría del sobrante. Si no hay acreedores con su derecho inscrito, tendrá preferencia la hacienda.

No sé si te he ayudado. La verdad es que financiero lo tengo atravesaico.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 24 de Enero de 2013, 11:05:01 am
 ;D Victoria lo ha explicado genial, financiero tiene miga hay que leerlo mil veces y aún así siempre surgen dudas y cosas nuevas
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raquelilla70 en 24 de Enero de 2013, 11:10:41 am
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Es un derecho que tiene la Hacienda Pública frente a otros acreedores, que se transforma en un derecho real en caso de concurso, determinando la preferencia de la hacienda a la hora de distribuir el producto de la venta de los bienes embargados, salvo que concurran con la hacienda acreedores de dominio, prenda o hipoteca, con su derecho inscrito en el Registro. Es decir: Tú tienes una deuda con la Agencia tributaria y no lo has pagado. Tienes determinados bienes a tu nombre inscritos en el Registro de la propiedad. La AEAT envía al Registro de la Propiedad un mandamiento de anotación de embargo de inmuebles con fecha 24/01/2013. Entre las inscripciones registrales de dicha finca figura anotada desde el 13/06/2007 una hipoteca a favor del Banco X. Pues bien, si se acuerda la enajenación del inmueble, tendrá preferencia para el cobro el banco. La AEAT sólo dispondría del sobrante. Si no hay acreedores con su derecho inscrito, tendrá preferencia la hacienda.

No sé si te he ayudado. La verdad es que financiero lo tengo atravesaico.
pues no se nota jaja, haciendo el examen invocaré los post de Victoriasoy  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 24 de Enero de 2013, 11:19:37 am
Raquelilla, con los apuntes delante es fácil responder. Ya te lo diré cuando esté sola ante el peligro, sin material de apoyo y con las preguntitas que nos ponen... glups!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 24 de Enero de 2013, 11:33:03 am
 :D yo lo que tengo claro, es que hacienda nunca se cansa de perseguirte y que es toda poderosa para cobrar las deudas  ;D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 24 de Enero de 2013, 12:21:06 pm
Gracias por la respuesta, a mí como no me pregunten definiciones etc voy barranco abajo, estoy más perdido que hp en el día del padre.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: yogarcia en 24 de Enero de 2013, 17:50:32 pm
Hola!
¿Sabéis si en esta asignatura se suelen repetir en los exámenes preguntas de años anteriores? A mí eso me ayudó muchísimo el año pasado con alguna asignatura, como por ejemplo Historia, que me estudié las preguntas de años anteriores y me cayeron.

Gracias y suerte a tod@s
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 24 de Enero de 2013, 17:57:48 pm
Algunas si, otras pues sorprenden
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 24 de Enero de 2013, 18:25:53 pm
Contestación tutor licenciatura:
El artículo 14 LGT no prohibe expresamente la aplicación analógica del régimen de los
obligados tributarios, sino sólo de las normas que regulan el hecho imponible, las exenciones
y bonificaciones. No obstante:

a) El régimen de los sujetos pasivos está generalmente muy unido al elemento subjetivo
del hecho imponible. En la medida en que esto sea así, la aplicación analógica está
prohibida.

b) Aunque el tema se discute la prohibición de analogía en materia tributaria tiene un cierto
fundamento constitucional en los principios de reserva de ley y de seguridad jurídica. Pues
bien, es posible que una concreta aplicación analógica del régimen de los obligados (por
ejemplo de los responsables tributarios) quebrante estos principios, aunque no quede
excluído expresamente por el art. 14 LGT.

En definitiva, en mi opinión, la aplicación analógica del régimen de los obligados tributarios
sólo es posible en la medida en que no se refiera al elemento subjetivo del hecho imponible
(por excluirlo el art. 14 LGT) ni tenga consecuencias que lesionen los principos
constitucionales de reserva de ley y seguridad jurídica.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 24 de Enero de 2013, 23:25:42 pm
Hay una pregunta de examen que ha caído y no encuentro respuesta...si alguien sabe, que se manifieste, jeje...

Bueno va: ¿El obligado a realizar pagos a cuenta del tributo es siempre una persona o entidad distinta del contribuyente? Justifique su respuesta. En caso de respuesta negativa, indique en qué casos se da esa identidad, esto es, en qué casos el obligado a realizar pagos a cuenta es el propio contribuyente.

¿Alguien...?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 24 de Enero de 2013, 23:30:04 pm
La institución de la retención, la del ingreso a cuenta y la del pago fraccionado suponen la descomposición del tributo en obligaciones o deberes pecuniarios diferentes, e incluso, en el caso de la retención y la del ingreso a cuenta son a cargo de sujetos distintos.

[A la pregunta que hacen, si el obligado a realizar pagos a cuenta del tributo es siempre una persona o entidad distinta del contribuyente, yo (Marta Calvo) contesto que no, pues en el pago fraccionado ingresan los mismos empresarios y profesionales que desarrollan ellos mismos las actividades económicas.]

El ingreso anticipado constituye el cumplimiento de una obligación específica, diferente de la obligación tributaria principal, y que, en el caso de retención e ingreso a cuenta, recae sobre el pagador de los rendimientos, que no es el sujeto pasivo del tributo ni ha demostrado capacidad económica alguna. Responde, sin embargo, en nombre propio y de una deuda propia, siendo, por ende, sujeto de un deber o de una obligación de naturaleza tributaria pero no contributiva, pues no es con su patrimonio con el que hará frente a la obligación de ingresar a la Hacienda Pública, sino con la renta del sujeto pasivo, sobre la que detrae una parte en lugar de abonársela íntegramente.
Por eso el artículo 35 LGT califica al retenedor y al obligado a pagos a cuenta como sujetos tributarios distintos del sujeto pasivo del tributo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 24 de Enero de 2013, 23:34:23 pm
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La institución de la retención, la del ingreso a cuenta y la del pago fraccionado suponen la descomposición del tributo en obligaciones o deberes pecuniarios diferentes, e incluso, en el caso de la retención y la del ingreso a cuenta son a cargo de sujetos distintos.

[A la pregunta que hacen, si el obligado a realizar pagos a cuenta del tributo es siempre una persona o entidad distinta del contribuyente, yo (Marta Calvo) contesto que no, pues en el pago fraccionado ingresan los mismos empresarios y profesionales que desarrollan ellos mismos las actividades económicas.]

El ingreso anticipado constituye el cumplimiento de una obligación específica, diferente de la obligación tributaria principal, y que, en el caso de retención e ingreso a cuenta, recae sobre el pagador de los rendimientos, que no es el sujeto pasivo del tributo ni ha demostrado capacidad económica alguna. Responde, sin embargo, en nombre propio y de una deuda propia, siendo, por ende, sujeto de un deber o de una obligación de naturaleza tributaria pero no contributiva, pues no es con su patrimonio con el que hará frente a la obligación de ingresar a la Hacienda Pública, sino con la renta del sujeto pasivo, sobre la que detrae una parte en lugar de abonársela íntegramente.
Por eso el artículo 35 LGT califica al retenedor y al obligado a pagos a cuenta como sujetos tributarios distintos del sujeto pasivo del tributo.

Muchas gracias Marta, ya me ha quedado clara la cosa :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 24 de Enero de 2013, 23:37:18 pm
A ver que opina por ejemplo victoriasoy y otras compañeras que preparan la asignatura éste año :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 24 de Enero de 2013, 23:39:05 pm
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A ver que opina por ejemplo victoriasoy y otras compañeras que preparan la asignatura éste año :)

¿Que qué opino? Que estaba intentando encontrar la respuesta y me he copiado tu argumento... ;D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 24 de Enero de 2013, 23:43:02 pm
Bueno, yo tengo clara ésta respuesta, de verdad: Los empresarios y los profesionales ingresan los impuestos ellos mismos cada trimestre, IVA e IRPF...los asalariados, como yo misma, me lo detrae mi pagador de la nómina y lo ingresa él (mi empresario)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 24 de Enero de 2013, 23:44:04 pm
y los hombres qué, no valemos?

es el pago fraccionado sí se realiza por el propio contribuyente que en su momento realza la liquidación final, empresarios o profesionales que durante el periodo impositivo ingresan una parte de los rendimientos derivados de la actividad que realizan, o sea son ellos mismos contribuyentes...

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: rbky en 24 de Enero de 2013, 23:44:13 pm
alguna novedad de la nota de la pecs, el exámen el lunes y nada de nada... no sé esto es muy extraño deberían salir antes no??? porque podrían evaluar el exámen según la pecs... >:(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: yogarcia en 25 de Enero de 2013, 08:21:07 am
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La institución de la retención, la del ingreso a cuenta y la del pago fraccionado suponen la descomposición del tributo en obligaciones o deberes pecuniarios diferentes, e incluso, en el caso de la retención y la del ingreso a cuenta son a cargo de sujetos distintos.

[A la pregunta que hacen, si el obligado a realizar pagos a cuenta del tributo es siempre una persona o entidad distinta del contribuyente, yo (Marta Calvo) contesto que no, pues en el pago fraccionado ingresan los mismos empresarios y profesionales que desarrollan ellos mismos las actividades económicas.]

El ingreso anticipado constituye el cumplimiento de una obligación específica, diferente de la obligación tributaria principal, y que, en el caso de retención e ingreso a cuenta, recae sobre el pagador de los rendimientos, que no es el sujeto pasivo del tributo ni ha demostrado capacidad económica alguna. Responde, sin embargo, en nombre propio y de una deuda propia, siendo, por ende, sujeto de un deber o de una obligación de naturaleza tributaria pero no contributiva, pues no es con su patrimonio con el que hará frente a la obligación de ingresar a la Hacienda Pública, sino con la renta del sujeto pasivo, sobre la que detrae una parte en lugar de abonársela íntegramente.
Por eso el artículo 35 LGT califica al retenedor y al obligado a pagos a cuenta como sujetos tributarios distintos del sujeto pasivo del tributo.

Pero Marta, según yo lo entiendo hay un poco de contradicción en tu respuesta, pues al principio dices que la persona obligada a realizar un pago a cuenta no es distinta del contribuyente, pero luego mencionas el art. 35 LGT, que dice que el obligado a pagos a cuenta es sujeto tributario distinto del sujeto pasivo. ¿Lo podrías por favor aclarar? Es que no me queda claro si es distinto o no. Por cierto te quería dar las gracias, porque estoy estudiando por tus apuntes, y son geniales.
Yolanda
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 25 de Enero de 2013, 08:48:59 am
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Pero Marta, según yo lo entiendo hay un poco de contradicción en tu respuesta, pues al principio dices que la persona obligada a realizar un pago a cuenta no es distinta del contribuyente, pero luego mencionas el art. 35 LGT, que dice que el obligado a pagos a cuenta es sujeto tributario distinto del sujeto pasivo. ¿Lo podrías por favor aclarar? Es que no me queda claro si es distinto o no. Por cierto te quería dar las gracias, porque estoy estudiando por tus apuntes, y son geniales.
Yolanda


Ainsss...a ver si explico lo que quise decir...la pregunta es:
¿El obligado a realizar pagos a cuenta del tributo es siempre una persona o entidad distinta del contribuyente? Justifique su respuesta. En caso de respuesta negativa, indique en qué casos se da esa identidad, esto es, en qué casos el obligado a realizar pagos a cuenta es el propio contribuyente.
El obligado a realizar pagos a cuenta del tributo no siempre es una persona o entidad distinta del contribuyente...si siempre fuera una persona distinta todos seríamos asalariados.
Por lo tanto, ahi tenemos a los profesionales y a los autónomos que ingresan ellos mismos los pagos a cuenta del tributo...por lo tanto ellos son la excepción.
Respuesta: No, algunas veces, quien está obligado a hacer el pago es el propio contribuyente.
¿Y en qué casos? profesionales y autonomos, que ingresan ellos mismos.

Yogarcia, dices que pongo que "Pero Marta, según yo lo entiendo hay un poco de contradicción en tu respuesta, pues al principio dices que la persona obligada a realizar un pago a cuenta no es distinta del contribuyente..."...¿donde he escrito eso?

Saluditos...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: yogarcia en 25 de Enero de 2013, 08:59:15 am
Hola Marta!

Referente a los autónomos, tamibién el perceptor de sus servicios ingresa a cuenta del autónomo una cantidad en Hacienda. Por ejemplo, yo soy autónomo, y emito una factura a otro autónomo o empresa, en donde se desglosa el porcentaje del IRPF por mis servicios. Pues bien ese otro autónomo o empresa tiene que pagar la parte de mi IRPF a mi nombre en Hacienda, por lo tanto, también en el caso de los autónomos hay pagos a cuenta.

Tú dices: "A la pregunta que hacen, si el obligado a realizar pagos a cuenta del tributo es siempre una persona o entidad distinta del contribuyente, yo (Marta Calvo) contesto que no", estás diciendo que no es distinta, ¿no?

Vaya lío, espero comentarios....
Gracias
Yolanda

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 25 de Enero de 2013, 09:05:29 am
Tú dices: "A la pregunta que hacen, si el obligado a realizar pagos a cuenta del tributo es siempre una persona o entidad distinta del contribuyente, yo (Marta Calvo) contesto que no", estás diciendo que no es distinta, ¿no?

contesto que no, que no siempre el obligado es una persona distinta del contribuyente...que tambien puede ser el contribuyente...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: yogarcia en 25 de Enero de 2013, 09:30:16 am
Aclarado Marta!

Gracias de nuevo
Yolanda
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 25 de Enero de 2013, 09:34:18 am
De nada... ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 25 de Enero de 2013, 17:55:22 pm
Otra duda existencial me surge a días antes, en que todo se duda ya...jeje...bueno eso y que no encuentro la respuesta a la pregunta, y es si en algún caso, la responsabilidad tributaria abarca a las sanciones...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 25 de Enero de 2013, 18:01:45 pm
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Otra duda existencial me surge a días antes, en que todo se duda ya...jeje...bueno eso y que no encuentro la respuesta a la pregunta, y es si en algún caso, la responsabilidad tributaria abarca a las sanciones...

Cuando habla de la responsabilidad solidaria dice que quienes ayuden activamente a un 3º en una infracción tributaria dicha responsabiidad se extenderá a la sanción, 42.1 a) LGT

Por lo que entiendo es que sí.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 25 de Enero de 2013, 18:03:39 pm
Liz ¿eso es de los últimos temas?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 25 de Enero de 2013, 18:07:06 pm
Aunque el art. 41.4 añade que la responsabilidad no alcalzará a las sanciones salvo las excepciones que en esta u otra ley se establezcan.

Aunque entiendo por el art. 42.1 a) que será una de las execepción cuando colaboren activamente en la infracción sí se extenderá a las sanciones.

No sé si es eso.

Viva esta asignatura
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 25 de Enero de 2013, 18:10:06 pm
Sí Marta y Raúl, es del tema 17...yo entiendo que es lo que dice Raúl, no sé si abarca algún supuesto más...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 25 de Enero de 2013, 18:15:04 pm
Creo que Raul está en lo cierto, te copio y pego la LGT, voy a ver que contesté el año pasado en las respuestas a examenes de otros años


Artículo 41. Responsabilidad tributaria.

1. La Ley podrá configurar como responsables solidarios o subsidiarios de la deuda tributaria, junto a los deudores principales, a otras personas o entidades. A estos efectos, se considerarán deudores principales los obligados tributarios del apartado 2 del artículo 35 de esta Ley.

2. Salvo precepto legal expreso en contrario, la responsabilidad será siempre subsidiaria.

3. Redacción según Ley 36/2006, de 29 de noviembre. Salvo lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 42 de esta Ley, la responsabilidad alcanzará a la totalidad de la deuda tributaria exigida en período voluntario.

Cuando haya transcurrido el plazo voluntario de pago que se conceda al responsable sin realizar el ingreso, se iniciará el período ejecutivo y se exigirán los recargos e intereses que procedan.

4. Redacción según Ley 7/2012, de 29 de octubre. La responsabilidad no alcanzará a las sanciones, salvo las excepciones que en esta u otra Ley se establezcan.

En los supuestos en que la responsabilidad alcance a las sanciones, cuando el deudor principal hubiera tenido derecho a la reducción prevista en el artículo 188.1.b) de esta Ley, la deuda derivada será el importe que proceda sin aplicar la reducción correspondiente, en su caso, al deudor principal y se dará trámite de conformidad al responsable en la propuesta de declaración de responsabilidad.

La reducción por conformidad será la prevista en el artículo 188.1.b) de esta Ley. La reducción obtenida por el responsable se le exigirá sin más trámite en el caso de que presente cualquier recurso o reclamación frente al acuerdo de declaración de responsabilidad, fundado en la procedencia de la derivación o en las liquidaciones derivadas.

A los responsables de la deuda tributaria les será de aplicación la reducción prevista en el artículo 188.3 de esta Ley.

Las reducciones previstas en este apartado no serán aplicables a los supuestos de responsabilidad por el pago de deudas del artículo 42.2 de esta Ley.

5. Salvo que una norma con rango de Ley disponga otra cosa, la derivación de la acción administrativa para exigir el pago de la deuda tributaria a los responsables requerirá un acto administrativo en el que, previa audiencia al interesado, se declare la responsabilidad y se determine su alcance y extensión, de conformidad con lo previsto en los artículos 174 a 176 de esta Ley. Con anterioridad a esta declaración, la Administración competente podrá adoptar medidas cautelares del artículo 81 de esta Ley y realizar actuaciones de investigación con las facultades previstas en los artículos 142 y 162 de esta Ley.

La derivación de la acción administrativa a los responsables subsidiarios requerirá la previa declaración de fallido del deudor principal y de los responsables solidarios.

6. Los responsables tienen derecho de reembolso frente al deudor principal en los términos previstos en la legislación civil.

Artículo 42. Responsables solidarios.

1. Serán responsables solidarios de la deuda tributaria las siguientes personas o entidades:

    Las que sean causantes o colaboren activamente en la realización de una infracción tributaria. Su responsabilidad también se extenderá a la sanción.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: pasteles en 25 de Enero de 2013, 18:23:44 pm
Marta, permíteme una aclaración :-\: quien efectúa retenciones de ciertos rendimientos es el sustituto, y éste, es sujeto pasivo. Y, según el artículo 36.3 LGT, lo es de la obligación tributaria principal, dejando claro que no es necesario ser el realizador del hecho imponible para ser sujeto pasivo.
Otra cosa distinta es si se trata de obligación tributaria principal o no.
Por un lado dice el art. 36 que el sustituto lleva a cabo la obligación tributaria principal y las formales inherentes a la misma ocupando el lugar del contribuyente.
Pero por otro lado, el art. 99 da Ley del IRPF dice que estos pagos a cuenta son deuda tributaria, y como sabemos, la deuda tributaria se compone de la cuota tributaria nacida de la obligación tributaria principal mas las obligaciones accesorias, o tambien de los pagos a cuenta más las obligaciones accesorias. Por tanto, no queda me queda claro si los anticipos del tributo deben ser tratados como obligación tributaria principal o no. Un saludo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 25 de Enero de 2013, 18:31:12 pm
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Marta, permíteme una aclaración :-\: quien efectúa retenciones de ciertos rendimientos es el sustituto, y éste, es sujeto pasivo. Y, según el artículo 36.3 LGT, lo es de la obligación tributaria principal, dejando claro que no es necesario ser el realizador del hecho imponible para ser sujeto pasivo.
Otra cosa distinta es si se trata de obligación tributaria principal o no.
Por un lado dice el art. 36 que el sustituto lleva a cabo la obligación tributaria principal y las formales inherentes a la misma ocupando el lugar del contribuyente.
Pero por otro lado, el art. 99 da Ley del IRPF dice que estos pagos a cuenta son deuda tributaria, y como sabemos, la deuda tributaria se compone de la cuota tributaria nacida de la obligación tributaria principal mas las obligaciones accesorias, o tambien de los pagos a cuenta más las obligaciones accesorias. Por tanto, no queda me queda claro si los anticipos del tributo deben ser tratados como obligación tributaria principal o no. Un saludo.


Quiero recordar que esto se debatió el curso pasado, cuando yo hice F y T, pero ahora, y con mi examen de civil III el martes, no tengo tiempo, disculpame por no poder debatirlo contigo....si ésto se plantea hace tres semanas por ejemplo, por supuestísimo que hubiera buscado toda la información.... :-[

Respecto al otro tema, el de las sanciones, para Liz, te copio y pego una pregunta de otros años donde tambien se da la responsabilidad en las sanciones del articulo 42 LGT:

P-Si el adquirente de una explotación o actividad económica solicita a la Administración certificación de las deudas y sanciones pendientes de la actividad y esta certificación no se expide en el plazo de tres meses, ¿qué consecuencias se producen en relación con la responsabilidad de aquél por las deudas tributarias derivadas de esa explotación o actividad económica? R08

Si el adquirente hubiera solicitado a la Administración, antes de la adquisición y previa conformidad del anterior titular, certificación de las deudas y sanciones pendientes de la actividad, conforme al artículo 175.2 LGT, en cuyo caso limitará su responsabilidad a las que figuren en la certificación.
Si la certificación se expidiera sin mencionar deudas, sanciones o responsabilidades o no se facilitara en el plazo señalado, el solicitante quedará exento de la responsabilidad a  la que se refiere dicho artículo (articulo 42 LGT)
Si no se hubiera solicitado dicho certificado, la responsabilidad alcanzará también a las sanciones impuestas o que puedan imponerse (articulo 42 LGT).


Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 25 de Enero de 2013, 18:36:39 pm
Yo creo que el que realiza la retención no es ni contribuyente ni sustituto, sino obligado tributario a realizar pagos a cuenta.

mmm ya no sé.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 25 de Enero de 2013, 18:42:15 pm
Ya que todos estos son obligados tributarios.... ;D

Artículo 35. Obligados tributarios.

1. Son obligados tributarios las personas físicas o jurídicas y las entidades a las que la normativa tributaria impone el cumplimiento de obligaciones tributarias.

2. Entre otros, son obligados tributarios:

    Los contribuyentes.

    Los sustitutos del contribuyente.

    Los obligados a realizar pagos fraccionados.

    Los retenedores.

    Los obligados a practicar ingresos a cuenta.

    Los obligados a repercutir.

    Los obligados a soportar la repercusión.

    Los obligados a soportar la retención.

    Los obligados a soportar los ingresos a cuenta.

    Los sucesores.

    Los beneficiarios de supuestos de exención, devolución o bonificaciones tributarias, cuando no tengan la condición de sujetos pasivos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 25 de Enero de 2013, 18:44:03 pm
 ???

Y eso?

Se puede ser obligado tributario y no sujeto pasivo, pero cuando se es sujeto pasivo(contribuyente o sustituto) se es obligado tributario.

Non capisco por qué pegas el artículo  :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 25 de Enero de 2013, 18:47:26 pm
Los articulos 36 a 42 de la LGT son fundamentales y son mucho mas sencillos de estudiar por la ley, te lo aseguro.

Artículo 36. Sujetos pasivos: contribuyente y sustituto del contribuyente.

1. Es sujeto pasivo el obligado tributario que, según la Ley, debe cumplir la obligación tributaria principal, así como las obligaciones formales inherentes a la misma, sea como contribuyente o como sustituto del mismo.

No perderá la condición de sujeto pasivo quien deba repercutir la cuota tributaria a otros obligados, salvo que la Ley de cada tributo disponga otra cosa.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 25 de Enero de 2013, 18:53:11 pm
Jaja, vaya lío esto...gracias a los dos, ya me ha quedado claro.

Es interesante Marta tu matiz final ya que por un lado, la responsabilidad abarca sanciones en caso de que los responsables hayan colaborado activamente en la infracción tributaria, pero además viene bien tu matiz porque añade el supuesto de, aparte de los responsables, en el caso del adquirente por otro lado, aunque es otra historia, y en caso de no especificar la pregunta a qué epígrafe o supuesto se refiere, está bien relacionarlo porque es cierto que también se extenderá la responsabilidad a la sanción de no haber éste solicitado a la Admón, antes de la adquisición y previa conformidad del anterior titular, certificación de las deudas y sanciones pendientes...

Creo que lo he puesto bien, jeje, me lo estaba copiando...gracias!! :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: pasteles en 25 de Enero de 2013, 19:22:38 pm
Raul, todo sujeto pasivo es deudor del tributo, sin embargo, NO TODOS los deudores u obligados al pago son contribuyentes o sustitutos y por tanto NO SON SUJETOS PASIVOS (ejemplo: el responsable)

dos ejemplos que ponen de manifiesto la figura del sustituto son:

1.-Por un lado, quien efectúa retenciones de los rendimientos que deba pagar es sustituto.

2.-Por otro lado, está el impuesto que grava el consumo de alcohol o el tabaco. A quien quiere gravar el legislador realmente es al consumidor final, sin embargo quien primero paga es el fabricante u otros intermediarios que lo hacen en calidad de sujetos pasivos de la obligación (como sustituto). Luego éstos pueden repercutir lo pagado a los consumidores, que estarán obligados a soportarlo.
El responsable solo responde de las obligaciones materiales pero nunca de las formales.
Aquí las estrellas principales de la película son el contribuyente o el sustituto del contribuyente (ambos son sujetos pasivos de la obligación tributaria, tanto material como formal). Uno por realizar el hecho imponible que hace surgir la obligación de contribuir y el otro que, no llevando a cabo la manifestación de capacidad económica (hecho imponible), se sitúa en lugar del contribuyente por imposición de la ley. Solo ésta determinará en que casos cabe la figura del sustituto.
Luego vienen los demás, como el responsable, que hará frente a las obligaciones materiales, con carácter subsidiario, si los "sujetos pasivos" no llevan a cabo la obligación tributaria.
Espero habertelo aclarado.
Marta no te preocupes, dale duro que queda poco.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 25 de Enero de 2013, 19:32:40 pm
Aprende uno más leyendo el foro (o participando) que con el temario.

Gracias  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: pasteles en 25 de Enero de 2013, 19:34:35 pm
eso eso, lo mismo ocurre en economía politica contigo. Te veo mu puesta. Me voy a ir a castellon a hacer el examen contigo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 25 de Enero de 2013, 19:38:32 pm
Jeje, eso es cierto Victoriasoy...yo lo mismo le compro a Marta un billetito a Tenerife también, jeje
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 25 de Enero de 2013, 19:47:31 pm
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Jeje, eso es cierto Victoriasoy...yo lo mismo le compro a Marta un billetito a Tenerife también, jeje

Pues no estaría mal irse a Tenerife...con el calorcito de allí, yo que estoy en la fría, lluviosa y humeda Asturias.
Siento decirte Liz, que al igual que el segundo parcial clavé ahí un 7,5....en el primer parcial me catearon estrepitosamente jejeje, lo saqué en Septiembre, claro, que jejeje intenté preparalo en 10 días y a punto estuve de aprobar...fue una sola preguntilla, la de la práctica, que tened mucho cuidado con ella si la contestais..por cierto, las preguntas hay que contestarlas por el orden de los enunciados...leed bien las instrucciones que dan...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 25 de Enero de 2013, 19:49:41 pm
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Pues no estaría mal irse a Tenerife...con el calorcito de allí, yo que estoy en la fría, lluviosa y humeda Asturias.
Siento decirte Liz, que al igual que el segundo parcial clavé ahí un 7,5....en el primer parcial me catearon estrepitosamente jejeje, lo saqué en Septiembre, claro, que jejeje intenté preparalo en 10 días y a punto estuve de aprobar...fue una sola preguntilla, la de la práctica, que tened mucho cuidado con ella si la contestais..por cierto, las preguntas hay que contestarlas por el orden de los enunciados...leed bien las instrucciones que dan...

Tranquila que a mí me pasó como tú pero al revés, ya que en este parcial saqué notable pero en el 2º me quedó para septiembre y ni en septiembre, así que aquí estoy de nuevo, qué desgracia...

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 25 de Enero de 2013, 19:52:06 pm
Pues el segundo parcial se saca con unos cuantos articulos de la LGT exclusivamente...te lo aseguro, porque ni las preguntas de otros años me aprendí y volví a insistir en prepararlo en 10 días....
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 25 de Enero de 2013, 19:55:43 pm
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Pues el segundo parcial se saca con unos cuantos articulos de la LGT exclusivamente...te lo aseguro, porque ni las preguntas de otros años me aprendí y volví a insistir en prepararlo en 10 días....

pues ya nos adelantarás esos artículos...jeje, pero después de este parcial. Ahora vamos a lo que vamos.

Yo ya no tengo ni una duda, pues las tengo todas.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: yogarcia en 25 de Enero de 2013, 20:12:00 pm
¿Alguien tiene los resúmenes que se estaban confeccionando de esta asignatura? He enviado un e-mail a fyt12012@hotmail.es pero no he recibido contestación, y el tiempo apremia ....

Mi e-mail es yechevarria@ono.com

Gracias
Yolanda
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 25 de Enero de 2013, 21:36:49 pm
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Raul, todo sujeto pasivo es deudor del tributo, sin embargo, NO TODOS los deudores u obligados al pago son contribuyentes o sustitutos y por tanto NO SON SUJETOS PASIVOS (ejemplo: el responsable)

dos ejemplos que ponen de manifiesto la figura del sustituto son:

1.-Por un lado, quien efectúa retenciones de los rendimientos que deba pagar es sustituto.

2.-Por otro lado, está el impuesto que grava el consumo de alcohol o el tabaco. A quien quiere gravar el legislador realmente es al consumidor final, sin embargo quien primero paga es el fabricante u otros intermediarios que lo hacen en calidad de sujetos pasivos de la obligación (como sustituto). Luego éstos pueden repercutir lo pagado a los consumidores, que estarán obligados a soportarlo.
El responsable solo responde de las obligaciones materiales pero nunca de las formales.
Aquí las estrellas principales de la película son el contribuyente o el sustituto del contribuyente (ambos son sujetos pasivos de la obligación tributaria, tanto material como formal). Uno por realizar el hecho imponible que hace surgir la obligación de contribuir y el otro que, no llevando a cabo la manifestación de capacidad económica (hecho imponible), se sitúa en lugar del contribuyente por imposición de la ley. Solo ésta determinará en que casos cabe la figura del sustituto.
Luego vienen los demás, como el responsable, que hará frente a las obligaciones materiales, con carácter subsidiario, si los "sujetos pasivos" no llevan a cabo la obligación tributaria.
Espero habertelo aclarado.
Marta no te preocupes, dale duro que queda poco.

es cierto, me había liado un poco.

Gracias.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 26 de Enero de 2013, 13:32:18 pm
Apostaría que sale lo del Decreto Ley, lo han preguntado mucho de diferentes formas, si se puede regular cualquier apsecto del sistema tributario a través de decreto ley, y si se puede modificar el irpf a través del decreto ley...

Yo al menos tengo 4 preguntas que han caído sbre este tema del decreto.

De los primeros 5 temas cmo mucho creo que caerá una pregunta, si se supone que de los temas 6 a 11 cae una, del12 al 19 que son donde está la chicha caerán 4, total 6.

Así que hagan apuestas para los que vamos el lunes con un par...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: pasteles en 26 de Enero de 2013, 14:59:57 pm
Una cosa está clara. Según mi profundo estudio de preguntas, temas y demás datos estadísticos  :D se desprende una conclusión que, a fecho de hoy, estoy dispuesto a afirmar con rotundidad y aseguro que al 100 por 100 cae el lunes, sino al tiempo. El tema 4 del libro, que se corresponde con el tema 13, 14, 15 del programa creo, es decir el tributo (impuesto, tasas, o contribuciones especiales) ha salido en todos y cada uno de los exámenes de cada año. Repito, en todos. Además, no una vez en cada examen, sino que, si no recuerdo mal, en más del 40% de los exámenes el tema 4 del libro se ha repetido en dos o incluso en tres ocasiones en un mismo examen. Así que ya sabéis. Espero que lean esto los profesores o que ya estén preparados los exámenes, sino la cago.

Otra cuestión. Lo dicho por Raúl sobre el Decreto Ley es correcto. Sale mucho, pero preguntado de distinta forma. Del Decreto Ley debeis centraros en las materias tributarias que no pueden ser reguladas por este medio. Olvidaros de qué es y de como surge, su proceso de convalidación y demás, esto no es Constitucional, centraros en su referencia al tributo y la interpretación que hace el TC sobre los elementos que pueden ser regulados por este medio. Un saludo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: pasteles en 26 de Enero de 2013, 15:03:42 pm
Otra cosa. Estudiar los PRECIOS PÚBLICOS. No son tributos, pero son muy preguntados para ser comparados con las tasas (cuales son sus diferencias).
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 26 de Enero de 2013, 15:12:07 pm
Sí está claro que algo de la parte de los tributos tasas impuestos contribuciones especiales cae algo y como dices tú el precio público alguna pregunta en plan caso práctico, diría que el régimen jurídico tiene papeletas también...

Bueno a ver qué pasa.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: pasteles en 26 de Enero de 2013, 15:13:40 pm
Mi quiniela sería:

tema del libro: 4 (una o dos preguntas); 9; 10; 14;

luego puede que caiga algo de las fuentes. Tema 6.

del tema 6 al 11 no creo que caiga ninguna. Tan solo en un examen de treinta y tantos salió.

Un saludo y suerte.

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Dictum en 26 de Enero de 2013, 18:26:12 pm
Una duda de una pregunta que ha salido en exámenes:
¿Puede ser objeto de aplicación analógica el régimen de los obligados al pago de un tributo?
Gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 26 de Enero de 2013, 18:55:06 pm
Yo imagino que sí porque no es una de las excepciones en las que no se puede aplicar la analogía que creo que son las de extender más allá de sus términos estrictos el ámbito del hecho imponible, exenciones y beneficios e incentivos fiscales...

Creo, porque yo ya dudo en todo, si alguien lo tiene más seguro.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebp en 27 de Enero de 2013, 10:52:24 am
Buenos días, alguien me puede decir un ejemplo de exaccion parafiscal?? El euro por receta se podría considerar como tal?   :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Feliposdior en 27 de Enero de 2013, 11:11:39 am
El euro por receta, al menos en el caso de Madrid, es una tasa por la prestación de un servicio. Ejemplos de exacciones parafiscales son por ejemplo los aranceles que cobran los notarios por su actividad o las cantidades que  las empresas tienen que abonar a las cámaras de comercio.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: marco.leon en 27 de Enero de 2013, 11:35:56 am
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Una duda de una pregunta que ha salido en exámenes:
¿Puede ser objeto de aplicación analógica el régimen de los obligados al pago de un tributo?
Gracias

Por lo que tengo entendido, la aplicación de la analogía está permitida (recordar la existencia del derecho administrativo y civil cómo derecho supletorio). Creo que el límite se encuentra en que afecte a los elementos del tirbuto sujetos al principio de reserva de ley.

 POR REGLA GENERAL, es posible utilizar la analogía en la aplicación de todas
las normas tributarias, cualquiera que sea su naturaleza o carácter (material o
procedimental)
b) POR EXCEPCIÓN, no es posible utilizar la analogía a la hora de definir el
hecho imponible, o de aplicar las exenciones y los demás beneficios o incentivos fiscales.

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: paz664 en 27 de Enero de 2013, 12:48:13 pm
¿A alguien le falta la nota de la PEC?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: pasteles en 27 de Enero de 2013, 12:51:10 pm
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Por lo que tengo entendido, la aplicación de la analogía está permitida (recordar la existencia del derecho administrativo y civil cómo derecho supletorio). Creo que el límite se encuentra en que afecte a los elementos del tirbuto sujetos al principio de reserva de ley.

 POR REGLA GENERAL, es posible utilizar la analogía en la aplicación de todas
las normas tributarias, cualquiera que sea su naturaleza o carácter (material o
procedimental)
b) POR EXCEPCIÓN, no es posible utilizar la analogía a la hora de definir el
hecho imponible, o de aplicar las exenciones y los demás beneficios o incentivos fiscales.

Buenas. Según entiendo yo, si el hecho imponible no es susceptible de aplicación analógica, se desprende que tampoco lo es el considerado por la ley realizador del hecho imponible. Me explico:

La estructura del hecho imponible distingue:

1.-Elemento subjetivo: quien es "considerado por la Ley" el sujeto realizador del hecho imponible.

2.-Elemento objetivo: A) Aspecto material o cualitativo: materia imponible.
                                 
                                   B) Aspecto espacial: Lugar donde se realiza el hecho imponible

                                   C) Aspecto temporal: instante en que se considera realizado  (devengo)

                                   D) Aspecto cuantitativo: Cuantía, volumen o intensidad con que se realiza.

Todo lo anterior forma parte de los aspectos y elementos esenciales para poder determinar el hecho imponible, por tanto considero, y es una percepción mía, que el régimen de los obligados al pago de un tributo no puede ser objeto de aplicación analógica. Además, La Ley, en concreto el artículo 35 de la LGT, enumera un elenco de sujetos que son considerados por Ley obligados al tributarios. La analogía como parte del derecho supletorio puede ser utilizada en defecto de norma aplicable al caso y por similitud, pero en este caso, y como ha quedado claro, los obligados tributarios son enumerados en la LGT. Un saludo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: bhidalgo en 27 de Enero de 2013, 15:01:18 pm
Creéis que siendo los mas importantes los temas 13 14 15, puedan caer en ambas semanas preguntas de esos temas¿??
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: zirtaeb en 27 de Enero de 2013, 16:39:16 pm
Alguien que conozca ya este departamento ..... Que tal son calificando esta gente ??
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: pasteles en 27 de Enero de 2013, 17:29:06 pm
13, 14, o 15 cae seguro en primera, segunda, septiembre y reserva. La estadística dice que en un 100%. Lo que pasa es que basta que lo diga para que ocurra lo contrario. Pero de 40 exámenes analizados, el tema 4 del libro, que se corresponde con el programa 13, 14, 15 y parte del 12, ha caído siempre, por lo que no cabe pensar lo contrario. Un saludo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 27 de Enero de 2013, 21:35:46 pm
Mañana va alguien a aviación al examen de esta joya?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 27 de Enero de 2013, 21:47:06 pm
Yo voy mañana...suerte a todos los sufridores que vayamos y a los que no, también para la próxima
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: RobertMAD en 27 de Enero de 2013, 21:49:25 pm
Mucha suerte, valientes!

