Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: polidoce en 21 de Octubre de 2006, 08:18:27 am
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HOLA A TODOS. ¿ALGUIEN SABE COMO VA LA APROBACIÓN DE LA NUEVA LEY EN EL CONGRESO? SEGÚN HE OIDO ESTA A PUNTO DE APROBARSE (POSIBLEMENTE YA SE HAYA APROBADO). MIENTRAS MAS TARDE MEJOR PARA NOSOTROS.
UN SALUDO Y ÁNIMO PARA EL NUEVO CURSO
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Tal como yo la entendí, la noticia del periódico decía que su aprobación iba a ser muy pronto y que se aplicaría a los 5 años de su publicación en el BOE.
Si entendí mal, que alguien me corrija.
Saludos.
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Podriaís decirme en que consiste dicha ley, ya que no tenía conocimiento de ello. Saludos.
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Hay por ahí un hilo entero hablando de eso.
Pero en resumidas cuentas, que va a haber que hacer dos años de prácticas y luego superar un examen. Tanto para abogados como para procuradores. Y va a tener una vacatio legis de 5 años para perjudicar las expectativas de los que ahora estudian Derecho. Es que nosotros no exisistimos, así que...
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El miercoles ha sido aprobado por el senado, con 200 votos a favor, 1 en contra y una abstencion.
Cinco años para que entre en vigor, solo falta ser publicada en el boe.
Habra que leer bien lo que dice la ley pues el reportaje periodistico habla de licenciado en derecho o titulo de grado. Suponiendo que se aplique tambien a los titulos de grado quizas contemos con mas tiempo, pues en un principio se habla de que el futuro titulo de grado sea en cuatro años y el de postgrado en cinco. habra que esperar y acelerar a fondo.
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¿Y no se puede ver en la página del Congreso o en la del Senado?
¿Cuándo sale en el BOE?
La verdad es que es un poco...no sé cómo decirlo. Porque nosotros no vamos a curso por año, y no nos han tenido en cuenta...
Además, sigo sin entender el porqué de esta ley...
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En la escuela de paractica juridica de la uned tienes un enlace a todas las sesiones que se han mantenido, tando en el congreso como en el senado, pero la verdad yo me lie y no acabe encontrando el texto de la ley. Al final puse en google "ley acceso profesion abogados" y acabe encontrandolo, aunque hasta que no salga publicado no sabemos si hay algun pequeño cambio.
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Mile, es algo parecido al MIR de los médicos, pero mucho menos duro.
No nos quejemos.
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El MIR en los médicos me parece muy bien.
Pero digo que no tiene sentido, sobre todo porque nosotros tenemos un prácticum en 5º.
A mí me da igual. Pero seguro que las prácticas no te las van a pagar... Y si una persona está trabajando, ponle que de 9 a 3, le ponen las prácticas de 4 a 9, esa persona no vive, y si tiene hijos, casa y demás... ¿Cuándo hace el resto de las cosas?
Porque la gente que está estudiando aquí, saca un poco de tiempo de aquí, otro poquito de allá, pero no pueden descuidar el resto de cosas.
Si al menos pagaran las prácticas, no habría tanto problema. Además, no sé en dónde se van a hacer las prácticas... Porque ahora será en la Universidad o en las Escuelas de Práctica Jurídica... ¿y la gente que no se pueda desplazar?¿la gente a la que le quede muy lejos? Porque la gente que vive en Madrid, Barcelona, Coruña... seguro que tiene en donde hacer las prácticas, pero la gente que vive en pueblos pequeñitos, lejos de las ciudades grandes... ¿qué hace?
Es que está pensada esta ley para la gente que acaba la carrera a los 24 años y sigue viviendo en casa. Porque qué más le da dos años más...
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El MIR en los médicos me parece muy bien.
Pero digo que no tiene sentido, sobre todo porque nosotros tenemos un prácticum en 5º.
A mí me da igual. Pero seguro que las prácticas no te las van a pagar... Y si una persona está trabajando, ponle que de 9 a 3, le ponen las prácticas de 4 a 9, esa persona no vive, y si tiene hijos, casa y demás... ¿Cuándo hace el resto de las cosas?
