Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: Locke123 en 04 de Enero de 2013, 02:22:53 am
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Si no me equivoco y para mi sorpresa, no he visto ningún tema en el foro sobre este anteproyecto que acabaría con la incompatibilidad entre abogados y procuradores.
Os dejo un enlace: http://www.slideshare.net/dmontero1977/anteproyecto-ley-servicios-profesionales
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Anteproyecto de 20/12/2012
PROFESIONES JURÍDICAS
(La profesión de Procurador es considerada como altamente regulada por la Recomendación del Consejo 11273/12)
•Se suprime la incompatibilidad entre el ejercicio simultáneo de las profesiones de abogado y procurador.
–Justificación: no se considera justificado que la actividad de representación y defensa en juicio no puedan ejercerse por la misma persona. Máxime teniendo en cuenta que en algunas jurisdicciones sí se permite dicha compatibilidad, por ejemplo, en la jurisdicción contencioso-administrativa.
•Se permite que los abogados puedan ejercer la profesión de procurador sin necesidad de colegiarse en un Colegio de Procuradores.
•Se modifica la Ley de Acceso a las profesiones de Abogado y Procurador, para suprimir la exigencia de examen de Estado habilitante. ;D
•Colegiación obligatoria de ambas profesiones para su actuación ante jueces y tribunales
•Peritos judiciales: permitir que cualquier profesional, en el caso de profesiones de colegiación voluntaria, puedan apuntarse a las listas para poder ejercer de perito judicial...
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Entonces entiendo que una persona puede contratar el abogado sin necesidad de contratas procurador.
La exigencia del examen habilitante supongo que no eximirá de la realización del Master... así que tocará colegiarse sí o sí antes de Octubre....
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Entonces entiendo que una persona puede contratar el abogado sin necesidad de contratas procurador.
La exigencia del examen habilitante supongo que no eximirá de la realización del Master... así que tocará colegiarse sí o sí antes de Octubre....
Hola:
En principio eso parece decir ese Anteproyecto, pero que llegue a buen fin es otra cosa distinta, pues existe un problema con lo procuradores que no tienen la licenciatura o el grado en Derecho ¿Qué hacer con ellos? pues estos no pueden ejercer como abogado.
El procurador es una figura típica española, que no se entiende muy bien de su existencia ni para qué están (ya que la representación la puede ostentar el abogado sin ningún problema), por mucho que algún que otro defienda dicha figura. Y si ya le das la posibilidad de tener un auxiliar habilitado para que le sustituya en alguna tareas ante los tribunales, pues apaga y vamos corriendo ;D Amén de cobrar sus aranceles, más las tasas, más los honorarios del abogado, pues quién se atreve hoy a pleitear, uff que difícil está la cosa.
En fin, toca esperar el desarrollo legislativo respecto a esta figura.
Saludos,
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No sabía que había procuradores no Licenciado en Derecho... pensé que el Colegio de Procuradores exigía tener Derecho.
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Os paso un link que me enviaron ayer del colegio de abogados de Cádiz dónde habla el decano de Cartagena en relación a esta ley y sus posibilidades, que desde luego, nos afecta a todos... y para nada bueno.
Si es que esto de la política es lo que tiene, cuando tocan algo, lo j... al tiemp :(
http://youtu.be/gV6FVRh06-s
Saludos
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He visto el video. La verdad es que no creo que los que están ahora, toquen algo para mejorarlo. Les ha entrado la vena (léase neura) reformadora/reformista y no están dejándo títere con cabeza.
Aunque aunar ambas figuras pudiera tener cierto sentido, no creo que sea el momento y seguro que todo termina peor de lo que está, sin contar a aquellos que han adquirido la compatibilidad para el ejercicio de la abogacía y no podemos ser procurador.
saludos
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Suponto que es la contrapartida a las Tasas. El justiciable paga Tasas pero se ahorra el Procurador. Si andamos así mal acabermos. Visten a un Santo desnundando a otro
Saludos
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No sabía que había procuradores no Licenciado en Derecho... pensé que el Colegio de Procuradores exigía tener Derecho.
Hola Locke123:
Sí los hay todavía, son los antiguos. Un amigo mío procurador es de esa época. Antes no era necesario tener la licenciatura para ser Procurador, bastaba con tener el bachiller y hacer unas "pruebas" y listo, a ejercer.