Ya contaréis cómo es el examen!

Ánimo esta noche y a por ellos  ;)

Y... saludos.

RobertMAD.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebp en 27 de Enero de 2013, 21:58:39 pm
yo también voy mañana, no se pueden dejar todos para la segunda  :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 27 de Enero de 2013, 22:00:22 pm
Yo también voy mañana.... :'(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ismaelzgz en 27 de Enero de 2013, 22:14:59 pm
Ya estoy con el canguelo :D, mañana debuto en 2º, suerte a todos.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: macavity en 27 de Enero de 2013, 23:17:42 pm
Yo también me estreno mañana. Suerte a todos. Voy a pasar la noche con los sujetos tributarios y a ver mañana si se me aparece la Virgen en examen  :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: atg1978 en 27 de Enero de 2013, 23:23:06 pm
Suerte a tod@s, mañana veremos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: pasteles en 27 de Enero de 2013, 23:46:34 pm
Suerte a todos. Yo también voy mañana. Haber por donde salen. Siempre hay una sorpresita de última hora. Suerte y ánimo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: KaMyCHiKo en 28 de Enero de 2013, 01:38:28 am
Bueno estimados compañeros, un año más aquí os dejo mi famosa Quiniela...

QUINIELA DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I (https://dl.dropbox.com/u/50936763/QUINIELA%20DERECHO%20FINANCIERO%20Y%20TRIBUTARIO%20I.xls)

Esta QUINIELA es bastante efectiva para reducir materia, y para estudiar por temas y puede orientar muy bien para observar que preguntas probablemente pueden caer. Las preguntas mas importantes y recomendadas a estudiar son las marcadas en azul y en verde en la quiniela y aqui os las escribo debajo:

Bloque 1 TEMA 4 Apartado 3 Las Leyes: La Ley de Presupuestos
Bloque 1 TEMA 4 Apartado 3 Las Leyes: El Decreto-Ley
Bloque 1 TEMA 5 Apartado 4 La analogía en el Derecho Financiero
Bloque 1 TEMA 5 Apartado 5 El fraude de la ley tributaria (o "conflicto en la aplicación de las normas tributarias")
Bloque 1 TEMA 5 Apartado 6 Información y asistencia al contribuyente en el cumplimiento de obligaciones tributarias
Bloque 4 TEMA 13 Apartado 2 Clases de Impuesto
Bloque 4 TEMA 14 Apartado 1 Las Tasas: Concepto
Bloque 4 TEMA 14 Aparatado 2 Diferencias entre las tasas y los precios públicos
Bloque 4 TEMA 15 Apartado 1 LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES: Concepto y caracteres
Bloque 5 TEMA 17 Apartado 4 Obligados tributarios y sujetos pasivos: Definición legal
Bloque 5 TEMA 17 Apartado 4 Obligados tributarios y sujetos pasivos: El sustituto
Bloque 5 TEMA 17 Apartado 6 Los responsables del tributo: Supuestos de responsabilidad
Bloque 5 TEMA 18 Apartado 1 La base imponible: Métodos de determinación de la base imponible
Bloque 5 TEMA 19 Apartado 1 El pago o ingreso: Aplazamiento y fraccionamiento
Bloque 5 TEMA 19 Apartado 2 La Preescripción
Bloque 5 TEMA 19 Apartado 4 Las garantías del crédito tributario

IMPORTANTE: LAS PREGUNTAS QUE HE SUBRAYADO SON FUNDAMENTALES Y LAS PREFERIDAS POR EL EQUIPO DOCENTE. ES MUY PROBABLE QUE AL MENOS 1 DE LAS 4 CAIGA EN EL SIGUIENTE EXAMEN. CUANDO NO CAIGAN LAS 4 PUES SE HA DADO ALGUNA VEZ QUE HA OCURRIDO, CON LO CUAL ES UN PUNTO Y MEDIO CASI ASEGURADO. NO OBSTANTE ESTUDIANDO TODAS LAS PREGUNTAS QUE ACABO DE ESCRIBIR DA UN 60 ~ 70% DE PROBABILIDAD DE APROBAR SOLO ESTUDIANDO ESTAS, PERO ESTUDIANDOLAS EN PROFUNDIDAD PARA SABERLAS MUY BIEN.

Espero que os sirva de ayuda.

Un Cordial Saludo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: guy en 28 de Enero de 2013, 08:36:59 am
Yo voy tambien hoy, ya queda poquito, voy a  repasarme las preguntas de otros años a ver...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: silvia70 en 28 de Enero de 2013, 09:37:01 am
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Bueno estimados compañeros, un año más aquí os dejo mi famosa Quiniela...

QUINIELA DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I (https://dl.dropbox.com/u/50936763/QUINIELA%20DERECHO%20FINANCIERO%20Y%20TRIBUTARIO%20I.xls)

Esta QUINIELA es bastante efectiva para reducir materia, y para estudiar por temas y puede orientar muy bien para observar que preguntas probablemente pueden caer. Las preguntas mas importantes y recomendadas a estudiar son las marcadas en azul y en verde en la quiniela y aqui os las escribo debajo:

Bloque 1 TEMA 4 Apartado 3 Las Leyes: La Ley de Presupuestos
Bloque 1 TEMA 4 Apartado 3 Las Leyes: El Decreto-Ley
Bloque 1 TEMA 5 Apartado 4 La analogía en el Derecho Financiero
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Bloque 4 TEMA 13 Apartado 2 Clases de Impuesto
Bloque 4 TEMA 14 Apartado 1 Las Tasas: Concepto
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Bloque 4 TEMA 15 Apartado 1 LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES: Concepto y caracteres
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Bloque 5 TEMA 17 Apartado 4 Obligados tributarios y sujetos pasivos: El sustituto
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Bloque 5 TEMA 19 Apartado 1 El pago o ingreso: Aplazamiento y fraccionamiento
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IMPORTANTE: LAS PREGUNTAS QUE HE SUBRAYADO SON FUNDAMENTALES Y LAS PREFERIDAS POR EL EQUIPO DOCENTE. ES MUY PROBABLE QUE AL MENOS 1 DE LAS 4 CAIGA EN EL SIGUIENTE EXAMEN. CUANDO NO CAIGAN LAS 4 PUES SE HA DADO ALGUNA VEZ QUE HA OCURRIDO, CON LO CUAL ES UN PUNTO Y MEDIO CASI ASEGURADO. NO OBSTANTE ESTUDIANDO TODAS LAS PREGUNTAS QUE ACABO DE ESCRIBIR DA UN 60 ~ 70% DE PROBABILIDAD DE APROBAR SOLO ESTUDIANDO ESTAS, PERO ESTUDIANDOLAS EN PROFUNDIDAD PARA SABERLAS MUY BIEN.

Espero que os sirva de ayuda.

Un Cordial Saludo


Muchas gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raquelilla70 en 28 de Enero de 2013, 10:10:17 am
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Espero que os sirva de ayuda.

Un Cordial Saludo
GRACIAS
yo también voy hoy
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Vinetta en 28 de Enero de 2013, 10:12:56 am
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Espero que os sirva de ayuda.

Un Cordial Saludo

Muchas gracias, KaMyCHiKo! Como en otras ocasiones, tu ayuda no tiene precio y estas quinielas alguna vez me han salvado el examen. Mucha suerte y gracias de nuevo por compartirlo con nosotros.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: KaMyCHiKo en 28 de Enero de 2013, 11:14:49 am
Para los que me agradecieron... no hay de que...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mimg en 28 de Enero de 2013, 11:39:06 am
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Para los que me agradecieron... no hay de que...
Mil gracias!!!
Madre mia qué currado está!!!
Eres increíble! :-*
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Rhea en 28 de Enero de 2013, 12:08:09 pm
Suerte a todos. Otra que también lo hace hoy  :-\

Gracias Kamychiko por el aporte, me ha sido muy útil para repasar lo esencial hoy por la mañana!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pixar en 28 de Enero de 2013, 12:09:12 pm
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Para los que me agradecieron... no hay de que...

muchas gracias, eres un usuario curioso xD solo sales para hacer quinielas a ultima hora, no seras 1 profesor enfadado con los recortes?  :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 28 de Enero de 2013, 12:21:13 pm
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muchas gracias, eres un usuario curioso xD solo sales para hacer quinielas a ultima hora, no seras 1 profesor enfadado con los recortes?  :D

jajja pues ya que las diga directamente, que no se ande con rodeos jejej
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pedro R en 28 de Enero de 2013, 12:22:25 pm
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QUINIELA DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO I (https://dl.dropbox.com/u/50936763/QUINIELA%20DERECHO%20FINANCIERO%20Y%20TRIBUTARIO%20I.xls)

Esta QUINIELA es bastante efectiva para reducir materia, y para estudiar por temas y puede orientar muy bien para observar que preguntas probablemente pueden caer. Las preguntas mas importantes y recomendadas a estudiar son las marcadas en azul y en verde en la quiniela y aqui os las escribo debajo:

Bloque 1 TEMA 4 Apartado 3 Las Leyes: La Ley de Presupuestos
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IMPORTANTE: LAS PREGUNTAS QUE HE SUBRAYADO SON FUNDAMENTALES Y LAS PREFERIDAS POR EL EQUIPO DOCENTE. ES MUY PROBABLE QUE AL MENOS 1 DE LAS 4 CAIGA EN EL SIGUIENTE EXAMEN. CUANDO NO CAIGAN LAS 4 PUES SE HA DADO ALGUNA VEZ QUE HA OCURRIDO, CON LO CUAL ES UN PUNTO Y MEDIO CASI ASEGURADO. NO OBSTANTE ESTUDIANDO TODAS LAS PREGUNTAS QUE ACABO DE ESCRIBIR DA UN 60 ~ 70% DE PROBABILIDAD DE APROBAR SOLO ESTUDIANDO ESTAS, PERO ESTUDIANDOLAS EN PROFUNDIDAD PARA SABERLAS MUY BIEN.

Espero que os sirva de ayuda.

Un Cordial Saludo

Gracias por el aporte...Yo ire la 2ª semana pero esta quiniela  me será de gran ayuda estos días...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 28 de Enero de 2013, 12:45:25 pm
 ;D yo también voy a la segunda semana, lunes a las 9 con la fresquita
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: LECARDILLA en 28 de Enero de 2013, 13:56:35 pm
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;D yo también voy a la segunda semana, lunes a las 9 con la fresquita

Te acompaño, ¿me aceptas? jejeje. Desde esta tarde a prepararla bien, la he leido,releido y me suena pero ahora hay que comprender y entender  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 28 de Enero de 2013, 13:59:06 pm
 ;D yo la he dejado apartada por Mercantil, pero que no se ponga celoso financiero que el miercoles tarde cojo el libro entre mis manos  ;D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Feliposdior en 28 de Enero de 2013, 17:13:12 pm
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Bloque 1 TEMA 4 Apartado 3 Las Leyes: La Ley de Presupuestos
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Bloque 4 TEMA 14 Aparatado 2 Diferencias entre las tasas y los precios públicos
Bloque 4 TEMA 15 Apartado 1 LAS CONTRIBUCIONES ESPECIALES: Concepto y caracteres
Bloque 5 TEMA 17 Apartado 4 Obligados tributarios y sujetos pasivos: Definición legal
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Bloque 5 TEMA 18 Apartado 1 La base imponible: Métodos de determinación de la base imponible
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Bloque 5 TEMA 19 Apartado 2 La Preescripción
Bloque 5 TEMA 19 Apartado 4 Las garantías del crédito tributario

IMPORTANTE: LAS PREGUNTAS QUE HE SUBRAYADO SON FUNDAMENTALES Y LAS PREFERIDAS POR EL EQUIPO DOCENTE. ES MUY PROBABLE QUE AL MENOS 1 DE LAS 4 CAIGA EN EL SIGUIENTE EXAMEN. CUANDO NO CAIGAN LAS 4 PUES SE HA DADO ALGUNA VEZ QUE HA OCURRIDO, CON LO CUAL ES UN PUNTO Y MEDIO CASI ASEGURADO. NO OBSTANTE ESTUDIANDO TODAS LAS PREGUNTAS QUE ACABO DE ESCRIBIR DA UN 60 ~ 70% DE PROBABILIDAD DE APROBAR SOLO ESTUDIANDO ESTAS, PERO ESTUDIANDOLAS EN PROFUNDIDAD PARA SABERLAS MUY BIEN.

Espero que os sirva de ayuda.

Un Cordial Saludo

Muchas gracias y enhorabuena. Has acertado 4 preguntas de las 6.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: marco.leon en 28 de Enero de 2013, 17:14:08 pm
1. ¿están afectadas presupuestariamente las cantidades recaudadas por contribuciones especiales? En caso de respuesta afirmativa, indique qué gastos son financiados con esas cantidades.
2. ¿Puede la ley de presupuesto crear tributos? Justifique su respuesta.
3. El período impositivo del IRPF es el año natural y su devengo tiene lugar el 31 de diciembre de cada año. Suponga que una ley que entra en vigor en octubre de 2012 modifica la normativa del IRPF. Suponga, además, que la ley no contiene previsión alguna sobre su ámbito de aplicación temporal. ¿Sería aplicable esa modificación al IRPF del período 2012? Justifique su respuesta.
4.¿qué diferencias entre los supuestos de no sujeción y los supuesto de exención?
5. Qué circunstancias deben concurrir para que pueda dictarse el acto declarativo de responsabilidad subsidiaria?
6. En relación con la prescripción del derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación, señale a) qué duración tiene el plazo de prescripción b) a partir de qué momento se computa ese plazo y c) qué efectos tiene la prescripción.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: kurtwild en 28 de Enero de 2013, 17:19:53 pm
Con el asco que ha sido estudiar esta materia, espero poder habermela quitado de encima. Que os ha parecido?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 28 de Enero de 2013, 17:20:31 pm
al menos las preguntas me suenan, pero claro no sabría responderlas jj
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: marco.leon en 28 de Enero de 2013, 17:24:09 pm
Ni fácil ni difícil. La de las contribuciones especiales si no te habías mirado preguntas anteriores te podrían haber pillado. No se portaron mal la verdad. Creo que todas eran preguntas repetidas.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 28 de Enero de 2013, 17:26:48 pm
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Ni fácil ni difícil. La de las contribuciones especiales si no te habías mirado preguntas anteriores te podrían haber pillado. No se portaron mal la verdad. Creo que todas eran preguntas repetidas.

Yo la de las contribuuciones especial la verdad no sabía lo que me preguntaban y le he metido el significado y lo de la base imponible que no es eso, pero...

Y lo de los supuestos de no sujeción, chino, ni idea, ni de pasada.

Qué criterios tienen para corregir? cuántas puedes tener mal etc
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 28 de Enero de 2013, 17:31:31 pm
lo de las contribuciones de memoria igual estoy equivocada es que el máximo que se puede cobrar es el 90%, que el 10% debe soportarlo la administración, etc
La exención habla de si se ha hecho el hecho imponible, etc?, cuando quedan exentos por tales circunstancias etc?'
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raquelilla70 en 28 de Enero de 2013, 17:33:10 pm
madre mia que examen....
 :'(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 28 de Enero de 2013, 17:34:02 pm
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lo de las contribuciones de memoria igual estoy equivocada es que el máximo que se puede cobrar es el 90%, que el 10% debe soportarlo la administración, etc
La exención habla de si se ha hecho el hecho imponible, etc?, cuando quedan exentos por tales circunstancias etc?'

Yo le he puesto lo del 90 x 100 qe debe soportar la entidad local por el teje maneje, jajaja pero yo creo que no es eso lo que pregunta la pregunta  :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: kurtwild en 28 de Enero de 2013, 17:34:30 pm
exención "aquellos que a pesar de realizarse el hecho imponible, la Ley exime del cumplimiento de la obligación tributaria principal".

No sujección "no hay realización del hecho imponible, por lo que no nace la obligación tributaria"
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: kurtwild en 28 de Enero de 2013, 17:36:05 pm
contribuciones especiales " solo podrán destinarse a financiar los gastos del servicio por cuya razón se hubieran exigido"
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raquelilla70 en 28 de Enero de 2013, 17:36:13 pm
afectación presupuestaria de las ccee las cantidades recaudadas por ccee solo podrán destinarse a financiar los gastos del servicio por cuya razón se hubieren exigido
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 28 de Enero de 2013, 17:37:10 pm
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afectación presupuestaria de las ccee las cantidades recaudadas por ccee solo podrán destinarse a financiar los gastos del servicio por cuya razón se hubieren exigido

A eso se refiere, pero yo ni lo había mirado, centrado más en la base imponible y cuota tributaria, o sea que chungooooooo

No quiero pensar cómo serán corrigiendo ante semejante atentado contra la hacienda.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raquelilla70 en 28 de Enero de 2013, 17:38:32 pm
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A eso se refiere, pero yo ni lo había mirado, centrado más en la base imponible y cuota tributaria, o sea que chungooooooo
vamos Raul que seguro que las otras están bien, y sino nos vemos en septiembre como con la Yoli
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 28 de Enero de 2013, 17:40:11 pm
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vamos Raul que seguro que las otras están bien, y sino nos vemos en septiembre como con la Yoli

Casi te diría que prefiero ésta que la de Yolanda, porque qué asco de constitucional para después no saber nada, porque eso me ha quedado, NADA.

Por lo menos en financiero puedo decir que he aprendido

Por cierto a la pregunta 3 yo he puesto que no y le he metío un rollo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: yogarcia en 28 de Enero de 2013, 17:41:25 pm
Pero , ¿están afectadas presupuestariamente las cantidades recaudadas por contribuciones especiales? Esa era la pregunta. Yo he puesto que sí, pero sin tener ni idea.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 28 de Enero de 2013, 17:43:03 pm
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Pero , ¿están afectadas presupuestariamente las cantidades recaudadas por contribuciones especiales? Esa era la pregunta. Yo he puesto que sí, pero sin tener ni idea.

Yo he puesto que sí también, le he puesto la definición de la contribución y la base imponible del 90 x 100 y le he dicho después que a todo ésto que sí están afectadas, jajaja o sea de dónde vienes manzanas traigo.

Yo no tenía entendía bien la pregunta con lo de presupuestariamente...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raquelilla70 en 28 de Enero de 2013, 17:43:48 pm
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Casi te diría que prefiero ésta que la de Yolanda, porque qué asco de constitucional para después no saber nada, porque eso me ha quedado, NADA.

Por lo menos en financiero puedo decir que he aprendido

Por cierto a la pregunta 3 yo he puesto que no y le he metío un rollo
pues yo he puesto que si que si no dicen nada las leyes entran en vigor a los 20 días de su publicación y me he quedado más ancha que larga
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 28 de Enero de 2013, 17:44:57 pm
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pues yo he puesto que si que si no dicen nada las leyes entran en vigor a los 20 días de su publicación y me he quedado más ancha que larga

Pero será para el siguiente periodo impositivo o sea para el 2013, no para ese en curso, no sé no me hagas mucho caso.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 28 de Enero de 2013, 17:45:30 pm
Yo he sido de lo más escueta. No sé cómo calificarán, pero me he limitado a contestar la pregunta sin dar más rodeos. Tanto me esperaba que me había centrado en otras cuestiones y me ha dejado en jaque...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 28 de Enero de 2013, 17:47:02 pm
La pregunta 3 del Irpf si viene en el libro, lo que no recuerdo es si venía como un ejemplo, y explicaba el porque la respuesta es SI.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raquelilla70 en 28 de Enero de 2013, 17:47:32 pm
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Pero será para el siguiente periodo impositivo o sea para el 2013, no para ese en curso, no sé no me hagas mucho caso.
si ya lo he puesto por que creí que era así, madre mia.....
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 28 de Enero de 2013, 17:47:37 pm
En la del irpf he puesto que no tienen carácter retroactivo si no se expresa en la ley. Que desde la fecha del devengo hasta el día anterior a la entrada en vigor de la nueva norma, se aplicará la anterior y desde la entrada en vigor hasta el 31 de diciembre, la nueva normativa... así de hancha me he quedado yo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pixar en 28 de Enero de 2013, 17:47:44 pm
ha sido dificil, directa para septiembre esta parte al menos.
Lo del periodo impositivo, la ley de presupuestos y la 5 me han dado
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: KaMyCHiKo en 28 de Enero de 2013, 17:48:13 pm
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Muchas gracias y enhorabuena. Has acertado 4 preguntas de las 6.

Gracías a tí, y realmente, para mi, he acertado 5 de 6, ya que las que estan marcado en amarillo en la quiniela me las he mirado por encima un poco (no le he dado un estudio profundo, pero leyendo un par de veces acabas reteniendo) y se puede decir por tanto que el caso práctico del IRPF sabía resolverlo...

jajaja por cierto no soy profesor, ya me gustaría a mi tener la carrera como ellos, yo siempre estoy por aquí leyendo, y solamente hablo cuando tengo algo que pueda aportar o que sea de beneficio para todos, os envio mucho ánimo a todos.

Un Cordial Saludo

P.D: Para mí el examen era bastante predecible y se han portado, a mi esta asignatura me recuerda un poco al sistema de evaluación de Civil donde mis quinielas prácticamente hacen el trabajo... a ver si me da tiempo y preparo la de Civil II.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raquelilla70 en 28 de Enero de 2013, 17:48:53 pm
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Yo he sido de lo más escueta. No sé cómo calificarán, pero me he limitado a contestar la pregunta sin dar más rodeos. Tanto me esperaba que me había centrado en otras cuestiones y me ha dejado en jaque...
vamos Victoria arriba ese ánimo, yo también he salido pensando lo mismo que como corrijan a la baja a tomar por cleta la biciculo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 28 de Enero de 2013, 17:49:52 pm
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En la del irpf he puesto que no tienen carácter retroactivo si no se expresa en la ley. Que desde la fecha del devengo hasta el día anterior a la entrada en vigor de la nueva norma, se aplicará la anterior y desde la entrada en vigor hasta el 31 de diciembre, la nueva normativa... así de hancha me he quedado yo.

Yo he puesto eso que carece de retroactividad, o sea he puesto que no...

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 28 de Enero de 2013, 17:51:17 pm
la del irpf la he visto que estaba formulada en algún sitio, pero no me acuerdo dónde.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 28 de Enero de 2013, 17:53:38 pm
Aquí dice:

5.5.   Aplicación de las exenciones. Especial consideración de los derechos adquiridos

Durante años ha sido frecuente encontrar pronunciamientos que reconocían en la situación de exención duradera un derecho adquirido de su beneficiario, de modo que una vez concedida o iniciada una exención, la eventual modificación normativa posterior que la suprimiera o disminuyera no debería afectar a quienes venían disfrutando de ella al amparo de la normativa anterior a la modificación.


Es lo que le he puesto.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raquelilla70 en 28 de Enero de 2013, 17:54:01 pm
la C) de la prescripción me ha hecho polvo, he blando me he quedado vaya porquería y mañana economía política, invoco a la demanda y la oferta para que me iluminen
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 28 de Enero de 2013, 17:57:34 pm
En la de la prescripcion he puesto que se computará el plazo para liquidar desde el día siguiente a que la Admon. tenga que liquidar. Prescribe el plazo a los 4 años, salvo que se haya interrumpido durante ese tiempo, en el que volverá a correr dicho plazo. Y que los efectos son la exitinción de la deuda y la obligación.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pixar en 28 de Enero de 2013, 17:58:33 pm
LA 1º PREGUNTA

Si, Afectación presupuestaria. Las cantidades recaudadas por contribuciones especiales sólo podrán destinarse a financiar los gastos del servicio por cuya razón se hubieren exigido.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: pasteles en 28 de Enero de 2013, 17:59:04 pm
La del IRPF. La norma vigente será la del inicio del periodo impositivo por razones de seguridad juridica. El hecho imponible se considera realizado, en tributos locales, al comienzo del periodo y en los estatales al final. Pero la norma será la vigente al comienzo del periodo impositivo. Un saludo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 28 de Enero de 2013, 17:59:49 pm
Bueno a ver si me dan algo por el sí...

Mira lo que te dan cuando te casas y dices sí
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: marco.leon en 28 de Enero de 2013, 18:01:22 pm
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Yo la de las contribuuciones especial la verdad no sabía lo que me preguntaban y le he metido el significado y lo de la base imponible que no es eso, pero...

Y lo de los supuestos de no sujeción, chino, ni idea, ni de pasada.

Qué criterios tienen para corregir? cuántas puedes tener mal etc

Pues creo que con 2 churros te catean, aunque tengas 3 perfectas. Pero bueno contando que pones definición, base imponible etc. Eso no es un churro así que... Recuerdo que el año pasado si que hice un desastre de examen (solo me sabía 2) y saqué un 5 pelao en la primera evaluación.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: pasteles en 28 de Enero de 2013, 18:02:51 pm
prescripción: 4 años, al día siguiente de finalizado el plazo en periodo voluntario para liquidar o autoliquidar los obligados tributarios. Efectos: extingue la obligación; beneficia a todos los implicados y se aplica de oficio sin necesidad de ser invocada por el obligado.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Kikeman en 28 de Enero de 2013, 18:03:18 pm
Yo en la del IRPF he puesto lo del artículo 10 de la LGT respecto a la retroactividad: "2. Salvo que se disponga lo contrario, las normas tributarias no tendrán efecto retroactivo y se aplicarán a los tributos sin período impositivo devengados a partir de su entrada en vigor y a los demás tributos cuyo período impositivo se inicie desde ese momento."

Según eso, he puesto que no...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 28 de Enero de 2013, 18:04:41 pm
Bueno ya somos más que hemos puesto que no, así que algo nos darán si lo hemos razonado.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 28 de Enero de 2013, 18:05:35 pm
lo del irpf tengo que mirarlo porque en el ejemplo que viene en el libro lo explica, lo que entendí era como si realmente todavía no se hubiera producido el hecho imponible y si en octubre se aplicaba una subida esa podría afectar a todo ese mismo año.
Ya lo miraré en casa, porque leo y más lio tengo jj
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: pasteles en 28 de Enero de 2013, 18:06:21 pm
Raul un rayo de esperanza: Yo he contestado básicamente como tú la de contribuciones especiales. Con los nervios no me acordé de poner que sí, que debe destinarse a la obra o servicio. Pero si te fijas en la pregunta, tambien te pide que indiques que gastos son financiados con esas cantidades, y eso si nos sirve lo del 90% de la base imponible y tal pascual.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 28 de Enero de 2013, 18:06:37 pm
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LA 1º PREGUNTA

Si, Afectación presupuestaria. Las cantidades recaudadas por contribuciones especiales sólo podrán destinarse a financiar los gastos del servicio por cuya razón se hubieren exigido.

¡Por fin, bravo! Exacto, art. 29.3 TRLRHL.

No se refiere al valor de la obra o del servicio afecto por la contribución especial, sino a la "recaudación del tributo".
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 28 de Enero de 2013, 18:08:54 pm
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prescripción: 4 años, al día siguiente de finalizado el plazo en periodo voluntario para liquidar o autoliquidar los obligados tributarios. Efectos: extingue la obligación; beneficia a todos los implicados y se aplica de oficio sin necesidad de ser invocada por el obligado.

un poco más, respecto de la prescripción y del plazo, se debería, creo, haber hecho constar, cómo afecta a la AT y cómo al obligado tributario, pues tanto si transcurre el plazo al completo como si se paraliza ese plazo, o vuelve a contar de nuevo, o se va a favor de una o se va a favor de otro,  ???
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 28 de Enero de 2013, 18:09:28 pm
Según la respuesta del profesor: "para dar mayor seguridad jurídica el artículo 10.2 ha establecido que en los tributos periódicos se aplica la norma vigente al iniciarse el periodo impositivo auque el devengo se produzca al final del mismo. Con ello se evita que puedan aplicarse normas aprobadas durante el transcurso del periodo impositivo, incluso al final del mismo, al estar vigentes al momento del devengo. Ahora bien, la LGT no puede vincular la nueva norma, por lo que ésta podria decir que se aplicarán, ya que todavía no se ha producido el devengo".

Vaya churro les he contado yo...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raquelilla70 en 28 de Enero de 2013, 18:11:08 pm
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Según la respuesta del profesor: "para dar mayor seguridad jurídica el artículo 10.2 ha establecido que en los tributos periódicos se aplica la norma vigente al iniciarse el periodo impositivo auque el devengo se produzca al final del mismo. Con ello se evita que puedan aplicarse normas aprobadas durante el transcurso del periodo impositivo, incluso al final del mismo, al estar vigentes al momento del devengo. Ahora bien, la LGT no puede vincular la nueva norma, por lo que ésta podria decir que se aplicarán, ya que todavía no se ha producido el devengo".

Vaya churro les he contado yo...
cada uno les ha contado una cosa vaya tela
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: psylex25 en 28 de Enero de 2013, 18:12:49 pm
Porfa podéis poner los enunciados ?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 28 de Enero de 2013, 18:12:56 pm
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lo del irpf tengo que mirarlo porque en el ejemplo que viene en el libro lo explica, lo que entendí era como si realmente todavía no se hubiera producido el hecho imponible y si en octubre se aplicaba una subida esa podría afectar a todo ese mismo año.
Ya lo miraré en casa, porque leo y más lio tengo jj

No estoy con esta materia, estoy con Economía, arggggg, pero sí, en las diapositivas es de los pocos tributos que si se produce un cambio en el coeficiente de la base imponible, al fin y al cabo el objeto material del hecho imponible, al devengarse en el ejercicio siguiente, afecta al ejercicio anterior al completo., :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 28 de Enero de 2013, 18:13:48 pm
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cada uno les ha contado una cosa vaya tela

no, yo les he contado que se aplicará la norma antigua desde la fecha del devengo hasta la entrada en vigor de la nueva y la nueva norma se aplicará al resto del periodo. Por eso, que les he contado un churro. Espero que me valoren decir que no tienen carácter retroactivo, al menos...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 28 de Enero de 2013, 18:18:54 pm
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Raul un rayo de esperanza: Yo he contestado básicamente como tú la de contribuciones especiales. Con los nervios no me acordé de poner que sí, que debe destinarse a la obra o servicio. Pero si te fijas en la pregunta, tambien te pide que indiques que gastos son financiados con esas cantidades, y eso si nos sirve lo del 90% de la base imponible y tal pascual.

pues a ver qué pasa, si no son muy malos corrigiendo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raquelilla70 en 28 de Enero de 2013, 18:19:03 pm
1 ¿están afectadas presupuestariamente las cantidades recaudadas por contribuciones especiales? en caso de respuesta afirmativa, indique qué gastos son financiados con esas cantidades

2. ¿puede la ley de presupuestos crear tributos? justifique su respuesta

3. el periodo impositivo del IRPF es el daño natural y su devengo tiene lugar el 31 de diciembre de cada año. Suponga que una Ley que entra en vigor en octubre de 2012 modifica la normativa del IRPF. Suponga, además, que la Ley no contiene previsión alguna sobre su ámbito de aplicación temporal. ¿Sería aplicable esa modificación al IRPF del período 2012? Justifique su respuesta.

4.¿Qué diferencia existen entre los supuestos de no sujeción y los supuestos de exención?

5. ¿Qué circunstancias deben concurrir para que pueda dictarse el acto declarativo de responsabilidad subsidiaria?

6. En relación con la prescripción del derecho del la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación, señale a) qué duranción tiene el plazo de prescripción b) a partir de que momento se computa ese plazo y c) qué efectos tiene la prescripción.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raquelilla70 en 28 de Enero de 2013, 18:20:19 pm
a mi me ha parecido dificil la verdad me esperaba otra cosa viendo los del año pasado :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 28 de Enero de 2013, 18:22:00 pm
En la de las contribuciones especiales yo no he puesto ni que sí ni que no. He puesto que las cantidades recaudadas sólo podrán destinarse para sufragar los gastos de las obras o servicios para cuya razón se hubiesen otorgado. Chimpum.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raquelilla70 en 28 de Enero de 2013, 18:23:26 pm
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En la de las contribuciones especiales yo no he puesto ni que sí ni que no. He puesto que las cantidades recaudadas sólo podrán destinarse para sufragar los gastos de las obras o servicios para cuya razón se hubiesen otorgado. Chimpum.
razón no te falta  ???
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raquelilla70 en 28 de Enero de 2013, 18:26:40 pm
bueno me voy a dar un repaso a economía política
alea jacta est
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 28 de Enero de 2013, 18:26:52 pm
Ea, no le voy a dar más vueltas. Ya está hecho y me quedan cinco por delante en este cuatrimestre. Si hoy no hubiese ido a trabajar posiblemente me hubiese salido algo mejor al poder repasar por la mañana, pero todo son experiencias.


voy a darle a mercantil.

Ánimo a los de la segunda semana. ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebp en 28 de Enero de 2013, 18:31:15 pm
al de la quiniela... un millón de gracias, ésta mañana he repasado con ella y gracias a tu quiniela no me he dispersado por ahí dando vueltas.

me ha parecido  difícil por la forma de formular, pero bueno a por otra. ;)

suerte a los de la segunda
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: pasteles en 28 de Enero de 2013, 18:32:40 pm
Victoria, algún truco de última hora para economía politica. Es que vaya tela de asignatura. Las del año pasado me las he aprendido pero las anteriores son la leche, no comprendo nada.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: candy2002 en 28 de Enero de 2013, 18:32:58 pm
A mi me ha parecido muy difícil, comparado con el del año pasado no hay color...
Nada de tasas, ni de diferencias.. vamos, que no hay ni una preguntita de teoría normalita.

Cuando lo he leido me he quedado con cara de poker... :'(

Me parece que tengo bien la primera y la sexta.
La quinta la tengo mal.
Y la 2 y la tres no lo se.
Por lo que decís voy a tener mal la 3, porque yo he puesto que si. Y lo he puesto porque a mi me subieron el irpf en cuanto rajoy cambió la ley, y no se esperaron a que empezara el 2012!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebp en 28 de Enero de 2013, 18:34:55 pm
por cierto, yo creo que la pregunta número 1, la de contribuciones especiales es de la parte de presupuestario no? :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: candy2002 en 28 de Enero de 2013, 18:36:47 pm
la de la parte de presupuestario creo que es la 2, pero no lo tengo claro
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: pasteles en 28 de Enero de 2013, 18:38:46 pm
tributario. Son tributos los impuestos, las tasas y las contribuciones especiales. Tema 4 del libro y tema 15 del programa.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 28 de Enero de 2013, 18:46:32 pm
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Victoria, algún truco de última hora para economía politica. Es que vaya tela de asignatura. Las del año pasado me las he aprendido pero las anteriores son la leche, no comprendo nada.

Uy... a menudo árbol te cobijas, compañero. El truco es entender la dichosa asignatura. Tengo unos esquemillas (en papel) para memorizar. Pero no sabría explicarlo ahora.
Seguro, seguro, que se repiten muchas del año pasado. Si entiendes esas, entenderás lo que te pregunten.

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: pasteles en 28 de Enero de 2013, 18:49:37 pm
Gracias Victoria. Esas las entiendo bien y me las sé. Pero como le den por ponerse creativos la podemos liar parda. Gracias. Ah, te he enviado un privado sobre lo mismo. Un saludo y gracias.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: candy2002 en 28 de Enero de 2013, 18:49:50 pm
Vaya palo!!
Va y en la 5 en vez de poner lo de responsabilidad subsidiaria pongo de la solidaria...

