Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: jcepe en 17 de Octubre de 2012, 16:16:44 pm
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Hola a todos, he visto la constitución de esta servidumbre en un testamento de Galicia, no he encontrado nada sobre su regulación propia, la pregunta que quiero plantear es referente al modo de realizacion por el titular del predio dominante:
-¿Acaso solo permitiria el uso de la servidumbre solo para transporte de animales, sin poder ser utulizada para el paso de personas solas o transportando materiales?
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Se llama así la servidumbre?, no será servidumbre de paso de animales?
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Lo cierto es que la autonomia de la voluntad da lugar a cosas muy raras pero por analogía, te refieres a "paso de animales". Estas cosas, al final, sólo afectan a la anchura.
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Utilizando anaogía yo también la interpreto como una servidumbre de paso de animales, pero queria comprobar si alguien había visto alguna vez esta denominacion porque no la encontré por ningún lado.
Gracias ;)
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¿Que tipo de testamento era? ¿notarial, olografo...? y realmemte ponia ¿mascota?
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Yo creo que al no estar regulada este tipo de servidumbre se le aplicarian subsidiariamente las normas de la servidumbre de paso de animales.
De todas maneras creo que es una temeridad establecer esa servidumbre en un testamento sin especificar el tipo de mascota, imaginate que el vecino monta un circo y te pasea los elefantes. Je,je
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Probablemente se trate de una servidumbre establecida con un fin determinado, y si no se sabe nada más, es difícil opinar. Por otra parte, si pone "mascotas", habrá que entender esa palabra en su acepción habitual de "animales de compañía" y no creo que sea aplicable a cualquier animal (gallinas, vacas, burros, etc).
Saludos
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Bueno el otro día salió una familia que tenía por mascota a un hipopótamo ;)
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Hay gente pa tóoo, ;D ;D
Saludos