Saludos,
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A mi me parece lógico y muy esperado que desaparezcan los procuradores. Aunque no se prevé su desaparación como tal profesión, está claro que si los abogados podemos representar a nuestros clientes, la profesión se acaba.
Creo que en lineas generales las modificaciones son buenas, aunque yo esperaba y espero más y que les toque el turno a notarios y registradores en un cambio legislativo pedido por Europa y absolutamente necesario.
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Os paso un link que me enviaron ayer del colegio de abogados de Cádiz dónde habla el decano de Cartagena en relación a esta ley y sus posibilidades, que desde luego, nos afecta a todos... y para nada bueno.
Si es que esto de la política es lo que tiene, cuando tocan algo, lo j... al tiemp :(
http://youtu.be/gV6FVRh06-s
Saludos
Deciros, por mi parte que me parece una autentica barbaridad que se eliminen los colegios de abogados que no sean provinciales como parece ser que expone esta Anteproyecto de Ley, puesto que, en mi caso, como abogada ejerciente del ICA Cartagena tendría que tener mi colegio en Murcia, o, por ejemplo, la persona que sea de Andalucía desplazarse a Sevilla o a Granada desde la otra punta... y no decir de los que necesiten la asistencia jurídica gratuita y designación de un abogado de oficio.
En el caso del Colegio al que pertenezco se cubren las necesidades de más de 400.000 habitantes asegurando el correcto acceso de muchísima gente sin posibilidades económicas, para que posean lo que desde la Constitución se garantiza, un derecho a la justicia, y para ello 5 abogados diarios, 5, están el día entero haciendo guardias de 24 horas y acudiendo a cualquier tipo de llamada, todo ello coordinado desde el Colegio. A ello debes sumar el SOJ (Servicio de Orientación Juridica), que gratuitamente para los ciudadanos, donde un abogado resuelve consultas personales de las personas sin posibilidades de costearse un abogado particular.
Ni que decir tiene que los Colegios profesionales a los que pertenecemos se mantienen de las cuotas de sus propios miembros, sin recibir aportación pública alguna, en todo caso subvenciones por gestión de los trámites de los expedientes del turno, que es una mínima parte, por lo que nosotros gestionamos nuestro propio Colegio, nosotros elegimos lo que creemos mejor pueda funcionar en beneficio del colegiado y del ciudadano a quien sirve, nosotros elegimos nuestro Decano y junta de gobierno, los conocemos,sabemos quienes son, como son, tratamos con ellos todos los días, les exponemos nuestros problemas, y sabemos que nuestras cuotas repercuten directamente en nosotros, en nuestro colegio, en mejorarlo, en ser mas eficientes, mas cercanos, en definitiva, en ser mejores día a día.
Con la aprobación de la Ley de Servicios Profesionales, intentan, como viene expuesto en la pág 18, que desaparezcan, no sabemos en base a que razones pasando, en todo caso, a ser una simple delegación del colegio provincial si éste decide que prevalezca y que, en caso de querer estar colegiado EXCLUSIVAMENTE PARA ACTUAR ANTE EL JUEZ, deba ser en ese colegio provincial. Es este caso habrá un Decano y junta de gobierno, que elegiremos todos los abogados de la provincia, el cual, posiblemente por la lejanía con la ciudad que corresponda, ni conoceremos, la mayoría, ni tendremos un trato directo con él, con todo lo que ello conlleva en esa relación abogado-institución. Es más, esa junta, decidirá como se gasta el dinero que todos estemos pagando, y qué se invierte en cada delegación.
Me ha hecho ilusión ver el vídeo de mi Decano en esta web y, como la mayoría de los que me conoce, sabréis que no hablo de política, en este caso hablo de nuestro derecho como abogados y de lo que pretenden realizar con esta Ley, como es que pueda ser asesor jurídico cualquier persona y, en caso de no acudir ante el juez no ser necesario ni colegiarse, pero... yo os pregunto, entonces, según esa ley para hacer una asistencia de declaración ante la Guardia Civil o la Policía no necesitaré estar colegiado?... y si encima tengo mi Colegio de Abogados en la otra punta de poco me va a servir, más que yo pago una cuota para que me den unos servicios, al igual que si tienes que acudir a un centro médico, pensemos que los ciudadanos necesitan abogados de oficio y no pueden irse a 60 Kms o más lejos a pedir uno, porque les estamos negando, como se esta haciendo con la Ley de Tasas, el acceso a una justicia libre para todos los ciudadanos y el derecho a una defensa digna.