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: manuel____7 en 28 de Enero de 2013, 18:50:22 pm
en la pregunta 5 que habeis puesto que es la que peor me ha salido
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebp en 28 de Enero de 2013, 18:54:32 pm
habéis echado un ojo al segundo parcial?? es tan denso como el primero??

ya me estoy echando a temblar de pensarlo?

la segunda de derecho presupuestario? no sé voy a echar un ojo a los apuntes
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: pasteles en 28 de Enero de 2013, 18:55:27 pm
Yo he puesto que es un acto administrativo que determina la responsabilidad, la cuantía y el responsable al que hay que exigirle en periodo voluntario o ejecutivo. Si es en voluntario paraliza la vía de apremio pero no los intereses de demora. Tambien para declararlo responsable subsidiario debe haber resultado fallido el deudor principal y, en su caso, si los hubiere, los responsables solidarios. El responsable lo será solidario o subsidiario pero si la ley no dice nada lo será subsidiariamente. Y algo más que no recuerdo ahora.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: estefaniad01 en 28 de Enero de 2013, 19:00:03 pm
Ufff, no tengo ni idea de como me ha salido.. digo, entre aprobar o suspender, espero que suene la flauta. En la del IRPF he puesto, con dos pares, que es porque la norma tributaria no produce efecto retroactivo y debe prevalecer la de 2012... y el resto bien-regular. No tiene buena pinta..
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: candy2002 en 28 de Enero de 2013, 19:10:12 pm
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Ufff, no tengo ni idea de como me ha salido.. digo, entre aprobar o suspender, espero que suene la flauta. En la del IRPF he puesto, con dos pares, que es porque la norma tributaria no produce efecto retroactivo y debe prevalecer la de 2012... y el resto bien-regular. No tiene buena pinta..

pUes yo todo lo contrario he puesto que tiene efecto retroactivo...
Carai, pues tengo dos bien, con una que estuviera regular, a ver si rascaba un cinquillo.... :'(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: candy2002 en 28 de Enero de 2013, 19:11:52 pm
se han portado fatal, yo me sabia el tema 4, el 9  y el 10 a muerte. Sobre todo el 4 , y no me ha servido de nada
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: telmiguai en 28 de Enero de 2013, 19:33:18 pm
Y si fueses tu el que se porta mal estudiando solo eso?  ;)

Espero que a mi m dé para un 5 porq no era excesivamnt complicado...  :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ismaelzgz en 28 de Enero de 2013, 19:38:17 pm
Que dureza de examen,me ha parecido rebuscado de narices, espero que sean benevolentes a la hora de puntuar los coachs, en fin, es lo que hay y si tienes frío  " a cortar leña " osea a estudiar mas, mañana a ver economía que Dios reparta suerte hermanos.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: candy2002 en 28 de Enero de 2013, 19:39:18 pm
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Y si fueses tu el que se porta mal estudiando solo eso?  ;)

Espero que a mi m dé para un 5 porq no era excesivamnt complicado...  :-\

la verdad es que me habia currado la asignatura, asi que los malos han sido ellos... ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: sergio92 en 28 de Enero de 2013, 19:39:34 pm
¿ A que tema corresponde cada pregunta exactamente? .
La pregunta del tema 6 al 11 es la 2ª verdad?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: atg1978 en 28 de Enero de 2013, 19:54:21 pm
 Afectación presupuestaria. Las cantidades recaudadas por contribuciones especiales sólo podrán destinarse a financiar los gastos del servicio por cuya razón se hubieren exigido.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebp en 28 de Enero de 2013, 19:55:15 pm
yo pienso que es la uno la que corresponde a presupuestario.

la dos está en el tema 3 el de las Leyes, decretos etc.

la tres es de la retroactividad

la cuatro exenciones del 16

la cinco responsabilidad subsidiario

y la seis del 19

por lo que yo creo, y que me corrija alguien si estoy equivocada, que la pregunta de presupuestario, es la uno

¿Están afectadas presupuestariamente las cantidades ...?

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: atg1978 en 28 de Enero de 2013, 19:56:17 pm
La 2. La CE consagra, el principio de reserva de ley al disponer la aprobación del Presupuesto por las Cortes; y confirma la posición preeminente del legislativo en el diseño de la Hacienda Pública, al recaer sobre el mismo órgano la aprobación de los gastos públicos, el establecimiento de tributos y la regulación del crédito público y de los ingresos patrimoniales
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: jmgalvan en 28 de Enero de 2013, 20:03:17 pm
Y digo yo... ¿no hay posibilidad de que no haya caido ninguna pregunta de los temas 6 a 11? En la guía de la asignatura dice que tenga que versar 1 de ellas sobre esos temas???

Lo digo porque no preparé los temas 6 al 11 y las 6 preguntas que ha puesto las tenía en mis apuntes ::)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 28 de Enero de 2013, 20:07:28 pm
Nadie sabe cómo corrige este departamento? no veo en la guía cuántas hay que tener bien, si no puedes dejar ninguna en blanco etc.

Ya estams con los grandes misterios de los departamentos  :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: jmgalvan en 28 de Enero de 2013, 20:08:18 pm
Amplio: En la guía de la asignatura dice textualmente...

"De esas seis preguntas, cinco versarán necesariamente sobre el contenido de los bloques 1, 4 y 5 antes mencionado. Dicho de otro modo, solo una pregunta PODRA versar sobre el contenido de los bloques 2 y 3..."

Dice "podrá" no "versará".

Estais de acuerdo con mi apreciación?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pixar en 28 de Enero de 2013, 20:13:03 pm
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Nadie sabe cómo corrige este departamento? no veo en la guía cuántas hay que tener bien, si no puedes dejar ninguna en blanco etc.

Ya estams con los grandes misterios de los departamentos  :D

Lei en alguna parte que son duros corrigiendo, debes responder solo lo que te piden y puedes dejar una en blanco (hacer 4) pero no mas.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 28 de Enero de 2013, 20:18:27 pm
Mmm pues a esperar
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: macavity en 28 de Enero de 2013, 20:20:25 pm
Si son duros corrigiendo me crujen por todos los lados (que columpiada me he pegao con la del IRPF por cierto)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 28 de Enero de 2013, 20:21:27 pm
Pues si hay que responder sólo lo que piden, yo es lo que he hecho. Limitarme a responder, sin dar explicaciones de nada más....juas!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 28 de Enero de 2013, 20:25:20 pm
Y  lo del iprf cómo queda, ya había caído pero yo no la tengo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 28 de Enero de 2013, 20:36:25 pm
Pues a mí me ha salido bastante bien, afortunadamente...no me ha parecido rebuscado sinceramente, ya que yo los últimos temas directamente me los estudié por las preguntas frecuentes y bien todo, todas han salido si no iguales, parecidas...

Yo también dejé sin contestar la de la no sujeción, básicamente porque era la única en que dudaba y paso de jugármela cuando las demás las sabía mejor...y en cuanto a lo de duros corrigiendo ya os digo, sin crear alarma, que son duros. Igual habrá a quien no se lo parezca pero a mí sí y mucho, ya que yo aprobé el curso pasado el primer parcial muy bien, pero en el 2º suspendí, tras lo que me presenté a septiembre y a que no adivináis con que nota me suspendieron, tras reclamar todo lo que pude?? Con un 4,9. Sí. Son así de guays corrigiendo...en fin a ver si se portan ahora.

Y en lo del IRPF yo lo que puse fue un poco de todo resumidamente. Puse que por norma general en el ámbito tributario, no se aplicaba retroactividad, que no obstante se podrá aplicar sin incurrir en inconstitucionalidad, que ésta -la inconstitucionalidad- se podrá declarar si infringe reglas o principios constitucionales, peeeeero que no era el caso, ya que para tributos periódicos, como es el IRPF, si bien se pude establecer su entrada en vigor y afección al actual periodo impositivo, se le aplicará en general la regla para los periódicos, que es que la norma entrará en vigor desde el comienzo del periodo, pero como aquí está al final la aplicación, y siempre y cuando tengamos en cuenta que el momento de nacimiento del hecho imponible y del devengo es lo trascendental para saber la norma a aplicar, y en este caso se devenga a 31 de diciembre, sólo ateniéndonos a este caso o al caso de que la norma lo disponga (que no lo hacía) se aplicará para el presente periodo impositivo.

Algo así puse, menos chapucero pero algo así.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebp en 28 de Enero de 2013, 20:50:22 pm
Madre mía como haya que poner lo justo la he fastidiado les he cascado tres caras de folio :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: candy2002 en 28 de Enero de 2013, 21:59:36 pm
pues yo creo que sí que ha estado difícil.
Yo al menos esperaba que preguntaran algo de teoría  sobre tasas o impuestos...
Además eso de que no aclaren si quieren respuestas escuetas o testamentos es un rollo. Yo he llenado 2 caras y media y el de mi lado nada más y nada menos que por lo menos 6!!!

Si especificaran sería mejor, puesto que yo la pregunta 4 no la he respondido porque sabía la contestación muy escueta y me decantado por contestar la 2 que creia yo ( me ha salido un churro) que podía hacerla más extensa.
Vamos, que eso de dejar al libre albedrio del personal la extensión, es un palo. Que esta gente nunca se sabe si quieren pan normal o integral...jejeje
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: jferrando8 en 28 de Enero de 2013, 22:05:13 pm
Tengo una duda, me podéis  ayudar...  ¿ de cuanto espació dispones para contestar cada pregunta? Gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 28 de Enero de 2013, 22:10:51 pm
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Tengo una duda, me podéis  ayudar...  ¿ de cuanto espació dispones para contestar cada pregunta? Gracias

Yo tanto el año pasado cuando me examiné, como este parcial ahora, he escrito lo mismo, en el anverso del típico folio este que te dan primero y que no puedes escribir en su reverso, y en una cara más. Como 10 o 12 líneas por pregunta creo, con letra más o menos pequeña...pero tampoco sé si está mejor así o no, como ellos no dicen na...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 28 de Enero de 2013, 22:12:04 pm
Respecto a esta pregunta, habia una en años anteriores muy parecida y contestada por los profesores:
3. el periodo impositivo del IRPF es el daño natural y su devengo tiene lugar el 31 de diciembre de cada año. Suponga que una Ley que entra en vigor en octubre de 2012 modifica la normativa del IRPF. Suponga, además, que la Ley no contiene previsión alguna sobre su ámbito de aplicación temporal. ¿Sería aplicable esa modificación al IRPF del período 2012? Justifique su respuesta.

P-Una disposición modifica la Ley reguladora del IRPF en el mes de septiembre de 2011. Si no se indica nada al respecto en esa disposición, ¿Será aplicable la modificación al IRPF que se devenga el 31 de diciembre de ese año 2011? Justifique su respuesta. (Septiembre 2011)

La propia ley de cada tributo podrá establecer la exigibilidad de la cuota o cantidad a ingresar o de parte de la misma, en un momento distinto al del devengo del tributo. Con este precepto la Ley da cabida a supuestos previstos en diferentes tributos que disocian el momento del devengo de la obligación de la exigencia de su ingreso. P.E. el IRPF, que se devenga durante el periodo impositivo pero es exigible meses después, durante el periodo de declaración. También el caso contrario, la exigencia de pagos a cuenta. O incluso el caso en que la exigibilidad del tributo se anticipa totalmente a la realización del hecho imponible, y por tanto  el devengo, como ocurre en los supuestos de exigencia de la tasa en el momento de solicitar un servicio.

Pregunta de una compañera en el foro: Si se modifica por ejemplo el Impuesto de Sociedades a mediados de año y se devenga a 31-12 ¿será aplicable la modificación? Contestación del profesor en el foro: El articulo 10 LGT regula el ámbito temporal de las normas. En su apartado segundo dispone “Salvo que se disponga lo contrario, las normas tributarias no tendrán efecto retroactivo y se aplicarán a los tributos sin periodo impositivo devengados a partir de su entrada en vigor y a los demás tributos cuyo periodo impositivo se inicie desde ese momento”. Por tanto, salvo que la ley de modificación disponga lo contario, no se aplicaría a ese ejercicio sino al siguiente.
Otra contestación del profesor: Para dar mayor seguridad jurídica el artículo 10.2 LGT ha establecido que en los tributos periódicos se aplica la norma vigente al iniciarse el periodo impositivo aunque el devengo se produzca al final del mismo. Con ello se evita que puedan aplicarse normas aprobadas durante el transcurso del periodo impositivo, incluso al final del mismo, al estar vigentes en el momento del devengo. Ahora bien la LGT no puede vincular a la nueva norma por lo que ésta podría decir que se aplicara ya que todavía no se ha producido el devengo.


Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebp en 28 de Enero de 2013, 22:34:12 pm
Que bien ésta la he desarrollado más o menos igual. A ver las demás
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: dmguezale en 28 de Enero de 2013, 22:36:56 pm
Mirando en internet he encontrado esto,pero nose..

http://www.irpf.net/directricesIRPF/dir_35.htm


Si viene de ti Marta me lo creo xD, en fin... :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: dmguezale en 28 de Enero de 2013, 22:42:56 pm
Vale,tienes razon Marta  :-\

Aunque

Nuestro Tribunal Constitucional admite la constitucionalidad de la retroactividad impropia de las normas tributarias siempre que exista "una ponderación de bienes llevada a cabo caso por caso que tenga en cuenta, de una parte, la seguridad jurídica y, de otra, los diversos imperativos que pueden conducir a una modificación del ordenamiento jurídico tributario, así como las circunstancias concretas que concurren en el caso, es decir, la finalidad de la medida y las circunstancias relativas a su grado de previsibilidad, su importancia cuantitativa, y otros factores similares".

Ahora entiendo el enunciado cuando decia que no especificaba nada xD
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 28 de Enero de 2013, 22:49:29 pm
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Vale,tienes razon Marta  :-\

Aunque

Nuestro Tribunal Constitucional admite la constitucionalidad de la retroactividad impropia de las normas tributarias siempre que exista "una ponderación de bienes llevada a cabo caso por caso que tenga en cuenta, de una parte, la seguridad jurídica y, de otra, los diversos imperativos que pueden conducir a una modificación del ordenamiento jurídico tributario, así como las circunstancias concretas que concurren en el caso, es decir, la finalidad de la medida y las circunstancias relativas a su grado de previsibilidad, su importancia cuantitativa, y otros factores similares".

Ahora entiendo el enunciado cuando decia que no especificaba nada xD

Pero es que el tema está en que ni si quiera cabe hablar de retroactividad propiamente, ya que es una posibilidad que se contempla pero ni siquiera como retroactividad, sino de aplicación a tributos periódicos o con por la producción del devengo cuando ya está vigente la norma...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: pasteles en 28 de Enero de 2013, 23:04:01 pm
Yo he contestado tal y como ha comentado Marta. Así lo tenía yo en los apuntes míos.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: dmguezale en 28 de Enero de 2013, 23:09:14 pm
Lo que quise decir es que si el enunciado hubiese dicho que en la ley habia una justificacion pues si que hubiera sido valida la aplicacion de la ley al periodo,pero como el enunciado dice que no pues no se puede por lo que ha dicho marta.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: dmguezale en 28 de Enero de 2013, 23:11:38 pm
Por cierto,erbravo,mirando tu primera respuesta he contestado lo mismo que tu exactamente..almenos eso es lo que pensaba yo..


Perdon por el doble post,pero antes no me dejaba modificarlos..
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 28 de Enero de 2013, 23:17:05 pm
Pues yo también he puesto que no en lo del IPRF y lo he explicado, al final es sí o no porque no me aclaro.

Empaná mental
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 28 de Enero de 2013, 23:38:19 pm
La pregunta de las Contribuciones Especiales no pertenece a Presupuestario, sino al Tema 15, comprobado con el manual de este curso, que en ese tema no ha cambiado.

Respecto a la cuestión de la pregunta del IRPF, se refiere al devengo, y por supuesto sí que es posible la modificación del hecho imponible cuando su devengo se produce con posterioridad a la entrada en vigor de la modificación, el más claro ejemplo lo hemos tenido en la modificación nada más entrar el nuevo Gobierno, la ampliación del porcentaje según los ingresos se aplicó en la declaración de la renta de 2012, cuando se tuvo que hacer el devengo (aunque esto yo lo he comprobado porque la hice hace muy poquito, pero dado los cambios, me salió a pagar 7,35 euros, el ejercicio de 2010, siendo un poco menos, tenía que pagar 10,85 euros, pero como no llegaba a esos 22.000 euros brutos no estaba obligada, así que confirmé borrador y le día al justificante de la no obligación de tributar).

En este examen no ha caído ninguna pregunta de los temas excluidos, al igual que ha pasado en todos los años de la licenciatura, salvo un curso, que cayó una pregunta del tema sobre La Deuda Pública.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 28 de Enero de 2013, 23:42:52 pm
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Por cierto,ebravo,mirando tu primera respuesta he contestado lo mismo que tu exactamente..almenos eso es lo que pensaba yo..


Perdon por el doble post,pero antes no me dejaba modificarlos..

Pues yo creo que con eso esté más o menos bien, vamos, no son las palabras de la Ley pero sí el contexto de la pregunta sumado a un poco del tema en que va, yo la veo bien. Es que además cuando algo es así que si que no, que si se dispone que si no, que si es un caso específico o no, yo creo que estará bien, cuanto menos para salvar la pregunta, si argumentas sin salirte mucho del patrón y desarrollas los por qués, sin necesidad de decantarte en un tajante "sí"o "no", sino exponiendo por qué sí y por qué no
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 28 de Enero de 2013, 23:48:41 pm
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Pues yo también he puesto que no en lo del IPRF y lo he explicado, al final es sí o no porque no me aclaro.

Empaná mental

Raúl31, Lección 16, El momento temporal del devengo del hecho imponible, art. 21 LGT, ahí tienes la respuesta.

El art. 21.2 LGT dice que "La Ley propia de cada tributo podrá establecer la exigibilidad de la cuota o cantidad a ingresar, o parte de la misma, en un momento distinto al devengo del tributo". Con este precepto la Ley da cabida a supuestos previstos en diferentes tributos que disocian el momento del devengo de la obligación del de la exigibilidad de su ingreso. Por ejemplo: en el IRPF, que se devenga al final del periodo impositivo pero sin ser exigible su ingreso hasta meses después, durante el periodo de declaración.

Y esto no es de los apuntes compañero, es del manual.

Y visto el examen, no están siendo nada duros en la primera semana, esperemos que se porten igual en la segunda., ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 28 de Enero de 2013, 23:53:59 pm
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Pero es que el tema está en que ni si quiera cabe hablar de retroactividad propiamente, ya que es una posibilidad que se contempla pero ni siquiera como retroactividad, sino de aplicación a tributos periódicos o con por la producción del devengo cuando ya está vigente la norma...

¡bien visto ebravo44! ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 28 de Enero de 2013, 23:55:38 pm
Mnieves pues ná hija mía, a ver si el día que corrigen se han levantado desayunaditos copuladitos y de buen humor para que aprobemos todos...

Y suerte a los de la 2ª
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 29 de Enero de 2013, 00:00:04 am
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Mnieves pues ná hija mía, a ver si el día que corrigen se han levantado desayunaditos copuladitos y de buen humor para que aprobemos todos...

Y suerte a los de la 2ª

jejje, dímelo a mi, que me puntuaron la primera semana con un 1,8,  ;D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mmartinez1560 en 29 de Enero de 2013, 00:11:27 am
Perdonar por mi torpeza. ¿pero sigo sin entender cuando entra en vigor. Entiendo que de forma retroactiva no es pisible, pero que me decies de los meses que faltan?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: manearan en 29 de Enero de 2013, 08:12:23 am
Pues a mí las preguntas me parecieron bastante fáciles; lo que me pareció difícil fueron las respuestas.

La verdad es que me cogió totalmente en fuera de juego y se hizo lo que se pudo echando mano de la trola española que no la hay en el mundo entero. En la pregunta 2 me faltó hablar del presupuesto del Rayo Vallecano para el 2013.

Qué desastre.

Como siempre, como ya es tradición, en el centro de Cádiz nos ponen tan pegados que hay compañeras que cuando acaban el examen se llegan a tomar la píldora del día después...en fin.

El IRPF no sé si devenga en octubre pero yo voy a devenir en septiembre, payo.  :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: dmguezale en 29 de Enero de 2013, 09:32:10 am
Nieves si es que yo estoy de acuerdo contigo xD ,mi respuesta ha sido lo que tu has justificado arriba en uno de tus post con lo del devengo,lo que pasa es que he visto a marta que ha puesto eso y me he puesto a buscar y encontre todos esos rollos al final me he quedado bastante confuso con el tema....
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: anticlon en 29 de Enero de 2013, 10:20:20 am
En fin...que desastre soy. ¿A alguien más se le ha olvidado poner en la primera hoja de examen si era de grado o de licenciatura?
Lo lei, pense en ponerlo pero...segui leyendo y me concentre tanto en el examen que se me olvido...Supongo que no será para nada importante...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: candy2002 en 29 de Enero de 2013, 11:08:14 am
yo en la del irpf he puesto que sí se podía imponer a todo el año, que podía ser retroactiva, y además como mnieves me vino a la mente la subida del irpf de finales del 2011.

no sé, ojalá esta la tenga bien, porque tengo otras dos bien y puede que rascara un 5.... vamos a soñar....
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: candy2002 en 29 de Enero de 2013, 11:09:41 am
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En fin...que desastre soy. ¿A alguien más se le ha olvidado poner en la primera hoja de examen si era de grado o de licenciatura?
Lo lei, pense en ponerlo pero...segui leyendo y me concentre tanto en el examen que se me olvido...Supongo que no será para nada importante...

yo lo puse en cada hoja, no vaya a ser que no lo vean!!!
no te preocupes, no creo que lo tengan en cuenta, ademas lo ponia en la cabecera de cada folio, donde pone el nombre.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 29 de Enero de 2013, 11:50:15 am
Yo tampoco puse que era de grado, de hecho no sabía que había que ponerlo...

La próxima vez que nos digan que les hagamos las preguntas del examen.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: jmgalvan en 29 de Enero de 2013, 11:56:40 am
Yo usé varias versiones. En una puse GRADO así en grande y con recuadrito y todo. En otro folio puse más pequeñito al lado "Estudiante de Grado"... ;D

Alguien por ahí recomendó que leyeramos muy bien las "instrucciones" y lo cierto es que venía que había que ponerlo hasta en mayúsculas ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 29 de Enero de 2013, 11:59:17 am
Siempre hay gente que no se entera  ;D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: anticlon en 29 de Enero de 2013, 12:01:18 pm
Bueno, seguro que no es tan importante, quizás nuestros exámenes los corrijan en última lugar...no pasa estamos acostumbrados a esperar.
Saludos y suerte.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 29 de Enero de 2013, 13:55:46 pm
yo me examino el dia 11. de las 6 preguntas hay que contestar 5, no? :o
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raquelilla70 en 29 de Enero de 2013, 14:34:12 pm
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yo me examino el dia 11. de las 6 preguntas hay que contestar 5, no? :o
si, eso es
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raquelilla70 en 29 de Enero de 2013, 14:35:29 pm
alguien sabe por que había que poner grado o licenciatura en el examen, si lo pone en el examen con tus datos...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 29 de Enero de 2013, 15:07:13 pm
Sí pero eso pone el examen, que aunque lo ponga, que lo pongas tú igual...no sé, de todas formas no creo que eso sea tan relevante la verdad como para que lo tengan en cuenta, vamos no creo...

Pues donde yo me examino, aparte de que ponen a la gente demasiado junta, la que estaba a mi lado estuvo todo el examen preguntándome que qué decían los examinadores, que si podía escribir en no se qué folio...y eso que era hasta de otra carrera, yo que sabré  :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: sevil70 en 30 de Enero de 2013, 11:45:32 am
Aquí os dejo el examen de la  1º semana con respuestas realizadas por mi.

FINANCIERO Y TRIBUTARIO I

1.- ¿Están afectadas presupuestariamente las cantidades recaudadas por contribuciones especiales? En caso de respuesta afirmativa, indique qué gastos son financiados con esas cantidades.

La afectación presupuestaria es que solamento prodrán destinarse a gastos del servicio por cuya razón se hubiera exigido. TEMA 15

2.- ¿Puede la ley de presupuestos crear tributos? Justifique su respuesta.

No puede crearlo, podrá en todo caso modificarlos cuando una ley sustantiva así lo prevea. Art- 134,7 CE TEMA 4

3.- El período impositivo del IRPF es el año natural y su devengo tiene lugar el 31 de diciembre de cada año. Suponga que una Ley que entra en vigor en octubre de 2012 modifica la normativa del IRPF. Suponga, además, que la Ley no contiene previsión alguna sobre su ámbito de aplicación temporal. ¿Sería aplicable esa modificación al IRPF del período 2012? Justifique su respuesta.

Si sería aplicable ya que el Hecho imponible es a la finalicación del plazo establecido  es decir 31/12/12. El Devengo del tributo debe contenerlo como regla general la ley cuando el devengo se trata de periodos como regla general en los tributos locales debe entenderse el Hecho imponible el primer día del periodo y en los tributos estatales el último día del devengo. TEMA 16

4.- ¿Qué diferencias existen entre los supuestos de no sujeción y los supuestos de exención?

En los supuestos de no sujeción el hecho imponible no da a lugar al nacimiento de una obligación tributaria y en el supuesto de exención es que aunque se hubiera realizado el hecho imponible una ley exime del cumplimiento de su obligación tributaria principal. TEMA 16

5.- ¿Qué circunstancias deben concurrir para que pueda dictarse el acto declarativo de responsabilidad subsidiaria?

Una vez declarado fallido el deudor principal y en su caso los responsables solidarios la administración tributaria dictara acto que se notificara al responsable subsidiario. Art 176 LGT Tema 17

6.- En relación con la prescripción del derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación, señale a) qué duración tiene el plazo de prescripción; b) a partir de qué momento se computa ese plazo, y c) qué efectos tiene la prescripción

a)Como regla general prescribe a los 4 años aunque no es un termino absoluto ya que se puede prolongar si el  procedimiento se ha iniciado en ese plazo.b) En el caso de deudas liquidadas el plaxo comienza desde el  día siguiente  al  que finalice el plazo de  pago en periodo voluntario. c) Extingue la obligación tributaria, aprovecha a todos los obligados tributarios y se aplica de oficio aunque se hubiera pagado la deuda.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raquelilla70 en 30 de Enero de 2013, 11:48:26 am
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Aquí os dejo el examen de la  1º semana con respuestas realizadas por mi.

FINANCIERO Y TRIBUTARIO I

1.- ¿Están afectadas presupuestariamente las cantidades recaudadas por contribuciones especiales? En caso de respuesta afirmativa, indique qué gastos son financiados con esas cantidades.

La afectación presupuestaria es que solamento prodrán destinarse a gastos del servicio por cuya razón se hubiera exigido. TEMA 15

2.- ¿Puede la ley de presupuestos crear tributos? Justifique su respuesta.

No puede crearlo, podrá en todo caso modificarlos cuando una ley sustantiva así lo prevea. Art- 134,7 CE TEMA 4

3.- El período impositivo del IRPF es el año natural y su devengo tiene lugar el 31 de diciembre de cada año. Suponga que una Ley que entra en vigor en octubre de 2012 modifica la normativa del IRPF. Suponga, además, que la Ley no contiene previsión alguna sobre su ámbito de aplicación temporal. ¿Sería aplicable esa modificación al IRPF del período 2012? Justifique su respuesta.

Si sería aplicable ya que el Hecho imponible es a la finalicación del plazo establecido  es decir 31/12/12. El Devengo del tributo debe contenerlo como regla general la ley cuando el devengo se trata de periodos como regla general en los tributos locales debe entenderse el Hecho imponible el primer día del periodo y en los tributos estatales el último día del devengo. TEMA 16

4.- ¿Qué diferencias existen entre los supuestos de no sujeción y los supuestos de exención?

En los supuestos de no sujeción el hecho imponible no da a lugar al nacimiento de una obligación tributaria y en el supuesto de exención es que aunque se hubiera realizado el hecho imponible una ley exime del cumplimiento de su obligación tributaria principal. TEMA 16

5.- ¿Qué circunstancias deben concurrir para que pueda dictarse el acto declarativo de responsabilidad subsidiaria?

Una vez declarado fallido el deudor principal y en su caso los responsables solidarios la administración tributaria dictara acto que se notificara al responsable subsidiario. Art 176 LGT Tema 17

6.- En relación con la prescripción del derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación, señale a) qué duración tiene el plazo de prescripción; b) a partir de qué momento se computa ese plazo, y c) qué efectos tiene la prescripción

a)Como regla general prescribe a los 4 años aunque no es un termino absoluto ya que se puede prolongar si el  procedimiento se ha iniciado en ese plazo.b) En el caso de deudas liquidadas el plaxo comienza desde el  día siguiente  al  que finalice el plazo de  pago en periodo voluntario. c) Extingue la obligación tributaria, aprovecha a todos los obligados tributarios y se aplica de oficio aunque se hubiera pagado la deuda.
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Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raquelilla70 en 30 de Enero de 2013, 11:50:29 am
creeis que así de escueto vale?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 30 de Enero de 2013, 11:57:33 am
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creeis que así de escueto vale?

¿pero contestaste a las 6 preguntas?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: sevil70 en 30 de Enero de 2013, 13:03:02 pm
No me  presente, estas respuestas las he consultado con los  apuntes que tengo, creo que están bien y que la respuesta debería ser suficiente.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 30 de Enero de 2013, 13:39:17 pm
No sé ...demasiado escuetas...en particular la 2...y más cuando no hay espacio tasado...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: canariote en 30 de Enero de 2013, 13:52:19 pm
Hola. ¿ Las preguntas han salido en exámenes de otros años ?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 30 de Enero de 2013, 14:10:14 pm
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Hola. ¿ Las preguntas han salido en exámenes de otros años ?

Yo creo que sí...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: pasteles en 30 de Enero de 2013, 16:07:05 pm
Si sería aplicable ya que el Hecho imponible es a la finalicación del plazo establecido  es decir 31/12/12. El Devengo del tributo debe contenerlo como regla general la ley cuando el devengo se trata de periodos como regla general en los tributos locales debe entenderse el Hecho imponible el primer día del periodo y en los tributos estatales el último día del devengo. TEMA 16

Esta afirmación del compañero no es correcta. La norma vigente es la del inicio del periodo impositivo, tanto si se trata de tributos locales, que se considera realizado el hecho imponible al inicio del periodo, como en tributos estatales, cuyo hecho imponible se entenderá realizado al final del periodo impositivo. Todo lo anterior por razones de seguridad jurídica.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ramsanan en 30 de Enero de 2013, 17:26:38 pm
Pues yo lo hice más o menos así, cuatro o cinco lineas cada respuesta, me cupo todo el examen en una cara del folio, hay que ir al grano y contestar lo que se pregunta sin soltar chapas innecesarias.  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 30 de Enero de 2013, 17:58:42 pm
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Pues yo lo hice más o menos así, cuatro o cinco lineas cada respuesta, me cupo todo el examen en una cara del folio, hay que ir al grano y contestar lo que se pregunta sin soltar chapas innecesarias.  ;)

uy uy eso de chapas innecesarias...ya me dirás...pues menudos son corrigiendo....duros no, lo siguiente....
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 30 de Enero de 2013, 19:15:45 pm
madre mia,!!! y porq no nos orientan sobre  cómo quieren que lo hagamos?Si nos excedemos ,a lo mejor consideran que es fuera de tema,y si ponemos la respuesta escueta ...alguien que me aconseje please
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 30 de Enero de 2013, 19:22:01 pm
Creí haber visto, en exámenes de otros años, en las instrucciones, que ponía que nos limitáramos a responder lo que se preguntaba.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 30 de Enero de 2013, 19:36:30 pm
Se han subido a apuntes temporales los examenes de septiembre 2012 contestados por el equipo docente....y en ningun caso son una linea, ni linea y media ni dos.....es algo más. Y bueno, la pregunta 2 no hay mas que leer el epigrafe del libro...ahora cada uno es libre de hacer lo que quiera...solo doy mi opinión...y que una cosa es enrollarse con temas ajenos y otra cosa es un telegrama ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: sergio92 en 30 de Enero de 2013, 23:23:53 pm
No encuentro esos examenes solucionado por el equipo docente; me podriais pasar el link o enviarmelo por correo.
Muchas Gracias
sergar92@hotmail.com
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 30 de Enero de 2013, 23:28:13 pm
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No encuentro esos examenes solucionado por el equipo docente; me podriais pasar el link o enviarmelo por correo.
Muchas Gracias
sergar92@hotmail.com

Te los acabo de enviar a tu email.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: laury_heidy en 31 de Enero de 2013, 10:03:02 am
Buenos dias, que tal os fue el examen? yo me voy a presentar en la segunda semana, pero he estudiado de los apuntes del año anterior... alguien me puede decir si ha habido algun cambio en la materia?

Muchas gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: sevil70 en 31 de Enero de 2013, 15:31:08 pm
Pasteles

Estas seguro con tu respuesta, indicame donde buscar información.

"La norma vigente es la del inicio del periodo impositivo, tanto si se trata de tributos locales, que se considera realizado el hecho imponible al inicio del periodo, como en tributos estatales, cuyo hecho imponible se entenderá realizado al final del periodo impositivo. Todo lo anterior por razones de seguridad jurídica."

Gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: LECARDILLA en 31 de Enero de 2013, 17:42:57 pm
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Pasteles

Estas seguro con tu respuesta, indicame donde buscar información.

"La norma vigente es la del inicio del periodo impositivo, tanto si se trata de tributos locales, que se considera realizado el hecho imponible al inicio del periodo, como en tributos estatales, cuyo hecho imponible se entenderá realizado al final del periodo impositivo. Todo lo anterior por razones de seguridad jurídica."

Gracias

No sé si te refieres a la respuesta que un compañero dio a la pregunta nº 3 del examen del pasado lunes, en la que se decía:

El periodo impositivo del IRPF es el año natural y su devengo tiene lugar el 31 de diciembre de cada año. Suponga que una ley que entra en vigor en octubre de 2012 modifica la normativa del IRPF. Suponga además, que la ley no contiene previsión alguna sobre su ámbito de aplicación temporal. ¿Sería aplicable esa modificación al IRPF del periodo 2012?

Hoy precisamente repasando el tema 5, el de aplicación de las normas financieras, en su apartado 2, se explica el ámbito temporal de aplicación de las normas.
En cuanto a la entrada en vigor de las mismas. Art. 10.1 LGT, se deberá tener en cuenta el tipo o modalidad de tributo, diferenciando entre los instantáneos (IVA, IS...) y los periódicos (el IRPF, caso que nos ocupa).

El coodinador de la asignatura, en el vídeo de dicha lección, justamente referencia el ejemplo propuesto en el examen, dice que si la nueva norma se publica en febrero, no se va a aplicar hasta el periodo impositivo de enero del año siguiente...Por lo que si lo hacemos extensible al ejemplo del examen, la norma publicada en octubre de 2012, no entrará en vigor hasta el nuevo periodo impositivo, a partir del 1 de enero de 2013

No sé si con esto he dado respuesta a tu pregunta...y si alguien entiende que está explicado mal, me gustaría lo explicase bien para también yo entenderlo  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 31 de Enero de 2013, 17:45:32 pm
Leyendo el libro se me pasó la coletilla "podrá", así que entiendo que si la ley no dice nada esa subida se aplicaría a partir del próximo año.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 31 de Enero de 2013, 17:52:18 pm
Yo puse eso que no podría aplicarse en ese año sino en el 2013, pero la mayoría dice que sí podría aplicarse, la verdad que sigo sin entenderlo...

Dios quiera que sea que no y con un buen vino  :D

Entonces con certeza sería que no?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 31 de Enero de 2013, 17:57:30 pm
Raul yo repasando el libro, si la ley no dice nada (tal y como se plantea el caso) no se aplicaría esa subida, sería para la renta del 2013.
Supongo que quedarías de lujo si dices que si la ley lo indica podría aplicarse al 2012, pero para eso tiene que decirlo la ley, y ya meterle todo el rollo jj
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 31 de Enero de 2013, 18:01:07 pm
Claro es que la respuesta completa sería que en principio sería aplicable al siguiente periodo si la ley no dispone lo contrario, pero que por poder, sí podría ser aplicado a ese periodo, y de paso meterle el rollo de que la explicación a ello sería la importancia del momento en que se produce el devengo, 31 de diciembre, en que ya está en vigor dicha ley (bueno y eso cuando la ley lo permite, como hemos dicho), pero sin que ello suponga retroactividad, pues es un tributo periódico.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 31 de Enero de 2013, 18:02:31 pm
Yo lo que he visto por preguntas de años anteriores es que algunas respuestas están en la letra pequeña, como por ejemplo las fianzas de las cajas de ahorro
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 31 de Enero de 2013, 18:02:51 pm
Ya no recuerdo cómo lo expliqué pero imagino que si pones que no y más o menos lo explicas, algo darán, aunque al parecer el departamento tiene malas pulgas...

Y le dije al final que carecía de retroactividad, ya ves, lo mismo se ofende y todo la que corrige jajja
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 31 de Enero de 2013, 18:04:21 pm
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Ya no recuerdo cómo lo expliqué pero imagino que si pones que no y más o menos lo explicas, algo darán, aunque al parecer el departamento tiene malas pulgas...

Y le dije al final que carecía de retroactividad, ya ves, lo mismo se ofende y todo la que corrige jajja
Bueno es que técnicamente carece de ella, sí, porque al no suponer retroactividad, no está mal que digas eso...si fuera que dices que si se aplicara, incurriría en retroactividad, pero como no es el caso, está bien tb creo yo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 31 de Enero de 2013, 18:09:24 pm
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Bueno es que técnicamente carece de ella, sí, porque al no suponer retroactividad, no está mal que digas eso...si fuera que dices que si se aplicara, incurriría en retroactividad, pero como no es el caso, está bien tb creo yo

ufff ojalá sea así, y después la ley de presupuestos me parecía tan escueta la rspuesta que le puse el 134.7 lo que puede modificarlos  cuando una ley sustantiva el rollo ese y además le puse las 3 ideas del TC cuando habla de modificación aunque al parecer más ben se debería hablar de adaptación, es que si no me parecía ta breve la respuesta.

a ver qué pasa.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raquelilla70 en 31 de Enero de 2013, 19:40:27 pm
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ufff ojalá sea así, y después la ley de presupuestos me parecía tan escueta la rspuesta que le puse el 134.7 lo que puede modificarlos  cuando una ley sustantiva el rollo ese y además le puse las 3 ideas del TC cuando habla de modificación aunque al parecer más ben se debería hablar de adaptación, es que si no me parecía ta breve la respuesta.

a ver qué pasa.
miedo me dan corrigiendo :'(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebp en 01 de Febrero de 2013, 13:50:18 pm
Tiene miga el segundo parcial, le habéis echado un ojo?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: laury_heidy en 03 de Febrero de 2013, 11:58:23 am
Buenos dias, el programa en esta asignatura no lo dejan no??
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 03 de Febrero de 2013, 11:59:14 am
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Buenos dias, el programa en esta asignatura no lo dejan no??