Porque la gente que está estudiando aquí, saca un poco de tiempo de aquí, otro poquito de allá, pero no pueden descuidar el resto de cosas.
Si al menos pagaran las prácticas, no habría tanto problema. Además, no sé en dónde se van a hacer las prácticas... Porque ahora será en la Universidad o en las Escuelas de Práctica Jurídica... ¿y la gente que no se pueda desplazar?¿la gente a la que le quede muy lejos? Porque la gente que vive en Madrid, Barcelona, Coruña... seguro que tiene en donde hacer las prácticas, pero la gente que vive en pueblos pequeñitos, lejos de las ciudades grandes... ¿qué hace?
Es que está pensada esta ley para la gente que acaba la carrera a los 24 años y sigue viviendo en casa. Porque qué más le da dos años más...
Tienes toda la razón. ¿Crees que la ministra a contado con nuestra presencia? yo, la verdad, lo dudo.
Abrazos.
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5 años para que entre en vigor?? Parece un tiempo excesivo.. Eso nos da un margen para no estar sujeto a ella, salvo que haya algun detalle que desconozca.
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Yo creo que es la vacatio legis mas amplia de cualquier aprobada hasta ahora.
Pero mucho margen no nos da, porque raramente se acaba la carrera en la uned en cinco años, salvo que dediques todo el dia a estudiarla.
La pena es que todavia no ha salido el nuevo plan para el titulo de grado, porque al parecer tambien valdria con ese, en principio asi lo entiendo yo.
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El margen se lo dara a los que estan ya cursando la carrera y no tienen los 5 años por hacer eso esta claro. Que en 5 años cuesta mucho aqui y en cualquier universidad presencial.
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Yo no tengo claro que la reforma sirva para algo, solo para que nuestras expectativas se estrellen. Yo hago la carrera porque me gusta el derecho, pero como dice Mile tengo otros frentes abiertos muy importantes que no puedo dejar ahora de lado porque me "den" 5 años de vacatio y metan prisa. Mi ritmo no lo voy a poder cambiar. Al final solo conseguiran que abandonemos ya que nos cierran las puertas para ejercer como abogado que es mi objetivo.
Dos años mas son mucho, por lo menos para mi.
Esperaremos de todos modos como nos afecta a los que estamos en el Plan 2000 que es de cinco años.
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Si tiene una disposición transitoria o en algún sitio pone que los que estemos matriculados a partir del curso 2006/2007 en Derecho no estamos sujetos a hacer las prácticas y el examen, me parece bien.
Porque si entra en vigor dentro de 5 años, a nosotros que ya estamos en la carrera no nos debería de afectar,no?
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Son 5 años para los que, en ese tiempo, no estén dados de alta en los colegios de abogados, no para los que estén matriculados.
Las leyes no pueden estar pensando en casos particulares, lo sabéis bien y no pueden andar pensando que si uno tarda 5 años, otro 15, etc..., es lógico que pongan 5.
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La ley laboral de la abogacía subleva a los letrados jóvenes
Los titulados podrán ser sometidos a pasantías de dos años sin cobrar
Una profunda preocupación se ha extendido entre el colectivo de los abogados jóvenes. El Gobierno tiene previsto aprobar en breve la ley que regulará las relaciones laborales en la abogacía, una ley que afectará básicamente a los profesionales recién licenciados y con poca experiencia. "Es una ley hecha al dictado de los grandes despachos", sentencia Vidal Masramon, de 32 años, miembro del comité ejecutivo del Grupo de Abogados Jóvenes del Col.legi d'Advocats de Barcelona, para añadir: "Las condiciones para los jóvenes son salvajes". Por ejemplo, dos años de pasantía sin cobrar.
El Col.legi d'Advocats de Barcelona aglutina en estos momentos 18.000 profesionales colegiados que crecen al ritmo de un millar cada vez que se termina un curso universitario. El 60% son considerados abogados jóvenes; es decir, por debajo de los 40 años --este generoso baremo está decidido por el colegio profesional--. Alrededor de 4.000 integran el Grupo de Abogados Jóvenes.
