Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: Andando52 en 17 de Noviembre de 2012, 22:16:48 pm

Título: ¿Formulación de su tenor literal?
Publicado por: Andando52 en 17 de Noviembre de 2012, 22:16:48 pm
¿Qué significa: "formulación de su tenor literal"?
Título: Re:¿Formulación de su tenor literal?
Publicado por: madialeva en 18 de Noviembre de 2012, 13:00:12 pm
Se usa, sobre todo, referido a los artículos de un código , ley, etc.. No te asustes  ;D. Quiere decir simplemente que se pone el el artículo tal cual aparece en la ley.
Ej. art. 26 de la Constitución, del siguiente tenor literal: "Se prohíben los Tribunales de HOnor en el ámbito de la Administración civil y de las organizaciones profesionales".

Son expresiones de lo más decimonónicas; y aprovecho para lanzar una pregunta al.....aire: señores autores/profesores: ¿Por qué no toman en cuenta las últimas tendencias de las Reales Academias de las Lenguas de este país que propugnan que todas las Administraciones Públicas utilicen un lenguaje sencillo, directo  e inteligible para todo el mundo ,sea cual sea su nivel cultural?
En muchas Administraciones ya se aplican estos postulados pero la Administración de Justicia sigue en sus trece. Cada vez que veo una Sentencia, un escrito de procurador/abogado etc. salgo corriendo a por unos cuantos diccionarios y a poner una vela a San Judas (para que me ilumine y me encienda en cerebro).
(Perdón por el desahogo).
Título: Re:¿Formulación de su tenor literal?
Publicado por: Alfmonti en 18 de Noviembre de 2012, 23:22:19 pm
Básicamente por lo mismo que si digo que "dy/dx + P(x)y=Q(x)y^n es una ecuación diferencial de Bermoulli". Entonces, como es un concepto matemático, pensamos, ¡vaya, es técnico y utiliza un lenguaje técnico, así que si no lo entendemos, no pasa nada, que sean los matemáticos y los ingenieros los que breguen con ello, es su lenguaje!.

Pero si en un escrito jurídico dice que "la prescripción de un bien mueble se obtiene a los tres años con la posesión de buena fe" nos parece que todos tenemos que tener derecho a entenderlo sin mayor esfuerzo, cuando la expresión que he puesto tiene un buen montoncito de términos jurídicos (prescripción, bien mueble, posesión, buena fe)  que cada uno de ellos requiere un estudio de un tema y por tanto, para entender esa simple frase, a lo peor se necesitan varias semanas de clase.

Espero que la analogía haya sido de vuestro agrado...

Saludos
Título: Re:¿Formulación de su tenor literal?
Publicado por: Alfmonti en 18 de Noviembre de 2012, 23:39:01 pm
Lo olvidaba, si la expresión jurídica que puse en el anterior post, la expresásemos en términos entendibles por un lego, sin hacer uso de ningún término jurídico, y con todo lo que significa, seguramente necesitáramos unos cuantos folios. Si eso lo multiplicamos por el número de conceptos jurídicos que pueden aparecer en una sentencia, el resultado serían sentencias (exagerando) de cientos de hojas que nadie quería leer. Si no las van a querer leer, pues mantengamos los términos jurídicos que tienen muchos de ellos mas de 2000 años y han demostrado su eficacia y seamos los estudiosos del Derecho los que como técnicos, las leamos con gusto y las expliquemos a los extraños al Derecho.

Saludos
Título: Re:¿Formulación de su tenor literal?
Publicado por: Andando52 en 19 de Noviembre de 2012, 21:17:50 pm
Gracias.
Título: Re:¿Formulación de su tenor literal?
Publicado por: Alfmonti en 19 de Noviembre de 2012, 21:28:44 pm
Perdona, "Tenor literal" es lo que decía Madialeva. La respuesta que di es de su pregunta.

Saludos
Título: Re:¿Formulación de su tenor literal?
Publicado por: Andando52 en 20 de Noviembre de 2012, 20:35:34 pm
Ok, gracias.