Sí lo dejan, yo lo llevé
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 03 de Febrero de 2013, 21:30:40 pm
Ante la pregunta de examen, ¿cabe exigir intereses de demora y sanciones tributarias en caso de fraude a la ley tributaria?

Sólo tengo en mis apuntes una linea tan precisa como "Se exigirán los intereses de demora hasta el momento de la liquidación, pero no se impondrán sanciones".  :-\

¿Podríais aportar algo más, o sería meterle el rollo de las fórmulas para combatir el fraude a la ley tributaria?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: LECARDILLA en 03 de Febrero de 2013, 21:55:41 pm
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Ante la pregunta de examen, ¿cabe exigir intereses de demora y sanciones tributarias en caso de fraude a la ley tributaria?

Sólo tengo en mis apuntes una linea tan precisa como "Se exigirán los intereses de demora hasta el momento de la liquidación, pero no se impondrán sanciones".  :-\

¿Podríais aportar algo más, o sería meterle el rollo de las fórmulas para combatir el fraude a la ley tributaria?

Pues la verdad que o comentas las fórmulas para combatir el fraude de ley o poco más podemos poner ¿no?. Yo después de ver el modelo de examen que subieron al foro, de los dos parciales de FYT contestados por el ED y ver el matiz que pusieron...miedo me está dando la dichosa asignatura...

"Nota previa: No se valorará positivamente la parte de la respuesta que no guarde directa relación
con la pregunta correspondiente."


Vamos que si se va al grano, aquí ya no hay más materia que rascar  :-[
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: sevil70 en 03 de Febrero de 2013, 23:18:52 pm
Muchas grscias a todos por vuestras respuestas
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 03 de Febrero de 2013, 23:23:02 pm
Yo personalmente en esas preguntas prefiero señarle todas las fórmulas para combatir el fraude pero quizá haciendo más hincapié en la que preguntan, no sé, prefiero no quedarme corto, claro que una cosa es hablar de algo que tiene estrecha relación y otra  es si te preguntan por impuestos reales y les hablas de otros que no tienen nada que ver, ejemplo.

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: dverfer en 04 de Febrero de 2013, 12:15:20 pm
¿En qué casos la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de Derecho público da lugar al cobro de un precio público? Pero eso no es un tasa??? Ay maíta... a menos de una semana y aún sin aclararme :'(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 04 de Febrero de 2013, 12:22:34 pm
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¿En qué casos la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de Derecho público da lugar al cobro de un precio público? Pero eso no es un tasa??? Ay maíta... a menos de una semana y aún sin aclararme :'(

Sería cuando el servicio sea de recepción voluntaria y lo ofrezca el sector privado, imagina que  el sector público ofrece un servicio y el privado también el mismo, en este caso daría lugar al cobro de un precio público ya que tú puedes elegir si tener la prestación por parte de la entidad pública o privada.

Digamos que no está monpolizado el servicio por el sector público.
mas o menos, si no te queda claro pregunta.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: dverfer en 04 de Febrero de 2013, 14:51:27 pm
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Sería cuando el servicio sea de recepción voluntaria y lo ofrezca el sector privado, imagina que  el sector público ofrece un servicio y el privado también el mismo, en este caso daría lugar al cobro de un precio público ya que tú puedes elegir si tener la prestación por parte de la entidad pública o privada.

Digamos que no está monpolizado el servicio por el sector público.
mas o menos, si no te queda claro pregunta.

Pero Raúl, en el caso que tú comentas, ¿no se cobraría el precio público en régimen de Derecho Privado? Y, en régimen de Derecho público sería una tasa?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 04 de Febrero de 2013, 15:01:44 pm
bueno, vamos allá con esa pregunta.

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¿En qué casos la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de Derecho público da lugar al cobro de un precio público? Pero eso no es un tasa??? Ay maíta... a menos de una semana y aún sin aclararme :'(

En aquellos casos en los que:

1. El servicio o la realización de actividades en régimen de Derecho público no sean de solicitud o recepción voluntaria para los administrados.

2. Cuando el servicio o la realización de actividades en régimen de Derecho público no se presten o realicen por el sector privado, esté o no establecida su reserva a favor del sector público conforme a la normativa vigente.

La imposición de estos dos requisitos, que si te das cuenta es "en negativo" con relación a la tasa, se deben dar de forma cumulativa para que hablemos de un precio público.

La diferencia con la tasa, es que se puede imponer siempre y cuando se den los dos requisitos, o sólo uno de ellos, no es necesario la acumulación "en afirmativo" de los requisitos exigidos.  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 04 de Febrero de 2013, 15:04:38 pm
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bueno, vamos allá con esa pregunta.

En aquellos casos en los que:

1. El servicio o la realización de actividades en régimen de Derecho público no sean de solicitud o recepción voluntaria para los administrados.

2. Cuando el servicio o la realización de actividades en régimen de Derecho público no se presten o realicen por el sector privado, esté o no establecida su reserva a favor del sector público conforme a la normativa vigente.

La imposición de estos dos requisitos, que si te das cuenta es "en negativo" con relación a la tasa, se deben dar de forma cumulativa para que hablemos de un precio público.

La diferencia con la tasa, es que se puede imponer siempre y cuando se den los dos requisitos, o sólo uno de ellos, no es necesario la acumulación "en afirmativo" de los requisitos exigidos.  ;)

excusi, hay una frase que hay que cambiar del no al si para el precio público, basta simplemente con hacerlo desaparecer.

2. Cuando el servicio o la realización de actividades en régimen de Derecho público no se presten o realicen por el sector privado, esté o no establecida su reserva a favor del sector público conforme a la normativa vigente.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 04 de Febrero de 2013, 15:47:31 pm
Mnieves lo acaba de explicar, a ver si te ha quedado claro con eso...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: superbiker en 04 de Febrero de 2013, 17:13:23 pm
Yo no lo entiendo asi:
Precio publico son las contraprestaciones pecuniarias recibidas por un ente publico como consecuencia de la prestacion de un servico o realizacion de una actividad administrativa cuando es voluntaria su solicitud o recepcion y ese servicio es prestado o la realizacion de la actividad es realizada tambien por el sector privado.

En este caso el sujeto puede elegir entre acudir al ente publico pagando un precio publico o demandarlo al sector privado pagando un precio privado.

Corregidme si estoy equivocado.

Un saludo :-)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 04 de Febrero de 2013, 17:19:52 pm
Pienso que es eso aunque no quise decirlo por si era una burrada o lo es que no lo sé, creo que no se puede cobrar por un mismo servicio que ofrezca la entidad pública y la privada una tasa y un precio privado, se cobraría un precio público y otro privado dependiendo de quien te dé el servicio a elección de uno...

Por eso  para que sea tasa tiene que no ser de recepción voluntaria y que no lo ofrezca el sector privado, si no en este caso sería uun precio público y el servicio del sector privado un precio privado.

Así es como lo etiendo yo, solo que no quería meter la pata.

Ejemplo si en mi pueblo hay un gym  del ayuntamiento  podrá cobrar una tasa, pero si hay otro que lo ofrece el sector privado sólo podrá cobrar un precio público el ayuntamiento y no una tasa, y el gym privado pues un precio privado.

No?  :o

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: superbiker en 04 de Febrero de 2013, 17:30:29 pm
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Pienso que es eso aunque no quise decirlo por si era una burrada o lo es que no lo sé, creo que no se puede cobrar por un mismo servicio que ofrezca la entidad pública y la privada una tasa y un precio privado, se cobraría un precio público y otro privado dependiendo de quien te dé el servicio a elección de uno...

Por eso  para que sea tasa tiene que no ser de recepción voluntaria y que no lo ofrezca el sector privado, si no en este caso sería uun precio público y el servicio del sector privado un precio privado.

Así es como lo etiendo yo, solo que no quería meter la pata.

Ejemplo si en mi pueblo hay un gym  del ayuntamiento  podrá cobrar una tasa, pero si hay otro que lo ofrece el sector privado sólo podrá cobrar un precio público el ayuntamiento y no una tasa, y el gym privado pues un precio privado.

No?  :o

Asi es como yo lo veo.

Un saludo :-)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: dverfer en 04 de Febrero de 2013, 20:32:44 pm
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Asi es como yo lo veo.

Un saludo :-)

Ya está, la confusión me venía por descargarme de una página de internet algo que me hizo dudar, pues hablaba de precio público cuando se prestaba un servicio en régimen de Derecho privado, y hablaba de tasa, cuando se prestaba un servicio en régimen de Derecho público. Y como la pregunta utilizaba la expresión "en régimen de Derecho público" de ahí mi duda. Pero me he ido a la Ley 8/1989 de Tasas y Precios Públicos y me lo ha aclarado todo. Lleváis razón chicos.

Gracias!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: canariote en 04 de Febrero de 2013, 20:53:13 pm
El obligado a realizar pagos a cuenta del tributo es siempre una persona o entidad distinta del contribuyente? Justifique su respuesta. En caso de respuesta negativa, indique en qué casos se da esa identidad, esto es, en qué casos el obligado a realizar pagos a cuenta es el propio contribuyente. Alguien puede contestar'
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 04 de Febrero de 2013, 21:00:54 pm
Canariote creo que se debatió un poco más arriba, te lo pego aquí y el mensaje es el 716, a ver si te queda claro.

http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=78644.700
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: laury_heidy en 04 de Febrero de 2013, 21:05:48 pm
Y en qué condiciones? Es decir, te lo llevas de casa y ya está? Te dan ellos un ejemplar... Se nota que soy novata??? Jeje
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 04 de Febrero de 2013, 21:11:38 pm
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Pienso que es eso aunque no quise decirlo por si era una burrada o lo es que no lo sé, creo que no se puede cobrar por un mismo servicio que ofrezca la entidad pública y la privada una tasa y un precio privado, se cobraría un precio público y otro privado dependiendo de quien te dé el servicio a elección de uno...

Por eso  para que sea tasa tiene que no ser de recepción voluntaria y que no lo ofrezca el sector privado, si no en este caso sería uun precio público y el servicio del sector privado un precio privado.

Así es como lo etiendo yo, solo que no quería meter la pata.

Ejemplo si en mi pueblo hay un gym  del ayuntamiento  podrá cobrar una tasa, pero si hay otro que lo ofrece el sector privado sólo podrá cobrar un precio público el ayuntamiento y no una tasa, y el gym privado pues un precio privado.

No?  :o

Jejeje, ¡bien Raúl31! el gym va a cobrar el precio privado que le salga de las narices, y que lo pague el que lo pueda pagar,  :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: canariote en 04 de Febrero de 2013, 22:25:49 pm
Me ha quedado claro, Raul. Mil gracias.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 05 de Febrero de 2013, 12:21:32 pm
A vueltas con las preguntas de otros años...
¿Qué diferencia existe entre la sustitución con retención y el mecanismo de la retención aplicado hoy en impuestos como el IRPF?

Entiendo el mecanismo de retención como obligación de pago a cuenta, tal y como se exige en el artículo 23 LGT, pero "sustitución con retención"?  :-\

¿Alguien puede ayudarme? Tengo un lío de conceptos... :'(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 05 de Febrero de 2013, 12:30:37 pm
Te copio la respuesta de nuestra compañera Silu....
En el sistema tributario actualmente vigente, los mecanismos de la retención y el ingreso a cuenta han eliminado el de la sustitución con retención, sin que pese a sus analogías pueda considerarse el mismo instituto jurídico. La diferencia radical es que no se opera con el mecanismo de la retención ni con el del ingreso a cuenta el desplazamiento del contribuyente de la obligación tributaria, sino que éste continúa vinculado ante la Administración a presentar su autoliquidación y, en su caso, a ingresar la cuota diferencial o a solicitar su devolución.
La jurisprudencia, por su parte, también entiende diferentes los institutos de la sustitución tributaria y de la retención a cuenta, señalando la STS de 27 de mayo de 1988 que “esta identificación […] no puede aceptarse en el derecho positivo […]. Nos hallamos ante una retención indirecta, en la que quien paga no es exactamente sujeto pasivo, pero al hacer el pago a otra persona, que sí lo es, contrae la obligación de retener y de ingresar lo retenido en el Tesoro”.
Tampoco el legislador sostiene esa identificación, y de ahí que la LGT mencione al retenedor como sujeto a una obligación de las de pago a cuenta (art. 23), distinta de la principal que incumbe al sustituto.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 05 de Febrero de 2013, 12:58:09 pm
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A vueltas con las preguntas de otros años...
¿Qué diferencia existe entre la sustitución con retención y el mecanismo de la retención aplicado hoy en impuestos como el IRPF?

Entiendo el mecanismo de retención como obligación de pago a cuenta, tal y como se exige en el artículo 23 LGT, pero "sustitución con retención"?  :-\

¿Alguien puede ayudarme? Tengo un lío de conceptos... :'(

Hola Beatriz.

En la "sustitución con retención" existe un desplazamiento del contribuyente, por lo que el obligado pasa a ser el sustituto de toda la deuda. En la retención no aparece desplazado el contribuyente y, por lo tanto, no lo sustituye el retenedor en su relación con la Administración tributaria. Por otro parte, son dos obligaciones distintas: el retenedor es deudor de la prestación derivada de la retención, pero no del total de la obligación tributaria del contribuyente como lo es el sustituto (Prof. Isidoro Martín)

Y ahora voy con mi interpretación.

Según. el art. 36.3.: "Es sustituto el sujeto pasivo que, por imposición de la ley y en lugar del contribuyente, está obligado a cumplir la obligación tributaria (...)

En nuestro vigente sistema tributario, los mecanismos de la retención y el ingreso a cuenta han eliminado el de la "sustitución con retención", sin que pese a sus analogías pueda considerarse el mismo instituto jurídico, es decir, no nos encontramos en ese concepto jurídico de "sustituto del contribuyente como sujeto pasivo". La diferencia radical es que no se opera con el mecanismo de la retención ni con el del ingreso a cuenta el desplazamiento del contribuyente de la obligación tributaria, sino que éste continúa vinculado ante la Administración a presentar su autoliquidación y, en su caso, a ingresar la cuota diferencial o a solicitar su devolución.

Lo que en la nómina se nos descuenta en concepto de IRPF por la empresa que anticipa ese dinero a la HP, no hace que la empresa ocupe nuestra "situación de contribuyente en la relación obligatoria", la empresa no nos "sustituye", sino que ingresa x cantidades a cuenta, que una vez llegado el momento en el cual nosotros tenemos que realizar la declaración de la renta, pues conllevará el que tengamos que ingresar más, o que nos devuelvan parte de lo ingresado por la empresa, pero la empresa no nos va a "sustituir en eso", en otras palabras, la empresa ni va a ingresar el diferencial si es negativa, ni va a cobrar el diferencial si es positiva,  ???
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 05 de Febrero de 2013, 12:59:15 pm
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Te copio la respuesta de nuestra compañera Silu....
En el sistema tributario actualmente vigente, los mecanismos de la retención y el ingreso a cuenta han eliminado el de la sustitución con retención, sin que pese a sus analogías pueda considerarse el mismo instituto jurídico. La diferencia radical es que no se opera con el mecanismo de la retención ni con el del ingreso a cuenta el desplazamiento del contribuyente de la obligación tributaria, sino que éste continúa vinculado ante la Administración a presentar su autoliquidación y, en su caso, a ingresar la cuota diferencial o a solicitar su devolución.
La jurisprudencia, por su parte, también entiende diferentes los institutos de la sustitución tributaria y de la retención a cuenta, señalando la STS de 27 de mayo de 1988 que “esta identificación […] no puede aceptarse en el derecho positivo […]. Nos hallamos ante una retención indirecta, en la que quien paga no es exactamente sujeto pasivo, pero al hacer el pago a otra persona, que sí lo es, contrae la obligación de retener y de ingresar lo retenido en el Tesoro”.
Tampoco el legislador sostiene esa identificación, y de ahí que la LGT mencione al retenedor como sujeto a una obligación de las de pago a cuenta (art. 23), distinta de la principal que incumbe al sustituto.

¡mi estimada silu!,  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 05 de Febrero de 2013, 13:16:00 pm
Muchísimas gracias por vuestros comentarios, Pravias y Mnieves.
Ya he visto que tenía que llegar al "repaso" del tema 17 para comprender mejor la diferencia.

Esta asignatura me quita el sueño... :'(

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 05 de Febrero de 2013, 13:24:59 pm
Por más repasos que se den esta asignatura es interminable, hay párrafos que son trabalenguas
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 05 de Febrero de 2013, 15:46:48 pm
Son sinónimas los conceptos prestaciones patrimoniales y tributos?
Respuesta tutor:
No son sinónimas, pues la expresión "prestaciones patrimoniales de carácter público"
reflejada en el art. 31.3 de la Constitución es más amplia.

Todos los tributos son prestaciones patrimoniales de carácter público, pero existen
prestaciones patrimoniales de carácter público que no son tributos, como las llamadas
prestaciones entre particulares. Por ejemplo: las empresas distribuidoras de electricidad
están obligadas a comprar energía de origen renovable a un precio superior al de mercado.
El pago de esa "prima" es una prestación patrimonial de carácter público, pero no es un
tributo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: luisa64 en 05 de Febrero de 2013, 17:05:04 pm
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Son sinónimas los conceptos prestaciones patrimoniales y tributos?
Respuesta tutor:
No son sinónimas, pues la expresión "prestaciones patrimoniales de carácter público"
reflejada en el art. 31.3 de la Constitución es más amplia.

Todos los tributos son prestaciones patrimoniales de carácter público, pero existen
prestaciones patrimoniales de carácter público que no son tributos, como las llamadas
prestaciones entre particulares. Por ejemplo: las empresas distribuidoras de electricidad
están obligadas a comprar energía de origen renovable a un precio superior al de mercado.
El pago de esa "prima" es una prestación patrimonial de carácter público, pero no es un
tributo.

Según el libro, la respuesta a esa pregunta es que hay dos posturas doctrinales. Una que afirma que el tributo es una especia del género de las prestaciones patroimoniales públicas y otra que considera que son términos sinónimos. Por tanto, si lo preguntaran en el examen, la respuesta no es que sí ni es que no.  ;)

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: LECARDILLA en 05 de Febrero de 2013, 17:26:04 pm
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Por más repasos que se den esta asignatura es interminable, hay párrafos que son trabalenguas
A mí me está empezado a quitar el sueño, bueno no, cuando estoy con ella me entra más  ;D.
Es muy extensa, no quiero pensar en el segundo parcial, si esto es la parte introductoria, de la parte general, como será el resto...
Y eso que trabajé unos mesecines en la tesoreria de un Ayuntamiento y me suenan las cosas, bueno el tema 19 el de aplazamientos y fraccionamientos y periodo voluntario y ejecutivo yyy... es que la práctica con la teoría, a veces tiene poco que ver... :D
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Muchísimas gracias por vuestros comentarios, Pravias y Mnieves.
Ya he visto que tenía que llegar al "repaso" del tema 17 para comprender mejor la diferencia.

Esta asignatura me quita el sueño... :'(


Ánimo que nos queda poco!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: candy2002 en 05 de Febrero de 2013, 18:49:57 pm
a mi ya no me quita el sueño, me presenté la semana pasada y acerté 2 preguntas y media.
con lo cual un suspenso seguro....
este verano tendré financiero, penal.... y a ver que más....
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 05 de Febrero de 2013, 18:54:19 pm
Y con 3 "bien" y "algo" más de las otras?

en fin que desesperación hasta que salgan las dichosas notas
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: candy2002 en 05 de Febrero de 2013, 19:00:54 pm
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Y con 3 "bien" y "algo" más de las otras?

en fin que desesperación hasta que salgan las dichosas notas

sinceramente, mi examen en otro sitio tendría posibilidades, pero aquí.....


con 3 y pico puedes tener esperanza, igual hasta tienes suerte, si les gusta como te has expresado...ánimo!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 05 de Febrero de 2013, 19:30:21 pm
Pues yo respondí a tres bien, una medio bien y otra regular, tirando a mal. Eso sí, escueto. Respondí (en las que lo hice bien) a lo que preguntaban. Ya os diré qué tal.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pixar en 05 de Febrero de 2013, 19:33:53 pm
Lo que dijeron los del departamento (no recuerdo el sitio justo) es que tenías que responder a lo que te piden, sin enrollarte y que no podias dejar mas de 1 en blanco. Pero es como todo...

PD: Yo conteste a 3 de 5 asi que ---> September
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 05 de Febrero de 2013, 19:36:45 pm
Pues sí que son quisquillosos, de toda la vida de 5 preguntas 2.5 bien es aprobado, contento me tienen, después que la asignatura es dura de por sí, a ver si lo tienen presente.

Cuando salgan las notas saldremos de dudas, creo que mucho dependerá de quien te toque corregirte, si dejaran poner una foto en el examen lo mismo no sé  :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: anarosa en 05 de Febrero de 2013, 19:37:50 pm
chicos una ayuda please¡

como habeis preparado la asignatura? y los casos practicos de donde los habeis sacado?

y que código habeis llevado al examen o vais a llevar?

he pensado hacerlo asi, hacer los casos que han caido otros añon en los examenes, y llevar los codigos: LGT y su reglamento, el IRPF y el IS. Los he sacado todos de la pagina de la AEAT.

alguien puede guiarme un poco?
muchas gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 05 de Febrero de 2013, 19:40:05 pm
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chicos una ayuda please¡

como habeis preparado la asignatura? y los casos practicos de donde los habeis sacado?

y que código habeis llevado al examen o vais a llevar?

he pensado hacerlo asi, hacer los casos que han caido otros añon en los examenes, y llevar los codigos: LGT y su reglamento, el IRPF y el IS. Los he sacado todos de la pagina de la AEAT.

alguien puede guiarme un poco?
muchas gracias

Creo que te refieres a financiero y tributario II, no a la I, no?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 05 de Febrero de 2013, 22:01:39 pm
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Creo que te refieres a financiero y tributario II, no a la I, no?

Ya te digooooo xd xd que nos dejaran llevar a F y T I la LGT y ya verían que examenes....que citas de la Ley ibamos a poner jejejeje :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: zoldars en 05 de Febrero de 2013, 22:42:26 pm
Bueno dos preguntas
1º no lo creo pero ¿se puede llevar algo al examen ?

2º>Nunca me gusta estudiar por apuntes pero esta tuve que hacerlo.En ellos sale LTPP. ¿esto que es? ley de tasas y precios publicos? o algo asi...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 05 de Febrero de 2013, 22:44:27 pm
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Bueno dos preguntas
1º no lo creo pero ¿se puede llevar algo al examen ?

2º>Nunca me gusta estudiar por apuntes pero esta tuve que hacerlo.En ellos sale LTPP. ¿esto que es? ley de tasas y precios publicos? o algo asi...

Sí, yo lo llevé.

Sí.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: zoldars en 05 de Febrero de 2013, 22:45:34 pm
Gracias Raul , conciso y preciso  :D :D
una duda mas.¿que llevaste ? el programa?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 05 de Febrero de 2013, 22:46:41 pm
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Gracias Raul , conciso y preciso  :D :D
una duda mas.¿que llevaste ? el programa?

Sí claro, el programa...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: zoldars en 05 de Febrero de 2013, 22:48:29 pm
Muchas gracias.
A seguir estudiando que la llevo flojisima, me faltan horas al dia....
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: fonsopalencia en 06 de Febrero de 2013, 09:01:11 am
La verdad es que esta asignatura es complicada. Por suerte este foro para resolver dudas, comentar el examen y obtener apuntes así como mejorarlos y poder compartirlos es genial.

Yo contesté de la 2-6 y salvo la del IRPF, que no me salió muy bien, las otras creo que no están mal.

¿Por qué no tendrán los días 40 horas?


Un fuerte abrazo a todos y nuevamente GRACIAS.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 06 de Febrero de 2013, 11:46:19 am
cuanto más repaso, mas se me olvida :-[.de verdad que esta asgnatura es un rompecabezas.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: superbiker en 06 de Febrero de 2013, 16:57:17 pm
Una pregunta, el examen es tasado.

Perdonad si ya se ha respondido antes a esta pregunta.

UN saludo :-)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 06 de Febrero de 2013, 16:59:20 pm
No, pero se recomienda contestar en el orden que vienen las preguntas enunciadas.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: luisa64 en 06 de Febrero de 2013, 17:15:28 pm
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No, pero se recomienda contestar en el orden que vienen las preguntas enunciadas.

Más que recomendarse se exige: "Las preguntas deben contestarse en el mismo orden en que aparecen formuladas. Si se altera el orden, no se corregirán las correspondientes respuestas".

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: superbiker en 06 de Febrero de 2013, 17:20:48 pm
Gracias a las 2.

UN saludo :-)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 06 de Febrero de 2013, 17:20:58 pm
Luisa contestación del tutor de la licenciatura, si se corrigen pero se recomienda que se contesten en el mismo orden porque la corrección para el profesor que es mucho más fácil, así que se ruega que se contesten en el mismo orden, pero si a alguien se le va la pinza se le corregirá  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 06 de Febrero de 2013, 18:06:59 pm
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Luisa contestación del tutor de la licenciatura, si se corrigen pero se recomienda que se contesten en el mismo orden porque la corrección para el profesor que es mucho más fácil, así que se ruega que se contesten en el mismo orden, pero si a alguien se le va la pinza se le corregirá  ;)

Pues yo no lo entiendo así, en el examen no sé si decía que no se corregiría si fuera en otro orden y si no lo dice no veo nada de recomendación sino de obligación, ya otra cosa es que el que te lo mire no le ponga ningún problema al orden.

Pero a mí me resultaba más fácil empezar por las que mejor sabía pero tuve que responder en orden.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 06 de Febrero de 2013, 18:23:25 pm
Raul..
Si puede contestar en el mismo orden esto nos facilita la corrección,
pero no tiene más importancia.
Las respuestas siempre se corrigen, incluso en el caso de que no indique el enunciado de las
preguntas.

Ahora bien, como cada profesor corrige un gran número de exámenes, el que las preguntas
se contesten en el mismo orden propuesto nos facilita mantener criterios homogéneos en la
corrección de cada uno. Al menos esa es mi apreciación.
lo he puesto por si a alguien se le ha ido la pinza, al menos lo corregirán, pero mejor no arriesgarte y te encuentres un profesor que no sea tan comprensivo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 06 de Febrero de 2013, 18:33:09 pm
Vale, pues no tenía ni idea de que era así, la próxima ya lo sé

 :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: luisa64 en 06 de Febrero de 2013, 18:53:47 pm
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Luisa contestación del tutor de la licenciatura, si se corrigen pero se recomienda que se contesten en el mismo orden porque la corrección para el profesor que es mucho más fácil, así que se ruega que se contesten en el mismo orden, pero si a alguien se le va la pinza se le corregirá  ;)

Gracias Pravias. De todas formas, lo que yo he escrito lo pone literalmente en el examen, y puestos a reclamar, se agarrarán a lo escrito en él, porque lo que diga un tutor -por cierto, imagino que te refieres a alguien del equipo docente, porque los tutores de los Centros Asociados no corrigen examenes-, será o no será.

Yo, por si acaso, las respondí en orden. ¿Para qué arriesgarse?  ;)

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 06 de Febrero de 2013, 19:00:45 pm
¿¿HABÍA QUE PONER EL ENUNCIADO??
Madre mía!. Yo ya no me acuerdo si puse o no puse el orden, pero lo que estoy segura es que NO puese el enunciado, sino el número de la pregunta.... ay, mareeee  :-[
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: teufel en 06 de Febrero de 2013, 19:03:40 pm
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¿¿HABÍA QUE PONER EL ENUNCIADO??
Madre mía!. Yo ya no me acuerdo si puse o no puse el orden, pero lo que estoy segura es que NO puese el enunciado, sino el número de la pregunta.... ay, mareeee  :-[

tranquila, yo tampoco puse enunciados en mis respuestas sino...pregunta nº1 ....pregunta nº2....vamos que si no se saben los números a estas alturas  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: melanimedic en 06 de Febrero de 2013, 20:19:11 pm
Compañeros... alguien me puede explicar por donde van a ir los tiros?
Por mucha vuelta que le doy, por cada pagina olvido tres.
Encima veo las preguntas que pusieron en primera semana y a la hora de contestar pues no se por donde tirar.
UFF UFFF UFFFFFF
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 06 de Febrero de 2013, 20:21:31 pm
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Compañeros... alguien me puede explicar por donde van a ir los tiros?
Por mucha vuelta que le doy, por cada pagina olvido tres.
Encima veo las preguntas que pusieron en primera semana y a la hora de contestar pues no se por donde tirar.
UFF UFFF UFFFFFF

¿Cuál es concretamente tu pregunta?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: melanimedic en 06 de Febrero de 2013, 20:22:22 pm
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¿Cuál es concretamente tu pregunta?

Pues que viene siendo lo mas importante o lo que mejor hay que saberse.
Ni yo misma se lo que quiero decir a estas alturas
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 06 de Febrero de 2013, 20:26:09 pm
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Pues que viene siendo lo mas importante o lo que mejor hay que saberse.
Ni yo misma se lo que quiero decir a estas alturas

Buf pues así en resumen, estúdiate bien las preguntas frecuentes, aunque suelen innovar en alguna...y luego son importantes los temas 4 y 5, el 13, 14 y 15, y 17 y 19...vamos, casi todo, pero no es una asignatura en que se puedan excluir cosas muy a la ligera...  :(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: melanimedic en 06 de Febrero de 2013, 20:28:46 pm
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Buf pues así en resumen, estúdiate bien las preguntas frecuentes, aunque suelen innovar en alguna...y luego son importantes los temas 4 y 5, el 13, 14 y 15, y 17 y 19...vamos, casi todo, pero no es una asignatura en que se puedan excluir cosas muy a la ligera...  :(

Tu estás memorizando? Yo ya le he dado un par de vueltas a todo (exceoto del 6 al 11) pero el fin de semana me toca memorizar y por eso pregunte, porque no se si me dara tiempo a todo. Ademas de esta asignatura no me gusta ni u n pelo como hacen las preguntas

PD: Y muchas gracias! ;D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 06 de Febrero de 2013, 20:41:46 pm
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Tu estás memorizando? Yo ya le he dado un par de vueltas a todo (exceoto del 6 al 11) pero el fin de semana me toca memorizar y por eso pregunte, porque no se si me dara tiempo a todo. Ademas de esta asignatura no me gusta ni u n pelo como hacen las preguntas

PD: Y muchas gracias! ;D

Bueno yo memorizo así a medida que leo, y voy escribiendo lo que voy pillando...muy resumidamente para hacer un esquema mental, o contestando preguntas anteriores...y luego memorizar memorizar, pues días antes, igualmente...aunque eso no es consejo para nadie, jeje, pero bueno siempre llego mal de tiempo así que siempre acabo haciéndolo así al menos yo...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: xelito00 en 06 de Febrero de 2013, 20:53:14 pm
Memorizar y memorizar, aunque después ya llevas un cacao mental que confundes deuda, con exención o cosas parecidas. En fin, ya no sabes por donde vas
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: melanimedic en 06 de Febrero de 2013, 20:55:40 pm
Resumiendo me enteraba de todo todo!!
Y ahora vuelvo a leer y ya mezclo el tema 1 con el ultimo...
Ya no se ni lo que quiere decir tributo -.-
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: xelito00 en 06 de Febrero de 2013, 20:59:01 pm
Así estoy yo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mlcosta en 06 de Febrero de 2013, 22:14:01 pm
Por favor, necesito ayuda estoy estudiando por los apuntes del compañero Vivero, y en el tema 5, 4.- LA ANALOGÍA EN EL DERECHO FINANCIERO, en el apartado "normas dictadas para algunos tributos" indica que cabe destacar el art. 96 TRIS ¿a que norma se refiere? gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 06 de Febrero de 2013, 22:17:49 pm
¿Impuesto de Sucesiones?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: masape en 06 de Febrero de 2013, 22:19:51 pm
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Por favor, necesito ayuda estoy estudiando por los apuntes del compañero Vivero, y en el tema 5, 4.- LA ANALOGÍA EN EL DERECHO FINANCIERO, en el apartado "normas dictadas para algunos tributos" indica que cabe destacar el art. 96 TRIS ¿a que norma se refiere? gracias

Texto Refundido del Impuesto de Sociedades
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 06 de Febrero de 2013, 22:21:09 pm
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Texto Refundido del Impuesto de Sociedades

Casiiiiiiiii!!!!!! :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mlcosta en 06 de Febrero de 2013, 22:43:25 pm
Gracias por responder pero lo del texto refundido creo que no, estuve buscando en internet y no lo localizo, asi que, se aceptan sugerencias, y animo a todos que nada es imposible
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: masape en 06 de Febrero de 2013, 22:50:25 pm
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Gracias por responder pero lo del texto refundido creo que no, estuve buscando en internet y no lo localizo, asi que, se aceptan sugerencias, y animo a todos que nada es imposible

¿Comorrrr? si viene en el manual "Tabla de Abreviaturas" TRIS- Texto Refundido de la Ley del Impuesto de Sociedades. He dicho
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: masape en 06 de Febrero de 2013, 22:55:18 pm
Artículo 96. Aplicación del régimen fiscal.

1.  La aplicación del régimen establecido en este Capítulo requerirá que se opte por él de acuerdo con las siguientes reglas:

a.En las operaciones de fusión o escisión la opción se incluirá en el proyecto y en los acuerdos sociales de fusión o escisión de las entidades transmitentes y adquirentes que tengan su residencia fiscal en España.

Tratándose de operaciones a las que sea de aplicación el régimen establecido en el artículo 84 de esta Ley y en las cuales ni la entidad transmitente ni la adquirente tengan su residencia fiscal en España, la opción se ejercerá por la entidad adquirente y deberá constar en escritura pública en que se documente la transmisión.

b.En las aportaciones no dinerarias la opción se ejercerá por la entidad adquirente y deberá constar en el correspondiente acuerdo social o, en su defecto, en la escritura pública en que se documente el oportuno acto o contrato.

Tratándose de operaciones en las cuales la entidad adquirente no tenga su residencia fiscal o un establecimiento permanente en España, la opción se ejercerá por la entidad transmitente.

c.En las operaciones de canje de valores la opción se ejercerá por la entidad adquirente y deberá constar en el correspondiente acuerdo social o, en su defecto, en la escritura pública en que se documente el oportuno acto o contrato. En las ofertas públicas de adquisición de acciones la opción se ejercerá por el órgano social competente para promover la operación y deberá constar en el folleto explicativo.

Tratándose de operaciones en las cuales ni la entidad adquirente de los valores ni la entidad participada cuyos valores se canjean sean residentes en España, el socio que transmite dichos valores deberá demostrar que a la entidad adquirente se le ha aplicado el régimen de la Directiva 90/434/CEE.

d.En las operaciones de cambio de domicilio social de una Sociedad Europea o una Sociedad Cooperativa Europea de un Estado miembro a otro de la Unión Europea, la opción se incluirá en el proyecto y en el acuerdo social de traslado de la sociedad que de España traslada su domicilio social a otro Estado miembro, o de la sociedad que traslada su domicilio social a España, o de la sociedad no domiciliada en España, con establecimiento permanente en territorio español, que traslada su domicilio a otro Estado miembro.

La opción deberá constar en escritura pública o documento público equivalente, susceptible de inscripción en el Registro público del Estado miembro de destino, previsto en la Directiva 68/151/CEE del Consejo, de 9 de marzo de 1968, en que se documente la operación.

En cualquier caso, la opción deberá comunicarse al Ministerio de Economía y Hacienda en la forma y plazos que reglamentariamente se determinen.

2. No se aplicará el régimen establecido en el presente capítulo cuando la operación realizada tenga como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal. En particular, el régimen no se aplicará cuando la operación no se efectúe por motivos económicos válidos, tales como la reestructuración o la racionalización de las actividades de las entidades que participan en la operación, sino con la mera finalidad de conseguir una ventaja fiscal.

En los términos previstos en los artículos 88 y 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, los interesados podrán formular consultas a la Administración tributaria sobre la aplicación y cumplimiento de este requisito en operaciones concretas, cuya contestación tendrá carácter vinculante para la aplicación del régimen especial del presente capítulo en éste y cualesquiera otros tributos.

3. El régimen de diferimiento de rentas contenido en el presente capítulo será incompatible, en los términos establecidos en el artículo 21 de esta Ley, con la aplicación de las exenciones previstas para las rentas derivadas de la transmisión de participaciones en entidades no residentes en territorio español.

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: adodu1 en 07 de Febrero de 2013, 01:22:00 am
Os dejo un archivo de dudas planteadas y contestadas en aLF de esta asignatura,hecho por Mnieves:

http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=83499.new#new
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 07 de Febrero de 2013, 01:26:08 am
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Os dejo un archivo de dudas planteadas y contestadas en aLF de esta asignatura,hecho por Mnieves:

http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=83499.new#new

gracias, eres un ejemplo de eficacia,  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: LECARDILLA en 07 de Febrero de 2013, 08:03:10 am
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gracias, eres un ejemplo de eficacia,  ;)

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Os dejo un archivo de dudas planteadas y contestadas en aLF de esta asignatura,hecho por Mnieves:

http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=83499.new#new

Gracias a las dos!  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 07 de Febrero de 2013, 09:06:38 am
 :-[ cada día estoy más perdida
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: LECARDILLA en 07 de Febrero de 2013, 09:14:43 am
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:-[ cada día estoy más perdida
Si te consuela yo estoy igual  ;D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: leiorgar en 07 de Febrero de 2013, 09:26:13 am
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Si te consuela yo estoy igual  ;D

Pues me uno...