Además, os comentaré que, aunque el Anteproyecto parece que expone la eliminación de la incompatibilidad de abogado-procurador, no esta claro que no se siga manteniendo.
Perdonar que os haya soltado todo este rollo, pero creo que deberíais daros cuenta de todo lo que implica esta ley y lo que significa ese vídeo que ha puesto Urbiet y que yo he compartido en casi todas mis redes sociales para que mis compañeros letrados y quién deba aprobar esta ley sepa que yo no quiero renunciar a mi colegio que pago yo y al Estado no le cuesta nada.
Muchas gracias,
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Yo de verdad, es que no puedo comprender que Alberto Ruíz Gallardón, Licenciado en Derecho y miembro de la Carrera Fiscal pueda hacerlo tan rematadamente mal. Es que sólo siendo un prepotente, se puede hacer una gestión tan nefasta en tan poco tiempo.
Creo que quiere dejar huella, que se hable de él, aunque sea para mal... :(
Ayer hubo un reportaje en la sexta dónde Carlos Carnicer decía que su ministerio, estaba en contra de todos los partícipes de la administración de justicia.
De verdad, si me cuentan lo que iba a hacer, no me lo creo... :o Tenía un concepto de él que vamos... ni por asomo es el actual.
Y yo también quiero seguir en mi colegio y ni tampoco le quiero quitar el trabajo a compañeros mios procuradores...el problema es otro, LOS POLITICOS, no los profesionales ni los trabajadores...
Y el Decano de Cartagena, claro, consiso y concreto. Un explicación magistral que a nuestro iluminado Ministro se la trae al pairo.
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Me parece muy bien que quiten la obligacion del procurador.
Que vaya mi secretaria asi le podre subir el sueldo que se lo merece.
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El procurador es una figura típica española, que no se entiende muy bien de su existencia ni para qué están (ya que la representación la puede ostentar el abogado sin ningún problema), por mucho que algún que otro defienda dicha figura. Y si ya le das la posibilidad de tener un auxiliar habilitado para que le sustituya en alguna tareas ante los tribunales, pues apaga y vamos corriendo Amén de cobrar sus aranceles, más las tasas, más los honorarios del abogado, pues quién se atreve hoy a pleitear, uff que difícil está la cosa.
!Qué bien! Me has alegrado el día Ius-Uned. :)
Espero que prospere este Anteproyecto.
Y no sólo por los gastos adicionales de tener que pagar Abogado Y Procurador, sino para eliminar este tríangulo de "notificación del Juzgado al Procurador y notificación del Procurador al Abogado (por fax!) y ninguna notificación al Cliente, pero Cliente notificado a todos los efectos y caso cerrado".
Lo siento mucho por los Procuradores sin Licenciatura, pero bueno... c'est la vie.
Me he fijado que los Graduados Sociales pueden ejercer en Defensa de asuntos...
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Aunque aunar ambas figuras pudiera tener cierto sentido, no creo que sea el momento y seguro que todo termina peor de lo que está, sin contar a aquellos que han adquirido la compatibilidad para el ejercicio de la abogacía y no podemos ser procurador.
¿Y quienes son los Abogados que no pueden ser Procuradores? Por un título de otro país homologado quizás?
Entiendo que es al revés: que hay Procuradores ejerciendo que no son Licenciados en Derecho y por lo tanto, no podrán ejercer como Abogado (si desaparezca la figura del Procurador - que seguramente no será así tan tajante...)
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Rutct:
me parece una autentica barbaridad que se eliminen los colegios de abogados que no sean provinciales como parece ser que expone esta Anteproyecto de Ley
¿Por lo de "la regla general será que el colegio será autónomico, y excepcionalmente, de ámbito provincial"?
No sé si eso significa que se van a eliminar los existentes. Pero teniendo en cuenta que hay muchos sitios dónde no existían colegios ni a nivel provincial, no sé si hace mucha diferencia.
