Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: hidrosun en 08 de Octubre de 2012, 11:42:13 am

Título: Consulta reclamación de cantidad de trabajador
Publicado por: hidrosun en 08 de Octubre de 2012, 11:42:13 am


 Hola buenos días,


Veréis a ver si me podéis ayudar.Tengo una S.L y hace un poco más de un año no puede pagar 3000 euros a una trabajadora con un contrato de obra y servicio.Llegué a un acuerdo con ella ,firmado entre ambas parte,s en que la deuda se liquidaría a principios de septiembre de este año.He ido pagando regularmente todos los meses pero en el mes de septiembre mis clientes me retrasaron varios pagos que me debían e incumplí prácticamente el acuerdo(solo pude ingresarle una parte ).Pues bien,ha denunciado a la empresa(la cantidad que se debe ahora es de 400 euros).Mi pregunta es :desde que se inicie la demanda por reclamación de cantidad hasta que se  fije la fecha del juicio ,esta cantidad seguro la habré pagado ¿puede la otra parte pedir el desistimiento para que no haya celebración del juicio(o sea, el proceso se puede paralizar)y qué posibles consecuencias podría tener mi empresa?Muchas gracias.
Título: Re:Consulta reclamación de cantidad de trabajador
Publicado por: frede en 18 de Octubre de 2012, 19:27:29 pm
En el procedimiento laboral siempre es posible llegar a un acuerdo entre les partes, siempre que no sea contrario a derecho claro.

De hecho antes del juicio el Juez Social convida a las partes a llegar a un acuerdo y si se llega a este no se celebra el juicio.

Por otra parte al ser justicia rogada, si la parte renuncia a sus pretensiones el caso se puede archivar, siempre claro que no se haya celebrado el juicio.

Otra cosa es la cantidad que te reclame, y si te reclama el 10% de intereses de mora que establece el Estatuto de los Trabajadores.

De todas maneras al plantear una reclamación de cantidad se pueden reclamar los salarios debidos del último año, si teneis firmado un documento donde reconoces la deuda y te comprometes a pagarla en unos plazos determinados y a pasado el año desde el último salario debido creo que la jurisdicción pertinente seria la civil y no la laboral, aunque este último extremo no lo tengo muy claro.
Título: Re:Consulta reclamación de cantidad de trabajador
Publicado por: palangana en 18 de Octubre de 2012, 21:02:39 pm
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Mi pregunta es :desde que se inicie la demanda por reclamación de cantidad hasta que se  fije la fecha del juicio ,esta cantidad seguro la habré pagado ¿puede la otra parte pedir el desistimiento para que no haya celebración del juicio(o sea, el proceso se puede paralizar)y qué posibles consecuencias podría tener mi empresa?Muchas gracias.


Sí. Se puede paralizar y que no haya juicio.

Ninguna consecuencia grave.

Un saludo.