Gracias MNieves, muy interesante la recopilación  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 07 de Febrero de 2013, 10:03:54 am
no se si aprobarémos o no,pero nos lo estamos currando de verdad ???
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: RAQCAR en 07 de Febrero de 2013, 12:12:21 pm
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no se si aprobarémos o no,pero nos lo estamos currando de verdad ???

Así estoy dedicando horas y horas a la asignatura, repasos, memorizar arts. preguntas frecuentes, pero cuanto más estudio más inseguridad tengo, es de esas asignaturas a las que dedicas mucho tiempo y no sabes qué resultados vas a obtener, estoy como un flan  :(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 07 de Febrero de 2013, 12:14:52 pm
pues imaginate como estoy yo!!! ,que solo me quedan los Financieros para licenciarme.no veo la luz al final del túnel
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: MENCHA en 07 de Febrero de 2013, 17:42:03 pm
No me entero de nada en esta asignatura, de verdad que no se como cogerla...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Sevillano1985 en 07 de Febrero de 2013, 17:44:50 pm
Cuales son los apuntes que estais utilizando?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 07 de Febrero de 2013, 17:48:03 pm
Sevillano yo estudio por el libro, pero los compañeros del grado han hecho unos apuntes,
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: melanimedic en 07 de Febrero de 2013, 19:48:57 pm
Veo que no soy la unica que espera tener que estudiar esta asignatura en verano jajaja
Por lo menos no me siento sola en lo perdida que estoy
Me preocupa mucho la forma de hacer las preguntas en los examenes. Como memorizar, yo me memorizo rapido los conceptos y demas, pero a la hora de razonar en el examen preguntas concretas, eso no se como hacerlo. Se me da bien memorizar, no entender... y tampoco puedo memorizar todo, asi que no se.... espero un suspenso como una casa.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Sevillano1985 en 07 de Febrero de 2013, 19:57:56 pm
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Veo que no soy la unica que espera tener que estudiar esta asignatura en verano jajaja
Por lo menos no me siento sola en lo perdida que estoy
Me preocupa mucho la forma de hacer las preguntas en los examenes. Como memorizar, yo me memorizo rapido los conceptos y demas, pero a la hora de razonar en el examen preguntas concretas, eso no se como hacerlo. Se me da bien memorizar, no entender... y tampoco puedo memorizar todo, asi que no se.... espero un suspenso como una casa.


Lo bueno que tiene este examen es que son preguntas cortas no hay que desarrollar lo malo hay que tener los conceptos muy muy claros y ahi es donde esta el problema de esta asignatura.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 07 de Febrero de 2013, 20:03:05 pm
Mi mayor problema es que no me da tiempo a mirar todo, y mucho menos a memorizar  :'(

Le tengo mucho miedo al tipo de examen, al ser tan concretas las preguntas tienes que relacionar en ocasiones unas cosas con otras y entender bastante bien lo estudiado.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: melanimedic en 07 de Febrero de 2013, 20:05:33 pm
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Mi mayor problema es que no me da tiempo a mirar todo, y mucho menos a memorizar  :'(

Le tengo mucho miedo al tipo de examen, al ser tan concretas las preguntas tienes que relacionar en ocasiones unas cosas con otras y entender bastante bien lo estudiado.

A eso me referia. Es que me expreso regular nada mas a estas alturas....
El relacionar lo que te pregunta con la parte del temario que corresponde y saber que contestar.
No es como civil por ejemplo, que me lo meto todo en la cabeza, llego al examen y lo escupo.
Y me da corage cuando preguntan sobre algo muy muy concreto!!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: masape en 07 de Febrero de 2013, 20:09:20 pm
A tres días del examen y me surge esta duda el ICIO (Impuesto sobre construcciones instalaciones? y obras ) que cobra mi Ayuntamiento cuando otorga una Licencia de Obras, es un Impuesto o una Tasa.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 07 de Febrero de 2013, 20:14:13 pm
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A tres días del examen y me surge esta duda el ICIO (Impuesto sobre construcciones instalaciones? y obras ) que cobra mi Ayuntamiento cuando otorga una Licencia de Obras, es un Impuesto o una Tasa.
Considero que es una tasa, ya que el Ayuntamiento otorga una autorización (actividad administrativa), la licencia de Obra que se exige legalmente.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 07 de Febrero de 2013, 20:20:31 pm
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Considero que es una tasa, ya que el Ayuntamiento otorga una autorización (actividad administrativa), la licencia de Obra que se exige legalmente.

y no es de solicitud voluntaria ni se presta por el sector privado.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: masape en 07 de Febrero de 2013, 20:23:48 pm
Eso creo yo. pero por que lo llaman ICIO (impuesto....) En fin como dice el art. 2.2 LGT Los tributos cualquiera ques ea su denominación, se  clasifican en Tasas, Contrib. especiales e Impuestos " aunque al Alcalde de turno le ponga el nombre que mas le guste.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: pedro73 en 07 de Febrero de 2013, 20:57:38 pm
Chicos unas preguntitas de ultima hora: pueden calificarse como ingresos  publicos las fianzas, deposito o cauciones constituidos en la Caja General de Depósito?  Yo pienso que no, ya que la funcion que tiene es precisamente de seguro de caución o fianza, o sea, o idea de devolución, que pensais?

Otra cosa, el repercutido se considera contribuyente? Yo entiendo que si, ya que es el que realiza el hecho imponible.

Y por último una sobre la compensación de deudas, haber, en la compensación de deudas de oficio, dice que se aplica a obligados tributarios publicos y privados y en general las deudas se deben de encontrar en periodo ejecutivo. Luego en la compensanción entre entidades publicas dice que se deben de encontrar en período voluntario.
Alguien lo entiende, tiene que ser en periodo voluntario o ejecutivo??

Tengo una empanada mental que no os cuento
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 07 de Febrero de 2013, 21:11:51 pm
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Chicos unas preguntitas de ultima hora: pueden calificarse como ingresos  publicos las fianzas, deposito o cauciones constituidos en la Caja General de Depósito?  Yo pienso que no, ya que la funcion que tiene es precisamente de seguro de caución o fianza, o sea, o idea de devolución, que pensais?

Otra cosa, el repercutido se considera contribuyente? Yo entiendo que si, ya que es el que realiza el hecho imponible.

Y por último una sobre la compensación de deudas, haber, en la compensación de deudas de oficio, dice que se aplica a obligados tributarios publicos y privados y en general las deudas se deben de encontrar en periodo ejecutivo. Luego en la compensanción entre entidades publicas dice que se deben de encontrar en período voluntario.
Alguien lo entiende, tiene que ser en periodo voluntario o ejecutivo??

Tengo una empanada mental que no os cuento
1. No se consideran ingreso público las fianzas, depósitos o cauciones constituidos en la caja General de depósitos ya no se pueden calificar como ingresos públicos aquellas cantidades que obran  en poder de los entes públicos como consecuencia de títulos jurídicos que no permiten su libre disponibilidad. Al no haber títulos de dominio no puede hablarse de un ingreso público en sentido estricto. Pues ya que la finalidad esencial del ingreso público es propiciar la cobertura del gasto, sólo habrá ingreso público cuando el ente que recibe aquél tenga sobre el mismo plena disponibilidad, es decir, cuando ostente título jurídico suficiente para afectarlo al cumplimiento de sus fines.

2. Por lo que he estudiado hoy he entendido que el repercutido no es contribuyente, pues el contribuyente es el sujeto pasivo que realiza el hecho imponible. Si te vas al tema 16, explica que el sujeto pasivo que realiza el hecho imponible en el caso de los Impuestos Especiales es el que fabrica, vende, distribuye o entrega el bien o servicio, no el que lo consume que es el repercutido.
Por tanto, quien tiene el carácter de sujeto pasivo y de contribuyente en este caso no es el repercutido, ya que este solo asumirá la carga tributaria por la repercusión, pero no tendrá relación alguna con la obligación tributaria principal, ya que esta se mantendrá entre la Administración y el que la ley designe como realizador del hecho imponible (contribuyente).

No sé si me he explicado...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 07 de Febrero de 2013, 21:13:01 pm
A la compensación de deudas no he llegado... :-[
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Sevillano1985 en 07 de Febrero de 2013, 21:19:26 pm
Tenemos que tener en cuenta que el examen son preguntas cortas y por tanto debemos ser concretos yon tengo los apuntes que han elaborado los compañeros y uno de un comapero del año pasado que estan mas resumidos (por los que estoy estudiando) creo que hay que ser practico en esta asigantura y ceñirse a lo que preguntan sin extenderse.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 07 de Febrero de 2013, 21:36:05 pm
No le cojáis tanto miedo que al final os saldrá bien, pero no hay que ir ya pensando en negativo  :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: hergomez en 07 de Febrero de 2013, 23:58:45 pm
Buenas noches!
No soy capaz de entender correctamente los denominados" acuerdos previos de valoración". La definición se me hace complicada. Algún compañero que lo controle medianamente, a ver si puede echarme una mano.
Gracias!
Título: Estimacion Directa versus Estimacion Objetiva
Publicado por: mmurciaz en 08 de Febrero de 2013, 06:55:55 am
   Hola a todos,
   Dentro de los Metodos de determinacion de la base imponible, podriais poner ejemplos de Estimacion Directa?
Denro de la estimacion objetiva tenemos por ejemplo los modulos que se pueden utilizar para calcular el IRPF para actividades economicas,
pero no se ahora mismo ningun ejemplo en que se use la estimacion directa,   para comprender exactamnente en qué consiste este metodo,
   Gracias y Saludos
   Miguel
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 08 de Febrero de 2013, 08:06:42 am
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Cuales son los apuntes que estais utilizando?
Manda un e-mail desde tu cuenta uned solicitando la contraseña a esta dirección fyt12012@hotmail.es
y desde ahí podrás descargarlos. Son apuntes realizados en un grupo de trabajo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 08 de Febrero de 2013, 08:07:41 am
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Buenas noches!
No soy capaz de entender correctamente los denominados" acuerdos previos de valoración". La definición se me hace complicada. Algún compañero que lo controle medianamente, a ver si puede echarme una mano.
Gracias!

Si te refieres a ésto:


Información sobre la valoración debienes inmuebles
Arts. 90 LGT, art. 69 RGGI
Cada Administración tributaria informará, a solicitud del interesado y en relación con los tributos cuya gestión le correspondan sobre el valor a efectos fiscales de los bienes inmuebles que, situados en el territorio de su competencia, deban ser objeto de adquisición o transmisión.
Notas:
solicitud anterior adquisición transmisión de los bienes.
Por escrito. También medios informáticos.
Información tiene carácter vinculante durante 3 meses
No impide la comprobación, pero no podrá recaer sobre el valor, sino sobre hechos y circunstancias de la transmisión.
No silencio. La falta de contestación no implica aceptación del valor que, en su caso, se hubiera incluido en la solicitud del interesado.
No impugnable.
La Administración podrá requerir información antes de contestar.

Pues uno de los ejemplos que se me ocurren es el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en relación con lacompraventa de inmuebles de segunda mano. Una cosa es lo que te cueste el piso de segunda mano y que así debe reflejarse en la escritura correspondiente, y otra, lo que la Administración, en éste caso autonómica, opine que vale ese inmueble y que será el valor por el que tributes en ese impuesto.
Antes de la crisis pasaba que tu comprabas por X, se solia escriturar por X-1 y luego llegaba la autonomia y decia: esto vale X +2 y te giraba la correspondiente liquidación complementaria.....ahora con la caída de los precios debe de ser un caos.....porque creo que la admón autonómica no se haya bajado de la burra y puedes llegar a pagar por una valoración muchisimo mayor de lo que realmente hayas pagado.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 08 de Febrero de 2013, 08:10:08 am
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Buenas noches!
No soy capaz de entender correctamente los denominados" acuerdos previos de valoración". La definición se me hace complicada. Algún compañero que lo controle medianamente, a ver si puede echarme una mano.
Gracias!
En Alf se contestó lo siguiente:

-Pregunta de una alumna:
Hola a todos y a todas:
Pese a haberme leído detenidamente la valoración de bienes y acuerdos previos de valoración, no acabo de entenderlo del todo bien. ¿La Administración entra en una especie de "negociación" con el contribuyente? ¿Sobre qué bienes o rentas? ¿En qué se diferencia de la mera información?

Gracias por adelantado.

-Contestación del tutor:
Estimada alumna,

No son “negociaciones” sino una forma de determinar la base imponible preguntando a la Administración por la valoración que se le debe dar. Le hago un resumen por si con él lo entiende mejor.

-Derecho a ser informado del valor de los inmuebles que vayan a ser transmitidos o adquiridos. Sólo afecta a inmuebles y a operaciones de transmisión/adquisición (no a otras como división de la propiedad horizontal). Se realiza previa solicitud por escrito del obligado y su efecto es la información sobre el valor del inmueble. El valor es vinculante durante 3 meses (por lo que fluctua el mercado), siempre que la solicitud se haya formulado con carácter previo a la finalización del plazo para presentar la correspondiente autoliquidación o declaración y se hayan proporcionado datos verdaderos y suficientes a la Administración tributaria. Dicha información no impedirá la posterior comprobación administrativa de los elementos de hecho y circunstancias manifestados por el obligado tributario.

-Acuerdos previos de valoración de bienes, gastos, productos. Son una valoración anticipada que se realiza a petición del sujeto cuando las Leyes de los impuestos así lo prevean (en el IS por operaciones vinculadas, gastos en I+D). Se presenta por escrito por el sujeto pasivo con una valoración del mismo antes de la realización del HI o de los plazos previstos a tal efecto. La valoración realizada por la Admón. (si no la hace en el plazo de 6 meses supone una aceptación de la propuesta del sujeto pasivo) tiene carácter vinculante para ella a no ser que cambie la legislación o cambien significativamente las circunstancias que fundamentaron su valoración. Por tanto, sólo puede comprobar: si los hechos y operaciones realizadas coinciden con lo descrito en la propuesta y si la propuesta aprobada está siendo correctamente aplicada. Son procedimientos distintos e independientes del de las consultas. En estos la AEAT se pronuncia sobre la valoración que hay que dar a un gasto (en I+D) y en las consultas la DGT se pronuncia sobre si se realiza el HI (¿es ese gasto I+D?).

Un saludo
Título: Re:Estimacion Directa versus Estimacion Objetiva
Publicado por: LECARDILLA en 08 de Febrero de 2013, 08:45:12 am
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   Hola a todos,
   Dentro de los Metodos de determinacion de la base imponible, podriais poner ejemplos de Estimacion Directa?
Denro de la estimacion objetiva tenemos por ejemplo los modulos que se pueden utilizar para calcular el IRPF para actividades economicas,
pero no se ahora mismo ningun ejemplo en que se use la estimacion directa,   para comprender exactamnente en qué consiste este metodo,
   Gracias y Saludos
   Miguel

El IRPF... El cálculo de este impuesto se puede realizar por estimación directa o por estimación objetiva

Estimación Directa: para establecer el importe a pagar por impuesto, se deberá restar a los ingresos todos los gastos necesarios para obtener esa renta (sueldos y salarios de los asalariados; compras de material; amortizaciones; el alquiler de los inmuebles; los intereses por créditos y comisiones bancarias; ordenadores; impuestos no estatales; cuotas a colegios profesionales, cámaras y asociaciones empresariales y patronales; trabajos que se encarguen a terceros; primas de seguros satisfechas para asegurar los bienes; derechos y productos que afecten a su actividad, etcétera).

Tal como se plantea, es un sistema en base a datos reales, a ingreso y gastos que ya se han producido.

Este sistema admite dos modalidades: la estimación directa normal y la estimación directa simplificada.

Pero quienes deben tributar por este sistema, deberán cumplir con mayores obligaciones formales, tales como: llevar al día los libros de contabilidad, balances, facturas.

 Estimación Objetiva o Módulos: Este sistema sólo aplicable a actividades empresariales (divididas en 97 sectores).

Y la diferencia con la Estimación Directa, es que aquí no se contemplan los ingresos y gastos reales, sino que cada Módulo estima un rendimiento estándar dependiente de variables como personal asalariado, no asalariado, potencia eléctrica instalada, superficie del local, etc. Así, quienes tengan más de dos trabajadores o un gran local, deberán pagar más...)

Por lo tanto, no importa cómo vaya el negocio, bien o mal, cada trimestre se deberá pagar una cantidad fija según los elementos de la actividad laboral a la que corresponda...

PD. Por cierto estos datos están sacados de la página de la agencia tributaria...porque si te soy sincera, me cuesta un poco entender este tema  :-[
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 08 de Febrero de 2013, 09:00:27 am
El sistema de módulos por ejemplo, es aplicable a los bares (no sé si a todas las categorias) pero al bar corriente y moliente de al lado de nuestra casa sí. Paga en función a los metros cuadrados del local, a si tiene o no asalariados, a la luz que consume (¿nunca os habeis fijado en la poca luz electrica que intentan gastar?), porque se supone que en funcion de estos gastos (y otros más) así ingresará...a más local más clientes, a más gasto de luz más horas trabajadas y supuestamente más ingresos, cuantos más camareros tenga es que tiene más volumen de negocio...todo ello es una teoría bien bonita en tiempos normales....y una manera de controlar en éste tipo de negocio la facturación. Es raro el bar que tique todas las consumiciones por ejemplo, y así tampoco tienen que llevar una contabilidad tradicional. Habrá trimestres que paguen de más en función de lo que realmente ingresan en la caja, pero otros no. 
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mmurciaz en 08 de Febrero de 2013, 10:08:20 am
Gracias Lecardilla y matias1 por vuestra respuesta,
  Lecardilla, aunque esté sacado dela pagina de la AEAT está muy completo,
  por lo que veo el IRPF (para actividades económicas) se puede realizar bien por estimacion directa u objetiva,
   
  Gracias y Saludos
  Miguel
Título: Tema 17 Supuestos responsabilidad subsidiaria
Publicado por: mmurciaz en 08 de Febrero de 2013, 10:10:23 am
   Hola de nuevo,
   En uno de los casos en que procede esta responsabilidad, es para: “Las personas o entidaes que  contraten o subcontraten obras o servicios correspondientes a su actividad económica principal, serán responsables de los tributos que tuvieran que ser objeto de retencion o repercusión por parte del  contratista o subcontratista, correspondiente a la obra o servicios contratados”
  Pues bien, ¿sabeis si esa responsabilidad, es por las retenciones que el subcontratista debería haber practicado, él mismo, a otros profesioanles con los que haya trabajado?,
Es decir, que no se está refiriendo a las retenciones que nosotros le debíamos haber practicado a él, con motivo del trabajo contratado,   
  ¿es así?
   Gracias y Saludos
   Miguel
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 08 de Febrero de 2013, 10:21:06 am
Yo tengo esa misma duda :-X
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 08 de Febrero de 2013, 10:24:38 am
http://www.aemcm.net/archivos/respopnsabilidad.pdf
voy a ver si lo descifro :-[
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 08 de Febrero de 2013, 10:36:01 am
El régimen de responsabilidad lo es únicamente respecto de los tributos que deban
repercutirse (IVA) o de las cantidades que deban retenerse a trabajadores, a
profesionales o a empresarios (IRPF). Además, no se extiende a la totalidad de las
retenciones o repercusiones tributarias incumplidas por el obligado principal o directo, sino
únicamente a la parte de aquéllas correspondientes a la obra o servicio que constituye el
objeto de la contratación o subcontratación.
Entiendo que son las cantidades que la empresa contratada debe pagar a la administración, si la empresa contratada no paga, hacienda pedirá la responsabilidad subsidiaria a la empresa que contrate por estos impuestos, (siempre teniendo presente si se ha pedido el certificado)
he metido la pata?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 08 de Febrero de 2013, 10:51:56 am
Heeeelp!!

Respecto al derecho a exigir el pago de las deudas liquidadas y autoliquidadas (Tema 19, epígrafe 2.3)

Dice que si nos encontramos ante declaraciones-liquidaciones practicadas por el obligado tributiario, la solución es diversa según la Administración conozca o no el importe de la prestación.

Pues bien, mi duda es respecto a: Si la AT no conoce el importe de la prestación, al coincidir el periodo voluntario de ingreso con el plazo de declaración, comenzará la prescripción del derecho a liquidar el día siguiente a la finalización de tal período, siempre naturalmente si el sujeto pasivo no hubiera presentado la declaración. En este caso se solapan el derecho a liquidar y el derecho a exigir lo liquidado.

¿Alguien me puede explicar esto de otra forma o con un ejemplo? No sé si es mi juventud, pero todo esto de los plazos me suena a chino directamente... :'(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 08 de Febrero de 2013, 11:02:37 am
 ;D Con esa pregunta mareamos bien a la pobre Marta, a ver si lo entendí yo y que me perdone ella por ser tan cazurra.
Imagina que no has presentado la declaración del IRpf, para la administración desde que finaliza el plazo voluntario tiene 4 años para liquidar ese impuesto. Por lo tanto tiene 4 años para la liquidación + otro 4 años para exigir el pago.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 08 de Febrero de 2013, 11:09:06 am
uff repasando este post
http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=78644.405;wap2
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: LECARDILLA en 08 de Febrero de 2013, 11:38:04 am
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;D Con esa pregunta mareamos bien a la pobre Marta, a ver si lo entendí yo y que me perdone ella por ser tan cazurra.
Imagina que no has presentado la declaración del IRpf, para la administración desde que finaliza el plazo voluntario tiene 4 años para liquidar ese impuesto. Por lo tanto tiene 4 años para la liquidación + otro 4 años para exigir el pago.

Allá voy yo  :-[...

Si no me equivoco, este es el supuesto en el que el "derecho a liquidar" y el "derecho a recaudar" corren en paralelo, por lo que si transcurre sin interrupción el plazo de prescripción del "derecho a liquidar" se entinguirá la deuda y por tanto, ya no podrá recaudarse. En este caso, el plazo de prescripción a liquidar y a recaudar, han corrido en paralelo.

Liquidar, implica que la Admon determine cúal es la deuda.
Recaudar: conlleva el derecho para exigir el pago de la deuda liquidada o autoliquidada.

Por tanto no podrás recaudarla, si no la has liquidado previamente... ;D

Si o no? jajaja Alquien que remate  :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 08 de Febrero de 2013, 11:45:35 am
Lecardilla pero si durante esos 4 años la liquidas, yo entiendo que empieza el nuevo plazo para recaudar otros 4 años
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 08 de Febrero de 2013, 11:55:58 am
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Heeeelp!!

Respecto al derecho a exigir el pago de las deudas liquidadas y autoliquidadas (Tema 19, epígrafe 2.3)

Dice que si nos encontramos ante declaraciones-liquidaciones practicadas por el obligado tributiario, la solución es diversa según la Administración conozca o no el importe de la prestación.

Pues bien, mi duda es respecto a: Si la AT no conoce el importe de la prestación, al coincidir el periodo voluntario de ingreso con el plazo de declaración, comenzará la prescripción del derecho a liquidar el día siguiente a la finalización de tal período, siempre naturalmente si el sujeto pasivo no hubiera presentado la declaración. En este caso se solapan el derecho a liquidar y el derecho a exigir lo liquidado.

¿Alguien me puede explicar esto de otra forma o con un ejemplo? No sé si es mi juventud, pero todo esto de los plazos me suena a chino directamente... :'(



IRPF del 2012: Plazo para presentar la autoliquidación 30 de junio 2013 (mejor dicho 1 de julio de 2013 que el 30 de  junio es domingo, por lo tanto inhabil...pasa al dia siguiente)
Vas y aun teniendo obligación, no presentas la autoliquidación.
¿Hasta cuando podría la AEAT liquidar? Hasta 1 de julio de 2017 jejeje
Te exige que pagues tropecientos mil euros.
Vas tú y no pagas.
Pues hasta 1 de julio de 2021 podría exigirte el pago.

Evidentemente ésto no ocurre casi nunca...pues menuda es la aeat....en cuanto no pagas empiezan a correr los plazos de periodo voluntario, via de apremio etc etc con los consiguientes intereses...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 08 de Febrero de 2013, 12:28:52 pm
Vale...creo que lo he entendido.

En el caso planteado, puesto que no se produce la autoliquidación, la AT no puede proceder a la recaudación de la deuda tributaria (derecho a exigir el pago de la deuda liquidada) puesto que ésta debe estar liquidada para poder ser recaudada.
Por ello, la AT debe proceder a liquidar la deuda, para lo que se inicia el cómputo de la prescripción para llevar a cabo las actuaciones de comprobación e investigación y de liquidar la deuda desde que finalice el plazo de declaración, ¿correcto? En este mismo momento se iniciaría el cómputo de la prescripción del derecho a exigir la deuda liquidada, siendo por tanto en paralelo.

¿Me podéis confirmar que es así?
La clave está, según una pregunta de examen, en qué momento se inicia la prescripción de ambas actuaciones administrativas; supongo que este momento es desde que termina el período de declaración en el que el obligado tributario debió presentar la correspondiente liquidación.

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 08 de Febrero de 2013, 12:33:20 pm
Creía que lo tenía, pero veo que no.
Si corren en paralelo el plazo de liquidar y el de exigir la deuda liquidada el ejemplo de Marta ya no lo veo tan claro...

 :'( :'( :'(
Título: Responsabilidad Subsidiaria
Publicado por: mmurciaz en 08 de Febrero de 2013, 12:42:35 pm
Entiendo que son las cantidades que la empresa contratada debe pagar a la administración, si la empresa contratada no paga, hacienda pedirá la responsabilidad subsidiaria a la empresa que contrate por estos impuestos, (siempre teniendo presente si se ha pedido el certificado)
he metido la pata?


   Gracias Pravias,

   De todas formas esas deudas de la empresa sub-contratada, supongo que solo pueden ser las retenciones que la misma debia haber ingresado y no lo ha hecho (por pagos que a su vez realizó a otros profesionales con los que se realizó),
   Creo que debe ser eso,

   Gracias y Saludos
   Miguel
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mmurciaz en 08 de Febrero de 2013, 12:44:11 pm
(por pagos que a su vez realizó a otros profesionales con los que se realizó),

queria decir (por pagos que a su vez realizó a otros profesionales con los que se relacionó),

  Saludos
   Miguel
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 08 de Febrero de 2013, 12:51:34 pm
Yo entiendo empresa que hace el trabajo, emite una factura con su iva, y ese iva no lo declara y paga a hacienda, la empresa que contrata a ésta tiene responsabilidad subsidiaria por este iva no pagado.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mmurciaz en 08 de Febrero de 2013, 13:09:10 pm
Pravias
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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #1058 en: Hoy a las 12:51:34 »
Citar
Yo entiendo empresa que hace el trabajo, emite una factura con su iva, y ese iva no lo declara y paga a hacienda, la empresa que contrata a ésta tiene responsabilidad subsidiaria por este iva no pagado.


  Pravias,
  es que creo que ese supuesto no puede darse, pues tu cuando le pagas la factura a esa empresa subcontratada, le haces una retencion y la ingresas a Hacienda,
  por lo que en lo que respecta a las facturas que te haga esa empresa sub-contratada a tí, siempre estará correctametne ingresada la cantidad que proceda a Hacienda,
   No se si me explico y estoy en lo cierto?

   Saludos
   Miguel
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 08 de Febrero de 2013, 13:11:18 pm
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Creía que lo tenía, pero veo que no.
Si corren en paralelo el plazo de liquidar y el de exigir la deuda liquidada el ejemplo de Marta ya no lo veo tan claro...

 :'( :'( :'(


Corren paralelos hasta que uno se para e interrumpe esa carrera.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 08 de Febrero de 2013, 13:19:05 pm
ya no se ni lo que digo jj, a ver si puedo explicarme.
-Mi empresa (Canales) se dedica a la construcción y subcontrato esta obra a Promociones.
-Promociones factura  a Canales 2000+21 % de iva que serían 420 €.
-pero llega el momento que promociones hace su declaración trimestral de Iva y este importe no lo declara en la parte de iva repercutido.
-en ese caso hacienda una vez intentado el cobro a promociones le pide a Canales que pague esos 420 €
no se si la estaré liando parda, pero ayer la directora de hacienda la lió más jj
Título: Pago IVA
Publicado por: mmurciaz en 08 de Febrero de 2013, 13:25:13 pm
   Ya Pravias, te entiendo,
   creo que es cierto, lo que yo hedicho se refiere a las retenciones que se practican al que recibe el dinero, y eso creo que es una retencion sobre los ingresos en sí, (los beneficios mas o menos) del receptor del pago,
   pero el IVA va por otro lado, con lo que puede que tengas razón tú,
   a ver si alguien nos lo pudiera aclarar,

   no obstante, vaya putada si es así, que despues de pagarle tú el IVa a otro, como este no lo ingresa, vaya Hacienda y te lo reclame a tí, realmente sería pagar dos veces lo mismo,    no se si eso quebranta algun principio general del derecho  :(,

   Saludos
   MIguel
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 08 de Febrero de 2013, 13:28:00 pm
En el artículo que he puesto antes, ponía algo así que en tema de Iva era más dificil calcularlo.
En nuestra empresa si nos han pedido el certificado de no tener deudas y no lo entendía
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 08 de Febrero de 2013, 13:32:54 pm
http://estrategiafinanciera.wke.es/noticias_base/responsabilidad-subsidiaria-de-los-contratistas-en-la-nueva-ley-general-tributaria?class=Fondo+Editorial&locale=es&magazine_ids%5B%5D=3&page=6&q=Directiva+sobre+el+IVA&site=5&time=
La extensión de la responsabilidad a los tributos que deban repercutirse (básicamente IVA, IGIC y IPIS) no sólo atañe a la obligación de repercutir el impuesto que pueda sujetar al subcontratista, con la correlativa obligación de soportarlo para el repercutido, sino que parece extenderse al ingreso de la cuota tributaria correspondiente. Por tanto, el contratista principal podrá verse sujeto a una doble tributación si habiendo abonado conforme a Derecho las correspondientes cuotas repercutidas es declarado responsable subsidiario ante la falta de ingreso de las mismas por el subcontratista.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 08 de Febrero de 2013, 17:44:55 pm
En la pregunta de examen:

Transcurridos  dos años desde la finalización del plazo de presentación voluntaria de una autoliquidación, la Admón realiza unas actuaciones que interrumpen el plazo de prescripción. La liquidación provisional resultante de esas actuaciones se practica el 18/'5/2009 y se notifica el día 1/06/2009. Suponga que no se han producido otras actuaciones interruptoras de la prescripción. ¿Cuándo prescribe el derecho de la Admón a practicar una nueva liquidación en relación con la deuda tributaria a que se han referido esas actuaciones?

Teniendo en cuenta que  respecto a la reanudación del cómputo de la prescripción, la regla general dice que se comenzará a contar de nuevo el día que se hubiere interrumpido.

¿Se entiende que empiezan a contar 4 años desde la fecha de notificación o desde la fecha de la actuación?

Entiendo que es desde la fecha de la notificación, porque según mis apuntes "no basta con que se efectúe una actuación administrativa, sino que ha de ser notificada, `por lo que en realidad será la notificación lo que habrá de producirse antes de finalizar el período de prescripción para que la actividad administrativa tenga eficacia interruptiva".

¿Alguien me puede confirmar que sea 4 años desde la fecha de notificación o cómo se resolvería este caso?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 08 de Febrero de 2013, 18:04:40 pm
Transcurridos dos años desde la finalización del plazo de presentación voluntaria de una autoliquidación, la Administración realiza unas actuaciones que interrumpen el plazo de prescripción. La liquidación provisional resultante de esas actuaciones se practica el día 18 de mayo de 2009 y se notifica el día 1 de junio del mismo año. Suponga que no se han producido otras actuaciones interruptoras de la prescripción. ¿Cuándo prescribe el derecho de la Administración a practicar una nueva liquidación en relación con la deuda tributaria a que se han referido esas actuaciones? Justifique su respuesta.

Explicación del profesor en el foro sobre la prescripción: Articulo 68.5 LGT: «producida la interrupción, se iniciará de nuevo el computo del plazo de prescripción». Comienza de nuevo el plazo de los 4 años.
Yo entiendo que el plazo de prescripción para que la Administración realice una nueva liquidación es el 1 de junio de 2013, éste sería el último día posible (cuatro años a partir del día de la notificación). El día 2 de junio ya habrá prescrito el derecho.

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 08 de Febrero de 2013, 18:15:19 pm
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Transcurridos dos años desde la finalización del plazo de presentación voluntaria de una autoliquidación, la Administración realiza unas actuaciones que interrumpen el plazo de prescripción. La liquidación provisional resultante de esas actuaciones se practica el día 18 de mayo de 2009 y se notifica el día 1 de junio del mismo año. Suponga que no se han producido otras actuaciones interruptoras de la prescripción. ¿Cuándo prescribe el derecho de la Administración a practicar una nueva liquidación en relación con la deuda tributaria a que se han referido esas actuaciones? Justifique su respuesta.

Explicación del profesor en el foro sobre la prescripción: Articulo 68.5 LGT: «producida la interrupción, se iniciará de nuevo el computo del plazo de prescripción». Comienza de nuevo el plazo de los 4 años.
Yo entiendo que el plazo de prescripción para que la Administración realice una nueva liquidación es el 1 de junio de 2013, éste sería el último día posible (cuatro años a partir del día de la notificación). El día 2 de junio ya habrá prescrito el derecho.
Gracias Marta; así lo había entendido.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 08 de Febrero de 2013, 18:26:52 pm
pues gracias, porque yo creia que comienza a correr desde el dia siguiente de la notificacion.menudo lio. >:(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 08 de Febrero de 2013, 18:30:39 pm
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pues gracias, porque yo creia que comienza a correr desde el dia siguiente de la notificacion.menudo lio. >:(

Espera, espera....que voy a comprobarlo....
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 08 de Febrero de 2013, 18:46:15 pm
En mis apuntes aparece "comenzará a contarse de nuevo el día que se hubiera interrumpido"

Lo aplicamos al día de la notificación por lo que se ha comentado, no?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 08 de Febrero de 2013, 18:46:43 pm
Te copio la explicación del profesor del curso pasado:

Duda sobre prescripción contestada en el foro por el profesor:
Estimada alumna, entiendo que su duda es sobre cuando acaba el plazo de prescripción, ¿cuál es el último día del mismo? Imagine que el derecho de la Administración para determinar una deuda cuyo fin de plazo para ingresar termina el día 20 de abril de 2001, ¿finaliza el día 20 de abril de 2005 o el día 21 de abril de dicho año?. ¿el día que prescribe se puede liquidar aún, o ya se considera prescrita ese día?
En cuanto al cómputo del final del plazo la LGT no realiza ninguna precisión teniendo en cuenta que en el ámbito del derecho administrativo rige el principio procesal dies a quo non computatur in término, computándose además de fecha a fecha todos los plazos, ya estén fijados en meses o años, por lo que lo esencial es determinar el día inicial del cómputo del plazo. No obstante lo anterior, el Tribunal Supremo (Sentencias de 9/03/82,21/12/87,9/03/88, entre otras) ha tenido que aclarar reiteradamente el concepto de fecha a fecha pues no es infrecuente incurrir en el error de calcular que si un plazo se inicia, por ejemplo como en el supuesto planteado, e n día 21 finaliza asimismo el 21 del año o mes que corresponda al plazo establecido, siendo así que el plazo habrá terminado el día 20, pues el 21 corresponde ya a otro mes o año. En conclusión, en la cuestión planteada el plazo de prescripción se inicia el día 21 de abril de 2001, por ser el día siguiente a la finalización del plazo de ingreso, siendo el día de prescripción el 20 de abril de 2005, fecha en que aún puede practicarse liquidación, pues sólo el día 21 deberá considerarse prescrito el derecho de la Administración Tributaria.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: superbiker en 08 de Febrero de 2013, 18:51:19 pm
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Si te refieres a ésto:


Información sobre la valoración debienes inmuebles
Arts. 90 LGT, art. 69 RGGI
Cada Administración tributaria informará, a solicitud del interesado y en relación con los tributos cuya gestión le correspondan sobre el valor a efectos fiscales de los bienes inmuebles que, situados en el territorio de su competencia, deban ser objeto de adquisición o transmisión.
Notas:
solicitud anterior adquisición transmisión de los bienes.
Por escrito. También medios informáticos.
Información tiene carácter vinculante durante 3 meses
No impide la comprobación, pero no podrá recaer sobre el valor, sino sobre hechos y circunstancias de la transmisión.
No silencio. La falta de contestación no implica aceptación del valor que, en su caso, se hubiera incluido en la solicitud del interesado.
No impugnable.
La Administración podrá requerir información antes de contestar.

Pues uno de los ejemplos que se me ocurren es el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en relación con lacompraventa de inmuebles de segunda mano. Una cosa es lo que te cueste el piso de segunda mano y que así debe reflejarse en la escritura correspondiente, y otra, lo que la Administración, en éste caso autonómica, opine que vale ese inmueble y que será el valor por el que tributes en ese impuesto.
Antes de la crisis pasaba que tu comprabas por X, se solia escriturar por X-1 y luego llegaba la autonomia y decia: esto vale X +2 y te giraba la correspondiente liquidación complementaria.....ahora con la caída de los precios debe de ser un caos.....porque creo que la admón autonómica no se haya bajado de la burra y puedes llegar a pagar por una valoración muchisimo mayor de lo que realmente hayas pagado.