Hasta ahora, un despacho podía establecer una relación laboral o mercantil con el abogado, generalmente, un profesional con corta andadura profesional. Lo que ha ocurrido es que proliferaban los contratos mercantiles cuando, en realidad, lo que se establecía entre las partes era una relación laboral.
INSPECCIONES DE TRABAJO
Fuentes judiciales explicaron que recientes sentencias del Tribunal Supremo, reconociendo este vínculo laboral, así como las cada vez más frecuentes inspecciones de trabajo, han forzado la necesidad de la regulación.
"Lo que debía ser un paso hacia adelante es un paso atrás", argumenta Masramon para, a continuación, sintetizar el espíritu de la ley: "A cambio de darte de alta en la Seguridad Social, algunas de las condiciones impuestas al abogado contratado son durísimas y suponen un atentado a los logros sociales básicos". "Además, --añade Masramon-- es evidente el flagrante agravio comparativo con otras profesiones".
CONTRADICCIÓN
El borrador de la ley deja muchos aspectos importantes en manos de los pactos entre las dos partes: horario, honorarios, descansos, permisos y vacaciones. Jennifer Losada, de 30 años, que también integra el comité ejecutivo del Grupo de Abogados Jóvenes, desgrana los aspectos que ve más polémicos.
"La regulación de las condiciones de la pasantía es una barbaridad", asegura la joven letrada. "Abre la puerta a dos años de pasantía sin derecho a retribución", añade para asegurar que "entra en una frontal contradicción con el espíritu del Codi de l'Advocacia Catalana, que defiende una pasantía con una remuneración digna".
Junto a las condiciones de la pasantía, lo que también genera mucha preocupación son los periodos de prueba. "El borrador establece un año de prueba en el caso de los contratos indefinidos", explica Losada. La abogada añade que, una vez cumplido el año, si el despacho quiere prescindir de los servicios del contratado, puede hacerlo sin que el último tenga derecho ni a indemnización ni a paro.
Los honorarios tampoco quedan marcados, ni de forma aproximada. Este aspecto se deja en manos del acuerdo entre las partes. Las indemnizaciones también son motivo de dura crítica. "Establecen 15 días por año cuando, en otras profesiones, son 45", explica Losada.
La ley también da potestad a los despachos para estipular que, una vez extinguido un contrato, el letrado no pueda ejercer en otro despacho durante un plazo de dos años.
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Súpereñe, ya sé que no puede haber eso, pero no me parece justo.
Tiene narices la ley (por no decir otra cosa). O sea, en una profesión en donde se estudian las leyes, la igualdad... Llegan aquí a hacer todo lo contrario de lo que estamos estudiando...
Me parece totalmente injusto, como ya dije antes. O sea, te pasas dos años viviendo de qué? del aire? Porqué siempre las pasantías son iguales? No se supone que los contratos en prácticas te los tienen que pagar? Son hasta dos años... Y este yo creo que sería el caso... A no ser que quieran evitarlo al tener que hacer la pasantía por una Escuela de Práctica de Jurídica, que en ese caso, sería como segur yendo a clase, y por lo tanto nosotros tendríamos que pagar las clases... Pues ahora que lo pienso bien, igual los tiros van por ahí.
Me parece totalmente injusto. Eso es para que vayan cuatro cada año...
Tendrían que cambiar esa ley, me parece totalmente injusta. Si alguien tiene el link para descargársela, que lo ponga aquí. Porque estuve mirando la página del Senado y no la enocntré.
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Hilo ya existente. Vid.,
http://foro.uned-derecho.com/index.php?topic=4226.0
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Hola, perdonad mi ignorancia, pero es que me he reincorporado a Derecho después de 15 años sin estudiar y estoy algo perdida.
Actualmente, si acabas Derecho ¿qué requisitos te exigen para colegiarte? Por supuesto me refiero antes que entre en vigor la nueva ley. Gracias
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1.- Instancia.
2.- Documento acreditativo original de la finalización de la Licenciatura de Derecho.
Certificación de nacimiento (original y fotocopia).
3.- Certificado de antecedentes penales.
4.- Declaración jurada de no haber sido procesado, con presentación firmada por dos colegiados.
5.- Certificación de cuota de Nueva Incorporación.