El derecho a la asistencia jurídica gratuita se podría solicitar por correos, en vez de estar horas y horas en una cola, ¿no?
yo os pregunto, entonces, según esa ley para hacer una asistencia de declaración ante la Guardia Civil o la Policía no necesitaré estar colegiado?...
¿Desde cuándo es necesario estar colegiado para asistar a una declaración ante la Guardia Civil o Policía?
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Rutct:¿Por lo de "la regla general será que el colegio será autónomico, y excepcionalmente, de ámbito provincial"?
No sé si eso significa que se van a eliminar los existentes. Pero teniendo en cuenta que hay muchos sitios dónde no existían colegios ni a nivel provincial, no sé si hace mucha diferencia.
El derecho a la asistencia jurídica gratuita se podría solicitar por correos, en vez de estar horas y horas en una cola, ¿no?
A ver, si ahora mismo existen 83, sería dejarlos en 17, uno por cada comunidad autónoma y si, hay mucha diferencia puesto que, no sé de dónde seras tu, pero que se deje solo un colegio de abogados en toda La Coruña, o en Todo Murcia, o en Andalucía, no creo que sea muy práctico, y ojo, no lo digo porque yo trabaje o cobre o forme parte de alguno, sino porque tanto para nosotros como abogados ejercientes como para el ciudadano puede ser una autentica odisea.
Por otra parte, opino que lo de horas y horas de cola, que también depende del caso, es mucho mejor para el ciudadano que necesita una asistencia puesto que esa persona puede no considerar importante algo de plazo que para el procedimiento fuese esencial.
¿Desde cuándo es necesario estar colegiado para asistar a una declaración ante la Guardia Civil o Policía?
Parece que no me he explicado bien, puesto que existe lo que se llama "asistencia al detenido" dentro de la justicia gratuita y el Turno de Oficio, y, en esos casos, si es necesario estar colegiado.
Saludos.
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Si fuera así, sería un disparate.
Entendí que como regla general habría un Colegio para cada Comunidad Autónoma, y en algunos casos, uno para la Provincia. Es más o menos como es ahora ¿no? Pero a nivel autonómico, el Colegio podría abrir cuántas sedes locales que quiera, pero subordinados al órgano autonómico central. Y con más razón teniendo en cuenta que los gastos de los Colegios se pagan por los abogados, y no por el Estado.
Sería como prohibir a una cadena de restaurantes poner más que un restaurante en una Comunidad Autónoma :)
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Parece que en el desarrollo que está teniendo el texto, finalmente no se va a "suprimir" la figura del procurador. Por otra parte, también parece que se va a eliminar lo de "excepcionalmente" de en la regulación de un colegio por provincia. Realmente tiene poco sentido que haya tres colegios de abogados en Santiago, La Coruña, y Ferrol. Probablemete también tendrán que fusionarse el de Alcalá de Henares y Madrid, y por supuesto el de Vigo y Pontevedra, por poner algunos ejemplos.
Que haya que estar colegiado para asesorar no creo que vaya a tener trascendencia, excepto para los grandes despachos que se ahorrarán cuotas de los empleados que no van a tribunales (que son la mayoría). Una persona que ejerza por cuenta propia y no pueda ir a tribunales supone estar "capado" profesionalmente.
Veremos como queda el texto definitivo.
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Una persona que ejerza por cuenta propia y no pueda ir a tribunales supone estar "capado" profesionalmente.
Y eso: ¿Qué significa en lenguaje normal?
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Que haya que estar colegiado para asesorar no creo que vaya a tener trascendencia, excepto para los grandes despachos que se ahorrarán cuotas de los empleados que no van a tribunales (que son la mayoría). Una persona que ejerza por cuenta propia y no pueda ir a tribunales supone estar "capado" profesionalmente.
Veremos como queda el texto definitivo.
Entonces, sí tiene trascendencia ya que muchos abogados de los grandes despachos dejarían de pagar su cuota de Colegio de abogados y sí, también hay, no pocos, abogados que ejercen por cuenta propia asesorando en el ámbito de empresa y de la administración pública sin actuar ante jueces y tribunales y que hasta ahora pagaba religiosamente su cuota.
Ahora bien, veremos como queda el texto definitivo:
http://static.correofarmaceutico.com/docs/2013/01/17/anteley2.pdf
PROFESIONES JURÍDICAS
(La profesión de Procurador es considerada como altamente regulada por la Recomendación del Consejo 11273/12)
•Se suprime la incompatibilidad entre el ejercicio simultáneo de las profesiones de abogado y procurador.