Estos son los acuerdos previos de valoracion.
Cuando las Leyes o Reglamentos de cada tributo asi lo prevean. La administracion determinará con caracter previo y vinculante la valoracion, a efectos fiscales, de rentas, productos, bienes, gastos y demas elementos del hecho imponible de la deuda tributaria.

La valoracion se extiendea todo tipo de bienes y la Administracion queda vinculada a valorara el bien de acuerdo a la informacion dada a cada contribuyente, en relacion con un determinado impuesto y por un periodo segun la LGT de 3 años, aunque puede ser distinto.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 08 de Febrero de 2013, 18:59:01 pm
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Te copio la explicación del profesor del curso pasado:

Duda sobre prescripción contestada en el foro por el profesor:
Estimada alumna, entiendo que su duda es sobre cuando acaba el plazo de prescripción, ¿cuál es el último día del mismo? Imagine que el derecho de la Administración para determinar una deuda cuyo fin de plazo para ingresar termina el día 20 de abril de 2001, ¿finaliza el día 20 de abril de 2005 o el día 21 de abril de dicho año?. ¿el día que prescribe se puede liquidar aún, o ya se considera prescrita ese día?
En cuanto al cómputo del final del plazo la LGT no realiza ninguna precisión teniendo en cuenta que en el ámbito del derecho administrativo rige el principio procesal dies a quo non computatur in término, computándose además de fecha a fecha todos los plazos, ya estén fijados en meses o años, por lo que lo esencial es determinar el día inicial del cómputo del plazo. No obstante lo anterior, el Tribunal Supremo (Sentencias de 9/03/82,21/12/87,9/03/88, entre otras) ha tenido que aclarar reiteradamente el concepto de fecha a fecha pues no es infrecuente incurrir en el error de calcular que si un plazo se inicia, por ejemplo como en el supuesto planteado, e n día 21 finaliza asimismo el 21 del año o mes que corresponda al plazo establecido, siendo así que el plazo habrá terminado el día 20, pues el 21 corresponde ya a otro mes o año. En conclusión, en la cuestión planteada el plazo de prescripción se inicia el día 21 de abril de 2001, por ser el día siguiente a la finalización del plazo de ingreso, siendo el día de prescripción el 20 de abril de 2005, fecha en que aún puede practicarse liquidación, pues sólo el día 21 deberá considerarse prescrito el derecho de la Administración Tributaria.
Pero entiendo que en ese caso es así porque efectivamente el cómputo de la prescripción del derecho a exigir el pago de las deudas liquidadas (recaudación), comienza cuando finalice el período de plazo voluntario (finaliza el día 20 de abril, por tanto la prescripción se inicia en día 21 de abril en ese caso).

Pero en el supuesto de examen que he planteado más arriba, se dice que se produce la interrupción por actuaciones administrativas tendentes a la liquidación; lo que supone que por haberse interrumpido ha de reanudarse, empezando con ello un nuevo período de prescripción de 4 años el día que se hubiese interrumpido, que por efecto de la notificación en ese supuesto es el 1 de Junio.
¿Correcto?
El plazo iría entonces del 1 de Junio de 2010 al 1 de Junio de 2013, ¿no?

Pfff que lío y que miedo le tengo al examen... :'(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 08 de Febrero de 2013, 19:04:56 pm
el plazo comienza el 1 de junio de 2009 hasta el 1 de junio de 2013.son 4 años desde el dia de la notificación.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 08 de Febrero de 2013, 19:07:38 pm
la prescripcion comenzaría desde el 2 de junio del 2013 no? vamos a salir locos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 08 de Febrero de 2013, 19:10:22 pm
Yo entiendo, a la vista de lo dicho por el profesor, que no se puede contar de 1 de junio a 1 de junio, es de 2 de junio de 2009 a 1 de junio de 2013...eso son 4 años, porque si dices que de 1 de junio a 1 de junio estás pillando 4 años y 1 dia.

Fijate, meses completos: junio, julio , agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre, enero, febrero, marzo, abril, mayo...hasta aqui son 12 meses, si pillas el 1 junio te sale 1 año y 1 dia.

Por lo tanto tiene razón apodio1, desde el dia siguiente, desde el 2 de junio de 2009, pero hasta el 1 de junio de 2012....asi sí salen 12 meses..

Haz las cuentas por los dedos, ya verás. Y la resolución que tú y yo hemos dado está correcta, contestamos hasta el 1 de junio de 2013, el 2 de junio de 2013 ya está prescrito el derecho.
Leete ésto con calma y escribelo en un papel....verás como te sale. Y es la explicación del profesor.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 08 de Febrero de 2013, 19:12:11 pm
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el plazo comienza el 1 de junio de 2009 hasta el 1 de junio de 2013.son 4 años desde el dia de la notificación.
Si, 1 de Junio de 2009, que me he ido a otro supuesto de examen con fecha de 2010.

Pfff, es que no sé...el artículo 68.5 dice "Producida la interrupción, se iniciará de nuevo el cómputo del plazo de prescripción...

La interrupción del cómputo en este caso se produce con la actuación administrativa pero cuando se notifica, pero ya no sabría concretar fecha exacta, si el 1 o el 2 de Junio  :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 08 de Febrero de 2013, 19:14:10 pm
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Yo entiendo, a la vista de lo dicho por el profesor, que no se puede contar de 1 de junio a 1 de junio, es de 2 de junio de 2009 a 1 de junio de 2013...eso son 4 años, porque si dices que de 1 de junio a 1 de junio estás pillando 4 años y 1 dia.

Fijate, meses completos: junio, julio , agosto, septiembre, octubre, noviembre, diciembre, enero, febrero, marzo, abril, mayo...hasta aqui son 12 meses, si pillas el 1 junio te sale 1 año y 1 dia.

Por lo tanto tiene razón apodio1, desde el dia siguiente, desde el 2 de junio de 2009, pero hasta el 1 de junio de 2012....asi sí salen 12 meses..

Haz las cuentas por los dedos, ya verás. Y la resolución que tú y yo hemos dado está correcta, contestamos hasta el 1 de junio de 2013, el 2 de junio de 2013 ya está prescrito el derecho.
Leete ésto con calma y escribelo en un papel....verás como te sale. Y es la explicación del profesor.
Aclarado.

Gracias chicos.

Ya podía salir esto en el examen, que lo he retenido bien  ;D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: superbiker en 08 de Febrero de 2013, 19:16:00 pm
Cuando hablais del sia siguiente se refiere a periodo de pago voluntario.
La prescripcion comienza a correr desde el mismo dia de la notificacion en el ejemplo que estais viendo es el dia 1 de junio 2009, luego el plazo de prescripcion seran 4 años desde el dia de la notificacion 1 de junio del 2013.

UN saludo :-)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 08 de Febrero de 2013, 19:22:47 pm
voy a mirar en el curso virtual y os digo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 08 de Febrero de 2013, 19:34:13 pm
si ,es como dice superbiker.es desde el mismo dia de la notificacion hasta 1 /6/2013.gracias a todos y a matias1.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 08 de Febrero de 2013, 19:46:13 pm
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Cuando hablais del sia siguiente se refiere a periodo de pago voluntario.
La prescripcion comienza a correr desde el mismo dia de la notificacion en el ejemplo que estais viendo es el dia 1 de junio 2009, luego el plazo de prescripcion seran 4 años desde el dia de la notificacion 1 de junio del 2013.

UN saludo :-)

Disiento, todas las  notificaciones hacen empezar a correr los plazos al día siguiente...eso fijo como mi puesto en el MEH.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: masape en 08 de Febrero de 2013, 19:49:51 pm
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Disiento, todas las  notificaciones hacen empezar a correr los plazos al día siguiente...eso fijo como mi puesto en el MEH.
Dies a Quo non Computatur, el dia inicial no cuenta, se computa a partir del siguiente a la notificación.Plazo prescripcion 2 de junio a Las 00,00 horas hasta el 01 /junio 2013 A LAS 24 HORAS
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Sevillano1985 en 08 de Febrero de 2013, 19:50:50 pm
Supongo que ya se habreis dado cuenta pero la dificultad de los examenes del año pasado poco tienen que ver con el de la primera semana que se ha hecho este año se ve que este año estan apretando bastante mas, al menos esa es mi impresion no se si la compartireis... :'(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 08 de Febrero de 2013, 19:51:46 pm
Lo más lógico también es que comience al día siguiente, el 2 de Junio de 2009, pero sí que entendí por lo estudiado que sería el mismo día de la actuación y en este caso concreto el día de la notificación.

No obstante, en los dos casos similares que hay de exámenes se pregunta hasta qué fecha podrá ejercitar la potestad de liquidación (o algo similar). Esto está claro que debe iniciarse en un período de 4 años desde la notificación, por lo tanto hasta el día 1 de Junio de 2013.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 08 de Febrero de 2013, 19:53:06 pm
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Dies a Quo non Computatur, el dia inicial no cuenta, se computa a partir del siguiente a la notificación.Plazo prescripcion 2 de junio a Las 00,00 horas hasta el 01 /junio 2013 A LAS 24 HORAS


Ahí estamos, no se puede explicar mejor.... :) desde el 2 de junio a las 00,00 horas hasta el 1 de junio a las 24 horas. Por lo tanto el 2 de junio de 2013 desde las 00,00 horas prescrito.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: masape en 08 de Febrero de 2013, 20:04:40 pm
Me huele a mi que el lunes cae algo sobre los precios públicos.Tengo esa corazonada. Ya que es una figura hibrida entre una prestación patrimonial pública, y que a veces su cuantificación debe hacerse exlege y otras veces por tener un caracter pseudo privado mediante disposición reglamentaria, orden etc..
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 08 de Febrero de 2013, 20:45:51 pm
menos mal que entre todos nos ayudamos .menudo foro más estupendo. ánimo a todos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 08 de Febrero de 2013, 20:59:22 pm
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Me huele a mi que el lunes cae algo sobre los precios públicos.Tengo esa corazonada. Ya que es una figura hibrida entre una prestación patrimonial pública, y que a veces su cuantificación debe hacerse exlege y otras veces por tener un caracter pseudo privado mediante disposición reglamentaria, orden etc..
si si, yo también tengo esa corazonada. Por cierto, no creo que vuelvan a salir las contribuciones especiales, no?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: masape en 08 de Febrero de 2013, 21:15:37 pm
Particularmente no creo que repitan nada de lo de la primera semana. Por cierto tengo entendido que las cuestiones hay que responderla en el orden en que se plantaean? es decir de primera pregunta a la sexta, saltando aquella que no vayamos a contestar de las 6. ¿es así?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 08 de Febrero de 2013, 21:42:57 pm
Una aclaración de última hora, puede que no caiga, pero por si acaso, el Ed sigue respondiendo a dudas en Alf, (lo siento Raúl31, pero no tenía ese documento hecho, la primera semana tuve que ponerme con 3 que sí ha contestado y planteado muchas dudas en Alf, pero bueno, si me pasa como con Penal 1, tampoco me ha servido de nada porque no lo miré siquiera; lo tendré en cuenta para el próximo parcial).

Respecto a las CCAA de régimen foral y las de régimen general.

La diferencia, expuesta de modo breve, es la siguiente:
- Las Comunidades Autónomas de régimen general pueden establecer sus propios tributos, pero sólo sobre hechos imponibles que no estén ya gravados por el Estado. Como el Estado ha establecido ya impuestos sobre la renta, el patrimonio, las trasmisiones, el valor añadido, etc., el margen de que disponen las Comunidades Autónomas para establecer sus propios tributos es muy limitado (impuestos sobre el juego, impuestos ambientales).
- En cambio, en el País Vasco y Navarra no se aplican los tributos del Estado, de modo que tales territorios históricos regulan sus propios impuestos sobre la renta, sociedades, patrimonio, etc.
 Quedan a su disposición, con un cordial saludo,


Respecto al Decreto-Ley

Creo que la idea fundamental a retener es que el Decreto Ley no puede regular aspectos "importantes" (si me permite una expresión coloquial) del sistema tributario (aquellos aspectos que afectan de modo notable a un gran número de contribuyentes.
 El problema está en que esta formulación es demasiado imprecisa (¿qué es "importante"? ¿a cuántos contribuyentes y con qué intensidad debe afectar el decreto ley para ser inconstitucional?).
Según el manual, es falso que el decreto ley sólo sea inconstitucional cuando regule de modo general el deber de contribuir, porque "regular de modo general el deber de contribuir" equivaldría a regular todo el sistema tributario, y esto no se va a hacer nunca por decreto-ley.
 Quedan a su disposición, con un cordial saludo,


Suerte a todos y todas el lunes.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Sevillano1985 en 09 de Febrero de 2013, 09:18:31 am
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Particularmente no creo que repitan nada de lo de la primera semana. Por cierto tengo entendido que las cuestiones hay que responderla en el orden en que se plantaean? es decir de primera pregunta a la sexta, saltando aquella que no vayamos a contestar de las 6. ¿es así?

Si así es.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Sevillano1985 en 09 de Febrero de 2013, 12:08:01 pm
Por cierto no termino de aclararme con el tema de la autoliquidacion en cuanto al periodo ejecutivo; dice que se llevara a cabo cuando finalice el plazo establecido para su ingreso, si aquélla se presentó durante tal plazo sin realizar el ingreso, o al día siguiente de la presentación, si se hizo una vez transcurrido dicho plazo. ¿ que quire decir?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Nandae en 09 de Febrero de 2013, 12:12:14 pm
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Por cierto no termino de aclararme con el tema de la autoliquidacion en cuanto al periodo ejecutivo; dice que se llevara a cabo cuando finalice el plazo establecido para su ingreso, si aquélla se presentó durante tal plazo sin realizar el ingreso, o al día siguiente de la presentación, si se hizo una vez transcurrido dicho plazo. ¿ que quire decir?

Quiere decir que:
1 - si  se presentó dentro del plazo, pero no se pagó dentro de ese plazo, la administración actuará cuando termine dicho plazo
2 - si  se presentó fuera del plazo, la administración actuará al día siguiente de la presentación
(Que alguien me corrija si me equivoco)
Saludos.

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: LECARDILLA en 09 de Febrero de 2013, 12:12:42 pm
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Por cierto no termino de aclararme con el tema de la autoliquidacion en cuanto al periodo ejecutivo; dice que se llevara a cabo cuando finalice el plazo establecido para su ingreso, si aquélla se presentó durante tal plazo sin realizar el ingreso, o al día siguiente de la presentación, si se hizo una vez transcurrido dicho plazo. ¿ que quire decir?

a tu pregunta le falta algún dato  :D o yo estoy muy obstusa y no entiendo lo que preguntas  :'(, hablas de ¿la vía de apremio y pago de la deuda?, ¿de la preescripción con respecto a algún derecho?, cuenta, cuenta  :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Sevillano1985 en 09 de Febrero de 2013, 12:14:52 pm
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a tu pregunta le falta algún dato  :D o yo estoy muy obstusa y no entiendo lo que preguntas  :'(, hablas de ¿la vía de apremio y pago de la deuda?, ¿de la preescripción con respecto a algún derecho?, cuenta, cuenta  :)

Si llevas razon, estoy ya en plan que no se ni que escribo....me refiero al pago de deuda.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: LECARDILLA en 09 de Febrero de 2013, 12:23:22 pm
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Si llevas razon, estoy ya en plan que no se ni que escribo....me refiero al pago de deuda.

Efectivamente Nandae, se refiere a la iniciación y terminación del periodo voluntario para recaudar la Administración, si no se cumplen los requisitos comienza el periodo de recaudación en ejecutiva, te pongo el artículo del Reglamento de Recaudación:

RGR: Artículo 68. Iniciación y terminación de la recaudación en periodo voluntario.
 
1. La recaudación en periodo voluntario se iniciará  a partir de:

 a.La fecha de notificación de la liquidación al obligado al pago.
 b.La apertura del respectivo plazo recaudatorio cuando se trate de las deudas que sean objeto de notificación colectiva y periódica.
 c.La fecha de comienzo del plazo señalado para su presentación, tratándose de autoliquidaciones.
 
2. La recaudación en periodo voluntario concluirá  el día del vencimiento de los correspondientes plazos de ingreso. En el caso de deudas a ingresar mediante autoliquidación presentada fuera de plazo sin realizar el ingreso o sin presentar solicitud de aplazamiento, fraccionamiento o compensación, concluirá el mismo día de la presentación de la autoliquidación.
....

La recaudación en periodo ejecutivo  se inicia...en relación con los importes no satisfechos en periodo voluntario  ;)

PD. Bueno admito sugerencias para el repaso último de fin de semana ¿Qué puntos o cositas no dejaríais de repasar?
Esta asignatura está pudiendo con mi paciencia y eso que suelo tener más que el santo Job... ;D

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Sevillano1985 en 09 de Febrero de 2013, 12:27:48 pm
ok, gracias!!!!!!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Sevillano1985 en 09 de Febrero de 2013, 13:28:16 pm
Veo que la parte en la que mas dudas tenemos es en el tema de la Extincion Tributaria (creo que es tambien la parte mas complicada y enrevesada) por lo tanto creo que seria bueno que alguien que este ``suelto´´ en el tema o tenga algun esquema lo ponga con el fin de aclaranos y tambien que nos sirva para repasar. Es una sugerencia!!!!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: masape en 09 de Febrero de 2013, 14:03:49 pm
Acabo de ver las preguntas de la primera semana y me parecen bastantes asequibles, esperemos que en las del lunes sigan por el mismo camino
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: LECARDILLA en 09 de Febrero de 2013, 17:53:05 pm
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Veo que la parte en la que mas dudas tenemos es en el tema de la Extincion Tributaria (creo que es tambien la parte mas complicada y enrevesada) por lo tanto creo que seria bueno que alguien que este ``suelto´´ en el tema o tenga algun esquema lo ponga con el fin de aclaranos y tambien que nos sirva para repasar. Es una sugerencia!!!!

Bueno pues yo lanzo algo resumido y de andar por casa  ;D sobre la prescripción  como instituto para extinguir la deuda tributaria...

Concepto: instituto que permite, que con el transcurso del tiempo y sin que se produzca ninguna interrupción, las obligaciones tributarias se extingan.

Plazo: la prescripción se configura, como la extinción de la deuda tributaria, a los cuatro años   y siempre que esos derechos estén descritos por la LGT.

Modalidades o postestades susceptibles de prescrición:

-OBLIGACIONES TRIBUTARIAS:
   1.Materiales
     -Derecho de la Administración a LIQUIDAR...
     -Derecho de la Administración a RECAUDAR...
   2.Formales:
     -Derecho a exigir el cumplimiento de obligaciones formales

-DEVOLUCIONES TRIBUTARIAS:
     -Derecho del obligado a SOLICITAR devoluciones de ingresos indebidos
     -Derecho del obligado a OBTENER LA DEVOLUCIÓN RECONOCIDA...

-SANCIONES/INFRACCIONES:
     -Derecho de la Admon a IMPONER SANCIONES
     -Derecho de la Admon a EXIGIR EL PAGO de las sanciones

Cómputo de la preescripción:

Regla general: desde el día siguiente a aquel en el que terminen los plazos
-Derecho de la Administración a LIQUIDAR...desde la declaración de finalización del periodo voluntario, se haya presentado o no por el sujeto, la liquidación o autoliquidación
-Derecho de la Administración a RECAUDAR...desde la realización del pago en periodo voluntario

Reglas especiales:
-Derecho del obligado a SOLICITAR devoluciones de ingresos indebidos o a OBTENER LA DEVOLUCIÓN RECONOCIDA...desde el día siguiente a la firmeza de la sentencia o resolución
-Derecho de la Admon a IMPONER SANCIONES...desde el día en que se cometió la infracción.

Causas de interrupción de la preescripción:

De obligaciones, infracciones y sanciones:
-Notificación de actuaciones admvas dirigidas a ejercitar el derecho bien a liquidar, bien a recaudar, bien a sancionar.
-Interposición de reclamaciones y recursos
-Actuación fechaciente del sujeto conducente a la liquidación o pago de la deuda

De devoluciones al obligado:
-Acto fehaciente mediante el que pretenda la devolución el sujeto
-Interposición de reclamaciones o recursos por los que se inste la devolución

Reanudación del cómputo:

-Regla general: se reanuda el mismo día en que se hubiese interrumpido y comienza el cómputo de nuevo de los cuatro años.
-Regla especial: ante la interposición de recurso contencioso-admvo: se reanuda el día en que se notifique la resolución firme

Efectos de la prescripción:

-Extingue la obligación
-Se aplica de oficio
-Aprovecha todos los obligados

 :o
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: sevpau en 09 de Febrero de 2013, 18:02:42 pm
Alguien puede decirme el porcentaje destinado a la aeat del importe de las recaudaciones?? se que ronda el 10%

grcs
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: sevpau en 09 de Febrero de 2013, 18:03:43 pm
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Alguien puede decirme el porcentaje destinado a la aeat del importe de las recaudaciones?? se que ronda el 10%

grcs

queria decir un 5%
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: masape en 09 de Febrero de 2013, 19:38:20 pm
Donde puedo encontrar apuntes de los temas sobre presupuestos? De los qu pueden caer una pregunta.mi correo masape60@hotmail.com. Gracias.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: masape en 09 de Febrero de 2013, 20:00:03 pm
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queria decir un 5%

La Ley 17/2012 de 27 de Diciembre lo situa en el 5%
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: xelito00 en 09 de Febrero de 2013, 20:15:28 pm
Hola a todos: ya con el repaso final me surgen algunas dudas. Entre ellas se encuentra un examen de reserva que ddice mas más o menos en las tasas de vado quienes son los contribuyentes.
Creo que la respuesta es que será contribuyente el inquilino de la vivienda donde se encuentra el vado si esta se encuentra en régimen de alquiler, y será el sustituto el propietario.
Ahora mi duda es si los sustitutos no satisfacen las tasas, ¿ puede la Administración exigir su pago a los contribuyentes?
Perdonad si está respondida en alguno de los mensaje, pero na la encuentro así como en las respuestas de Alf.
 Muchas gracias y suerte a los que vamos el lunes
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: LECARDILLA en 09 de Febrero de 2013, 20:22:57 pm
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Hola a todos: ya con el repaso final me surgen algunas dudas. Entre ellas se encuentra un examen de reserva que ddice mas más o menos en las tasas de vado quienes son los contribuyentes.
Creo que la respuesta es que será contribuyente el inquilino de la vivienda donde se encuentra el vado si esta se encuentra en régimen de alquiler, y será el sustituto el propietario.
Ahora mi duda es si los sustitutos no satisfacen las tasas, ¿ puede la Administración exigir su pago a los contribuyentes?
Perdonad si está respondida en alguno de los mensaje, pero na la encuentro así como en las respuestas de Alf.
 Muchas gracias y suerte a los que vamos el lunes

La tasa por vado es la que graba el uso restringido de la vía pública (acera) para la entrada y salida de vehículos de los edificios... habría que ver las ordenanzas de cada lugar, pero la norma suele marcar que será sustituto del contribuyente el propietario o titular de la finca o local a la que den acceso la entrada de vehículos, pudiéndo repercutirlo sobre el beneficiario

Te añado el artículo de una ordenanza municipal de la Tasa por la Utilización Privativa o el Aprovechamiento Especial del Dominio Público Municipal por Entrada de Vehículos a través de las aceras y las Reservas de Vía Publica para aparcamiento exclusivo, carga o descarga de mercancías de cualquier clase de un municipio de Madrid en el que dice:

Sujetos Pasivos ARTÍCULO 4.-
1. Son sujetos pasivos de la tasa en concepto de contribuyente las personas físicas o
jurídicas, así como las entidades a que se refiere el artículo 36 de la LGT que resulten beneficiados
bien como propietarios del inmueble afectado y beneficiado, bien como usuario del aprovechamiento
privativo.
2. Son sujetos pasivos de la tasa en concepto de sustituto del contribuyente las personas
físicas o jurídicas, así como las entidades del artículo 36 LGT que soliciten la licencia como titular de
la misma.
3. Contribuyente y sustituto del contribuyente quedan obligados principalmente del pago de la
deuda tributaria, conforme al artículo 35 LGT, resultando obligados solidariamente


Espero que te aclare tus dudas  :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: LECARDILLA en 09 de Febrero de 2013, 20:48:10 pm
Enlace interesante para guardar, por si acaso necesitamos una ayudita en verano, confiemos que no :D

http://ocw.uv.es/ciencias-sociales-y-juridicas/derecho-financiero-y-tributario-i/materiales/

 ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 09 de Febrero de 2013, 21:01:12 pm
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La tasa por vado es la que graba el uso restringido de la vía pública (acera) para la entrada y salida de vehículos de los edificios... habría que ver las ordenanzas de cada lugar, pero la norma suele marcar que será sustituto del contribuyente el propietario o titular de la finca o local a la que den acceso la entrada de vehículos, pudiéndo repercutirlo sobre el beneficiario

Te añado el artículo de una ordenanza municipal de la Tasa por la Utilización Privativa o el Aprovechamiento Especial del Dominio Público Municipal por Entrada de Vehículos a través de las aceras y las Reservas de Vía Publica para aparcamiento exclusivo, carga o descarga de mercancías de cualquier clase de un municipio de Madrid en el que dice:

Sujetos Pasivos ARTÍCULO 4.-
1. Son sujetos pasivos de la tasa en concepto de contribuyente las personas físicas o
jurídicas, así como las entidades a que se refiere el artículo 36 de la LGT que resulten beneficiados
bien como propietarios del inmueble afectado y beneficiado, bien como usuario del aprovechamiento
privativo.
2. Son sujetos pasivos de la tasa en concepto de sustituto del contribuyente las personas
físicas o jurídicas, así como las entidades del artículo 36 LGT que soliciten la licencia como titular de
la misma.
3. Contribuyente y sustituto del contribuyente quedan obligados principalmente del pago de la
deuda tributaria, conforme al artículo 35 LGT, resultando obligados solidariamente


Espero que te aclare tus dudas  :)

Hola LECARDILLA

Gracias por esos máginificos resúmenes, buenísimos para el día antes del examen.

Voy a escribir lo que sería mi respuesta, sin apoyarme en ninguna Ordenanza Fiscal, sino en la TRLRHL y la LGT.

El vado es una tasa cuyo hecho imponible se encuentra en el art. 20 apartado h) del TRLRHL, cuyo punto 1 establece que "las entidades locales, en los términos previstos en esta ley, podrán establecer tasas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público (...)".

Asimismo, el art. 23 de la norma indicada recoge que serán sujetos pasivos de las tasas, en concepto de contribuyentes, las personas físicas y jurídicas, así como las entidades del art. 35.4 LGT (...) 2. Tendrán la condición de sustitutos del contribuyente: (...) d) En las tasas establecidas por la utilización privativa o el aprovechamiento especial para entradas de vehículos o carruajes a través de las aceras y por su construcción, mantenimiento, modificación o supresión, los propoietarios de las fincas y locales a que den acceso dichas entradas de vehículos, quienes podrán repercutir, en su caso, las cuotas sobre los respectivos beneficiaros.

La figura del "sustituto del contribuyente" está recogida ya en muy pocos tributos, es una figura de la legendaria LGT de 1960, que permanece, si bien con poso "uso en la praxis".

Las Ordenanzas Fiscales de los Entes Locales tienen que respetar siempre la reserva de Ley que supone, bien la LGT, bien el TRLRHL. Con lo cual, no sé de cuándo datará esa Ordenanza, pero ése art. 4 apartado 3 está mal redacto, o ha quedado obsoleto, en ningún caso, puede ser sujeto pasivo conjuntamente, "el contribuyente o el sustituto", lo tiene que ser o uno o el otro, pero nunca juntos, al menos eso es lo que recoge el art. 36 LGT.

 ???
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 09 de Febrero de 2013, 21:02:25 pm
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Enlace interesante para guardar, por si acaso necesitamos una ayudita en verano, confiemos que no :D

http://ocw.uv.es/ciencias-sociales-y-juridicas/derecho-financiero-y-tributario-i/materiales/

 ;)

jejje, guardaré la página, pero vamos con un ímpetu al examen, yo que estoy de un negado total con la corrección de septiembre del curso pasado,  :'(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 09 de Febrero de 2013, 21:14:16 pm
No obstante, creo que nos estamos liando...

En la pregunta del examen que tengo delante ya se especificaba en el enunciado que según el artículo 23.2 TRLRHL, tendrán la condición de sustitutos del contribuyente en las tasas establecidas para la utilización privativa ... (tasas de vados) los propietarios de las fincas y locales a que den acceso dichas entradas de vehículos.
La pregunta es, ¿quienes serán contribuyentes? Entiendo que son los inquilinos, los ocupantes de esas viviendas.
Y a la pregunta que realizaba el compañero, ¿si los sustitutos no satisfacen la tasa, se puede exigir a los contribuyentes?

Yo diría que no, porque la figura del sustituto desplaza al contribuyente y quedaría como único sujeto obligado ante la Admón.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: xelito00 en 09 de Febrero de 2013, 21:29:04 pm
Muchas gracias por vuestra rápida respuesta.
Ya lo tengo más claro, es que son conceptos muy nuevos para mí, donde el vocabulario utilizado no es el mío.
En cuanto a la página que se ha señalado de la universidad me parece muy buena, ojala la Uned trabajara un poco mejor, porque a mi en realidad me ha defraudado un poco, pero lo bueno es la gente del foro que siempre está dispuest a ayudar a los demás.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 09 de Febrero de 2013, 21:30:50 pm
pues tienes razón, la pregunta era así al completo, y sí, el que realiza el pago es el propietario de la finca, "el contribuyente", aquí no hay traspaso de la titularidad del pago; ahora bien, si alguien tiene un contrato de alquiler de su finca o local, se lo puede reclamar al arrendatario, y éste se lo puede pagar sí se ha llegado a un pacto o acuerdo, pero la LGT no obliga al que tiene alquilado la finca o local al pago del vado,

Supongo que tendréis por ahí la respuesta del ED a la pregunta ¿qué diferencias existen entre la figura del contribuyente y la figura del sustituto?

La diferencia fundamental radica en el presupuesto de hecho cuya realización da lugar a la condición de contribuyente o sustituto . Es contribuyente "el sujeto paso que realiza el hecho imponible (recogido en ese art. 23 TRLRHL)". En cambio, como se señala en la página 255 de la edición 22ava. del manual recomendado, en el caso de la sustitución, la estructura jurídica del tributo se desdobla. previendo un hecho imponible del que surge la obligación principal para su realizador, que es el contribuyente, y un segundo hecho, el presupuesto de la sustitución, en cuya virtud se desplaza dicha obligación hacía el sustituto, quedando relevado el contribuyente de la posición pasiva de la obligación tributaria, que se desarrollará solamente entre la Administración y el sustituto.

De esta circunstancia derivan otras diferencias entre ambas figuras (que son señaladas en las páginas 254 y 255 del manual):

- El contribuyente (y no el sustituto) es el titular de la capacidad económica manifestada por el hecho imponible.
- El sustituto podrá exigir del contribuyente el importe de las obligaciones satisfechas.

Vamos a suponer que el inquilino, ante de alquilar la finca o el local, que no tiene vado, le hace falta el mismo, así que va y lo solicita al Ayuntamiento (esto requiere un previo informe, tanto policial como urbanístico); en este caso, el contribuyente sí será el inquilino, y a pesar de no ser "propietario" de la finca, la titularidad del vado es suya, pero en este caso, no puede ir a reclamar al dueño, ni exigir el importe del vado, porque está pagando en concepto de "contribuyente", no "de sustituto del contribuyente".

Creo, uff, el segundo curso y sigo con dudas,  ???
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 09 de Febrero de 2013, 21:33:54 pm
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No obstante, creo que nos estamos liando...

En la pregunta del examen que tengo delante ya se especificaba en el enunciado que según el artículo 23.2 TRLRHL, tendrán la condición de sustitutos del contribuyente en las tasas establecidas para la utilización privativa ... (tasas de vados) los propietarios de las fincas y locales a que den acceso dichas entradas de vehículos.
La pregunta es, ¿quienes serán contribuyentes? Entiendo que son los inquilinos, los ocupantes de esas viviendas.
Y a la pregunta que realizaba el compañero, ¿si los sustitutos no satisfacen la tasa, se puede exigir a los contribuyentes?

Yo diría que no, porque la figura del sustituto desplaza al contribuyente y quedaría como único sujeto obligado ante la Admón.

Tu último párrafo tiene la respuesta al "desplazamiento", con lo cual el sustituto es el único contribuyente, no obstante, el art. 36 LGT aunque no es imperativo, recoge que podrá repercutir el pago en el contribuyente, es decir, si hay mutuo acuerdo ¿por qué no? :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: xelito00 en 09 de Febrero de 2013, 21:36:05 pm
Hola de nuevo, revisando las preguntas que han salido en la anterior semana, la primera pregunta del examen ( están afectadas presupuestariamente las cantidades recaudadas por contribuciones especiales ) ya había salido en examenes anteriores, es que me suena.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 09 de Febrero de 2013, 21:54:10 pm
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Hola de nuevo, revisando las preguntas que han salido en la anterior semana, la primera pregunta del examen ( están afectadas presupuestariamente las cantidades recaudadas por contribuciones especiales ) ya había salido en examenes anteriores, es que me suena.

Sí, esa pregunta ya ha caído, pero en la primera semana.

Acabo de encontrar la página del manual (no es la misma, porque mi manual es la edición actual).

Otra de las características es que "debe de venir recogido en una ley"; bueno, aparte del ejemplo que os he puesto del art. 23 sobre las tasas (se recogen cuatro supuestos), también hay otro en la misma norma, en el art. 101.2 , el cual configura como sustituto en el Impuesto Municipal sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, al constructor y al peticionario de la licencia municipal cuando no son el dueño de la obra.

Aclaro algo más, sin entrar en inquilinos ni arrendadores ni propietarios de la finca; efectivamente ese art. 23 recoge cuatro supuestos calificados "de sustitución", admitiendo la repercusión en algunos, relativos a las que afecten a ocupantes de viviendas o locales o usuarios de garajes y vados, en que sería sustituto el "propietario del inmueble"; es decir, hemos de entender que el sustituto es el "propietario", no el inquilino, el que usa la vivida.

Sigo con la letra pequeña, que no me acordaba bien.

El análisis de los Impuestos Especiale, el ICIO y las tasas locales, revela que sólo en este último caso se dan plenamente las características de la sustitución tributaria, tal y como la entiende formalmente la LGT, incluso previendo también la repercusión sobre el contribuyente. En este sentido, la ley no está meramente admitiendo la posibilidad de que el sustituto recupere del contribuyente el tributo satisfecho, sino que está habilitandolo para poder exigírselo, salvo otra ley en sentido contrario. Con ello, no serán válidos eventuales pactos para impedir el resarcimiento, pues sólo la ley puede privar al sustituto de la atribución que le confiere el art. 36.3 LGT, atajando así alguna jurisprudencia que se remitía a lo pactado entre ellos.

Conclusión: prohibido el pacto; el TR de la Ley de Haciendas Locales recoge de forma expresa, en el supuesto respecto al vado que el sustituto puede reclamar el tributo pagado, e idem en el ICIO.
 :-X
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 09 de Febrero de 2013, 21:56:05 pm
siempre he dicho que esta forma de estudiar es mejor incluso que el foro de Alf; le doy al copia/pega, que en esa pregunta fallé eso de la "repercusión" y hasta ahora no me he dado cuenta,  :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Iker014 en 10 de Febrero de 2013, 00:22:33 am
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La Ley 17/2012 de 27 de Diciembre lo situa en el 5%

Perfecto, es la Ley de Presupuesto la que debe establecer el porcentaje de ingresos que va destinado a la AGT.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Iker014 en 10 de Febrero de 2013, 00:39:13 am
Por cierto, vaya lio que nos traemos con el contribuyente y el sustituto  ;D ;D ;D

No buscarles tres pies al gato. Que al final os vais a liar.

El contribuyente es el sujeto pasivo que realiza el hecho imponible.
El sustituto es el sujeto pasivo que la ley coloca en el lugar del contribuyente a efectos de satisfacer la obligación principal y el resto de obligaciones formales.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 10 de Febrero de 2013, 00:56:12 am
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Por cierto, vaya lio que nos traemos con el contribuyente y el sustituto  ;D ;D ;D

No buscarles tres pies al gato. Que al final os vais a liar.

El contribuyente es el sujeto pasivo que realiza el hecho imponible.
El sustituto es el sujeto pasivo que la ley coloca en el lugar del contribuyente a efectos de satisfacer la obligación principal y el resto de obligaciones formales.

 ;D

¿no tendrás algo chiquitín como lo de Contratos? es que me vino fenomenal para realizar las respuestas.

Y ya me ha quedado más claro eso aún, pero es que una de las preguntas era de si repercutía, en el supuesto del vado sobre el contribuyente, ¡y ahí fue dónde armé el belén! :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Iker014 en 10 de Febrero de 2013, 01:23:35 am
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;D

¿no tendrás algo chiquitín como lo de Contratos? es que me vino fenomenal para realizar las respuestas.