6.- Formulario de Inscripción en la Mutualidad de la Abogacía.
7.- 1 Fotografía tamaño carnet.
Además, para colegiarse como ejerciente:
8. Fotocopia del alta de la declaración censal (Modelo 036).
9. En el caso de colegiación como ejercientes con dedicación exclusiva, es preciso aportar certificado de Empresa.
Salud,
IUS
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Ais, se me pasó uno:
1.- Instancia.
2.- Documento acreditativo original de la finalización de la Licenciatura de Derecho.
3.- Certificación de nacimiento (original y fotocopia).
4.- Certificado de antecedentes penales.
5.- Declaración jurada de no haber sido procesado, con presentación firmada por dos colegiados.
6.- Certificación de cuota de Nueva Incorporación.
7.- Formulario de Inscripción en la Mutualidad de la Abogacía.
8.- 1 Fotografía tamaño carnet.
Además, para colegiarse como ejerciente:
9. Fotocopia del alta de la declaración censal (Modelo 036).
10. En el caso de colegiación como ejercientes con dedicación exclusiva, es preciso aportar certificado de Empresa.
Resalud,
IUS
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Gracias Ius, pero no es necesario nada mas???
Ningún tipo de prácticas jurídicas... nada?
A mi todavía me quedan un par de años (espero) para acabar, pero, la verdad es que creía que era necesario algo mas.
Muchas gracias
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Ahora te colegias y punto.
5.- Declaración jurada de no haber sido procesado, con presentación firmada por dos colegiados.
7.- Formulario de Inscripción en la Mutualidad de la Abogacía.
Esos dos a mi padre no se lo pidieron...
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Bueno, puse los requisitos del ICAM. Tal vez en otros colegios no sean exactamente los mismos.
Y no, actualmente no se pide nada más, ni másters ni nada. Cosa diferente es si me preguntas para inscribirte en el turno de oficio (también cada Colegio tiene sus propias reglas al respecto).
Un abrazo,
IUS
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Ley de acceso a la abogacía: un obstáculo para los alumnos de Derecho:
Aula Magna, 24 octubre (resumen):
... Los colegios de abogados venían exigiendo para la colegiación de los licenciados en Derecho una experiencia personal previa... Este planteamiento tendría dos lecturas: primera, que los centros universitarios no cumplen con su misión formativa; segunda, que los intereses corporativos de los abogados en ejercicio primarían sobre los egresados universitarios.
La ley de acceso a la abogacía viene a satisfacer las demandas de los colegios de abogados. Con ello el Estado deja en evidencia a la institución universitaria... Por ello, una carrera de cuatro o cinco años, si se quiere practicar la abogacía, puede pasar a seis o siete. La nueva ley establece dos años más de formación teórico-práctica y un examen estatal, lo que no sólo aumentará el tiempo de formación, sino también los costes económicos que, naturalmente, deberán ser financiados por los alumnos...
...resulta llamativa esta nueva legislación que mira por encima del hombro a los nuevos titulados.
Más llmativo resulta el silencio de la representación de alumnos en un tema que tanto afecta a los intereses estudiantiles. Bien es cierto que la nueva norma sólo afectará a los alumnos de primero y a más de un rezagado, no cabe duda. Se trata de un obstáculo más en la carrera. El movimiento estudiantil se muestra , así, completamente desarbolado y carente de voluntad inconformista.
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Ya... inconformistas... ¿Cuánto tiempo estuve yo diciendo de mandar un escrito? Y nadie me hizo caso... Y de ponernos a recoger firmas... Y nadie me hizo caso... Sólo pedí que alguien lo redactara, porque yo no sabía muy bien cómo...
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Gracias de nuevo Ius por tu información, acabo de ver el mensaje.
