Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: mirevia en 29 de Octubre de 2012, 18:14:28 pm
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Hola, os planteo un problema real, por si podeis aconsejarme y os doy las gracias de antemano.
Mis padres siempre vivieron juntos bajo el mismo techo y en la misma casa. Compraron la casa en 1975 y mi padre la escrituró a su nombre únicamente y mi madre ni pudo ni quiso hacer nada para que tambien figurara a su nombre. Se casaron y vivieron siempre en Cataluña. Mi madre falleció el año pasado sin testar y mi padre ha testado en favor solo de mi único hermano. Mi pregunta es si yo podría reclamar la herencia de la parte que le correspondería a mi madre de la casa familiar en la que vivió toda su vida matrimonial. Legalmente ella no fué nunca copropietaria, pero moral y éticamente siempre lo fué. Podría llegar a demostrarse que mi padre se arrogó unos derechos que no tenía cuando escrituró la casa y dispuso de ella en su totalidad para testar? Podría llegar a demostrarse los derechos de mi madre sobre la casa familiar? Vale la pena que lo lleve a los tribunales?
Gracias por vuestro consejo, saludos.
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Hola, por lo que pones también es tu padre, es decir, él tiene dos hijos. Por ese lado a ti te corresponde tu parte legítima de la que no se le puede negar a los herederos legales que en el caso de tu padre. Sois tu hermano y tú. Después de la parte de la herencia de tu madre: hay que mirar varias cosas: Una es el régimen de matrimonio de ellos si son gananciales y la casa se compró después de casarse ellos. Ella tendría derecho al 50% del valor del piso. Después de ese porcentaje. Como ella fallece sin testamento hay que acudir a un notario y hacer una declaración de herederos. En los que cada uno tendrá una parte de ese porcentaje, tu padre tendrá un tercio como conyuge superviviente y vosotros dos tu hermano y tú, los otros dos tercios a partes iguales. Ello del porcentaje que supuestamente le hubiera correspondido a tu madre.
En caso de que el piso se hubiera compra antes del matrimonio. Se considera bien privativo de tu padre y ella no genera derecho de herencia para vosotros. Esto es lo que entiendo pero si algún compañero puede hacer más observaciones. Podrás decidir si acudir al juzgado para reclamar la herencia.
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Cataluña no sigue el derecho común de sucesiones, y, a falta de pacto, el régimen económico matrimonial es el de separación de bienes.
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También se podría enfocar desde el punto de vista de la convivencia more uxorio que podría tener consecuencias y efectos cuasimatrimoniales. Mirar si se podía conseguir un certificado de convivencia si consiguiendo dos testigos ajenos mayores de edad declaran que sí existió convivencia durante esos años. La legislación protege a los convivivientes tanto en el matrimonio como fuera de él. Pretende proteger a los hijos nacidos fuera del matrimonio Art. 156 CC. Y luego ver cómo asimilar la situación que se vivió en ese tiempo con la actual legislación de las parejas de hecho que con 12 mese de convivencia. No sé yo creo que sí podrías reclamar la parte de la herencia pero tendría que ser asesorado por un abogado y gastandote el dinero. Espero haberte ayudado.
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Yo creo que lo único seguro que puedes reclamar és la legítima, al ser el regimen del matrimonio en Catalunya el de separación de bienes ( creo que la legitima en Catalunya és una cuarta parte de la herencia).
No obstante, podria darse el caso de que en el momento que tus padres compraron el piso, si no vivían en Catalunya o aun no habían adquirido la vecindad civil catalana, el regimen de su matrimonio fuera el de gananciales (segun en la comunidad donde residieran) en cuyo caso al adquirir la vecindad civil catalana y pasar al regimen de separacion de bienes, se entendería que el piso pasaba a ser de los dos a partes iguales y entonces tal vez si que te quedaría una posibilidad de reclamar la herencia de tu madre. ( no obstante habria que consultar jurisprudencia para ver que opinan los tribunales en casos parecidos)