Y ya me ha quedado más claro eso aún, pero es que una de las preguntas era de si repercutía, en el supuesto del vado sobre el contribuyente, ¡y ahí fue dónde armé el belén! :D

No he realizado en esta asignatura mis "miniresúmenes". La verdad es que hubiese venido muy bien.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 10 de Febrero de 2013, 02:53:28 am
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No he realizado en esta asignatura mis "miniresúmenes". La verdad es que hubiese venido muy bien.

joooo, no lo sabes bien,  :(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: sevpau en 10 de Febrero de 2013, 09:10:31 am
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La Ley 17/2012 de 27 de Diciembre lo situa en el 5%

gracias!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: beatrizgarcia en 10 de Febrero de 2013, 10:36:18 am
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Tu último párrafo tiene la respuesta al "desplazamiento", con lo cual el sustituto es el único contribuyente, no obstante, el art. 36 LGT aunque no es imperativo, recoge que podrá repercutir el pago en el contribuyente, es decir, si hay mutuo acuerdo ¿por qué no? :-\
Así es; considero que con esa explicación en el examen demuestra que sabes diferenciar entre contribuyente y sustituto que creo que es lo que se pretende  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 10 de Febrero de 2013, 11:17:46 am
compañeros,en la pregunta de tefuel de la prescripcion del derecho de la Admon para liquidar ,cuando pone motivos de interrupcion, ¿ hay que poner todos o los que interrumpen la liquidacion? bloqueada estoy,perdonadme.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 10 de Febrero de 2013, 11:38:47 am
pues sinceramente, no creo que haya que contestar los plazos de la prescripción al completo, creo que sería mucho escribir para esta asignatura, pondrán si cae algo un supuesto práctico que si queremos saberlo, tenemos que saber según de dónde provenga el derecho que prescribe, si de la Administración o del administrado u obligado tributario, además de la clase de obligación tributaria, es decir, si es el pago de deudas liquidadas, si es devolución de los ingresos indebidos, si es el derecho a exigir la devolución, si es el derecho a imponer sanciones, ufff, yo que se,  :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 10 de Febrero de 2013, 11:49:01 am
gracias mmnieves.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 10 de Febrero de 2013, 12:21:26 pm
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compañeros,en la pregunta de tefuel de la prescripcion del derecho de la Admon para liquidar ,cuando pone motivos de interrupcion, ¿ hay que poner todos o los que interrumpen la liquidacion? bloqueada estoy,perdonadme.

lo siento apodio1, espero estar mañana mejor, estoy dejando que "influyan" factores ajenos al estudio y estoy perdiendo reflejos, no me he dado cuenta de los de "la interrupción".

Podemos distinguir según corra la interrupción a favor de la Administración o a favor del obligado.

La interrupción a favor de la Administración se produce por:
- Cualquier acto fehaciente del obligado que pretenda la devolución, reembolso o rectificación de la liquidación.
- La interposición o resolución de cualquier reclamación o recurso que inste la devolución de lo ingresado indebidamente o restitución del costa de garantías.

La interrupción a favor del obligado se produce por:
- Cualquier acción administrativa con conocimiento formal del sujeto tendente a liquidar, recaudar o sancionar.
- La interposición de recursos o reclamaciones.
- Cualquier actuación fehaciente del sujeto conducente a la liquidación de la deuda.

 :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 10 de Febrero de 2013, 12:45:53 pm
gracias cielo,ya lo he visto .yo tambien estoy bloqueada.cuando te dicen prescripcion para solicitar  devolucion de ingresos indebidos,los motivos de interrupción son los que corren a favor de la admon. es asi?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 10 de Febrero de 2013, 12:57:23 pm
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gracias cielo,ya lo he visto .yo tambien estoy bloqueada.cuando te dicen prescripcion para solicitar  devolucion de ingresos indebidos,los motivos de interrupción son los que corren a favor de la admon. es asi?

¡estaba cogiendo fuerza viendo el vídeo de un pequeñín!.

así es, eso se produce en los siguientes casos, el plazo para solicitar la devolución de devolución de ingresos indebido y el reembolso del coste de las garantías, se cuenta a partir de:

1. Con carácter general, desde el día siguiente al que se realizó el ingreso indebido.
2. Si el ingreso indebido se realizó dentro del plazo para presentar una autoliquidación, desde el día siguiente al que finalizó dicho plazo.
3. Cuando el derecho a la devolución derivare de la normativa tributaria, el plazo se contará desde el día siguiente al que finalice el plazo para solicitarla. En el caso de que no exista tal plazo, la prescripción comenzará a contarse desde el día siguiente al que pudo solicitarse la devolución.
4. Cuando el ingreso indebido lo fuere por haberlo declarado una sentencia o resolución administrativa, el plazo se computará desde el día siguiente al que tal sentencia o resolución hubiera alcanzado firmeza. La misma regla debe aplicarse para la devolución del coste de las garantías.
5. Cuando el ingreso indebido lo fuere como consecuencia de la aplicación conjunta de tributos incompatibles entre sí, el plazo comenzará a contarse desde la resolución del órgano específicamente previsto para dirimir cuál es el tributo procedente.

Al igual que en la gran mayoría de los plazos, aunque no sea un término absoluto, el plazo para solicitar lo anterior es de 4 años.
 :)
Título: Tema 17 Solidaridad Obligados Tributarios
Publicado por: mmurciaz en 10 de Febrero de 2013, 13:04:16 pm
  Hola a todos,
  De conformidad con la materia de los apuntes, creo que no es lo mismo SOLIDARIDAD DE LOS OBLIGADOS TRIBUTARIOS que LOS RESPONSABLES DEL TIRBUTO (que podrán ser solidarios o subsidiarios)
   De hecho, por ejemplo los obligados tributarios responden de las obligaciones materiales y las formales y los responsables del trivbuto (solidarios o subsidi.) no quedan vinculados al resto de prestaciones formales,
   ¿Cierto o no?
   Saludos
   Miguel
Título: Re:Tema 17 Solidaridad Obligados Tributarios
Publicado por: mnieves en 10 de Febrero de 2013, 13:10:57 pm
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  Hola a todos,
  De conformidad con la materia de los apuntes, creo que no es lo mismo SOLIDARIDAD DE LOS OBLIGADOS TRIBUTARIOS que LOS RESPONSABLES DEL TIRBUTO (que podrán ser solidarios o subsidiarios)
   De hecho, por ejemplo los obligados tributarios responden de las obligaciones materiales y las formales y los responsables del trivbuto (solidarios o subsidi.) no quedan vinculados al resto de prestaciones formales,
   ¿Cierto o no?
   Saludos
   Miguel

ok,  ;)
Título: Solidaridad Obligados Tributarios
Publicado por: mmurciaz en 10 de Febrero de 2013, 13:18:09 pm
Gracias mnieves
   Entonces los obligados tributarios responden tambien delas sanciones o no?, (ya que los responsables no lo hacen)
   De todas formas contra los obligados tributarios, la Admon. pude dirigirse indistintamente contra cualqjira de ellos, en esto es igual que en el caso de responsables solidarios ¿no?
   saludos

   Miguel
Título: Re:Solidaridad Obligados Tributarios
Publicado por: mnieves en 10 de Febrero de 2013, 13:42:33 pm
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Gracias mnieves
   Entonces los obligados tributarios responden tambien delas sanciones o no?, (ya que los responsables no lo hacen)
   De todas formas contra los obligados tributarios, la Admon. pude dirigirse indistintamente contra cualqjira de ellos, en esto es igual que en el caso de responsables solidarios ¿no?
   saludos

   Miguel

las sanciones son "personalistas", así que responde de la sanción el que haya cometido la infracción, esa responsabilidad no se desplaza, es decir, no para a la responsabilidad subsidiaria.

Vamos a ver, espero no equivocarme, porque en caso contrario, lo tengo crudo. (si alguien echa una mano, plis)

El responsable del tributo es un "tercero" que se coloca junto al sujeto pasivo, pero no lo desplaza, sino que se une a él, de manera que hay dos deudores. Pero el responsable no es sujeto pasivo ni deudor principal, además de que siempre lo será por mandato legal, en estos supuestos podrá ser solidario o subsidiario; será subsidiario si la ley no dispone expresamente lo contrario y además tendrá acción de regreso.

En los supuestos de responsabilidad solidaria, los mismos responsables solidarios colaboran en la comisión de infracciones tributarias (si no pagan la liquidación que dimana de esa obligación tributaria de la que son solidarios, la sanción también les repercute a ellos, pues tenían que pagar, así está recogido en la Ley), así que en este caso, sí que responde de la sanción junto con el deudor principal con el que se solidariza, mayormente porque en estos casos, no se da en personas físicas. Así, responsables solidarios pueden ser miembros o partícipes de los entes sin personalidad, adquirentes de empresas con deudas tributarias pendientes, además la LGT enumera otros supuestos relacionados con bienes embargados o susceptibles de embargo en procesos recaudatorios. El supuesto de solidaridad tributaria es un simil con la obligación solidaria de Civil, si no paga uno tiene que pagar el otro, en caso de incumplimiento, se constituye una infracción que también tiene carácter solidario y de la que responde todos los tributarios solidarios, si uno lo paga, pues sanción pagada, fin del procedimiento.

uff, dita sea esta asignatura, :-\
Título: Solidaridad Obligados Tributarios
Publicado por: mmurciaz en 10 de Febrero de 2013, 14:00:02 pm
Muchas gracias de nuevo mnieves,

   como lo estas trabajando

   Saludos

   Miguel
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: rbky en 10 de Febrero de 2013, 14:02:53 pm
está bien nieves! eres un crack, te mereces un 10!!!!!!!!
Título: TRIS
Publicado por: mmurciaz en 10 de Febrero de 2013, 15:53:37 pm
Hola a todos,
   En el tema de Fraude de ley aparece art. 96.2 TRIS
   pues bien he buscado TRIS en internet y no he podido encontrar, aunque parezca mentira, su significado,
   he encontrado menciones tambien a art. del TRIS,  pero el TRIS se me resiste,
   ¿Que es exactamente el TRIS?   :'(
   ¿Alguien?

   Gracias y Saludos
   Miguel
Título: Re:TRIS
Publicado por: LECARDILLA en 10 de Febrero de 2013, 15:56:58 pm
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Hola a todos,
   En el tema de Fraude de ley aparece art. 96.2 TRIS
   pues bien he buscado TRIS en internet y no he podido encontrar, aunque parezca mentira, su significado,
   he encontrado menciones tambien a art. del TRIS,  pero el TRIS se me resiste,
   ¿Que es exactamente el TRIS?   :'(
   ¿Alguien?

   Gracias y Saludos
   Miguel

Como no sea este...  :D

Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades
Art. 96. 2. No se aplicará el régimen establecido en el presente capítulo cuando la operación realizada tenga como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal. En particular, el régimen no se aplicará cuando la operación no se efectúe por motivos económicos válidos, tales como la reestructuración o la racionalización de las actividades de las entidades que participan en la operación, sino con la mera finalidad de conseguir una ventaja fiscal.

 :)
Título: TRIS
Publicado por: mmurciaz en 10 de Febrero de 2013, 17:34:04 pm
   Lecardilla gracias,
   tiene que ser eso TR Texto Refundido   IS de la Ley del Impuesto sobe Sociedades,

   Muchas Gracias y suerte en el examen
   
   Miguel
Título: Base Liquidable
Publicado por: mmurciaz en 10 de Febrero de 2013, 18:09:09 pm
   En el temario se usa tambien el termino base liquidable (ademas de base imponible)
 y lo define algo asi como: que es la base imponible despues de restarle las reducciones y bonificaciones a que tenga derecho el obligado tributario,
 bien, no obstante eso es la definicion de Cuota Liquida tambien,
    Alguien puede aclarar cual es la diferencia?    o hacer algun apunte sobre ello

   Gracias y Saludos
   Miguel
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 10 de Febrero de 2013, 18:35:41 pm
Sabéis si después del examen de la segunda semana el departamento cuelga el examen con las respuestas? o después de las notas...

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: paz664 en 10 de Febrero de 2013, 18:44:51 pm
¿Se puede aprobar con alguna pregunta en blanco? Es que lo veo todo negro...  :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 10 de Febrero de 2013, 18:54:38 pm
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¿Se puede aprobar con alguna pregunta en blanco? Es que lo veo todo negro...  :-\

Imagino que si las otras están "bien" no te van a suspender, pero eso es de sentido común, si son 5 y dejas una en blanco pues puedes hasta sacar nota, digo yo, imagino.

Tanto miedo!!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mmurciaz en 10 de Febrero de 2013, 19:15:40 pm
Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #1142 en: Hoy a las 18:44:51 »

    * Citar

¿Se puede aprobar con alguna pregunta en blanco? Es que lo veo todo negro...  :-\


   Creo recordar que los mismos profesores dicen que se puede dejar una pregunta en blanco y aprobar,
   pero que no nos dejemos más,

   aunque realmente, si aplicamos las matematicas no deberia ser asi,

   Miguel
Título: Interrupcion Plazos prescripcion
Publicado por: mmurciaz en 10 de Febrero de 2013, 19:22:55 pm
   En el caso de la interrupcion de los plazos de prescripcion, en los casos en que la prescripción corre en contra de la Administracion,
   Uno de los motivos es interponer cualquier tipo de recurso.  Sim embargo mas adelante dice que solo se interrumpe el plazo, si el recurso es un recurso judicial (contencioso-adtvo.)
   ¿Sabeis si en el caso de interposición de un recurso no judicial, se interrumpe tambien el
    Yo supongo que sí, pero en los apuntes dice las dos cosas. ¿?
   Saludos
   Miguel
Título: Re:Interrupcion Plazos prescripcion
Publicado por: LECARDILLA en 10 de Febrero de 2013, 20:38:07 pm
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   En el caso de la interrupcion de los plazos de prescripcion, en los casos en que la prescripción corre en contra de la Administracion,
   Uno de los motivos es interponer cualquier tipo de recurso.  Sim embargo mas adelante dice que solo se interrumpe el plazo, si el recurso es un recurso judicial (contencioso-adtvo.)
   ¿Sabeis si en el caso de interposición de un recurso no judicial, se interrumpe tambien el
    Yo supongo que sí, pero en los apuntes dice las dos cosas. ¿?
   Saludos
   Miguel

En la LGT, cuando nos habla de la interrupción de la prescripción en el artículo 68, puntos 1,2,3,4 y 5... se refiere genéricamente a reclamaciones o recursos de cualquier tipo.

Pero en los apartados 6 y 7 del mismo artículo, habla en concreto y de forma más específica del contencioso-administrativo y otros modos de recurso y como se computan los plazos en dichos supuestos:

art. 68 6. Producida la interrupción, se iniciará de nuevo el cómputo del plazo de prescripción, salvo  lo establecido en el apartado siguiente.
 
art. 68.7. Cuando el plazo de prescripción se hubiera interrumpido por la interposición del recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa, por el ejercicio de acciones civiles o penales, por la remisión del tanto de culpa a la jurisdicción competente o la presentación de denuncia ante el Ministerio Fiscal o por la recepción de una comunicación judicial de paralización del procedimiento, el cómputo del plazo de prescripción se iniciará de nuevo cuando la Administración tributaria reciba la notificación de la resolución firme  que ponga fin al proceso judicial o que levante la paralización, o cuando se reciba la notificación del Ministerio Fiscal devolviendo el expediente...

Espero que te aclare  ;)

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 10 de Febrero de 2013, 20:41:01 pm
Las claras respuestas de LECARDILLA, sus magníficos esquemas, y su ayuda incondicional,

gracias,  :-*
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: LECARDILLA en 10 de Febrero de 2013, 20:47:25 pm
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Las claras respuestas de LECARDILLA, sus magníficos esquemas, y su ayuda incondicional,

gracias,  :-*

Aquí en casita, con los libros, los apuntes y ninguna presión...sin problema. Mañana te lo diré cuando salga del examen!

Un bss para tí, que tus aportaciones si que son claras y de cosecha propia, mañana y durante la semana te sales seguro, mandame un poquito de telapatía para tributario ;)

Bueno y las aportaciones de muchos otros compañeros y compañeras, que sería yo sin este foro  :D
Título: Re:Base Liquidable
Publicado por: mnieves en 10 de Febrero de 2013, 20:59:44 pm
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   En el temario se usa tambien el termino base liquidable (ademas de base imponible)
 y lo define algo asi como: que es la base imponible despues de restarle las reducciones y bonificaciones a que tenga derecho el obligado tributario,
 bien, no obstante eso es la definicion de Cuota Liquida tambien,
    Alguien puede aclarar cual es la diferencia?    o hacer algun apunte sobre ello

   Gracias y Saludos
   Miguel

Vamos a ver si de forma concisa.

Base imponible: es la magnitud dineraria o de otra naturaleza que resulta de la medición o valoración del hecho imponible.

Base liquidables. es la magnitud resultante de practicar, en su caso, en la Base Imponible las reducciones establecidas por la ley.

Base imponible y base liquidable son sinónimas, salvo que haya reducciones prevista en la ley y que sean de aplicación al obligado tributario en el caso concreto, con lo cual la BI y la BL ya no coinciden; es por ello, la diferencia tan pequeña que ves en un concepto y otro. :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Lafargue en 10 de Febrero de 2013, 21:03:41 pm
Buenas noches. Haciendo un repaso de examenes de otros años me ha surgido una duda con una pregunta:

Miguel transmite una vivienda a Francisco. Pasado un tiempo, Francisco transmite esa vivienda a Pedro. En el caso de que Francisco no haya satisfecho el impuesto (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales) que grava la primera transmisión, ¿Está Pedro obligado a soportar la ejecución de ese gravamen sobre la vivienda que ha adquirido? En caso de respuesta afirmativa, indique en qué casos puede suceder esto.

Si alguien sabe la respuesta se lo agradecería muchisimo. Es del examen de Septiembre de 2011
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 10 de Febrero de 2013, 21:11:39 pm
Creo que me he dejado algo por detrás, en esa duda de la cuota íntegra y la líquida.

Una vez tenemos la Base liquidable (que como te he dicho, si no hay deducciones puede coincidir con la Base imponible), se le aplica el tipo de gravamen, al resultado de aplicar al tipo de gravamen se le llama cuota íntegra; la cuota líquida es la que resulta una vez aplicadas la deducciones.

Al igual que en la base imponible, una vez deducida la cuota íntegra pueden resultar bonificaciones, deducciones que también se restan a esa cuota, lo que nos dará la cuota líquida,  :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 10 de Febrero de 2013, 21:40:00 pm
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Buenas noches. Haciendo un repaso de examenes de otros años me ha surgido una duda con una pregunta:

Miguel transmite una vivienda a Francisco. Pasado un tiempo, Francisco transmite esa vivienda a Pedro. En el caso de que Francisco no haya satisfecho el impuesto (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales) que grava la primera transmisión, ¿Está Pedro obligado a soportar la ejecución de ese gravamen sobre la vivienda que ha adquirido? En caso de respuesta afirmativa, indique en qué casos puede suceder esto.

Si alguien sabe la respuesta se lo agradecería muchisimo. Es del examen de Septiembre de 2011

Voy a dar una respuesta, pero ni yo estoy segura, y no la he visto contestada por sitio alguno.

Sí está obligado a soportar la ejecución del gravamen sobre la vivienda, salvo que sea un tercero adquirente protegido por la fe pública registral.
Sucede en aquellos supuestos que estén supeditados al derecho de afección de que goza la administración, derecho que se traslada sobre el bien transmitido en garantía de los tributos que graven su transmisión. A este respecto, el art. 79 LGT recoge, "Los adquirentes de bienes afectos por ley al pago de la deuda tributaria responderán subsidiariamente con ellos, por derivación de la acción tributaria, si la deuda no se paga". ???
Título: Lecardilla mnieves gracias
Publicado por: mmurciaz en 10 de Febrero de 2013, 21:55:37 pm
Lecardilla, ahora sí me queda claro, ambos recursos interrumpen la prescripción, solo que en el caso de los recursos administrativos se reanuda inmediatmaente el computo de la prescripción (el mismo dia que se interrumpe)    y en los casos de recursos judiciales, el plazo de la prescripción se reanuda cuando el recurso se ha resuleltodefinitivamente (y es firme).
OK, todo claro.
Mnieves,  creo que podemos extraer que realmente (en algunos casos) hay varias veces deducciones, por ejemplo una primera para pasar de la base imponible a la base liquidable (si la normativa del tributo lo contempla) y luego por ejemplo otra, para una vez calculada la base imponible y a partir de ella la cuota tributaria, obtener la cuota liquida  (descontando las deducciones a que hubiera lugar, de la cuota tributaria),
  Gracias den uevo y Saludos
   Miguel
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 10 de Febrero de 2013, 21:58:08 pm
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Buenas noches. Haciendo un repaso de examenes de otros años me ha surgido una duda con una pregunta:

Miguel transmite una vivienda a Francisco. Pasado un tiempo, Francisco transmite esa vivienda a Pedro. En el caso de que Francisco no haya satisfecho el impuesto (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales) que grava la primera transmisión, ¿Está Pedro obligado a soportar la ejecución de ese gravamen sobre la vivienda que ha adquirido? En caso de respuesta afirmativa, indique en qué casos puede suceder esto.

Si alguien sabe la respuesta se lo agradecería muchisimo. Es del examen de Septiembre de 2011


P-Miguel transmite una vivienda a Francisco. Pasado un tiempo, Francisco transmite esa vivienda a Pedro. En el caso de que Francisco no haya satisfecho el impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP) que grava la primera transmisión, ¿Está Pedro obligado a soportar la ejecución de ese gravamen sobre la vivienda que ha adquirido? En caso de respuesta afirmativa, indique en qué casos puede suceder esto.
El profesor dijo en el foro que miráramos el derecho de afección en el artículo 79 LGT y las páginas 476 y 477 del libro.
Artículo 79. Afección de bienes.
1. Los adquirentes de bienes afectos por Ley al pago de la deuda tributaria responderán subsidiariamente con ellos, por derivación de la acción tributaria, si la deuda no se paga.
2. Los bienes y derechos transmitidos quedarán afectos a la responsabilidad del pago de las cantidades, liquidadas o no, correspondientes a los tributos que graven tales transmisiones, adquisiciones o importaciones, cualquiera que sea su poseedor, salvo que éste resulte ser un tercero protegido por la fe pública registral o se justifique la adquisición de los bienes con buena fe y justo título, en establecimiento mercantil o industrial, en el caso de bienes muebles no inscribibles.
3. Siempre que la Ley conceda un beneficio fiscal cuya definitiva efectividad dependa del ulterior cumplimiento por el obligado tributario de cualquier requisito por aquélla exigido, la Administración tributaria hará figurar el importe total de la liquidación que hubiera debido girarse de no mediar el beneficio fiscal, lo que los titulares de los registros públicos correspondientes harán constar por nota marginal de afección.
En el caso de que con posterioridad y como consecuencia de las actuaciones de comprobación administrativa resulte un importe superior de la eventual liquidación a que se refiere el párrafo anterior, el órgano competente procederá a comunicarlo al registrador competente a los efectos de que se haga constar dicho mayor importe en la nota marginal de afección
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mlcosta en 10 de Febrero de 2013, 22:01:03 pm
Suerte a todos los que como yo, os examinais mañana. Cada repaso tengo mas claro que se menos. Parece que al repasar en vez de fijar conceptos, los voy borrando.
Espero que lo que pregunten no se me haya borrado del disco duro.
Suerte
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 10 de Febrero de 2013, 22:07:37 pm
Suerte  a todos, mañana cojo el tren para cartagena.vamos a ver qué sale.descansad.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: cbernal57 en 10 de Febrero de 2013, 22:24:40 pm
Buenas nochees! he visto que se puede llevar el programa,siempre m sirve de gran ayuda, pero nose que pasa que solo encuentro las guias!! :( alguien me puede lo puede pasar porfavorr??????? SUERTE MAÑANA Y GRACIAS!!


carolina.bernalbecerra@gmail.com
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 11 de Febrero de 2013, 00:14:12 am
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P-Miguel transmite una vivienda a Francisco. Pasado un tiempo, Francisco transmite esa vivienda a Pedro. En el caso de que Francisco no haya satisfecho el impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP) que grava la primera transmisión, ¿Está Pedro obligado a soportar la ejecución de ese gravamen sobre la vivienda que ha adquirido? En caso de respuesta afirmativa, indique en qué casos puede suceder esto.
El profesor dijo en el foro que miráramos el derecho de afección en el artículo 79 LGT y las páginas 476 y 477 del libro.
Artículo 79. Afección de bienes.
1. Los adquirentes de bienes afectos por Ley al pago de la deuda tributaria responderán subsidiariamente con ellos, por derivación de la acción tributaria, si la deuda no se paga.
2. Los bienes y derechos transmitidos quedarán afectos a la responsabilidad del pago de las cantidades, liquidadas o no, correspondientes a los tributos que graven tales transmisiones, adquisiciones o importaciones, cualquiera que sea su poseedor, salvo que éste resulte ser un tercero protegido por la fe pública registral o se justifique la adquisición de los bienes con buena fe y justo título, en establecimiento mercantil o industrial, en el caso de bienes muebles no inscribibles.
3. Siempre que la Ley conceda un beneficio fiscal cuya definitiva efectividad dependa del ulterior cumplimiento por el obligado tributario de cualquier requisito por aquélla exigido, la Administración tributaria hará figurar el importe total de la liquidación que hubiera debido girarse de no mediar el beneficio fiscal, lo que los titulares de los registros públicos correspondientes harán constar por nota marginal de afección.
En el caso de que con posterioridad y como consecuencia de las actuaciones de comprobación administrativa resulte un importe superior de la eventual liquidación a que se refiere el párrafo anterior, el órgano competente procederá a comunicarlo al registrador competente a los efectos de que se haga constar dicho mayor importe en la nota marginal de afección

Gracias Marta; eso confirma mi respuesta, todos los foros del primer parcial volaron con el portátil, de ahí que no encontrase nada.
Ok,  :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 11 de Febrero de 2013, 10:28:31 am
Beuno, me gusta más el que os ha tocado a vosotros jeje  no lo he visto nada difícil.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: aspid41 en 11 de Febrero de 2013, 10:42:40 am
Muy asequible.....demasiado quizá.

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 11 de Febrero de 2013, 10:44:32 am
Holaaaaa

¿Aún seguís escribiendo? Yo entregué el examen a los 40 minutos de comenzar, y ya estoy en casa, con PUE.

Ahí van las preguntas, y mis respuestas (mil gracias LECARDILLA):

1.- ¿En qué momento se devengan las contribuciones especiales.

El devengo se llevará a cabo en el momento en que las obras o servicios se hayan ejecutado y, si son fraccionadas, en la ejecución de cada tramo o fracción.

2.- Atendiendo a las exigencias derivadas del principio de reserva de ley establecido en el artículo 31.3 de la Constitución, ¿puede una norma reglamentaria establecer el modelo de declaración de un tributo sin contar con habilitación legal específica para ello? Justifique su respuesta.

Sí.

El principio de reserva de ley tiene carácter relativo, ya que no toda materia tributaria debe ser regulada por ley, sino el establecimiento de tributos y beneficios fiscales que afecten a tributos del Estado. El TC precisa la necesidad de Ley para regular los elementos esenciales del tributo, por lo cual el modelo de declaración puede ser desarrollado por el poder ejecutivo al no quedar contemplado en el ámbito de la reserva de ley.


3.- ¿Procede en algún caso la aplicación retroactiva de las disposiciones sancionadoras? En caso de respuesta afirmativa indique en qué casos procede.

Sí.

Procede la aplicación retroactiva en un procedimiento sancionador o un acto de gravamen, siempre que ésta sea favorable para actos que no sean firmes.


4.- Definición de contribuyente

El contribuyente es el sujeto pasivo que realiza el hecho imponible, quedando vinculado al pago de la obligación principal y al cumplimiento de las prestaciones formales inherentes a la misma, siendo por tanto, el titular de la capacidad económica manifestada por el hecho imponible.

5.- Una empresa de consultoría encarga a profesionales autónomos la redacción de informes económicos que comercializa entre sus clientes. ¿Es responsable la empresa de consultoría de las deudas tributarias de los profesionales autónomos? En caso de respuesta afirmativa, indique qué puede hacer la empresa de consultoría para evitar o enervar esa responsabilidad.

Sí, se considera que existe responsabilidad subsidiaria.

Debe instar que se inicie un procedimiento declarativo, para que se declare la responsabilidad y se exija a los profesionales autónomos, con lo cual le deuda debe de ir contra el obligado principal, en este caso, si el obligado principal paga, la empresa de consultoría evita o enerva su responsabilidad.


 ???
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 11 de Febrero de 2013, 10:46:00 am
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Muy asequible.....demasiado quizá.

creo que sí, esperemos que ahora por ser fácil, no sean muy duros corrigiendo.

se me ha olvidado la última pregunta.

6.- ¿En qué supuestos se admite la condonación total o parcial de las deudas y de las sanciones tributarias?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: aspid41 en 11 de Febrero de 2013, 10:49:17 am
en la de la consultoría había que comentar la enervación de la responsabilidad solicitando certificación de deudas de los profesionales para limitar la misma.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 11 de Febrero de 2013, 10:50:50 am
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en la de la consultoría había que comentar la enervación de la responsabilidad solicitando certificación de deudas de los profesionales para limitar la misma.

pues una en la que la he cagado; me sonaba haber leído lo de enervar, pero no me acordaba dónde,  ???

Gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: aspid41 en 11 de Febrero de 2013, 10:55:48 am
Y la ultima?   Que había q poner....me hice la picha un lio
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 11 de Febrero de 2013, 11:02:40 am
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Y la ultima?   Que había q poner....me hice la picha un lio

lo siento, pero creo que no me he equivocado en ésa, puesto que no se encuentra entre los supuestos para solicitar los casos de que existan deudas tributarias, creo que lo de enervar está en un mensaje mío por ahí detrás.

La respuesta a la sexta pregunta hubiese sido (quizás tenía que haber contestado ésta, pero vi la otra muy clara).

La condonación sólo podrá hacerse en virtud de ley, en la cuantía y con los requisitos que en ella se determinen, aunque hay ciertos supuestos en los que se admite la "condonación parcial o total" de la deuda o prestaciones derivadas como la sanción. Son los casos de deudas acordadas en el seno de un proceso concursal o el caso de actas de la inspección con acuerdo o de conformidad.

 ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Elisabetha en 11 de Febrero de 2013, 11:07:26 am
Bueno Áspid, veo que te ha salido bien no? Me iba a esperar para ver que tal te había ido pero he visto un mensaje que estaba nevando por mi casa y he salido pintando.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: aspid41 en 11 de Febrero de 2013, 11:10:27 am
Elisabetha....como sabias que Áspid era yo?...., no te creas la ultima la he pifiado.

Alguien sabe si se puede aprobar fallando una?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 11 de Febrero de 2013, 11:11:33 am
¡ya sé dónde lo he leído!

En la respuesta del ED de la pregunta 5 del examen de septiembre del curso pasado, pero en ésa a lo que se hace alusión es a la adquisición de una explotación o actividad económica, que lo que tiene que hacer es solicitar la certificación al AT conforme al art. 175.2 LGT, pero no veo el supuesto práctico que nos han puesto en este examen,  :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Sir Hall en 11 de Febrero de 2013, 11:14:38 am
Yo en la última, la de la condonación, he puesto que los supuestos eran en caso de persona física que la exigencia de la deuda afectara a su mínimo vital, en caso de persona jurídicia encontrarse en proceso de concurso o quiebra y aceptar una quita como el resto de acreedores y también en caso que la ejecución supusiera un perjuicio a la HP o sus intereses.

Por lo que veo por el foro, parece ser que esto no es así, me habré confundido  :-[ En el resto he puesto la respuesta correcta pero no con la perfección y detalle que la compañera mnieves ha puesto en el foro. Todos sabemos lo que es un contribuyente pero te piden la definición exacta y es difícil acertarla del todo. No sé, en general salgo satisfecho del examen, no aspiro a notable pero también creo que suspenderlo sería tremendamente injunsto, supongo que a otros también les pasará lo mismo. Veamos como corrige el departamento.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Elisabetha en 11 de Febrero de 2013, 11:16:17 am
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Elisabetha....como sabias que Áspid era yo?...., no te creas la ultima la he pifiado.

Alguien sabe si se puede aprobar fallando una?

Te tengo fichado, jajaja!!!

Te envie a principio de curso unos apuntes que me dio la profe  para escanear y vi tu correo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: aspid41 en 11 de Febrero de 2013, 11:17:59 am
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¡ya sé dónde lo he leído!

En la respuesta del ED de la pregunta 5 del examen de septiembre del curso pasado, pero en ésa a lo que se hace alusión es a la adquisición de una explotación o actividad económica, que lo que tiene que hacer es solicitar la certificación al AT conforme al art. 175.2 LGT, pero no veo el supuesto práctico que nos han puesto en este examen,  :-\

Articulo 43.1apartado f.....(responsabilidad subsidiaria)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pixar en 11 de Febrero de 2013, 11:18:04 am
Mnieves, en la pregunta de la retroactividad, La CE en el artículo 9.3 establece el principio de irretroactividad, refiriéndose a las disposiciones sancionadoras o restrictivas de derechos individuales
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 11 de Febrero de 2013, 11:19:15 am
Bueno, una que se despide, creo que quizás un poquito a las 12 estaré por aquí, me pongo con PUE y cuando salga de éste, con Internacional Público,  :o

Mucha suerte a todos y todas

Arrivederchi
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: rbky en 11 de Febrero de 2013, 11:19:21 am
mnieves creo que la 2 es un no, porque el reglamento no puede desarrollar una ley si antes una ley no lo habilita, creo vamos...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: rbky en 11 de Febrero de 2013, 11:20:26 am
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Mnieves, en la pregunta de la retroactividad, La CE en el artículo 9.3 establece el principio de irretroactividad, refiriéndose a las disposiciones sancionadoras o restrictivas de derechos individuales
se permite la irretroactividad en lo sancionador siempre que sea favorable...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 11 de Febrero de 2013, 11:21:00 am
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Mnieves, en la pregunta de la retroactividad, La CE en el artículo 9.3 establece el principio de irretroactividad, refiriéndose a las disposiciones sancionadoras o restrictivas de derechos individuales

¡claro! pero si son favorables sí está permitida la retroactividad. Lo siento, pero tengo que seguir con lo mío.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: aspid41 en 11 de Febrero de 2013, 11:22:45 am
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Mnieves, en la pregunta de la retroactividad, La CE en el artículo 9.3 establece el principio de irretroactividad, refiriéndose a las disposiciones sancionadoras o restrictivas de derechos individuales

Las tributarias no son retroactivas salvo que su aplicación beneficie a hechos sancionables o sancionadores no firmes. Creo yo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Sevillano1985 en 11 de Febrero de 2013, 11:25:05 am
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Mnieves, en la pregunta de la retroactividad, La CE en el artículo 9.3 establece el principio de irretroactividad, refiriéndose a las disposiciones sancionadoras o restrictivas de derechos individuales

Exacto. Yo lo he enfocado asi, no cabe retroactividad de las disposiciones sancionadoras aunque si son favorables para el obligado tributario si. Por ejemplo si hay una ley que establece una sancion y se promulga una nueva con una sancion menor habra que aplicar esta.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: aspid41 en 11 de Febrero de 2013, 11:25:23 am
Sanciones o infracciones quise decir,....o sea que beneficien al malo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pixar en 11 de Febrero de 2013, 11:28:26 am
El examen si es mas asequible que el de la primera semana, salvo una pregunta que me ha dejado  :o

2.- Atendiendo a las exigencias derivadas del principio de reserva de ley establecido en el artículo 31.3 de la Constitución, ¿puede una norma reglamentaria establecer el modelo de declaración de un tributo sin contar con habilitación legal específica para ello? Justifique su respuesta.


Esa tiene mala ....
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Sevillano1985 en 11 de Febrero de 2013, 11:34:04 am
2.- Atendiendo a las exigencias derivadas del principio de reserva de ley establecido en el artículo 31.3 de la Constitución, ¿puede una norma reglamentaria establecer el modelo de declaración de un tributo sin contar con habilitación legal específica para ello? Justifique su respuesta.

Esta pregunta creo que lleva algo de trampa, y esta en que se habla de ``sin contar con habilitación legal´´ en principio las normas tributarias tienen que regularse por ley por lo que no podria una norma reglamentaria establecer el modelo de tributo, la excepcion esta en que la jurispruidencia del Constitucional ha planteado esa posibilidad siempre que no se trate de una modificacion de caracter sustancial o importante por lo que creo que ahora tendriamos que ver si establecer el modelo de declaracion de un tributo es por tanto ``sustancial o importante´´.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: alvaroooo en 11 de Febrero de 2013, 11:41:27 am
Decirme q os parece..esq la e visto asi q esa e puesto lo primero lo q se me ha venido a la cabeza
LA 4 - persona q aporta, asume con su dinero o bienes una causa o hecho para q de pueda llevar a cabo.
En la 2- yo he puesto q No.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: hergomez en 11 de Febrero de 2013, 11:43:30 am
Joder, menuda cagada, con lo fácil que era.

En el devengo de las contribuciones especiales he dudado, no recordaba qué es lo que pasaba cuando las contribuciones se fraccionaban, así que he puesto que aunque se fraccionen, se devengan también al final. Los nervios...
En el contribuyente he olvidado poner la segunda parte, lo de que es de iure y no de facto y demás.

