Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: jsoriguer1 en 01 de Diciembre de 2012, 09:46:40 am

Título: DE MERCANTIL
Publicado por: jsoriguer1 en 01 de Diciembre de 2012, 09:46:40 am
¿Cuantos días dispone una entidad bancaria para devolver un recibo domiciliado?

Saludos
Título: Re:DE MERCANTIL
Publicado por: anahid en 01 de Diciembre de 2012, 11:10:28 am
Creo que es un mes.
Título: Re:DE MERCANTIL
Publicado por: chusa2 en 01 de Diciembre de 2012, 11:51:55 am
La devolución de un recibo puede ser de dos maneras, dentro y fuera de plazo.
Dentro de plazo con la última reforma de la ley que lo regula, se amplió a 2 meses (hay recibos que tienen un plazo más corto) por lo general y fuera de plazo se puede hacer en cualquier momento es necesario que la otra parte lo acepte.

Título: Re:DE MERCANTIL
Publicado por: jsoriguer1 en 02 de Diciembre de 2012, 19:04:58 pm
¿Sabes la ley que lo regula cual es?

Saludos
Título: Re:DE MERCANTIL
Publicado por: chusa2 en 02 de Diciembre de 2012, 22:45:08 pm
Es la Ley de servicios de pago de 2009.
Título: Re:DE MERCANTIL
Publicado por: jsoriguer1 en 03 de Diciembre de 2012, 10:04:38 am
Chusa, no encuentro lo de dos meses ¿sabes el artículo?

Saludos
Título: Re:DE MERCANTIL
Publicado por: Pravias en 03 de Diciembre de 2012, 10:19:02 am
http://www.asesorutil.com/recibos-domiciliados-hasta-cuando-los-pueden-devolver/
8 semanas