–Justificación: no se considera justificado que la actividad de representación y defensa en juicio no puedan ejercerse por la misma persona. Máxime teniendo en cuenta que en algunas jurisdicciones sí se permite dicha compatibilidad, por ejemplo, en la jurisdicción contencioso-administrativa. !!!!!
•Se permite que los abogados puedan ejercer la profesión de procurador sin necesidad de colegiarse en un Colegio de Procuradores.
•Se modifica la Ley de Acceso a las profesiones de Abogado y Procurador, para suprimir la exigencia de examen de Estado habilitante.
•Colegiación obligatoria de ambas profesiones “para su actuación ante jueces y tribunales” •Peritos judiciales: permitir que cualquier profesional, en el caso de profesiones de colegiación voluntaria, puedan apuntarse a las listas para poder ejercer de perito judicial
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Me parece muy bien que quiten la obligacion del procurador.
Que vaya mi secretaria asi le podre subir el sueldo que se lo merece.
O que se ahorren un dinerito, los ciudadanos que acceden a la justicia pagando ya tasas judiciales.
"Se suprime la incompatibilidad entre el ejercicio simultáneo de las profesiones de abogado y procurador" en todo caso quiere decir que ambos profesionales pueden seguir compartiendo las actuaciones o actuar por separado. El licenciado en derecho puede elegir en cada momento, ante cada caso, si quiere actuar sólo como procurador, sólo como abogado o ejercer simultáneamente la defensa y la representación.
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abogados que ejercen por cuenta propia asesorando en el ámbito de empresa y de la administración pública sin actuar ante jueces y tribunales y que hasta ahora pagaba religiosamente su cuota.
Yo había entendido hasta ahora que para "ejercer" como Abogado, hay que estar colegiado, sino eres alguien con una Licenciatura de Derecho, pero sin derecho a ejercer (independientemente de actuar ante jueces y tribunales).
¿Cómo es para ser empleado como "Abogado" en una empresa?
¿Hay que estar colegiado? o no?
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De momento sí, Celtica.
Los Colegios de Abogados te exigen o el alta en el 036 en el epígrafe de la actividad profesional de abogado o procurador. O bien un contrato de trabajo con el puesto de trabajo de abogado y con "dedicación en exclusiva". Al menso mi Colegio lo requiere así.
Si estás empleado en una empresa en otro puesto de trabajo serás licenciado en Derecho ocupando el puesto de trabajo X, categoria , grupo......
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Para que no nos olvidemos de este tema os pongo un vídeo donde se explica un poco cómo quedaría la cosa y que está circulando por las redes sociales. Esta realizado por el Colegio de Abogados de Cartagena, pero recordar que se quedarían solo 17 de los 83.
Saludos.
#somosicacartagena (http://youtu.be/pHTUfuHO7Wo)
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Para que no nos olvidemos de este tema os pongo un vídeo donde se explica un poco cómo quedaría la cosa y que está circulando por las redes sociales. Esta realizado por el Colegio de Abogados de Cartagena, pero recordar que se quedarían solo 17 de los 83.
Saludos.
#somosicacartagena (http://youtu.be/pHTUfuHO7Wo)
Menudo lío,
1º. Los procuradores pueden acabar en España ya mismo.
2º. El examen final para colegiarse está a debate el Grado.
3º. Los colegios pasan a ser por comunidades
4º. La colegiación obligatoria está a debate para los que NO ejerzan ante los tribunales de justicia
5º. El Master de la abogacía NO sirve para ingresar en el Turno de Oficio...
A ver si aclaramos ideas...
Saludos.
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cuelgo el borrador a fecha de abril de 2013,
http://www.diariojuridico.com/actualidad/noticias/el-anteproyecto-de-ley-de-servicios-profesionales-mantiene-la-colegiacion-obligatoria-solo-para-los-abogados-que-intervegan-en-tribunales.html
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Es que con esta LSP se puede acabar con el abuso que existen en los colegios de abogados a la hora de colegiarte con diferente cuotas. Es lógico que solo tengan que estar colegiado los que vayan a ejercer y no los licenciado en derecho que alomejor por la economía actual no nos podemos permitir colegiarnos como ejerciente o no ejerciente , pero que por culpa de la Ley de Acceso tenemos que andar buscando un colegio de abogados barato para costearnos la colegiacion. Licenciado en Derecho desde septiembre del 2011 vivo en una ciudad de Cadiz y me voy a colegiar en Cordoba como no ejerciente ¿ motivo? el doble de barato
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Y vuelta con el asunto de los procuradores, aquí la gente se piensa que un procurador cobra una fortuna, y que es la minuta del procurador lo que encarece un procedimiento.