Las demás creo que bien, pero intuyo que con una mal y una incompleta, o se me aparece la Virgen del Carmen o este verano se me va a hacer muy largo otra vez.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: yuno1986 en 11 de Febrero de 2013, 11:47:28 am
Creo que lo que dice sevillano1985 respecto a la pregunta de reserva de ley puede llevar razon.la veo trampa.ojeando por internet e encontrado algo que podria tener relacion
 Según este desarrollo legislativo, las entidades en régimen de atribución de rentas vienen obligadas a presentar, de acuerdo con lo previsto en el artículo 74 bis de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras normas tributarias («Boletín Oficial del Estado» del 10), una declaración informativa anual relativa a las rentas a atribuir a sus socios, herederos, comuneros o partícipes, residentes o no en territorio español, con el contenido que reglamentariamente se establezca. De acuerdo con el artículo 74 bis, el Ministro de Hacienda ha de establecer el modelo, plazo, lugar y forma de presentación de esta declaración, la cual ha de ser, por otro lado, presentada también por las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, con determinadas particularidades previstas en el apartado 2 del artículo 32 sexies de la Ley 41/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y Normas Tributarias («Boletín Oficial del Estado» del 10).
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 11 de Febrero de 2013, 11:54:21 am
vamos a ver si esto que se me olvidó poner, os puede aclarar algo, puede que la pregunta tenga trampa pero hay que guardarse las espaldas, yo me las he guardado, apuntando que en el supuesto de que el reglamento de ejecución se habilite en la norma sustantiva, éste quedaría a cubierto de la reserva de ley. La pregunta no está referida a los reglamentos como fuente en el ordenamiento tributario, sino a la reserva de ley que se exige para normar los tributos.

ufff, que jartura de PUE, ojalá fuesen igual de cortas que la de ésta, aunque falle, pero al menos, no voy con presión al 100 por 100 antes del examen,  :(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: pienve en 11 de Febrero de 2013, 11:57:05 am
También veo yo la trampa...ahora! jajaja....madreeee...lo que mas me jode es que en general era facilillo pero la legaña me a debido perturbar....
Mi respuesta al contribuyente a sido: Se define como la persona, física, juridia o ente que como consecuencia de su capacidad económica ha adquirido obligaciones tributarias, las cuales esta obligado a satisfacer..... la verdad que esa definicion no me la habia estudiado como se puede comprobar....temas de agenda! pa septiembre creo!!!!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 11 de Febrero de 2013, 11:58:33 am
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mnieves creo que la 2 es un no, porque el reglamento no puede desarrollar una ley si antes una ley no lo habilita, creo vamos...

jejje, esa fue mi coletilla, me tenía que cubrir, es la ley la que puede habilitar el reglamento de desarrollo, pero es la misma ley, como el RGR, viene expresamente recogido su desarrollo por el ejecutivo en la LGT,  ;)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 11 de Febrero de 2013, 12:04:29 pm
rbky. ¿alguien ve responsabilidad solidaria en el supueto? es que yo no la veo por ningún sitio, a menos que como son autónomos, pero nooooo, lo que tengan que declarar por los ingresos que cobren por la auditoría, o por cualquier deuda que tengan de otra empresa a la que hayan acudido, ¿en qué les puede afectar para que tengan que pedir un certificado por deudas tributarias pendientes o no pendientes? uff, no acabo de verlo, de veras, creo que es una responsabilidad subsidaria, y salvo que los autónomos tras la cuantificación de lo que deben, paguen, es la única forma de que la empresa se "salve" de pagar, en caso contrario, sí que se va a por el responsable subsidiario, una vez que se haya ido antes contra los autónomos, y no haya podido cobrar, joooo, no estoy segura, no lo acabo de ver,  ???
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Sevillano1985 en 11 de Febrero de 2013, 12:08:32 pm
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jejje, esa fue mi coletilla, me tenía que cubrir, es la ley la que puede habilitar el reglamento de desarrollo, pero es la misma ley, como el RGR, viene expresamente recogido su desarrollo por el ejecutivo en la LGT,  ;)

No es ni un si tajante ni un no tajante y depende de como se argumente (creo yo), yo he puesto que NO porque se habla de que no hay habilitacion por la ley (y la regla general habla de que la materia tributaria tiene que regularse por ley) pero ahora viene el resquicio (o como dice mnieves el caracter relativo) y es que el TC en su jurisprudencia deja una via abierta para que se pueda dar y es que la modificacion de una ley tributaria no sea sustantiva o importante y esto no es necesario hacerlo por una ley y puede desarrollarlo un reglamento planteado esto ahora tendriamos que estudiar si ``establecer un modelo de declaracion de un tributo´´ es o no algo sustancial (que desde mi punto de vista si lo seria porque depende del modelo se puede tributar de una forma o de otra y las cantidades podrian variar dependiendo de dicho modelo).
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mannnn en 11 de Febrero de 2013, 12:23:35 pm
Una pregunta yo en mi examen he escrito bastante por lo q he visto en este foro,guiándose de unos exámenes,creéis q eso será contraproducente?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: yuno1986 en 11 de Febrero de 2013, 12:28:23 pm
Esto lo contiene una oreden ministerial que desarrolla un Real decreto
El articulo 38 de la 19/1991 dispone que la declaración se efectuará en la forma, plazos y modelos que establezca el titular del Ministerio de Economía y Hacienda, que podrá establecer los supuestos y condiciones de presentación de las declaraciones por medios telemáticos.
el modelo de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que se aprueba en la presente orden da respuesta a lo establecido en el artículo 46.5 de la Ley 22/2009, de 18 diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, en cuya virtud los modelos de declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas serán únicos, si bien en ellos deberán figurar debidamente diferenciados los aspectos autonómicos, con el fin de hacer visible el carácter cedido del impuesto
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: alvaroooo en 11 de Febrero de 2013, 12:29:29 pm
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Una pregunta yo en mi examen he escrito bastante por lo q he visto en este foro,guiándose de unos exámenes,creéis q eso será contraproducente?
La respuestas tenían q ser breves y concisas :D
Q os parece esq no he dicho na de impuestos xro no esta del todo mal no??
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Decirme q os parece..esq la e visto asi q esa e puesto lo primero lo q se me ha venido a la cabeza
LA 4 - persona q aporta, asume con su dinero o bienes una causa o hecho para q de pueda llevar a cabo.
En la 2- yo he puesto q No.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: masape en 11 de Febrero de 2013, 12:31:49 pm
A priori Bastante asquible el examen, aunque no sé como corregiran este Departamento.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: masape en 11 de Febrero de 2013, 12:33:48 pm
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La respuestas tenían q ser breves y concisas :D
Q os parece esq no he dicho na de impuestos xro no esta del todo mal no??

 Alvaroo lo bueno si breve dos veces buenos, pero los monosilabos no valen. jejeje :D :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Sevillano1985 en 11 de Febrero de 2013, 12:37:59 pm
Creo que si el conjunto del examen esta bien aunque no esten perfectas todas (es dificil en esta asignatura clavar las preguntas) creo que al menos tendremos el 5.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 11 de Febrero de 2013, 12:48:45 pm
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Creo que si el conjunto del examen esta bien aunque no esten perfectas todas (es dificil en esta asignatura clavar las preguntas) creo que al menos tendremos el 5.

no quiero desilusionar a nadie, no obstante es mi tercer examen de este parcial y eso me lleva a dudar incluso del aprobado, ¡cuidado! el ED de esta asignatura es muy duro al corregir; no se quiere monosílabos, pero tampoco que nos enrollemos, de hecho dijeron que en lo que no se refiriese de forma concreta a lo preguntado no lo tendrían en consideración, e incluso podía bajar la nota; por otro lado, si nos quedamos cortos o no está la pregunta al 100 por 100 bien, creo que tampoco la tienen en consideración, lo siento, pero esa fue mi experiencia, espero equivocarme, por el bien de todos y todas nosotros/as.

Una cosa que se os ha olvidado poner, la retroactividad en los procedimientos sancionadores se puede aplicar hasta que se dicte el acto que provoca la firmeza del procedimiento; si el acto es "firme" no cabe retroactividad, creo que en eso estaba el "matiz".

Lo dicho, suerte.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: LECARDILLA en 11 de Febrero de 2013, 12:52:38 pm
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no quiero desilusionar a nadie, no obstante es mi tercer examen de este parcial y eso me lleva a dudar incluso del aprobado, ¡cuidado! el ED de esta asignatura es muy duro al corregir; no se quiere monosílabos, pero tampoco que nos enrollemos, de hecho dijeron que en lo que no se refiriese de forma concreta a lo preguntado no lo tendrían en consideración, e incluso podía bajar la nota; por otro lado, si nos quedamos cortos o no está la pregunta al 100 por 100 bien, creo que tampoco la tienen en consideración, lo siento, pero esa fue mi experiencia, espero equivocarme, por el bien de todos y todas nosotros/as.

Una cosa que se os ha olvidado poner, la retroactividad en los procedimientos sancionadores se puede aplicar hasta que se dicte el acto que provoca la firmeza del procedimiento; si el acto es "firme" no cabe retroactividad, creo que en eso estaba el "matiz".

Lo dicho, suerte.

Hola Mnieves... estoy de acuerdo con tus palabras, aún siendo la primera vez que curso la asignatura, yo he salido con una sensación extraña del examen la verdad, pq aún habiendo contestado a todas, bueno a las cinco que he elegido, no lo veo nada claro, confiemos en quien corrige, que no sea duro en exceso...

Sólo queda esperar, pero no lo veo  :o
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Sevillano1985 en 11 de Febrero de 2013, 12:58:07 pm
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no quiero desilusionar a nadie, no obstante es mi tercer examen de este parcial y eso me lleva a dudar incluso del aprobado, ¡cuidado! el ED de esta asignatura es muy duro al corregir; no se quiere monosílabos, pero tampoco que nos enrollemos, de hecho dijeron que en lo que no se refiriese de forma concreta a lo preguntado no lo tendrían en consideración, e incluso podía bajar la nota; por otro lado, si nos quedamos cortos o no está la pregunta al 100 por 100 bien, creo que tampoco la tienen en consideración, lo siento, pero esa fue mi experiencia, espero equivocarme, por el bien de todos y todas nosotros/as.

Una cosa que se os ha olvidado poner, la retroactividad en los procedimientos sancionadores se puede aplicar hasta que se dicte el acto que provoca la firmeza del procedimiento; si el acto es "firme" no cabe retroactividad, creo que en eso estaba el "matiz".

Lo dicho, suerte.

Pues si es así este que esta escribiendo no aprueba y me da que va haber muchos suspensos. Nieves;  ¿teniendo preguntas bien (aunque no esten perfectas) suspendistes los anteriores?

Yo estoy con Leocardilla, he contestado bien a la 1ª (aunque me ha faltado algo); la 2ª igual, la 3ª es la que mejor esta razonada y no le veo ningun ``pero´´ 4ª He definido al contribuyente bien (aunque no he utilizado la definicion de la LGT a ``pies juntilla´´) y la 6ª es las mas floja de todas, yo por tanto no se a que atenerme si fuera un dpto. normal diria que aprobado pero siendo este con la fama que tiene....
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: zoldars en 11 de Febrero de 2013, 13:04:42 pm
joer yo leo que os parece facil y me quedo flipando, debe ser que yo soy un manta  ??? ??? ???
A mi la de los reglamentos y la consultoria me parecen muy enrevesadas mas que directas.
Las otras 4 si son mas  sencillitas , pero a la vez , muy concretas.
Personalmente  salgo sin saber muy bien como fue pero con todo contestado aunque esas dos ue os digo un poco a la piscina de mi opinion, la de los reglamentos auncon los apuntes delante sigo sin verla clara , por eso decia que no se donde veis lo facil
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 11 de Febrero de 2013, 13:17:05 pm
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Pues si es así este que esta escribiendo no aprueba y me da que va haber muchos suspensos. Nieves;  ¿teniendo preguntas bien (aunque no esten perfectas) suspendistes los anteriores?

Yo estoy con Leocardilla, he contestado bien a la 1ª (aunque me ha faltado algo); la 2ª igual, la 3ª es la que mejor esta razonada y no le veo ningun ``pero´´ 4ª He definido al contribuyente bien (aunque no he utilizado la definicion de la LGT a ``pies juntilla´´) y la 6ª es las mas floja de todas, yo por tanto no se a que atenerme si fuera un dpto. normal diria que aprobado pero siendo este con la fama que tiene....

ajam, el primer parcial fue un desastre, 1,8, en septiembre esa nota subió al aprobado, pero no la del segundo cuatrimestre, al final mi media que consta no llega al 3; la pec no me sirvió de nada en el primer parcial, así que este curso no hago ninguna, por eso, aunque de la que dudo es la del supuesto práctico, que desde luego va sobre la responsabilidad, el resto no las tengo mal, es más, creo que nada mal, pero sinceramente, hasta que no vea la nota en "calificaciones", ¡chitón! :-X

Y eso que este curso he tenido a mano para el repaso final esos magníficos resúmenes de LECARDILLA, pero aún así,  :-X
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Sevillano1985 en 11 de Febrero de 2013, 13:23:46 pm
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ajam, el primer parcial fue un desastre, 1,8, en septiembre esa nota subió al aprobado, pero no la del segundo cuatrimestre, al final mi media que consta no llega al 3; la pec no me sirvió de nada en el primer parcial, así que este curso no hago ninguna, por eso, aunque de la que dudo es la del supuesto práctico, que desde luego va sobre la responsabilidad, el resto no las tengo mal, es más, creo que nada mal, pero sinceramente, hasta que no vea la nota en "calificaciones", ¡chitón! :-X

Y eso que este curso he tenido a mano para el repaso final esos magníficos resúmenes de LECARDILLA, pero aún así,  :-X

Pues si eso es asi lo veo mas que injusto porque segun pone en la guia las preguntas valen 2,5 si no esta completa siempre te han dan por debajo del 2,5 pero no 0 si hacen eso pues que no pongan en la guia que la pregunta vale 0 ó 2,5 no hay termino medio.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: rbky en 11 de Febrero de 2013, 13:24:10 pm
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rbky. ¿alguien ve responsabilidad solidaria en el supueto? es que yo no la veo por ningún sitio, a menos que como son autónomos, pero nooooo, lo que tengan que declarar por los ingresos que cobren por la auditoría, o por cualquier deuda que tengan de otra empresa a la que hayan acudido, ¿en qué les puede afectar para que tengan que pedir un certificado por deudas tributarias pendientes o no pendientes? uff, no acabo de verlo, de veras, creo que es una responsabilidad subsidaria, y salvo que los autónomos tras la cuantificación de lo que deben, paguen, es la única forma de que la empresa se "salve" de pagar, en caso contrario, sí que se va a por el responsable subsidiario, una vez que se haya ido antes contra los autónomos, y no haya podido cobrar, joooo, no estoy segura, no lo acabo de ver,  ???
es subsidiaria
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 11 de Febrero de 2013, 13:32:43 pm
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es subsidiaria

 :-*
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 11 de Febrero de 2013, 13:34:47 pm
Mnieves pero para un 1,8 te saldría bastante mal o son muy duros corrigiendo.

Joer ni civil, el año pasado en civil II en el primer parcial me dejé una en blanco otra la tenía mal y las otras medio así, y me pusieron un 4.

O sea que un 1,8 no se entiende.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: rafa_saturdays en 11 de Febrero de 2013, 13:46:09 pm
Examen mucho mas fácil que el de la 1º semana...sin dudas vamos :-\
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: masape en 11 de Febrero de 2013, 14:14:56 pm
Bueno me habeis bajado la moral. Pues considero que en las 5 preguntas que he contestado. de la 1ª a la 5ª todo lo que he puesto está bien( es decir no está mal), aunque quizas falte algunos detalles. Pero si son tan duros corrigiendoo. Yo espero que al menos de para un 5.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Iker014 en 11 de Febrero de 2013, 14:16:53 pm
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Examen mucho mas fácil que el de la 1º semana...sin dudas vamos :-\

rafa_saturdays, no te he visto en el examen de hoy, supongo que te tocó el dificil  ;D ;D ;D ;D
 
La verdad es que el examen de la segunda semana no ha sido muy dificil, pero tampoco lo fue el de la primera. En términos comparativos si parece más asequible el de la segunda semana.

 
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mlcosta en 11 de Febrero de 2013, 14:53:29 pm
Hola a todos, aunque a primera vista me pareció sencillo el examen, en cuanto empeze a escribir, me perdí un poco. En la de la responsabilidad, no puse el tipo de responsablilidad lo que si puse es que la consultoría debe pedir certificado de ausencia de deudas y que solo sería responsable por lo que figura en ese certificado, y si no lo pide lo sería por las deudas que haya e incluso las que se reconocieran por los periodos en que exista la relación contractual. En la de las  contribuciones especiales creo que bastante bien, aunque estaba bastante nerviosa y creo que debí utilizar un vocabulario mas tecnico.
¿Alguién sabe cuanto tarda este departamento en colgar las notas?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 11 de Febrero de 2013, 15:30:44 pm
Yo no sé quién era  el/la que decía que si cambiabas el orden de las preguntas no pasaba nada, en el examen lo deja muy claro:

Las preguntas debe´n contestarse en el mismo orden que aparecen formuladas, si se altera el orden, no se corregirán las correspondientes respuestas.

Creo que eras tú pravias la que lo comentabas, pues ahí tienes, así que nada de responden en el orden que queramos.
Título: Pregunta 2a. Establecer modelo declaracion de un tributo
Publicado por: mmurciaz en 11 de Febrero de 2013, 15:45:58 pm
   Hola a todos,
   A mí, personalmente, me ha parecido peor que el examen de la primera semana, yo con ese hubiera aprobado mejor.
   En cuanto a la segunda pregunta ¿Que habeis puesto?
   Yo he dicho que solo se puede realizar una mera adaptacion del tributo a la realidad (sin expresa habilitacion por una ley), por lo que sí se puede establecer el modelo de declaracion de un tributo por medio de una norma Reglamentaria, si ello supone una mera adaptacion a la realidad,
(tambien he dicho que supongo que establecer el modelo de declaracion de un tributo es establecer el tipo de impreso a utilizar ??)

   ¿Que opinais?
   
    Miguel
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: sergio92 en 11 de Febrero de 2013, 15:52:43 pm
El examen a mi me ha parecido factible, otra cosa es como corrijan...
¿Sabeis el tiempo de espera más o menos para que te den los resultados?
¿A partir de cuando se puede visualizar el examen?

Muchas Gracias
Suerte a todos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Iker014 en 11 de Febrero de 2013, 15:59:57 pm
Veo que la pregunta 2 está suscitando algunas dudas, pues la verdad su enunciado daba cabida a la interpretación.

Yo tras hacer una pequeña explicación del principio de reserva de ley, he mencionado que el enunciado se daba a dos interpretaciones:

- Una primera en la que por norma reglamentaria se establece un modelo de declaración para un tributo no establecido en norma legal. Supuesto no permitido por el principio de reserva de ley.

- Y otra interpretación basada en la creación de un modelo de declaración para un tributo ya creado por la ley, pero cuya previsión legal no recoje como debe ser el modelo de declaración. En este segundo no se infringe el principio de reserva de ley, pues no es un elemento esencial del tributo.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mmurciaz en 11 de Febrero de 2013, 16:20:29 pm
Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #1212 en: Hoy a las 15:59:57 »

    * Citar

Veo que la pregunta 2 está suscitando algunas dudas, pues la verdad su enunciado daba cabida a la interpretación.

Yo tras hacer una pequeña explicación del principio de reserva de ley, he mencionado que el enunciado se daba a dos interpretaciones:

- Una primera en la que por norma reglamentaria se establece un modelo de declaración para un tributo no establecido en norma legal. Supuesto no permitido por el principio de reserva de ley.

- Y otra interpretación basada en la creación de un modelo de declaración para un tributo ya creado por la ley, pero cuya previsión legal no recoje como debe ser el modelo de declaración. En este segundo no se infringe el principio de reserva de ley, pues no es un elemento esencial del tributo.

   Gracias por tu respuesta Iker 014,
   veo que mas o menos has dicho lo que yo
   aunque si el enuncviado parte de establecer el modelo de un tributo, se supone que el tributyo ya existe (porque no dice que lo va a crear), pero en fin vamos a que sí lo puede hacer si se trata de algo no esencial,

   Saludos
   Miguel
Título: Re:Pregunta 2a. Establecer modelo declaracion de un tributo
Publicado por: luisa64 en 11 de Febrero de 2013, 16:52:41 pm
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   Hola a todos,
   A mí, personalmente, me ha parecido peor que el examen de la primera semana, yo con ese hubiera aprobado mejor.
   En cuanto a la segunda pregunta ¿Que habeis puesto?
   Yo he dicho que solo se puede realizar una mera adaptacion del tributo a la realidad (sin expresa habilitacion por una ley), por lo que sí se puede establecer el modelo de declaracion de un tributo por medio de una norma Reglamentaria, si ello supone una mera adaptacion a la realidad,
(tambien he dicho que supongo que establecer el modelo de declaracion de un tributo es establecer el tipo de impreso a utilizar ??)

   ¿Que opinais?
   
    Miguel

¿Peor que el de la primera semana? Pero si de las 6, 3 eran literalmente repetidas de exámenes de otros años (la 1 de SEP 2008 Reserva, la 5 de la primera semana de Febrero de 2010 y la 6 de la primera semana de Febrero 2006 y Febrero 2009), y las de la definición del contribuyente y la de la retroactividad eran como para sudar mucho...

Una cosa es que a una haya podido tener un mal día y salirle mal el examen, que nos puede pasar a cualquiera, pero decir que el examen era difícil se ha estudiado...

Saludos
Título: Re:Pregunta 2a. Establecer modelo declaracion de un tributo
Publicado por: Raúl31 en 11 de Febrero de 2013, 16:57:18 pm
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¿Peor que el de la primera semana? Pero si de las 6, 3 eran literalmente repetidas de exámenes de otros años (la 1 de SEP 2008 Reserva, la 5 de la primera semana de Febrero de 2010 y la 6 de la primera semana de Febrero 2006 y Febrero 2009), y las de la definición del contribuyente y la de la retroactividad eran como para sudar mucho...

Una cosa es que a una haya podido tener un mal día y salirle mal el examen, que nos puede pasar a cualquiera, pero decir que el examen era difícil se ha estudiado...

Saludos

jejje además de verdad, yo creo que el problema es que la gente si no le preguntas lo que ya ha caído y de igual forma ya les parece súper complicado...

Vamos la del contribuyente un regalo.
La de la retroactividad otro regalo.

Ya si por lo pronto no sabes eso,  es que no has estudiado.

Queremos preguntas de examen del tipo, quién realiza el hecho imponible? jaja si es que...

Pero vamos +10000 con lo que dice luisa
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: candy2002 en 11 de Febrero de 2013, 17:23:12 pm
Tampoco hay que crear polémica con qué examen ha sido más difícil.
Yo estudié un montón para el de la primera semana y no creo que apruebe. No puedo decir que el examen fuera dificílísimo, pero entre que me puse nerviosa y que alguna no la sabía, pues me salió mal. Ni más ni menos.
El de esta semana, pues lo mismo, ni difícil ni fácil. Todo depende de lo que uno haya estudiado, de la suerte, de los nervios y de mil cosas.
A mi lo que más me revienta de esta asignatura es que no tenga espacio tasado, porque voy a suspender por no poder desarrollar más de 4 renglones una pregunta que sí sabía y cambiarla por otra que hice a voleo pero que ocupé medio folio.
Por Dios, respuestas concisas o rollo patateros????
Título: Examen 2a. semana
Publicado por: mmurciaz en 11 de Febrero de 2013, 17:45:28 pm
  Yo no he dicho que elexamen de la 2a. semana sea dificilisimo, he dicho que para mí es peor que el de la 1a.

  La 2a. pregunta confusa, con lo del "modelo" del tributo y ademas hay que mojarse
  La 4a., el ejemplo que pone en los apuntes es en relacion a un subcontratista de obras....   no es tan obvia.
  La 6a., los jemplos de condonancion parcial están en un rincon de los apuntes, y en uno es el 30% de descuento y en el otro el 50% (puedes ponerlo al reves, como amí me ha pasado, uno el 50 y el otro el 30)
   Así es que creo que tampoco es un regalo.

   Sí, os agradecería opiniones y qué habeis puesto en la 2a.,

   Gracias y Saludos

   Miguel
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 11 de Febrero de 2013, 17:50:19 pm
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Mnieves pero para un 1,8 te saldría bastante mal o son muy duros corrigiendo.

Joer ni civil, el año pasado en civil II en el primer parcial me dejé una en blanco otra la tenía mal y las otras medio así, y me pusieron un 4.

O sea que un 1,8 no se entiende.

 ;D, pues supongo que sí, que no contesté lo que ellos querían, aunque las respondí todas, por eso este curso me he aguantado para contestar muchas chorradas,  :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 11 de Febrero de 2013, 17:54:27 pm
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;D, pues supongo que sí, que no contesté lo que ellos querían, aunque las respondí todas, por eso este curso me he aguantado para contestar muchas chorradas,  :D

La que me espera, pero bueno chorradas no le puse, aunque quizá sí le metí algo que tenía relación pero no lo que preguntaban, yo soy de los que es mejor poner algo que guarde relación a dejar la pregunta en blanco, a veces surte efecto.

A ver si son rápidos  corrigiendo.

ahh y lo hice la primera semana que era mucho más complicado jajajja  ;D
Título: Re:Examen 2a. semana
Publicado por: luisa64 en 11 de Febrero de 2013, 17:56:45 pm
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  Yo no he dicho que elexamen de la 2a. semana sea dificilisimo, he dicho que para mí es peor que el de la 1a.

  La 2a. pregunta confusa, con lo del "modelo" del tributo y ademas hay que mojarse
  La 4a., el ejemplo que pone en los apuntes es en relacion a un subcontratista de obras....   no es tan obvia.
  La 6a., los jemplos de condonancion parcial están en un rincon de los apuntes, y en uno es el 30% de descuento y en el otro el 50% (puedes ponerlo al reves, como amí me ha pasado, uno el 50 y el otro el 30)
   Así es que creo que tampoco es un regalo.

   Sí, os agradecería opiniones y qué habeis puesto en la 2a.,

   Gracias y Saludos

   Miguel

¿Tú no haces exámenes de otros años para autoevaluarte? Porque la 4ª y la 6ª son literales de exámenes de otros años, y esta última por dos veces.

Sin ánimo de polemizar, Miguel.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: RAQCAR en 11 de Febrero de 2013, 17:58:41 pm
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Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
« Respuesta #1212 en: Hoy a las 15:59:57 »

    * Citar

Veo que la pregunta 2 está suscitando algunas dudas, pues la verdad su enunciado daba cabida a la interpretación.

Yo tras hacer una pequeña explicación del principio de reserva de ley, he mencionado que el enunciado se daba a dos interpretaciones:

- Una primera en la que por norma reglamentaria se establece un modelo de declaración para un tributo no establecido en norma legal. Supuesto no permitido por el principio de reserva de ley.

- Y otra interpretación basada en la creación de un modelo de declaración para un tributo ya creado por la ley, pero cuya previsión legal no recoje como debe ser el modelo de declaración. En este segundo no se infringe el principio de reserva de ley, pues no es un elemento esencial del tributo.

   Gracias por tu respuesta Iker 014,
   veo que mas o menos has dicho lo que yo
   aunque si el enuncviado parte de establecer el modelo de un tributo, se supone que el tributyo ya existe (porque no dice que lo va a crear), pero en fin vamos a que sí lo puede hacer si se trata de algo no esencial,

   Saludos
   Miguel

Hola coincido con vosotros, yo por si acaso he partido de considerar que el tributo ya estaba creado por ley y que el modelo no es un elemento esencial, etc...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Sevillano1985 en 11 de Febrero de 2013, 18:05:46 pm
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La que me espera, pero bueno chorradas no le puse, aunque quizá sí le metí algo que tenía relación pero no lo que preguntaban, yo soy de los que es mejor poner algo que guarde relación a dejar la pregunta en blanco, a veces surte efecto.

A ver si son rápidos  corrigiendo.

ahh y lo hice la primera semana que era mucho más complicado jajajja  ;D

Yo creo que el examen no era dificil salvo la pregunta 2ª que puede generar dudas.

El problema es el como corrigen ellos, tenemos que tener en cuenta que estamos ante una materia con una terminologia muy tecnica y enrevesada y por tanto ``clavar´´ las preguntas como vienen en la ley es casi imposible. Por ello creo que dependeremos mucho del que nos corrija, yo salvo la 6ª todas las he contestado correctamente (cuando digo esto es que no he puesto ningun invento raro, ni he confundido terminos) por lo que creo que al menos un 5 deberia tener pero con la experiencia de otros compañeros y como dicen que se las gastan pues me puedo llevar una sorpresa.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 11 de Febrero de 2013, 18:10:38 pm
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Yo creo que el examen no era dificil salvo la pregunta 2ª que puede generar dudas.

El problema es el como corrigen ellos, tenemos que tener en cuenta que estamos ante una materia con una terminologia muy tecnica y enrevesada y por tanto ``clavar´´ las preguntas como vienen en la ley es casi imposible. Por ello creo que dependeremos mucho del que nos corrija, yo salvo la 6ª todas las he contestado correctamente (cuando digo esto es que no he puesto ningun invento raro, ni he confundido terminos) por lo que creo que al menos un 5 deberia tener pero con la experiencia de otros compañeros y como dicen que se las gastan pues me puedo llevar una sorpresa.

Bueno hombre, si es así no temas tanto, seguro que has aprobado y con nota, ahora cada uno tiene que ser consciente de lo que ha escrito, si te ha salido medio bien imagino que sin problema.

Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Sevillano1985 en 11 de Febrero de 2013, 18:28:40 pm
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Bueno hombre, si es así no temas tanto, seguro que has aprobado y con nota, ahora cada uno tiene que ser consciente de lo que ha escrito, si te ha salido medio bien imagino que sin problema.

Ahi esta medio bien porque para que del examen de tributario salgas diciendo he aprobado creo que tienes que ser casi el Ministro de Hacienda de Finlandia porque el de aqui me da a mi que tampoco.... ;D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 11 de Febrero de 2013, 19:05:41 pm
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Ahi esta medio bien porque para que del examen de tributario salgas diciendo he aprobado creo que tienes que ser casi el Ministro de Hacienda de Finlandia porque el de aqui me da a mi que tampoco.... ;D

Salí yo en Septiembre del primer parcial pensando, bueno, un 8 o un 9 jejejeje un 5 y fui chutando y tirando voladores....iba a reclamarles (por cierto en eso son muy concienzudos, responden a todo, en fin ahi cumplen) pero luego pensé que mejor no calentarme la cabeza...pero son tremendos con la corrección y parecen abonados a poner treses .. :'(
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Sevillano1985 en 11 de Febrero de 2013, 19:10:36 pm
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Salí yo en Septiembre del primer parcial pensando, bueno, un 8 o un 9 jejejeje un 5 y fui chutando y tirando voladores....iba a reclamarles (por cierto en eso son muy concienzudos, responden a todo, en fin ahi cumplen) pero luego pensé que mejor no calentarme la cabeza...pero son tremendos con la corrección y parecen abonados a poner treses .. :'(

Lo pusiste todo tal como viene en la ley? o como yo decia antes contestate bien sin confundir terminos y ``cosas raras´´?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 11 de Febrero de 2013, 19:16:13 pm
Mira, el jueves tengo Administrativo II, pero si me escribes el jueves por la noche te mando el examen, que lo tengo...ya sabes, de la valija virtual. Sé que me confundí en la pregunta de la piscina....pero como te lo mandaré, tú mismo podrás valorarlo...
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Sevillano1985 en 11 de Febrero de 2013, 19:19:44 pm
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Mira, el jueves tengo Administrativo II, pero si me escribes el jueves por la noche te mando el examen, que lo tengo...ya sabes, de la valija virtual. Sé que me confundí en la pregunta de la piscina....pero como te lo mandaré, tú mismo podrás valorarlo...

Ok, suerte para Admvo II, yo esa me la pude quitar el año pasado, no es tan dura como el I ni mucho menos. Vamos por lo que me das a entender casi cconestaste con ley en mano jajaja
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: apodio1 en 11 de Febrero de 2013, 20:11:50 pm
pues a mi me ha salido bien ,pero estoy con miedo porque en la de la retroactividad me he pasado de escribir y le he puesto la respuesta correcta ,más lo que dice el resto de pregunta. creeis que me la tacharán entera? xd ,un señor mayor del tribunal no paraba de hablar....y no habia quién se concentrara.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: mnieves en 11 de Febrero de 2013, 21:20:11 pm
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Salí yo en Septiembre del primer parcial pensando, bueno, un 8 o un 9 jejejeje un 5 y fui chutando y tirando voladores....iba a reclamarles (por cierto en eso son muy concienzudos, responden a todo, en fin ahi cumplen) pero luego pensé que mejor no calentarme la cabeza...pero son tremendos con la corrección y parecen abonados a poner treses .. :'(

¡de eso doy fe! es un examen precioso, que salvo la piscina está todo bien, con una letra que da gusto leer, mejor incluso que el mío del primer parcial de septiembre, y sí yo lo hubiese puntuado con esa nota, pero son ¡jodidos! de veras para puntuar, así que aquí no digo "na de na", esperaré la nota, así,  :-X
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 11 de Febrero de 2013, 21:29:12 pm
Entonces creo que me mentalizaré para septiembre, a ver este año qué será el club del 3 del 4?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebp en 12 de Febrero de 2013, 07:13:26 am
Me estáis asustando, estoy deseando ver el examen en la valija  :-\ ya no sé ni lo que puse.
Yo salí con sensación de notable pa arriba pero visto lo visto con el 5 me conformo
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Raúl31 en 20 de Febrero de 2013, 16:02:43 pm
Se me ocurre preguntar en alf si iban a colgar el examen con sus respuestas antes de las nota so después de las mismas.

Respuesta:

Estimado alumno,

no vamos a publicar las respuestas del examen. Las puede encontrar fácilemente en el Manual.


Mejor me quedo calladito.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: PIERO NICOLA en 21 de Febrero de 2013, 01:38:06 am
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Se me ocurre preguntar en alf si iban a colgar el examen con sus respuestas antes de las nota so después de las mismas.

Respuesta:

Estimado alumno,

no vamos a publicar las respuestas del examen. Las puede encontrar fácilemente en el Manual.


Mejor me quedo calladito.

y punto pelota
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Pravias en 21 de Febrero de 2013, 09:19:40 am
las preguntas de este año ya han salido otros no?, no había ninguna nueva, creo?
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Feliposdior en 21 de Febrero de 2013, 10:12:11 am
acabo de recibir sms con la nota. 1a. Semana en madrid. Suerte
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Sevillano1985 en 21 de Febrero de 2013, 10:22:47 am
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acabo de recibir sms con la nota. 1a. Semana en madrid. Suerte

Cuentanos algo mas, sorpresa? bien corregido? han sido muy exigentes?.....
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: aquienseleocurre en 21 de Febrero de 2013, 10:24:15 am
Yo también acabo de recibirlo, CARTAGENA.
Creo que han corregido bien
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: Sevillano1985 en 21 de Febrero de 2013, 10:25:38 am
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Yo también acabo de recibirlo, CARTAGENA.
Creo que han corregido bien

Ok, Gracias!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: luisa64 en 21 de Febrero de 2013, 11:37:22 am
Yo también recibido. Y sí, en mi opinión han  corregido bien.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: victoriasoy en 21 de Febrero de 2013, 11:46:08 am
Yo también lo he recibido. Se han portado, sí.

oe, oe, oeeeeee  :D
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: matias1 en 21 de Febrero de 2013, 11:53:13 am
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Yo también lo he recibido. Se han portado, sí.

oe, oe, oeeeeee  :D

Enhorabuena victoria!!!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebp en 21 de Febrero de 2013, 11:57:26 am
genial, lo que me esperaba mu bien.  :)
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: sergio92 en 21 de Febrero de 2013, 12:18:33 pm
Donde aparece la nota?
Solo os han correjido a los de Madrid?
POr cierto como se hace eso de que te la enviene por sms? jeje
Muchas Gracias
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: yuno1986 en 21 de Febrero de 2013, 13:51:18 pm
en relacion con la pregunta nº 2 de la segunda semana, la cual me trae de cabeza ya que creo que es la que me dara el aprobado o el suspenso, ¿que opinais?
2.- Atendiendo a las exigencias derivadas del principio de reserva de ley establecido en el artículo 31.3 de la Constitución, ¿puede una norma reglamentaria establecer el modelo de declaración de un tributo sin contar con habilitación legal específica para ello? Justifique su respuesta.
Yo puso que no podria ya que necesita habilitacion previa. Ademas de hacer mencion al articulo 31.3. La mayoria opina que si se puede, aunque indagando por internet e encontrado esto, aunque no se si tendra relacion o no. es una orden ministerial que desarrolla la disposicion adicional primera de el Real Decreto Ley 12/2012:

En cuanto a su contenido, el apartado 5 de la mencionada disposición adicional primera señala que el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas aprobará el modelo de declaración, lugar de presentación e ingreso de la misma, así como cuantas otras medidas sean necesarias para el cumplimiento de esta disposición adicional.
Con base en dicha habilitación legal, esta Orden aprueba el modelo de presentación de la declaración tributaria especial, la forma en que la misma se tiene que presentar y las disposiciones necesarias para su aplicación.
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ebravo44 en 21 de Febrero de 2013, 14:14:24 pm
En Tenerife también ha salido ya, y de momento una menos, bieeeen!
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: ElGallo en 04 de Marzo de 2013, 14:00:22 pm
Plantilla del examen de la segunda semana de Grado.

http://www.uned.es/014200/F132DFTISoluciones.pdf
Título: Re:POST OFICIAL FINANCIERO Y TRIBUTARIOI ( 1º PARCIAL ) 2012/2013
Publicado por: macarena en 05 de Marzo de 2013, 10:46:06 am
en cadiz no han salido no