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No estoy de acuerdo con la VACATIO LEGIS de la Ley que se aprobará a corto plazo, sobre el ACCESO A LAS PROFESIONES DE ABOGACIA Y PROCURA, y que ha sido aprobada ya en la Comisión de Justicia de Congreso y Senado; en el sentido de que, 5 años de vacatio van a perjudicar a los alumnos de Derecho de la UNED, pues, ¿que porcentaje de estudiante en la UNED termina lacarrera en 5 años?, esta Ley nos discrimina. Mi propuesta seria que ESA vacatio legis de 5 años surtiera efectos no a los que ya hemos empezado la carrera, si no a los que se matricularan en la carrera EN EL AÑO QUE ENTRE EN VIGOR LA LEY. Yo sólo no puedo hacer ver esto que opino, necesito ayuda de más gente de este colectivo, para hacer comprender esto al legislador.
Propongo mover el asunto, que el administrador abra un post en el que se recojan apoyos y firmas con los d.n.is, de los estudiantes de Derecho, y puesto que ya ha sido aprobado el borrador en el Congreso y Senado, escribir una carta a los portavoces de todos los grupos parlamentarios, para que cuando aprueben la ley, la aprueben con la condición que expongo, SÍ 5 AÑOS DE VACATIO, PERO PARA LOS ALUMNOS QUE SE MATRICULEN ESE AÑO EN DERECHO.
PASAR ESTO A TODOS LOS REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS DE LOS DISTINTOS Centros Asociados. Si no os movemos nosotros nos colarán la ley
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Iesus, eso lo dije yo hace días, pero no sé quién me dijo que eso no valía... Porqué cuándo digo yo las cosas nadie me hace caso.
Yo ya dije que yo si hace falta me pongo en la calle a recoger firmas, y voy a la facultad de Derecho de la Coruña.
Y había por ahí, quien se ofrecía para llevarlas en Madrid al sitio adecuado.
Yo me apunto.
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La ley aprobada establece que el 50 % de este periodo práctico tiene que consistir en una formación práctica bajo la supervisión de un abogado o procurador y el otro 50 % en una formación que imparten las universidades públicas o privadas, cursos de las escuelas de práctica jurídica y de los colegios de abogados y procuradores.
Todo tien que ser organizado entre las universidades y empresas, bufetes, juzgados, etc. Por otro lado es tarea de las facultades adaptar el programa de la carrera a la nueva situación. La formación académica del grado en derecho tiene que reducirse a un contenido básico, a las asignaturas fundamentales con un enfoque menos teórico y científico. De esta manera el estudiante termina con la formación académica antes que actualmente y puede decidir si quiere trabajar en profesiones parajurídicas, preparar una oposición, seguir la formación académica en la universidad hasta el postgrado o doctorado o emprender la preparación para ejercer como abogado o procurador.
Tended bien en cuenta la entrada en vigor y la vacatio legis:
- "Entrada en vigor. El nuevo sistema entrará en vigor cinco años después de que la ley sea publicada en el BOE. No afectará a los abogados que estén colegiados en ese momento como ejercientes o no ejercientes, o que lo hayan estado en el pasado al menos durante un año. Los que ya estén licenciados en derecho cuando entre en vigor la ley y no estén colegiados, podrán hacerlo durante los dos años siguientes sin necesidad de obtener el título de abogado."
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No sé puede ser conformista >:(, y yo me apunto a lo que la mayoría proponga, hablar no sirve de nada, nos podemos tirar años y años hablando y con eso no vamos a arreglar nada o actuamos ya o nos quedamos como estamos. :-X ¿Qué pensáis?
Un saludo :-*
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Recordad esta fecha: 31/10/06, a partir de ahí, tenemos 5 años para acabar la carrera como Licenciado o Graduado :o, y me asalta una duda, si puedes acabar como graduado antes de 4 años, no sé si será conveniente cambiarse al plan nuevo o se exigirá el postgrado, si lo exigen al final es lo mismo ¿no?. Tengo un cacao mental. ???
Un saludo :-*
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La Ley tiene que ser publicada en el B.O.E. Es la fecha importante. El grado en Derecho y otras no se obtiene antes de cuatro años. Aquí hay otro hilo que explica perfectamente lo de los grados y postgrados. Se supone que el plan 2000 se extinguirá en algún momento y habrán de los que se tienen que cambiar. Todo eso lo veremos.
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Texto en el BOE de 31/10/2006:
http://www.boe.es/boe/dias/2006/10/31/pdfs/A37743-37747.pdf
Saludos.