Mi intención no es discutir con nadie, pero de verdad es que no entiendo esa inquina hacia la figura del procurador de los tribunales, vivir y dejar vivir.
Yo llevo 22 años trabajando en el despacho de una procuradora, estoy colegiada como abogada no ejerciente y me estoy colegiando como procuradora, y de verdad creo que los que habláis así sobre los procuradores es que desconocéis totalmente la profesión de procurador, estoy segura de que muchos procedimientos no avanzarían si no es porque hay un procurador ahí, luchando cada día en los Juzgados con los funcionarios.
En fin, muchas veces me da vergüenza leer algunos comentarios.
Espero que haya alguien en el foro que sea procurador/a y defienda esta postura.
De todas formas, cualquier día, tal como van las cosas, vamos a sobrar todos, abogados, procuradores y etc.
Más valdría que todos hubiéramos luchado con más ganas contra la implantación de las tasas judiciales, eso si que sobra y no los procuradores que, en la mayoría de los casos, sus minutas son una miseria para todo lo que se trabaja con cada procedimiento.
Un saludo a todos.
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Y vuelta con el asunto de los procuradores, aquí la gente se piensa que un procurador cobra una fortuna, y que es la minuta del procurador lo que encarece un procedimiento.
Mi intención no es discutir con nadie, pero de verdad es que no entiendo esa inquina hacia la figura del procurador de los tribunales, vivir y dejar vivir.
Yo llevo 22 años trabajando en el despacho de una procuradora, estoy colegiada como abogada no ejerciente y me estoy colegiando como procuradora, y de verdad creo que los que habláis así sobre los procuradores es que desconocéis totalmente la profesión de procurador, estoy segura de que muchos procedimientos no avanzarían si no es porque hay un procurador ahí, luchando cada día en los Juzgados con los funcionarios.
En fin, muchas veces me da vergüenza leer algunos comentarios.
Espero que haya alguien en el foro que sea procurador/a y defienda esta postura.
De todas formas, cualquier día, tal como van las cosas, vamos a sobrar todos, abogados, procuradores y etc.
Más valdría que todos hubiéramos luchado con más ganas contra la implantación de las tasas judiciales, eso si que sobra y no los procuradores que, en la mayoría de los casos, sus minutas son una miseria para todo lo que se trabaja con cada procedimiento.
Un saludo a todos.
+1. Sobran tasas, no profesionales...
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El pasado viernes 2 de agosto de 2013 el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de Ley de Colegios y Servicios Profesionales. ¿Qué opinión tenéis sobre este anteproyecto?
Dejo la opinión del Consejo General de la Abogacía Española http://www.abogacia.es/2013/08/03/la-abogacia-rechaza-la-division-de-la-profesion-de-abogado-que-el-gobierno-hace-en-el-anteproyecto-de-ley-de-servicios-profesionales/ (http://www.abogacia.es/2013/08/03/la-abogacia-rechaza-la-division-de-la-profesion-de-abogado-que-el-gobierno-hace-en-el-anteproyecto-de-ley-de-servicios-profesionales/) y el enlace al anteproyecto http://www.abogacia.es/wp-content/uploads/2013/08/Texto-Anteproyecto-LSP.pdf (http://www.abogacia.es/wp-content/uploads/2013/08/Texto-Anteproyecto-LSP.pdf)
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No pensaba que podría haber tanta gente tan egoísta en este foro.
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Perdón por la molestia, y disculpad mi ignorancia
Pero , donde está el Anteproyecto de ley ; la última vez lo vi colgado de la página de el Gobierno o similar;en resúmen que era un proyecto embrionario , muy incipiente .
¿ Sabeís a fecha de noviembre 2013 , si está en sede parlamento : Congreso o Senado ?
gracias .